Common use of PLURALIDAD DE SEGUROS Clause in Contracts

PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes protegidos por este contrato se encuentren amparados por otros seguros, el Asegurado deberá notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador realizara un pago indebido, podrá éste recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado en relación con el monto total asegurado.

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PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes protegidos por este contrato se encuentren amparados por otros seguros, el Asegurado deberá notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradoresAseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador Asegurador realizara un pago indebido, podrá éste recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores Aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado en relación con el monto total asegurado.

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PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes protegidos por este contrato se encuentren amparados por otros seguros, el Asegurado asegurado deberá notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador realizara un pago indebido, podrá éste recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado asegurado de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado en relación con el monto total asegurado.

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PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes protegidos por este contrato se encuentren amparados por otros seguros, el Asegurado y/o Tomador deberá notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradoresAseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador Asegurador realizara un pago indebido, podrá éste este recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado y/o Tomador de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores Aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado Asegurado en relación con el monto total aseguradoAsegurado.

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PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes protegidos por este contrato se encuentren amparados por otros seguros, el Asegurado asegurado deberá notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador realizara un pago indebido, podrá éste este recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado asegurado de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado en relación con el monto total asegurado.

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PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes protegidos el objeto protegido por este contrato se encuentren amparados encuentre amparado por otros seguros, el Asegurado asegurado deberá notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador realizara un pago indebido, podrá éste recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado asegurado de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado en relación con el monto total asegurado.

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PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes protegidos por este contrato se encuentren amparados por otros seguros, el Asegurado deberá notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradoresAseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador Asegurador realizara un pago indebido, podrá éste este recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores Aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado en relación con el monto total asegurado.

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PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes protegidos por este contrato se encuentren amparados por otros seguros, el Asegurado Beneficiario deberá notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradoresAseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador Asegurador realizara un pago indebido, podrá éste recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores Aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado en relación con el monto total asegurado.

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PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes protegidos por este contrato se encuentren amparados por otros seguros, el Asegurado deberá notificar dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradoresAseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador Asegurador realizara un pago indebido, podrá éste recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores Aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado en relación con el monto total asegurado.

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PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes protegidos la obligación protegida por este contrato se encuentren amparados encuentre amparada por otros seguros, el Beneficiario, el Tomador o el Asegurado deberá notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador realizara un pago indebido, podrá éste recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado Beneficiario de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado en relación con el monto total asegurado.

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Samples: www.sugese.fi.cr, www.sugese.fi.cr

PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes protegidos por este contrato se encuentren amparados por otros seguros, el Asegurado deberá notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro algún asegurador realizara un pago indebido, podrá éste recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado en relación con el monto total asegurado.

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Samples: www.sugese.fi.cr, www.sugese.fi.cr

PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes protegidos por este contrato se encuentren amparados por otros seguros, el Asegurado deberá notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradoresAseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador Asegurador realizara un pago indebido, podrá éste recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores Aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado Asegurado en relación con el monto total aseguradoAsegurado.

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Samples: Acuerdo De Aseguramiento, www.sugese.fi.cr

PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes protegidos por este contrato se encuentren amparados por otros seguros, el Asegurado deberá notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradoresAseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador Asegurador realizara un pago indebido, podrá éste recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores Aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado en relación con el monto total aseguradoAsegurado.

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Samples: Acuerdo De Aseguramiento

PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes riesgos protegidos por este contrato se encuentren amparados por otros seguros, el Asegurado y/o Tomador deberá notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradoresAseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador Asegurador realizara un pago indebido, podrá éste recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado y/o Tomador de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores involucrados Aseguradores involucrad os en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado en relación con el monto total asegurado.

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PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes protegidos por este contrato se encuentren amparados por otros seguros, el Asegurado deberá notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradoresAseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador Asegurador realizara un pago indebido, podrá éste este recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado Asegurado en relación con el monto total aseguradoAsegurado.

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Samples: Acuerdo De Aseguramiento

PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes protegidos el riesgo nombrado por este contrato se encuentren amparados encuentre amparado por otros seguros, el Asegurado asegurado y/o tomador deberá notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador realizara un pago indebido, podrá éste este recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado asegurado de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado en relación con el monto total asegurado.

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Samples: www.grupoins.com

PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes protegidos por este contrato se encuentren amparados por otros seguros, el Asegurado y/o Tomador deberá notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradoresAseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador el Instituto realizara un pago indebido, podrá éste recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado en relación con el monto total asegurado.en

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PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes riesgos protegidos por este contrato se encuentren amparados por otros seguros, el Asegurado y/o Tomador deberá notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradoresAseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador Asegurador realizara un pago indebido, podrá éste recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado y/o Tomador de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores Aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado en relación con el monto total asegurado.

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Samples: sevins.ins-cr.com

PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes protegidos por este contrato se encuentren amparados por otros seguros, el Asegurado deberá notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradoresAseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador Asegurador realizara un pago indebido, podrá éste este recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores Aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado Asegurado en relación con el monto total aseguradoAsegurado.

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Samples: Acuerdo De Aseguramiento

PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes protegidos por este contrato se encuentren amparados por otros seguros, el Asegurado deberá notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradoresAseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador Asegurador realizara un pago indebido, podrá éste este recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores Aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado Asegurado en relación con el monto total asegurado.

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Samples: www.grupoins.com

PLURALIDAD DE SEGUROS. En caso de que los bienes protegidos la obligación protegida por este contrato se encuentren amparados encuentre amparada por otros seguros, seguros el Tomador y el Asegurado deberá deberán notificar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la suscripción de este contrato a los aseguradores, sobre este nuevo contrato. Si por incumplimiento de esta obligación, otro asegurador realizara un pago indebido, podrá éste recuperar lo pagado en exceso, con el debido reconocimiento por parte del Asegurado de los intereses correspondientes. En caso de que no se haya estipulado en el contrato otra forma de indemnización, se entenderá que los aseguradores involucrados en el conflicto por pluralidad de seguros, responderán en forma proporcional a cada monto asegurado en relación con el monto total asegurado.

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Samples: www.sugese.fi.cr