Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, serán los señalados, en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria.
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Samples: Pliego De Cláusulas Jurídicas Que Ha De Regir El Expediente De Contratación Del Servicio De Una Formación a Través De Una Plataforma E Learning Para La Capacitación De Las Empresas, Pliego De Cláusulas Jurídicas Que Ha De Regir en El Contrato De Servicio De Agencia De Viajes, Pliego De Cláusulas Jurídicas Que Ha De Regir El Expediente De Contratación Del Servicio De Auditoría De Las Cuentas Anuales De 2019, 2020 Y 2021 De La Sociedad De Promoción Exterior Principado De Asturias
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliegoaplicación. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad que serán aplicables a los servicios prestados durante la ejecución del contrato, serán los señalados, en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre Asimismo, de conformidad con lo establecido en el personal artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria dicten en todo el ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Suministro De: Alimentos Y Productos, mnhlicitaciones.com, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir en El Contrato De Suministro De Material Diverso De Electricidad
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista estará obligado a disponer en todo momento de los medios humanos y materiales para la realización del mismo con sujeción al presente pliego de condiciones y su oferta. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. Esta obligación se considera de carácter esencial. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, serán los señalados, en el Anexo V al presente pliegoaplicación. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedadel Ayuntamiento de Ciudad Real, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Ciudad Real, y ello con independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo.
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Samples: Carta De Pago, www.ciudadreal.es, www.ciudadreal.es
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato basado las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliegoaplicación. La relación del organismo u organismos donde los licitadores las empresas parte del acuerdo marco podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad que serán aplicables a los servicios prestados durante la ejecución del contrato, serán los señalados, en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre Asimismo, de conformidad con lo establecido en el personal artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato basado está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se destine dicten en el ámbito municipal. El Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, será de aplicación plena, sin perjuicio de las disposiciones específicas previstas en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y las obras de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariaconstrucción.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Acuerdo Marco De Las Obras De, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Acuerdo Marco De Las Obras De, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Acuerdo Marco De Las Obras De
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado Las empresas parte del acuerdo marco están obligados al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contratomismo. La empresa contratista está obligada Las empresas parte del acuerdo marco están obligadas a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato acuerdo marco las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliegoaplicación. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad que serán aplicables a los servicios prestados durante la ejecución del contrato, serán los señalados, en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre Asimismo, de conformidad con lo establecido en el personal artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, las empresas parte del acuerdo marco están obligadas a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se destine dicten en el ámbito municipal. El Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, será de aplicación plena, sin perjuicio de las disposiciones específicas previstas en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y las obras de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariaconstrucción.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Acuerdo Marco De Las Obras De, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Acuerdo Marco De Las Obras De, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Acuerdo Marco De Las Obras De
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliegoaplicación. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad que serán aplicables a los servicios prestados durante la ejecución del contrato, serán los señalados, en el Anexo V VI al presente pliego. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma así como en aquellas normas que se dicten en el ámbito municipal. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedadel Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, y ello con independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo. En ningún caso la entidad contratante podrá instrumentar la contratación de personal a través del contrato de servicios. A la extinción de los contratos de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como el personal del ente, organismo o entidad del sector público contratante. A tal fin, los empleados o responsables de la Administración deben abstenerse de realizar actos que impliquen el ejercicio de facultades que, como parte de la relación jurídico laboral, le corresponden a la empresa contratista.
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Samples: Contrato Admnistrativo Para El Servicio De Transporte Escolar, Contrato Administrativo Para La Prestación Del Servicio De Licenciamiento Y Soporte Del Programa, Contrato Del Servicio De Mantenimiento De Pistas De Padel, Tenis Y Campos De Fútbol
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista adjudicatario está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista adjudicataria está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliegoaplicación. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad que serán aplicables a los servicios prestados durante la ejecución del contrato, serán los señalados, en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre Asimismo, de conformidad con lo establecido en el personal que se destine artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la ejecución información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato y está obligado a suministrar a la SociedadEMSFCM, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de S.A., previo requerimiento, toda la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al información necesaria para el cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al casolas obligaciones previstas en la citada norma, así como en especial en materia aquellas normas que le sean de contrataciónaplicación a la EMSFCM, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria.S.A.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratacion Del Servicio De Electrónica De Red, Red Privada De Datos Para Conexión Entre Sedes, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratacion Del Servicio E Instalacion De Pantallas Digitales, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratacion Del Suministro De Tickets Restaurante
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado Los contratistas están obligados al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato basado las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliegoaplicación. La relación del organismo u organismos donde los licitadores las empresas parte del acuerdo marco podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad que serán aplicables a los servicios prestados durante la ejecución del contrato, serán los señalados, en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre Asimismo, de conformidad con lo establecido en el personal artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato basado está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria dicten en todo el ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Acuerdo Marco De Servicios De, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Acuerdo Marco De Servicios De
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a cumplir durante todo la información y buen gobierno, el periodo de ejecución adjudicatario del contrato las normas y condiciones fijadas en está obligado a suministrar a EMT, previo requerimiento, toda la información necesaria para el convenio colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral cumplimiento de las personas con discapacidad, serán los señalados, obligaciones previstas en el Anexo V al presente pliegola citada norma. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la SociedadEMT, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con EMT, y ello con independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo.
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Samples: www.emtmadrid.es, www.emtmadrid.es
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado Las empresas parte del acuerdo marco están obligados al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contratomismo. La empresa contratista está obligada Las empresas parte del acuerdo marco están obligadas a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato acuerdo marco las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliegoaplicación. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad que serán aplicables a los servicios prestados durante la ejecución del contrato, serán los señalados, en el Anexo V al presente pliego. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, las empresas parte del acuerdo marco están obligadas a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se dicten en el ámbito municipal. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato de los contratos basados y la Sociedadel Ayuntamiento de Madrid, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo24. En ningún caso la entidad contratante podrá instrumentar la contratación de personal a través de un acuerdo marco de servicios, y en su caso, a través de los contratos basados. A la extinción de los contratos basados de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como el personal del ente, organismo o entidad del sector público contratante. A tal fin, los empleados o responsables de la Administración deben abstenerse de realizar actos que impliquen el ejercicio de facultades que, como parte de la relación jurídico laboral, le corresponden a la empresa contratista.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Acuerdo Marco De Servicios De, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Acuerdo Marco De Servicios De
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El 17.1.El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La 00.0.Xx empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado aplicación. 17.3.Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre artículo 4 de la fiscalidadLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la protección información y buen gobierno, el adjudicatario del medio ambientecontrato está obligado a suministrar a la Administración, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleoprevio requerimiento, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas con discapacidadobligaciones previstas en la citada norma, serán los señalados, así como en aquellas normas que se dicten en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. Cód. Validación: 9EFFFTXEY4ESFW5SD7KE5CPCM | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 24 La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre artículo 4 de la fiscalidadLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la protección información y buen gobierno, el adjudicatario del medio ambientecontrato está obligado a suministrar a la Administración, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleoprevio requerimiento, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas con discapacidadobligaciones previstas en la citada norma, serán los señalados, así como en aquellas normas que se dicten en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Samples: Contrato De Obras Por Procedimiento Abierto Simplificado
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista adjudicataria está obligada a cumplir durante todo aplicar a la plantilla que ejecutará el periodo contrato, las condiciones de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en trabajo establecidas por el último convenio colectivo sectorial y territorial vigente, sin perjuicio de aplicación que es el indicado mejoras sobre lo dispuesto en el apartado 5 del Anexo I al presente pliegomismo. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la fiscalidadLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la protección información y buen gobierno, el adjudicatario del medio ambientecontrato está obligado a suministrar a la Administración, y a previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las disposiciones vigentes obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se dicten en el ámbito municipal. El contratista deberá respetar la normativa vigente en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, serán los señalados, en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariadatos.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para Contrato De Servicio De Actividades
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliegoaplicación. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad que serán aplicables a los servicios prestados durante la ejecución del contrato, serán los señalados, en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre Asimismo, de conformidad con lo establecido en el personal artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, en relación con lo dispuesto en artículo 4 de la Ley 10/2019, de transparencia y de participación ciudadana de la Comunidad de Madrid y 3.2 de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento y en un plazo de 10 días, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización dicten en desarrollo de la empresa adjudicataria misma o en todo el ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Suministro De
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El personal adscrito al contrato dependerá exclusivamente del contratista y no tendrá ninguna relación laboral con el Ayuntamiento, bajo ningún concepto, dependiendo exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre artículo 4 de la fiscalidadLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la protección información y buen gobierno, el adjudicatario del medio ambientecontrato está obligado a suministrar a la Administración, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleoprevio requerimiento, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas con discapacidadobligaciones previstas en fa citada norma, serán los señalados, así como en aquellas normas que se dicten en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. CONTRATO Número: 2021-0011 Fecha: 21/05/2021 El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre artículo 4 de la fiscalidadLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la protección información y buen gobierno, el adjudicatario del medio ambientecontrato está obligado a suministrar a la Administración, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleoprevio requerimiento, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas con discapacidadobligaciones previstas en la citada norma, serán los señalados, así como en aquellas normas que se dicten en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Samples: contrataciondelestado.es
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista adjudicatario está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo sectorial de aplicación aplicación. En todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores, conforme al Convenio Colectivo Sectorial que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliegole sea de aplicación. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad que serán aplicables a los servicios prestados durante la ejecución del contrato, serán los señalados, en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre Asimismo, de conformidad con lo establecido en el personal artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la EMSFCM S.A., previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se destine dicten en el ámbito municipal, que le sean de aplicación a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria.EMSFCM S.A.
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Samples: Modelo De Compromiso
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. Documento Firmado Electrónicamente - CSV:729F16AD-D77E-49C6-8034-5224E11560D6-102589 El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, ; de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, ; de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre artículo 4 de la fiscalidadLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la protección información y buen gobierno, el adjudicatario del medio ambientecontrato está obligado a suministrar a la Administración, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleoprevio requerimiento, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas con discapacidadobligaciones previstas en la citada norma, serán los señalados, así como en aquellas normas que se dicten en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Samples: ayuntamientoelalamo.org
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. Documento Firmado Electrónicamente - CSV:45F05C44-D4BB-4487-A765-46C822612443-36920 El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión incursión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva defectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/199531/19954, de 8 de noviembre, sobre de Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien, en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre artículo 4 de la fiscalidadLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la protección información y buen gobierno, el adjudicatario del medio ambientecontrato está obligado a suministrar a la Administración, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleoprevio requerimiento, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas con discapacidadobligaciones previstas en la citada norma, serán los señalados, así como en aquellas normas que se dicten en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembrenoviem- bre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad dis- capacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva efecti- va de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre de Prevención de Riesgos LaboralesLabora- les, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo sectorial que sea de aplicación que es el indicado aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre artículo 4 de la fiscalidadLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la protección información y buen gobierno, el adjudicatario del medio ambientecontrato está obligado a suministrar a la Administración, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleoprevio requerimiento, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral toda la información necesaria para el cumpli- miento de las personas con discapacidad, serán los señalados, obligaciones previstas en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariacitada norma.
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Samples: www.camaramurcia.es
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a cumplir durante todo la información y buen gobierno, el periodo de ejecución adjudicatario del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, está obligado a suministrar a la protección del medio ambienteAdministración, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleoprevio requerimiento, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas con discapacidad, serán los señalados, obligaciones previstas en el Anexo V al presente pliegola citada norma. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedadel Ayuntamiento de Madrid, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo. A la extinción del este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del ente, organismo o entidad del sector público contratante.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, y sobre las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, aplicables a los servicios prestados durante la ejecución del contrato, serán los señalados, en el Anexo VI al presente pliego. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma así como en aquellas normas que se dicten en el ámbito municipal. (…) (…) DEBER DE INFORMACIÓN (...) (...) Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, serán los señalados, en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria.vigentes (...)"
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado convenio colectivo provincial de limpieza de edificios y locales xx Xxxxxxxxxx para los años 2018 a 2021 (Código 47000275011982) (Boletín Oficial xx Xxxxxxxxxx núm. 220 de 15/11/2018) La subrogación de personal se realizará de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 artículo 30 del Anexo I al presente pliegocitado Convenio Colectivo. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, El personal a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, serán los señalados, subrogar viene establecido en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y Pliego de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariaPrescripciones Técnicas.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. La Alcaldesa del Ayuntamiento xx Xxxxxxx FIRMADO POR FIRMADO POR El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre artículo 4 de la fiscalidadLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la protección información y buen gobierno, el adjudicatario del medio ambientecontrato está obligado a suministrar a la Administración, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleoprevio requerimiento, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas con discapacidadobligaciones previstas en la citada norma, serán los señalados, así como en aquellas normas que se dicten en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Contrato Servicios Asistente Virtual Next Generation Ue Sefycu
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista adjudicatario está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista adjudicataria está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliegoaplicación. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad que serán aplicables a los servicios prestados durante la ejecución del contrato, serán los señalados, en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre Asimismo, de conformidad con lo establecido en el personal que se destine artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la ejecución información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato y está obligado a suministrar a la SociedadSFM, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de S.A., previo requerimiento, toda la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al información necesaria para el cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al casolas obligaciones previstas en la citada norma, así como en especial en materia aquellas normas que le sean de contrataciónaplicación a la SFM, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria.S.A.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. Cód. Validación: AJAXSG5KJG5YMEHH9J5DRGK45 | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 26 El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre artículo 4 de la fiscalidadLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la protección información y buen gobierno, el adjudicatario del medio ambientecontrato está obligado a suministrar a la Administración, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleoprevio requerimiento, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas con discapacidadobligaciones previstas en la citada norma, serán los señalados, así como en aquellas normas que se dicten en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. Los trabajadores que realicen las tareas y servicios que comprende la presente contratación dependerán, laboral y orgánicamente, de la empresa adjudicataria, que asume el cumplimiento de las obligaciones laborales, fiscales, de Seguridad Social y en materia de prevención de riesgos laborales que establecen las disposiciones vigentes, asumiendo los costes derivados de la relación de dependencia de dicho personal, que en ningún caso se considerará personal municipal. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del Anexo I al presente pliegocontrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se dicten en el ámbito municipal. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, serán los señalados, en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato será a riesgo y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariaxxxxxxx del contratista.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre de Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. Cód. Validación: 3KP9MW53EGHYSCCFNE7ARAE9A | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 16 La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre artículo 4 de la fiscalidadLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la protección información y buen gobierno, el adjudicatario del medio ambientecontrato está obligado a suministrar a la Administración, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleoprevio requerimiento, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas con discapacidadobligaciones previstas en la citada norma, serán los señalados, así como en aquellas normas que se dicten en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliegoaplicación. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad que serán aplicables a los servicios prestados durante la ejecución del contrato, serán los señalados, en el Anexo V relativo al presente pliegodeber de información previsto en el artículo 129 de la LCSP. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la entidad contratante, previo requerimiento y en un plazo de 10 días, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se dicten en desarrollo de la misma. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedadente, organismo o entidad del sector público contratante, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial especial, en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria. Siendo así, dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con la ente, organismo o entidad del sector público contratante, y ello con independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y/o contractualmente correspondan a la misma. A la extinción de los contratos de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como el personal del ente, organismo o entidad del sector público contratante. A tal fin, los empleados o responsables del ente, organismo o entidad del sector público contratante deben abstenerse de realizar actos que impliquen el ejercicio de facultades que, como parte de la relación jurídico laboral, le corresponden a la empresa contratista.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad que serán aplicables a los servicios prestados durante la ejecución del contrato, serán los señalados, en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre Asimismo, de conformidad con lo establecido en el personal artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar al poder adjudicador, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria dicten en todo el ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo sectorial de aplicación que es el indicado aplicación. La subrogación de personal se realizará de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 artículo 30 del Anexo I al presente pliegocitado Convenio Colectivo. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre El personal a subrogar viene establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la fiscalidadLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la protección información y buen gobierno, el adjudicatario del medio ambientecontrato está obligado a suministrar a la Administración, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleoprevio requerimiento, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas con discapacidadobligaciones previstas en la citada norma, serán los señalados, así como en aquellas normas que se dicten en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El personal adscrito al contrato dependerá exclusivamente del contratista y no tendrá ninguna relación laboral con el Ayuntamiento, bajo ningún concepto, dependiendo exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre artículo 4 de la fiscalidadLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la protección información y buen gobierno, el adjudicatario del medio ambientecontrato está obligado a suministrar a la Administración, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleoprevio requerimiento, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas con discapacidadobligaciones previstas en la citada norma, serán los señalados, así como en aquellas normas que se dicten en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista adjudicatario está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista El adjudicatario está obligada obligado a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre artículo 4 de la fiscalidadLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la protección información y buen xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxxxxxxx/x0-0000 xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxxxxxxx/x0-0000 gobierno, el adjudicatario del medio ambientecontrato está obligado a suministrar a la Administración, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleoprevio requerimiento, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas con discapacidadobligaciones previstas en la citada norma, serán los señalados, así como en aquellas normas que se dicten en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas garantizar la seguridad y condiciones fijadas la protección de la salud en el convenio colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones lugar de trabajo y prevención el cumplimiento de riesgos laborales e inserción sociolaboral los convenios colectivos sectoriales y territoriales aplicables, recogiendo las correspondientes penalidades por incumplimiento. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas con discapacidadobligaciones previstas en la citada norma, serán los señalados, así como en aquellas normas que se dicten en el Anexo V al presente pliegoámbito municipal. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine Se establece como mínimo obligatorios a adscribir a tiempo completo a la ejecución del contrato obra, de conformidad con lo señalado en la cláusula11 xxx xxxxxx técnico: Un Ingeniero o Ingeniero Técnico con experiencia probada en este tipo de obras. Un encargado de obra con conocimientos y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria experiencia acreditada. Un Técnico en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariaxx xxxxxx laborales.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. Documento Firmado Electrónicamente - CSV:60CD8403-F9DA-46A8-9FCA-5012538C5BC7-71309 El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión incursión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva defectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/199531/19954, de 8 de noviembre, sobre de Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien, en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre artículo 4 de la fiscalidadLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la protección información y buen gobierno, el adjudicatario del medio ambientecontrato está obligado a suministrar a la Administración, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleoprevio requerimiento, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas con discapacidadobligaciones previstas en la citada norma, serán los señalados, así como en aquellas normas que se dicten en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, serán los señalados, en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta PLIEGO DE CLAUSULAS JURÍDICAS – PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria.
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Samples: Pliego De Clausulas Jurídicas – Procedimiento Abierto
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado aplicación. Teniendo presente lo dispuesto al respecto en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre artículo 130 de la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, serán los señaladosLCSP, en el Anexo V al II del presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre Xxxxxx se facilita la información relacionada con el personal que viene prestando el presente servicio para que se destine proceda a la ejecución subrogación del mismo por la empresa adjudicataria. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato y está obligado a suministrar a la SociedadAdministración, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de previo requerimiento, toda la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al información necesaria para el cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al casolas obligaciones previstas en la citada norma, así como en especial aquellas normas que se dicten en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariael ámbito municipal.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. Cód. Validación: 7G9MEZAFF6Q625CWLTKYQ7AZ7 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 27 La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre artículo 4 de la fiscalidadLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la protección información y buen gobierno, el adjudicatario del medio ambientecontrato está obligado a suministrar a la Administración, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleoprevio requerimiento, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas con discapacidadobligaciones previstas en la citada norma, serán los señalados, así como en aquellas normas que se dicten en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista concesionario está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, serán los señalados, en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la SociedadSPGP, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria. La empresa adjudicataria deberá garantizar a las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato y durante toda su vigencia, la aplicación y mantenimiento estricto de las condiciones laborales que establezca el convenio colectivo de aplicación. El contratista deberá pagar a sus trabajadores el salario correspondiente, cuyo importe y modalidades será el establecido en el convenio colectivo de aplicación, así como mantener dichas condiciones mientras dure la ejecución del contrato y sus eventuales prórrogas. El mismo compromiso se exigirá a las empresas subcontratistas (con las limitaciones del art. 296 LCSP), siendo responsabilidad del contratista principal asegurar su cumplimiento frente a la entidad contratante. El incumplimiento de los compromisos de mantenimiento de las condiciones laborales será causa de resolución de los contratos. Si quien incumpliera el compromiso fuera un subcontratista, el adjudicatario, a requerimiento del órgano de contratación, resolverá el subcontrato, sin indemnización alguna para el adjudicatario. El contratista responderá de los salarios impagados a los trabajadores afectados por la subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad Social devengadas, aunque se resuelva el contrato y los trabajadores sean subrogados a un nuevo contratista que no asumirá estas obligaciones en ningún caso. El contratista deberá suministrar a la SPGP, previo requerimiento y en un plazo de quince días, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquella de las obligaciones de transparencia establecidas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley del Principado xx Xxxxxxxx 8/2018, de 14 de septiembre, de transparencia, buen gobierno y grupos de interés. Una vez transcurrido el plazo conferido en el requerimiento sin que el mismo hubiera sido atendido, la SPGP podrá acordar, previo apercibimiento y audiencia al interesado, la imposición de multas coercitivas por importe de 1.000 euros, reiteradas por periodos de quince días hasta el cumplimiento, y hasta alcanzar la cantidad correspondiente al importe de la garantía definitiva.
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Samples: Pliego De Condiciones Juridicas Que Ha De Regir El Contrato De Concesión De Servicios
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre artículo 4 de la fiscalidadLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la protección información y buen gobierno, el adjudicatario del medio ambientecontrato está obligado a suministrar a la Administración, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleoprevio requerimiento, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas obligaciones previstas en la citada norma, Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 61357 P4IQ7-56LFE-XARCE 292F372CCD8C43DF6090592653134211E6FBEC61) generada con discapacidad, serán la aplicación informática Firmadoc. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los señalados, documentos firmados en la dirección web: xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx/ así como en aquellas normas que se dicten en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre artículo 4 de la fiscalidadLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la protección información y buen gobierno, el adjudicatario del medio ambienteFirmado Por Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxx Firmado 19/10/2021 08:19:47 Observaciones Página 32/56 Código Seguro De Verificación: jIdeVycQhzLAXmqpikxLyw== Estado Fecha y hora Firmado Por Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Firmado 19/10/2021 14:30:15 Observaciones Página 32/56 contrato está obligado a suministrar a la Administración, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleoprevio requerimiento, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas con discapacidadobligaciones previstas en la citada norma, serán los señalados, así como en aquellas normas que se dicten en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliegoaplicación. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener Sera de su exclusiva responsabilidad todo lo referente a accidentes de trabajo. Asimismo, tiene obligación de facilitar cuanta información se requiera sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato se apliquen a trabajadores y prevención trabajadoras. Asimismo, de riesgos laborales e inserción sociolaboral conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas con discapacidadobligaciones previstas en la citada norma, serán los señalados, así como en aquellas normas que se dicten en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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Obligaciones laborales, sociales y de transparencia. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. Cód. Validación: 3C325D9CXL3PQXXKNS6LEMA2P | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 22 La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación que es el indicado aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre artículo 4 de la fiscalidadLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la protección información y buen gobierno, el adjudicatario del medio ambientecontrato está obligado a suministrar a la Administración, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleoprevio requerimiento, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral toda la información necesaria para el cumplimiento de las personas con discapacidadobligaciones previstas en la citada norma, serán los señalados, así como en aquellas normas que se dicten en el Anexo V al presente pliego. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Sociedad, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributariamunicipal.
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