RESPONSABILIDAD FINANCIERA. Cuando esta póliza se certifique como prueba futura de responsabilidad financiera, esta póliza deberá cumplir con la ley hasta la medida requerida. Si, debido a la certificación como prueba futura de responsabilidad financiera, nosotros debemos pagar una reclamación que de otra manera no habría sido cubierta por esta Parte, usted acepta reembolsarnos dicho pago.
RESPONSABILIDAD FINANCIERA. Si las autoridades competentes incurrieran en errores en la gestión del sistema de preferencias a la exportación, y, en particular, en la aplicación de lo dispuesto en el Protocolo 2, y siempre que ese error tenga consecuencias sobre los derechos de importación, la Parte que deba sufrir esas consecuencias podrá solicitar al Consejo de Estabilización y Asociación que estudie la posibilidad de adoptar todas las medidas oportunas para resolver la situación.
RESPONSABILIDAD FINANCIERA. Como excepción al artículo II.18, cualquier cantidad reclamada a un beneficiario no será superior a la aportación que tenga derecho a recibir según el acuerdo.
RESPONSABILIDAD FINANCIERA. II.18.1. Los beneficiarios acuerdan ser solidariamente responsables irrevocable e incondicionalmente de cualquier cantidad debida a la Comisión por uno de ellos que no pudiera ser pagada por este último. La cantidad debida a la Comisión no excederá el valor máximo de la contribución que pudiera ser concedida a los beneficiarios de acuerdo con el artículo I.4.3, aumentado por el interés sobre la demora cuando resulte aplicable.
II.18.2.– Los beneficiarios no serán conjuntamente responsables de las sanciones financieras que pudieran imponerse a cualquier beneficiario moroso de conformidad con el artículo II.12.
RESPONSABILIDAD FINANCIERA. Si el TRABAJADOR tuviera a su cargo funciones que tengan impacto en las finanzas del EMPLEADOR, y por su negligencia, descuido, culpa o dolo perjudica económicamente éste, deberá reembolsar y restituir los valores que el EMPLEADOR se hubiere visto perjudicado, caso contrario dicho perjuicio cometido será considerado como ineptitud manifiesta del TRABAJADOR y por tanto causal suficiente para solicitar el visto bueno y dar por terminada las relación laboral; sin perjuicio de la responsabilidad administrativa, civil y penal que pudiera tener a causa del perjuicio económico que haya ocasionado al EMPLEADOR.
RESPONSABILIDAD FINANCIERA. Cuando es ta xxx xxx s e certifique como pr ueba f utura de r esponsabilidad f inanciera, es ta xxx xxx deb erá c umplir con l a l ey has ta l a medida r equerida. Si, debi do a la c ertificación como pr ueba futura de responsabilidad f inanciera, nosotros debemos pagar una reclamación que de otra manera no habría sido cubierta por esta Parte, usted acepta reembolsarnos dicho pago.
RESPONSABILIDAD FINANCIERA. Sección 10.1 El Capítulo abrirá y mantendrá cuentas bancarias separadas a nombre del Capítulo según sea necesario para la operación comercial del Capítulo. Dicha información se deberá revelar a la ICF cuando lo solicite por escrito.
Sección 10.2 El Capítulo realizará sus actividades financieras de acuerdo con las políticas y procedimientos establecidos por la ICF e indicados en el estatuto y las políticas adoptadas del Capítulo y de la ICF.
Sección 10.3 El Capítulo será exclusivamente responsable de todos los contratos, acuerdos, arrendamientos y responsabilidades y obligaciones financieras incurridas por el Capítulo en relación con su operación, actividades, programas y eventos. El Capítulo tiene prohibido asumir obligaciones financieras y adquirir deuda en nombre de la ICF, o de cualquier manera que comprometa a la ICF. El Capítulo acepta indemnizar, defender y mantener indemne a la ICF de y contra todo reclamo de terceros realizado contra la ICF y que surjan o sean resultado de cualquier contrato que haya firmado el Capítulo, o respecto a cualquier deuda u obligación financiera que haya asumido el Capítulo.
Sección 10.4 La ICF no será responsable ni estará obligada al pago de las obligaciones del Capítulo a menos que la ICF haya aceptado específicamente tal responsabilidad por escrito, en un documento firmado por el CEO/Director General de la ICF con la aprobación de la Junta Directiva de la ICF.
RESPONSABILIDAD FINANCIERA. LOGALTY dispone de recursos económicos suficientes para mantener sus operaciones y cumplir sus obligaciones, así como para afrontar el riesgo de la responsabilidad por daños y perjuicios, según lo establecido en la ETSI EN 319 401-1 7.12 c), en relación con la gestión de la finalización de los servicios y plan de cese.
RESPONSABILIDAD FINANCIERA. Usted entiende que sigue siendo, única y exclusivamente, responsable de todos y cada uno de los riesgos financieros, incluyendo, sin limitación, la insuficiencia de fondos asociada al acceso al Servicio. La Cooperativa de Crédito no será responsable de ninguna manera por dicho riesgo a menos que la Cooperativa de Crédito no siga los procedimientos descritos en los materiales para el uso del servicio. Usted asume la responsabilidad exclusiva de las consecuencias de cualquier instrucción que proporcione a la Cooperativa de Crédito, por su incapacidad de acceder al Servicio de la manera prescrita por la Cooperativa de Crédito, y por su incapacidad de suministrar de información precisa, lo que incluye, sin limitación, cualquier información contenida en una solicitud. Conciliación de cuentas. Usted verificará y conciliará cualquier condición que esté fuera del saldo, y notificará oportunamente a la Cooperativa de Crédito de cualquier error dentro de los períodos de tiempo establecidos en el Acuerdo de Membresía y Cuenta después de recibir su estado de cuenta. Si se le notifica dentro de dicho período, la Cooperativa de Crédito corregirá y volverá a presentar todos los archivos, informes y otros datos erróneos a los cargos estándar de la Cooperativa de Crédito en ese momento, o sin cargo alguno, si el informe erróneo u otros datos resultaron directamente del error de la Cooperativa de Crédito.
RESPONSABILIDAD FINANCIERA. 9.2.1. Seguro de cobertura
9.2.2. Otros recursos
9.2.3. Seguro de cobertura o garantia de cobertura para usuarios