Requerimiento de documentación previa a la adjudicación. Igualmente, el Órgano de Asistencia requerirá al adjudicatario propuesto para que presente en el plazo xx XXXX (10) DÍAS HÁBILES la siguiente documentación: • Una fianza definitiva equivalente al 5 por ciento del importe de adjudicación del contrato, correspondiente a la duración inicial de DOS (2) AÑOS, IVA no incluido. • Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (certificados positivos de no tener deudas tributarias con la Administración del Estado, del Principado xx Xxxxxxxx y el Ayuntamiento xx Xxxxx y del órgano competente de la Seguridad Social). Los certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos. Registro Mercantil xx Xxxxxxxx: Tomo 1.515, Libro 0, Xxxx. 0, Xxxxx 000, Xxxx X-0.000 - X.X.X.: A-33772658 • Caso de unión de empresas, acreditación de la escritura de constitución y NIF. • El abono de los gastos de anuncios, si los hubiere. Si el licitador propuesto no aportara la documentación anteriormente señalada, el Órgano de Asistencia podrá realizar una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente por el orden de clasificación. En este caso se le concederá nuevo plazo xx XXXX (10) DÍAS HÁBILES para cumplimentar la documentación.
Requerimiento de documentación previa a la adjudicación. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, y requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
a) Certificados acreditativos de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. No será necesaria la presentación de estos documentos cuando el licitador autorice a la Administración para que ésta obtenga en su nombre los Certificados emitidos por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad Social y por la Tesorería General de la Junta de Comunidades o por los Servicios Provinciales de la consejería competente en materia de hacienda (Anexo III). Estos certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
Requerimiento de documentación previa a la adjudicación. El órgano de contratación Calificará la documentación administrativa contenida en los sobres «A», el siguiente día hábil a la finalización del plazo. Posteriormente, procederá a la apertura y examen del sobre «B», pudiendo, en ese momento, solicitar los informes técnicos que considere precisos. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 146.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público , así como de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello; de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
Requerimiento de documentación previa a la adjudicación. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no Contrato SERVICIOS-ABIERTO Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, y requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
Requerimiento de documentación previa a la adjudicación. De conformidad con lo establecido en la cláusula 39, xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas del Acuerdo Xxxxx, una vez recibida la propuesta de adjudicación correspondiente, la misma sólo exige requerir al contratista la constitución de la garantía definitiva que, en su caso, corresponda en los términos indicados en su apartado 5. Así, dicho apartado establece que no se exigirá la constitución de garantía cuando el presupuesto máximo de gasto del contrato basado sea igual o inferior a 15.000 euros (IVA excluido). Objeto: Mantenimiento periódico de la flota de vehículos ligeros adscritos a ……………….. Descuentos de aplicación: OPERACIÓN DESCUENTO TOTAL OFERTADO Plazo de vigencia: ….año. Desde el …………………. al …………….., siendo susceptible de prórroga por ……….. ☐ Si % máximo: 20 Valor estimado: euros. RESOLUCIÓN DE LA ………………. DE LA CONSEJERÍA DE …………………. POR LA QUE SE ADJUDICA EL CONTRATO BASADO, TIPO 2, EN EL ACUERDO MARCO DE MANTENIMIENTO PERIÓDICO DE LA FLOTA DE VEHÍCULOS DE LA JUNTA DE COMUNIDADES XX XXXXXXXX-LA MANCHA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS. Contrato basado de referencia: OBJETO: ……………… LOTE: …………
Requerimiento de documentación previa a la adjudicación. De conformidad con lo establecido en la cláusula 39 xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas del Acuerdo Marco, una vez recibida la propuesta de adjudicación correspondiente, la misma sólo exige requerir al contratista la constitución de la garantía definitiva que, en su caso, corresponda en los términos indicados en su apartado 5. Así, dicho apartado establece que no se exigirá la constitución de garantía cuando el presupuesto máximo de gasto del contrato basado sea igual o inferior a 15.000 euros (IVA excluido).
Requerimiento de documentación previa a la adjudicación. De conformidad con lo establecido en la cláusula 39 xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas del Acuerdo Marco, una vez recibida la propuesta de adjudicación correspondiente, la misma sólo exige requerir al contratista la constitución de la garantía definitiva que, en su caso, corresponda en los términos indicados en su apartado 3. En virtud de cuanto antecede Adjudicar a la empresa TELECOM CASTILLA LA MANCHA, S.A. con NIF: A45477122 el siguiente contrato basado en el acuerdo marco de prestación del servicio de comunicaciones digitales móviles de emergencia y seguridad en Castilla -La Mancha.
Requerimiento de documentación previa a la adjudicación. Igualmente la Mesa de Contratación requerirá al adjudicatario propuesto para que presente en el plazo xx xxxx días hábiles la siguiente documentación:
a) Una fianza definitiva equivalente al 5 por cien del importe de adjudicación, IVA no incluido.
b) Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (certificados positivos de no tener deudas tributarias con la Administración del Estado, del Principado xx Xxxxxxxx y el Ayuntamiento xx Xxxxx y del órgano competente de la Seguridad Social). Los certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos.
c) En el caso de Unión Temporal de Empresas, acreditación de la escritura de constitución y NIF. Si el licitador propuesto no aportara la documentación anteriormente citada, la Mesa de Contratación podrá realizar una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente por el orden de clasificación. En este caso se le concederá un nuevo plazo xx xxxx días hábiles para cumplimentar la documentación.
Requerimiento de documentación previa a la adjudicación. Conforme a lo señalado en la cláusula 39.3 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas del Acuerdo Marco, no será necesaria la constitución de garantía definitiva previa a la adjudicación de los contratos basados en el mismo. Así, al amparo de lo previsto en el artículo 107.1 de la LCSP, dada la naturaleza consumible de los bienes objeto del acuerdo marco y sus contratos basados, cuya entrega y recepción se produce antes del pago del precio, se considera innecesaria la constitución por las empresas adjudicatarias de garantía definitiva alguna. Y ello porque el suministro de combustible de automoción en estaciones de servicio es un suministro perfectamente estandarizado que difícilmente puede ser ejecutado incorrectamente por las empresas adjudicatarias y cuya naturaleza consumible determina la improcedencia de establecimiento de periodo de garantía alguno durante el cual las empresas deban responder de los bienes suministrados. En virtud de cuanto antecede, Adjudicar a la empresa RED ESPAÑOLA DE SERVICIOS S.A.U., el siguiente contrato basado en el acuerdo marco de referencia: Objeto: suministro de combustible de automoción en sus variantes de gasóleos de automoción, gasolina y gas licuado de petróleo para los vehículos adscritos a……………., relacionados inicialmente en el Anexo I de este contrato, así como los que se pudieran adscribir durante su ejecución.
1. Descuento Generales. Descuentos ofertados, en tanto por ciento sobre el precio en surtidor en el momento del repostaje por litro de combustible suministrado sobre el precio de venta al público. D1 Gasóleos 13,47 D2 Gasolinas 13,47 D3 Gas licuado del petróleo (GLP) 8,48
Requerimiento de documentación previa a la adjudicación. Conforme a lo señalado en la cláusula 39.3 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas del Acuerdo Marco, no será necesaria la constitución de garantía definitiva previa a la adjudicación de los contratos basados en el mismo. Así, al amparo de lo previsto en el artículo 107.1 de la LCSP, dada la naturaleza consumible de los bienes objeto del acuerdo marco y sus contratos basados, cuya entrega y recepción se produce antes del pago del precio, se considera innecesaria la constitución por las empresas adjudicatarias de garantía definitiva alguna. Y ello porque el suministro de combustible de automoción en estaciones de servicio es un suministro perfectamente estandarizado que difícilmente puede ser ejecutado incorrectamente por las empresas adjudicatarias y cuya naturaleza consumible determina la improcedencia de establecimiento de periodo de garantía alguno durante el cual las empresas deban responder de los bienes suministrados. En virtud de cuanto antecede, Adjudicar a la empresa SOLRED S.A., el siguiente contrato basado en el acuerdo marco de referencia: Objeto: suministro de combustible de automoción en sus variantes de gasóleos de automoción, gasolina y gas licuado de petróleo para los vehículos adscritos a……………., relacionados inicialmente en el Anexo I de este contrato, así como los que se pudieran adscribir durante su ejecución.