Common use of Recepción Clause in Contracts

Recepción. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si el suministro no se adecua a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto de que el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a la recepción del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará y, en su caso, se abonará a la contratista, siempre y cuando la factura no haya sido presentada con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, el plazo de treinta (30) días comenzará a contar desde la fecha de presentación de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contrato. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

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Recepción. Transcurrido En el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta pliego de la obligación de pago o teniendo derechoprescripciones técnicas se indicará, en su caso, el lugar de entrega del objeto del contrato. La constatación de la correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante certificación expedida por el responsable del contrato. El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a la recuperación del precio satisfecho. En todo las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, si el suministro la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, el órgano como consecuencia de contratación vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto La recepción del objeto de que el responsable contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 222 y 307 del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a TRLCSP. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el apartado 12 del cuadro resumen, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestada, siempre y cuando si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la factura no haya sido presentada garantía, de conformidad con posterioridad a la fecha lo establecido en que tuvo lugar la recepciónel artículo 102 del TRLCSP. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a contar desde reclamar al contratista la fecha subsanación de presentación los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la factura prestación efectuada, sin perjuicio de lo establecido en el registro indicado los artículos 310, 311 y 312 sobre subsanación de errores y responsabilidad en los contratos que tengan por objeto la cláusula 19.6.2 elaboración de cláusulas específicas del contratoproyectos de obras. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la El contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora conocer y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la ser oído sobre las observaciones que se establecen medidas formulen en relación con el cumplimiento de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesprestación contratada.

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Recepción. Transcurrido La recepción del objeto de contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 222 y 307 del TRLCSP. En el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta Pliego de la obligación de pago o teniendo derechoPrescripciones Técnicas Particulares se indicará, en su caso, el lugar de entrega del objeto del contrato. El órgano de contratación, a través del responsable del contrato, determinará si la recuperación del precio satisfecho. En todo prestación realizada por la persona contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, si el suministro la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables a la Administraciónpersona contratista, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto La constatación de que la correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante acta de recepción expedida por el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a contrato. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el anexo 1-A, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestada, siempre y cuando si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la factura no haya sido presentada garantía, de conformidad con posterioridad a la fecha lo establecido en que tuvo lugar la recepciónel artículo 102 del TRLCSP. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a contar desde reclamar a la fecha persona contratista la subsanación de presentación los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, la persona contratista quedará exenta de responsabilidad por razón de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contratoprestación efectuada. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la La persona contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora conocer y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la ser oída sobre las observaciones que se establecen medidas formulen en relación con el cumplimiento de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesprestación contratada.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion Del Servicio De Mantenimiento De Desarrollos Y Aplicaciones Informaticas Y Crecacion De Nuevas Aplicaciones De Gestion, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion Del Servicio De Cementerios Municipales, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La

Recepción. Transcurrido En el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizadaAnexo I se indicará el lugar de entrega o prestación del objeto del contrato. La recepción se efectuará conforme a lo previsto en el art. 222 y 307 del TRLCSP, exigiéndose por parte de la Administración rechazará un acto formal y positivo de recepción o conformidad, dentro del mes siguiente a la recepción quedando exenta entrega o realización del objeto del contrato, salvo que en el anexo I se indique un plazo distinto. El órgano de contratación, a través del responsable del contrato, determinará si la obligación de pago o teniendo derechoprestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, a la recuperación del precio satisfechorealización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. En todo caso, si el suministro Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, el órgano como consecuencia de contratación vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En Cuando el supuesto contrato consista en la redacción de que proyectos de obra, se estará a lo dispuesto en el responsable art. 310 del contrato haya concluido TRLCSP, en lo que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá refiere a subsanación de errores y a los artículos 311 y 312 del TRLCSP en cuanto a indemnizaciones y responsabilidades. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el Anexo I, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestado, siempre y cuando si no resultaran responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la factura no haya sido presentada garantía, de conformidad con posterioridad a la fecha lo establecido en que tuvo lugar la recepciónel art. 102 del TRLCSP. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará a contar desde garantía se acreditase la fecha existencia de presentación vicios o defectos en los trabajos efectuados, el órgano de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contrato. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista contratación tendrá derecho a percibir reclamar al contratista la subsanación de los intereses mismos. Transcurrido el plazo de demora y garantía, sin que la indemnización Administración haya formalizado algunos de los reparos o la denuncia a que se refiere los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por los costes razón de cobro la prestación efectuada, sin perjuicio de lo establecido en los términos previstos artículos 310, 311 y 312 del TRLCSP sobre subsanación de errores y responsabilidades en los contratos que tengan por objeto la Ley 3/2004, elaboración de 29 proyectos de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesobras.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Regira La Contratacion Del Servicio De Imparticion De Escuelas Deportivas Del Pdm, Mediante Procedimiento Abierto Y Tramite Urgente, www.pdmbenalmadena.es, www.pdmbenalmadena.es

Recepción. Transcurrido El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el plazo concedido contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para la subsanación sin haber sido debidamente realizadasu ejecución y cumplimiento, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derechorequiriendo, en su caso, a la recuperación del precio satisfechorealización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. En todo caso, si el suministro Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, el órgano como consecuencia de contratación vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En La recepción del objeto de contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 222 y 307 de la LCSP. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del trabajo y cumplido el supuesto plazo de que garantía exigido en el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas presente pliego u ofertado por el contratista, se procederá a la recepción devolución de la garantía prestada, si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la garantía, de conformidad con lo establecido en el artículo 100 del contratoTRLCSP. Cuando Si durante el plazo de garantía se acreditase la naturaleza existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada. Los adjudicatarios no podrán ceder los derechos dimanantes de un contrato de obras sin obtener previamente la autorización del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente órgano competente de la Corporación, con los requisitos y condiciones establecidos en las cláusulas específicas el artículo 226 del contrato TRLCSP. El cesionario deberá constituir la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, garantía dentro del plazo máximo de treinta (30) 15 días naturales a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, autorización expresa por el órgano de contratación resolverá acordar de la liquidación correspondiente, se notificará y, en su caso, se abonará cesión. La no constitución de la garantía dentro de dicho plazo dará lugar a la contratista, siempre y cuando la factura no haya sido presentada con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, el plazo de treinta (30) días comenzará a contar desde la fecha de presentación de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas resolución del contrato. Si se produjera demora Los adjudicatarios no podrán concertar con terceros la realización parcial de las obras sin obtener previamente la autorización del órgano competente de la Corporación, con los requisitos y condiciones establecidos en los artículos 227 y 228 del TRLCSP. En todo caso las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con terceros no podrán exceder del 60% del importe de adjudicación. El contratista está obligado a abonar el precio pactado a los subcontratistas o suministradores, dentro de los plazos y con arreglo a las condiciones establecidas en el pago art. 228 del saldo de liquidación, la contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesTRLCSP.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Regirá La Adjudicacion Mediante Concurso Por El Procedimiento Abierto Y Tramitación Ordinaria Del Contrato, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Regirá La Adjudicacion Mediante Concurso Por El Procedimiento Abierto Y Tramitacion Ordinaria Del Contrato, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Regirá La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto Y Tramitación Ordinaria Del Contrato De Actividades Deportivas en El Centro De Ocio Playa Dorada Del Patronato

Recepción. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si el suministro no se adecua a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar hasta que tenga lugar la recepción, quedando exento la contratista responderá del correcto cumplimiento de las condiciones pactadas, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la obligación circunstancia de pago que el responsable del contrato haya emitido informe comprobación favorable o teniendo derecho, en su caso, haya prestado conformidad a la recuperación del precio satisfechocertificaciones de servicios parciales. En el supuesto de que el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a la recepción del contrato. Al acto de recepción acudirá el responsable del contrato y la que represente a la contratista y, en el caso de que el expediente esté sujeto a verificación física, un representante de la Oficina de Control Económico. La convocatoria al acto, que deberá efectuar el responsable del contrato, se remitirá con cinco (5) días hábiles de antelación. Del acto de recepción se levantará el acta correspondiente, por duplicado, que deberán firmar todos los asistentes. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 309.1 LCSP, dentro del plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará y, en su caso, se abonará a la contratista, siempre y cuando la factura no haya sido presentada con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, el plazo de treinta (30) días comenzará a contar desde la fecha de presentación de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contrato. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

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Recepción. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la La recepción quedando exenta se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 210 y 311 de la obligación de pago o teniendo derechoLCSP. La Administración determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, a la recuperación del precio satisfechorealización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. En todo caso, si el suministro Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, el órgano como consecuencia de contratación vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto La constatación de que el responsable la correcta ejecución del objeto del contrato haya concluido se acreditará mediante un acto formal y positivo de recepción o conformidad, que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a documentará en un acta de recepción expedida por la recepción persona responsable del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del El plazo de treinta (30) días garantía del presente contrato será el fijado en el anexo I, y comenzará a contar desde la fecha del acta acto formal y positivo de recepción o conformidad, . Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará y, en su caso, se abonará tendrá derecho a reclamar a la contratista, siempre y cuando persona contratista la factura no haya sido presentada con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepciónsubsanación de los mismos. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, Terminado el plazo de treinta (30) días comenzará garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a contar desde que se refieren los apartados anteriores, la fecha persona contratista quedará exenta de presentación responsabilidad por razón de la factura en prestación efectuada. Los contratos de mera actividad o de medios se extinguirán por el registro indicado en cumplimiento del plazo inicialmente previsto o las prórrogas acordadas, sin perjuicio de la cláusula 19.6.2 prerrogativa de cláusulas específicas la Administración de depurar la responsabilidad del contratocontratista por cualquier eventual incumplimiento detectado con posterioridad. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la La persona contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora conocer y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la ser oída sobre las observaciones que se establecen medidas formulen en relación con el cumplimiento de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesprestación contratada.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir El Contrato De Prevención De Riesgos Laborales en El Consorcio Índice, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir El Contrato De Mensajería Para El Consorcio

Recepción. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si el suministro no se adecua a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar hasta que tenga lugar la recepción, quedando exento la contratista responderá del correcto cumplimiento de las condiciones pactadas, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la obligación circunstancia de pago que el responsable del contrato haya emitido informe comprobación favorable o teniendo derecho, en su caso, haya prestado conformidad a la recuperación del precio satisfechocertificaciones de servicios parciales. En el supuesto de que el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a la recepción del contrato. Al acto de recepción acudirá el responsable del contrato y la persona que represente a la contratista. La convocatoria al acto, que deberá efectuar el responsable del contrato, se remitirá con cinco (5) días hábiles de antelación. Del acto de recepción se levantará el acta correspondiente, por duplicado, que deberán firmar todos los asistentes. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 309.1 LCSP, dentro del plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará y, en su caso, se abonará a la contratista, siempre y cuando la factura no haya sido presentada con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción. Si el la contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, el plazo de treinta (30) días comenzará a contar desde la fecha de presentación de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contrato. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares De Contrato De Servicios

Recepción. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si el suministro no se adecua a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar hasta que tenga lugar la recepción, quedando exento la contratista responderá del correcto cumplimiento de las condiciones pactadas, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la obligación circunstancia de pago que el responsable del contrato haya emitido informe comprobación favorable o teniendo derecho, en su caso, haya prestado conformidad a la recuperación del precio satisfechocertificaciones de servicios parciales. En el supuesto de que el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a la recepción del contrato. Al acto de recepción acudirá el responsable del contrato y la persona que represente a la contratista y, en el caso de que el expediente esté sujeto a verificación física, un representante de la Oficina de Control Económico. La convocatoria al acto, que deberá efectuar el responsable del contrato, se remitirá con cinco (5) días hábiles de antelación. Del acto de recepción se levantará el acta correspondiente, por duplicado, que deberán firmar todos los asistentes. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 309.1 LCSP, dentro del plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará y, en su caso, se abonará a la contratista, siempre y cuando la factura no haya sido presentada con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción. Si el la contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, el plazo de treinta (30) días comenzará a contar desde la fecha de presentación de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contrato. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Recepción. Transcurrido En el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derechoapartado 4 del Anexo I se indicará, en su caso, el lugar de ejecución del objeto del contrato. La constatación de la correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante diligencia expedida por el Responsable del contrato. El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a la recuperación del precio satisfecho. En todo las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, si la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si la prestación del contratista no reuniere las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se dictarán por escrito las instrucciones oportunas para que subsane los defectos observados y cumpla sus obligaciones en el suministro plazo que para ello se fije, no procediendo la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, extendiéndose entonces el certificado correspondiente. El incumplimiento de las instrucciones sin motivo justificado será causa de resolución, con los efectos que legalmente procedan. Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, el órgano de contratación podrá rechazar la recepciónmisma, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto de que el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el anexo I, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestada, siempre y cuando si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la factura no haya sido presentada con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepcióngarantía. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará a contar desde garantía se acreditase la fecha existencia de presentación vicios o defectos en los trabajos efectuados, el órgano de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contrato. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista contratación tendrá derecho a percibir reclamar al contratista la subsanación de los intereses mismos. Terminado el plazo de demora y garantía sin que la indemnización por Administración haya formalizado alguno de los costes de cobro en los términos previstos en reparos o la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la denuncia a que se establecen medidas refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de lucha contra responsabilidad por razón de la morosidad en las operaciones comercialesprestación efectuada.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios Denominado: Servicios, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios Denominado: Servicios

Recepción. Transcurrido La recepción del objeto de contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 222 y 307 del TRLCSP. En el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta Pliego de la obligación de pago o teniendo derechoPrescripciones Técnicas Particulares se indicará, en su caso, el lugar de entrega del objeto del contrato. El órgano de contratación, a través del responsable del contrato, determinará si la recuperación del precio satisfecho. En todo prestación realizada por la persona contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, si el suministro la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables a la Administraciónpersona contratista, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto La constatación de que la correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante acta de recepción expedida por el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a contrato. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el anexo I, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestada, siempre y cuando si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la factura no haya sido presentada garantía, de conformidad con posterioridad a la fecha lo establecido en que tuvo lugar la recepciónel artículo 102 del TRLCSP. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a contar desde reclamar a la fecha persona contratista la subsanación de presentación los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, la persona contratista quedará exenta de responsabilidad por razón de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contratoprestación efectuada. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la La persona contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora conocer y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la ser oída sobre las observaciones que se establecen medidas formulen en relación con el cumplimiento de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesprestación contratada.

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Samples: www.guenes.eus, www.guenes.eus

Recepción. Transcurrido La recepción de las obras, que se encontrarán en buen estado, tendrá lugar dentro del mes siguiente a su terminación y el Acta correspondiente que deberá ir firmada conjuntamente por la Dirección Facultativa, Contratista y Propiedad, contendrá, además de lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley 38/99, de 05 de Noviembre, la previsión de otorgamiento de las Escrituras Públicas de Compraventa de la promoción. A partir de la fecha del Acta de Recepción comenzará a contar el plazo concedido para de Garantía. En el Acta de Recepción se consignarán los defectos que se observen en la subsanación obra, que deberán ser corregidos por el contratista en el plazo que, a tal fin, determine la Dirección Facultativa, sin haber sido debidamente realizadaperjuicio de la facultad de rechazo prevista en el precepto legal citado. Si el Contratista no subsanase los defectos, la Administración rechazará Propiedad podrá encargar la recepción quedando exenta realización a terceros por cuenta del Contratista a quien se descontará su importe de la obligación las certificaciones pendientes de pago o teniendo derecho, en su caso, a de la recuperación del precio satisfechogarantía prevista. En todo casoTranscurridos veinticuatro meses desde la fecha de firma de Escrituras de Compraventa de los pisos, si el suministro no existiesen defectos, o existiendo se adecua a la prestación contratada por causa no imputable a la Administraciónhubiesen subsanado, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto de que el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a la recepción devolución al Contratista del contratoprimer aval prestado (3%), con la concurrencia de las mismas personas que firmaron el Acta de Recepción. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del plazo de Transcurridos treinta (30) días a contar y seis meses desde la fecha devolución del acta de recepción primer aval prestado (3%), si no existieran defectos, o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondienteexistiendo se hubiesen subsanado, se notificará y, en su caso, se abonará procederá a la contratista, siempre y cuando la factura no haya sido presentada con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, el plazo al devolución al Contratista del segundo aval prestado por importe del 1% del presupuesto de treinta (30) días comenzará a contar desde la fecha de presentación de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contrato. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesadjudicación.

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Samples: Contrato De Ejecución De Obra, Contrato De Ejecución De Obra

Recepción. Transcurrido En el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta pliego de la obligación de pago o teniendo derechoprescripciones técnicas se indicará, en su caso, el lugar de entrega del objeto del contrato. El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a la recuperación del precio satisfecho. En todo las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, si el suministro la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, el órgano como consecuencia de contratación vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto La recepción del objeto de que el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 205 y 283 de la LCSP. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el anexo I, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestada, siempre y cuando si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la factura no haya sido presentada garantía, de conformidad con posterioridad a lo establecido en el artículo 90 de la fecha en que tuvo lugar la recepciónLCSP. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a contar desde reclamar al contratista la fecha subsanación de presentación los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contratoprestación efectuada. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la El contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora conocer y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la ser oído sobre las observaciones que se establecen medidas formulen en relación con el cumplimiento de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesprestación contratada.

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Samples: Pliego Tipo De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion De Servicios Mediante Procedimiento Abierto

Recepción. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si el suministro no se adecua a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar hasta que tenga lugar la recepción, quedando exento la contratista responderá del correcto cumplimiento de las condiciones pactadas, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la obligación circunstancia de pago que el responsable del contrato haya emitido informe comprobación favorable o teniendo derecho, en su caso, haya prestado conformidad a la recuperación del precio satisfechocertificaciones de servicios parciales. En el supuesto de que el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a la recepción del contrato. Al acto de recepción acudirá el responsable del contrato y la que represente a la contratista y, en el caso de que el expediente esté sujeto a verificación física, un representante de la Oficina de Control Económico. La convocatoria al acto, que deberá efectuar el responsable del contrato, se remitirá con cinco (5) días hábiles de antelación. Del acto de recepción se levantará el acta correspondiente, por duplicado, que deberán firmar todos los asistentes. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la carátula xxx xxxxxx la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 309.1 LCSP, dentro del plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará y, en su caso, se abonará a la contratista, siempre y cuando la factura no haya sido presentada con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, el plazo de treinta (30) días comenzará a contar desde la fecha de presentación de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contratola carátula xxx xxxxxx. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Recepción. Transcurrido el plazo concedido para Las Comisiones de Recepción o la subsanación sin haber sido debidamente realizadaUnidad Requirente, según corresponda, recibirán los bienes con carácter provisional y los recibos o remitos que se firmen quedarán sujetos a la Administración rechazará conformidad de la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, definitiva. El proveedor estará obligado a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si el suministro no se adecua a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto de que el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a la recepción del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, retirar los elementos rechazados dentro del plazo que se le fije al efecto. Vencido el mismo, se considerará que existe renuncia tácita a favor del organismo, pudiendo éste disponer de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta los elementos. Sin perjuicio de recepción o conformidadlas penalidades que IF-2017-27973738-APN-DAJ#ACUMAR correspondieren, el órgano proveedor cuyos bienes hubieran sido rechazados deberá hacerse cargo de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará los costos de traslado y, en su caso, de los que se abonará derivaren de la destrucción de los mismos. La conformidad de la recepción definitiva se otorgará dentro del plazo xx XXXX (10) días, a partir de la contratistarecepción de los bienes o servicios objeto del contrato, siempre salvo que en el Pliego de Bases y cuando la factura no haya sido presentada con posterioridad Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas se fijara uno distinto. En caso de silencio, una vez vencido dicho plazo, el proveedor podrá intimar a la fecha en que tuvo lugar la recepción. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a Comisión de Recepción o la fecha Unidad Requirente no se expidiera dentro de los DIEZ (10) días siguientes al de la recepción de la intimación, los bienes o servicios se tendrán por recibidos de conformidad. En los casos en que tuvo lugar la recepciónComisión de Recepción o la Unidad Requirente intime la presentación de elementos faltantes o bien cuando solicite el reemplazo de elementos o la adaptación de servicios por no adecuarse al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, el plazo para otorgar la conformidad de treinta (30) días la recepción de estas nuevas prestaciones comenzará a contar desde la fecha correr a partir de presentación de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contrato. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialessu entrega o cumplimiento.

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Samples: www.marval.com

Recepción. Transcurrido En el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta Pliego de la obligación de pago o teniendo derechoPrescripciones Técnicas se indicará, en su caso, el lugar de ejecución o entrega del objeto del contrato. La constatación de la correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante certificación expedida por el responsable del contrato. El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a la recuperación del precio satisfecho. En todo las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, si el suministro la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, el órgano como consecuencia de contratación vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto El cumplimiento del objeto de que el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 222 y 307 TRLCSP. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el Anexo I, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestada, siempre y cuando si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la factura no haya sido presentada garantía, de conformidad con posterioridad a la fecha lo establecido en que tuvo lugar la recepción. el artículo 102 TRLCSP: Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a contar desde reclamar al contratista la fecha subsanación de presentación los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que la Universidad haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contratoprestación efectuada. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la El contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora conocer y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la ser oído sobre las observaciones que se establecen medidas formulen en relación con el cumplimiento de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesprestación contratada.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion De Servicios Mediante Procedimiento Negociado Con Publicidad

Recepción. Transcurrido Cumplidos los trámites de los apartados anteriores, si se considera que la prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas se procederá a su recepción, levantándose al efecto el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta acta correspondiente. El representante de la obligación Administración, que será el responsable del contrato, salvo que la designación de pago este responsable del contrato, hubiese recaído en una persona jurídica o teniendo derechofísica ajena al Organismo, en cuyo caso, será el representante de la Unidad o Centro Directivo promotor del contrato, procederá a citar por escrito al contratista, indicándole el lugar, fecha y hora en que se efectuará la recepción. Si la prestación del contratista no reuniese las condiciones necesarias para proceder a su recepción, el responsable del contrato dictará por escrito las instrucciones oportunas al contratista para que subsane los defectos observados o, en su caso, proceda a un nuevo suministro, y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije, no procediendo la recuperación recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas por el contratista, levantándose entonces el acta correspondiente. Cuando se establezca la posibilidad de recepción parcial de parte del precio satisfecho. En todo casocontrato, se admitirá la devolución parcial de la garantía definitiva en la parte proporcional del importe, si así lo solicita el suministro no contratista. La recepción se adecua a realizará en el plazo de un mes desde la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación entrega del precio satisfechosuministro. En el supuesto de que el responsable a los efectos del contrato haya concluido que artículo 222, apartado 2 del TRLCSP, se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a la recepción del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del determine un plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta especial de recepción para los suministros de un contrato singular, o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondienteque sea necesaria una forma particular de recepción, se notificará y, en su caso, se abonará a la contratista, siempre y cuando la factura no haya sido presentada con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, el plazo de treinta establece (30) días comenzará a contar desde la fecha de presentación punto 27 de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contrato. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.Hoja Resumen)

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Samples: www.ieo.es

Recepción. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si el suministro no se adecua a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar hasta que tenga lugar la recepción, quedando exento la contratista responderá del correcto cumplimiento de las condiciones pactadas, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la obligación circunstancia de pago que el Responsable del contrato haya emitido informe de comprobación favorable o teniendo derecho, en su caso, haya prestado conformidad a la recuperación del precio satisfechocertificaciones de servicios parciales. En el supuesto de que el responsable Responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a la recepción del Contrato. Al acto de recepción acudirá el Responsable del contrato y la que represente a la contratista. La convocatoria al acto, que deberá efectuar el Responsable del contrato, se remitirá con 5 (cinco) días hábiles de antelación. Del acto de recepción se levantará el acta correspondiente, por duplicado, que deberán firmar todos los asistentes. Cuando la naturaleza del contrato Contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas Cláusulas específicas del contrato Contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 309.1 de la LCSP, dentro del plazo de treinta 30 (30treinta) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano Órgano de contratación Contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará y, en su caso, se abonará a la contratista, siempre y cuando la factura no haya sido presentada con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, el plazo de treinta 30 (30treinta) días comenzará a contar desde la fecha de presentación de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas las específicas del contratoContrato. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Recepción. Transcurrido La recepción del objeto de contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 222 y 307 del TRLCSP. Plaza Nueva, 1 • 14900 LUCENA • (Córdoba) En el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta pliego de la obligación de pago o teniendo derechoprescripciones técnicas se indicará, en su caso, el lugar de prestación del servicio del objeto del contrato. El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a la recuperación del precio satisfecho. En todo las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, si el suministro la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, el órgano como consecuencia de contratación vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto La constatación de que la correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante acta de recepción expedida por el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a contrato. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el anexo I, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestada, siempre y cuando si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la factura no haya sido presentada garantía, de conformidad con posterioridad a la fecha lo establecido en que tuvo lugar la recepción. el artículo 102 del TRLCSP: Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará a contar desde garantía se acreditase la fecha existencia de presentación vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contrato. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista contratación tendrá derecho a percibir reclamar al contratista la subsanación de los intereses mismos. Terminado el plazo de demora y garantía sin que la indemnización por Administración haya formalizado alguno de los costes de cobro en los términos previstos en reparos o la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la denuncia a que se establecen medidas refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de lucha contra responsabilidad por razón de la morosidad en las operaciones comercialesprestación efectuada.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicios Por El Excmo. Ayuntamiento De Lucena, Mediante Procedimiento Abierto O Restringido

Recepción. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si el suministro no se adecua a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar hasta que tenga lugar la recepción, quedando exento la contratista responderá del correcto cumplimiento de las condiciones pactadas, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la obligación circunstancia de pago que la/el responsable del contrato haya emitido informe comprobación favorable o teniendo derecho, en su caso, haya prestado conformidad a la recuperación del precio satisfechocertificaciones de servicios parciales. En el supuesto de que la/el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas pactadas, se procederá a la recepción del contrato. Al acto de recepción acudirá la/el responsable del contrato y la persona que represente a la contratista y, en el caso de que el expediente esté sujeto a verificación física, una persona representante de la Oficina de Control Económico. La convocatoria al acto, que deberá efectuar la/el responsable del contrato, se remitirá con cinco (5) días hábiles de antelación. Del acto de recepción se levantará el acta correspondiente, por duplicado, que deberán firmar todas las personas asistentes. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 309.1 LCSP, dentro del plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará y, en su caso, se abonará a la contratista, siempre y cuando la factura no haya sido presentada con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción. Si el la contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, el plazo de treinta (30) días comenzará a contar desde la fecha de presentación de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contrato. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Recepción. Transcurrido En el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derechoapartado 5º del Anexo I se indicará, en su caso, el lugar de entrega del objeto del contrato. La constatación de la correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante diligencia expedida por el responsable del contrato. El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a la recuperación del precio satisfecho. En todo las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, si el suministro la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, el órgano como consecuencia de contratación vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto La recepción del objeto de que el responsable contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 222 y 307 del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a TRLCSP. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el Anexo I, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestada, siempre y cuando si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la factura no haya sido presentada garantía, de conformidad con posterioridad a la fecha lo establecido en que tuvo lugar la recepciónel artículo 102 del TRLCSP. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a contar desde reclamar al contratista la fecha subsanación de presentación los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contratoprestación efectuada. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la El contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora conocer y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la ser oído sobre las observaciones que se establecen medidas formulen en relación con el cumplimiento de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesprestación contratada.

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Samples: www.valencia.es

Recepción. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si el suministro no se adecua a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar hasta que tenga lugar la recepción, quedando exento la contratista responderá del correcto cumplimiento de las condiciones pactadas, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la obligación circunstancia de pago que el responsable del contrato haya emitido informe comprobación favorable o teniendo derecho, en su caso, haya prestado conformidad a la recuperación del precio satisfechocertificaciones de servicios parciales. En el supuesto de que el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas pactadas, se procederá a la recepción del contrato. Al acto de recepción acudirá el responsable del contrato y la persona que represente a la contratista. La convocatoria al acto, que deberá efectuar el responsable del contrato, se remitirá con cinco (5) días hábiles de antelación. Del acto de recepción se levantará el acta correspondiente, por duplicado, que deberán firmar todos los asistentes. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 309.1 LCSP, dentro del plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará y, en su caso, se abonará a la contratista, siempre y cuando la factura no haya sido presentada con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción. Si el la contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, el plazo de treinta (30) días comenzará a contar desde la fecha de presentación de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contrato. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

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Samples: Modelo De Aval Bancario Ute

Recepción. Transcurrido En el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta pliego de la obligación de pago o teniendo derechoprescripciones técnicas se indicará, en su caso, el lugar de entrega del objeto del contrato. La constatación de la correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante certificación expedida por el responsable del contrato. El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a la recuperación del precio satisfecho. En todo las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, si el suministro la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, el órgano como consecuencia de contratación vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto La recepción del objeto de que el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 205 y 283 de la LCSP. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el anexo I, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestada, siempre y cuando si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la factura no haya sido presentada garantía, de conformidad con posterioridad a lo establecido en el artículo 90 de la fecha en que tuvo lugar la recepción. LCSP: Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a contar desde reclamar al contratista la fecha subsanación de presentación los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la factura prestación efectuada, sin perjuicio de lo establecido en el registro indicado los artículos 286, 287 y 288 sobre subsanación de errores y responsabilidad en los contratos que tengan por objeto la cláusula 19.6.2 elaboración de cláusulas específicas del contratoproyectos de obras. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la El contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora conocer y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la ser oído sobre las observaciones que se establecen medidas formulen en relación con el cumplimiento de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesprestación contratada.

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Samples: Pliego De Condiciones Para La Contratación Por Procedmiento Abierto, De Los Servicios De Mantenimiento Y Conservación De Ascensores.

Recepción. Transcurrido En el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta pliego de la obligación de pago o teniendo derechoprescripciones técnicas se indicará, en su caso, el lugar de entrega del objeto del contrato. El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a la recuperación del precio satisfecho. En todo las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, si el suministro la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, el órgano como consecuencia de contratación vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto La recepción del objeto de que contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 222 y 307 TRLCSP. La constatación de la correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante certificación expedida por el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a contrato. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el anexo I, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestada, siempre y cuando si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la factura no haya sido presentada garantía, de conformidad con posterioridad a la fecha lo establecido en que tuvo lugar la recepción. el artículo 102 TRLCSP: Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará a contar desde garantía se acreditase la fecha existencia de presentación vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contrato. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista contratación tendrá derecho a percibir reclamar al contratista la subsanación de los intereses mismos. Terminado el plazo de demora garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada, sin perjuicio de lo establecido en el TRLCSP sobre subsanación de errores y la indemnización por los costes de cobro responsabilidad en los términos previstos en contratos que tengan por objeto la Ley 3/2004, elaboración de 29 proyectos de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesobras.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regirá El Contrato Administrativo Especial De Los Servicios De Monitoría Y Coordinación De Actividades en Las Instalaciones Deportivas Municipales

Recepción. Transcurrido La recepción del objeto de contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 222 y 307 del TRLCSP. En el plazo concedido pliego de prescripciones técnicas se indicará, en su caso, el lugar de prestación del servicio del objeto del contrato. El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación sin haber sido debidamente realizadade los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos Nº de Expediente: SE-22/17 17 del contrato: Servicio integral de recogida, gestión y control de animales, en el término municipal de Lucen 440E609BB6A62C7371DB Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx (Validación de documentos) Propuesto por El Técnico de Gestión XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX el 1/9/2017 Conforme de El Secretario General XXXXX XXXXXXXX XXXXXX el 1/9/2017 Firmado por el Alcalde X. XXXXX XXXXXXXX XXXX el 1/9/2017 pie_firma_corto_dipu_01 Objeto a. imputables al contratista, podrá rechazarla quedando la Administración rechazará la recepción quedando contratante exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si el suministro no se adecua a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento La constatación de la obligación correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante acta de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto de que recepción expedida por el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a contrato. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el anexo I, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestada, siempre y cuando la factura si no haya sido presentada resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre ella, de conformidad con posterioridad a la fecha lo establecido en que tuvo lugar la recepción. el artículo 102 del TRLCSP: Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará a contar desde garantía se acreditase la fecha existencia de presentación vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contrato. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista contratación tendrá derecho a percibir reclamar al contratista la subsanación de los intereses mismos. Tfno: 957.500410 • Fax: 957.591119 Terminado el plazo de demora y garantía sin que la indemnización por Administración haya formalizado alguno de los costes de cobro en los términos previstos en reparos o la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la denuncia a que se establecen medidas refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de lucha contra responsabilidad por razón de la morosidad en las operaciones comercialesprestación efectuada.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicios Por El Excmo. Ayuntamiento De Lucena, Mediante Procedimiento Abierto O

Recepción. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si el suministro no se adecua a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar hasta que tenga lugar la recepción, quedando exento la contratista responderá del correcto cumplimiento de las condiciones pactadas, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la obligación circunstancia de pago que el Responsable del contrato haya emitido informe comprobación favorable o teniendo derecho, en su caso, haya prestado conformidad a la recuperación del precio satisfechocertificaciones de servicios parciales. En el supuesto de que el responsable Responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a la recepción del Contrato. Al acto de recepción acudirá el Responsable del contrato y quien represente a la contratista. La convocatoria al acto, que deberá efectuar el Responsable del contrato, se remitirá con cinco (5) días hábiles de antelación. Del acto de recepción se levantará el acta correspondiente, por duplicado, que deberán firmar todos los asistentes. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato Contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 309.1 de la LCSP, dentro del plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación O.C. resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará y, en su caso, se abonará a la contratista, siempre y cuando la factura no haya sido presentada con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, el plazo de treinta (30) días comenzará a contar desde la fecha de presentación de la factura en el registro indicado en la cláusula Cláusula 19.6.2 de cláusulas las específicas del contratoContrato. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Recepción. Transcurrido En el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta pliego de la obligación de pago o teniendo derechoprescripciones técnicas se indicará, en su caso, el lugar de entrega del objeto del contrato. La constatación de la correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante certificación expedida por el responsable del contrato. El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a la recuperación del precio satisfecho. En todo las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, si el suministro la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, el órgano como consecuencia de contratación vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto La recepción del objeto de que el responsable contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 222 y 307 del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a TRLCSP. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el apartado 12 del cuadro resumen, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestada, siempre y cuando si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la factura no haya sido presentada garantía, de conformidad con posterioridad a la fecha lo establecido en que tuvo lugar la recepción. el artículo 102 del TRLCSP: Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a contar desde reclamar al contratista la fecha subsanación de presentación los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la factura prestación efectuada, sin perjuicio de lo establecido en el registro indicado los artículos 310, 311 y 312 sobre subsanación de errores y responsabilidad en los contratos que tengan por objeto la cláusula 19.6.2 elaboración de cláusulas específicas del contratoproyectos de obras. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la El contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora conocer y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la ser oído sobre las observaciones que se establecen medidas formulen en relación con el cumplimiento de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesprestación contratada.

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Samples: Contrato De Servicios Procedimiento Negociado

Recepción. Transcurrido La recepción del objeto de contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 222 y 307 del TRLCSP. En el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta Pliego de la obligación de pago o teniendo derechoPrescripciones Técnicas Particulares se indicará, en su caso, el lugar de prestación del servicio del contrato. El órgano de contratación, a través del responsable del contrato, determinará si la recuperación del precio satisfecho. En todo prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, si el suministro la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, el órgano como consecuencia de contratación vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto La constatación de que la correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante acta de recepción expedida por el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a contrato. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el anexo I, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestada, siempre y cuando si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la factura no haya sido presentada garantía, de conformidad con posterioridad a la fecha lo establecido en que tuvo lugar la recepciónel artículo 102 del TRLCSP. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a contar desde reclamar al contratista la fecha subsanación de presentación los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que el BORM haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contratoprestación efectuada. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la El contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora conocer y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la ser oído sobre las observaciones que se establecen medidas formulen en relación con el cumplimiento de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesprestación contratada.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del “Servicio De Mantenimiento De Los Sistemas Informaticos Del o.a. Boletin Oficial De La Region De Murcia Para El Periodo

Recepción. Transcurrido En el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta pliego de la obligación de pago o teniendo derechoprescripciones técnicas se indicará, en su caso, el lugar de entrega del objeto del contrato. El Rector de la Universidad de Almería determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a la recuperación del precio satisfecho. En todo las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, si el suministro la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, el órgano como consecuencia de contratación vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto La recepción del objeto de que el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 205 y 283 de la LCSP. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el anexo I, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestada, siempre y cuando si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la factura no haya sido presentada garantía, de conformidad con posterioridad a lo establecido en el artículo 90 de la fecha en que tuvo lugar la recepciónLCSP. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a contar desde reclamar al contratista la fecha subsanación de presentación los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que la Universidad de Almería haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la factura prestación efectuada, sin perjuicio de lo establecido en el registro indicado los artículos 286, 287 y 288 sobre subsanación de errores y responsabilidad en los contratos que tengan por objeto la cláusula 19.6.2 elaboración de cláusulas específicas del contratoproyectos de obras. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la El contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora conocer y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la ser oído sobre las observaciones que se establecen medidas formulen en relación con el cumplimiento de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesprestación contratada.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares De La Universidad De Almeria Para La

Recepción. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si el suministro no se adecua a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar hasta que tenga lugar la recepción, quedando exento la contratista responderá del correcto cumplimiento de las condiciones pactadas, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la obligación circunstancia de pago que la/el responsable del contrato haya emitido informe comprobación favorable o teniendo derecho, en su caso, haya prestado conformidad a la recuperación del precio satisfechocertificaciones de servicios parciales. En el supuesto de que la/el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a la recepción del contrato. Al acto de recepción acudirá la/el responsable del contrato y la persona que represente a la contratista y, en el caso de que el expediente esté sujeto a verificación física, una persona representante de la Oficina de Control Económico. La convocatoria al acto, que deberá efectuar la/el responsable del contrato, se remitirá con cinco (5) días hábiles de antelación. Del acto de recepción se levantará el acta correspondiente, por duplicado, que deberán firmar todas las personas asistentes. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 309.1 LCSP, dentro del plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará y, en su caso, se abonará a la contratista, siempre y cuando la factura no haya sido presentada con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción. Si el la contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, el plazo de treinta (30) días comenzará a contar desde la fecha de presentación de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contrato. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Recepción. Transcurrido La recepción del objeto de contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 222 y 307 del TRLCSP. En el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta Pliego de la obligación de pago o teniendo derechoPrescripciones Técnicas Particulares se indicará, en su caso, el lugar de entrega del objeto del contrato. El órgano de contratación, a través del responsable del contrato, determinará si la recuperación del precio satisfecho. En todo prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, si el suministro la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, el órgano como consecuencia de contratación vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto La constatación de que la correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante acta de recepción expedida por el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a contrato. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el Anexo I, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestada, siempre y cuando si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la factura no haya sido presentada garantía, de conformidad con posterioridad a la fecha lo establecido en que tuvo lugar la recepciónel artículo 102 del TRLCSP. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a contar desde reclamar al contratista la fecha subsanación de presentación los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contratoprestación efectuada. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la El contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora conocer y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la ser oído sobre las observaciones que se establecen medidas formulen en relación con el cumplimiento de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesprestación contratada.

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Samples: gobiernoabiertodealmonte.es

Recepción. Transcurrido La recepción del objeto de contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 222 y 307 del TRLCSP. En el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta Pliego de la obligación de pago o teniendo derechoPrescripciones Técnicas Particulares se indicará, en su caso, el lugar de entrega del objeto del contrato. El órgano de contratación, a través del responsable del contrato, determinará si la recuperación del precio satisfecho. En todo prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, si el suministro la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, el órgano como consecuencia de contratación vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto La constatación de que la correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante acta de recepción expedida por el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a contrato. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el anexo I, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestada, siempre y cuando si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la factura no haya sido presentada garantía, de conformidad con posterioridad a la fecha lo establecido en que tuvo lugar la recepción. el artículo 102 del TRLCSP: Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a contar desde reclamar al contratista la fecha subsanación de presentación los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contratoprestación efectuada. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la El contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora conocer y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la ser oído sobre las observaciones que se establecen medidas formulen en relación con el cumplimiento de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesprestación contratada.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Los Servicios De Monitores Deportivos Mediante Procedimiento Abierto O Restringido

Recepción. Transcurrido La recepción del objeto de contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 222 ,297 y 298 del TRLCSP. En el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta Pliego de la obligación de pago o teniendo derechoPrescripciones Técnicas Particulares se indicará, en su caso, el lugar de entrega del objeto del contrato. El órgano de contratación, a través del responsable del contrato, determinará si la recuperación del precio satisfecho. En todo prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, si el suministro la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, el órgano como consecuencia de contratación xxxxxx o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto La constatación de que la correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante acta de recepción expedida por el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a contrato. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el Anexo I, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestada, siempre y cuando si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la factura no haya sido presentada garantía, de conformidad con posterioridad a la fecha lo establecido en que tuvo lugar la recepciónel artículo 102 del TRLCSP. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a contar desde reclamar al contratista la fecha subsanación de presentación los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contratoprestación efectuada. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la El contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora conocer y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la ser oído sobre las observaciones que se establecen medidas formulen en relación con el cumplimiento de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesprestación contratada.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Para La Licitación De Contrato De Suministro, Mediante Procedimiento Negociado

Recepción. Transcurrido La recepción del objeto de contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 222 y 307 del TRLCSP. En el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta Pliego de la obligación de pago o teniendo derechoPrescripciones Técnicas Particulares se indicará, en su caso, el lugar de entrega del objeto del contrato. El órgano de contratación, a través del responsable del contrato, determinará si la recuperación del precio satisfecho. En todo prestación realizada por la persona contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, si el suministro la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables a la Administraciónpersona contratista, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto La constatación de que la correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante acta de recepción expedida por el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a contrato. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el anexo I-A, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestada, siempre y cuando si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la factura no haya sido presentada garantía, de conformidad con posterioridad a la fecha lo establecido en que tuvo lugar la recepciónel artículo 102 del TRLCSP. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a contar desde reclamar a la fecha persona contratista la subsanación de presentación los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, la persona contratista quedará exenta de responsabilidad por razón de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contratoprestación efectuada. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la La persona contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora conocer y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la ser oída sobre las observaciones que se establecen medidas formulen en relación con el cumplimiento de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesprestación contratada.

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Samples: www.ctmam.es

Recepción. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si el suministro no se adecua a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar hasta que tenga lugar la recepción, quedando exento la contratista responderá del correcto cumplimiento de las condiciones pactadas, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la obligación circunstancia de pago que el responsable del contrato haya emitido informe comprobación favorable o teniendo derecho, en su caso, haya prestado conformidad a la recuperación del precio satisfechocertificaciones de servicios parciales. En el supuesto de que el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a la recepción del contrato. Al acto de recepción acudirá la persona responsable del contrato y la persona que represente a la contratista y, en el caso de que el expediente esté sujeto a verificación física, un representante de la Oficina de Control Económico. La convocatoria al acto, que deberá efectuar el responsable del contrato, se remitirá con cinco (5) días hábiles de antelación. Del acto de recepción se levantará el acta correspondiente, por duplicado, que deberán firmar todos los asistentes. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 309.1 LCSP, dentro del plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará y, en su caso, se abonará a la contratista, siempre y cuando la factura no haya sido presentada con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, el plazo de treinta (30) días comenzará a contar desde la fecha de presentación de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contrato. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Recepción. Transcurrido La recepción se efectuará en los términos y con las formalidades establecidas en los artículos 222 y 307 del TRLCSP. En el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta Pliego de la obligación de pago o teniendo derechoPrescripciones Técnicas Particulares se indicará, en su caso, el lugar de entrega del objeto del contrato. El órgano de contratación, a través del responsable del contrato, determinará si la recuperación del precio satisfecho. En todo prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, si el suministro la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, el órgano como consecuencia de contratación vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En el supuesto La constatación de que la correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante acta de recepción expedida por el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a contrato. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del contrato. Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del párrafo segundo del art. 210.4 LCSP, dentro del trabajo y cumplido el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará ygarantía que, en su caso, se abonará indique en el anexo I, se procederá a la contratistadevolución de la garantía prestada, siempre y cuando si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la factura no haya sido presentada garantía, de conformidad con posterioridad a la fecha lo establecido en que tuvo lugar la recepciónel artículo 102 del TRLCSP. Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, durante el plazo de treinta (30) días comenzará garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a contar desde reclamar al contratista la fecha subsanación de presentación los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de cláusulas específicas del contratoprestación efectuada. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la El contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora conocer y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la ser oído sobre las observaciones que se establecen medidas formulen en relación con el cumplimiento de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesprestación contratada.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratacion Del Servicio De Elaboración Del Plan Estrategigo De Turismo De La Costa Tropical, Mediante Procedimento Negociado Sin Publicidad, Tramitracion Ordinaria