Common use of RÉGIMEN JURÍDICO Clause in Contracts

RÉGIMEN JURÍDICO. El contrato definido tiene la calificación de contrato privado y se trata de un contrato excluido del ámbito del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre), por lo que, tal y como establece el artículo 4.1.p) de la precitada Ley, se regirá por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, el presente contrato, en lo no previsto en este Pliego, se regirá por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL). El Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. La Ley y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/1996, de 00 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales, de la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materia.

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Samples: Pliego De Condiciones Económico Administrativas Para La Adjudicación Del Aprovechamiento Cinegético Del Coto Privado De Caza, Pliego De Condiciones Económico Administrativas Para La Adjudicación Del Aprovechamiento Cinegético Del Coto Privado De Caza

RÉGIMEN JURÍDICO. 2.1.- El contrato definido tiene la calificación tendrá naturaleza privada, con arreglo a lo dispuesto en el art. 4.1.p) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de contrato privado y 14 de noviembre, por el que se trata de un contrato excluido del ámbito del aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas del Sector Público (RD Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembreen adelante, TRLCSP), por lo que, tal y como establece el artículo 4.1.p) de la precitada Ley, cuyos principios se regirá por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP aplicarán para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarsepresentarse en el desarrollo del concreto procedimiento de adjudicación durante las fases de preparación y adjudicación, tal así como para la determinación del órgano de contratación competente, y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, se regirá por lo dispuesto en el presente contratopliego y en las prescripciones técnicas que se adjuntan y, en lo no previsto regulado en este Pliegoellos, se regirá por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del de Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante Publicas (LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000General de la Ley 33/2003, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Publicas, la legislación patrimonial contenida en la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora reguladora de las Bases de del Régimen Local (LBRL). El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL). El y el Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, y por las normas de derecho privado, referencia que se entienda hecha a la Ley 29/2014, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos y al Código Civil. La Ley y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/1996, de 00 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales, de la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materiarestante normativa administrativa se aplicará con carácter supletorio.

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Samples: www.dipuleon.es

RÉGIMEN JURÍDICO. El Carácter del contrato. Este contrato definido tiene la calificación de contrato privado carácter privado. En cuanto a sus efectos y se trata de un contrato excluido del ámbito del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre), por lo que, tal y como establece el artículo 4.1.p) de la precitada Leyextinción, se regirá por la legislación patrimoniallas normas de las siguientes disposiciones: -Ley 30/2007, aplicándose los preceptos de 30 de Octubre, de Contratos del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas Sector Público. Registro Mercantil de Madrid, Tomo 37770, Hoja 48, Sección 8, Entrada M-672859 – C.I.F.: W0186206I -Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, el presente contrato, en lo no previsto en este Pliego, se regirá por desarrolla parcialmente la Ley 33/200330/2007, de 3 30 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009Octubre, de 28 xx xxxxxxContratos del Sector Público. -Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP)General de Contratos de las Administraciones Públicas. La Ley 7/1985-Ley 30/1992, de 2 xx xxxxx26 de noviembre, Reguladora de Régimen Jurídico de las Bases Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de Régimen Local (LBRL)13 de enero. El -Por cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación tanto a nivel estatal como de la Comunidad Autónoma Valenciana y que resulten aplicables en el ámbito de la misma. Y en cuanto a sus efectos y extinción por las normas de derecho privado y en concreto: -La Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro. -El Real Decreto Legislativo 781/19866/2004, de 18 xx xxxxx29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia la Ley de Régimen Local (TRRL)Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. El -El Real Decreto 1372/19862486/1998, de 13 xx xxxxx20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes Ordenación y Supervisión de las Entidades Localeslos Seguros Privados. La -La Ley y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/199626/2006, de 00 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 17 de Conservación de Espacios Naturalesjulio, de la Flora Mediación de seguros y Fauna Silvestres reaseguros privados. Y por el resto de disposiciones de derecho privado de general y sus disposiciones complementarias. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materiaconcordante aplicación.

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Samples: www.upv.es

RÉGIMEN JURÍDICO. El contrato definido tiene la calificación de contrato privado y arrendamiento cuya formalización se trata propone, a tenor de un contrato excluido del ámbito del Texto Refundido lo dispuesto en el art. 9.2 de la Ley 9/2017, de 8 de diciembre, de Contratos del Sector Público por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxx xxxxxxxx xxx xxxxxx de 14 dicha Ley. Este contrato se rige, en aplicación de Noviembre)lo preceptuado por el artículo 4 del citado texto legal, por lo que, tal y como establece el artículo 4.1.p) de la precitada Ley, se regirá por la legislación patrimonialsus normas especiales, aplicándose los preceptos del TRLCSP principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. Concretamente y en cuanto a su preparación y adjudicación este negocio jurídico se rige por la legislación patrimonial, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuenciaes decir, el presente contrato, en lo no previsto en este Pliego, se regirá por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP)Públicas, en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación y el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000General de la Ley de Patrimonio, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes todo ello en materia de Régimen Local (TRRL). El Real relación con el Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. La Ley Locales y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/1996el Real Decreto 781/1986, de 00 18 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x Leónpor el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local. En cuanto a sus efectos y extinción, y por tratarse de un arrendamiento para uso distinto del de vivienda, se regirá, por la Ley 4/1989 de Conservación Patrimonio de Espacios Naturaleslas Administraciones Públicas y las normas de derecho privado, esto es, la Ley 29/1994, de la Flora 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materiael Código Civil.

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Samples: transparencia.madrid.es

RÉGIMEN JURÍDICO. El contrato definido tiene la calificación de contrato privado a que se refiere el presente Xxxxxx se regirá, en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos, modificación y se trata de un contrato excluido del ámbito del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre)extinción, por lo quedispuesto en la Ley 9/2017, tal de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y como establece del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP). Región xx Xxxxxx Deportes SAU (En adelante RMD), es una sociedad mercantil regional que forma parte del Sector Público, siendo poder adjudicador y no reuniendo la condición de Administración Pública, dado lo cual el contrato tendrá la consideración de privado, en función de lo dispuesto en al artículo 4.1.p26. 1.b) de la precitada LeyLCSP, se regirá rigiéndose por lo establecido en el artículo 26.3 de la legislación patrimonialLCSP en las cuestiones relativas a la preparación, aplicándose adjudicación, efectos, modificación y extinción de los preceptos del TRLCSP contratos, siendo la Jurisdicción competente, la establecida para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone la sociedad mercantil en el apartado 2 del artículo 427 de la LCSP. En consecuenciaDe acuerdo con lo establecido en el artículo 44.1 a) de la LCSP, el presente contrato, en lo contrato no previsto en este Pliego, se regirá por la Ley 33/2003, es susceptible de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes Recurso especial en materia de Régimen Local (TRRL)contratación. El Real Decreto 1372/1986presente pliego y demás documentos anexos revestirán carácter contractual. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de documentos contractuales, de 13 xx xxxxxprevalecerá este pliego. NA VA RR O SA NC HE Z, por FR AN CI SC O JA VI ER 24 /0 7/ 20 19 12 :45 :12 Es ta es un a c op ia au té nt ica im pr im ibl e d e u n d oc um en to el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. La Ley y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/1996, de 00 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales, de la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos ec tró nic o a esta materia.dm ini str at xxx ar ch iva do po r l a C om un ida

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De

RÉGIMEN JURÍDICO. El contrato definido La presente contratación tiene la calificación de contrato privado naturaleza patrimonial privada y se trata sujetará en todo caso a lo dispuesto en el presente Pliego de un contrato excluido del ámbito del Texto Refundido Bases y demás documentación contractual, así como a las disposiciones de derecho privado que resulten en su caso aplicables atendiendo a la Ley específica modalidad contractual de Contratos que se trata. Sin perjuicio de lo anterior y atendiendo a la particular naturaleza de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 partes implicadas, así como de 14 de Noviembre), por lo que, tal y como establece los derechos sobre los cuales se basa el artículo 4.1.p) de la precitada Leycontrato, se regirá por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver atenderá igualmente a cuantas previsiones puedan resultar de aplicación de las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, el presente contrato, recogidas en lo no previsto en este Pliego, se regirá por la las siguientes disposiciones: • Ley 33/200320/2006, de 3 de noviembre00 xx xxxxxxxxx, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articuladoxxxxxxxxx x xx xxxxxxx xxxxx xx xxx Xxxxx Xxxxxxx. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de del Régimen Local (LBRL)Local. El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL)Local. El Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. La Ley y 3/2003, de 26 xx xxxxx, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears (BOIB núm. 44, de 03-04-2003) • Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxx, Xxxxxxxxx. • Xxx 0/0000, xx 00 xx xxxxx, xxx xxxxxx xxxxxxx instrumental de la comunidad autónoma de las Xxxxx Balears. • Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. • Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento xx XxxxxxGeneral de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. Ley 4/19966/2011, de 00 xx xxxxx, del Patrimonio de la comunidad autónoma de las Xxxxx Balears. • Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 00 xx Xxxx xxxxx, de Patrimonio de la comunidad autónoma de las Xxxxx Balears. • Xxx 0/0000, xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales00 xx xxxxx, de la Flora buena administración y Fauna Silvestres del buen gobierno de las Xxxxx Balears. • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. • Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. • Decreto 147/2000, de 10 de noviembre, sobre contratación de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears. • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. • Reglamento orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento xx Xxxxx de fecha 29 de julio de 2004. • Ley Orgánica 2/ 2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. • Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa. • Ley 10/2010 de 00 xx xxxxx, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. En particular, en lo que se refiere al procedimiento de adjudicación de los presentes contratos y de conformidad con lo recogido en el Pliego, se observarán los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación. Los licitadores aceptan de forma expresa su sumisión al presente Xxxxxx y demás documentación contractual. El desconocimiento xxx Xxxxxx en cualquiera de sus disposiciones complementarias. Orden Anual términos o de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materialos documentos anexos que forman parte del mismo o de cualesquiera otros documentos de naturaleza contractual no eximirá al adjudicatario de la obligación de su cumplimiento.

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Samples: Pliego De Bases Que Rige La Adjudicación Del Complejo Palau De Congressos De Palma De Mallorca

RÉGIMEN JURÍDICO. El Este contrato definido tiene la calificación carácter administrativo y su preparación, adjudicación efectos y extinción se regirá por lo establecido en este pliego de contrato privado cláusulas administrativas particulares y para lo no previsto en él , será de aplicación el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se trata de un contrato excluido del ámbito del aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, de Desarrollo Parcial de la Ley 30/2007 y Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RD en todo lo que no se oponga al Real Decreto Legislativo 3/2011 y disposiciones de 14 desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de Noviembre)derecho administrativo y, por lo queen su defecto, tal y como establece el artículo 4.1.p) las normas de la precitada Ley, se regirá por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4derecho Público. En consecuencia, caso de contradicción entre el presente contratoPliego de Cláusulas Administrativas (Particulares) Proyecto Técnico (con los documentos que los integran) y alguno de sus anexos, en prevalecerá lo no previsto dispuesto en este Pliego. San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx a 13 xx xxxxx de 2015 POR CONTRATACIÓN Fdo. XXXXXXX XXXXX XXXXXX - Precio. - Regularización del kilometraje. - Plazo de entrega del vehículo. CRITERIO 1. Oferta económica (MÁXIMO 20 PUNTOS) Las bajas sobre el precio máximo de licitación se valorarán hasta un máximo de 20 puntos de acuerdo con la siguiente tabla: CRITERIO 2. Regularización kilometraje. (MÁXIMO 10 PUNTOS) Las ofertas basadas en el kilometraje total contratado, tanto por exceso como por defecto, se regirá por la Ley 33/2003, valorarán hasta un máximo de 3 10 puntos de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en acuerdo con el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL). El Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. La Ley y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/1996, de 00 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales, de la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materia.siguiente desglose:

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Samples: www.ayto-sanfernando.com

RÉGIMEN JURÍDICO. El contrato definido tiene de arrendamiento que se firme entre el Ayuntamiento y el adjudicatario tendrá naturaleza privada, rigiendo para su preparación y adjudicación normas de derecho administrativo, y para sus efectos y extinción normas de derecho privado. En lo no previsto en las presentes cláusulas regirán las normas de la calificación Ley 7/1985, de contrato privado y se trata 2 xx xxxxx, reguladora de un contrato excluido del ámbito las Bases de Régimen Local, la legislación básica contenida en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, (RGLCAP) Real Decreto Legislativo 781/1986 (TRRL), de 18 xx xxxxx, las normas del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas del Sector Público (RD Legislativo 3/2011 aprobado por Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de Noviembrenoviembre), por lo quey, tal y como establece en su defecto, las normas de Derecho Privado aplicables. MOBILIARIO PLANTA BAJA □BALDA/ESTANTERIA PARED GRANDE 2 UNID. □BALDA/ESTANTERIA PARED MEDIANA 2 UNID. □BALDA/ESTANTERIA PARED PEQUEÑA 1 UNID. □VITRINA CRISTAL LARGA 1 UNID. □ARMARIO MADERA PARA VASOS 2 UNID. □ARMARIO METAL CAFETERA 1 UNID. □BARRA DE BAR MADERA EN FORMA DE L 1 UNID. □MESA METAL CON FREGADERO 1 UNID. □SOPORTE METAL TELEVISIÓN 1 UNID. □TABURETES MADERA 4 UNID. □MESA PEQUEÑA VERDE 1 UNID. □MESAS MADERA COLOR HAYA CUADRADA 3 UNID. □MESA GRANDE MADERA 1 UNID. □BANCOS SIN RESPALDO PEQUEÑOS MADERA 13 UNID. □BANCOS SIN RESPALDO MEDIANOS MADERA 2 UNID. □BANCOS SIN RESPALDO GRANDES MADERA 4 UNID. □MESAS BLANCAS DE TERRAZA REDONDAS 4 UNID. □PATAS DE MESAS BLANCAS TERRAZA REDONDA 16 UNID. (Algunas están rotas) □SILLAS TERRAZA BLANCAS 19 UNID. □SOMBRILLAS 2 UNID. □PIE DE SOMBRILLAS (PIEDRAS) 2 UNID. □VENTILADOR TECHO BLANCOS 3 UNID. □FAROLILLOS LAMPARAS NEGRAS 6 UNID. □EXTINTOR 1 UNID. MOBILIARIO PLANTA BAJA □MESA MADERA MEDIANA 4 UNID. □MESA MADERA GRANDE 1 UNID. □BANCOS MADERA CON RESPALDO MEDIANOS 7 UNID. □BANCOS MADERA CON RESPALDO GRANDES 1 UNID. □FAROLILLOS LAMPARA NEGROS 4 UNID. □VENTILADORES PEQUEÑOS DE PARED 2 UNID. □EXTINTOR 1 UNID. MOBILIARIO BAÑO □ESPEJO 2 UNID. □POSA JABÓN 2 UNID. □BARRA TOALLERO 2 UNID. □SOPORTE PAPEL HIGIÉNICO 2 UNID. □PAPELERA BAÑO 1 UNID. □ESCOBILLA BAÑO 2 UNID. MAQUINARIA □CAFERTERA 1 UNID. □MOLINILLO CAFÉ 1 UNID. □CÁMARA FRIGORÍFICA 3 PUERTAS 1 UNID. □LAVAVAJILLAS PEQUEÑO 1 UNID. □REJILLA GRANDE PLÁSTICO LAVAVAJILLAS 1 UNID. □REJILLA PEQUEÑA PLÁSTICO LAVAVAJILLAS 1 UNID. ENSERES □CEPILLO GRANDE 1 UNID. □PAPELERA PEQUEÑA 1 UNID. □CUADROS DIVERSOS 3 UNID. □PAPELERA/CUBO MEDIANOS 2 UNID. □CUBO FREGONA Y FREGONA 1 UNID. □JARRA METAL PARA LECHE 2 UNID. □JARRA PEQUEÑA METAL PARA INFUSIONES 3 UNID. □ESTANTERIA METAL CON 6 BALDAS 1 UNID. □VASOS CRISTAL DIFERENTES MODELOS 170 UNID. □PORRONES CRISTAL 2 UNID. □PLATOS CAFÉ 26 UNID. □TABLA CORTAR MADERA 1 UNID. □CENICEROS DIFERENTES MODELOS 13 UNID. □TAZAS CAFÉ DIFERENTES MODELOS 16 UNID. □ARMARIO BOTIQUÍN VACÍO 1 UNID. □BANDEJA DE METAL 1 UNID. □CUCHARILLAS CAFÉ 1 UNID. □VINAGRERA/ ACEITERA 1 UNID. □MORTERO DE MADERA SÓLO EL CUENCO 1 UNID. □RECOGEDOR 1 UNID. □PLATOS DIFERENTES MODELOS PLANOS 30 UNID. □QUEMADOR PARA LA PLANCHA 1 UNID. □CESTA PEQUEÑA 1 UNID. □BOMBONAS DE BUTANO 3 UNID. □EXTINTORES 2 UNID. □XXXXXXXX 0 XXXX. Don/ña declara, bajo su responsabilidad, que no está incurso en ninguno de los supuestos de prohibición para contratar con la Administración enumerados en el artículo 4.1.p) de la precitada Ley, se regirá por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos 60 del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, el presente contrato, en lo no previsto en este Pliego, se regirá por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia la Ley de Régimen Local Contratos del Sector Público (TRRL). El aprobado por Real Decreto 1372/1986legislativo 3/2011, de 13 xx xxxxx, 14 de noviembre) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (aprobado por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. La Ley y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/1996Real Decreto legislativo 3/2011, de 00 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. 14 de noviembre) la Ley 4/1989 30/2007 de Conservación 30 de Espacios Naturalesoctubre, de la Flora Contratos del Sector Público.- (Fecha y Fauna Silvestres firma)”. que apruebo mediante el presente Decreto, y sus disposiciones complementariasordeno su publicación mediante edictos en los tablones de anuncios del Ayuntamiento, en Villamuriel xx Xxxxxxx, a 19 xx xxxx de 2014. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigorAnte mi, relativos a esta materia.EL ALCALDE EL SECRETARIO

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Samples: villamurieldecerrato.es

RÉGIMEN JURÍDICO. El contrato definido tiene 2.1.- La contratación a la calificación que se refiere el presente Pliego es de contrato privado y naturaleza administrativa, de conformidad con el art. 19.1 a) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se trata de un contrato excluido del ámbito del aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP) y, el régimen jurídico aplicable, es el relativo al contrato de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 gestión de 14 servicio público, mediante concesión, de Noviembre), por conformidad con lo que, tal y como establece establecido en el artículo 4.1.p) 8 y aquellos que resulten de la precitada Leyaplicación de los contenidos en el Capítulo III, se regirá por la legislación patrimonialdel Título II, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver las dudas Libro IV del TRLCSP. 2.2.-Las partes contratantes, quedan sometidas en primer lugar, a lo establecido en este Pliego y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, el presente contratoa su Anexo de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en este Pliegolos mismos, se regirá por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le les será de aplicación el mencionado TRLCSP, así como la normativa y reglamentos que la desarrollen y que resulten aplicables por razón de la materia; el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por el Decreto de 17 xx xxxxx de 1.955; el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La Ley 7/1985339/1990, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL). El Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Texto Articulado de Bienes la Ley de las Entidades Locales. La Tráfico, Circulación de Vehículos de motor y Seguridad Vial, modificado por la Ley y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/19965/1997, de 00 24 xx xxxxxxxxxx y, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de Conservación derecho administrativo y, en su defecto, las de Espacios Naturales, de la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materiaderecho privado.

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RÉGIMEN JURÍDICO. El contrato definido tiene que se celebre, al amparo de lo previsto por el art. 26 de la calificación Ley 9/2017, de 8 de Noviembre, de Contratos del Sector Pu´ blico, por la que se transponen al ordenamiento jurı´dico espan˜ ol las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP), tendra´ la consideracio´ n de contrato privado pues estara´ celebrado por una entidad del sector pu´ blico que siendo poder adjudicador no reu´ ne la condicio´n de Administracio´n Pu´ blica; quedando regulada su preparacio´ n y adjudicacio´n por lo establecido en el presente Pliego, en el Pliego de Prescripciones Te´cnicas, y en su defecto en la LCSP y sus disposiciones de desarrollo. - Su re´gimen jurı´dico vendra´ determinado por las previsiones de los artı´culos 316 a 320 de la LCSP, de tal forma, que si el servicio tiene un valor estimado sea igual o superior a 40.000 € e inferior a 4 OFICINAS CENTRALES: Cl. La Plaza 3-4º Nivel Tfno: 000 000000 Fax.: 000 000000 Documento firmado por: Fecha/hora: XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX 24/05/2019 13:56:16 5.548.000 €, se trata podra´ adjudicar por cualquiera de un contrato excluido los procedimientos previstos en la Seccio´n 2ª, del ámbito Capı´tulo I, del Texto Refundido Tı´tulo I, del Libro Segundo de la Ley 9/2017. - En cuanto a los efectos y extincio´ n del contrato, sera´n de Contratos aplicacio´n las normas de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 derecho privado. No obstante, le sera´ aplicable lo dispuesto en los artı´culos 201 sobre obligaciones en materia medioambiental, social o laboral; 202 sobre condiciones especiales de 14 ejecucio´n; 203 a 205 sobre supuestos de Noviembre), por lo que, tal modificacio´n del contrato; 214 a 217 sobre cesio´n y como establece el artículo 4.1.p) subcontratacio´n; y 218 a 228 sobre racionalizacio´n te´cnica de la precitada Ley, se regirá por la legislación patrimonial, aplicándose contratacio´n; ası´ como las condiciones de pago establecidas en los preceptos apartados 4º del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, el presente contrato, en lo no previsto en este Pliego, se regirá por la Ley 33/2003, de 3 de noviembreartı´culo 198.4º, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP)art. 210, en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación generaly del artı´culo 243.1º, siendo supletoria todos ellos de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articuladoLCSP. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL). El Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. La Ley y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/1996, de 00 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales, de la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materia.A00671a14713180374807e3175050d38H

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RÉGIMEN JURÍDICO. El contrato definido tiene objeto del presente convenio no está comprendido en ninguno de los contratos administrativos regulados la calificación Ley 9/2017, de contrato privado 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y se trata del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de un contrato 26 de febrero de 2014 y por tanto, debe entenderse excluido del ámbito del Texto Refundido de la Ley legislación de Contratos de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre)contratación pública, por lo que, tal y como establece conforme dispone el apartado 2 del artículo 4.1.p) 6 del citado texto legal. Todo ello sin perjuicio de la precitada Ley, se regirá por aplicación de los principios de la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP citada ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal según dispone su artículo 4.2. El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable al mismo el establecido en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuenciala Ley 22/2006, el presente contratode 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en lo no previsto regulado en este Pliego, se regirá por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP)ella, en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes y en materia de Régimen Local (TRRL). El Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. La Ley y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/1996, de 00 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales, resto de la Flora legislación contenida en el art. 1. 2.a) y Fauna Silvestres b) de la citada Ley 22/2006. Para cualquier duda que pudiese surgir en la interpretación del presente convenio, ambas partes se someterán a la jurisdicción de los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid. En prueba de conformidad, las partes suscriben el presente documento por duplicado y sus disposiciones complementariasa un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. Orden Anual Madrid, a 3 de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materia.enero de 2022 Por la empresa Por el Ayuntamiento de Madrid

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Samples: Convenio Entre El Ayuntamiento De Madrid Y Recordo

RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato definido de servicios tiene carácter administrativo y ambas partes quedan sometidas expresamente a la calificación legislación de contrato privado contratos del sector publico y se trata de un contrato excluido del ámbito del Texto Refundido normas complementarias y, en su caso, de la Ley Comunidad Autónoma de Contratos de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre), por lo que, tal y como establece el Galicia en los términos del artículo 4.1.p) 149.1.18 de la precitada Ley, se regirá por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver Constitución así como las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, el presente contratodemás disposiciones de desarrollo, en especial el Reglamento de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato serán resueltos por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso Contencioso-Administrativo, conforme a lo no previsto en este Pliego, se regirá dispuesto por la Ley 33/2003Reguladora de dicha Jurisdicción, de 3 de noviembreprevia interposición, en su caso, del Patrimonio recurso de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria reposición potestativo y sin perjuicio de la legislación patrimonial específica interposición de Régimen Local, en el resto de su articuladocualquier otro recurso que los interesados estimen procedente. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el los supuestos a que se aprueba refiere el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000artículo 40 del TR. LCSP, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes los interesados podrán interponer el recurso especial en materia de Régimen Local contratación. Epígrafe 0. PUBLICIDAD. BOP, PERIÓDICO Y PERFIL DEL CONTRATANTE. Epígrafe 1. OBJETO: SERVICIOS DE LIMPIEZA DE DIVERSOS EDIFICIOS MUNICIPALES DEL XXXXXXXX XX XXXXXXXXX Epígrafe 1. BIS. CODIFICACIÓN: CONT-1/2013. Epígrafe 2. (TRRL). El Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. La Ley y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/1996, de 00 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales, de la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materia.Cláusula 2) PRESUPUESTO A) Presupuesto anual sin IVA: 56.500 euros

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Los Servicios De Limpieza En

RÉGIMEN JURÍDICO. El En lo no previsto expresamente en el presente pliego, el contrato definido tiene se regirá por lo dispuesto en los siguientes textos legales: - Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la calificación Ley de contrato privado y Contratos del Sector Público (TRLCSP). - Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se trata desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de un contrato excluido 30 de octubre, de Contratos del ámbito del Texto Refundido Sector Público. - Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 14 12 de Noviembre), por lo que, tal y como establece el artículo 4.1.p) de la precitada Ley, se regirá por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, el presente contratooctubre, en lo que no previsto en este Pliego, se regirá por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articuladooponga al TRLCSP. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La - Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). El LRBRL) - Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL). El ) - Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado mediante Decreto de 17 xx xxxxx de 1955 (RSCL) - Ley 33/2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP) - Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. La Ley - Disposiciones vigentes sobre Trabajo y Seguridad Social, en cuanto fueran de aplicación y cualesquiera otras concordantes. - Reglamento de utilización de las pistas de tenis y padel. - Restantes normas de Derecho Administrativo y supletoriamente normas de Derecho Privado. Diligencia.-Para hacer constar que el presente pliego de cláusulas administrativas particulares ha sido aprobado por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 18 xx Xxxxxxxxxx de 2012. Ley 4/1996Marchamalo, de a 00 xx xxxxx, xxxx xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales, de la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materia2012 Fdo.: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir

RÉGIMEN JURÍDICO. El contrato definido tiene la calificación de contrato privado y se trata de un contrato excluido régimen jurídico del ámbito del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre), por lo que, tal y como establece el artículo 4.1.p) de la precitada Ley, se regirá presente Convenio está integrado por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, el presente contrato, en lo no previsto en este Pliego, se regirá por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La siguiente legislación: - Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora reguladora de las la Bases de del Régimen Local (LBRL). El Real Decreto Legislativo 781/1986, y modificada por la Ley 27/2013, de 18 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. - Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Texto Refundido la Ley 38/2003, de las Disposiciones Legales vigentes en materia 17 de Régimen Local noviembre, General de Subvenciones (TRRLLGS). El - Real Decreto 1372/1986887/2006, de 13 xx xxxxx21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes la Ley General de las Entidades LocalesSubvenciones (LRGS). La Ley y Reglamento - Ordenanza General de Subvenciones (OGS) del Ayuntamiento xx XxxxxxXxxxx-Xxxxxxx (Decreto 1556/2017, de 2 de octubre. Ley 4/1996BORM nº 239, de 16 de octubre de 2017). - Plan Estratégico de Subvenciones (PES) del Ayuntamiento xx Xxxxx-Xxxxxxx, aprobado por Decreto nº 1175/17, de 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x LeónDelegada de Personal y Desarrollo Local del Ayuntamiento xx Xxxxx-Xxxxxxx (xxx.xxxxxxxxxxxx.xx / Transparencia/ Información Económica/ Subvenciones). Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales- Decreto 2.568/1986, de la Flora 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementariasrégimen jurídico de las Entidades Locales (ROF). Orden Anual - Bases de Xxxx Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y LeónXxxxx-Xxxxxxx vigente. Otras disposiciones en vigor- Ley 39/2015, relativos a esta materiade 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP). - Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP). - Resto de normativa estatal o autonómica que resulte de aplicación.

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Samples: Convenio De Colaboración Entre El Ayuntamiento De Torre Pacheco

RÉGIMEN JURÍDICO. 1.- El presente contrato definido tiene la calificación naturaleza de contrato patrimonial y carácter privado y se trata de un contrato excluido del ámbito del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre), por lo que, tal Administración y como establece el artículo 4.1.p) de la precitada Ley, se regirá por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, el presente contrato, en lo no previsto siguientes normas:  Las cláusulas contenidas en este Pliego, se regirá por pliego.  la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La Ley 7/1985, 7/1985 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL)Local. El Real Decreto Legislativo 781/1986,  el R.D.L. 781/1986 de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL). El Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.  el Reglamento de Bienes de Las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986 de 13 xx xxxxx.  La Ley 33/2003 de 3 de noviembre de Patrimonio de las AAPP., en lo que resulta aplicable a las Entidades Locales. La Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público (LCSP).  el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Publicas R. D. 1098/2001 de 12 de octubre y Reglamento xx Xxxxxxrestantes Normas de Derecho Administrativo. Ley 4/19962/2006, de 00 30 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x Leónde Suelo y Urbanismo. Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales Decreto 39/2008, de 4 xx xxxxx, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo  Ley 3/2015, de 18 xx xxxxx, de Vivienda  Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Flora Ley de Suelo y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materiaRehabilitación Urbana.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Enajenación De Bienes Inmuebles Propiedad

RÉGIMEN JURÍDICO. El contrato definido presente Convenio tiene la calificación de contrato privado y se trata de un contrato excluido del ámbito del Texto Refundido naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable el establecido en el Título Preliminar de la Ley 40/2015, de Contratos 1 de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 octubre, de 14 Régimen Jurídico del Sector Público. El contenido de Noviembre), por lo que, tal y como establece este Convenio no está comprendido en el artículo 4.1.p) de la precitada Ley, se regirá por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, el presente contrato, en lo no previsto en este Pliego, se regirá régimen contractual regula- do por la Ley 33/20039/2017, de 3 8 de noviembre, de Contratos del Patrimonio Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y efec- tos del presente Convenio que no queden solventadas por la Comisión de Seguimiento pre- vista en la Cláusula Sexta serán resueltas por los órganos de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. En Madrid, a 11 de noviembre de 2019, y en prueba de conformidad con cuanto ante- cede, las Administraciones Públicas ( en adelante LPAPpartes intervinientes firman el presente Convenio a un solo efecto.—El Patrocina- dor, Pentatel Comunicaciones, S. L., Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.—El Patrocinado, el Conse- xxxx de Economía, Empleo y Competitividad, XX (Xxxxx xx 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL). El Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. La Ley y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/1996, de 00 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales, de la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual de Xxxx Xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigorCompetividad, relativos a esta materiaXxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.

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Samples: www.bocm.es

RÉGIMEN JURÍDICO. El La contratación a realizar se tipifica como contrato definido tiene de gestión de servicios públicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la calificación Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP). Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en su correspondiente de prescripciones técnicas particulares. Para lo no previsto en los pliegos y en el régimen jurídico básico, el contrato privado se regirá por la Ley 30/07 de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y se trata de un contrato excluido del ámbito del Texto Refundido el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RD Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre), por lo que, tal y como establece el artículo 4.1.pRGLCAP) de en la precitada Leyparte que continúa vigente. Supletoriamente, se regirá por la legislación patrimonialaplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver en su defecto, las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4normas de derecho privado. En consecuenciaAsimismo, el presente contratocontrato se encuentra sometido a la normativa reguladora del régimen jurídico básico del servicio objeto del mismo, en conforme a lo no previsto en este Pliego, se regirá por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria el artículo 252 de la legislación patrimonial específica de Régimen LocalLCSP, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL). El Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. La , en el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local, el RDL 781/86 de Disposiciones legales vigentes en Materia de Régimen Local y Reglamento xx Xxxxxx. la Ley 4/199620/2006, de 00 xx xxxxxxxxxxxxxx, xxxxxxxxx x xx Xxxx xxxxxxx xxxxx xx Xxxxxxxx x Leónxxx Xxxxx Xxxxxxx. Ley 4/1989 En ningún caso ni circunstancia, este tipo de Conservación contrato supondrá la existencia de Espacios Naturalesrelación laboral entre el Ajuntament de Calvià y el contratista, por lo que en modo alguno le serán aplicables las disposiciones de la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materiaderecho laboral.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De “Gestión De Servicios Públicos De Retirada, Deposito Y Custodia De Vehículos en Las Vías Públicas Del Término Municipal De Calviá

RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato definido tiene carácter privado de co nformidad con el artículo 26 de la calificación LCSP. Las Partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en su co rrespondiente de prescripciones técnica s particulares. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato privado se regirá por la legislación básica del Esta do en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenam iento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP), y en cuanto no se trata oponga a lo establecido en la LCSP, rige el Real Decreto 817/2009, de un contrato excluido 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialm ente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del ámbito del Texto Refundido Sector Público, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas Públicas, apro bado por Real De creto 1098/2001, de 12 de octubre (RD Legislativo 3/2011 de 14 de NoviembreRGLCAP), por lo queel Pliego de Cláusulas Adm inistrativas Generales para la Contratación de Estudios y Servicios Técnicos, tal aprobado por Orden de 8 de x xxxx de 1972, por las Leyes apro badas por las Asam xxxx de Madrid y como establece por el artículo 4.1.p) Reglamento General de Contratación Pública de la precitada LeyComunidad de Madrid, se regirá aprobado por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, el presente contrato, en lo no previsto en este Pliego, se regirá por la Ley 33/2003Decreto 49/2003, de 3 xx xxxxx (RGCPCM) y sus norm as com plem entarias. Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes no rmas de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP)derecho administrativo y, en aquellos artículos que tengan carácter básico o su defecto, las de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL). El Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. La Ley y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/1996, de 00 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales, de la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materiaderecho priva do.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administra Tivas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios De

RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato definido tiene carácter administrativo siendo el Órgano contratante la calificación Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en su correspondiente de prescripciones técnicas particulares así como en el proyecto de explotación del servicio. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato privado y se trata regirá por la legislación básica del Estado en materia de un contrato excluido contratos públicos: Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del ámbito del Texto Refundido Sector Público (LCSP) , el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP y, en cuanto no se oponga a lo establecido en la LCSP, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas , aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RD Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembreen adelante RGLCAP), por lo que, tal las Leyes aprobadas por la Asamblea de Madrid y como establece por el artículo 4.1.p) Reglamento General de Contratación Pública de la precitada LeyComunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 xx xxxxx (RGCPCM) y sus normas complementarias. Supletoriamente, se regirá por la legislación patrimonialaplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarserestantes normas de Derecho Administrativo y, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4en su defecto, las de Derecho Privado. En consecuenciaAsimismo, el presente contratocontrato se encuentra sometido a la normativa reguladora del régimen jurídico del servicio objeto del mismo, en lo no previsto en este Pliegola que se regulan los aspectos de carácter jurídico, se regirá por económico y administrativo relativos a la prestación del servicio: Ley 33/200310/1991, de 3 4 xx xxxxx , sobre Potestades Administrativas en materia de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( Espectáculos Taurinos y en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009145/1996, de 28 xx xxxxxx2 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL). El Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que modifica y se aprueba el da nueva redacción al Reglamento de Bienes Espectáculos Taurinos. Asimismo se someterá a la Ley Autonómica 17/1997 de las Entidades Locales. La Ley 4 de julio de Espectáculos Públicos y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/1996, de 00 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales, de Actividades Recreativas y a la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materiarestante normativa reguladora del régimen jurídico básico del servicio objeto del contrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Gestión De Servicio Publico Para La Explotación De La Plaza De Toros De Las Ventas

RÉGIMEN JURÍDICO. El contrato definido tiene la calificación que se formalice tendrá consideración de contrato privado y se trata de un contrato excluido del ámbito del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre), por lo que, tal y como establece el artículo 4.1.p) de la precitada Ley, se regirá por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4naturaleza privada. En consecuencia, el presente contrato, en todo lo no previsto en este PliegoPliego de Condiciones, se regirá por estará a lo dispuesto en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). El Real Decreto Legislativo 781/1986Local, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL). El Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, en la Ley de Contratos del Sector Público y demás legislación concordante vigente. La Ley A su vez, se considerarán incorporadas a este Pliego de Condiciones y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/1996, de 00 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales, posterior contrato las condiciones derivadas de la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual Ley 4/1996 de 12 de julio, de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones , la Ley de Xxxxxx xx Xxxxxxxx y León, la Ley 4/2006, de 25 xx xxxx, de modificación de la Ley 4/1996, de 12 de xxxxx xx Xxxxxxxx y León, Decreto 10/2018 de 26 xx xxxxx por el que se modifica el Decreto 32/2015 de 30 xx xxxxx por el que se regula la conservación de las especies cinegéticas de Castilla y León, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna xxxxxxxxx, Decreto 31/2017 de 5 de octubre, de la Junta xx Xxxxxxxx y León, por el que se regula el Recurso Micológico Xxxxxxxxx en vigorCastilla y León, relativos a esta materiaen los xxxxxx ubicados en la comunidad xx Xxxxxxxx y León, así como demás normas reglamentarias vigentes al respecto de aprovechamientos xx xxxx y micológicos se refiere.

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Samples: www.villasurdeherreros.es

RÉGIMEN JURÍDICO. El contrato definido tiene Este contrato, cuyo objeto es la calificación de contrato privado y se trata compra de un contrato inmueble, está excluido del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre)del Sector Público, por lo que, tal y como según establece el artículo 4.1.p) de dicha norma. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la precitada LeyLey 7/99, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía (en adelante, LBEL), se regirá en cuanto a su preparación y adjudicación por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver las dudas lo establecido en este Pliego y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, el presente contrato, en lo no previsto en este Pliego, se regirá por ellas regirán las normas de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La Ley 7/1985, 7 /1985 de 2 xx xxxxx, xxxxx Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). El Real Decreto Legislativo 781/1986Local; Ley 7/1999, de 18 00 xx xxxxx, Texto Refundido xxxxxxxxxx xx Xxxxxx xx xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx; Decreto 18/2006 de las Disposiciones Legales vigentes en materia 24 de Régimen Local (TRRL). El Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxxenero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. La Locales de Andalucía; Real Decreto Ley y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/1996781/1986, de 00 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP). El contrato se adjudicará mediante concurso público por el procedimiento abierto, según lo dispuesto en el artículo 10.2 de la LBEL y en los artículos 157 y ss del TRLCSP. El Órgano de Contratación lo constituye la Junta de Gobierno Local, por delegación de Alcaldía según Decreto de Delegación de competencias de 13 xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 xxxxx de Conservación 2011, al tratarse de Espacios Naturalesun contrato privado cuyo importe no supera el 10% de los recurso ordinarios del presupuesto, de acuerdo con lo establecido en la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materiaDisposición Adicional 2ª del TRLCSP.

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Samples: Pliego De Condiciones

RÉGIMEN JURÍDICO. El contrato definido tiene la calificación Para lo no previsto en este pliego se estará, en cuanto a su preparación y adjudicación, a lo establecido:  Real Decreto Legislativo 3/2011, de contrato privado y se trata 14 de un contrato excluido del ámbito del noviembre Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. - Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre)Públicas, aprobado por lo que, tal y como establece el artículo 4.1.p) de la precitada Ley, se regirá por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, el presente contrato, en lo no previsto en este Pliego, se regirá por la Ley 33/2003Real Decreto 1098/2001, de 3 12 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas octubre ( en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAPRGLCAP). La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (LBRL). El Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, 781/1986 de 18 xx xxxxx, Texto Refundido en adelante TRRL.  En su defecto se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo. Finalmente serán de aplicación las Disposiciones Legales vigentes normas de derecho privado. Para lo no previsto en materia de Régimen Local (TRRL). El Real Decreto 1372/1986este pliego se estará, en cuanto a sus efectos y extinción, a lo establecido por: - Ley 50/1980, de 13 xx xxxxx8 de octubre de Contrato de Seguro. - Ley 3412003, de 4 de noviembre, de Modificación y adaptación a la normativa comunitaria de la legislación de seguros privados. - R.D. Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba aprobó el Reglamento Texto Refundido de Bienes la Ley de las Entidades LocalesOrdenación y Supervisión de los Seguros Privados. - La Ley y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/1996ley 26/2006, de 00 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 17 de Conservación de Espacios NaturalesJulio, de la Flora Mediación de Seguros y Fauna Silvestres Reaseguros Privados. - Y supletoriamente, las restantes normas del Derecho Privado. Tienen carácter contractual, además de este pliego, el de prescripciones técnicas y sus disposiciones complementariasanexos, la oferta económica y técnica que resulte adjudicataria con las mejoras que hayan sido ofertadas y aceptadas por el órgano de contratación, el contrato administrativo y la póliza de seguro que se suscriba al efecto. Orden Anual Todo ello, y únicamente, configurará el contrato de Xxxx xx Xxxxxxxx y Leónseguro. Otras disposiciones En consecuencia, los licitadores no podrán incluir en vigorsus ofertas ni, relativos a esta materiapor consiguiente, formará parte del contrato de seguro condición general, especial o adicional alguna.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Una Póliza De Seguro De Responsabilidad Civil/Patrimonial Del Ayuntamiento De Aroche, Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad

RÉGIMEN JURÍDICO. El contrato definido tiene la calificación que en base a este pliego se realice, tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en:  En primer lugar y dada su naturaleza de contrato privado administrativo especial, se regirá por el contenido de éste Pliego y supletoriamente, por el resto de disposiciones a que se trata de un contrato excluido del ámbito del hará mención.  El Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas del Sector Público (RD Legislativo 3/2011 Real Decreto Legisla- tivo 3/2.011 de 14 de Noviembre), por lo que, tal y como establece el artículo 4.1.p) de la precitada Ley, se regirá por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, el presente contrato, en lo no previsto en este Pliego, se regirá por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP).  xxx.xxxxxxxxx.xxx  La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). El y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL). El Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refun- dido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, en cuanto no se oponga a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Pú- blico, así como el Reglamento de Bienes Servicios de las Entidades Corporaciones Locales. La Ley  Xxxxxx Xxxxx 0X 00000 Xxxxxxxxx (Xxxxxxx) IFK/CIF. X0000000X  944 26 70 00  944 49 14 58  xxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx  Las restantes normas del derecho administrativo y Reglamento xx Xxxxxxen su defecto las del derecho pri- vado. Ley 4/1996D. , con domicilio a efectos de 00 xx xxxxxnotificaciones en  xxx.xxxxxxxxx.xxx , xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturalesc/ , n.º , con NIF n.º , en representación de la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementariasEntidad , con NIF n.º , a efectos de su participación en la licita- ción del contrato del CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL DE MANTENIMIENTO Y GESTIÓN DE USOS DEL FRONTÓN MUNICIPAL Y EXPLOTACIÓN DEL AMBIGÚ-BAR SITO EN LA PLAZA DEL AYUNTAMIENTO" del ayuntamiento de Etxebarri. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materia. 944 26 70 00  944 49 14 58  xxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx

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Samples: www.etxebarri.eus

RÉGIMEN JURÍDICO. El contrato definido tiene la calificación La concesión de contrato privado y dominio público se trata regirá por: - Este Pliego de un contrato excluido del ámbito del Texto Refundido Condiciones Económico-Administrativas Particulares. - La Ley 7/1999, de la Ley 29 de Contratos septiembre, de Bienes de las Administraciones Públicas Entidades Locales de Andalucía (RD Legislativo 3/2011 en adelante, LBELA). - El Reglamento de 14 Bienes de Noviembrelas Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2008, de 24 de enero, (en adelante, RBELA), por lo que, tal y como establece el artículo 4.1.p) de la precitada Ley, se regirá por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, el presente contrato, en lo no previsto en este Pliego, se regirá por la - La Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( (en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). ) - La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora reguladora de las Bases de del Régimen Local (LBRLen adelante, LRBRL). - El Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, (en adelante, TRRL). - Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en materia de Régimen Local (TRRLadelante TRLCSP). - El Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1372/19861098/2001, de 13 xx xxxxx12 de octubre, (en adelante, RGLCAP), en cuanto no se oponga a la LCSP. - Las demás normas administrativas y, por último, por las normas de derecho privado. El presente Xxxxxx forma parte integrante del contrato, junto a los restantes documentos anejos, en su caso disposiciones complementarias o que le sean aplicables. De cualquier modo, en caso de discordancia entre el que se aprueba el Reglamento Pliego de Bienes de condiciones económico-administrativas particulares y cualquier otro documento contractual, prevalecerán las Entidades Localesnormas contenidas en aquél. La Ley y Reglamento Xxxxx Xxxxx xx XxxxxxXxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. Ley 4/1996, de 00 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales, de la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materia.000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx pie_firma_corto_dipu_01

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Samples: Pliego De Condiciones Economico Administrativas Particulares Que Habran De Regir en El Concurso, Por Tramitacion Ordinaria Y Procedimiento

RÉGIMEN JURÍDICO. El contrato definido tiene al que se refiere el presente pliego se regirá por las cláusulas incorporadas en el referido Pliego. En lo no previsto en el referido contrato y las cláusulas del presente Xxxxxx se estará a lo establecido en el ordenamiento jurídico privado español y normas de Derecho comunitario que le sean aplicables, salvo en lo referente a la calificación preparación y adjudicación del contrato, que se regirá por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de contrato privado y se trata 14 de un contrato excluido del ámbito del noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En especial se atenderá a: - Real Decreto Legislativo 1/2011, de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 1 de 14 de Noviembre)julio, por lo que, tal y como establece el artículo 4.1.p) que se aprueba el texto refundido de la precitada Ley, se regirá por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4Ley de Auditoría de Cuentas. En consecuencia, el presente contrato, en lo no previsto en este Pliego, se regirá por la Ley 33/2003- Real Decreto 1517/2011, de 3 31 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxxoctubre, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000que desarrolla el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). El aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/19861/2011, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido 1 de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL)julio. El - Real Decreto 1372/1986Legislativo 1/1995, de 13 24 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento texto refundido de Bienes la Ley del Estatuto de las Entidades Localeslos Trabajadores. La - Ley y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/1996Orgánica 1/2002, de 00 22 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x Leónreguladora del Derecho de Asociación. - Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales4/2006, de la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias23 xx xxxxx, de Asociaciones de Andalucía. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materia.- Estatutos del FAMSI

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Samples: Pliego De Condiciones Para La Contratación De Los Servicios Profesionales De Asesoramiento Permanente

RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato definido tiene se califica como contrato administrativo de servicios, se rige por lo dispuesto en la calificación cláusula 3.1 xxx Xxxxxx de contrato privado Cláusulas Administrativas Particulares, quedando sometidos sus efectos, cumplimiento y se trata extinción, incluida su modificación, duración y régimen de un contrato excluido prórrogas a lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del ámbito del Texto Refundido Sector Público, así como en tanto continúen vigentes, al Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 de 14 de Noviembre)Públicas, aprobado por lo que, tal y como establece el artículo 4.1.p) de la precitada Ley, se regirá por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, el presente contrato, en lo no previsto en este Pliego, se regirá por la Ley 33/2003Real Decreto 1098/2001, de 3 12 de noviembreoctubre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el y al Real Decreto 1373/2009817/2007, de 28 8 xx xxxxxxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La desarrolla parcialmente la Ley 7/198530/2007, de 2 xx xxxxx30 de octubre, Reguladora de Contratos del Sector Público. Finalmente, queda sometido también al pliego de cláusulas administrativas particulares.----------------------------------------------------- No obstante, en caso de discrepancia entre las Bases cláusulas xxx xxxxxx y la vigente Ley 9/2017, de Régimen Local (LBRL). El 8 de noviembre, se estará a lo dispuesto en la norma vigente en el momento de aprobarse aquel, esto es, en el Texto Refundido de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/19863/2011, de 18 xx xxxxx14 de noviembre.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Para la debida constancia de todo lo convenido, Texto Refundido y en prueba de las Disposiciones Legales vigentes conformidad, se firma el presente documento por duplicado ejemplar, en materia de Régimen Local (TRRL). El Real Decreto 1372/1986el lugar y fecha indicados, de 13 xx xxxxxante mí, el Vicesecretario General, por el acumulación de funciones, que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. La Ley y Reglamento xx Xxxxxx. Ley 4/1996, de 00 xx xxxxx, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales, de la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materia.doy fe.---------------------------------------------------------------------------------------------

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Samples: Contrato Número /2018

RÉGIMEN JURÍDICO. El contrato definido 3.1.-La contratación a que sirve de base este pliego tiene la calificación carácter administrativo, quedan- do ambas partes sometidas a los siguientes textos normativos: al Real Decreto Legislativo 2/2000, de contrato privado y 16 xx xxxxx, por el que se trata de un contrato excluido del ámbito del aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RD Legislativo 3/2011 de 14 de NoviembreT.R.L.C.A.P.), por lo que, tal y como establece el artículo 4.1.p) de la precitada Ley, se regirá por la legislación patrimonial, aplicándose los preceptos del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, tal y como dispone el apartado 2 del artículo 4. En consecuencia, el presente contrato, en lo no previsto en este Pliego, se regirá por la Ley 33/2003; al Real Decreto 1098/2001, de 3 12 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAP), en aquellos artículos que tengan carácter básico o de aplicación general, siendo supletoria de la legislación patrimonial específica de Régimen Local, en el resto de su articulado. En el mismo sentido que lo expuesto, le será de aplicación el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxxoctubre, por el que se aprueba el Reglamento Xxxxxxx xx xx Xxx 00/0000, xx 0 xx xxxxxxxxx (RPAP). La General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; a la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de del Régimen Local (LBRL). El Local; al Real Decreto Legislativo Legisla- tivo 781/1986, de 18 xx xxxxx, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL). El Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes Texto Refundido de las Entidades LocalesDisposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local y a las cláusulas administrativas particulares con- tenidas en el presente pliego. La Ley 3.2.-Asimismo serán de aplicación las demás disposiciones que regulan la contratación administrativa del Estado, y Reglamento xx Xxxxxxlas dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias, en el marco de sus respectivas competencias. Ley 4/19963.3.-El desconocimiento de este pliego en cualquiera de sus términos, documentos anejos que formen parte del mismo y demás instrucciones que puedan tener aplicación en ejecución de 00 xx xxxxxlo pactado, xx Xxxx xx Xxxxxxxx x León. Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales, no eximirá al contratista de la Flora y Fauna Silvestres y sus disposiciones complementarias. Orden Anual obligación de Xxxx xx Xxxxxxxx y León. Otras disposiciones en vigor, relativos a esta materiasu cumplimiento.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Re Gir La Contratación