NORMATIVA APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. La contratación de los servicios descritos se regirá por lo establecido en este pliego, y en lo no previsto en este por el Derecho Privado. El Orden Jurisdiccional competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato será el orden civil de los tribunales de la ciudad de Málaga. D/X.x , en nombre y representación de , declara:
NORMATIVA APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. La contratación de los servicios descritos se regirá por lo establecido en este pliego, y en lo no previsto en este por el Derecho Privado. El Orden Jurisdiccional competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato será el orden civil de los tribunales de la ciudad de Málaga. - SILLA DIRECCIÓN ROJA. Oficinas, administración y aula formación. Silla ruedas de goma, con acolchado en espuma moldeada de 30 kg/m3 tapizada. …………………………………………………….………………………………………………………………36 unidades. Debe tener estas características: Permitir regulación de altura de asiento por columna neumática. Permitir regulación de inclinación del respaldo por mecanismo contacto permanente, con regulación de altura del respaldo. Con brazo fijo en negro Base de poliamida negra. Xxxxxx xx xxxxx rodadura dura. - SILLA CONFIDENTE ROJA. Para oficinas, administración, formación, con asiento y respaldo acolchado en espuma moldeada de 30kg/m3, tapizada. Sin brazos. Estructura fija de 4 patas en tubo oval con acabado pintado en negro 73 unidades. - SILLAS SALON REUNIONES ROJA. Sala de reuniones silla confidente respaldo bajo con acolchado de asiento y respaldo en espuma moldeada de 30 kg/m3 tapizada. Estructura fija xx xxxxx o de 4 patas en tubo redondo con acabado cromado. Brazos fijos metalitos formando parte de la estructura con apoya brazos en poliamida color negro ……………………………………………………………………………………………………………………….8 unidades. - MESA CENTRO. Recepción, rectangular, medidas aproximadas 100 cms. de alto, 50 cms. de fondo, y de 40 cm. de altura, estructura fija de cuatro patas, en tubo xx xxxxx con acabado en cromado 1 unidad. - MESA DE TRABAJO WENGUE. Administración y Oficinas. . Encimera fabricada en panel de partículas aglomeradas de 25 mm revestida por ambos lados con papel impregnado en resinas melamínicas. Cantos de PVC de al menos de 2 mm de espesor. Laterales con el mismo diseño. Medidas aproximadas 150cms de largo, 80 cms de fondo, y 75 cms de. Con una cajonera a juego de tres cajones y cerradura. 35 unidades. - MESA DE REUNIONES OVALADA WENGUE. Encimera fabricada en panel de partículas aglomeradas de al menos 25mm revestido con resinas melamínicas con canto de al menos 2mm de espesor y aristas redondeadas de medidas aproximadas de 275 cm de largo, 125cm de ancho y alto 75cm 1 unidad - MESA DE FORMACIÓN BLANCA. Medidas aproximadas de 120 de ancho x 60 de profundidad cms. Encimer...
NORMATIVA APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Este convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en sus preceptos básicos; la legislación básica del Estado en materia de régimen local; la Ley 9/2007, de 13 xx xxxxx, de subvenciones de Galicia; los preceptos no básicos de la Ley 38/2003 y del Real Decreto 887/2006; por los pactos que se contienen en este convenio; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; las Bases de ejecución del presupuesto de las administraciones firmantes; y demás normas que resulten de aplicación de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
NORMATIVA APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. La contratación de los servicios descritos se regirá por lo establecido en este pliego, y en lo no previsto en este por el Derecho Privado. El Orden Jurisdiccional competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato será el orden civil de los tribunales de la ciudad xx Xxxxx
NORMATIVA APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Las relaciones jurídicas derivadas de esta contratación se regirán por lo establecido en el contrato y sus anexos, por las normas y documentación mencionadas en los mismos, y en último lugar por el ordenamiento jurídico privado, rigiéndose en cuanto a sus efectos y extensión por el derecho privado, siendo competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción de estos contratos, el orden jurisdiccional civil. Este orden jurisdiccional civil será igualmente competente para conocer cuantas cuestiones litigiosas afecten a la preparación y adjudicación del contrato. Se considerarán anexos y partes integrantes del contrato, la siguiente documentación: - El presente Pliego. - El Proyecto de Ejecución. - El Estudio de Seguridad y Salud. - La Oferta técnica y económica del CONTRATISTA. - El justificante de la garantía. - El Certificado de la compañía de Seguros, que acredita la inclusión de la obra según lo previsto en el Pliego.
NORMATIVA APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. La contratación de los servicios descritos se regirá por lo establecido en este pliego, y en lo no previsto en este por el Derecho Privado. El Orden Jurisdiccional competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato será el orden civil de los tribunales de la ciudad de Málaga. Se solicita presupuesto de vuelo, hoteles, traslados aeropuerto/hotel/aeropuerto y seguro de viaje de los siguientes viajes. Absténganse de incluir ningún otro concepto no solicitado. Itinerario previsto: Salida el sábado 16 junio: Viaje Málaga-Lima Vuelo Miércoles 20 xx xxxxx: Lima- Santiago de Chile Regreso sábado 23 xx xxxxx: Santiago de Chile-Málaga Nº de personas previstas: 8 personas.
NORMATIVA APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. La contratación de los servicios descritos se regirá por lo establecido en este Pliego y en lo no previsto, por el Derecho Privado. El Orden Jurisdiccional competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato será el orden civil de los Tribunales de la ciudad xx Xxxx. DILIGENCIA APROBATORIA: El presente documento ha estado aprobado en sesión ordinaria del Comité Ejecutivo de la Cámara de 26 xx Xxxxx de 2018, con el visto bueno del mismo Presidente de la Cámara, certifico, el veintisiete xx Xxxxx de 2018. El PRESIDENTE EL SECRETARIO GENERAL
1.- MARCO GENERAL DEL PROGRAMA.
NORMATIVA APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Este convenio es de naturaleza administrativa, rigiéndose por lo dispuesto en el título preliminar, capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se encuentra excluido de su ámbito de aplicación. En todo caso, y de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 4, las dudas o lagunas que puedan suscitarse en la ejecución o interpretación del presente convenio se resolverán aplicando los principios de la citada ley. En todo caso, sin perjuicio de las facultades de la comisión para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del convenio, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, las controversias que pudieran surgir serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. En materia presupuestaria, económica y financiera se atenderá a lo dispuesto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
NORMATIVA APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. 6 II PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES 6 CLÁUSULA 12. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES 6
NORMATIVA APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos serán resueltas por los Órganos de Contratación, cuyas resoluciones irán únicamente por la vía administrativa.