Common use of GARANTÍA DEFINITIVA Clause in Contracts

GARANTÍA DEFINITIVA. Es aquella garantía que se constituye para responder de la correcta ejecución del contrato en los términos fijados para el mismo en el PCP y su documentación integradora, o, en el supuesto de procedimiento negociado, en los términos acordados por las partes. Considerando las circunstancias concurrentes, de las que se dejará constancia en el expediente de contratación, el PCP podrá declarar la exención de constitución de esta garantía, excepto en los contratos de obras. Los PCP señalarán el porcentaje de la misma referido al importe de la adjudicación del contrato (IVA excluido) que, en ningún caso, podrá exceder del cinco por ciento (5%). La garantía definitiva se podrá presentar en cualquiera de las formas previstas más adelante y en los modelos establecidos por RENFE que se incluirán como ANEXOS en los PCP. Esta garantía extiende su duración “hasta el buen fin de la operación” o hasta que se resuelva el contrato sin mediar culpa del Contratista, a menos que el PCP contemple alguna otra condición específica. En los supuestos de recepción parcial sólo se podrá devolver la parte proporcional de la garantía cuando así esté previsto en el PCP o cuando así se haya acordado en un procedimiento negociado, si esta materia hubiera sido objeto de acuerdo específico en el proceso de negociación. En los casos de cesión de contratos no se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada por el cedente hasta que se halle formalmente constituida la del cesionario. Si, por causas no imputables al Contratista, transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que se haya producido la recepción formal definitiva (y, en su caso, la liquidación del contrato), una vez recibida la solicitud de devolución de garantías por parte del contratista RENFE procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de dichas garantías, una vez depuradas las responsabilidades de las que responde la misma. La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos:

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GARANTÍA DEFINITIVA. Es aquella El adjudicatario deberá prestar la garantía definitiva que se constituye para responder de la correcta ejecución del contrato en los términos fijados para el mismo indique en el PCP y su documentación integradora, o, en el supuesto de procedimiento negociado, en los términos acordados por las partes. Considerando las circunstancias concurrentesapartado Q) del Cuadro Anexo, de las que se dejará constancia en el expediente de contratación, el PCP podrá declarar la exención de constitución de esta garantía, excepto en los contratos de obras. Los PCP señalarán el porcentaje de la misma referido al importe de la adjudicación del contrato (IVA excluido) que, en ningún caso, podrá exceder del hasta un cinco por ciento (5%)) del importe de la adjudicación, excluido el IVA/IGIC, para asegurar la correcta ejecución de la prestación y las demás responsabilidades a que se refiere el artículo 110 de la LCSP. La garantía definitiva podrá prestarse en efectivo, que se podrá presentar deberá depositar en cualquiera de las formas previstas más adelante cuentas bancarias de que es titular MERCAGRANADA; en forma de aval de entidad financiera o de crédito conforme al modelo Anexo I; o mediante contrato de seguro de caución con entidad autorizada para operar en el ramo y conforme al modelo Anexo II. Asimismo, cuando así se indique en los modelos establecidos por RENFE el apartado R) del Cuadro Anexo, se podrá exigir al adjudicatario que además de la garantía a que se incluirán como ANEXOS en los PCPrefiere el párrafo anterior preste una garantía complementaria de hasta un 5% del importe de adjudicación del contrato, pudiendo alcanzar la garantía total un 10% del precio del contrato. Esta La garantía extiende su duración “definitiva no será devuelta o cancelada hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el buen fin contrato y producido el vencimiento del plazo de la operación” garantía, o hasta que se resuelva el contrato declare judicialmente la resolución del mismo sin mediar culpa del Contratista, a menos que el PCP contemple alguna otra condición específicacontratista. En los supuestos de recepción parcial sólo se podrá devolver la parte proporcional de Tanto la garantía cuando así esté previsto en el PCP o cuando así se haya acordado en un procedimiento negociado, si esta materia hubiera sido objeto de acuerdo específico en el proceso de negociación. En los casos de cesión de contratos no se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada por el cedente hasta que se halle formalmente constituida la del cesionario. Si, por causas no imputables al Contratista, transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que se haya producido la recepción formal definitiva (ycomo, en su caso, la liquidación complementaria que se hubiere exigido deberán reponerse o reajustarse en los términos del artículo 109.2 y 3 de la LCSP, incurriendo en caso contrario el contratista en causa de resolución. No obstante, atendidas las circunstancias concurrentes en el contrato), una vez recibida el órgano de contratación podrá eximir al adjudicatario de la solicitud obligación de devolución de garantías por parte constituir garantía, justificándolo adecuadamente en el apartado Q) del contratista RENFE procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de dichas garantías, una vez depuradas las responsabilidades de las que responde la misma. La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos:Cuadro Anexo.

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Samples: Pliego De Prescripciones Particulares Para El Contrato, Pliego De Prescripciones Particulares, mercagranada.es

GARANTÍA DEFINITIVA. Es aquella Conforme a lo señalado en la cláusula anterior la empresa licitadora que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera sido requerido para ello una garantía que se constituye para responder de la correcta ejecución definitiva del contrato en los términos fijados para el mismo en el PCP y su documentación integradora, o, en el supuesto de procedimiento negociado, en los términos acordados por las partes. Considerando las circunstancias concurrentes, de las que se dejará constancia en el expediente de contratación, el PCP podrá declarar la exención de constitución de esta garantía, excepto en los contratos de obras. Los PCP señalarán el porcentaje de la misma referido al importe de la adjudicación del contrato (IVA excluido) que, en ningún caso, podrá exceder del cinco 5 por ciento (5%)del presupuesto base de licitación, IVA no incluido. La garantía definitiva se podrá presentar constituirse en cualquiera de las formas previstas más adelante y en los modelos establecidos por RENFE que se incluirán como ANEXOS en los PCP. Esta garantía extiende su duración “hasta el buen fin de la operación” o hasta que se resuelva el contrato sin mediar culpa del Contratista, a menos que el PCP contemple alguna otra condición específica. En los supuestos de recepción parcial sólo se podrá devolver la parte proporcional de la garantía cuando así esté previsto establecidas en el PCP o cuando así se haya acordado en un procedimiento negociadoartículo art. 96 del TRLCSP, si esta materia hubiera sido objeto de acuerdo específico con los requisitos establecidos en el proceso de negociaciónartículo 55 y siguientes del RGLCAP. En los casos de cesión de contratos De no se procederá cumplirse este requisito por causas imputables a la devolución o cancelación de empresa adjudicataria la garantía prestada por el cedente hasta que se halle formalmente constituida Administración no efectuará la del cesionario. Si, por causas no imputables al Contratista, transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que se haya producido la recepción formal definitiva (y, en adjudicación a su caso, la liquidación del contrato), una vez recibida la solicitud de devolución de garantías por parte del contratista RENFE procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de dichas garantías, una vez depuradas las responsabilidades de las que responde la mismafavor. La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos:conceptos mencionados en el artículo 100 del TRLCSP. Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, el precio del mismo experimente variación, se reajustará la garantía constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre la garantía y el precio del contrato vigente en cada momento, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique a la empresa el acuerdo de modificación. En el plazo de quince días naturales, contados desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, la empresa adjudicataria deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo en caso contrario, en causa de resolución. La devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará, una vez producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato, o una vez declarada la resolución de éste por causas no imputables a la empresa contratista.

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GARANTÍA DEFINITIVA. Es aquella garantía En el caso de que se constituye para responder así lo prevea el punto 12 de la correcta ejecución del contrato en los términos fijados para el mismo en el PCP carátula, la empresa que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa vendrá obligada a constituir y su documentación integradora, opresentar ante la Entidad Contratante, en el supuesto plazo xx xxxx días hábiles (o cinco si se tramitase de procedimiento negociado, en los términos acordados por las partes. Considerando las circunstancias concurrentes, de las forma urgente) desde que se dejará constancia en le notifique el expediente de contratación, el PCP podrá declarar la exención de constitución de esta garantía, excepto en los contratos de obras. Los PCP señalarán el porcentaje correspondiente requerimiento de la misma referido al Entidad Contratante, una garantía definitiva por el importe o porcentaje del precio de la adjudicación del contrato (IVA excluido) queque se especifique en la carátula. De no cumplirse este requisito por causas imputables a la empresa que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, la Entidad Contratante no efectuará la adjudicación a su favor, siendo de aplicación lo dispuesto en ningún casoel párrafo final de la cláusula 3.8 de este Pliego. Las empresas licitadoras podrán constituir esta garantía en metálico o mediante transferencia bancaria, podrá exceder del cinco por ciento (5%)mediante aval o mediante contrato de seguro de caución. El aval y el seguro de caución se ajustarán al modelo acompañado como Xxxxx XXX. La garantía definitiva se podrá presentar en cualquiera responderá (i) del cumplimiento tardío o defectuoso de las formas previstas más adelante y en los modelos establecidos por RENFE que se incluirán como ANEXOS en los PCP. Esta garantía extiende su duración “hasta el buen fin de la operación” o hasta que se resuelva el contrato sin mediar culpa del Contratista, a menos que el PCP contemple alguna otra condición específica. En los supuestos de recepción parcial sólo se podrá devolver la parte proporcional de la garantía cuando así esté previsto en el PCP o cuando así se haya acordado en un procedimiento negociado, si esta materia hubiera sido objeto de acuerdo específico en el proceso de negociación. En los casos de cesión de contratos no se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada obligaciones contractuales por el cedente hasta que se halle formalmente constituida la adjudicatario; (ii) del cesionario. Si, por causas no imputables al Contratista, transcurrido un año desde la fecha de terminación incumplimiento del contrato sin que se haya producido la recepción formal definitiva (ypor el adjudicatario y de las penalidades previstas, en su caso, en el contrato; y (iii) de la liquidación del inexistencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, en los trabajos realizados y/o en los servicios prestados durante el plazo de garantía que se haya previsto, en su caso, en el contrato), una vez recibida la solicitud de devolución de garantías por parte del contratista RENFE procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de dichas garantías, una vez depuradas las responsabilidades de las que responde la misma. La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos:.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Rigen El Concurso Convocado Por Innobasque, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Rigen El Concurso Convocado Por Innobasque

GARANTÍA DEFINITIVA. Es aquella Como garantía que de la presente contratación la empresa adjudicataria ha constituido, dentro del plazo establecido, Aval indefinido por importe de MIL TRES CIENTOS EUROS (1300 Euros), equivalente al 5% del precio de adjudicación, IVA excluido. (Se acompaña copia de la garantía depositada como Anexo IV). Dicha garantía responderá de los conceptos previstos en el artículo 100 del TRLCSP y en el Documento de Documentación Administrativo. Aprobada la liquidación del contrato, incluidas las posibles prórrogas y transcurrido el plazo de garantía previsto en el presente contrato o en su defecto en el periodo previsto en la oferta del Contratista, si fuera superior, si no resultasen responsabilidades a cargo de Contratista se constituye para responder devolverá la garantía definitiva constituida o se cancelará el aval o seguro de caución conforme al párrafo siguiente. Bajo la premisa señalada anteriormente, el Contratista deberá solicitar de forma fehaciente la devolución de la garantía, procediendo ISFOC a su devolución en el plazo máximo de dos meses desde la recepción de la solicitud una vez comprobada la correcta ejecución del contrato en los términos fijados para servicio objeto del presente contrato. Transcurrido el mismo en el PCP sin que ISFOC haya opuesto ninguna objeción y su documentación integradora, o, en el supuesto de procedimiento negociado, en los términos acordados por las partes. Considerando las circunstancias concurrentes, de las que se dejará constancia en el expediente de contratación, el PCP podrá declarar la exención de constitución de esta garantía, excepto en los contratos de obras. Los PCP señalarán el porcentaje de la misma referido al importe de la adjudicación del contrato (IVA excluido) que, en ningún caso, podrá exceder del cinco por ciento (5%). La garantía definitiva se podrá presentar en cualquiera de las formas previstas más adelante y en los modelos establecidos por RENFE que se incluirán como ANEXOS en los PCP. Esta garantía extiende su duración “hasta el buen fin de la operación” o hasta que se resuelva el contrato sin mediar culpa del Contratista, a menos que el PCP contemple alguna otra condición específica. En los supuestos de recepción parcial sólo se podrá devolver la parte proporcional de haberse devuelto la garantía cuando así esté previsto en deberá abonarse al contratista la cantidad adeudada incrementada con el PCP o cuando así se haya acordado en un procedimiento negociado, si esta materia hubiera sido objeto de acuerdo específico en interés legal del dinero correspondiente al periodo transcurrido desde el proceso de negociación. En los casos de cesión de contratos no se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada por el cedente vencimiento del citado plazo hasta que se halle formalmente constituida la del cesionario. Si, por causas no imputables al Contratista, transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que se haya producido la recepción formal definitiva (y, en su caso, la liquidación del contrato), una vez recibida la solicitud de devolución de garantías la garantía, si ésta no se hubiera hecho efectiva por parte del contratista RENFE procederá, sin más demora, causa imputable a ISFOC. Cuando la devolución o cancelación de dichas garantías, una vez depuradas garantía no sea bastante para cubrir las responsabilidades a las que está afecta, ISFOC procederá al cobro de la diferencia de los abonos que no hubieran sido satisfechos, mediante el ejercicio de las que responde la misma. La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos:acciones judiciales correspondientes.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Limpieza

GARANTÍA DEFINITIVA. Es aquella garantía que se constituye para responder Antes de la correcta ejecución del contrato en los términos fijados para el mismo en el PCP y su documentación integradora, o, en el supuesto de procedimiento negociado, en los términos acordados por las partes. Considerando las circunstancias concurrentes, de las que se dejará constancia en el expediente de contratación, el PCP podrá declarar la exención de constitución de esta garantía, excepto en los contratos de obras. Los PCP señalarán el porcentaje de la misma referido al importe formalización de la adjudicación del contrato (Contrato, el CONTRATISTA ha constituido la garantía definitiva que se referencia a continuación y que suma el 5% del importe de adjudicación del contrato, IVA excluido: - Certificado de seguro de caución con número emitido por por importe de VEIN (27.660.- €) quecon número Registro especial de avales, intervenido notarialmente y presentado forma previa a la formalización del presente contrato. La garantía definitiva constituida responderá de todas las deudas del CONTRATISTA dimanante del Contrato, de su ejecución o de su eventual resolución, del reintegro de las cantidades que en su caso podría haber abonado VIMED, en exceso al tiempo de la liquidación, del resarcimiento de cualquiera de los daños y perjuicios dimanante del incumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA, incluidos los que como consecuencia del citado incumplimiento podrían exigirse a VIMED, por la Administración y, con carácter general, del cumplimiento de todas las obligaciones que atañen al CONTRATISTA hasta la conclusión del plazo de garantía. En cualquiera de los supuestos previstos en el apartado anterior, VIMED podrá proceder libremente, y por su exclusiva determinación, contra la fianza constituida y disponer, en consecuencia, de las cantidades a que llegue, todo ello sin perjuicio de las acciones, reclamaciones o recursos de los que el CONTRATISTA se crea asistido, los cuales a pesar de todo, no suspenderán en ningún caso, podrá exceder del cinco por ciento (5%). La garantía definitiva se podrá presentar en cualquiera de las formas previstas más adelante y en los modelos establecidos por RENFE que se incluirán como ANEXOS en los PCP. Esta garantía extiende su duración “hasta el buen fin de la operación” o hasta que se resuelva el contrato sin mediar culpa del Contratista, a menos que el PCP contemple alguna otra condición específica. En los supuestos de recepción parcial sólo se podrá devolver la parte proporcional libre disponibilidad de la garantía cuando así esté previsto en el PCP o cuando así se haya acordado en un procedimiento negociadopor VIMED, si esta materia hubiera sido objeto cuya única obligación será la de acuerdo específico en el proceso de negociación. En los casos de cesión de contratos no se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada por el cedente hasta que se halle formalmente constituida la del cesionario. Si, por causas no imputables al Contratista, transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que se haya producido la recepción formal definitiva (y, reintegrar en su caso, la liquidación del contrato), una vez recibida la solicitud de devolución de garantías por parte del contratista RENFE procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de dichas garantías, una vez depuradas día las responsabilidades de las que responde la misma. La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos:sumas dispuestas si así resultara procedente.

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Samples: Contrato Ejecución De Obras Locales Ordinarias De Instalaciones Fotovoltaicas De Autoconsumo en Diversos Equipamientos Municipales

GARANTÍA DEFINITIVA. Es aquella garantía que se constituye para responder De conformidad con lo establecido en el artículo 107 de la correcta ejecución LCSP, se establece para el adjudicatario del contrato en los términos fijados para de cada lote una garantía definitiva equivalente al 5% del precio final ofertado por el mismo en el PCP y su documentación integradoramismo, o, en el supuesto de procedimiento negociado, en los términos acordados por las partes. Considerando las circunstancias concurrentes, de las que se dejará constancia en el expediente de contratación, el PCP podrá declarar la exención de constitución de esta garantía, excepto en los contratos de obras. Los PCP señalarán el porcentaje de la misma referido al importe de la adjudicación del contrato (IVA excluido) que, en ningún caso, . Esta garantía podrá exceder del cinco por ciento (5%). La garantía definitiva se podrá presentar en prestarse cualquiera de las formas previstas más adelante y establecidas en los modelos establecidos por RENFE que se incluirán como ANEXOS en los PCP. Esta garantía extiende su duración “hasta el buen fin artículo 108 de la operación” LCSP, o hasta que se resuelva el contrato sin mediar culpa del Contratistabien, a menos que elección del adjudicatario, mediante la retención en el PCP contemple alguna otra condición específica. En los supuestos de recepción parcial sólo se podrá devolver la parte proporcional precio de la primera o en sucesivas facturas, si el importe de la primera no fuera suficiente para cubrir la totalidad de la misma. La garantía cuando así esté previsto se depositará, en cualquier caso, ante el órgano de contratación del ITREM y su reposición, reajuste, devolución y cancelación se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el PCP o cuando así se haya acordado en un procedimiento negociado, si esta materia hubiera sido objeto de acuerdo específico en el proceso de negociación. En los casos de cesión de contratos no se procederá a la devolución o cancelación artículo 109 y 111 de la LCSP. Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX El plazo de garantía prestada por el cedente hasta que se halle formalmente constituida la del cesionario. Si, por causas no imputables al Contratista, transcurrido un año será de 3 meses desde la fecha finalización de terminación del contrato sin que se haya producido la recepción formal definitiva (y, en su caso, la liquidación ejecución del contrato), una vez recibida la solicitud de devolución de garantías por parte del contratista RENFE procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de dichas garantías, una vez depuradas las responsabilidades de las que responde la misma. La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos:conceptos mencionados en el artículo 110 de la LCSP y no podrá devolverse o cancelarse hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía previsto y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate, o hasta que se declare la resolución de éste sin culpa del contratista. Aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía, si no resultaren responsabilidades se devolverá la garantía constituida o se cancelará el aval o seguro de caución. El acuerdo de devolución deberá adoptarse y notificarse al interesado en el plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de garantía.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Para La Contratación De Campañas De Co Marketing Promocional Entre El Itrem Y Empresas De Transporte

GARANTÍA DEFINITIVA. Es aquella El adjudicatario deberá prestar la garantía definitiva que se constituye para responder de la correcta ejecución del contrato en los términos fijados para el mismo indique en el PCP y su documentación integradora, o, en el supuesto de procedimiento negociado, en los términos acordados por las partes. Considerando las circunstancias concurrentesapartado P) del Cuadro Anexo, de las que se dejará constancia en el expediente de contratación, el PCP podrá declarar la exención de constitución de esta garantía, excepto en los contratos de obras. Los PCP señalarán el porcentaje de la misma referido al importe de la adjudicación del contrato (IVA excluido) que, en ningún caso, podrá exceder del hasta un cinco por ciento (5%)) del importe de la adjudicación, excluido el IVA/IGIC, para asegurar la correcta ejecución de la prestación y las demás responsabilidades a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP La garantía definitiva podrá prestarse en efectivo, que se deberá depositar en cualquiera de las cuentas bancarias de que es titular MERCAGRANADA; en forma de aval de entidad financiera o de crédito conforme al modelo Anexo I; o mediante contrato de seguro de caución con entidad autorizada para operar en el ramo y conforme al modelo Anexo II. Asimismo, cuando así se indique en el apartado Q) del Cuadro Anexo, se podrá exigir al adjudicatario que además de la garantía a que se refiere el párrafo anterior preste una garantía complementaria de hasta un 5% del importe de adjudicación del contrato, pudiendo alcanzar la garantía total un 10% del precio del contrato. La garantía definitiva se podrá presentar en cualquiera de las formas previstas más adelante y en los modelos establecidos por RENFE no será devuelta o cancelada hasta que se incluirán como ANEXOS en los PCP. Esta garantía extiende su duración “hasta haya cumplido satisfactoriamente el buen fin contrato y producido el vencimiento del plazo de la operación” garantía, o hasta que se resuelva el contrato declare judicialmente la resolución del mismo sin mediar culpa del Contratista, a menos que el PCP contemple alguna otra condición específicacontratista. En los supuestos de recepción parcial sólo se podrá devolver la parte proporcional de Tanto la garantía cuando así esté previsto en el PCP o cuando así se haya acordado en un procedimiento negociado, si esta materia hubiera sido objeto de acuerdo específico en el proceso de negociación. En los casos de cesión de contratos no se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada por el cedente hasta que se halle formalmente constituida la del cesionario. Si, por causas no imputables al Contratista, transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que se haya producido la recepción formal definitiva (ycomo, en su caso, la liquidación complementaria que se hubiere exigido deberán reponerse o reajustarse en los términos del artículo 99.2 y 3 del TRLCSP, incurriendo en caso contrario el contratista en causa de resolución. No obstante, atendidas las circunstancias concurrentes en el contrato), una vez recibida el órgano de contratación podrá eximir al adjudicatario de la solicitud obligación de devolución de garantías por parte constituir garantía, justificándolo adecuadamente en el apartado P) del contratista RENFE procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de dichas garantías, una vez depuradas las responsabilidades de las que responde la misma. La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos:Cuadro Anexo.

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Samples: Pliego De Clausulas Particulares

GARANTÍA DEFINITIVA. Es aquella El adjudicatario deberá prestar la garantía definitiva que se constituye para responder de la correcta ejecución del contrato en los términos fijados para el mismo indique en el PCP y su documentación integradora, o, en el supuesto de procedimiento negociado, en los términos acordados por las partes. Considerando las circunstancias concurrentesapartado Q) del Cuadro Resumen, de las que se dejará constancia en el expediente de contratación, el PCP podrá declarar la exención de constitución de esta garantía, excepto en los contratos de obras. Los PCP señalarán el porcentaje de la misma referido al importe de la adjudicación del contrato (IVA excluido) que, en ningún caso, podrá exceder del hasta un cinco por ciento (5%)) del importe de la adjudicación, excluido el IVA/IGIC, para asegurar la correcta ejecución de la prestación y las demás responsabilidades a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP La garantía definitiva podrá prestarse en efectivo, que se deberá depositar en cualquiera de las cuentas bancarias de que es titular MERCAGRANADA; en forma de aval de entidad financiera o de crédito conforme al modelo Anexo I; o mediante contrato de seguro de caución con entidad autorizada para operar en el ramo y conforme al modelo Anexo II. Asimismo, cuando así se indique en el apartado R) del Cuadro Anexo, se podrá exigir al adjudicatario que además de la garantía a que se refiere el párrafo anterior preste una garantía complementaria de hasta un 5% del importe de adjudicación del contrato, pudiendo alcanzar la garantía total un 10% del precio del contrato. La garantía definitiva se podrá presentar en cualquiera de las formas previstas más adelante y en los modelos establecidos por RENFE no será devuelta o cancelada hasta que se incluirán como ANEXOS en los PCP. Esta garantía extiende su duración “hasta haya cumplido satisfactoriamente el buen fin contrato y producido el vencimiento del plazo de la operación” garantía, o hasta que se resuelva el contrato declare judicialmente la resolución del mismo sin mediar culpa del Contratista, a menos que el PCP contemple alguna otra condición específicacontratista. En los supuestos de recepción parcial sólo se podrá devolver la parte proporcional de Tanto la garantía cuando así esté previsto en el PCP o cuando así se haya acordado en un procedimiento negociado, si esta materia hubiera sido objeto de acuerdo específico en el proceso de negociación. En los casos de cesión de contratos no se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada por el cedente hasta que se halle formalmente constituida la del cesionario. Si, por causas no imputables al Contratista, transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que se haya producido la recepción formal definitiva (ycomo, en su caso, la liquidación complementaria que se hubiere exigido deberán reponerse o reajustarse en los términos del artículo 99.2 y 3 del TRLCSP, incurriendo en caso contrario el contratista en causa de resolución. No obstante, atendidas las circunstancias concurrentes en el contrato), una vez recibida el órgano de contratación podrá eximir al adjudicatario de la solicitud obligación de devolución de garantías por parte constituir garantía, justificándolo adecuadamente en el apartado Q) del contratista RENFE procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de dichas garantías, una vez depuradas las responsabilidades de las que responde la misma. La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos:Cuadro Resumen.

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Samples: Pliego De Cláusulas Particulares

GARANTÍA DEFINITIVA. Es aquella garantía que se constituye para responder de la correcta ejecución del contrato en los términos fijados para el mismo en el PCP y su documentación integradora, o, en el supuesto de procedimiento negociado, en los términos acordados por las partes. Considerando las circunstancias concurrentes, de las que se dejará constancia en el expediente de contratación, el PCP podrá declarar la exención de constitución de esta garantía, excepto en los contratos de obras. Los PCP señalarán el porcentaje de la misma referido al importe de la adjudicación del contrato (IVA excluido) que, en ningún caso, podrá exceder del cinco por ciento (5%). La garantía definitiva se podrá presentar en cualquiera de las formas previstas más adelante y en los modelos establecidos por RENFE Renfe que se incluirán como ANEXOS en los PCP. Esta garantía extiende su duración “hasta el buen fin de la operación” que normalmente coincidirá con el transcurso del plazo de garantía y el establecimiento del Acta de Recepción Definitiva, por haberse cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate sin que resultaren responsabilidades de la que deba responder el Contratista, o hasta que se resuelva el contrato sin mediar culpa del Contratista, a menos que el PCP contemple alguna otra condición específica. En los supuestos de recepción parcial sólo se podrá devolver la parte proporcional de la garantía cuando así esté previsto en el PCP o cuando así se haya acordado en un procedimiento negociado, si esta materia hubiera sido objeto de acuerdo específico en el proceso de negociación. En los casos de cesión de contratos no se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada por el cedente hasta que se halle formalmente constituida la del cesionario. Si, por causas no imputables al Contratista, transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que se haya producido la recepción formal definitiva (y, en su caso, la liquidación del contrato), una vez recibida la solicitud de devolución de garantías por parte del contratista RENFE se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de dichas las garantías, una vez depuradas las responsabilidades de las que responde la misma. La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos:

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Samples: www.renfe.com

GARANTÍA DEFINITIVA. Es aquella garantía El licitador que se constituye para responder hubiera presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la correcta ejecución garantía de un 5% del contrato en los términos fijados para precio final ofertado, excluido el mismo en Impuesto sobre el PCP y su documentación integradora, o, en el supuesto de procedimiento negociado, en los términos acordados por las partesValor Añadido. Considerando las circunstancias concurrentes, de las que se dejará constancia en el expediente de contratación, el PCP podrá declarar la exención de La constitución de esta garantía, excepto garantía deberá ser acreditada en los contratos el plazo de obras. Los PCP señalarán siete días hábiles a contar desde el porcentaje envío de la misma referido al importe comunicación. Esta garantía se constituirá de conformidad con lo preceptuado en el Capítulo I del Título IV del Libro I de la adjudicación del contrato (IVA excluido) que, en ningún caso, podrá exceder del cinco por ciento (5%). La garantía definitiva se podrá presentar LCSP y en cualquiera de las formas previstas más adelante y en los modelos establecidos por RENFE que se incluirán como ANEXOS establecen en los PCPel artículo 108.1 LCSP, es decir, en efectivo o en valores, que en todo caso serán de Deuda Pública, mediante aval, o mediante contrato de seguro de caución. En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista, este deberá reponer o ampliar aquella, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Esta garantía extiende su duración “hasta responderá a los conceptos incluidos en el buen fin artículo 110 de la operación” LCSP. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate, o hasta que se resuelva el contrato declare la resolución de este sin mediar culpa del Contratistacontratista. Aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía, a menos que el PCP contemple alguna otra condición específica. En los supuestos de recepción parcial sólo si no resultaren responsabilidades se podrá devolver la parte proporcional de devolverá la garantía cuando así esté previsto en constituida o se cancelará el PCP aval o cuando así se haya acordado en un procedimiento negociado, si esta materia hubiera sido objeto seguro de acuerdo específico en el proceso de negociacióncaución. En los casos de cesión de contratos no se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada por el cedente hasta que se halle formalmente constituida la del cesionario. Si, por causas no imputables al Contratista, transcurrido Transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato contrato, y vencido el plazo de garantía, sin que se haya producido la recepción formal definitiva (y, en su caso, y la liquidación del contrato)hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, una vez recibida la solicitud de devolución de garantías por parte del contratista RENFE se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de dichas garantías, las garantías una vez depuradas las responsabilidades de las a que responde la misma. La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos:se refiere el artículo 110.

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Samples: carinena.es

GARANTÍA DEFINITIVA. Es aquella garantía que se constituye para responder Los adjudicatario del acuerdo marco, a fin de la correcta ejecución del contrato en los términos fijados para garantizar el mismo cumplimiento de las obligaciones contraídas tanto en el PCP y su documentación integradora, o, en el supuesto de procedimiento negociado, en los términos acordados por las partes. Considerando las circunstancias concurrentes, de las que se dejará constancia en el expediente de contratación, el PCP podrá declarar la exención de constitución de esta garantía, excepto acuerdo marco como en los contratos específicos de obraslos que resulten adjudicatarios durante la vigencia del primero, vendrán obligados a constituir una garantía definitiva de 60.000 euros. Los PCP señalarán Dicha garantía se constituirá en el porcentaje plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciban el requerimiento efectuado por CTSS a tal efecto. Podrá constituirse por cualquiera de la misma referido los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación. En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al importe de la adjudicación del contrato (IVA excluido) que, en ningún caso, podrá exceder del cinco por ciento (modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo 5%). La garantía definitiva se podrá presentar en cualquiera de las formas previstas más adelante y en los modelos establecidos por RENFE que se incluirán como ANEXOS en los PCP. Esta garantía extiende su duración “hasta el buen fin de la operación” o hasta que se resuelva el contrato sin mediar culpa del Contratista, a menos que el PCP contemple alguna otra condición específica. En los supuestos de recepción parcial sólo se podrá devolver la parte proporcional devolución de la garantía cuando así esté previsto se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el PCP o cuando así artículo 102 del TRLCSP, que a estos efectos se haya acordado en un procedimiento negociadoestablece como de aplicación , si esta materia hubiera sido objeto de finalizada la vigencia del acuerdo específico en el proceso de negociación. En los casos de cesión de contratos no se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada por el cedente hasta que se halle formalmente constituida la del cesionario. Si, por causas no imputables al Contratista, transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que se haya producido la recepción formal definitiva (marco y, en su caso, la liquidación del contrato), el último de los contratos específicos una vez recibida cumplidas por los suscriptores del acuerdo marco todas sus obligaciones contractuales. La acreditación de la solicitud constitución de devolución la garantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos. En el caso de garantías que se hagan efectivas sobre la garantía las penalizaciones o indemnizaciones exigibles a cualquiera de los adjudicatarios del acuerdo marco y/o contratos específicos, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. En lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación. La presentación de proposiciones presume por parte del contratista RENFE procederálicitador la aceptación incondicionada de las Condiciones del presente Xxxxxx en su totalidad y sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación objeto del presente Xxxxxx. El Pliego y la documentación complementaria estarán a disposición de los interesados en el perfil de contratante de CTSS, desde el día siguiente al de la publicación del primero de los anuncios y durante el plazo establecido para la presentación de ofertas. Las solicitudes, que deberán presentarse conforme al modelo que se adjunta como Anexo 2 a este Pliego, y la documentación complementaria para suscribir el acuerdo marco se presentarán en las oficinas de CTSS sitas en X/ Xxxxxxxx Xxxxxxx, nº 7, de Donostia-San Xxxxxxxxx, en horario de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, en la forma indicada en los apartados siguientes. Esta limitación horaria no será de aplicación cuando las proposiciones sean remitidas por correo, en cuyo caso, podrá realizarse la presentación a cualquier hora del último día del plazo de presentación de proposiciones. Para participar en la presente licitación, las empresas licitadoras deberán presentar en las oficinas de CTSS antes reseñadas, en el plazo máximo de 40 días naturales desde el envío del anuncio al DOUE, un sobre cerrado, con la documentación que luego se indicará, señalando en el anverso del mismo la denominación “Acuerdo marco para la contratación del suministro regular de gasóleo de automoción (clase A) a COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U.”, la denominación de la empresa, su domicilio social, teléfono, fax y dirección de correo electrónico. Asimismo, se indicará el nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, todo ello de forma legible. En el interior del sobre se hará constar, en hoja independiente, el contenido del mismo, según el orden establecido en el Anexo 1. En el caso de que el licitador envíe su proposición por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar a CTSS la remisión de la oferta mediante télex, fax (al número siguiente: 943000201) o telegrama en el mismo día. También podrá anunciarse por correo electrónico (a la dirección siguiente:xxxxxxxxx@xxxx.xx). El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones, y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso. La información adicional que se solicite sobre el Pliego y la documentación complementaria se facilitará, al menos, seis días antes de la fecha límite fijada para la recepción de las solicitudes, siempre que la petición se haya presentado con una antelación mínima de doce días. El Comité de Evaluación de las solicitudes presentadas estará integrado por personal técnico de la CTSS. Adicionalmente, podrán asistir a las sesiones del Comité de Evaluación, sin más demoravoz ni voto, a la devolución o cancelación un Consejero de dichas garantías, una vez depuradas las responsabilidades cada grupo político con representación en el Consejo de las que responde la misma. La garantía definitiva responderá Administración de CTSS y un Consejero en representación de los siguientes conceptos:trabajadores.

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Samples: Pliego De Condiciones Económico Administrativas Y De Prescripciones Técnicas Que Regirá El Acuerdo Marco Para La Contratación Del Suministro Regular De Gasóleo De Automoción (Clase A) a Compañía Del Tranvía De San Sebastián

GARANTÍA DEFINITIVA. Es aquella garantía El licitador que se constituye para responder haya presentado la oferta más ventajosa deberá acreditar la constitución de la correcta ejecución del contrato en los términos fijados para el mismo garantía definitiva en el PCP y su documentación integradoraplazo xx xxxx días hábiles, o, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el supuesto requerimiento de procedimiento negociado, en los términos acordados por las partespresentación. Considerando las circunstancias concurrentes, de las que se dejará constancia en el expediente de contratación, el PCP podrá declarar la exención de constitución de esta garantía, excepto en los contratos de obras. Los PCP señalarán el porcentaje de la misma referido al El importe de la adjudicación cuantía de la garantía definitiva ascenderá al 5% del contrato (IVA excluido) queimporte total de adjudicación, en ningún excluido el IVA. En todo caso, podrá exceder la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 100 del cinco por ciento (5%)TRLCSP. La garantía definitiva se podrá presentar constituirá en cualquiera de las formas previstas más adelante y que se establece en el artículo 96 del TRLCSP, ajustándose, de acuerdo con la forma escogida, a los modelos establecidos por RENFE que se incluirán establecen en el anexo IV al presente pliego. Asimismo, la garantía definitiva podrá constituirse mediante retención en el precio. En el caso de amortización o sustitución de los valores que integran la garantía, el adjudicatario viene obligado a reponer la garantía en igual cuantía, siendo a su xxxxx el otorgamiento de los documentos necesarios a tal fin. Cuando, como ANEXOS en los PCP. Esta garantía extiende su duración “hasta el buen fin consecuencia de la operación” o hasta que modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, se resuelva el contrato sin mediar culpa del Contratista, a menos que el PCP contemple alguna otra condición específica. En los supuestos de recepción parcial sólo se podrá devolver la parte proporcional de reajustará la garantía cuando así esté previsto en el PCP o cuando así se haya acordado en un procedimiento negociadoplazo de quince días naturales, si esta materia hubiera sido objeto de acuerdo específico en el proceso de negociación. En los casos de cesión de contratos no se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada por el cedente hasta que se halle formalmente constituida la del cesionario. Si, por causas no imputables al Contratista, transcurrido un año contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de terminación modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato sin resultante de la modificación. En el mismo plazo contado desde la fecha en que se haya producido hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el adjudicatario deberá reponer o ampliar la recepción formal definitiva (ygarantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en su casocaso contrario, la liquidación del contrato), una vez recibida la solicitud en causa de devolución de garantías por parte del contratista RENFE procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de dichas garantías, una vez depuradas las responsabilidades de las que responde la misma. La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos:resolución.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Del Contrato Del Servicio De Limpieza De La Fundación Museo De Bellas Artes De Bilbao Bilboko Arte Ederren Museoa Fundazioa