Firma Electrónica Cláusulas de Ejemplo

Firma Electrónica. Las Partes podrán firmar el presente Contrato con una firma electrónica y la acción intencionada de firmar electrónicamente el presente Contrato constituirá una prueba del consentimiento para quedar legalmente vinculado por el mismo. Dichas firmas se considerarán una firma original a todos los efectos, con la misma fuerza y efecto vinculante que una firma manuscrita. A modo de ejemplo y sin carácter limitativo, la "firma electrónica" incluirá el uso de soluciones de firma electrónica (como DocuSign, FNMT, etc.), versiones por fax de una firma original, versiones escaneadas electrónicamente de una firma original (por ejemplo, a través de un formato de documento (PdF)), o la inserción de una firma mecánica en un formato de documento (PdF). Fecha Firma: Razon Social:
Firma Electrónica. Para los efectos de los Contratos celebrados entre Panacorp y el Cliente a través del Sistema, el uso del Número PIN constituirá la firma electrónica del Cliente, la cual se equipara a la firma autógrafa.
Firma Electrónica. Las Partes podrán firmar el presente Contrato con una firma electrónica y la acción intencionada de firmar electrónicamente el presente Contrato constituirá una prueba del consentimiento para quedar legalmente vinculado por el mismo. Dichas firmas se considerarán una firma original a todos los efectos, con la misma fuerza y efecto vinculante que una firma manuscrita. A modo de ejemplo y sin carácter limitativo, la "firma electrónica" incluirá el uso de soluciones de firma electrónica (como DocuSign, FNMT, etc.), versiones por fax de una firma original, versiones escaneadas electrónicamente de una firma original (por ejemplo, a través de un formato de documento (PdF)), o la inserción de una firma mecánica en un formato de documento (PdF). Fecha Firma: Razon Social: Cualquier obligación de alguna de las Partes derivada del Contrato será suspendida temporalmente durante el periodo en que dicha Parte no pueda cumplir dicha obligación como consecuencia de un Evento de Fuerza Mayor, en la medida en que no pueda cumplirla. Para ejercer el derecho de suspender el cumplimiento de alguna obligación derivada del Contrato por un Evento de Fuerza Mayor, la Parte que solicite una suspensión de las obligaciones deberá notificar por escrito a la otra Parte inmediatamente tras producirse el Evento de Fuerza Mayor, de acuerdo con los datos de contacto previstos en las Condiciones Particulares (i) los eventos que han motivado dicha solicitud, (ii) el periodo estimado de tiempo que durará el Evento de Fuerza Mayor,
Firma Electrónica. Las firmas electrónicas que cumplen la ley aplicable se considerarán firmas originales.
Firma Electrónica. Para efectos del presente Instrumento el Banco podrá entregar al (a los) Cliente(s) titular(es) de la(s) Cuenta(s), una Clave de Acceso y un código de activación para que el Cliente active su Clave de Acceso y dé de alta su Número de Identificación Personal; para Tarjetas de Crédito, el Número de Identificación Personal podrá generarse a través del Sistema de Audio Respuesta para conformar así su Firma Electrónica; adicionalmente el Banco entregará al Cliente Factores de Autenticación adicionales para operar en Banca Telefónica a través del mencionado servicio como pueden ser dispositivos que generan un segundo Factor de Autenticación como el Dispositivo Físico OTP, mismos que también conformarán su Firma Electrónica. La Firma Electrónica se regirá por lo siguiente:
Firma Electrónica. Su firma puede ser manuscrita o electrónica. La firma manuscrita es la firma que Usted escribe a mano, o su huella digital en caso corresponda. La firma electrónica es la que Usted brinda a través de un medio electrónico, como por ejemplo: el ingreso de la Clave a que hace referencia el Numeral 14
Firma Electrónica. El presente Acuerdo podrá ser ejecutado por medio de firma electrónica en varios ejemplares, cada uno de los cuales se considerará que es un original, pero en conjunto constituirán uno y el mismo documento. Las partes reconocen en la firma electrónica el mismo valor de una firma hológrafa, siendo la misma suficiente para la ejecución del presente acuerdo.
Firma Electrónica. Para efectos del presente Contrato y en términos de las declaraciones de este Capítulo la Firma Electrónica, consiste en el uso de las claves de acceso del Usuario Maestro y de los Usuarios Facultados, se conforma por los siguientes componentes: usuario, contraseña y contraseña dinámica que genera el TOKEN, estos componentes generara su Firma Electrónica y operar en Banca por Internet; adicionalmente “El Banco” cuando lo considere necesario entregará o modificará a “El Cliente” elementos complementarios de autenticación o identificación para operar en Internet, mismos que también conformarán su Firma Electrónica.
Firma Electrónica. Modificaciones Horarios y Reglas de Operación LIC Artículo 52.- Las instituciones de crédito podrán permitir el uso de la firma electrónica avanzada o cualquier otra forma de autenticación para pactar la celebración de sus operaciones y la prestación de servicios con el público mediante el uso de equipos, medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, sistemas automatizados de procesamiento de datos y redes de telecomunicaciones, ya sean privados o públicos, y establecerán en los contratos respectivos las bases para determinar lo siguiente: I. Las operaciones y servicios cuya prestación se pacte; II. Los medios de identificación del usuario y las responsabilidades correspondientes a su uso, y III. Los medios por los que se hagan constar la creación, transmisión, modificación o extinción de derechos y obligaciones inherentes a las operaciones y servicios de que se trate. Manejo de los Servicios y Productos Equipos y Sistemas Automatizados Cuando así lo acuerden con su clientela, las instituciones podrán suspender o cancelar el trámite de operaciones que aquélla pretenda realizar mediante el uso de equipos o medios a que se refiere el primer párrafo de este artículo, siempre que cuenten con elementos suficientes para presumir que los medios de identificación pactados para tal efecto han sido utilizados en forma indebida. Lo anterior también resultará aplicable cuando las instituciones detecten algún error en la instrucción respectiva. Asimismo, las instituciones podrán acordar con su clientela que, cuando ésta haya recibido recursos mediante alguno de los equipos o medios señalados en el párrafo anterior y aquéllas cuenten con elementos suficientes para presumir que los medios de identificación pactados para tal efecto han sido utilizados en forma indebida, podrán restringir hasta por quince días hábiles la disposición de tales recursos, a fin de llevar a cabo las investigaciones y las consultas que sean necesarias con otras instituciones de crédito relacionadas con la operación de que se trate. La institución de crédito podrá prorrogar el plazo antes referido hasta por diez días hábiles más, siempre que se haya dado vista a la autoridad competente sobre probables hechos ilícitos cometidos en virtud de la operación respectiva. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando las instituciones así lo hayan acordado con su clientela, en los casos en que, por motivo de las investigaciones antes referidas, tengan evidencia de que la cuenta r...
Firma Electrónica. Las Partes expresamente acuerdan que la firma del presente se efectúe a través de la plataforma de firma electrónica DocuSign (xxxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/), siendo dicha plataforma plenamente válida para las Partes, en aplicación del Reglamento (UE) nº 910/2014 sobre identificación electrónica y servicios de confianza para transacciones electrónicas en el mercado interior. Las Partes declaran expresamente la plena validez del presente Contrato mediante su firma a través de dicha plataforma. La firma bajo el sistema DocuSign como plataforma de firma electrónica permite enviar el Contrato a las direcciones indicadas por las Partes a efectos de notificaciones y firmarlo electrónicamente. A tales efectos, cada una de las Partes de forma expresa e individualizada declaran: i) que el documento de identificación (DNI, NIE…) de cada una de las Partes es el indicado en el encabezamiento del Contrato, acompañándose como Anexo de la presente fotocopia de los mismos, ii) que la dirección de correo electrónico identificada a efectos de notificaciones es de cada una de las Partes, siendo éstas quienes accederán personalmente a dicho correo electrónico a los efectos de firmar el Contrato a través del sistema creado por la plataforma Docusign. Las Partes manifiestan y declaran expresamente que reconocerán sin dudar dicha firma efectuada a través de la plataforma Docusign frente a cualquier hecho o circunstancia que pueda afectar a la validez del Contrato. Y, en prueba y de conformidad y ratificándose en su contenido, firman la presente Adenda del Contrato por duplicado, en lugar y fecha indicados ut supra. En Madrid a 0 xx xxxxxxx xx 0000 XXXXXXXX POR UN LADO, la entidad RKS ASSET MANAGEMENTE, S.L. (en adelante, “RKS-AM”) y POR OTRO LADO la entidad KTESIOS REAL ESTATE SOCIMI, S.A., (en adelante, “KTESIOS”) ambas en las mismas calidades de intervención y representación que consta en el contrato del que forma parte integrante la presente Adenda.