RESPONSABILIDADES DEL ARRENDADOR Cláusulas de Ejemplo

RESPONSABILIDADES DEL ARRENDADOR. Es de responsabilidad de EL ARRENDADOR: Entregar a EL ARRENDATARIO LOS VEHÍCULOS asignados en intacto y óptimo estado mecánico, de carrocería, pintura, equipos y documentos. Mantener LOS VEHÍCULOS asignados en perfectas condiciones de funcionamiento, realizar periódicamente el mantenimiento preventivo y correctivo que LOS VEHÍCULOS necesiten para su correcto funcionamiento. Mantener LOS VEHÍCULOS efectivamente arrendados y los conductores designados a disposición de EL ARRENDATARIO las veinticuatro (24) horas por día. En caso que LOS VEHÍCULOS y los conductores no estén disponibles durante dicho período por cualquier razón, EL ARRENDADOR pondrá a disposición de EL ARRENDATARIO otros vehículos con características y calificaciones iguales conforme a los mismos términos y condiciones de este Contrato, pero sin costo adicional alguno para EL ARRENDATARIO. EL ARRENDADOR permitirá a EL ARRENDATARIO colocar distintivos en LOS VEHÍCULOS que lo identifique como la Misión siempre y cuando no se cause daños a los mismos. EL ARRENDADOR mantendrá, a su costo exclusivo, LOS VEHÍCULOS en buen estado para el uso continuo por parte de EL ARRENDATARIO durante el plazo de este Contrato. En caso alguno de LOS VEHÍCULOS presente fallas operativas, EL ARRENDATARIO no será responsable de las misma y se encuentra facultado para pedir el cambio inmediato de los mismos, sin que implique gasto o costo alguno para EL ARRENDATARIO.
RESPONSABILIDADES DEL ARRENDADOR. Es responsabilidad de EL ARRENDADOR: 10.1 Entregar a LA ARRENDATARIA, LOS VEHÍCULOS asignados en intacto y óptimo estado mecánico, de carrocería, pintura, equipos y documentos. 10.2 Mantener LOS VEHÍCULOS asignados en perfectas condiciones de funcionamiento, realizar periódicamente el mantenimiento preventivo y correctivo que LOS VEHÍCULOS necesiten para su correcto funcionamiento. 10.3 Mantener LOS VEHÍCULOS efectivamente arrendados y los conductores designados a disposición de LA ARRENDATARIA las veinticuatro (24) horas por día. En caso de que LOS VEHÍCULOS y los conductores no estén disponibles durante dicho período por cualquier razón, EL ARRENDADOR pondrá a disposición de LA ARRENDATARIA otros vehículos con características y calificaciones iguales conforme a los mismos términos y condiciones de este Contrato, pero sin costo adicional alguno para LA ARRENDATARIA. 10.4 EL ARRENDADOR permitirá a LA ARRENDATARIA colocar distintivos en LOS VEHÍCULOS que lo identifique como la Misión siempre y cuando no se cause daños a los mismos. 10.5 EL ARRENDADOR mantendrá, a su costo exclusivo, LOS VEHÍCULOS en buen estado para el uso continuo por parte de LA ARRENDATARIA durante el plazo de este Contrato. 10.6 En caso alguno de LOS VEHÍCULOS presente fallas operativas, LA ARRENDATARIA no será responsable de las misma y se encuentra facultado para pedir el cambio inmediato de los mismos, sin que implique gasto o costo alguno para LA ARRENDATARIA. 10.7 EL ARRENDADOR garantiza que ni él, ni sus entidades matrices ni subsidiarias o entidades afiliadas (si las hay) realizan alguna práctica incompatible con las leyes y normas internacionales de derechos humanos que previenen el trabajo infantil, la explotación sexual y la trata de personas. EL ARRENDADOR adoptará todas las medidas apropiadas para evitar que su personal participe en la explotación sexual, el trabajo infantil y en la trata de personas.
RESPONSABILIDADES DEL ARRENDADOR a) A la entrega del local, deberá encontrarse totalmente desocupado; solo debe estar el mobiliario requerido, el modem/router del internet y el extintor solicitado. b) El arrendador deberá proporcionar, además de su número celular de uso frecuente, un número telefónico adicional de emergencia, para que el representante del Minedu pueda entablar una comunicación efectiva e inmediata, en cuanto le sea requerido. Estas comunicaciones se darán principalmente cuando se presenten algunos incidentes en el local, por atender. c) En caso, durante la ejecución del servicio, ocurra algún incidente con las cañerías o instalaciones eléctricas, el proveedor deberá hacerse responsable de los gastos y tomar las medidas correspondientes para solucionar el problema de forma inmediata, incluso desperfectos producidos por desastres naturales. d) En caso, durante el tiempo de ejecución del servicio, se produzca el corte del servicio de agua, electricidad o internet (pero no por falta de pago) en el local, el monitor Minedu, en calidad de responsable del local ENLA 2024, informará al arrendador, quien será el responsable de solucionar el inconveniente de forma inmediata. e) El arrendador deberá considerar, al formular su oferta, gastos que tengan que ver con desgaste en las paredes del inmueble debido al uso de cinta adhesiva, clavos, grapas, entre otros, de igual forma para el caso de los pisos debido a la alta transitabilidad y/o por el uso propio del local. El arrendador deberá considerar dicha circunstancia en su oferta, toda vez que el Ministerio de Educación no asumirá los gastos de resane de las paredes ni trabajos de pintura u otros. f) Si durante el periodo de arrendamiento el mobiliario sufriera algún desperfecto por el cual no pueda ser utilizado correctamente o ponga en riesgo la seguridad del personal, el arrendador deberá hacerse responsable de los arreglos o reposición, si fuera necesario.
RESPONSABILIDADES DEL ARRENDADOR. (a) Suministro de Equipo y Productos, y limi- tación de responsabilidad (b) Entrega y recogida a domicilio (c) Productos devueltos
RESPONSABILIDADES DEL ARRENDADOR. Al arrendador se le requiere proveer:  Un apartamento limpio cuando el inquilino lo vaya a ocupar.  Áreas comunes limpias (pasillos, escaleras, patios, entradas).  Pasillos y entradas bien alumbrados; y  Plomería y calefacción que funcione adecuadamente (tanto agua caliente como fría). Además, los códigos de vivienda, sanidad, incendios y medioambientales tanto locales como estatales pueden exigir lo siguiente:  Escaleras, balcones, pisos, techos y paredes adecuadamente reparados y seguros.  Cerraduras en buen estado en las puertas del apartamento.  Salidas de emergencia viables en el edificio.  Dos tomacorrientes en cada cuarto.
RESPONSABILIDADES DEL ARRENDADOR. El Arrendador brindará el soporte y respaldo técnico al Equipo, durante el plazo de vigencia del arrendamiento.
RESPONSABILIDADES DEL ARRENDADOR. El Arrendador se compromete a: 1. Entregar la embarcación arrendada con el equipo completo en condiciones de navegar (incluyendo su edad y condición técnica) en la fecha acordada, después de haber recibido el pago completo por el arrendamiento. Se deben observar todos los períodos de mantenimiento recomendados, y éstos deben incluir el período completo del arrendamiento. Se debe prestar especial atención al mantenimiento de equipos de rescate y seguridad (si están disponibles o son obligatorios) tales como: balsa salvavidas, chalecos salvavidas, señales de alarma, EPIRB, extintores de incendios y sistema de cocina de gas, así como a la integridad y actualidad de cartas náuticas e instrumentos de navegación. faircharter_tc_2022 2. Proporcionar al Arrendatario los documentos xxx xxxxx, incluyendo todos los certificados, documentos, listas, manuales de instrucción y otros documentos válidos necesarios para ingresar al área náutica acordada en el contrato. Las exclusiones de los cuerpos de agua acordadas en el contrato del arrendamiento, así como las exclusiones temporales deben ser especificadas de forma clara y sin contradicciones. El Arrendador debe indicar claramente los detalles que no son obvios para el Arrendatario. Todos los documentos deben ser proporcionados en inglés o en el idioma del Arrendatario. 3. compensar los daños o defectos que surjan durante el período del arrendamiento, o defectos ocultos encontrados de acuerdo con el contrato (ver punto V). 4. reembolsar el tiempo de inactividad de acuerdo con el contrato (ver punto V). 5. estar disponible para el Arrendatario durante el período de arrendamiento por teléfono o radio al menos durante las horas normales de trabajo del Arrendador.
RESPONSABILIDADES DEL ARRENDADOR. El arrendador entrega el vehículo en perfecto estado, habiendo realizado todas las verificaciones y el mantenimiento necesario para su buen funcionamiento. No será responsable de los fallos mecánicos o averías produci- dos por el deterioro normal del vehículo, ni de gastos, retrasos o perjuicios producidos, directa o indirectamente, como conse- cuencia de tales fallos o averías. 13.1 Si por causa de fuerza mayor, motivos fortuitos o ajenos al arrendador, no se pudiera entregar el vehículo en la fecha con- venida, esto no dará derecho a ninguna indemnización, salvo la devolución por parte del arrendador al arrendatario de la canti- dad pagada en concepto de reserva. Siempre se intentará en- tregar un vehículo de similares características en sustitución del contratado. 13.2 El arrendador no asume ninguna responsabilidad ante el arrendatario, sobre el automóvil del arrendatario que se en- cuentre, en calidad de aparcamiento gratuito, en las inmedia- ciones de la sede del arrendador durante el período de alquiler del vehículo vivienda.
RESPONSABILIDADES DEL ARRENDADOR. Estas corresponden a: 1. Entregar en óptimas condiciones técnicas el vehículo para el uso por el cual esta ha sido contratado. 2. Garantizar su derecho de dominio sobre el bien mueble objeto del presente contrato. 3. Realizar el pago del seguro SOAT, el cual tiene como obligación mantenerlo siempre vigente.

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  • RESPONSABILIDADES 13.1. Excepto por lo establecido en el numeral 8.2., EL EVALUADOR será el único responsable por las actividades objeto del presente contrato, y por lo tanto, indemnizará y mantendrá libre a la ANH de cualquier obligación, así como de los efectos que en su contra puedan resultar de embargos, demandas, juicios y/o reclamaciones de cualquier naturaleza, incluidas pero no limitadas a lesión o muerte de cualquier persona, destrucción total o parcial de cualquier propiedad o bien y/o daños al medio ambiente, provocados de cualquier modo en conexión con, referentes a, o derivados de la adquisición, procesamiento, reprocesamiento y/o interpretación de la información y datos técnicos y/o de cualquier actividad realizada por EL EVALUADOR en virtud de este contrato. Lo anterior, sin perjuicio de la obligación de indemnizar a los propietarios de terrenos o a cualquier persona a quienes se les causen daños y/o perjuicios. EL EVALUADOR asumirá la defensa y los costos, gastos y expensas por todas las demandas que sean interpuestas contra la ANH con motivo de tales reclamaciones, y se obliga a asumir los costos de cualquier juicio resultante, incluidos pero no limitados a los costos necesarios para la reparación o indemnización de esos daños o pérdidas, costos judiciales o extrajudiciales que se generen, costos de investigación, honorarios de abogados, etcétera. La ANH participará en su defensa frente a cualquier demanda en que pueda estar involucrada, sin que esta participación exima a EL EVALUADOR de las obligaciones aquí descritas. La obligación de EL EVALUADOR de amparar y mantener a salvo o indemne a la ANH y su personal, de acuerdo con esta cláusula, se mantendrá aún cuando EL EVALUADOR disponga de garantías o protección legal frente a las reclamaciones o demandas. 13.2. EL EVALUADOR será el único responsable por los daños y pérdidas que surjan con ocasión de la ejecución del Programa de Evaluación Técnica y demás obligaciones contraídas, actividades realizadas, incluso aquellos causados por sus subcontratistas, quedando entendido que en ningún momento será responsable por errores de criterio, o por pérdidas o daños que no fueren resultado de culpa grave o dolo. Cuando EL EVALUADOR subcontrate, se asegurará que todos sus subcontratistas cumplan los términos establecidos en este contrato y en las leyes colombianas. Las obras y servicios subcontratados serán ejecutados a su nombre, en razón de lo cual EL EVALUADOR mantendrá su responsabilidad directa por todas las obligaciones establecidas en el subcontrato y derivadas del mismo, de las cuales no podrá exonerarse en razón de las subcontrataciones. La ANH no asumirá responsabilidad alguna por este concepto, ni aún a título de solidaridad. 13.3. EL EVALUADOR deberá tomar las precauciones necesarias para proteger el medio ambiente, la vida humana, la propiedad de otros y prevenir la contaminación del Área de Evaluación Técnica. En consecuencia, EL EVALUADOR asumirá los costos de manejo ambiental, sanitarios, seguridad industrial, salud ocupacional, seguridad y demás costos, aunque no se mencionen en este numeral o en otras cláusulas de este contrato, o que se deriven de las actividades a su cargo en virtud de este contrato. 13.4. EL EVALUADOR actúa como único empleador de los trabajadores que contrate para el desarrollo de las actividades propias de este contrato y, en consecuencia, será el responsable de las obligaciones laborales que surjan de las respectivas relaciones o contratos de trabajo, tales como pago de salarios y prestaciones sociales, aportes parafiscales, afiliación y pago de cotizaciones o aportes por concepto de pensiones, salud y riesgos profesionales al Sistema de Seguridad Social Integral conforme a la ley. En todo caso, EL EVALUADOR deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales que señalan la proporción de empleados y obreros nacionales y extranjeros. 13.5.Ninguna de las Partes tendrá responsabilidad por cualquier demanda o reclamo que inicie la otra Parte en virtud del presente contrato por daños indirectos.

  • RESPONSABILIDAD Queda expresamente estipulado que el personal contratado para el cumplimiento de este contrato estará bajo la responsabilidad directa de "El Proveedor", consecuentemente "El Estado" queda liberado de cualquier responsabilidad laboral, de seguridad social, civil o de cualquier otra naturaleza que pudiera obligarlo, comprometiéndose "El Proveedor" a responder de cualquier reclamación en contra de "El Estado".

  • Límite Máximo de Responsabilidad El límite máximo de responsabilidad de la Compañía en esta cobertura se establece en la carátula de la póliza y opera como límite único y combinado (L.U.C) para los diferentes riesgos amparados por ella.