OBLIGACIONES DEL DEPARTAMENTO Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DEL DEPARTAMENTO. Sin perjuicio de las demás que le imponga el ordenamiento jurídico, serán obligaciones generales del Departamento las siguientes:
OBLIGACIONES DEL DEPARTAMENTO. 1. Realizar el desembolso de los aportes en los términos establecidos en el convenio de asociación. 2. Suministrar oportunamente la información que el convenido requiera para el cumplimento del cometido estatal perseguido y de las sus obligaciones contractuales pactadas para la realización conjunta de las actividades de preservación, conservación y administración del archivo y de las actividades de capacitación sobre la información histórica del archivo de interés cultural. 3. Designar la supervisión del convenio. 10.
OBLIGACIONES DEL DEPARTAMENTO. 1. Realizar los aportes al convenido en la forma y términos establecidos en el convenio. 2. Suministrar oportunamente la información que requiere el asociado para el cumplimento de sus actividades. 3. Realizar la supervisión del convenio. 10.
OBLIGACIONES DEL DEPARTAMENTO. Son obligaciones del DEPARTAMENTO: Efectuar todas las actividades conducentes a la vinculación de EL MUNICIPIO (ó EL DISTRITO) como FIDEICOMITENTE INDIRECTO en el CONTRATO XX XXXXXXX MERCANTIL FIA, en cumplimiento del mandato con representación otorgado por EL MUNICIPIO (ó EL DISTRITO) a través del presente CONVENIO. Designar como ordenador del Gasto al GESTOR, para lo cual, informará al CONSORCIO FIDUCIARIO y registrará su firma y cumplirá con las demás condiciones exigidas para la autorización de pagos en la tarjeta y/o registro digital que para tal efecto suministrará el CONSORCIO FIDUCIARIO. En los casos en los cuales la ejecución de los recursos se realice directamente por operadores de servicios públicos, de conformidad con lo previsto en el Artículo 15 del Decreto 2246 de 2012, la ordenación del gasto se efectuará a través de EL GESTOR que determina EL DEPARTAMENTO. Autorizar al MVCT para que gire al PATRIMONIO AUTONOMO FIA LOS RECURSOS PROVENIENTES DE LA NACION de que trata el literal c del considerando __ del presente CONVENIO los que lo modifiquen o adicionen y los Convenios de Usos de Recursos suscritos o que suscriba con el MVCT, así como sus modificatorios. De conformidad con el certificado de disponibilidad presupuestal XXX (para aportes de la vigencia) y la autorización impartida por la Asamblea Departamental para XXXX de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Nº XXX del XXXX de XXXX de 200XX, EL DEPARTAMENTO aportará al PAP-PDA los siguientes recursos, los cuales serán manejados en el PATRIMONIO AUTONOMO FIA a través del CONTRATO XX XXXXXXX MERCANTIL FIA y serán destinados para el desarrollo y ejecución de los planes en los municipios vinculados o que se vinculen al PAP-PDA : *Si llegaren a existir fuentes adicionales del Departamento________ al PAP-PDA estas deberán incluirse. Nota: El valor de estos recursos se ajustará al valor finalmente asignado por el CONPES. PARAGRAFO PRIMERO: Los recursos mencionados en esta cláusula, correspondientes a la presente vigencia fiscal, se encuentran incorporados al presupuesto de EL DEPARTAMENTO, y su ejecución se realizará con o sin situación de fondos, dependiendo de la fuente de los mismos. Dichos recursos se comprometen presupuestalmente desde la fecha en que EL DEPARTAMENTO suscribió el CONTRATO XX XXXXXXX MERCANTIL FIA y se entenderán ejecutados con el giro de los mismos por parte de EL DEPARTAMENTO. EL DEPARTAMENTO entregará al CONSORCIO FIDUCIARIO una fotocopia del certificado de disponibi...
OBLIGACIONES DEL DEPARTAMENTO. A su vez, EL
OBLIGACIONES DEL DEPARTAMENTO. En cumplimiento del objeto del Contrato o Convenio se compromete: 1) Cancelar el valor pactado en el contrato o convenio en las condiciones establecidas siempre y cuando el supervisor certifique el cumplimiento del objeto contractual, 2) Constituir la reserva presupuestal que garantice el giro de los recursos, 3) Nombrar un funcionario como Supervisor del contrato, dentro de los términos que no afecten el desarrollo normal del mismo, 4) Las demás estipuladas en el Decreto 734 de 2012, y las que se desprendan de la naturaleza del contrato o convenio. CLÁUSULA OCTAVA:
OBLIGACIONES DEL DEPARTAMENTO. Además de los derechos y deberes contemplados en el artículo 4 de la Ley 80 de 1993 y demás normas concordantes y los convenidos en el presente contrato, EL DEPARTAMENTO se obliga especialmente. . 1. Poner a disposición del CONTRATISTA los bienes y lugares que se requieran para la ejecución y entrega del objeto contratado. 2. Una vez se surta el proceso de contratación estatal, asignar un Supervisor, a través de quien la gobernación mantendrá la interlocución permanente y directa con el CONTRATISTA. 3. Ejercer el control sobre el cumplimiento del contrato a través del Supervisor designado para el efecto, exigiéndole la ejecución idónea y oportuna del objeto a contratar. 4. Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y garantías a que hubiere lugar, para lo cual el Supervisor dará aviso oportuno a la gobernación, sobre la ocurrencia de hechos constitutivos xx xxxx o incumplimiento. 5. Pagar al CONTRATISTA en la forma pactada y con sujeción a las disponibilidades presupuestales y de PAC previstas para el efecto. 6. Tramitar diligentemente las apropiaciones presupuestales que requiera para solventar las prestaciones patrimoniales que hayan surgido a su cargo como consecuencia de la suscripción del contrato. 7. Solicitar y recibir información técnica respecto del bien o servicio y demás del CONTRATISTA en desarrollo del objeto del contractual. CLAUSULA SEGUNDA-
OBLIGACIONES DEL DEPARTAMENTO. 1) Cancelar el valor del contrato oportunamente y en la forma acordada previa presentación de la factura. 2) Suministrar AL CONTRATISTA la información que requiera para la adecuada prestación del servicio o suministro de docentes. 3) Informarle al personal oficial que eventualmente se encuentre bajo la administración o dirección del contratista que deberá acatar y cumplir las instrucciones que imparta el personal que designe EL CONTRATISTA para ejercer en forma inmediata la administración, dirección y orientación pedagógica del respectivo establecimiento educativo donde fuere pertinente. Esto sin perjuicio de aquellas instrucciones que deba impartir o ejecutar directamente el DEPARTAMENTO – SECRETARIA DE EDUCACIÓN, en su condición de empleador. En estos eventos las relaciones laborales de los respectivos docentes y personal administrativo del DEPARTAMENTO, así como su régimen disciplinario, se someterán a las disposiciones legales aplicables a éste y serán ejercidas por las autoridades territoriales competentes, razón por la que toda novedad respecto de ellos debe informarlas mediante comunicación escrita AL DEPARTAMENTO.
OBLIGACIONES DEL DEPARTAMENTO a. Desembolsar los recursos pactados para la ejecución del proyecto a la ESE a la cuenta que será establecida en el convenio una vez legalizado y se hayan cumplido los requisitos necesarios para el desembolso. b. Xxxxxxx a la ESE la colaboración que resulte necesaria para el desarrollo del convenio. c. Ejecutar la liquidación del convenio de acuerdo a lo establecido en este y en término previstos por la ley. d. Brindar la colaboración necesaria para el cumplimiento del objeto del convenio poniendo a su disposición, bajo su autonomía toda su infraestructura física, administrativa, técnica y logística que se requiera para el desarrollo de todas las actividades necesarias. e. Ejercer la supervisión técnica para la adecuada ejecución de las actividades relacionadas en el presupuesto y en los diseños que hacen parte del objeto. 3.5.2. OBLIGACIONES DEL MUNICIPIO XX XXXX:
OBLIGACIONES DEL DEPARTAMENTO. Quién ejercerá la Interventoría del contrato y quién la nombra.