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ADMINISTRATIVAS Cláusulas de Ejemplo

ADMINISTRATIVAS. Punto de la Convocatoria a la que se refiere: Junta de Aclaraciones. Página: 9 Pregunta.No.1 Se solicita a la Convocante aclarar si de conformidad con el artículo 46 fracción I, último párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el plazo para plantear repreguntas a las respuestas o precisiones de la Convocante, correrá a partir de la publicación del Acta correspondiente en CompraNet. Favor de manifestarse al respecto.
ADMINISTRATIVAS. 1. Definir y acordar con el Ministerio y los Contratistas los tiempos para revisar, validar y aprobar productos por parte de la interventoría y para ajustar y corregir por parte de los contratistas. El mismo es por defecto tres (3) días hábiles para Operadores, Interventoría y Ministerio, salvo que se justifique y defina con anticipación un tiempo mayor. Se debe entregar observaciones y/o aprobación a los entregables de los Operadores dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la recepción del entregable. 2. Evaluar junto con el director del proyecto designado por la Oficina de Tecnología y Sistemas de la Información, las situaciones que incidan en el cumplimiento de las obligaciones del contrato supervisado y coordinar las acciones necesarias para garantizar que la ejecución de (los) contrato(s) objeto(s) de la presente interventoría, se ejecute en los términos acordados por las partes, cumpliendo con los requisitos contractuales correspondientes. 3. Efectuar todos sus actos relacionados con el contrato en forma escrita y con copia a la carpeta del archivo correspondiente. 4. Llevar a cabo como mínimo las siguientes reuniones (para las cuales Interventoría debe coordinar con cada uno de los Operadores para aprobar en forma previa a las reuniones la información a suministrar en las mismas): a) Un (1) Comité Directivo Mensual, con la asistencia de directivos del Ministerio de Educación y directivos de los contratistas objeto, con el objeto de informar el estado de avance general del proyecto.
ADMINISTRATIVAS a) Disponer del personal administrativo necesario para la ejecución cabal del objeto contractual y garantizar su dedicación de acuerdo con lo estipulado en el contrato y sus anexos que hacen parte integral de éste.
ADMINISTRATIVAS. 1. Definir y acordar con el operador del contrato objeto de Interventoría en la etapa de “Planeación”, los tiempos para validar productos y para la revisión y aprobación por parte de la Interventoría de los respectivos entregables. 2. El equipo de Interventoría debe elaborar un plan de seguimiento y control de las actividades del contrato objeto de Interventoría. El plan debe cubrir: 3. Acatar las instrucciones que para el desarrollo del contrato le imparta la supervisión del mismo o de las personas que ejerzan el control de ejecución durante el desarrollo del contrato. 4. Certificar por escrito el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones del contratista acorde con la realidad de la ejecución del contrato objeto de Interventoría. 5. Solicitar y pronunciarse sobre los informes, aclaraciones y explicaciones que, en desarrollo de la ejecución del contrato objeto de Interventoría emita el contratista. 6. Informar oportunamente al SENA sobre cualquier incumplimiento, atraso o desviación imputable al contratista del contrato objeto de Interventoría, del mismo SENA o de otras entidades, emitiendo su concepto y recomendaciones en relación con las medidas correctivas que considere necesario adoptar, desde el punto de vista técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico, lo que incluye un análisis preventivo de los riesgos que podrían materializarse en la ejecución del contrato objeto de Interventoría. 7. Elaborar la documentación que sea de su responsabilidad en desarrollo de sus obligaciones. 8. Prestar colaboración y proporcionar la información necesaria al supervisor del contrato, para llevar a cabo un control adecuado del contrato. 9. Efectuar las recomendaciones y observaciones que considere oportunas sobre la información analizada e identificar posibles imprecisiones, vacíos y, en general, cualquier condición que, según su experiencia, conocimiento y mejores prácticas comúnmente aceptadas, puedan afectar el desarrollo del contrato objeto de Interventoría. 10. Expedir las certificaciones de correcta prestación de los servicios, previa verificación del cumplimiento a satisfacción. 11. Presentar un informe mensual para el contrato objeto de Interventoría, con sus respectivos soportes que contengan como mínimo la siguiente información: a. Informe de Gestión de servicios b. Informe estado de nuevas solicitudes de servicio c. Debe tener las obligaciones del servicio y/o de las gestiones según contrato y ver su estado y avance mes a mes. d. Cumpli...
ADMINISTRATIVAS. 1. Definir y acordar con el Ministerio y los Contratistas los tiempos para revisar, validar y aprobar productos por parte de la interventoría y para ajustar y corregir por parte de los contratistas. El mismo es por defecto tres (3) días hábiles para Operadores, Interventoría y Ministerio, salvo que se justifique y defina con anticipación un tiempo mayor. Se debe entregar observaciones y/o aprobación a los entregables de los Operadores dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la recepción del entregable. 2. Evaluar junto con el director del proyecto designado por la Oficina de Tecnología y Sistemas de la Información, las situaciones que incidan en el cumplimiento de las obligaciones del contrato supervisado y coordinar las acciones necesarias para garantizar que la ejecución de (los) contrato(s) objeto(s) de la presente interventoría, se ejecute en los términos acordados por las partes, cumpliendo con los requisitos contractuales correspondientes.
ADMINISTRATIVAS. Los proponentes Personas Naturales, ya seleccionados por la Universidad deben entregar junto con los documentos exigidos por la Oficina de Contratación o quien haga sus veces, los siguientes documentos referentes a Salud Ocupacional, Seguridad y Ambiente. 5.1.1 Certificado de afiliación vigente a salud y pensiones, según la normatividad vigente sobre seguridad social en salud y pensiones (interna y externa). 5.1.2 El contratista que desee afiliarse de manera voluntaria al Sistema General de Riesgos Profesionales (ARP), debe solicitar información sobre el procedimiento establecido para tal fin por la Universidad y gestionar su inscripción. 5.1.3 El contratista que no desee afiliarse al Sistema General de Riesgos Profesionales, debe manifestarlo por escrito y anexar dicha comunicación a la documentación requerida por el área de contratación. 5.1.4 Si la persona natural va a realizar actividades que impliquen la generación de ruido, material particulado, gases y/o vapores debe presentar un plan de mitigación para el control de dichas emisiones. 5.1.5 (Modificado mediante el Art. 1 de la Resolución 1477 del 6 de octubre de 2008 de la Rectoría de la UNIVERSIDAD Nacional De Colombia) El contratista debe presentar al interventor constancia de pago actualizado a EPS, ARP (si se encuentra afiliado) y AFP, según la normatividad sobre seguridad social en salud y pensiones (interna y externa) 5.1.6 Cuando el contratista deba desarrollar su trabajo en zonas endémicas, diez (10) días antes de viajar debe presentar los certificados de vacunaciones aplicables para los peligros identificados en las zonas a las que se dirija él y todo el personal a su cargo, independientemente del tipo de contratación. 5.1.7 Portar el carné de afiliación a EPS, ARP (si se encuentra afiliado) y Cédula de Ciudadanía.
ADMINISTRATIVAS. Punto de la Convocatoria a la que se refiere: Anexos VII, IX, X, XI, Página: de 37 a la 48. Pregunta.No.1 ¿Es correcto interpretar que los formatos (MODELO DE TEXTO DE GARANTÍA RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2021 y su Anexo 19. (Continúa en la Tercera Sección), MODELO DE DOCUMENTO DE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA, MODELO DEL CONTRATO) los deberá entregar el licitante adjudicado y no deberán formar parte de la propuesta? Respuesta: Estos documentos no deben ser parte de la proposición que se debe enviar por medio de Compranet, solo son de mera referencia. Punto de la Convocatoria a la que se refiere: Formato 2 página 26 FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS INVITADOS QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN QUE CUENTAN CON CARÁCTER, (MICRO PEQUEÑA Y/O MEDIANA EMPRESA). Respuesta: Es correcta su apreciación.
ADMINISTRATIVAS. Punto de la Convocatoria a la que se refiere: III. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO, b) Eventos del procedimiento, Presentación y Apertura de proposiciones Página: 23 Pregunta. No 1 Es correcto entender que la fecha y hora de presentación de la propuesta es la que aparece en la plataforma de Compranet, la cual es el día 06 de diciembre de 2021 a las 10:30 horas., y no la del inciso b) Eventos de Procedimiento que indica 03 de diciembre de 2021 a las 11:00 horas. Favor de aclarar. Respuesta: El Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones se llevará a cabo el día 6 de diciembre de 2021 a las 10:30 hrs. Punto de la Convocatoria a la que se refiere: VI- Documentos Administrativos y datos que deben presentar los licitantes invitados en el acto de presentación y apertura de proposiciones para participar en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional, derivada de un Contrato Marco. Inciso i) Manifestación de preferencia a discapacitados (Anexo VII) Página: 23 Pregunta. No 2 Mi representada no cuenta con personal discapacitado. Solicitamos atentamente a la Convocante, para dar cumplimiento con el presente Xxxxx XXX, nos permita presentar manifiesto bajo protesta de decir verdad que no nos aplica el presente Inciso i). ¿Se acepta nuestra propuesta? Punto de la Convocatoria a la que se refiere: VI- Documentos Administrativos y datos que deben presentar los licitantes invitados en el acto de presentación y apertura de proposiciones para participar en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional, derivada de un Contrato Marco. Inciso j) Participación de MIPYMES. Formato 2. Página: 23 Pregunta. No 3 Solicitamos amablemente a la convocante indicar si en caso de que mi representada no sea MIPYME, bastará con presentar escrito bajo protesta de decir verdad que “NO APLICA” Formato 2 ¿Se acepta nuestra propuesta? Punto de la Convocatoria a la que se refiere: VI- Documentos Administrativos y datos que deben presentar los licitantes invitados en el acto de presentación y apertura de proposiciones para participar en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional, derivada de un Contrato Marco. Inciso k) En la solicitud de opinión al SAT, incluirá los siguientes correos electrónicos xxxxx.xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx para que el SAT en su caso, tenga comunicación con la convocante. Página: 23. Pregunta. No 4 Solicitamos amablemente a la convocante que se tenga por cumplido el presente numer...
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  • PENALIDADES ADMINISTRATIVAS El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro el plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva: Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, el Ayuntamiento podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Estas tendrán la cuantía determinada en el párrafo primero del artículo 212. 4 del TRLCSP. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% (cinco por ciento) del precio del contrato, el Órgano de Contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte del Ayuntamiento. Los importes de las penalidades se harán efectivas mediante deducción de los mismos de las facturas mensuales. En todo caso la fianza definitiva responderá de la efectividad de aquellas. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho el Ayuntamiento, originados por la demora del contratista. En el supuesto de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato o cuando el contratista haya incumplido la adscripción a la ejecución del contrato de los medios personales o materiales suficientes para ello, se impondrán penalidades, que deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10 % del presupuesto del contrato. Las obligaciones que tengan el carácter de esenciales, pueden ser causa de resolución del contrato. No obstante, cuando se considere que la actuación es aislada y susceptible de reconducción, y que la resolución del contrato no resulta conveniente para el interés del servicio en cuestión, se podrá eludir la resolución por la imposición de las penalidades coercitivas de entre el 1 y el 5 % del precio de adjudicación IVA incluido, por cada infracción, en función de la gravedad, reincidencia y mala fe en la comisión de la infracción. Estas penalizaciones son independientes de la obligación del contratista de indemnizar al Ayuntamiento por los daños y perjuicios que su incumplimiento le ocasione al Ayuntamiento o a terceros con derecho a repetir contra el Ayuntamiento. PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE PENALIDADES Para la imposición de penalidades se instruirá un expediente sumario en el que se concederá al contratista un plazo de audiencia de CINCO (5) DÍAS HÁBILES para que formule las alegaciones que estime oportunas, y se resolverá con carácter ejecutivo por el Sr. Alcalde o Concejal en quien delegue, salvo cuando la sanción que se proponga sea la resolución del contrato, en cuyo caso corresponderá su imposición siempre al órgano de contratación, y se estará a lo dispuesto en el RGLCAP. Las penalidades impuestas serán inmediatamente ejecutivas y se harán efectivas mediante deducción de los pagos correspondientes que el Ayuntamiento deba abonar al contratista. Si ya no existiesen cantidades pendientes de pago, se podrán hacer efectivas con ejecución de la garantía definitiva, y si ésta no alcanzase el montante de la sanción, se podrá reclamar por la vía administrativa de apremio.

  • SANCIONES ADMINISTRATIVAS Cuando "EL PROVEEDOR" incumpla con sus obligaciones contractuales por causas imputables a éste, y como consecuencia, cause daños y/o perjuicios graves a "EL CENACE", o bien, proporcione información falsa, actúe con dolo o mala fe en la celebración del presente contrato o durante la vigencia del mismo, por determinación de la Secretaría de la Función Pública, se podrá hacer acreedor a las sanciones establecidas en la "LAASSP", en los términos de los artículos 59, 60 y 61 de dicho ordenamiento legal y 109 al 115 del "RLAASSP".

  • NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, TRLCSP y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.

  • Reuniones administrativas 31.1 Tanto el Gerente de Obras como el Contratista podrán solicitar a la otra parte que asista a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada descrito en la Cláusula 32. 31.2 El Gerente de Obras deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y al Contratante. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, el Gerente de Obras deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes sus respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse.

  • Documentación Administrativa La documentación a incluir en el SOBRE Nº 1 es la siguiente: SOBRE Nº 1: Documentación Administrativa. A.- Documentación acreditativa de la personalidad, capacidad de obrar y acreditativa de la representación: 1. Formulario 1 “MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN DE OFERTA” indicando el lote y la descripción general de las obras que oferta, así como el monto desglosado de la garantía provisional, necesariamente firmada y sellada, deberá ajustarse al modelo incluido como Formulario 1 del ANEXO I de este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 2. Certificado del Registro Central de Proveedores (personas naturales y jurídicas nacionales) vigente. A los extranjeros no residentes en Nicaragua les será exigible el Certificado del Registro Central de Proveedores de la República de Nicaragua, emitida por la Dirección General de Contrataciones del Estado, como requisito para formalización del contrato que les hubiere sido adjudicado. 3. Fotocopia de Cédula de Identidad (personas naturales y representante legal de la empresa) para nacionales, o fotocopia del pasaporte para extranjeros. 4. Fotocopia de Cédula RUC (personas naturales y jurídicas). 5. Fotocopia certificada por Notario Público de la Escritura Pública de Constitución de la Empresa o Sociedad y sus Estatutos (personas jurídicas), debidamente inscrita en el Registro Público competente; el razonamiento debe ser en original y debe tener como máximo treinta (30) días calendario de haber sido suscrito. No se aceptará otro documento en sustitución de la Escritura Pública de Constitución de la sociedad. 6. Fotocopia certificada por Notario Público del Poder (personas jurídicas) que señale que la persona que suscribe la oferta, es el representante legal de la empresa, en consecuencia puede comprometerla ante la Policía Nacional. Este poder deberá estar inscrito en el Registro Público Mercantil de Nicaragua. El Razonamiento debe ser en original y debe tener una vigencia de treinta (30) días calendarios a partir de la fecha de la apertura de ofertas. No se aceptarán otros documentos en sustitución del Poder. 7. Testimonio en Original de la Escritura Pública de “Declaración Notarial”, donde se haga constar expresamente:  Que no tiene impedimento para participar en el procedimiento de contratación ni para contratar con el Estado de Nicaragua.  Que se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.  Que conoce, acepta y se somete al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, y demás requerimientos del procedimiento de contratación.  Que es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta para efectos del proceso. Este testimonio al momento de presentación de la oferta debe tener una vigencia de treinta (30) días calendario de haber sido suscrito. No se aceptarán fotocopias de la Declaración Notarial. 8. Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Nicaragüenses, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al oferente, rendida en escritura pública.

  • RESCISIÓN ADMINISTRATIVA EL PRESENTE CONVENIO ES DE MATERIA ADMINISTRATIVA Y SE RIGE POR DISPOSICIONES DE DERECHO PÚBLICO CONFORME AL ARTÍCULO 1, 79 Y DEMÁS RELATIVOS A LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ, POR TANTO “LA SECRETARÍA” SE ARROGA LA FACULTAD EN SU FUNCIÓN PÚBLICA Y SOBERANA DE RESCINDIR EL PRESENTE CONTRATO, SIN RESPONSABILIDAD PARA ELLA Y SIN NECESIDAD DE PREVIA DECLARACIÓN JUDICIAL EN LOS SIGUIENTES CASOS: a) SI EL PROVEEDOR NO EJECUTA LA ENTREGA DE LOS BIENES ADQUIRIDOS EN LOS TÉRMINOS DESCRITOS EN ESTE INSTRUMENTO. b) SI EJECUTA LA ENTREGA DEL MATERIAL ADQUIRIDO EN FORMA DEFECTUOSA, DEFICIENTE O UTILIZA OTROS MATERIALES DIFERENTES A LOS PACTADOS, INADECUADOS O DE BAJA CALIDAD, ASIMISMO SI NO CUMPLE CON CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO ESTIPULADAS EN ESTE ACUERDO DE VOLUNTADES; c) SI NO PRESENTA LA FIANZA DE GARANTÍA QUE SE ESTABLECE EN ESTE CONTRATO O SI SUBCONTRATA O CEDE PARCIAL O TOTALMENTE LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS, OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO, SIN AUTORIZACIÓN PREVIA POR ESCRITO DE “LA SECRETARÍA”; d) SI ASÍ CONVIENE AL INTERÉS PÚBLICO O A LA POLÍTICA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 72 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE. e) SI PRESENTA FACTURAS DE MATERIALES NO ENTREGADOS O INCOMPLETOS;

  • PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas. Los acuerdos dictados al efecto pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.

  • Tramitación y procedimiento a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto.

  • NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIANTE EL CONTRATO Mediante la ejecución del contrato a que se refiere este pliego de cláusulas administrativas particulares se satisface la siguiente necesidad:

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