FORMAS DE CONTRATACIÓN. Compartamos podrá contar con mecanismos de contratación distintos al escrito, tales como comunicaciones telefónicas, medios electrónicos u otros mecanismos, bastando para ello su aceptación a través de un clic, clave secreta, clave dinámica, cliquear en dispositivos, aceptación por voz, datos biométricos (huella dactilar, identificación facial, etc.), códigos, autogeneración de códigos, página web, correo electrónico y/o cualquier otro medio de autenticación que complemente y/o reemplace dichas claves y otros mecanismos que impliquen la manifestación de voluntad o aceptación del Cliente a través xx xxxxxxx o medios electrónicos o virtuales que Compartamos ponga a su disposición. Sin perjuicio de los mecanismos de contratación distintos al escrito que utilice Compartamos, según el presente Contrato, el Cliente declara que todas las comunicaciones que se realicen con colaboradores de Compartamos, a través de medios electrónicos, constituyen un medio de manifestación de voluntad suficiente, siempre que se encuentre dentro del marco de la regulación vigente sobre la materia. Asimismo, con la finalidad de contratar el presente producto, Compartamos podrá poner a disposición del Cliente otros mecanismos, plataformas, redes de mensajería u aplicación software que cumpla con dicho fin (APP) descargada en teléfono inteligente (Smartphone) u otro dispositivo inteligente de similares características, computadora o Tablet o cualquier otra APP y/o tecnología similar a la APP y demás medios electrónicos, propias o de terceros que ofrezca Compartamos, los mismos que deberán permitir dejar constancia de la aceptación del contrato. En la Hoja Resumen se dejará constancia de la forma de contratación elegida por el Cliente. Compartamos le enviará un ejemplar de tales documentos al correo electrónico declarado en la Solicitud; y (ii) que en caso el Cliente lo solicite, Compartamos le hará entrega de dichos documentos en físico al momento de la contratación presencial. Por otro lado, en caso la contratación sea por medios distintos al escrito, Compartamos le hará entrega del Contrato incluyendo la hoja resumen, así como cualquier otra información que corresponda por dicha vía, la misma que se efectuará en un plazo máximo de 15 días de celebrado el contrato.
FORMAS DE CONTRATACIÓN. Se estará a lo dispuesto en los artículos 8, 11, 12 y 15 del Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como a las modificaciones introducidas en dicha Ley tanto por leyes complementarias o por los RDL en vigor y de aquellos que en el futuro pudieran legislarse como complementarios o modificación a las presentes establecidas. Se acuerda que en las contrataciones que se realicen tengan prioridad los colectivos de las personas jóvenes, mujeres y mayores de 45 años, siempre que tengan las capacitaciones de los puestos de trabajo a cubrir. Al objeto de cumplimentar la antes referida norma y a la necesidad de establecer para el sector su aplicación en atención a las peculiaridades productivas de éste, enmarcadas en la actividad emergente en el sector primario al que pertenece, se establecen los siguientes acuerdos en orden a la temporalidad de los contratos y retribución: Estabilidad de la plantilla: Consideran ambas partes que habida cuenta de las características de la actividad del sector de acuicultura, es objetivo de las partes firmantes alcanzar en el seno de este Convenio Colectivo la estabilidad de las plantillas y que la contratación temporal, sólo se podrá hacer en aquellas empresas que, siendo su actividad de carácter permanente, tengan como mínimo el 75% de su plantilla en contratación indefinida. En este sentido durante la vigencia del presente Convenio Colectivo, este tipo de contratos temporales se ajustarán a los términos legales y fundamentalmente a las siguientes situaciones y principios: Es voluntad de las partes firmantes del presente Convenio Colectivo, que, durante la vigencia del mismo, la contratación temporal ya sea de forma directa por las empresas o mediante contrato de puesta a disposición, si tiene como motivo las siguientes causas generales:
1. Cubrir baja derivadas de IT.
2. Por ausencias imprevistas.
3. Trabajos que, por su especial cualificación, no puedan ser cubiertos por el personal de plantilla. Oficios estos distintos a los enmarcados por el sector.
4. La realización de pedidos imprevistos y no contemplados dentro de los planes productivos de las empresas.
5. Abundancia de materias primas y siempre que suponga una anomalía dentro de cada campaña. Asimismo, acuerdan, además de lo previsto en el apartado de Estabilidad de la plantilla, que no podrán realizarse contratos temporales incluidos los contratos de puesta a disposición mientra...
FORMAS DE CONTRATACIÓN. (Art. 39-A LFT
FORMAS DE CONTRATACIÓN. (Art. 39-C A 39-F LFT)
FORMAS DE CONTRATACIÓN. DISPOSICIONES ESPECIALES SOBRE FORMAS DE CONTRATACIÓN
FORMAS DE CONTRATACIÓN. 38 TÍTULO IV
FORMAS DE CONTRATACIÓN. FORMAS DE CONTRATACIÓN (9)
FORMAS DE CONTRATACIÓN. 7.1. Escrita: LOS PRESTATARIOS, colocaran su firma manuscrita y/o huella digital, en este contrato y en los documentos que lo integran, los que le serán entregados forma física al momento del desembolso xxx xxxxxxxx.
FORMAS DE CONTRATACIÓN. En el HOSPITAL XXXX XXXXXX XXXXXX E.S.E. , con sujeción a las reglas contenidas en éste Manual, se establecen tres formas de contratación así: -Contratación Directa de Xxxxxx Xxxxxxx -Contratación por Comité de Compras, de Menor Cuantía -Convocatoria Pública de Mayor Cuantía
FORMAS DE CONTRATACIÓN. Los paquetes de servicios que ofrece EXPRESS-FIBER AND WIRELESS S.A.S. DE C.V. podrán ser consultados por el usuario en la página Xxxxxxx-xxxxx.xxx así como en el buscador de tarifas del Registro Público de Telecomunicaciones. Las formas de contratación del servicio, sus paquetes, vigencia, tarifas podrán ser revisadas en la página web Xxxxxxx-xxxxx.xxx en cualquier navegador web. El servicio se regirá por el clausulado del contrato de adhesión, anexos y/o solicitud de servicio de trabajo que suscriban las partes, además de la legislación aplicable. En cada contrato el usuario deberá seleccionar el paquete contratado, la vigencia, modalidad, forma de pago y contraprestación por dicho paquete. Las gestiones inherentes al contrato de servicios podrán ser realizadas a través de un tercero que sea representante del usuario titular, siempre y cuando se presente carta poder original, indicando la voluntad del interesado para que lo representen para realizar el trámite correspondiente. Si se trata de una persona moral, quien contrate el servicio deberá acreditar ser representante o apoderado mediante copia de la escritura constitutiva y/o poder otorgado ante fedatario público y presentar identificación oficial del representante legal. La contratación se realizará presencialmente o por medio electrónicos. El usuario tendrá la opción de solicitar ejemplar del contrato de adhesión enviado a su correo electrónico, previamente enviando los documentos que se indican.