JUSTIFICACIÓN. Considerando que para la implantación del Proyecto de Duplicación de las Rutas Nacionales N° 2 y 7 se requerirá de expropiaciones de parte de propiedades en zonas determinadas a nivel de Factibilidad por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos para la ejecución de la Consultoría de Elaboración del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar con el Plan de Compensaciones y/o Indemnizaciones (PCI) que viabilice la liberación de la franja de dominio para la ejecución de las obras. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar la preparación e implementación del PCI, cuando como consecuencia de la construcción de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcción, específicamente en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte o la totalidad de un predio, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también en la búsqueda de la armonización de los valores de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGS, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados de los trabajos a ser encarados por el referido Consorcio Consultor.
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Samples: Contrato De Diseño, Financiación, Construcción, Mantenimiento Y Operación
JUSTIFICACIÓN. Considerando De acuerdo con lo previsto en la Ley General de Subvenciones, en su artículo 30, el Gremio xx Xxxxxxxx deberá presentar al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, antes del día 28 de febrero de 2024, o del 28 de febrero de 2025, en caso de prórroga, cuenta justificativa, en la que se incluirán los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención pública concedida y que estará formada por los siguientes documentos: • Memoria de actividades, firmada por el representante legal, de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de esta subvención con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Para ello, se acompañará xx xxxxxx fotográfico acreditativo de la realización de la actividad. Esta memoria debe ir acompañada, obligatoriamente, del material de difusión utilizado de acuerdo con lo indicado en las obligaciones de publicidad por parte de la entidad. Para la presentación de la memoria se seguirá el modelo que se acompaña como ANEXO I a este convenio. Para las actividades realizadas fuera del término municipal xx Xxxxxxxxxx, deberá acreditarse adecuadamente que en ellas se publicita adecuadamente la financiación de este Ayuntamiento y valorarse la repercusión que el mismo consigue subvencionando esta actividad. • Relación clasificada de los gastos totales de la actividad, con indicación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago. Esta relación deberá estar certificada por el representante de la entidad. Para la presentación de esta relación se utilizará el modelo de cuenta justificativa que se acompaña como XXXXX XX a este convenio. • Los gastos subvencionados se acreditarán mediante facturas o facturas electrónicas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa en los términos establecidos reglamentariamente. En la justificación de las cantidades destinadas a gasto corriente se acompañará de un informe en que se acredite que cumplen uno de los siguientes supuestos: • Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la implantación realización del Proyecto proyecto subvencionado y los de Duplicación administración específicos son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de las Rutas Nacionales N° 2 y 7 se requerirá la misma. • Los costes indirectos habrán de expropiaciones de parte de propiedades en zonas determinadas a nivel de Factibilidad imputarse por el estudio precatastralbeneficiario a la actividad subvencionada en la parte que razonablemente corresponda de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en todo caso, en la medida en que tales costes correspondan al período en que efectivamente se incluyen realiza la actividad. El importe de costes indirectos que se podrán imputar a esta subvención es de un 15% del total de la misma, considerando como costes indirectos los lineamientos de asesoría, luz, gas, telefonía u otros de mantenimiento general de la asociación. • Podrá asumirse un importe correspondiente a gastos de organización y gestión, de acuerdo con la propuesta presentada de ingresos y gastos. • Se podrá incluir como gasto subvencionable los gastos de personal, pero en ningún caso podrán ser justificables las indemnizaciones por despido u otras causas. Además, únicamente podrá imputarse el coste de la jornada que efectivamente realizó para la ejecución del convenio. • Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la normativa de contratación del sector público para el contrato menor, se deberá aportar justificación de haber solicitado como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la Consultoría subvención. • Acreditación del importe, procedencia y aplicación de Elaboración los fondos propios o los recibidos de otras subvenciones o recursos, destinados al objeto del Catastro definitivo y Plan presente convenio. • Acreditación de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar la adopción de las medidas oportunas de publicidad indicada por la Ley de Transparencia para el convenio suscrito con el Plan de Compensaciones y/o Indemnizaciones (PCI) que viabilice Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y los contratos realizados por la liberación de la franja de dominio entidad para la ejecución realización de las obrasactividades subvencionadas. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar la preparación e implementación del PCI, cuando como consecuencia de la construcción de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcción, específicamente en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demanda, se debe considerar otros • Dar información adecuada sobre los aspectos vinculados al bienestar de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte o la totalidad de un predio, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también en la búsqueda de la armonización de los valores indicadores del grado de las personaseficacia y eficiencia especificados en el Anexo III de este convenio, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura con el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que objeto de determinar el MOPC, a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGS, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados adecuado cumplimiento de los trabajos a ser encarados por objetivos marcados con el referido Consorcio Consultormismo.
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Samples: Convenio De Colaboración
JUSTIFICACIÓN. Considerando Finalizada la actividad, o bien cuando la entidad realizara gastos por importe igual o superior al presupuesto presentado y, en todo caso, antes de que transcurran dos meses desde la finalización de la vigencia del convenio, la entidad ASOC PRO ENFERMOS MENTALES DE LA CORUÑA deberá presentar la siguiente documentación en el Registro General, a los efectos de justificación: − Impreso de presentación de solicitud de justificación. Justificación de desviaciones del balance con respecto al presupuesto inicial si procede, para comprobar la medida en que se ajustó el balance al presupuesto inicial presentado. En este sentido el importe de la subvención está vinculado al presupuesto total de la actividad y en ningún caso podrá ser superior a su déficit. En caso de que existan desviaciones a la baja entre el balance y el presupuesto inicial presentado, se resolverá el reintegro de la aportación municipal únicamente por el importe que pase el coste total de la actividad. − Certificado del Secretario de la entidad, con el visto bueno del presidente, en que se desglose por tipo de gasto, el importe total de los gastos generales de la entidad, en caso de que se imputen gastos generales o indirectos a una actividad concreta y certificación acerca de las subvenciones y demás ingresos generados con motivo de la actividad subvencionada con independencia de su reflejo en el balance. − Memoria que acredite que la actividad fue realizada y grado de cumplimiento de los objetivos. La beneficiaria deberá justificar que realizó la actividad en los términos de la memoria inicial presentada (anexo 1). − Balance de ingresos y gastos realizados con motivo de la actividad subvencionada de manera que se pueda comprobar que se ajustó al presupuesto inicial presentado, incluyendo las desviaciones presupuestarias (anexo 2). − Relación clasificada y detallada de los gastos de la actividad con indicación del acreedor, NIF, núm. documento justificativo, fecha de emisión, importe, concepto y fecha de pago. − Se justificará preferentemente con facturas aunque se podrán admitir otros documentos de igual valor probatorio admitidos en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Las facturas y los documentos justificativos de valor equivalente deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por lo que se aprueba el Reglamento. En el caso de presentar fotocopias para dar cumplimiento al art. 73 del Reglamento de LGS, antes de hacer la fotocopia deberá extenderse en el original de la factura una diligencia en la que se haga constar que la factura fue utilizada como justificante de gasto para la implantación obtencion de una subvención del Proyecto Ayuntamiento de Duplicación A Coruña, de las Rutas Nacionales N° 2 y 7 se requerirá de expropiaciones de parte de propiedades los gastos realizados en zonas determinadas a nivel de Factibilidad por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos para la ejecución ejercicio de la Consultoría actividad. En el caso de Elaboración facturas emitidas por personas físicas por servicios profesionales, la entidad beneficiaria viene obligada a la retencion del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGSIRPF), cuyo fin es contar en los límites y excepciones que establece la Ley y Reglamento del impuesto o en su caso, debiendo acreditarse el ingreso en la Agencia Tributaria con los modelos 111 y 190. − En caso de que la subvención otorgada tenga destino al pagado de personas físicas que presten servicios retribuidos, pago de premios o pago de becas, la entidad beneficiaria viene obligada a la retención del (IRPF), en los límites y excepciones que establece la Ley y Reglamento del impuesto o en su caso, disposiciones reglamentarias en vigor, debiendo acreditarse el Plan ingreso en la Agencia Tributaria con los modelos 111 y 190 − En el caso de Compensaciones imputarse gastos de personal: (nóminas) será obligatoria la presentacion de los documentos RLC (Relación de Liquidación de Cotizaciones ) y RNT (Relación Nominal de trabajadores) –antiguos TC1 y TC2-debidamente convalidados. El RLC deberá estar sellado por la oficina recaudadora y/o Indemnizaciones ir acompañado de justificante bancario, aun en caso de que no se imputen costes de Seguridad Social. El modelo RNT deberá ir firmado por la persona autorizada en caso de confeccionarse telemáticamente por el Sistema RED. Deberá presentarse del modelo 111 (PCIdeclaración trimestral) que viabilice y del modelo 190 (resumen anual) acreditativo del ingreso en la liberación Agencia Tributaria (AEAT) de las retenciones practicadas a las personas trabajadoras sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). − Los 3 presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la franja Ley General de dominio para Subvenciones debe solicitar el beneficiario cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 50.000 euros en el supuesto de coste por ejecución de las obrasobra, o de 18.000 euros en el caso de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios. Estos lineamientos tienen − Acreditación del pago efectivo de cada uno de los gastos. So se considera gasto realizado lo que fue efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación. − Se admitirán pagos en efectivo por objetivo orientar la preparación e implementación del PCIimportes de hasta 500 euros. En caso de que el pago de un servicio esté fraccionado en varios pagos, cuando como consecuencia el límite de 500 euros se entenderá para el conjunto de los pagos correspondientes al servicio, deberá acercarse recibo en el que conste que al emisor le fue satisfecho el importe, con identificación de la construcción factura a la que corresponde o bien que en el propio justificante de las obras gasto el emisor del mismo acredite responsablemente con un NIF y una firma que recibió el importe y la fecha en la que lo recibió. − En consecuencia, para acreditar la realización del pago de gastos superiores a la dicha cantidad el sistema será la transferencia bancaria o la domiciliación bancaria de los gastos, debiendo acompañar a la factura el justificante de pago bancario (cartilla, extracto bancario, debo o movimiento bancario). Si el pago se requieran tierras para viabilizar su construcciónrealiza mediante talón o cheque deberá aportarse además fotocopia del mismo, específicamente en tramos e igualmente extracto o movimiento bancario, que acredite que el destinatario lo hizo efectivo. − Todos los pagos relacionados que la finalidad de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física este convenio estimase aconsejable que se demandarealicen, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar preferentemente desde una única cuenta bancaria de la poblaciónentidad, no pudiendo subvencionarse pagos realizados con cargo a través cuentas cuyo titular no sea la entidad. − También se considerará efectivamente pagado el gasto, con la cesion de crédito del PGS. Si bien derecho de cobro de la compensación económica es una acción obligatoria subvención a favor de los acreedores por razón del MOPC para gasto realizado o con la adquisición de parte o la totalidad entrega a los mismos de un predioefecto mercantil, garantizado por una entidad financiera o compañía de seguros. − El Ayuntamiento se reserva el derecho para comprobar, por los medios que estime oportunos, que la justificación es correcta. Por tanto, el beneficiario quedará obligado a facilitar cuanta información le sea requerida por el servicio gestor, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también Intervención General y los órganos competentes en la búsqueda censura de la armonización de los valores de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGS, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados de los trabajos a ser encarados por el referido Consorcio Consultorcuentas.
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Samples: Convenio De Colaboración
JUSTIFICACIÓN. Considerando 1. Para acceder a la financiación aportada por el Gobierno xx Xxxxxx, el Consejo de Co- legios de Abogados xx Xxxxxx deberá justificar que el gasto de 10.000 € ha sido ejecutado antes del 30 de noviembre de 2021, acreditándose dicha justificación mediante la presenta- ción de la siguiente documentación, antes del 15 de diciembre de 2021:
a) Certificado del representante legal de la Entidad detallando la aplicación de los fondos y su adecuación a los fines perseguidos.
b) Certificado de ingresos procedentes de otras ayudas, subvenciones, recursos o conve- nios, de manera que, de acuerdo con el artículo 19.3 de la Ley General de Subven- ciones, el importe a percibir en concepto de subvención no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. Del mismo modo, en dicho certificado constará expresamente que la suma de las ayudas públicas recibidas no excede el coste del programa subvencionado.
c) Elaboración de un informe final en el que se detallará el proyecto llevado a cabo para la implantación organización de la acción, los contactos realizados y la valoración de los resultados.
d) Certificados expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Seguridad Social y Hacienda de la Comunidad Autónoma acreditando que el beneficiario de la subvención se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. En este sentido, se podrá autorizar al órgano gestor para obtener los citados certificados.
e) Facturas originales y demás documentos acreditativos del Proyecto de Duplicación gasto, junto con una relación enumerada de las Rutas Nacionales N° 2 mismas, con detalle de la fecha, número de factura, importe y 7 con- cepto, así como justificantes de los pagos correspondientes a las actuaciones plan- teadas, inclusive el de ingreso en Agencia Tributaria de las eventuales practicadas a cuenta del IRPF.
2. Respecto a los justificantes del gasto que se requerirá considera subvencionable, deberá tenerse en cuenta que:
a) La subcontratación deberá respetar los límites establecidos en los artículos 215 a 217 de expropiaciones la Ley 9/2017, de parte 8 de propiedades noviembre, de Contratos del Sector Público.
b) Los impuestos indirectos incorporados a las facturas (IVA) que sirven de base a la jus- tificación no deben ser susceptibles de recuperación o compensación y así se hará constar. En caso que se vayan a recuperar o compensar, solamente sería subvencio- nable la cuantía correspondiente a la base imponible. La justificación de las actuaciones que conlleven un coste económico se ajustará a lo dis- puesto en zonas determinadas el artículo 55.1 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autó- noma xx Xxxxxx aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 29 xx xxxxx, del Gobierno xx Xxxxxx, y en los artículos 32 y siguientes de la Ley 5/2015, de 25 xx xxxxx, de Subven- ciones xx Xxxxxx. Al objeto de mejorar la eficacia de las actuaciones de comprobación y control, en las fac- turas o justificantes de gasto presentados, la Dirección General competente en materia de Justicia hará constar, mediante estampilla, que se han utilizado para justificar la realización de las actividades objeto del presente convenio de colaboración y el importe exacto que resulta afectado. Una vez estampillados se devolverán a nivel los respectivos Colegios Profesionales. csv: BOA20220310012 La no justificación en el tiempo y forma señalados, supondrá, respecto de Factibilidad las actuaciones y cuantías no justificadas, la pérdida de la eficacia del compromiso de financiación asumido por el estudio precatastralGobierno xx Xxxxxx, se incluyen los lineamientos para abonándose al Consejo de Colegios solamente las cuantías que corresponda según la ejecución justificación presentada. Tras efectuar las actuaciones de comprobación de la Consultoría de Elaboración del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar con el Plan de Compensaciones y/o Indemnizaciones (PCI) que viabilice la liberación de la franja de dominio para la ejecución adecuada justificación de las obras. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar activi- dades realizadas, la preparación e implementación del PCIDirección General competente en materia de Justicia emitirá, cuando como consecuencia si procede, un informe de conformidad, proponiendo la construcción realización de los trámites necesarios para el pago al Consejo de Colegios de Abogados xx Xxxxxx de las obras se requieran tierras para viabilizar su construccióncantidades que resulten proce- dentes. Ninguna de las cantidades económicas recogidas en el presente convenio de colaboración podrán ser objeto de pago anticipado a sus destinatarios o perceptores.
3. La no justificación en plazo o de forma indebida supondrá, específicamente respecto de las cantidades no justificadas en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte tiempo o la totalidad de un predioforma, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también en la búsqueda pérdida de la armonización eficacia del compromiso de los valores de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGS, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados de los trabajos a ser encarados financiación asu- mido por el referido Consorcio ConsultorGobierno xx Xxxxxx.
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Samples: Convenio De Colaboración
JUSTIFICACIÓN. Considerando La aportación económica se recibe con el carácter de subvención a justificar. La justificación se documentará a través de la rendición de la cuenta justificativa, que constituye un acto obligatorio del beneficiario, en la que se deberán incluir, bajo responsabilidad del declarante, los justificantes originales del gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención. La cuenta justificativa comprenderá el coste total del compromiso asumido por el beneficiario y la totalidad de ingresos y los justificantes de gastos imputados a sufragarlo durante el periodo de vigencia del convenio. La justificación se verificará en el plazo de tres meses a partir de expiración de la vigencia del convenio, y se presentará en la Dirección General responsable en materia de Igualdad quien, una vez conformada, la remitirá a los efectos oportunos, si así se le requiere, a la Intervención General de Fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla. Cuando dentro de los gastos a justificar se incluyan los derivados del pago de retribuciones al personal de la entidad vinculado al programa mediante contrato laboral, deberá aportarse la siguiente documentación: • Copia del Contrato Laboral. • Recibo de nómina, que deberá contener: Nombre, Apellidos y NIF del trabajador /a, categoría profesional, número de afiliación a la Seguridad Social, conceptos retributivos, firma del trabajador /a, firma y sello de la empresa, etc. En el caso de que se produzca la resolución de los contratos laborales del personal sujeto al presente convenio de colaboración, deberán justificarse mediante documentación suficiente las cantidades satisfechas a los trabajadores en concepto de liquidación de los referidos contratos. Deberán reputarse como gastos generales, de reparación y mantenimiento ordinario, aquellos que sean necesarios para el normal funcionamiento del programa convenido, considerándose como tales los de agua, gas, teléfono, seguros, alarma,…vestuario, y aquellos otros que se requieran y que tengan relación con el desarrollo del Convenio, debiéndose aportar en los casos contemplados en el presente apartado las oportunas facturas normalizadas con las condiciones exigibles por la normativa de aplicación. Cuando se acometan gastos que igualen o superen la cuantía de 40.000 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 15.000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, la entidad deberá solicitar como mínimo tres ofertas de distintos proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la implantación prestación del Proyecto Servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de Duplicación los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. La elección entre las Rutas Nacionales N° 2 ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y 7 se requerirá economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa (art. 31.3 de expropiaciones la Ley 38/2003, de parte 17 de propiedades noviembre, General de Subvenciones). Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en zonas determinadas la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a nivel las actividades subvencionadas. La entidad beneficiaria, si a lo largo del ejercicio inmediatamente anterior ha percibido en concepto de Factibilidad aportaciones o subvenciones una cuantía igual o superior a ciento veinte mil euros ( 120.000,00 €) presentará, en la justificación, los estados contables aprobados por el estudio precatastralórgano competente en su gestión, se incluyen los lineamientos para la ejecución confeccionados de la Consultoría de Elaboración del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar acuerdo con el Plan General de Compensaciones y/o Indemnizaciones (PCI) que viabilice la liberación de la franja de dominio para la ejecución de las obras. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar la preparación e implementación del PCI, cuando como consecuencia de la construcción de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcción, específicamente en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte o la totalidad de un predio, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también en la búsqueda de la armonización de los valores de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGS, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados de los trabajos a ser encarados por el referido Consorcio ConsultorContabilidad vigente.
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Samples: Convenio De Colaboración
JUSTIFICACIÓN. Considerando La justificación se realizará por la modalidad de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, mediante la presentación de la documentación que para se señala a continuación, sin perjuicio de aquella otra que se determine en cada convocatoria. En todo caso, se producirá en dos momentos temporales.
a. Transcurridos cuatro meses desde el inicio del último de los contratos subvencionados (si este periodo se cumple antes de que se publique la implantación Resolución de Otorgamiento se tomará como fecha de referencia la de la publicación de dicha Resolución), los beneficiarios habrán de aportar en el plazo de los TREINTA DÍAS naturales siguientes, la documentación que a continuación se relaciona: • Detalle del Proyecto número y tipología de Duplicación contratos según modelo facilitado en ANEXO V, indicando, en su caso, las incidencias que se hayan producido en cada uno de los contratos. • Contratos laborales subvencionados formalizados con posterioridad a la fecha de la Solicitud de Subvención. • Nóminas abonadas a las personas cuyos contratos han sido subvencionados, correspondientes al período de cuatro meses a partir de la formalización del contrato, así como documento acreditativo del pago. • Recibos de liquidación de Cotización (TC1) y TC2 correspondiente al periodo subvencionado. • Copia del DNI en vigor de las Rutas Nacionales N° 2 personas cuyos contratos han sido subvencionados. • Certificados acreditativos de hallarse al corriente con sus obligaciones con la Agencia Tributaria, con la Agencia Tributaria Canaria, con las Entidades Locales Consorciadas de la Isla de Tenerife (certificado del Consorcio de Tributos) y 7 con la Seguridad Social. • Anexo VII firmado por la persona cuyo contrato ha sido subvencionado. • Fotografías en las que se aprecie la colocación del cartel identificativo de la subvención (Anexo VI).
b. Una vez finalizado el plazo de 12 meses durante el que el solicitante se ha comprometido a mantener los contratos mínimos (compromiso de inserción), el beneficiario habrá de aportar en los TREINTA DÍAS naturales siguientes, la siguiente documentación: • Certificado de Vida Laboral del Código de Cuenta de Cotización en el que se encuentren incluidos los/las trabajadores/as subvencionados, referido al período comprendido entre el 1 de enero del año en que se efectúa la convocatoria y la fecha de finalización del compromiso de inserción. (12 meses desde el inicio del último contrato subvencionado computable para el cumplimiento del requisito de continuidad). • Informes de Plantilla media de trabajadores en alta, emitido por la Seguridad Social, referido al periodo de los 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha de comienzo del primero de los contratos subvencionados, de todos los Códigos de Cuenta Cotización de la Empresa. • Informes de Plantilla media de trabajadores en alta, emitidos por la Seguridad Social, referidos al periodo de 12 meses que finaliza el mismo día que el último de los contratos subvencionados con compromiso de permanencia, de todos los Códigos de Cuenta Cotización de la Empresa. • Certificados acreditativos de hallarse al corriente con sus obligaciones con la Agencia Tributaria, con la Agencia Tributaria Canaria, con las Entidades Locales Consorciadas de la Isla de Tenerife (certificado del Consorcio de Tributos) y con la Seguridad Social. • Declaración responsable de no haber recibido ayudas, destinadas al mismo fin, de Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados, que superen el 100% del coste del gasto subvencionado (Anexo X) La justificación deberá presentarse en el Registro de FIFEDE, sito en la X/Xxxxxxxx, 8, CP 38007, Santa Xxxx de Tenerife en horario de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas. Estos horarios de Registro podrán sufrir modificaciones, por lo que habrá que consultar la web xxx.xxxxxxxxx.xx para verificar la actualización de estos datos. Transcurrido el plazo otorgado para presentar la documentación justificativa, sin haberse presentado la misma ante el órgano competente, se requerirá de expropiaciones de parte de propiedades en zonas determinadas a nivel de Factibilidad por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos para la ejecución de la Consultoría de Elaboración del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar con el Plan de Compensaciones y/o Indemnizaciones (PCI) que viabilice la liberación de la franja de dominio para la ejecución de las obras. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar la preparación e implementación del PCI, cuando como consecuencia de la construcción de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcción, específicamente en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte o la totalidad de un predio, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también en la búsqueda de la armonización de los valores de las personas, actuando en concordancia, beneficiario para que en beneficio el plazo máximo e improrrogable de QUINCE (15) días HÁBILES sea presentada la misma. (art. 70 Reglamento LGS) Si se apreciasen defectos subsanables en la documentación justificativa presentada por el beneficiario, el órgano competente lo pondrá en su conocimiento otorgándole un plazo máximo e improrrogable xx xxxx (10) días HÁBILES para su subsanación. (art. 71 Reglamento LGS) Excepcionalmente, previa solicitud formulada por el beneficiario, podrá otorgarse mediante Resolución del interés general Sr. Presidente de FIFEDE una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación que no podrá exceder de 15 días naturales. Dicha solicitud habrá de formularse antes de que finalice el plazo de justificación previsto en las presentes bases. A la vista del análisis efectuado, y de la certificación del órgano encargado del seguimiento de la subvención, el Sr. Presidente de FIFEDE, dictará resolución por la que se vulneren intereses individualesdeclare justificada total o parcialmente la subvención concedida, acordando en su caso, la reducción de la subvención y ordenando el reintegro de la cuantía procedente en función de la justificación parcial aprobada. Por lo expuesto Asimismo, dictará resolución, respecto de aquellas subvenciones que de forma motivada hayan de dejarse sin efecto. En todo caso, la declaración de justificación que se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar contiene en tal resolución se entenderá sin perjuicio de las actuaciones de control financiero que el MOPC, competen a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras FIFEDE para la elaboración adecuada verificación del Catastro definitivo cumplimiento de las obligaciones adquiridas por los beneficiarios de las subvenciones y desarrollo e implementación el PGS, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados de los trabajos objetivos específicos de la Convocatoria de subvenciones, llegando incluso a ser encarados por el referido Consorcio Consultorla incoación de expediente de reintegro a fin de exigir del beneficiario de la subvención la devolución de las cantidades indebidamente percibidas.
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JUSTIFICACIÓN. Considerando que para la implantación del Proyecto de Duplicación La justificación se realizará por cada una de las Rutas Nacionales N° 2 acciones y 7 se requerirá proyectos desarrollados, adop- tando la modalidad de expropiaciones cuenta justificativa con aportación de parte justificantes de propiedades en zonas determinadas a nivel gasto y sus co- rrespondientes documentos de Factibilidad pago, conforme al artículo 32 de la Ley 5/2015, de 25 xx xxxxx, de Subvenciones xx Xxxxxx. Igualmente deberán cumplirse las “Instrucciones de jus- tificación” elaboradas por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos para la ejecución Servicio de la Consultoría de Elaboración Formación del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar Instituto Xxxxxxxx xx Xxxxxx. La Universidad xx Xxxxxxxx no podrá subcontratar con el Plan de Compensaciones y/o Indemnizaciones (PCI) que viabilice la liberación de la franja de dominio para terceros la ejecución de las obrasactua- ciones aprobadas en el marco de este convenio, no considerándose subcontratación, a estos efectos, la contratación del personal docente o profesionales técnicos de apoyo. Estos lineamientos tienen Los gastos que podrán ser subvencionables por objetivo orientar la preparación e implementación del PCIrealización de las acciones formativas serán los siguientes: Costes directos: csv: BOA20211111010
a) Las retribuciones de las personas formadoras internas y externas, cuando pudiéndose incluir salarios, seguros sociales, dietas y gastos de locomoción y, en general, todos los costes imputables a los formadores y formadoras en el ejercicio de las actividades de prepa- ración, impartición, tutoría y evaluación a los y las participantes de las acciones forma- tivas. Todos estos gastos deberán presentarse debidamente desglosados por horas dedi- cadas a la actividad que se imputen. En ningún caso, el número de horas imputadas podrá ser superior a la jornada laboral. El servicio externo docente podrá ser prestado por personas físicas o jurídicas.
b) Gastos de amortización de equipos didácticos y plataformas tecnológicas, calculados con criterios de amortización aceptados en las normas de contabilidad, así como consecuencia el al- quiler o arrendamiento financiero de los mismos, excluidos sus intereses, soportados en la ejecución de acciones formativas.
c) Gastos de medios didácticos y/o adquisición de materiales didácticos, así como los gastos en bienes consumibles utilizados para la realización de las acciones formativas, incluyendo el material de protección y seguridad.
d) Gastos de alquiler, arrendamiento financiero, excluido sus intereses, o amortización de las aulas, talleres y demás superficies utilizadas en el desarrollo de la construcción formación.
e) Gastos de seguro de accidentes del alumnado, comprendiendo el importe de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcción, específicamente pó- lizas o primas correspondientes a todo el alumnado asegurado. Las pólizas de seguros contratadas deberán cumplir con las condiciones establecidas en tramos las instrucciones de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte o la totalidad de un predio, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también en la búsqueda de la armonización de los valores gestión de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGS, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados de los trabajos a ser encarados por el referido Consorcio Consultoracciones formativas.
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Samples: Convenio De Colaboración
JUSTIFICACIÓN. Considerando El plazo para justificar la subvención finalizará el 31 xx xxxxx de 2020, debiendo presentar al órgano gestor la cuenta justificativa de la totalidad del presupuesto de gastos presentado por el solicitante junto con la instancia de solicitud, que comprenderá la siguiente documentación: • Memoria explicativa y detallada, suscrita por el beneficiario o su representante legal, indicativa de la actividad desarrollada, del cumplimiento de las condiciones impuestas y de los resultados obtenidos, y que deberá acompañarse de un ejemplar de todo el material publicitario realizado en la difusión del evento. • Relación suscrita por el beneficiario, o su representante, expresiva de los gastos e inversiones derivados de la actividad realizada durante el periodo, debidamente desglosados y detallados en una relación, que revestirá la forma de cuenta justificativa en la que cada factura y su correspondiente justificante de pago se identificarán con el mismo número de orden, y a la que se adjuntarán los originales o copias de las facturas, expedidas a nombre de la entidad, donde deberá constar el lugar y la fecha de expedición, n.º de factura, descripción detallada, cantidad y precio unitario, desglosando el IVA, nombre o razón social del expedidor, NIF o CIF de éste, así como los justificantes de haber sido abonadas, con validez jurídico-mercantil, acreditados mediante fotocopia de la transferencia o bien del extracto bancario donde figura el cargo del pago. Las facturas de pequeños importes que se hayan pagado en metálico deberán llevar acompañado el ticket de caja o un justificante de pago. La suma del importe de las facturas justificativas deberá ser de igual cantidad o superior al porcentaje justificado y, en todo caso, al final del ejercicio deberá haber justificado el importe total del presupuesto de gastos de la actividad subvencionada. Los documentos originales justificativos de la subvención obrarán en poder del Ayuntamiento. No obstinate, si el beneficiario necesita que le sean devueltos los mismos, podrá solicitarlo presentando instancia en el Registro General del Ayuntamiento, indicando en la misma: beneficiario, año de la convocatoria y concepto de la subvención. Las facturas originales devueltas se estampillarán por la concejalía designada como órgano gestor de la subvención, acreditando que dicha factura ha sido presentada para justificar la subvención concedida por el Ayuntamiento de Petrer, con indicación de ejercicio, importe y concepto correspondiente. La copia será compulsada una vez estampillada. • Declaración suscrita por el beneficiario, o su representante, relativa a la inexistencia de otras subvenciones o ayudas que hayan obtenido para la implantación del Proyecto misma finalidad o, en su caso, mención expresa de Duplicación los otros ingresos o ayudas que hayan financiado la actividad, con indicación de importe y procedencia. • Declaración suscrita por el beneficiario, o su representante, de que la asociación está legalmente constituida e inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Petrer, así como que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y no está incursa en ninguna de las Rutas Nacionales N° 2 y 7 se requerirá de expropiaciones de parte de propiedades en zonas determinadas a nivel de Factibilidad por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos para la ejecución de la Consultoría de Elaboración del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar con el Plan de Compensaciones y/o Indemnizaciones (PCI) circunstancias que viabilice la liberación de la franja de dominio para la ejecución de las obras. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar la preparación e implementación del PCI, cuando como consecuencia de la construcción de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcción, específicamente en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte o la totalidad de un predio, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también impiden obtener subvenciones señaladas en la búsqueda Ley 38/2003, de la armonización 17 de los valores noviembre, General de las personasSubvenciones. • La justificación se realizará conforme a lo previsto anteriormente, actuando ante el órgano gestor, en concordanciael Registro Municipal del Ayuntamiento de Petrer (Plaça de Baix n 1, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC03610 Petrer), a través de Licitación Pública Internacionalal sede electrónica municipal, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras para en la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGSsiguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados o por cualquiera de los trabajos a ser encarados por procedimientos establecidos en el referido Consorcio Consultorartículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
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Samples: Convenio Regulador De Subvención
JUSTIFICACIÓN. Considerando Una vez finalizada la actividad y, en todo caso, antes de que transcurran dos meses desde la finalización de la vigencia del convenio, la Confederación de Empresarios de La Coruña deberá presentar en la sede electrónica del Ayuntamiento de A Coruña xxxxx://xxxx.xxxxxx.xxx.xx la siguiente documentación a los efectos de justificación del convenio: - Impreso de solicitud de justificación según modelo establecido al efecto, que incluirá una declaración responsable y una relación de la documentación que se aporta para la implantación justificación. - Memoria que acredite que la actividad fue realizada y grado de cumplimiento de objetivos. La entidad beneficiaria deberá justificar que realizó la actividad en los términos de la memoria presentada, que incluirá las evidencias documentales y gráficas necesarias, teniendo en cuenta, al menos, los siguientes aspectos: o Descripción del Proyecto de Duplicación proceso del itinerario y sus fases, desde el acceso de las Rutas Nacionales N° 2 personas beneficiarias hasta la finalización del itinerario. o Descripción de las tareas realizadas y 7 se requerirá de expropiaciones de parte de propiedades en zonas determinadas a nivel de Factibilidad distribución mensual del tiempo dedicado por el estudio precatastralpersonal técnico implicado: coordinación, docentes, orientación laboral, educadores/as, etc. o Documentación que acredite la participación de cada persona beneficiaria en un itinerario (acciones que se incluyen los lineamientos contemplan para cada uno y duración ), en la ejecución que deberá figurar la fecha y firma de la Consultoría persona beneficiaria y del personal técnico responsable o Fichas de Elaboración del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGS)seguimientos, cuyo fin es contar con el Plan de Compensaciones asesoramientos y/o Indemnizaciones (PCI) tutorías individualizadas, en las que viabilice la liberación se muestren su duración, objetivos, acciones llevadas a cabo, fecha del asesoramiento y firma de la franja persona entrevistada y del personal técnico responsable. o En las acciones formativas, control de dominio para la ejecución de las obras. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar la preparación e implementación asistencia del PCI, cuando como consecuencia de la construcción de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcción, específicamente en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte o la totalidad de un predio, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también en la búsqueda de la armonización de los valores de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, alumnado a través de Licitación Pública Internacionalla ficha de firmas del alumnado, ya ha contratado que incluirá además la firma de la persona responsable de la acción. o Ficha de entrega de material (manual formativo, bolígrafos, carpeta…), con fecha y firma del alumnado que lo recepciona y del personal técnico responsable de la entrega. o Copia del manual/es formativo/s en el formato que se estime oportuno. o Valoración docente individualizada del alumnado, en las acciones formativas en las que proceda. o Cuestionarios de evaluación de la satisfacción del alumnado (valoración de la calidad) en cada acción formativa. o Pólizas de seguros de accidentes y responsabilidad civil para el alumnado que asista a acciones formativas, especificando claramente la acción de la que se trata. o En los casos que corresponda, la entidad entregará diploma acreditativo de las acciones formativas realizadas. - Balance de actividad (ingresos y gastos) realizados con motivo de la actividad subvencionada, de manera que se pueda comprobar que se ajustó al presupuesto inicial presentado. - Para comprobar la medida en que se ajustó el balance al presupuesto inicial presentado, se acompañará con la justificación el cuadro de desviaciones del balance con respeto al presupuesto inicial, y, en caso de que en este se observen desviaciones, se cubrirá su informe de justificación. En este sentido el importe de la subvención está vinculado al presupuesto total de la actividad y en ningún caso podrá ser superior al déficit de la misma. En caso de que existan desviaciones a la baja entre el balance y el presupuesto inicial presentado, se producirá el reintegro de la aportación municipal únicamente por el importe que pase el coste total de la actividad. - Relación clasificada y detallada de los gastos de la actividad con indicación del acreedor, del nº de documento, fecha de emisión, importe, concepto y fecha de pago. - Facturas originales debidamente cumplimentadas o fotocopias compulsadas de los gastos realizados en el ejercicio de la actividad. Las facturas habrán de presentarse por el conjunto de la actividad subvencionada aun cuando el otorgamiento de la subvención municipal sea inferior al presupuesto inicial. Se justificará preferentemente con facturas aunque se podrán admitir otros documentos de igual valor probatorio admitidos en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Estas deberán incluir una descripción de los bien o servicios que se facturan de forma clara y precisa, que permita apreciar la vinculación con la actividad, o en su defecto una memoria de cada una de las facturas que detallen los bienes y/o servicios facturados. - Cuando el importe facturado sea inferior a 400 euros, IVA incluido, en cualquier tipo de operación, o cuando sea inferior a los 3.000,00 euros, IVA incluido, en las operaciones contempladas en el artículo 4.2 del Real Decreto 1619/2012, se admitirá la factura simplificada, si bien esta factura debe incluir el destinatario/la, que será en todo caso la entidad beneficiaria de la subvención. - Los justificantes de pago originales (facturas) presentados se marcarán con una estampilla, indicando en la misma la subvención para cuya justificación fueron presentadas y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención. En este último caso se indicará además la cuantía exacta que resulte afectada por la subvención. - Acreditación del pagado efectivo de cada uno de los gastos. Sólo se considera gasto realizado lo que fue efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación, debiendo acreditarse el pago a través de copia del extracto bancario cuando el pago se realiza a través de transferencia, copia del cheque bancario cuando se realice a través de cheque, en este último caso debe acercarse igualmente extracto o movimiento bancario, y con la conformidad, suficientemente acreditada, del contratista o proveedor/la en la correspondiente factura en caso de pagos en efectivo, esto es mediante recibo en el que conste que al emisor/a le fue satisfecho el importe o bien en el propio justificante de gasto el emisor del mismo acredite con su NIF y firma que recibió el importe y la fecha en la que lo recibió. Se admitirán pagos en efectivo por importes de hasta 300 euros. En caso de que el pago de un Consorcio de Firmas Consultoras para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGSservicio esté fraccionado en varios pagos, el cual límite de 300 euros se entenderá para el conjunto de los pagos correspondientes al servicio. También se considerará efectivamente pagado el gasto, con la cesión de crédito del derecho de cobro de la subvención a favor de las personas acreedoras por razón del gasto realizado o con la entrega las mismas de un efecto mercantil, garantizado por una entidad financiera o compañía de seguros. - Certificación de la Secretaria con el VºBº del Presidente acerca de las subvenciones y demás ingresos generados con motivo de la actividad subvencionada con independencia de su reflejo en el balance. - En caso de que existan gastos de personal: Nóminas, boletines de cotización a la Seguridad Social (documentos TC/1 y TC/2) o los que los sustituyan reglamentariamente y documentos de ingreso en Hacienda de las retenciones practicadas en concepto de I.R.P.F. En caso de que la subvención otorgada tenga destino al pagado de personas físicas que presten servicios retribuidos, pago de premios o pago de ayudas de coste, la entidad beneficiaria está obligada a la retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en los límites y excepciones que establece la Ley y Reglamento del impuesto o en su caso, disposiciones reglamentarias en vigor. - Además del cumplimiento de los aspectos formales de la factura, en el caso de actividades profesionales o empresariales, arrendamientos, pago de premios o pago de dietas sujetas a retención en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), con los límites y excepciones establecidos en la Ley y normativa de desarrollo, en los que la obligada a retener es estructurado a continuaciónla propia entidad beneficiaria, considerando para admitir el gasto como debidamente justificado, el beneficiario deberá presentar el modelo de justificante de ingreso en la AEAT, con la explicación y detalle correspondiente en el caso del que el desarrollo citado justificante o modelo incluya el bruto de varias retenciones, esto es: - Modelo 111 y modelo 190 acreditativo del presente EIAp antecedió pagado a la Agencia Tributaria de las retenciones practicadas a profesionales sujetos al inicio IRPF - Modelo 115 y resultados modelo 180 acreditativo del pagado a la Agencia Tributaria de las retenciones practicadas al arrendador/a se es persona física sujeta al IRPF. - Los 3 presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones debe solicitar el beneficiario cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 40.000 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 15.000 euros en el caso de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios. - Certificado de la Secretaria de la entidad, con el VºBº del Presidente, en el que se desglose por tipo de gasto, el importe total de los trabajos gastos generales de la Entidad, en caso de que se imputen gastos generales o indirectos la una actividad concreta. El Ayuntamiento se reserva el derecho para comprobar, por los medios que estime oportunos, que la justificación es correcta. Por tanto, el beneficiario quedará obligado a ser encarados facilitar cuanta información le sea requerida por el referido Consorcio Consultorservicio gestor, la Intervención General y los órganos competentes en censura de cuentas. Ambas partes, en cumplimiento de lo dispuesto por la normativa nacional vigente en materia de protección de datos personales y por el Reglamento UE 2016/679, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales (Reglamento General de Protección de Datos, RGPD), acuerdan, a efectos de la verificación de la correcta justificación de las actuaciones realizadas, autorizar el acceso y tratamiento por parte del Ayuntamiento de A Coruña (encargado del tratamiento) a los datos de carácter personal, cuyo responsable en último término es la Confederación de Empresarios de La Coruña (responsable del tratamiento).
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Samples: Collaboration Agreement
JUSTIFICACIÓN. Considerando El plazo para justificar la subvención vencerá el día 31 de enero de 2019 (inclusive), y se deberá justificar, como mínimo, el importe de los gastos subvencionados que para se indican en la implantación Cláusula 2ª del Proyecto presente convenio. Si el importe de Duplicación la justificación de los gastos es inferior a los gastos subvencionados, la subvención se reducirá en la parte correspondiente, exigiendo el Ayuntamiento, en su caso, el reintegro de las Rutas Nacionales N° 2 cantidades indebidas percibidas por la entidad. La documentación justificativa a aportar, y 7 que deberá presentarse en el registro de entrada del Centre Jove, preferentemente, o en cualquier otro registro establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, quedará desglosada con el siguiente detalle:
1.- Memoria justificativa de la actividad subvencionada, consistente en la declaración detallada de las actividades realizadas que han sido financiadas con el convenio y su coste.
2.- Memoria económica justificativa por importe mínimo de la cantidad convenida, consistente en una relación suscrita y numerada secuencialmente de los gastos realizados y los ingresos obtenidos, ordenada y totalizada por conceptos que irá acompañada de los documentos justificativos, facturas, recibos y el resto de documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico o con eficacia administrativa acreditativos del gasto realizado, ordenados correlativamente según el número de orden asignado en la relación numerada. Las facturas y el resto de documentos probatorios de gastos, deberán estar fechados en el ejercicio 2018. Del mismo modo tendrán que presentarse originales y fotocopias, devolviendo los originales a los interesados a la mayor brevedad posible. En las facturas y en la documentación aportada, se requerirá dejará constancia que han sido utilizadas como justificantes de expropiaciones la subvención percibida. Los originales de parte los documentos quedarán depositados en la entidad beneficiaria durante un período de propiedades por lo menos cuatro años. Las facturas deberán reunir los requisitos establecidos en zonas determinadas a nivel el Real Decreto 1619/2012, de Factibilidad 30 de noviembre, por el estudio precatastralque se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. En lo que respecta a la devolución voluntaria de importes no utilizados o aplicados a las actividades conveniadas, se incluyen los lineamientos para el beneficiario del Convenio podrá proceder a la ejecución devolución voluntaria (reintegro) sin necesidad de previo requerimiento de la Consultoría de Elaboración Administración mediante la justificación del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar con el Plan de Compensaciones y/o Indemnizaciones (PCI) que viabilice la liberación de la franja de dominio para la ejecución de las obras. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar la preparación e implementación del PCI, cuando como consecuencia de la construcción de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcción, específicamente en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte o la totalidad de un predio, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también en la búsqueda de la armonización de los valores de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, ingreso a través de Licitación Pública Internacionalla correspondiente carta de pago. En su caso, ya ha contratado carta de reintegro en el supuesto de sobrante del importe conveniado (gasto no realizado), así como los servicios intereses derivados de un Consorcio los mismos.
3.- Declaración responsable suscrita por el beneficiario o su representante relativa a la inexistencia de Firmas Consultoras otras subvenciones o ayudas que hayan obtenido para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGSmisma finalidad, el cual es estructurado a continuacióno, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados en su caso, mención expresa de los trabajos otros ingresos o ayudas que hayan financiado la actividad, con indicación del importe y procedencia.
4.- Declaración responsable del/ de la Presidente/a ser encarados por el referido Consorcio Consultoro secretario/a de la entidad de que las facturas aportadas para la justificación son auténticas y originales.
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Samples: Convenio De Colaboración
JUSTIFICACIÓN. Considerando Finalizada la actividad, o bien cuando la entidad realizara gastos por importe igual o superior al presupuesto presentado y, en todo caso, antes de que transcurran dos meses desde la finalización de la vigencia del convenio, Fondo Galego de Cooperación e Solidariedade deberá presentar la siguiente documentación en el Registro General, a los efectos de justificación: − Impreso de presentación de solicitud de justificación. Justificación de desviaciones del balance con respecto al presupuesto inicial si procede, para comprobar la medida en que se ajustó el balance al presupuesto inicial presentado. En este sentido el importe de la subvención está vinculado al presupuesto total de la actividad y en ningún caso podrá ser superior a su déficit. En caso de que existan desviaciones a la baja entre el balance y el presupuesto inicial presentado, se resolverá el reintegro de la aportación municipal únicamente por el importe que pase el coste total de la actividad. − Certificado del Secretario de la entidad, con el visto bueno del presidente, en que se desglose por tipo de gasto, el importe total de los gastos generales de la entidad, en caso de que se imputen gastos generales o indirectos a una actividad concreta y certificación acerca de las subvenciones y demás ingresos generados con motivo de la actividad subvencionada con independencia de su reflejo en el balance. − Memoria que acredite que la actividad fue realizada y grado de cumplimiento de los objetivos. La beneficiaria deberá justificar que realizó la actividad en los términos de la memoria inicial presentada (anexo 1). − Balance de ingresos y gastos realizados con motivo de la actividad subvencionada de manera que se pueda comprobar que se ajustó al presupuesto inicial presentado, incluyendo las desviaciones presupuestarias (anexo 2). − Relación clasificada y detallada de los gastos de la actividad con indicación del acreedor, NIF, núm. documento justificativo, fecha de emisión, importe, concepto y fecha de pago. − Se justificará preferentemente con facturas aunque se podrán admitir otros documentos de igual valor probatorio admitidos en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Las facturas y los documentos justificativos de valor equivalente deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por lo que se aprueba el Reglamento. En el caso de presentar fotocopias para dar cumplimiento al art. 73 del Reglamento de LGS, antes de hacer la fotocopia deberá extenderse en el original de la factura una diligencia en la que se haga constar que la factura fue utilizada como justificante de gasto para la implantación obtencion de una subvención del Proyecto Ayuntamiento de Duplicación A Coruña, de las Rutas Nacionales N° 2 y 7 se requerirá de expropiaciones de parte de propiedades los gastos realizados en zonas determinadas a nivel de Factibilidad por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos para la ejecución ejercicio de la Consultoría actividad. En el caso de Elaboración facturas emitidas por personas físicas por servicios profesionales, la entidad beneficiaria viene obligada a la retencion del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGSIRPF), cuyo fin es contar en los límites y excepciones que establece la Ley y Reglamento del impuesto o en su caso, debiendo acreditarse el ingreso en la Agencia Tributaria con los modelos 111 y 190. − En caso de que la subvención otorgada tenga destino al pagado de personas físicas que presten servicios retribuidos, pago de premios o pago de becas, la entidad beneficiaria viene obligada a la retención del (IRPF), en los límites y excepciones que establece la Ley y Reglamento del impuesto o en su caso, disposiciones reglamentarias en vigor, debiendo acreditarse el Plan ingreso en la Agencia Tributaria con los modelos 111 y 190 − En el caso de Compensaciones imputarse gastos de personal: (nóminas) será obligatoria la presentacion de los documentos RLC (Relación de Liquidación de Cotizaciones ) y RNT (Relación Nominal de trabajadores) –antiguos TC1 y TC2-debidamente convalidados. El RLC deberá estar sellado por la oficina recaudadora y/o Indemnizaciones ir acompañado de justificante bancario, aun en caso de que no se imputen costes de Seguridad Social. El modelo RNT deberá ir firmado por la persona autorizada en caso de confeccionarse telemáticamente por el Sistema RED. Deberá presentarse del modelo 111 (PCIdeclaración trimestral) que viabilice y del modelo 190 (resumen anual) acreditativo del ingreso en la liberación Agencia Tributaria (AEAT) de las retenciones practicadas a las personas trabajadoras sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). − Los 3 presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la franja Ley General de dominio para Subvenciones debe solicitar el beneficiario cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 40.000 euros en el supuesto de coste por ejecución de las obrasobra, o de 15.000 euros en el caso de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios. Estos lineamientos tienen − Acreditación del pago efectivo de cada uno de los gastos. Sólo se considera gasto realizado el que fue efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación. − Se admitirán pagos en efectivo por objetivo orientar la preparación e implementación del PCIimportes de hasta 500 euros. En caso de que el pago de un servicio esté fraccionado en varios pagos, cuando como consecuencia el límite de 500 euros se entenderá para el conjunto de los pagos correspondientes al servicio, deberá acercarse recibo en el que conste que al emisor le fue satisfecho el importe, con identificación de la construcción factura a la que corresponde o bien que en el propio justificante de gasto el emisor del mismo acredite responsablemente con un NIF y una firma que recibió el importe y la fecha en la que lo recibió. − En consecuencia, para acreditar la realización del pago de gastos superiores a dicha cantidad, el sistema será la transferencia bancaria o la domiciliación bancaria de los gastos, debiendo acompañar a la factura el justificante de pago bancario (cartilla, extracto bancario, debo o movimiento bancario). Si el pago se realiza mediante talón o cheque deberá aportarse además fotocopia del mismo, e igualmente extracto o movimiento bancario, que acredite que el destinatario lo hizo efectivo. − Todos los pagos relacionados que la finalidad de este convenio se estima aconsejable que se realicen, preferentemente desde una única cuenta bancaria de la entidad, no pudiendo subvencionarse pagos realizados con cargo a cuentas cuyo titular no sea la entidad. − También se considerará efectivamente pagado el gasto, con la cesion de crédito del derecho de cobro de la subvención a favor de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcción, específicamente en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar personas acreedoras por razón del gasto realizado o con la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte o la totalidad entrega esas personas de un predioefecto mercantil, garantizado por una entidad financiera o compañía de seguros. − El Ayuntamiento se reserva el derecho para comprobar, por los medios que estime oportunos, que la justificación es correcta. Por tanto, Fondo Galego de Cooperación e Solidariedade quedará obligada a facilitar cuanta información le sea requerida por el servicio gestor, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también Intervención General y los órganos competentes en la búsqueda censura de la armonización de los valores de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGS, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados de los trabajos a ser encarados por el referido Consorcio Consultorcuentas.
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Samples: Convenio De Colaboración
JUSTIFICACIÓN. Considerando Finalizada la actividad, o bien cuando la entidad realizara gastos por importe igual o superior al presupuesto presentado y, en todo caso, antes de que transcurran dos meses desde la finalización de la vigencia del convenio, la entidad deberá presentar la siguiente documentación en el Registro General, a los efectos de justificación: - Impreso de presentación de solicitud de justificación. Justificación de desviaciones del balance con respeto al presupuesto inicial si procede, para comprobar la medida en que se ajustó el balance al presupuesto inicial presentado. En este sentido el importe de la subvención está vinculado al presupuesto total de la actividad y en ningún caso podrá ser superior al déficit de la misma. En caso de que existan desviaciones a la baja entre el balance y el presupuesto inicial presentado, se resolverá el reintegro de la aportación municipal únicamente por el importe que pase el coste total de la actividad. - Certificado del secretario de la entidad, con el VºBº del presidente, en que se desglose por tipo de gasto, el importe total de los gastos generales de la entidad, en caso de que se imputen gastos generales o indirectos la una actividad concreta y certificación acerca de las subvenciones y demás ingresos generados con motivo de la actividad subvencionada con independencia de su reflejo en el balance. - Memoria que acredite que la actividad fue realizada y grado de cumplimiento de objetivos. El beneficiario deberá justificar que realizó la actividad en los términos de la memoria inicial presentada (anexo 1). - Balance de ingresos y gastos realizados con motivo de la actividad subvencionada de manera que se pueda comprobar que se ajustó al presupuesto inicial presentado, incluyendo las desviaciones presupuestarias (anexo 2). - Relación clasificada y detallada de los gastos de la actividad con indicación del acreedor, NIF, núm. documento justificativo, fecha de emisión, importe, concepto y fecha de pago. - Se justificará preferentemente con facturas aunque se podrán admitir otros documentos de igual valor probatorio admitidos en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Las facturas y los documentos justificativos de valor equivalente deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por lo que se aprueba el Reglamento. En el caso de presentar fotocopias para dar cumplimiento al art. 73 del Reglamento de LGS, antes de hacer la fotocopia deberá extenderse en el original de la factura una diligencia en la que se haga constar que la factura fue utilizada como justificante de gasto para la implantación obtención de una subvención del Proyecto servicio de Duplicación Igualdad de las Rutas Nacionales N° 2 y 7 se requerirá este Ayuntamiento, de expropiaciones de parte de propiedades los gastos realizados en zonas determinadas a nivel de Factibilidad por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos para la ejecución ejercicio de la Consultoría actividad. En el caso de Elaboración facturas emitidas por personas físicas por servicios profesionales, la entidad beneficiaria viene obligada a la retención del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGSIRPF), cuyo fin en los límites y excepciones que establece la Ley y Reglamento del impuesto o, en su caso, debiendo acreditarse el ingreso en la Agencia Tributaria con los modelos 111 y 190. - En caso de que la subvención otorgada tenga destino el pago de personas físicas que presten servicios retribuidos, pago de premios o pago de ayudas de coste, la entidad beneficiaria es contar obligada a la retención del IRPF, en los límites y excepciones que establece la Ley y Reglamento del impuesto o en su caso, disposiciones reglamentarias en vigor, debiendo acreditarse el ingreso en la Agencia Tributaria con los modelos 111 y 190. - En el Plan caso de Compensaciones imputarse gastos de personal: (nóminas) será obligatoria la presentación de los documentos RLC (Relación de Liquidación de Cotizaciones) y RNT (Relación Nominal de trabajadores) -antiguos TC1 y TC2-debidamente convalidados. El RLC deberá estar sellado por la oficina recaudadora y/o Indemnizaciones ir acompañado de justificante bancario, aun en caso de que no se imputen costes de Seguridad Social. El modelo RNT deberá ir firmado por la persona autorizada en caso de confeccionarse telemáticamente por el Sistema RED. Deberá acercarse el modelo 111 (PCITrimestral) que viabilice y modelo 190 (Resumen Anual) acreditativo del pagado a la liberación Agencia Tributaria de las retenciones practicadas a trabajadores sujetos al IRPF. - Los 3 presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la franja Ley general de dominio para subvenciones, debe solicitar el beneficiario cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 40.000 euros en el supuesto de coste por ejecución de las obrasobra, o de 15.000 euros en el caso de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios. Estos lineamientos tienen Acreditación del pago efectivo de cada uno de los gastos. Sólo se considera gasto realizado lo que fue efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación. Se admitirán pagos en efectivo por objetivo orientar la preparación e implementación del PCIimportes de hasta 500 euros. En caso de que el pago de un servicio esté fraccionado en varios pagos, cuando como consecuencia el límite de 500 euros se entenderá para el conjunto de los pagos correspondientes al servicio, deberá aportarse recibo en el que conste que al emisor le fue satisfecho el importe, con identificación de la construcción factura a la que corresponde o bien que en el propio justificante de las obras gasto el emisor del mismo acredite responsablemente con un NIF y una firma que recibió el importe y la fecha en la que lo recibió. En consecuencia, para acreditar la realización del pago de gastos superiores a dicha cantidad el sistema será la transferencia bancaria o la domiciliación bancaria de los gastos, debiendo acompañarse a la factura el justificante de pago bancario (cartilla, extracto bancario, debe o movimiento bancario). Si el pago se requieran tierras para viabilizar su construcciónrealiza mediante talón o cheque deberá aportarse además fotocopia del mismo, específicamente en tramos e igualmente extracto o movimiento bancario, que acredite que el destinatario hizo efectivo el mismo. Todos los pagos relacionados con la finalidad de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física este convenio es aconsejable que se demandarealicen, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar preferentemente desde una única cuenta bancaria de la poblaciónentidad, no pudiendo subvencionarse pagos realizados con cargo a través cuentas cuyo titular no sea la entidad. También se considerará efectivamente pagado el gasto, con la cesión de crédito del PGS. Si bien derecho de cobro de la compensación económica es una acción obligatoria subvención a favor de los acreedores por razón del MOPC para gasto realizado o con la adquisición de parte o la totalidad entrega a los mismos de un predioefecto mercantil, garantizado por una entidad financiera o compañía de seguros. El Ayuntamiento se reserva el derecho para comprobar, por los medios que estime oportunos, que la justificación es correcta. Por tanto, el beneficiario quedará obligado a facilitar cuanta información le sea requerida por el servicio gestor, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también Intervención General y los órganos competentes en la búsqueda censura de la armonización de los valores de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGS, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados de los trabajos a ser encarados por el referido Consorcio Consultorcuentas.
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Samples: Convenio De Colaboración
JUSTIFICACIÓN. Considerando que La entidad beneficiaria estará obligada a justificar ante la Dirección General de Familias, Infancia, Educación y Juventud , en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo para la implantación del Proyecto de Duplicación de las Rutas Nacionales N° 2 y 7 se requerirá de expropiaciones de parte de propiedades en zonas determinadas a nivel de Factibilidad por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos para la ejecución realización de la Consultoría actividad, el cumplimiento de Elaboración los requisitos y condiciones, la realización de la actividad, el cumplimiento de la finalidad que determinaron la concesión de la subvención y el grado de consecución de los objetivos fijados, mediante el sistema de evaluación de resultados establecidos en el Anexo al presente Convenio. Dado el carácter de Federación, la justificación económica se podrá realizar por los gas- tos de ejecución del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar con el Plan de Compensaciones objeto del presente convenio realizados por la propia Federación y/o Indemnizaciones (PCI) por los gastos de cada una de las entidades integrantes de que viabilice la liberación hayan ejecutado parcialmente el objeto del convenio, más las que se pudieran constituir durante el periodo de vigencia del Convenio, siendo consideradas a efectos de la franja justificación estas entidades integrantes como beneficiarias de dominio la subvención. En el caso de las entidades federadas que colaboren en la ejecución del objeto del convenio y presenten por tanto sus correspondientes justificantes de gasto, deberán ad- juntar declaraciones responsables de no estar incursos en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley y de estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias, así como en las de la Seguridad Social, en ejercicio de la autorización para simplificación de la acreditación del articulo 24 del R.D. 887/2006, de 21 de julio. En la justificación se deberán presentar datos relativos a la situación y posición de las mujeres participantes, incorporando indicadores de género, mediante informe de impacto de género en la ejecución del proyecto, actividad o finalidad subvencionada referido a la aportación que realiza la entidad para contribuir a la igualdad, tal y como recoge el acuerdo de 13 de septiembre de 2018 de la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid, por el que se aprueban las directrices para la ejecución aplicación de la Transversalidad de género en el Ayuntamiento de Madrid.
a) Contenido de la cuenta justificativa:
1.- Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las obras. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar condiciones impues- tas en la preparación e implementación del PCI, cuando como consecuencia concesión de la construcción subvención, con indicación de las obras actividades realizadas y de los resultados obtenidos tras la aplicación de los indicadores establecidos en el Anexo al presente Convenio, que será suscrita por el presidente de la entidad. En la memoria deberá constar expresamente que ha sido cumplida la finalidad para la cual se requieran tierras otorgó la subvención conforme al presupuesto y el proyecto descrito en el Anexo y una evaluación de los resultados obtenidos respecto a los previstos.
2.- Informe de Impacto de Género, referido a la aportación que ha realizado la entidad para viabilizar contribuir a la igualdad.
3.- Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que será suscrita por el presidente de la entidad y que contendrá:
a) Una relación clasificada de gastos e inversiones, con identificación del acreedor y del documento, su construcciónimporte, específicamente en tramos fecha de Ampliación emisión y en Circunvalacionessu caso, fecha de pago. Además la relación de cuantificar gastos se clasificará adicionalmente por las partidas del presupuesto del proyecto subvencionado y valorar se indicarán las desviaciones acaecidas.
b) La totalidad de las facturas, nóminas, tributos y cuotas a la parte física Seguridad Social y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil con eficacia administrativa, incorporados en la relación a la que se demandahace referencia en el apartado a) anterior y la documentación acreditativa del pago, que se realizará por transferencia bancaria, cheque u efectivo, de acuerdo con los dispuesto en el artículo 35.2.b) de la OGS. Dichos documentos originales deberán estampillarse por la entidad beneficiaria para facilitar el control de la concurrencia de otras subvenciones otorgadas para la misma finalidad, debiendo reunir la estampilla, como mínimo, los siguientes datos: - El número de expediente administrativo. - La denominación del proyecto subvencionado. - Ejercicio económico de la concesión de la subvención. - Órgano concedente de la subvención. Porcentaje de financiación imputable a la subvención o cuantía exacta afectada por la subvención. Cuando la entidad beneficiaria no pueda dejar los originales en poder del Ayuntamiento de Madrid, se debe considerar podrán presentar copias de dichos documentos que serán compulsadas por el órgano gestor. Los originales de dichos documentos deberán permanecer depositados en la entidad beneficiaria durante un periodo de al menos cuatro años. Las facturas habrán de reunir los requisitos que exige el Reglamento que regula las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
c) La entidad beneficiaria deberá presentar la documentación acreditativa de los rendi- mientos financieros que se generen por los fondos librados. En el supuesto de que no se hubieran generado rendimientos financieros se aportará declaración responsable al respecto.
d) La entidad beneficiaria deberá presentar relación detallada de otros aspectos vinculados al bienestar ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia, en aplicación del artículo 35.2.e de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la adquisición concesión de parte o Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.
e) Cuando se imputen a la totalidad de un prediosubvención impuestos indirectos, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también en la búsqueda presentará una declaración responsable de la armonización entidad beneficiaria que permita determinar que tributos de los valores que aparecen en los justificantes pueden considerarse subvencionables y cuáles no, por ser recuperables o susceptibles de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGS, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados de los trabajos a ser encarados por el referido Consorcio Consultorcompensación.
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Samples: Convenio De Subvención Nominativa
JUSTIFICACIÓN. Considerando La interventoría se justifica por la necesidad de que exista un mecanismo de control con personal idóneo que adelante la interventoría técnica, administrativa y financiera del Contrato de estudio de vulnerabilidad estructural y el diseño del reforzamiento estructural del proyecto edificio carrera 10 No. 18 -05/19, que será celebrado entre el PATRIMONIO AUTONOMO CARRERA 10 y el tercero seleccionado para la implantación del Proyecto el efecto. El contrato de Duplicación de las Rutas Nacionales N° 2 y 7 interventoría que se requerirá de expropiaciones de parte de propiedades en zonas determinadas a nivel de Factibilidad por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos para la ejecución de la Consultoría de Elaboración del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar celebre con el Plan tercero adjudicatario del presente proceso de Compensaciones selección, estará orientado principalmente a: 1) Garantizar el cumplimiento de los plazos, términos, y demás condiciones contractuales del Contrato; 2) Favorecer la correcta y oportuna inversión de los recursos que serán destinados al desarrollo del Contrato; 3) Resolver de manera pronta los requerimientos del Contratista, del Comité Fiduciario y/o Indemnizaciones (PCI) que viabilice la liberación de la franja de dominio para la ejecución de las obras. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar la preparación e implementación del PCIFiduciario, cuando como consecuencia de la construcción de las obras se requieran tierras para viabilizar previniendo con su construcción, específicamente experiencia y análisis los posibles inconvenientes en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte o la totalidad de un predio, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también en la búsqueda de la armonización de los valores de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGS, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió Contrato; 4) Verificar y supervisar las actividades del Contratista encaminadas a cumplir las especificaciones técnicas, actividades administrativas, requerimientos socio-ambientales, legales, presupuestales, establecidos en la convocatoria, en su propuesta y en el Contrato objeto de seguimiento; 5) Aprobar previamente los pagos que deban efectuarse al inicio contratista del Contrato de estudio de vulnerabilidad estructural y resultados el diseño del reforzamiento estructural del proyecto edificio carrera 10 No. 18 -05/19, que estén directamente relacionados con la ejecución del mismo, según el cumplimiento de los trabajos cronogramas y los plazos de ejecución del Contrato; 6) Participar activamente en los Comités Fiduciarios del PATRIMONIO AUTONOMO CARRERA 10 – con voz pero sin voto-, y entregar los informes que sean requeridos por dicho órgano, oportunamente. Debe tenerse en cuenta que los logros obtenidos en la ejecución del Contrato objeto de interventoría están vinculados estrechamente con la realización del fin propuesto. Así las cosas, la interventoría se debe concentrar en la vigilancia y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones, legales, técnicas, administrativas y económicas a ser encarados por las que se ha comprometido el referido Consorcio Consultorcontratista del Contrato de estudio de vulnerabilidad estructural y el diseño del reforzamiento estructural y de todas aquellas actividades que se requieran para el cumplimiento del objeto de dicho contrato.
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JUSTIFICACIÓN. Considerando La justificación se realizará por la modalidad de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, mediante la presentación de la documentación que se señala a continuación, sin perjuicio de aquella otra que se determine en cada convocatoria. En todo caso, se producirá en dos momentos temporales.
a. Transcurridos cuatro meses desde el inicio del último de los contratos subvencionados (si este periodo se cumple antes de que se publique la Resolución de Otorgamiento se tomara como fecha de referencia la de dicha publicación), los beneficiarios habrán de aportar en el plazo de los TREINTA DÍAS naturales siguientes, la documentación que a continuación se relaciona: • Detalle del número y tipología de contratos según modelo facilitado en ANEXO V. • Copia compulsada de los contratos laborales subvencionados formalizados con posterioridad a la fecha de publicación de la Propuesta Provisional. • Copia de las nóminas abonadas a las personas contratadas, correspondientes al período subvencionado, esto es, cuatro meses a partir de la formalización del contrato, así como documento acreditativo del pago. • Copia de los Recibos de liquidación de Cotización (TC1) y TC2 correspondiente al periodo subvencionado. • Copia del DNI en vigor y Certificado de Vida Laboral de cada trabajador contratado de fecha posterior al alta en la empresa. • Si se hubiera contratado a personas pertenecientes al colectivo prioritario “perceptores xx xxxxxx mínimas de inserción”, informe de los servicios sociales correspondientes o cualquier otro documento probatorio. • Acreditación de hallarse al corriente con sus obligaciones con el Cabildo Insular de Tenerife, con la Hacienda Estatal, con la Hacienda Autonómica y con la Seguridad Social, en caso de que los certificados entregados con anterioridad no estuvieran vigentes. • Anexo VII firmado y sellado. • Fotografías en las que se aprecie la colocación del cartel identificativo de la subvención (Anexo VI).
b. Una vez finalizado el plazo de 12 meses durante el que el solicitante se ha comprometido a mantener los contratos mínimos (compromiso de inserción), el beneficiario habrá de aportar en los TREINTA DÍAS naturales siguientes, la siguiente documentación: • Copia compulsada del certificado mediante el que se acredite hallarse al corriente de sus obligaciones frente a la Hacienda Autonómica. • Copia compulsada del certificado expedido por el Tesorero del Consorcio de Tributos de la isla de Tenerife que ponga de manifiesto la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo respecto de las Entidades Locales consorciadas de la isla de Tenerife. • Copia compulsada del certificado por el que se acredite que la empresa se encuentra al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social. • Copia compulsada del certificado por el que se acredite que la empresa se encuentra al corriente de sus obligaciones frente a la Hacienda Estatal. • Copia compulsada del certificado por el que se acredite que la empresa se encuentra al corriente de sus obligaciones frente al Cabildo Insular de Tenerife (en el caso de no haber autorizado a FIFEDE a recabar dicha información). • Certificado de Vida Laboral de la Empresa, referido al período comprendido entre el 1 de enero del año en que se efectúa la convocatoria y la fecha de finalización del compromiso de inserción. (12 meses desde el inicio del último contrato subvencionado computable para el cumplimiento del requisito de continuidad) • Informe de Plantilla media de trabajadores en alta, emitido por la Seguridad Social, referido al periodo de los 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha de comienzo del primero de los contratos subvencionados. • Informes de Plantilla media de trabajadores en alta, emitidos por la Seguridad Social, referidos al periodo de 12 meses que finaliza el mismo día que el último de los contratos subvencionados con compromiso de permanencia. • Declaración responsable de no haber recibido ayudas, destinadas al mismo fin, de Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados, que superen el 100% del coste del gasto subvencionado. La justificación deberá presentarse en el Registro de FIFEDE, aludido en la Base 5ª de las presentes, y dirigirse a la Fundación Insular para la implantación del Proyecto de Duplicación de las Rutas Nacionales N° 2 Formación, el Empleo y 7 el Desarrollo Empresarial (FIFEDE). Transcurrido el plazo otorgado para presentar la documentación justificativa, sin haberse presentado la misma ante el órgano competente, se requerirá de expropiaciones de parte de propiedades en zonas determinadas a nivel de Factibilidad por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos para la ejecución de la Consultoría de Elaboración del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar con el Plan de Compensaciones y/o Indemnizaciones (PCI) que viabilice la liberación de la franja de dominio para la ejecución de las obras. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar la preparación e implementación del PCI, cuando como consecuencia de la construcción de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcción, específicamente en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte o la totalidad de un predio, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también en la búsqueda de la armonización de los valores de las personas, actuando en concordancia, beneficiario para que en beneficio el plazo máximo e improrrogable xx xxxx (10) días naturales sea presentada la misma. Si se apreciasen defectos subsanables en la documentación justificativa presentada por el beneficiario, el órgano competente lo pondrá en su conocimiento otorgándole un plazo máximo e improrrogable xx xxxx (10) días naturales para su subsanación. Excepcionalmente, previa solicitud formulada por el beneficiario, podrá otorgarse mediante Resolución del interés general Sr. Presidente de FIFEDE una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación que no podrá exceder de 10 días naturales. Dicha solicitud habrá de formularse antes de que finalice el plazo de justificación previsto en las presentes bases. A la vista del análisis efectuado, y de la certificación del órgano encargado del seguimiento de la subvención, el Sr. Presidente de FIFEDE, dictará resolución por la que se vulneren intereses individualesdeclare justificada total o parcialmente la subvención concedida, acordando en su caso, la reducción de la subvención y ordenando el reintegro de la cuantía procedente en función de la justificación parcial aprobada. Por lo expuesto Asimismo, dictará resolución, respecto de aquellas subvenciones que de forma motivada hayan de dejarse sin efecto. En todo caso, la declaración de justificación que se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar contiene en tal resolución se entenderá sin perjuicio de las actuaciones de control financiero que el MOPC, competen a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras FIFEDE para la elaboración adecuada verificación del Catastro definitivo cumplimiento de las obligaciones adquiridas por los beneficiarios de las subvenciones y desarrollo e implementación el PGS, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados de los trabajos objetivos específicos de la Convocatoria de subvenciones, llegando incluso a ser encarados por el referido Consorcio Consultorla incoación de expediente de reintegro a fin de exigir del beneficiario de la subvención la devolución de las cantidades indebidamente percibidas.
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JUSTIFICACIÓN. Considerando La justificación se realizará por la modalidad de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, mediante la presentación de la documentación que se señala a continuación, sin perjuicio de aquella otra que se determine en cada convocatoria. En todo caso, se producirá en dos momentos temporales.
a. Transcurridos cuatro meses desde el inicio del último de los contratos subvencionados (si este periodo se cumple antes de que se publique la Resolución de Otorgamiento se tomara como fecha de referencia la de dicha publicación), los beneficiarios habrán de aportar en el plazo de los TREINTA DÍAS naturales siguientes, la documentación que a continuación se relaciona: • Detalle del número y tipología de contratos según modelo facilitado en ANEXO V. • Copia compulsada de los contratos laborales subvencionados formalizados con posterioridad a la fecha de publicación de la Propuesta Provisional. • Copia de las nóminas abonadas a las personas contratadas, correspondientes al período subvencionado, esto es, cuatro meses a partir de la formalización del contrato. • Copia de los Recibos de liquidación de Cotización (TC1) y TC2 correspondiente al periodo subvencionado. • Copia del DNI en vigor y Certificado de Vida Laboral de cada trabajador contratado de fecha posterior al alta en la empresa. • Si se hubiera contratado a personas pertenecientes al colectivo prioritario “perceptores xx xxxxxx mínimas de inserción”, informe de los servicios sociales correspondientes o cualquier otro documento probatorio. • Acreditación de hallarse al corriente con sus obligaciones con el Cabildo Insular de Tenerife, con la Hacienda Estatal, con la Hacienda Autonómica y con la Seguridad Social, en caso de que los certificados entregados con anterioridad no estuvieran vigentes. • Anexo VII firmado y sellado
b. Una vez finalizado el plazo de 12 meses durante el que el solicitante se ha comprometido a mantener los contratos mínimos (compromiso de inserción), el beneficiario habrá de aportar en los TREINTA DÍAS naturales siguientes, la siguiente documentación: • Copia compulsada del certificado mediante el que se acredite hallarse al corriente de sus obligaciones frente a la Hacienda Autonómica. • Copia compulsada del certificado expedido por el Tesorero del Consorcio de Tributos de la isla de Tenerife que ponga de manifiesto la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo respecto de las Entidades Locales consorciadas de la isla de Tenerife. • Copia compulsada del certificado por el que se acredite que la empresa se encuentra al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social. • Copia compulsada del certificado por el que se acredite que la empresa se encuentra al corriente de sus obligaciones frente a la Hacienda Estatal. • Copia compulsada del certificado por el que se acredite que la empresa se encuentra al corriente de sus obligaciones frente al Cabildo Insular de Tenerife (en el caso de no haber autorizado a FIFEDE a recabar dicha información). • Certificado de Vida Laboral de la Empresa, referido al período comprendido entre el 1 de enero del año en que se efectúa la convocatoria y la fecha de finalización del compromiso de inserción. (12 meses desde el inicio del último contrato subvencionado computable para el cumplimiento del requisito de continuidad) • Informe de Plantilla media de trabajadores en alta, emitido por la Seguridad Social, referido al periodo de los 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha de comienzo del primero de los contratos subvencionados. • Informes de Plantilla media de trabajadores en alta, emitidos por la Seguridad Social, referidos al periodo de 12 meses que finaliza el mismo día que el último de los contratos subvencionados con compromiso de permanencia. • Declaración responsable de no haber recibido ayudas, destinadas al mismo fin, de Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados, que superen el 100% del coste del gasto subvencionado. La justificación deberá presentarse en el Registro de FIFEDE, aludido en la Base 5ª de las presentes, y dirigirse a la Fundación Insular para la implantación del Proyecto de Duplicación de las Rutas Nacionales N° 2 Formación, el Empleo y 7 el Desarrollo Empresarial (FIFEDE). Transcurrido el plazo otorgado para presentar la documentación justificativa, sin haberse presentado la misma ante el órgano competente, se requerirá de expropiaciones de parte de propiedades en zonas determinadas a nivel de Factibilidad por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos para la ejecución de la Consultoría de Elaboración del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar con el Plan de Compensaciones y/o Indemnizaciones (PCI) que viabilice la liberación de la franja de dominio para la ejecución de las obras. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar la preparación e implementación del PCI, cuando como consecuencia de la construcción de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcción, específicamente en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte o la totalidad de un predio, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también en la búsqueda de la armonización de los valores de las personas, actuando en concordancia, beneficiario para que en beneficio el plazo máximo e improrrogable xx xxxx (10) días naturales sea presentada la misma. Si se apreciasen defectos subsanables en la documentación justificativa presentada por el beneficiario, el órgano competente lo pondrá en su conocimiento otorgándole un plazo máximo e improrrogable xx xxxx (10) días naturales para su subsanación. Excepcionalmente, previa solicitud formulada por el beneficiario, podrá otorgarse mediante Resolución del interés general Sr. Presidente de FIFEDE una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación que no podrá exceder de 10 días naturales. Dicha solicitud habrá de formularse antes de que finalice el plazo de justificación previsto en las presentes bases. A la vista del análisis efectuado, y de la certificación del órgano encargado del seguimiento de la subvención, el Sr. Presidente de FIFEDE, dictará resolución por la que se vulneren intereses individualesdeclare justificada total o parcialmente la subvención concedida, acordando en su caso, la reducción de la subvención y ordenando el reintegro de la cuantía procedente en función de la justificación parcial aprobada. Por lo expuesto Asimismo, dictará resolución, respecto de aquellas subvenciones que de forma motivada hayan de dejarse sin efecto. En todo caso, la declaración de justificación que se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar contiene en tal resolución se entenderá sin perjuicio de las actuaciones de control financiero que el MOPC, competen a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras FIFEDE para la elaboración adecuada verificación del Catastro definitivo cumplimiento de las obligaciones adquiridas por los beneficiarios de las subvenciones y desarrollo e implementación el PGS, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados de los trabajos objetivos específicos de la Convocatoria de subvenciones, llegando incluso a ser encarados por el referido Consorcio Consultorla incoación de expediente de reintegro a fin de exigir del beneficiario de la subvención la devolución de las cantidades indebidamente percibidas.
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JUSTIFICACIÓN. Considerando De acuerdo con la Ley General de Subvenciones en su artículo 30, el Gremio xx Xxxxxxxx deberá presentar al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, en el plazo máximo de 3 meses desde la finalización del convenio, cuenta justificativa en la que se deben incluir los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención pública y estará formada por los siguientes documentos: • Memoria de actividades, firmada por el representante legal, de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, para ello se acompañará de dossier fotográfico de la realización de la actividad. Dicha memoria debe ir acompañada, obligatoriamente, del material de difusión de acuerdo a lo indicado en las obligaciones de publicidad por parte de la entidad. Para la presentación de la memoria se seguirá el modelo que se acompaña como ANEXO I a este convenio. Para las actividades realizadas fuera del término municipal xx Xxxxxxxxxx, deberá acreditarse adecuadamente que en ellas se publicita adecuadamente la financiación de este ayuntamiento y valorarse la repercusión que el mismo consigue subvencionando esta actividad. • Relación clasificada de los gastos totales de la actividad, con indicación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago. Esta relación deberá estar certificada por el representante de la entidad. Para la presentación de esta relación se utilizará el modelo de cuenta justificativa que se acompaña como XXXXX XX a este convenio. • Los gastos subvencionados se acreditarán mediante facturas o facturas electrónicas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con la eficacia administrativa en los términos establecidos reglamentariamente. En la justificación de las cantidades destinadas a gasto corriente se acompañará de un informe en que se acredite que cumplen uno de los siguientes supuestos: o Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la implantación realización del Proyecto proyecto subvencionado y los de Duplicación de las Rutas Nacionales N° 2 administración específicos son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y 7 se requerirá de expropiaciones de parte de propiedades en zonas determinadas a nivel de Factibilidad por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la Consultoría misma. o Los costes indirectos habrán de Elaboración imputarse por el beneficiario a la actividad subvencionada en la parte que razonablemente corresponda de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en todo caso, en la medida en que tales costes correspondan al período en que efectivamente se realiza la actividad. o Podrá asumirse un importe correspondiente a gastos de organización y gestión, de acuerdo con la propuesta presentada de ingresos y gastos. • Cuando el importe del Catastro definitivo gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para el contrato menor, deberá aportar justificación de haber solicitado como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención • Acreditación del importe, procedencia y Plan aplicación de Gestión Social (PGS)los fondos propios o los recibidos de otras subvenciones o recursos, cuyo fin es contar destinados al objeto del presente convenio. • Acreditación de la adopción de las medidas oportunas de publicidad indicada por la Ley de Transparencia para el convenio suscrito con el Plan de Compensaciones y/o Indemnizaciones (PCI) que viabilice Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y los contratos realizados por la liberación de la franja de dominio entidad para la ejecución realización de las obras. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar la preparación e implementación del PCI, cuando como consecuencia de la construcción de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcción, específicamente en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte o la totalidad de un predio, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también en la búsqueda de la armonización de los valores de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGS, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados de los trabajos a ser encarados por el referido Consorcio Consultoractividades subvencionadas.
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Samples: Convenio De Colaboración
JUSTIFICACIÓN. Considerando que para la implantación del Proyecto de Duplicación de las Rutas Nacionales N° 2 y 7 se requerirá de expropiaciones de parte de propiedades en zonas determinadas a nivel de Factibilidad por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos para la ejecución de la Consultoría de Elaboración del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar con el Plan de Compensaciones y/o Indemnizaciones (PCI) que viabilice la liberación de la franja de dominio para la 1. La ejecución de las obrasactuaciones integrantes del Plan debe haberse realizado y certificado de conformidad con anterioridad al 31 xx xxxxx de 2026. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar Por tanto, éste es el plazo máximo de ejecución de las actuaciones y de certificación de todos los H&O.
2. Dentro del plazo de un mes desde la preparación e implementación del PCI, cuando como consecuencia finalización de la construcción vigencia del presente convenio (hasta el 30 xx Xxxxx de 2026) el Ayuntamiento de Taramundi justificará su ejecución mediante la presentación, ante el CEDER Oscos-Eo de la siguiente documentación:
a) Una cuenta justificativa final que sirva de base a la que debe confeccionar la Consejería Cultura, Política Llingüística y Turismo en los términos previstos en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial, en la que se incluya el grado de cumplimiento de los hitos y objetivos, el coste real de la medida y la descripción de la medida, la forma de implantación, los mecanismos de control aplicados para su ejecución y los resultados obtenidos.
b) Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la ayuda se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.
c) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago.
d) Las actas de recepción de contratos o documentos de recepción que puedan establecerse alternativamente.
e) Informe emitido por el Interventor, acreditativo de la aplicación a su finalidad de los fondos percibidos y el detalle de los pagos efectuados correspondientes a las actuaciones subvencionadas objeto de la subvención.
f) Certificado emitido por la Secretaría que acredite la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad, así como del informe emitido por la Intervención.
g) Documento acreditativo sobre las medidas de difusión adoptadas para general conocimiento de la financiación por el Estado en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcción, específicamente en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar actuaciones objeto de la poblaciónsubvención.
h) Documentos de declaraciones responsables, atendiendo a través las disposiciones normativas sobre el sistema de gestión y de información establecidas en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre.. En la redacción y remisión de la documentación relacionada deberán tenerse en cuenta las singularidades establecidas en el artículo 63 del PGSReal Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre.
3. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para actividad hubiera sido financiada parcialmente con fondos propios u otras subvenciones, deberá acreditarse en la adquisición justificación el importe, procedencia y aplicación de parte o tales fondos a las actividades subvencionadas.
4. Deberá conservar toda la totalidad documentación original, justificativa y de un predioaplicación de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actividades de comprobación y control.
5. Asimismo, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también Entidad Local deberá presentar cualesquiera otros informes o documentos justificativos que de acuerdo con la normativa europea o nacional resulten exigibles en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
6. El CEDER Oscos-Eo recibirá y comprobará la búsqueda documentación aportada y podrá recabar la aportación adicional de la armonización otros documentos o datos aclaratorios que estime necesarios o en su caso, si fuera preciso, del correspondiente procedimiento de reintegro de los valores de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general importes no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGS, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados de los trabajos a ser encarados por el referido Consorcio Consultorutilizados.
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Samples: Convenio
JUSTIFICACIÓN. Considerando En el presente trabajo se desarrollará una propuesta del diseño de gestión de información unificado y en línea para el proceso de selección y contratación de servicios y personal, que le permitirá a la empresa Construsalud organizar, consolidar y conservar en un repositorio único la información de sus empleados, contratos liquidados y contratos en ejecución, contratistas, proveedores, clientes, socios y ex funcionarios; de manera que le permita obtener los reportes y consultar información de forma inmediata. Esta nueva herramienta se convertirá en una fuente de información eficaz y veraz, muy útil para la implantación toma de decisiones internas de la compañía, gestión de requerimientos, ejecución de proyectos y procesos licitatorios entre otros. Con las soluciones a proponer se busca generar la innovación de procesos, los cuales permitirán entre otros: Mejorar el tiempo de caída de los reportes de selección y contratación a un día. Mejorar los índices de contratación y servicios. Permitir llevar la trazabilidad del Proyecto proceso de Duplicación selección y contratación. Obtener indicadores de las Rutas Nacionales N° 2 y 7 se requerirá de expropiaciones de parte de propiedades en zonas determinadas a nivel de Factibilidad por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos gestión para la ejecución medición de los procesos. Facilitar a la compañía la toma de decisiones, basados en información real y confiable. CONSTRUSALUD es una constructora que inicio sus labores en 1.991 con el arquitecto Xxxxxxxx Xxxxxxxxx como persona natural y a partir su reorganización en el 2.007 se constituyó legalmente como CONSTRUSALUD PROYECTOS Y DISEÑOS LTDA. Los proyectos de construcción que ha venido desarrollando son para el sector de la Consultoría educación, salud y vivienda, con su larga trayectoria y experiencia en el mercado ha logrado obtener la confianza de Elaboración del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar con empresas muy bien posicionadas en el Plan de Compensaciones y/o Indemnizaciones (PCI) que viabilice la liberación de la franja de dominio para la ejecución de las obras. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar la preparación e implementación del PCI, cuando como consecuencia ramo de la construcción del país, estas buenas relaciones comerciales le han permitido a la compañía ser participe en el desarrollo de proyectos de gran escala ganando un mayor reconocimiento público. La empresa maneja un sistema organizacional de proyectos mediante comités de obra TAF (Técnicos, Administrativos y Financieros), realizados semanalmente, con la participación de profesionales especializados en las obras se requieran tierras aéreas administrativas y técnicas, encontrando en estos las soluciones para viabilizar su construcción, específicamente en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar cada momento de la poblaciónobra, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición evaluando flujos de parte o la totalidad de un predio, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también en la búsqueda de la armonización caja y midiendo el avance de los valores proyectos de acuerdo a las personasprogramaciones pre-establecidas. Dentro de los proyectos en salud desarrollados por CONSTRUSALUD se encuentran Clínica los Alpes, actuando en concordanciaCentro Colombiano de Cirugía Plástica, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura y el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que más reciente el MOPC, a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGSEdificio Centro Medico Xxxx, el cual es estructurado un edificio inteligente con 13.000 M2 de área, desarrollado en 3 sótanos con montacoches, planta de suplencia, cuartos especializados para seguridad, control , oxígenos y 10 pisos que cuentan con 114 consultorios personalizados para las diferentes especialidades en el área de la salud donde se incluyen laboratorios clínicos, odontológicos y clínicas de estética con áreas de cirugía, hospitalización, esterilización, recuperación, spa y hospedaje. En el sector privado cuenta con experiencia en diseño y construcción para empresas como lo son la Corporación Educativa Minuto de Dios, Interconexión Eléctrica S.A., Grival S.A. Ecocivil Ltda., Hospital Xxxxx Xxxxxxx, Banco de la Republica, Coimpresores, Corposantabarbara y FONADE entre otras. Actualmente adelanta para la Corporación Educativa Minuto de Dios la construcción del Colegio Liceo Casablanca I Etapa en el Municipio de Madrid - Cundinamarca (aproximadamente 3.791 M2), entre otros. Para la ejecución de estos proyectos Construsalud subcontrata los servicios técnicos, los estudios especializados y la mano de obra necesaria para llevar a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados feliz término los proyectos. La problemática surge con la necesidad de tener la información de los trabajos diferentes contratos de forma centralizada; con una documentación organizada que facilite la tarea de velar por dar cumplimiento a ser encarados la leyes que regulan los proyectos de construcción; y disponible para cualquier ente regulatorio. La empresa requiere de forma urgente mitigar el riesgo a que ocurra un mal manejo en el proceso de selección y contratación, así como de la documentación de los subcontratistas, podría dejar expuesta a la empresa a problemas legales que conllevan multas o el cierre del proyecto. Es por el referido Consorcio Consultoresta razón que es necesario diseñar e implementar un modelo de gestión de la información del proceso de selección y contratación basado en un sistema de base de datos que consolide y organice la información que proviene de diferentes fuentes, y a su vez que se cuente con un repositorio de información único y sea flexible a los constantes cambios de la leyes de contratación del país. Base de Datos: Colección de datos, donde los datos están lógicamente relacionados entre sí, tiene una definición y descripción comunes y están estructurados de una forma particular. Una base de datos es también un modelo del mundo real y como tal debe poder servir para toda una gama de usos y aplicaciones” (Conference des Statisticiens Européens, 1977).
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Samples: Not Applicable
JUSTIFICACIÓN. Considerando que 1. Le corresponde a la Diputación la obligación de justificar la aplicación de los fondos percibidos de la Conse- xxxxx para la implantación del Proyecto financiación de Duplicación los costes de materiales de los proyectos de obras y servicios de las Rutas Nacionales N° 2 entidades que integran la administración local andaluza, en el marco del PFEA 2023 y 7 se requerirá de expropiaciones de parte de propiedades en zonas determinadas a nivel de Factibilidad por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos para la ejecución de la Consultoría de Elaboración del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar colaboración con el Plan de Compensaciones y/o Indemnizaciones (PCI) que viabilice la liberación de la franja de dominio para la ejecución de las obrasSEPE. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar la preparación e implementación del PCI, cuando como consecuencia de la construcción de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcción, específicamente en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados La Diputación deberá remitir al bienestar de la población, órgano competente a través del PGS. Si bien Registro Electrónico Único la compensación económica es una acción obligatoria justificación acreditativa del MOPC para la adquisición empleo de parte o la totalidad de un predio, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también en la búsqueda las cantidades recibidas mediante certificado de la armonización Intervención de los valores la Diputación, a partir del día siguiente a la finalización del plazo de ejecución hasta el 28 de febrero de 2025, salvo el supuesto de prórroga previsto en el artículo 15 de la Orden de 14 xx xxxxx de 2016, en cuyo caso la justificación final se deberá realizar en el plazo de 5 meses desde la expiración de aquélla. La certificación será firmada por la persona titular de dicha intervención, y acreditará el empleo de las personascantidades a la finalidad para las que fueron concedidas. La información que deberá facilitarse se recoge en los modelos incluidos en los anexos IV y V de la resolución de convocatoria, actuando según se trate de una justificación parcial o final, respectivamente. En el supuesto de que se reflejen en concordanciael anexo V (justificación final) cantidades a reintegrar a la Junta de Andalucía deberá adjuntarse, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programaademás, compuesto principalmente carta de pago por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPCdicho importe, acreditativa de la devolución voluntaria a iniciativa de las entidades beneficiarias, o requerirse a la Secretaría General de Administración Local, a través de Licitación Pública Internacionalla plataforma, ya ha contratado para que proceda a su confección, conforme se recoge en el citado anexo. En todo caso, la justificación final deberá comprender el gasto total de la actividad subvencionada aunque la cuantía de la subvención sea inferior. Es copia auténtica de documento electrónico
2. Se consideran gastos realizados los servicios contraídos con anterioridad a la finalización del período de justificación, mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente sobre los que haya recaído un Consorcio acto de Firmas Consultoras para reconocimiento y liquidación de la elaboración obligación, independientemente de cuando se produzca la efectividad del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGS, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados de los trabajos a ser encarados por el referido Consorcio Consultorpago.
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Samples: Convenio De Colaboración
JUSTIFICACIÓN. Considerando El plazo para justificar la subvención vencerá el día 31 de enero de 2019 (inclusive), y se deberá justificar, como mínimo, el importe de los gastos subvencionados que para se indican en la implantación Cláusula 2ª del Proyecto presente convenio. Si el importe de Duplicación la justificación de los gastos es inferior a los gastos subvencionados, la subvención se reducirá en la parte correspondiente, exigiendo el Ayuntamiento, en su caso, el reintegro de las Rutas Nacionales N° 2 cantidades indebidas percibidas por la entidad. La documentación justificativa a aportar, y 7 que deberá presentarse en el registro de entrada del Centre Jove del Mercat, preferentemente, o en cualquier otro registro establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, quedará desglosada con el siguiente detalle:
1.- Memoria justificativa de la actividad subvencionada, consistente en la declaración detallada de las actividades realizadas que han sido financiadas con el convenio y su coste.
2.- Memoria económica justificativa por importe mínimo de la cantidad convenida, consistente en una relación suscrita y numerada secuencialmente de los gastos realizados y los ingresos obtenidos, ordenada y totalizada por conceptos que irá acompañada de los documentos justificativos, facturas, recibos y el resto de documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico o con eficacia administrativa acreditativos del gasto realizado, ordenados correlativamente según el número de orden asignado en la relación numerada. Las facturas y el resto de documentos probatorios de gastos, deberán estar fechados en el ejercicio 2018. Del mismo modo tendrán que presentarse originales y fotocopias, devolviendo los originales a los interesados a la mayor brevedad posible. En las facturas y en la documentación aportada, se requerirá dejará constancia que han sido utilizadas como justificantes de expropiaciones la subvención percibida. Los originales de parte los documentos quedarán depositados en la entidad beneficiaria durante un período de propiedades por lo menos cuatro años. Las facturas deberán reunir los requisitos establecidos en zonas determinadas a nivel el Real Decreto 1619/2012, de Factibilidad 30 de noviembre, por el estudio precatastralque se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. En lo que respecta a la devolución voluntaria de importes no utilizados o aplicados a las actividades conveniadas, se incluyen los lineamientos para el beneficiario del convenio podrá proceder a la ejecución devolución voluntaria (reintegro) sin necesidad de previo requerimiento de la Consultoría de Elaboración Administración mediante la justificación del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar con el Plan de Compensaciones y/o Indemnizaciones (PCI) que viabilice la liberación de la franja de dominio para la ejecución de las obras. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar la preparación e implementación del PCI, cuando como consecuencia de la construcción de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcción, específicamente en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte o la totalidad de un predio, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también en la búsqueda de la armonización de los valores de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, ingreso a través de Licitación Pública Internacionalla correspondiente carta de pago. En su caso, ya ha contratado carta de reintegro en el supuesto de sobrante del importe conveniado (gasto no realizado), así como los servicios intereses derivados de un Consorcio los mismos.
3.- Declaración responsable suscrita por el beneficiario o su representante relativa a la inexistencia de Firmas Consultoras otras subvenciones o ayudas que hayan obtenido para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGSmisma finalidad, el cual es estructurado a continuacióno, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados en su caso, mención expresa de los trabajos otros ingresos o ayudas que hayan financiado la actividad, con indicación del importe y procedencia.
4.- Declaración responsable del/ de la Presidente/a ser encarados por el referido Consorcio Consultoro secretario/a de la entidad de que las facturas aportadas para la justificación son auténticas y originales.
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Samples: Convenio De Colaboración
JUSTIFICACIÓN. Considerando que para Las entidades beneficiarias, en el plazo de dos meses computado desde la implantación del Proyecto de Duplicación de las Rutas Nacionales N° 2 y 7 se requerirá de expropiaciones de parte de propiedades en zonas determinadas a nivel de Factibilidad por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos para la ejecución de la Consultoría de Elaboración del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar con el Plan de Compensaciones y/o Indemnizaciones (PCI) que viabilice la liberación de la franja de dominio para la ejecución de las obras. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar la preparación e implementación del PCI, cuando como consecuencia de la construcción finalización de las obras se requieran tierras para viabilizar o servicios, presentarán en El Servicio Riojano de Empleo, la siguiente documentación, reintegrando, en su construccióncaso, específicamente los fondos no utilizados.
A) Certificado de pago final, en tramos el modelo establecido por el Servicio Riojano de Ampliación y Empleo, en Circunvalacionesla que consten desglosados: - Importe de la subvención concedida. Además - Importe de cuantificar y valorar la parte física subvención que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar justificada. - Importe de la población, subvención a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC devolver.
B) Relación nominal de los trabajadores contratados para la adquisición realización del proyecto.
C) Documentos justificativos de parte pago. Se considerarán documentos justificativos de los pagos efectuados la certificación expedida al efecto, por el órgano competente, en la que consten desglosados los pagos correspondientes a cada una de las partidas subvencionadas. En cualquier caso, los documentos justificativos individualizados deberán quedar disponibles para las actuaciones de comprobación y control establecidas en el artículo 13.
D) Informe detallado de las actividades realizadas, que contendrá al menos los siguientes aspectos: denominación de obras o servicios realizados, número de trabajadores contratados por edad y sexo, con indicación del grupo de cotización a Seguridad Social al que pertenecen, duración media de los contratos y memoria de las actividades realizados.
E) Si la entidad no ha consumido el total de la subvención, deberá reintegrar los fondos no utilizados a la Tesorería General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, especificando con claridad el beneficiario, la obra o servicio subvencionado y la orden que la regula.
F) El justificante del ingreso deberá remitirse en el plazo xx xxxx días desde su efectividad al Servicio Riojano de Empleo.
G) Cuando la entidad beneficiaria no reintegre los fondos no utilizados o la totalidad de un predio, la actuación no subvención percibida se limita solo destine a esa compensación sino también en la búsqueda de la armonización de fines distintos para los valores de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGSfue concedida, el cual es estructurado a continuación, considerando órgano que concedió la subvención dictará Resolución acordando el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados de los trabajos a ser encarados por el referido Consorcio Consultorreintegro según la normativa vigente.
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Samples: Subvenciones Para La Contratación De Trabajadores Desempleados
JUSTIFICACIÓN. Considerando Finalizada la actividad, o bien cuando la entidad realizara gastos por importe igual o superior al presupuesto presentado y, en todo caso, antes de que transcurran dos meses desde la finalización de la vigencia del convenio, ACCEM deberá presentar la siguiente documentación en el Registro General, a los efectos de justificación: − Impreso de presentación de solicitud de justificación. Justificación de desviaciones del balance con respecto al presupuesto inicial si procede, para comprobar la medida en que se ajustó el balance al presupuesto inicial presentado. En este sentido el importe de la subvención está vinculado al presupuesto total de la actividad y en ningún caso podrá ser superior a su déficit. En caso de que existan desviaciones a la baja entre el balance y el presupuesto inicial presentado, se resolverá el reintegro de la aportación municipal únicamente por el importe que pase el coste total de la actividad. − Certificado del Secretario de la entidad, con el visto bueno del presidente, en que se desglose por tipo de gasto, el importe total de los gastos generales de la entidad, en caso de que se imputen gastos generales o indirectos a una actividad concreta y certificación acerca de las subvenciones y demás ingresos generados con motivo de la actividad subvencionada con independencia de su reflejo en el balance. − Memoria que acredite que la actividad fue realizada y grado de cumplimiento de los objetivos. La beneficiaria deberá justificar que realizó la actividad en los términos de la memoria inicial presentada (anexo 1). − Balance de ingresos y gastos realizados con motivo de la actividad subvencionada de manera que se pueda comprobar que se ajustó al presupuesto inicial presentado, incluyendo las desviaciones presupuestarias (anexo 2). − Relación clasificada y detallada de los gastos de la actividad con indicación del acreedor, NIF, núm. documento justificativo, fecha de emisión, importe, concepto y fecha de pago. − Se justificará preferentemente con facturas aunque se podrán admitir otros documentos de igual valor probatorio admitidos en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Las facturas y los documentos justificativos de valor equivalente deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por lo que se aprueba el Reglamento. En el caso de presentar fotocopias para dar cumplimiento al art. 73 del Reglamento de LGS, antes de hacer la fotocopia deberá extenderse en el original de la factura una diligencia en la que se haga constar que la factura fue utilizada como justificante de gasto para la implantación obtencion de una subvención del Proyecto Ayuntamiento de Duplicación A Coruña, de las Rutas Nacionales N° 2 y 7 se requerirá de expropiaciones de parte de propiedades los gastos realizados en zonas determinadas a nivel de Factibilidad por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos para la ejecución ejercicio de la Consultoría actividad. En el caso de Elaboración facturas emitidas por personas físicas por servicios profesionales, la entidad beneficiaria viene obligada a la retencion del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGSIRPF), cuyo fin es contar en los límites y excepciones que establece la Ley y Reglamento del impuesto o en su caso, debiendo acreditarse el ingreso en la Agencia Tributaria con los modelos 111 y 190. − En caso de que la subvención otorgada tenga destino al pagado de personas físicas que presten servicios retribuidos, pago de premios o pago de becas, la entidad beneficiaria viene obligada a la retención del (IRPF), en los límites y excepciones que establece la Ley y Reglamento del impuesto o en su caso, disposiciones reglamentarias en vigor, debiendo acreditarse el Plan ingreso en la Agencia Tributaria con los modelos 111 y 190 − En el caso de Compensaciones imputarse gastos de personal: (nóminas) será obligatoria la presentacion de los documentos RLC (Relación de Liquidación de Cotizaciones ) y RNT (Relación Nominal de trabajadores) –antiguos TC1 y TC2-debidamente convalidados. El RLC deberá estar sellado por la oficina recaudadora y/o Indemnizaciones ir acompañado de justificante bancario, aun en caso de que no se imputen costes de Seguridad Social. El modelo RNT deberá ir firmado por la persona autorizada en caso de confeccionarse telemáticamente por el Sistema RED. Deberá presentarse del modelo 111 (PCIdeclaración trimestral) que viabilice y del modelo 190 (resumen anual) acreditativo del ingreso en la liberación Agencia Tributaria (AEAT) de las retenciones practicadas a las personas trabajadoras sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). − Los 3 presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la franja Ley General de dominio para Subvenciones debe solicitar el beneficiario cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 40.000 euros en el supuesto de coste por ejecución de las obrasobra, o de 15.000 euros en el caso de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios. Estos lineamientos tienen − Acreditación del pago efectivo de cada uno de los gastos. Sólo se considera gasto realizado el que fue efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación. − Se admitirán pagos en efectivo por objetivo orientar la preparación e implementación del PCIimportes de hasta 500 euros. En caso de que el pago de un servicio esté fraccionado en varios pagos, cuando como consecuencia el límite de 500 euros se entenderá para el conjunto de los pagos correspondientes al servicio, deberá acercarse recibo en el que conste que al emisor le fue satisfecho el importe, con identificación de la construcción factura a la que corresponde o bien que en el propio justificante de gasto el emisor del mismo acredite responsablemente con un NIF y una firma que recibió el importe y la fecha en la que lo recibió. − En consecuencia, para acreditar la realización del pago de gastos superiores a dicha cantidad, el sistema será la transferencia bancaria o la domiciliación bancaria de los gastos, debiendo acompañar a la factura el justificante de pago bancario (cartilla, extracto bancario, debo o movimiento bancario). Si el pago se realiza mediante talón o cheque deberá aportarse además fotocopia del mismo, e igualmente extracto o movimiento bancario, que acredite que el destinatario lo hizo efectivo. − Todos los pagos relacionados que la finalidad de este convenio se estima aconsejable que se realicen, preferentemente desde una única cuenta bancaria de la entidad, no pudiendo subvencionarse pagos realizados con cargo a cuentas cuyo titular no sea la entidad. − También se considerará efectivamente pagado el gasto, con la cesion de crédito del derecho de cobro de la subvención a favor de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcción, específicamente en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar personas acreedoras por razón del gasto realizado o con la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte o la totalidad entrega esas personas de un predioefecto mercantil, garantizado por una entidad financiera o compañía de seguros. − El Ayuntamiento se reserva el derecho para comprobar, por los medios que estime oportunos, que la justificación es correcta. Por tanto, ACCEM quedará obligada a facilitar cuanta información le sea requerida por el servicio gestor, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también Intervención General y los órganos competentes en la búsqueda censura de la armonización de los valores de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGS, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados de los trabajos a ser encarados por el referido Consorcio Consultorcuentas.
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JUSTIFICACIÓN. Considerando Finalizada la actividad, o bien cuando la entidad realizara gastos por importe igual o superior al presupuesto presentado y, en todo caso, antes de que transcurran dos meses desde la finalización de la vigencia del convenio, FUNDACION EMALCSA deberá presentar la siguiente documentación en el Registro General, a los efectos de justificación: − Impreso de presentación de solicitud de justificación. Justificación de desviaciones del balance con respecto al presupuestoinicial si procede, para comprobar la medida en que se ajustó el balance al presupuesto inicial presentado. En este sentido el importe de la subvención está vinculado al presupuesto total de la actividad y en ningún caso podrá ser superior a su déficit. En caso de que existan desviaciones a la baja entre el balance y el presupuesto inicial presentado, se resolverá el reintegro de la aportación municipal únicamente por el importe que pase el coste total de la actividad. − Certificado del Secretario de la entidad, con el visto bueno del presidente, en que se desglose por tipo de gasto, el importe total de los gastos generales de la entidad, en caso de que se imputen gastos generales o indirectos a una actividad concreta y certificación acerca de las subvenciones y demás ingresos generados con motivo de la actividad subvencionada con independencia de su reflejo en el balance. − Memoria que acredite que la actividad fue realizada y grado de cumplimiento de los objetivos. La beneficiaria deberá justificar que realizó la actividad en los términos de la memoria inicial presentada (anexo 1). − Balance de ingresosy gastos realizados con motivo de la actividad subvencionada de manera que se pueda comprobar que se ajustó al presupuesto inicial presentado, incluyendo las desviaciones presupuestarias (anexo 2). − Relación clasificada y detallada de los gastos de la actividadcon indicación del acreedor, NIF, núm. documento justificativo, fecha de emisión, importe, concepto y fecha de pago. − Se justificará preferentemente con facturas aunque se podrán admitir otros documentosde igual valor probatorio admitidos enel tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Las facturas y los documentos justificativos de valor equivalente deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por lo que se aprueba el Reglamento. En el caso de presentar fotocopias para dar cumplimiento al art. 73 del Reglamento de LGS, antes de hacer la fotocopia deberá extenderse en el original de la factura una diligencia en la que se haga constar que la factura fue utilizada como justificante de gasto para la implantación obtencion de una subvención del Proyecto Ayuntamientode A Coruña, de Duplicación de las Rutas Nacionales N° 2 y 7 se requerirá de expropiaciones de parte de propiedades los gastos realizados en zonas determinadas a nivel de Factibilidad por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos para la ejecución ejercicio de la Consultoría actividad. En el caso de Elaboración facturas emitidas por personas físicas por servicios profesionales, la entidad beneficiaria viene obligada a la retencion del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGSIRPF), cuyo fin es contar en los límites y excepciones que establece la Ley y Reglamento del impuesto o en su caso, debiendo acreditarse el ingreso en la Agencia Tributaria con los modelos 111 y 190. − En caso de que la subvención otorgada tenga destino al pagado de personas físicas que presten servicios retribuidos, pago de premioso pago de becas, la entidad beneficiaria viene obligada a la retención del (IRPF), en los límites y excepciones que establece la Ley y Reglamento del impuesto o en su caso, disposiciones reglamentarias en vigor, debiendo acreditarse el Plan ingreso en la Agencia Tributaria con los modelos 111 y 190 − En el caso de Compensaciones imputarse gastos de personal: (nóminas) será obligatoria la presentacion de los documentos RLC (Relación de Liquidación de Cotizaciones ) y RNT (Relación Nominal de trabajadores) –antiguos TC1 y TC2-debidamente convalidados. El RLC deberá estar sellado por la oficina recaudadora y/o Indemnizaciones ir acompañado de justificante bancario, aun en caso de que no se imputen costes de Seguridad Social. El modelo RNT deberá ir firmado por la persona autorizada en caso de confeccionarse telemáticamente por el Sistema RED. Deberá presentarse del modelo 111 (PCIdeclaración trimestral) que viabilice y del modelo 190 (resumen anual) acreditativo del ingreso en la liberación Agencia Tributaria (AEAT) de las retenciones practicadas a las personas trabajadoras sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). − Los 3 presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la franja Ley General de dominio para Subvenciones debe solicitar el beneficiario cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 40.000 euros en el supuesto de coste por ejecución de las obrasobra, o de 15.000 euros en el caso de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios. Estos lineamientos tienen − Acreditación del pago efectivo de cada uno de los gastos. Sólo se considera gasto realizado el que fue efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación. − Se admitirán pagos en efectivo por objetivo orientar la preparación e implementación del PCIimportes de hasta 500 euros. En caso de que el pago de un servicio esté fraccionado en varios pagos, cuando como consecuencia el límite de 500 euros se entenderá para el conjunto de los pagos correspondientesal servicio, deberá acercarse recibo enel que conste que al emisor le fue satisfecho el importe, con identificación de la construcción factura a la que corresponde o bien que en el propio justificante de gasto el emisor del mismo acredite responsablemente con un NIF y una firma que recibió el importe y la fecha en la que l o recibió. − En consecuencia, para acreditar la realización del pago de gastos superiores a dicha cantidad, el sistema será la transferencia bancaria o la domiciliación bancaria de los gastos, debiendo acompañar a la factura el justificante de pago bancario (cartilla, extracto bancario, debo o movimiento bancario). Si el pago se realiza mediante talón o cheque deberá aportarse además fotocopia del mismo, e igualmente extracto o movimiento bancario, que acredite que el destinatario lo hizo efectivo. − Todos los pagos relacionados que la finalidad de este convenio se estima aconsejable que se realicen, preferentemente desde una única cuenta bancaria de la entidad, no pudiendo subvencionarse pagos realizados con cargo a cuentas cuyo titular no sea la entidad. − También se considerará efectivamente pagado el gasto, con la cesionde créditodel derecho de cobro de la subvención a favor de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcción, específicamente en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar personas acreedoras por razón del gasto realizado o con la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte o la totalidad entrega esas personas de un predioefecto mercantil, garantizado por una entidad financiera o compañía de seguros. − El Ayuntamiento se reserva el derecho para comprobar, por los medios que estime oportunos, que la justificación es correcta. Por tanto, FUNDACION EMALCSA quedará obligadaa facilitar cuanta informaciónle sea requerida por el servicio gestor, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también Intervención General y los órganos competentes en la búsqueda censura de la armonización de los valores de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGS, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados de los trabajos a ser encarados por el referido Consorcio Consultorcuentas.
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Samples: Convenio De Colaboración
JUSTIFICACIÓN. Considerando que para La entidad colaboradora MITSA deberá justificar, dentro de los tres meses siguientes a la implantación finalización del Proyecto de Duplicación de las Rutas Nacionales N° 2 y 7 se requerirá de expropiaciones de parte de propiedades en zonas determinadas a nivel de Factibilidad por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos para la ejecución de la Consultoría de Elaboración del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar con el Plan de Compensaciones y/o Indemnizaciones (PCI) que viabilice la liberación de la franja de dominio para la ejecución de las obras. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar la preparación e implementación del PCI, cuando como consecuencia de la construcción de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcción, específicamente en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte o la totalidad de un predioperíodo subvencionado, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también en la búsqueda de la armonización de los valores de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, cuantía percibida a través de Licitación Pública Internacionalla presentación de la siguiente documentación:
1. Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de la finalidad de la subvención durante el periodo subvencionable, ya debiendo contener la siguiente información: - El precio de las tarifas de los conceptos objeto de subvención -faenado y transporte xx xxxxxxx-, durante el período de tiempo subvencionable. - Información sobre el número de animales y kilos de cada especie que han sido objeto de subvención, tanto de faenado como de transporte xx xxxxxxx.
2. Una liquidación del presupuesto que recoja las tarifas que han dejado de ser cobradas a los operadores del matadero por los conceptos de faenado y transporte de las canales en aplicación de las presentes ayudas, contrastada con los fondos recibidos para tal fin.
3. Relación de escritos informativos sobre las condiciones de la subvención, entregados a cada operador del matadero, con justificante por parte del operador de la recepción del mismo.
4. Relación de facturas emitidas a los diferentes operadores en las que conste: Item, Nº factura, fecha de factura, nombre del operador/cliente, CIF cliente, tarifas (euros por unidad o kilo), IGIC y total de factura.
5. Relación detallada de las personas beneficiarias de las subvenciones, de conformidad con el Anexo III.
6. Informe emitido por un auditor ejerciente o firma de auditoría de cuentas inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), sobre la adecuada aplicación de las ayudas a las acciones establecidas en el presente convenio y, en concreto, sobre los siguientes aspectos:
1. Verificación de la obligación del cumplimiento de la publicidad, tanto de la relación de escritos informativos sobre las condiciones de la bonificación de las tarifas a cada uno de los operadores y de la recepción de los mismos, como del cartel informativo.
2. Verificación de que el MIT ha contratado facturado las cantidades indicadas a los a los operadores, según la relación de facturas del punto 4. Para ello el auditor comprobará que la relación de facturas se corresponde con las facturas efectivamente emitidas por el MIT a cada operador, y que dichas facturas tienen la documentación soporte de los partes de trabajo de cada operador. La verificación se hará sobre el 100 % de las facturas relacionadas.
7. Factura correspondiente a los honorarios por los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras auditoría necesarios para la elaboración justificación. Dicha factura deberá describir los elementos que las integran, y deberán ajustarse a lo establecido en el apartado tercero del Catastro definitivo y desarrollo e implementación artículo 30 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, así como a lo dispuesto en el PGSReal Decreto 1619/2012, el cual es estructurado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados de los trabajos a ser encarados 30 de noviembre por el referido Consorcio Consultorque se aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación (BOE nº 289, de 1.12.12), además deberá figurar el tipo y cuota de I.G.I.C.
8. Fotografía de la colocación del cartel en lugar visible de la sede de la entidad.
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Samples: Subsidy Agreement
JUSTIFICACIÓN. Considerando El plazo máximo de presentación en el Registro General, de la Memoria Evaluativa Final y documentación justificativa será el 28 de febrero de 2019. Fundación XXXX deberá presentar la siguiente documentación a los efectos de la justificación: - Impreso de solicitud de justificación según el modelo establecido para el efecto. - Memoria que para acredite que la implantación actividad fue realizada y el grado de cumplimiento de objetivos. El beneficiario deberá justificar que realizó la actividad en los términos de la memoria presentada. - Balance de ingresos y gastos realizados con motivo de la actividad subvencionada, de modo que se pueda comprobar que se ajustó al presupuesto inicial presentado. - Relación clasificada y detallada de los gastos de la actividad en la que se indique el acreedor, el número de documento, la fecha de emisión, el importe, el concepto y la fecha de pago. - Para comprobar la medida en que se ajustó el balance al presupuesto inicial presentado, se aportará con la justificación el cuadro de desviaciones del Proyecto balance con respecto al presupuesto inicial, y, en el caso de Duplicación que en este se observen desviaciones, se cubrirá su informe de las Rutas Nacionales N° 2 justificación. En este sentido el importe de la subvención está vinculado al presupuesto total de la actividad y 7 en ningún caso podrá ser superior al déficit de la misma. En caso de que existan desviaciones a la baja entre el balance y el presupuesto inicial presentado, se requerirá producirá el reintegro de expropiaciones de parte de propiedades en zonas determinadas a nivel de Factibilidad la aportación municipal únicamente por el estudio precatastral, se incluyen los lineamientos para la ejecución importe que rebase el coste total de la Consultoría de Elaboración actividad. - Certificación del Catastro definitivo y Plan de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar secretario con el Plan visto bueno del presidente sobre las subvenciones y demás ingresos generados con motivo de Compensaciones la actividad subvencionada con independencia de como se refleje en el balance. - Facturas originales debidamente cumplimentadas o fotocopias compulsadas, correspondientes a los gastos realizados en el ejercicio de la actividad. Las facturas se presentarán por el conjunto de la actividad subvencionada aún cuando el otorgamiento de la subvención municipal sea inferior al presupuesto inicial. Se justificará preferentemente con facturas aunque se podrán admitir otros documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Las facturas y los documentos justificativos de valor equivalente deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 6 del Real decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. - En el caso de que existan gastos de personal: nóminas firmadas por el trabajador, boletines de cotización a la Seguridad Social RLC (Relación de Liquidación de Cotizaciones) y RNT (Relación Nominal de trabajadores) – antiguos TC1 y TC2-debidamente validados. El RLC deberá estar sellado por la oficina recaudadora y/o Indemnizaciones ir acompañado de justificante bancario, aún en el caso de que no se imputen costes de Seguridade Social. El modelo RNT deberá ir firmado por la persona autorizada en caso de confeccionarse telematicamente por el Sistema REDE. Y documentos de ingreso en Hacienda de las retenciones practicadas en concepto de IRPF (PCImodelo 111 - trimestral- y modelo 190 -resumen anual-). En el caso de pago a personas físicas que presten servicios retribuidos, pago de premios o pago de dietas, la entidad beneficiaria está obligada a la retención del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), en los límites y excepciones que establecen la ley y el reglamento del impuesto o, en su caso, las disposiciones reglamentarias en vigor, debiendo acreditar el ingreso en Hacienda de estas retenciones con la presentación de dichos modelos 111 y 190 o 115 (trimestral) que viabilice la liberación y 180 (resumen anual) en el caso de pago de alquileres de bienes inmuebles. - Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la franja Ley general de dominio subvenciones, debe solicitar el beneficiario cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 15.000 euros en el caso de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios. - Acreditación del pago efectivo de cada uno de los gastos. Solo se considera gasto realizado el que fue efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación debiendo acreditarse el pago a través de copia del extracto bancario cuando se realice a través de transferencia o domiciliación bancarias, copia del cheque bancario con su correspondiente cargo en el banco cuando se realice a través de cheque, y con la conformidad suficientemente acreditada del contratista o proveedor en la correspondiente factura (NIF, firma y fecha) en caso de pagos en efectivo. Se admitirán pagos en efectivo por importes de hasta 500 euros. En el caso de que el pago de un servicio esté fraccionado en varios pagos, el límite de 500 euros se entenderá para el conjunto de los pagos correspondientes al servicio. También se considerará efectivamente pagado el gasto, con la ejecución cesión de las obras. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar la preparación e implementación crédito del PCI, cuando como consecuencia derecho de cobro de la construcción subvención a favor de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcciónlos acreedores por razón del gasto realizado o con la entrega a los mismos de un efecto mercantil, específicamente garantizado por una entidad financiera o por una compañía de seguros. - Certificado del secretario de la entidad, con el visto bueno del presidente, en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demandadesglose por tipo de gasto, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar el importe total de los gastos generales de la poblaciónentidad, en caso de que se imputen gastos generales o indirectos a través del PGSuna actividad concreta. Si bien El Ayuntamiento de A Coruña se reserva el derecho a comprobar, por los medios que considere oportunos, que la compensación económica justificación es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte o la totalidad de un predio, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también en la búsqueda de la armonización de los valores de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individualescorrecta. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, a través de Licitación Pública Internacional, ya ha contratado los servicios de un Consorcio de Firmas Consultoras para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGStanto, el cual es estructurado beneficiario quedará obligado a continuación, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados de los trabajos a ser encarados facilitar cuanta información le sea requerida por el referido Consorcio Consultorservicio gestor, la Intervención General y los órganos competentes en censura de cuentas.
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Samples: Convenio De Colaboración
JUSTIFICACIÓN. Considerando Se deberá justificar antes del 31 de enero de 2018 por una cantidad como mínimo igual al importe de los gastos subvencionados que para se indican en la implantación Cláusula 2ª del Proyecto presente convenio. Si el importe de Duplicación la justificación de los gastos es inferior a los gastos subvencionados, la subvención se reducirá en la parte correspondiente, exigiendo el Ayuntamiento, en su caso, el reintegro de las Rutas Nacionales N° 2 cantidades indebidas percibidas por la entidad. Como documentación justificativa se debe presentar por registro de entrada en Agencia de Desarrollo Local:
1.- Memoria justificativa de la actividad subvencionada, consistente en la declaración detallada de las actividades realizadas que han sido financiadas con el convenio y 7 su coste.
2.- Memoria económica justificativa del coste de las actividades, que contendrá:
a) Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.
b) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se requerirá hace referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago.
c) Una relación detallada de expropiaciones otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. Las facturas habrán de parte reunir los requisitos exigidos con carácter general en el real decreto 1496/2003, de propiedades 28 de noviembre, regulador del deber de expedición y entrega de facturas por empresarios y profesionales o en zonas determinadas a nivel la normativa que lo sustituya, considerándose imprescindible que recoja el nombre o razón social de Factibilidad por la empresa que factura, su NIF o CIF, fecha de emisión, importe y desglose de cada uno de los objetos facturados, así como el estudio precatastralIVA aplicable e importe total o IRPF; según proceda. Y en todo caso, habrán de estar fechadas en el ejercicio económico para el que se haya concedido la subvención. Deberán presentarse originales. En el caso de que se solicite devolución de dichos originales, se incluyen los lineamientos para la ejecución deberá aportar, en el momento de la Consultoría presentación de Elaboración los justificantes, fotocopia de los mismos. Los originales de los documentos quedarán depositados en la entidad beneficiaria durante un período de por lo menos cuatro años. Devolución voluntaria de importes no utilizados o aplicados a las actividades conveniadas. El beneficiario del Catastro definitivo y Plan convenio podrá proceder a la devolución voluntaria (reintegro) sin necesidad de Gestión Social (PGS), cuyo fin es contar con el Plan de Compensaciones y/o Indemnizaciones (PCI) que viabilice la liberación previo requerimiento de la franja de dominio para Administración mediante la ejecución de las obras. Estos lineamientos tienen por objetivo orientar la preparación e implementación justificación del PCI, cuando como consecuencia de la construcción de las obras se requieran tierras para viabilizar su construcción, específicamente en tramos de Ampliación y en Circunvalaciones. Además de cuantificar y valorar la parte física que se demanda, se debe considerar otros aspectos vinculados al bienestar de la población, a través del PGS. Si bien la compensación económica es una acción obligatoria del MOPC para la adquisición de parte o la totalidad de un predio, la actuación no se limita solo a esa compensación sino también en la búsqueda de la armonización de los valores de las personas, actuando en concordancia, para que en beneficio del interés general no se vulneren intereses individuales. Por lo expuesto se estructura el presente Programa, compuesto principalmente por dos componentes: FASE A: ELABORACIÓN DEL CATASTRO Y EL AVALÚO DE LAS PROPIEDADES A SER AFECTADAS POR LA LIBERACIÓN DE LA FRANJA DE DOMINIO DE LAS OBRAS DE DUPLICACIÓN DE LA XXXXXXX XX XXX XXXXX XXXXXXXXXX X° 0 X X° 0; y FASE B: ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL y REASENTAMIENTO. Obs. Cabe mencionar que el MOPC, ingreso a través de Licitación Pública Internacionalla correspondiente carta de pago. En su caso, ya ha contratado carta de reintegro en el supuesto de sobrante del importe conveniado (gasto no realizado), así como los servicios intereses derivados de un Consorcio los mismos.
3.- Declaración responsable suscrita por el beneficiario o su representante relativa a la inexistencia de Firmas Consultoras otras subvenciones o ayudas que hayan obtenido para la elaboración del Catastro definitivo y desarrollo e implementación el PGSmisma finalidad, el cual es estructurado a continuacióno, considerando que el desarrollo del presente EIAp antecedió al inicio y resultados en su caso, mención expresa de los trabajos otros ingresos o ayudas que hayan financiado la actividad, con indicación del importe y procedencia.
4.- Declaración responsable del/ de la Presidente/a ser encarados o secretario/a de la entidad de que las facturas aportadas para la justificación son auténticas y originales. Se producirá la pérdida del derecho a percibir la ayuda total o parcialmente en caso de falta de justificación de la subvención en el plazo establecido, caso de justificación insuficiente o por alguna de las causas previstas en el referido Consorcio Consultorarte. 37 de la Ley General de Subvenciones. Los procedimientos de control financiero, reintegro y revisión de actos en relación con este convenio serán los que contempla la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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Samples: Convenio De Colaboración