Common use of SEGUROS Clause in Contracts

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), durante la vigencia de las obligaciones garantizadas, se obliga(n) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contrato, con cualquiera de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a la compañía de seguros la modificación de la póliza o el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestro, el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existir.

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Samples: Contrato De Garantía Mobiliaria, Contrato De Garantía Mobiliaria

SEGUROS. EL(LOSToda la información vinculada con los seguros vinculados directamente al CRÉDITO, su cobertura, términos y condiciones, procedimientos para reclamo o reporte de siniestros, deducibles, condiciones, exclusiones y demás información se encuentran a disposición del CLIENTE en los folletos informativos ubicados en las oficinas de LA FINANCIERA y en su página web xxx.xxxxxxxx.xxx.xx. Tanto el seguro de desgravamen como el del inmueble dado en garantía, son una condición esencial de contratación. Si los seguros fueran contratados directamente por EL CLIENTE, pues ostenta tal derecho, éstos no deberán ser de características, coberturas o condiciones inferiores a los seguros ofrecidos por LA FINANCIERA. En tal escenario LA FINANCIERA informará en su página web (xxx.xxxxxxxx.xxx.xx) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES)de tales condiciones y características. En este caso, durante EL CLIENTE se obliga a mantenerlos vigentes, renovarlos en su oportunidad y endosarlos a favor de LA FINANCIERA al inicio de la vigencia de las obligaciones garantizadasmismas. En caso contrario, se obliga(n) LA FINANCIERA queda facultada, por cuenta de EL CLIENTE, a renovar y/o mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contrato, con cualquiera vigentes las respectivas pólizas de seguro y éste autoriza a LA FINANCIERA a incluir el costo total de las compañías pólizas tomadas en las cuotas del CRÉDITO. La falta de contratación o renovación de las pólizas de seguro por parte de LA FINANCIERA, no genera para éste responsabilidad alguna, pues EL CLIENTE declara conocer que esta responsabilidad le corresponde a él, salvo que EL CLIENTE solicite expresamente a LA FINANCIERA la contratación del seguro, en cuyo caso LA FINANCIERA será responsable de su contratación y renovación. El seguro contratado deberá mantenerse vigente en tanto EL CRÉDITO se encuentre pendiente de total cancelación, por ello, llegado el vencimiento de la póliza, y en caso que EL CLIENTE no cumpla con su renovación, LA FINANCIERA podrá renovar y/o mantener vigentes las pólizas de seguros autorizadas por del CLIENTE, quien deberá reembolsar los pagos realizados, pudiéndose cargar los mismos a las cuotas del CRÉDITO. En cualquier caso, los montos de prima, forma de pago, nuevo cronograma, de ser el caso, serán indicados en la Superintendencia Financiera respectiva Hoja Resumen e informados al CLIENTE en un plazo no mayor a 15 días, contados desde la contratación del seguro. LA FINANCIERA, previo consentimiento de Colombia para EL CLIENTE, podrá cargar a las cuotas del CRÉDITO, el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario costo de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a la compañía las pólizas de seguros la modificación de la póliza adicionales o el documento respectivo con el fin de productos similares, incluyendo aquellos que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que respalden las obligaciones asumidas en caso de siniestroincumplimiento de pago de EL CLIENTE, de manera tal que LA FINANCIERA pueda cobrar directamente la indemnización, hasta por el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 total del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirsaldo adeudado.

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Samples: Contrato De Crédito Hipotecario, www.efectiva.com.pe

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), durante Durante la vigencia de las obligaciones garantizadas, se obliga(n) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contratocontrato y en tanto existan obligaciones impagas derivadas de éste, con cualquiera EL (LOS) CLIENTE(S) deberá(n) contratar y mantener vigente una póliza de las compañías seguro de desgravamen (en adelante, “el seguro”) en una compañía de seguros autorizadas autorizada a operar en el país por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efectoBanca, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de Seguros y AFP, constituyendo dicho seguro una condición para contratar. El seguro a contratar por EL (LOS) CLIENTE(S) deberá cumplir con los requisitos establecidos por LA CAJA, y estableciendoque se encuentran detallados en la página web xxx.xxxxxxxxxx.xx EL (LOS) CLIENTE(S) puede optar entre: i) la contratación del seguro comercializado por LA CAJA o, sin excepción algunaii) un seguro contratado directamente por él, cláusula siempre que cumpla con las condiciones establecidas por LA CAJA y sea endosado a favor de renovación automáticaésta hasta por el monto del saldo adeudado. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso De elegir EL (LOS) CLIENTE(S) la contratación del seguro comercializado por LA CAJA, el pago de existir la prima del seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOScontratado será adicionada al pago de las cuotas del(los) GARANTE(S) YCrédito(s); LA CAJA será responsable de su contratación y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a o renovación. La información respecto al nombre de la compañía de seguros la modificación seguros, el número de la póliza o el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestro, el monto de la indemnización prima se subrogue a la(sconsignará en la Hoja Resumen que forma parte integrante del presente Contrato. Si EL (LOS) obligación(esCLIENTE(S) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOSdecidiera(n) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elecciónseguro, y autoriza(n) discrecionalmente LA CAJA queda autorizada a cobrar a EL ACREEDOR GARANTIZADO para (LOS) CLIENTE(S), una comisión por evaluación de Póliza Endosada, comisión que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(nEL (LOS) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ESCLIENTE(S) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas según se especifica en el tarifario de dinero que con ocasión a LA CAJA y en la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectivaHoja Resumen. Así mismo, EL(LOSsi EL (LOS) GARANTE(SCLIENTE(S), no cumpliese(n) Ycon pagar las primas a la compañía aseguradora en las fechas pactadas, y/O DEUDOR(ESo no procede(n) reconoce(na renovar el seguro en su oportunidad y/o no cumple(n) con entregar la póliza debidamente endosada a favor de LA CAJA, ésta queda autorizada por cuenta de EL (LOS) CLIENTE(S) a renovar el seguro y/o a contratar un nuevo seguro que comercializa LA CAJA, designando como único beneficiario a la propia CAJA, entregándole a EL (LOS) CLIENTE(S) copia del Certificado de Seguro correspondiente; tal concepto será de cargo de EL (LOS) CLIENTE(S), adicionándosele a la(las) cuota(s) del(los) Crédito(s). Las condiciones de la póliza de seguro que comercializa LA CAJA y acepta(n) que la xxxx cuyo único beneficiario será LA CAJA, constan en el pago Certificado de Seguro que EL (LOS) CLIENTE(S) declara(n) conocer y aceptar, así como en la página web de LA CAJA: xxx.xxxxxxxxxx.xx pudiendo, además, EL (LOS) CLIENTE(S) obtener información en las primas genera oficinas de atención al público de LA CAJA y Red de Agencias a nivel nacional. LA CAJA no tendrá responsabilidad en caso EL (LOS) CLIENTE(S) incurra(n) en las limitaciones o exclusiones establecidas por la compañía de seguros o no cumpla con levantar las garantías y/o observaciones establecidas por la misma compañía, en tanto, que EL (LOS) CLIENTE(S) se obliga(n) a cumplir con las cláusulas del presente Contrato y sus anexos. Si por cualquier causa o circunstancia las condiciones del seguro tomado por LA CAJA, a que se refiere esta cláusula fueren variadas, modificadas, o incluso suprimidas, LA CAJA comunicará a EL (LOS) CLIENTE(S) a través de un medio de comunicación directo a los efectos establecidos en que se refiere la cláusula 3.9 del precedente, y dentro del plazo establecido por ley, a fin de que EL (LOS) CLIENTE(S) tome conocimiento de tales variaciones y/o supresiones y de todas sus implicancias y consecuencias. Asimismo, si EL (LOS) CLIENTE(S) no cumpliera con contratar las referidas pólizas y/o sus respectivas renovaciones a su vencimiento y/o reajustar la suma asegurada cuando LA CAJA se lo requiera, o con ampliar los riesgos y efectuar el artículo 1068 del Código endoso correspondiente a favor de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOSLA CAJA, EL (LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ESCLIENTE(S) autoriza(n) a LA CAJA para que, de estimarlo conveniente según el tipo de Crédito que se le(s) haya otorgado y según sus políticas internas, contrate: (i) una póliza de seguro para proteger los bienes de EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s(LOS) obligación(esCLIENTE(S) en el orden convenido caso de los créditos con garantía hipotecaria o mobiliaria; y (iii) un seguro que proteja el bien (mueble o inmueble) otorgado en el(losgarantía, e incluir las primas del seguro en las cuotas del Credito. Los certificados de póliza de los seguros contratados, con el detalle de la cobertura, comisiones, exclusiones y limitaciones de dichos seguros, a las cuales expresamente se sujeta, serán entregados al EL (LOS) pagaré(s)CLIENTE(S) dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la aprobación de(los) Crédito(s) por parte de LA CAJA. El no ejercicio de la facultad otorgada a LA CAJA antes señalada, y colocar inmediatamente a disposición de no generará para él responsabilidad alguna. Toda suma no cubierta por los seguros antes descritos será asumida por el EL(LOS) GARANTE(SCLIENTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existiro su masa hereditaria.

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Samples: Contrato Multiproducto Operaciones Activas – Contrato Marco Para Financiamientos De Créditos, Contrato Multiproducto Operaciones Activas – Contrato Marco Para Financiamientos De Créditos

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) YEl CLIENTE consiente que FMS no estará obligada a contratar seguro alguno ya sea directamente y/O DEUDOR(ES)o por cuenta y riesgo del CLIENTE, durante a menos de que se cumpla con todo lo siguiente: 1. Que el CLIENTE haya instruido previamente por escrito y expresamente a FMS de su contratación, especificando claramente la vigencia clase de seguro, montos a asegurar y/o riesgos a ser cubiertos, así como cualquier otra información necesaria para su contratación; 2. Que el CLIENTE haya manifestado a FMS por escrito el valor de las obligaciones garantizadasmercancías; y, 3. Que el CLIENTE haya anticipado a FMS todos los fondos necesarios para contratar el seguro. El CLIENTE es consciente que los transportistas y/o porteadores con los cuales FMS celebre contratos, convenios y/o acuerdos por cuenta y riesgo del CLIENTE derivado del SERVICIO, tienen la obligación xx xxx de contar con seguros, tanto para el medio de transporte como para las cargas que manejan, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa: contra cualquier daño, destrucción, pérdida, deterioro, maltrato, perjuicio, incendio, riesgo, robo y/o extravío de mercancías por cualquier causa. Asimismo, el CLIENTE está consciente y acuerda que la responsabilidad de los transportistas, porteadores y/o demás prestadores y proveedores de servicios con los cuales FMS celebre contratos, convenios y/o acuerdos, por cuenta y riesgo del CLIENTE, derivado del SERVICIO, en el mejor de los casos, se obliga(n) encuentra limitada y/o sujeta a mantener asegurado contra todo ciertos límites, especialmente de manera enunciativa más no limitativa conforme a las cartas de porte, conocimientos de embarque, documentos, y/o guías aéreas que general y regularmente manejan, y conforme a máximos de responsabilidad previstos en diversas leyes y ordenamientos jurídicos, incluyendo en su caso Convenios y/o Tratados Internacionales aplicables y que, además, los transportistas, porteadores y/o demás prestadores y proveedores de servicios con los cuales FMS celebre contratos, convenios y/o acuerdos por cuenta y riesgo EL BIEN objeto del presente contratoCLIENTE derivado del SERVICIO, con cualquiera no garantizan una fecha de entrega de las compañías mercancías. En virtud de seguros autorizadas la naturaleza del SERVICIO, las Partes acuerdan que FMS no será responsable, de manera enunciativa más no limitativa, por: pérdidas, daños, robos, perjuicios, extravíos, maltratos, deterioros y/o destrucciones, parciales o totales, de mercancías; por la Superintendencia Financiera demora o retraso en su entrega ni por el incumplimiento de Colombia para el efectocontratos, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO convenios y/o acuerdos en los que FMS haya actuado como primer beneficiario comisionista y/o intermediario del CLIENTE, como consecuencia del SERVICIO, especialmente, de dicho seguro y estableciendomanera enunciativa más no limitativa, sin excepción algunapor incumplimientos de transportistas, cláusula porteadores, agentes aduanales, agentes de renovación automáticacarga, estibadores, prestadores de servicios y/o almacenistas. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a la compañía de seguros la modificación de la póliza cualquier reclamación o acción legal que el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que CLIENTE pretenda interponer o haya interpuesto en caso de siniestro, el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s)contra de, de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 del Código manera enunciativa más no limitativa, cualquier transportista, porteador, estibador, agente aduanal, agentes de Comerciocarga, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso prestador de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario servicios y/o compañía almacenista, FMS, previa solicitud por escrito del CLIENTE le proporcionará al CLIENTE una copia simple de los documentos que obren en su poder. El CLIENTE podrá contratar directamente los seguros respectivaque protejan y aseguren las mercancías contra cualquier riesgo y evento. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) En caso de que la xxxx aseguradora se subrogue en los derechos del CLIENTE con el pago propósito de las primas genera hacer valer y/o exigir sus derechos contra los efectos establecidos terceros con los cuales el CLIENTE celebró cualquier acuerdo, contrato y/o convenio mediante la prestación del SERVICIO desempeñado por FMS, previa solicitud por escrito del CLIENTE y/o de la compañía aseguradora, FMS proporcionará una copia simple de los documentos que obren en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto su poder, sin que esto implique responsabilidad adicional alguna a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO prevista en estos T&C para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirFMS.

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Samples: www.fms-logistics.com

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES)El Proveedor será responsable de asegurar, durante bajo su cuenta y riesgo, los bienes objeto de la vigencia Licitación, hasta la entrega y aceptación de las obligaciones garantizadas, se obliga(n) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto los mismos por parte del presente contrato, con cualquiera Instituto. El Proveedor será responsable del tipo de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia transportación que utilice para el efectotraslado de los bienes, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario fin de dicho seguro que éstos sean entregados al Instituto en el plazo y estableciendolugar requeridos. La transportación y maniobras de carga y descarga serán por cuenta y riesgo del Proveedor. El Proveedor será responsable de que el tipo de empaque que se utilice sea el adecuado para la protección de los bienes a entregar, sin excepción algunaasegurando su buen estado durante su transportación, cláusula de renovación automáticacarga, descarga, estiba o almacenaje. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) violaciones de derechos inherentes a la compañía propiedad intelectual, la responsabilidad estará a cargo del Licitante o Proveedor, según sea el caso, por lo que, si al ofertar o suministrar los bienes al Instituto se infringen derechos de seguros terceros, tales como patentes, marcas o derechos de autor, corresponderá a aquél el resarcimiento de los daños y perjuicios generados en términos de las disposiciones legales aplicables, sin responsabilidad para el Instituto. El Licitante deberá presentar escrito donde se comprometa a que la modificación entrega de los bienes, será dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días naturales, a partir del día siguiente de la póliza suscripción del Contrato o el documento respectivo con el fin Pedido, mismos que se recibirán en la Bodega ubicada en Xxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxx 105 “D” y “E”, Xxxxxx Xxxxxxxxxx, 00000, Xxxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxxx, entre Avenida Siglo XXI y calles Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx y Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 horas, debiendo efectuar la entrega física de los bienes un representante del mismoProveedor. A solicitud escrita del Proveedor, por una suma no inferior al valor comercial podrá modificarse la fecha de EL BIENentrega de los bienes, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos únicamente en los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestro, el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto casos previstos en el artículo 8 73 de las Normas, para lo cual deberán cumplirse los siguientes requisitos: El Licitante que resulte adjudicado, deberá presentar, a la entrega de los bienes, un escrito mediante el cual manifieste, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la Ley 1676 empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de 2013 y lo acordado contenido nacional de los bienes entregados, pudiendo presentar dicha manifestación en escrito libre o utilizando el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes formato del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirAnexo “17”.

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Samples: Contrato De Adquisición De Material Eléctrico, Material De Construcción Y Prendas De Protección

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) YCÓD. CCCR-2017-01/O DEUDOR(ES)VIII Antes de proceder con el desembolso del crédito, durante el CLIENTE se obliga a contratar un seguro de desgravamen que cubra el saldo capital insoluto de la vigencia deuda en caso de las obligaciones garantizadasmuerte natural, muerte accidental, invalidez total y permanente por enfermedad o accidente u otro tipo de siniestro especificado por la CAJA, en el cual se deberá considerar a la CAJA como beneficiaria. Asimismo, se obliga(n) obliga a contratar y mantener asegurado vigente hasta la cancelación total del crédito, a satisfacción de la CAJA, un seguro contra todo riesgo que cubra el INMUEBLE, por una cantidad no menor al monto de la Hipoteca, salvo que la CAJA acepte un monto distinto; y, se obliga a transferir a la CAJA su derecho a la indemnización que debe pagar la aseguradora en caso de siniestro, para cuyo efecto le entregará la(s) póliza(s) debidamente endosada(s) de manera que la CAJA cobre el importe de la indemnización y lo aplique a la amortización de lo que se le adeudase. La CAJA informará a EL BIEN objeto CLIENTE que tiene el derecho a elegir entre: a) la contratación del seguro que comercialice la CAJA; o, b) un seguro contratado directamente por el CLIENTE, siempre que cumpla –a satisfacción de la CAJA- con las condiciones previamente informadas en la página Web de la CAJA, accediendo al link xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxx-x-xxxxxxxxx/. Para tal efecto, las partes convienen que, salvo comunicación expresa y por escrito del CLIENTE indicando que contratará directamente los seguros, la CAJA procederá por cuenta del CLIENTE a contratar las pólizas de los seguros ofrecidas por la (s) compañía de seguro (s) cuyos productos la CAJA comercialice, o a gestionar sus renovaciones, y lo que por tal concepto gastare será de cargo del CLIENTE y le será trasladado como gasto conforme a lo señalado en la Hoja Resumen. El CLIENTE se obliga a pagar puntualmente las primas de las pólizas y autoriza a la CAJA a cargar las primas de los seguros en la cuota (s) señalada (s) en el cronograma de pagos adjunto a la Hoja Resumen que forma parte integrante del presente contrato. Esta autorización incluye el débito de las cuentas de ahorros que pudiera mantener el CLIENTE en la CAJA, cuando las cuotas del crédito se encuentren vencidas y sean exigibles, constituyendo éste un mecanismo de compensación, de conformidad con lo señalado en el numeral 11 del artículo 132 de la Ley 26702; realizado el débito de la(s) cuenta(s) del CLIENTE, la CAJA comunicará al mismo los detalles de la compensación, empleando cualquiera de los siguientes medios: (i) comunicaciones escritas a la dirección domiciliaria del CLIENTE; (ii) comunicaciones a la dirección electrónica proporcionada por el CLIENTE; y, (iii) comunicación telefónica al domicilio del CLIENTE o al teléfono móvil declarado por el CLIENTE a la CAJA. La CAJA no asumirá responsabilidad por la diferencia de cambio que resulte de la conversión de monedas, cuando sea el caso. Sin perjuicio de la facultad de compensación, la CAJA pondrá a disposición del CLIENTE el Servicio de Débito Automático, cuando éste autorice a la CAJA a realizar cargos con carácter periódico contra montos disponibles en una cuenta de ahorros predeterminada para cubrir el pago de las cuotas del crédito, en las fechas de sus respectivos vencimientos. Para tal efecto, el CLIENTE suscribirá una Carta de Instrucción de Débito Automático, en la cual se consignará el número de la cuenta de ahorros, el número del crédito, el monto máximo a cargarse, entre otros aspectos. El CLIENTE podrá, a sola instrucción, suspender el servicio de débito automático, hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de la fecha de cargo. Las comisiones aplicables al servicio de débito automático serán informadas al CLIENTE en la Cartilla de Información de la cuenta de ahorros designada por el CLIENTE para realizar los cargos periódicos. El CLIENTE podrá requerir a la CAJA una constancia de los pagos realizados, fecha de inicio del servicio y de la suspensión del débito automático, cuando lo considere necesario. El CLIENTE declara haber recibido, a la firma del presente contrato, las pólizas del seguro individual o los certificados de seguro correspondientes a los seguros de desgravamen y contra todo riesgo, en el que constan los riesgos cubiertos, las sumas aseguradas, las exclusiones principales, y en general, los términos y condiciones que regulan su relación contractual con cualquiera la empresa de las compañías de seguros. CÓD. CCCR-2017-01/VIII En el caso que el CLIENTE decidiera contratar los seguros autorizadas directamente, dichos seguros deberán cumplir con los requisitos establecidos por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efectoCAJA, designando que se encuentran detallados en la página Web xxx.xxxxxxxxxxx.xx, obligándose a EL ACREEDOR GARANTIZADO endosar las pólizas así como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) sus renovaciones a la compañía de seguros la modificación favor de la póliza o CAJA, quedando obligado a entregarle el documento respectivo de renovación, con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos esta última pueda cobrar directamente los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que seguros en caso de siniestro, el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez sin que el presente contrato también se extiende pueda imputarse a la indemnización debida CAJA responsabilidad alguna por las aseguradoras la imposibilidad en la liquidación del siniestro; siendo expresamente convenido que si el CLIENTE no cumpliera con contratar o renovar los seguros, la CAJA no asumirá responsabilidad alguna en caso de siniestro y al tratarse también de producirse un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto siniestro, o si decidiera no pagar las primas respectivas; o si los seguros no cubrieran el siniestro, asumiendo en ese supuesto el artículo 8 CLIENTE las consecuencias de la Ley 1676 falta de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) seguros o del infraseguro o de las causas de exclusión de la facultad con indemnización. En el supuesto de que el CLIENTE comunicara a la que cuenta(n) CAJA su decisión de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar los seguros y, sin embargo, no cumpliera con hacerlo, la CAJA podrá suplir esta omisión y lo que por tantotal concepto gastare será de cargo del CLIENTE a quien le será trasladado dicho pago en las cuotas del cronograma de pagos. Queda expresamente convenido que, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero en el supuesto que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba CLIENTE contrate directamente los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) no se haya pactado que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos se adicione en las cuotas periódicas pactadas por el crédito; o se debite de una cuenta de ahorros, el CLIENTE responderá frente a la CAJA sobre cualquier incumplimiento en el artículo 1068 pago, que podría poner en riesgo la vigencia de las pólizas. La información respecto al nombre de la compañía de seguros, el número de la póliza y el monto de la prima se consignará, en la Hoja Resumen. Recibida la indemnización del Código seguro, la CAJA deberá efectuar la liquidación a dicha fecha, imputando el importe de Comercio respecto la indemnización al saldo deudor del crédito, y poniendo a disposición del CLIENTE o sus herederos, cualquier excedente en un plazo máximo de 30 días de recibida la indemnización. Ya sea en el supuesto en que el CLIENTE contrate directamente por su cuenta los seguros y endose las pólizas a la terminación automática CAJA, o en caso el CLIENTE tome los seguros comercializados por la CAJA, toda suma no cubierta por la compañía de seguros como consecuencia de la liquidación del siniestro será asumida por el CLIENTE o la masa hereditaria. Es preciso señalar que la falta de contratación o renovación de las pólizas de los seguros por parte de la CAJA, no genera para ésta responsabilidad alguna, en tanto dicha responsabilidad es imputable únicamente al CLIENTE, salvo que la contratación de las pólizas por cuenta del CLIENTE, haya sido realizada directamente por la CAJA. CÓD. CCCR-2017-01/VIII Las disposiciones contenidas en la presente cláusula sobre la contratación del seguro contra todo riesgo, son aplicables obligatoriamente a los bienes futuros en tanto el INMUEBLE adquiera la condición de vivienda terminada, según lo indicado en la cláusula primera del presente contrato, las cuales forman parte de las condiciones previamente informadas y además difundidas en la página web de la CAJA, accediendo al link xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxx-x-xxxxxxxxx/. En caso el CLIENTE no contrate directamente dicho seguro, la CAJA queda facultada a incluir dentro de las cuotas xxx xxxxxxxx por vencer, el monto correspondiente a las primas del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) Como consecuencia de ello, se modificará el cronograma de pagos. La documentación referida a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba la contratación del seguro, el monto de la aseguradora todas las sumas provenientes prima a pagar, así como el nuevo cronograma de pagos serán remitidos al CLIENTE con una anticipación no menor de siete (7) al vencimiento de la siguiente cuota, a través de los siguientes medios de comunicación: (i) Comunicaciones escritas a la dirección domiciliaria del pago CLIENTE; (ii) comunicaciones a la dirección electrónica proporcionada por el CLIENTE; (iii) estados de siniestros con cuenta; (iv) comunicaciones telefónicas al domicilio del CLIENTE, o al teléfono móvil declarado por el objeto CLIENTE, que puedan ser acreditadas fehacientemente; y, (v) mensajes de abonarlas a su(s) obligación(es) en texto al teléfono móvil declarado por el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirCLIENTE.

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Samples: Contrato De Crédito Hipotecario

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES)“LICONSA” contratará con una compañía aseguradora debidamente autorizada por la ley, durante una póliza de seguro para cubrir “EL PRODUCTO” y las canastillas en caso de robo, accidente de tránsito o cualquier otro siniestro, que genere la vigencia pérdida o daño desde el momento de la salida de la Planta _____________ hasta ser depositado en las lecherías indicadas. En este supuesto se implementará lo descrito en el numeral _ del Apartado _ del ANEXO ÚNICO. Por su parte “EL PROVEEDOR” al inicio del servicio deberá entregar a la ______________ de _____________, copia de las obligaciones garantizadaspólizas de seguro vigentes, se obliga(n) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contrato, con cualquiera de las compañías de seguros autorizadas contratadas ante una compañía aseguradora debidamente autorizada por la Superintendencia Financiera ley, que amparen los daños que pueda ocasionar a terceros en sus bienes y personas, vías generales de Colombia comunicación y cualquier otro daño que pudiera generarse por los vehículos que prestan el servicio a “LICONSA” conforme lo establece el Artículo 83 del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares. Cuando por causa de accidente de tránsito resulten pérdidas o daños a “EL PRODUCTO”, o a las canastillas, “EL PROVEEDOR” deberá levantar por su cuenta un acta de tiempo, modo y lugar en que ocurrieron los hechos, ante autoridad competente para ser entregada en un plazo máximo de treinta (30) días naturales ante “LICONSA”, para que ésta realice los trámites de reclamación ante su aseguradora, cubriendo “EL PROVEEDOR” únicamente el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automáticadeducible estipulado en la póliza sobre el siniestro ocurrido. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre que la aseguradora decline el pago, “EL BIENPROVEEDOR” deberá pagar al precio de venta cada litro dañado y las canastillas a costo de reposición, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) debiendo notificar a la compañía ________________ de seguros _________________, para la modificación reposición de la póliza o el documento respectivo con el “EL PRODUCTO” mediante guía extra, a fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, provocar desabasto y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestrorequerir la contratación de un tercero para llevar a cabo la distribución, será “EL PROVEEDOR” quien cubra el monto costo correspondiente. Cuando “LICONSA” no declare el valor de la indemnización se subrogue carga la responsabilidad quedará limitada a la(sla cantidad equivalente a quince (15) obligación(es) garantizada(s)xxxx xx xxxxxxx mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, por tonelada o la parte proporcional que corresponda tratándose de embarques de menor peso, de acuerdo con a lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 Artículo 66 fracción V de la Ley 1676 de 2013 Xxx xx Xxxxxxx, Puentes y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirAutotransporte Federal.

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicios De Transporte Y Distribución De Leche

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES)El contratista deberá contar, durante previo a la vigencia iniciación de las obligaciones garantizadas, se obliga(n) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contratolos trabajos, con cualquiera los seguros que se detallan a continuación: 1) Copia del contrato de afiliación a una Aseguradora de Riesgos de Trabajo conforme a lo establecido por las compañías Normas vigente en materia de seguros autorizadas por Higiene y Seguridad en la Superintendencia Financiera construcción, Leyes N° 19.587, N° 24.557 y N° 26.733 y su reglamentación Xxxxxxxx X° 000/00, 0000/00 x 000/00 x xxx Xxxxxxxxxxxx que emita la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DE TRABAJO, como así también toda otra Norma legal que resulte vigente durante el desarrollo de Colombia para la obra. 2) Seguro Colectivo de Vida Obligatorio que cubra a todo el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) personal afectado a la compañía de seguros la modificación de la póliza o el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestro, el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s)obra, de acuerdo con lo establecido a la legislación vigente. 3) Seguro de accidentes que cubra al personal del comitente afectado a la obra. 4) Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual, por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez monto que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto establezca en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 (P.C.P.), a su nombre y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su eleccióndel Comitente, y autoriza(n) discrecionalmente manteniendo a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, éste cubierto por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario toda pérdida y/o compañía reclamo por lesiones, daños y perjuicios causados a cualquier persona PLIEG-2019-00519464-APN-SECOT#MTR PLIEGO DE CLAUSULASGENERALES (72) horas de seguros respectivanotificada esa decisión. Así mismoCuando por cualquier motivo se aceptaran cotizaciones en moneda extranjera, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la xxxx en el pago importe de las primas genera los efectos establecidos garantías correspondientes se constituirán en el artículo 1068 moneda nacional calculándolas al tipo de cambio vendedor del Código BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, al cierre de Comercio respecto a la terminación automática las operaciones del segurodía anterior de su constitución. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba El importe de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(esgarantía deberá ajustarse cada vez que se verificase un incremento mayor al DIEZ POR CIENTO (10%) en la cotización de la moneda extranjera. PLIEG-2019-00519464-APN-SECOT#MTR PLIEGO DE CLAUSULASGENERALES Página 67 de 69 El contratista deberá suministrar instrucciones escritas acerca del manejo de las instalaciones incorporadas a las obras y de los inconvenientes que con más frecuencia pueden presentarse en ellas, e instruir directamente al personal que el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente comitente destine a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirsu cuidado.

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Samples: Pliego De Cláusulas Generales

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES)Con el fin de proteger el vehículo pignorado contra todo riesgo, EL CONSTITUYENTE se compromete a partir de la fecha de suscripción de este contrato, y durante la vigencia de las obligaciones garantizadassu vigencia, se obliga(n) a mantener el vehículo pignorado, debidamente asegurado en una Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia, contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contratolos riesgos de accidentes, con cualquiera de las compañías de seguros autorizadas incendio, rayo, erupción volcánica, y/o terremoto, perdidas parciales y totales por hurto, en la Superintendencia Financiera de Colombia para el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO cual se designe como primer beneficiario de dicho seguro a el BANCO W y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) siendo entendido que la indemnización a la compañía de seguros la modificación cargo de la póliza o el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismoaseguradora, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestro, el monto se subrogará al vehículo objeto de la prenda, que lo hubiere sufrido, para el efecto de radicar sobre esta indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s)el derecho real de la prenda, de acuerdo conformidad con lo establecido por el artículo Artículo 1101 del Código del Comercio. El seguro ha de Comercio, toda vez tener vigencia durante todo el tiempo que el presente contrato también vehículo permanezca pignorado en favor de EL BANCO. Igualmente se extiende obliga EL CONSTITUYENTE a la indemnización debida por reajustar anualmente el monto asegurado, según el valor comercial del vehículo. OCTAVA: CLAUSULA ACELERATORIA.- EL BANCO queda autorizado para declarar vencido el plazo de todas las aseguradoras obligaciones a cargo de EL CONSTITUYENTE, pudiendo exigir el pago inmediato de ellas en caso de siniestro y los siguientes casos: a) Si fuere perseguido judicialmente el vehículo pignorado, se intente cualquier medida judicial contra él o se constituya con posterioridad un gravamen diferente al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado relacionado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOSb) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) Si se encontrase que ha(n) sido informado(s) de el vehículo descrito en la facultad cláusula primera estaba gravado con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes anterioridad a la fecha de vencimiento cuando se trate inscripción del presente documento en el Registro Nacional Automotor – RNA y/o en el Registro de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad Garantías Mobiliarias – RGM. c) Si EL CONSTITUYENTE incumple una cualquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato. d) En caso de presentarse una cualquiera de las causales de exigibilidad anticipada de las obligaciones a cargo de EL ACREEDOR GARANTIZADO CONSTITUYENTE, que consten en los documentos de deber. e) En caso de fraude en los registros respectivos del vehículo o de medidas cautelares o gravámenes sobre el mismo o en caso de falsedad de los documentos que sirvieron de base para los registros. f) Cuando el vehículo sufriere mermas, desmejoras o deprecio, tales que no hacer uso preste suficiente garantía para la plena seguridad de ellaEL BANCO, a juicio de un perito designado por cuanto éste. En este evento, EL CONSTITUYENTE se trata compromete dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a constituir una facultad discrecional nueva garantía a solicitud y a satisfacción de EL BANCO. g) Si EL CONSTITUYENTE, o cualquiera de sus fiadores o avalistas falleciere o se disuelve, tratándose de personas jurídicas. h) Si EL CONSTITUYENTE pierde la tenencia del vehículo pignorado, no ejercita diligentemente las acciones requeridas para recuperarlo y no informa a EL BANCO al respecto. i) Si EL BANCO establece que los beneficiarios de los créditos incurrieron en inexactitud en los balances, informes o documentos presentados para obtenerlos. NOVENA: CESIÓN.- EL CONSTITUYENTE desde ahora acepta cualquier cesión o traspaso que EL BANCO o sus causahabientes hiciesen de la cual puede prenda con todas las consecuencias xx xxx. DECIMA: VIGENCIA.- Las partes acuerdan que la vigencia del presente contrato es por un término inicial de CINCO (05) años, contados a partir de la fecha de suscripción del mismo, prorrogable por periodos de tres (3) años hasta tanto existan obligaciones pendientes de pago, sean directas o indirectas a cargo de EL CONSTITUYENTE y a favor de EL BANCO y mientras éste no hacer usocancele ante los registros correspondientes el valor del gravamen prendario que por medio de este contrato se constituye. PARÁGRAFO TERCEROUNDECIMA: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar yRESTRICCION.- Sin la autorización previa, por tantoexpresa y escrita de EL BANCO, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas EL CONSTITUYENTE no podrá enajenar o gravar de dinero que con ocasión a cualquier forma el vehículo objeto de esta prenda. DUODECIMA: GASTOS.- Los gastos de inscripción de la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADOprenda en los registros competentes, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los de los certificados emitidos en los que conste su inscripción, pago de impuestos, los que se originen por el intermediario y/o compañía reconocimiento del documento por las partes ante Notario Público los que cause su cancelación, correrán por cuenta de seguros respectivaEL CONSTITUYENTE. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existir.DECIMA TERCERA:

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Samples: Contrato De Prenda Abierta Sin Tenencia Del Acreedor

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES)El CLIENTE se obliga a contratar un seguro de desgravamen que cubra el saldo capital insoluto de la deuda en caso de muerte natural, durante muerte accidental, invalidez total y permanente por enfermedad o accidente u otro tipo de siniestro especificado por la vigencia de las obligaciones garantizadasCAJA, en el cual se deberá considerar a la CAJA como beneficiaria. Asimismo, se obliga(n) obliga a contratar y mantener asegurado vigente hasta la cancelación total del crédito, a satisfacción de la CAJA, un seguro contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contrato, con cualquiera de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para que cubra el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a la compañía de seguros la modificación de la póliza o el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismoINMUEBLE, por una suma cantidad no inferior menor al valor comercial monto de EL BIENla Hipoteca, y salvo que la CAJA acepte un monto distinto; y, se establezca obliga a transferir a la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) CAJA su derecho a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para indemnización que debe pagar la aseguradora en caso de siniestro, para cuyo efecto le entregará la(s) póliza(s) debidamente endosada(s) de manera que la CAJA cobre el monto importe de la indemnización y lo aplique a la amortización de lo que se subrogue le adeudase. La CAJA informará a la(sEL CLIENTE que tiene el derecho a elegir entre: a) obligación(esla contratación del seguro que comercialice la CAJA; o, b) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido un seguro contratado directamente por el artículo 1101 del Código CLIENTE, siempre que cumpla –a satisfacción de Comerciola CAJA- con las condiciones previamente informadas en la página Web de la CAJA, toda vez accediendo al link xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxx-x-xxxxxxxxx/. En caso de incumplimiento de la obligación que el presente contrato también se extiende CLIENTE asume según el párrafo anterior, la CAJA tendrá la facultad de contratar por cuenta del CLIENTE las pólizas de los seguros ofrecidas por la (s) compañía de seguro (s) cuyos productos la CAJA comercialice, o a gestionar sus renovaciones, debiendo en ese caso el CLIENTE reembolsar a la indemnización debida por las aseguradoras CAJA de inmediato los pagos realizados; o, en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad la CAJA acepte financiarlo, el CLIENTE autoriza a la CAJA, con lo dispuesto su firma en el artículo 8 Contrato, a incluir el costo total de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado póliza contratada en las cuotas xxx xxxxxxxx por vencer. Cuando el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) CLIENTE contrata los seguros obligatorios a través de la facultad CAJA, en estos casos la CAJA será responsable de su renovación. Cuando el CLIENTE haya contratado la póliza con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora una compañía de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO la falta de renovación de las pólizas de los seguros por parte de la CAJA, no genera para que tome la póliza ésta responsabilidad alguna, en tanto dicha responsabilidad es imputable únicamente al CLIENTE. En las pólizas del seguro individual o los certificados de seguro mencionada u ordene correspondientes a los seguros de desgravamen y contra todo riesgo, constarán los riesgos cubiertos, las sumas aseguradas, las exclusiones principales, y en general, los términos y condiciones que regulan su contratación cuando no le presente(n) relación contractual con la póliza empresa de seguros que El CLIENTE declara conocer y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contratoaceptar, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta por lo que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de ocurrir un siniestro no hacer uso amparado por la póliza contratada o de ella, limitaciones o exclusiones impuestas por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros, la CAJA no asume ninguna responsabilidad. Queda expresamente convenido que, en el supuesto que el CLIENTE contrate directamente los seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) no se haya pactado que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos se adicione en las cuotas periódicas pactadas por el crédito, o se debite de una cuenta de ahorros, el CLIENTE responderá frente a la CAJA sobre cualquier incumplimiento en el artículo 1068 pago, que podría poner en riesgo la vigencia de las pólizas, asumiendo el saldo deudor del Código crédito. La información respecto al nombre de Comercio respecto la compañía de seguros, el número de la póliza y el monto de la prima se consignará, en la Hoja Resumen. Recibida la indemnización del seguro, la CAJA deberá efectuar la liquidación a dicha fecha, imputando el importe de la indemnización al saldo deudor del crédito, y poniendo a disposición del CLIENTE o sus herederos, cualquier excedente en un plazo máximo de 30 días de recibida la indemnización. Ya sea en el supuesto en que el CLIENTE contrate directamente por su cuenta los seguros y endose las pólizas a la terminación automática CAJA, o en caso el CLIENTE tome los seguros comercializados por la CAJA, toda suma no cubierta por la compañía de seguros como consecuencia de la liquidación del siniestro será asumida por el CLIENTE o la masa hereditaria. Las disposiciones contenidas en la presente cláusula sobre la contratación del seguro contra todo riesgo, son aplicables obligatoriamente a los bienes futuros en tanto el INMUEBLE adquiera la condición de vivienda terminada, según lo indicado en el numeral 1.2 de la cláusula primera del presente contrato, las cuales forman parte de las condiciones previamente informadas y además difundidas en la página web de la CAJA, accediendo al link xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxx-x- servicios/. En caso el CLIENTE no contrate directamente dicho seguro, la CAJA queda facultada a incluir dentro de las cuotas xxx xxxxxxxx por vencer, el monto correspondiente a las primas del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) Como consecuencia de ello, se modificará el cronograma de pagos. La documentación referida a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba la contratación del seguro, el monto de la aseguradora todas las sumas provenientes prima a pagar, así como el nuevo cronograma de pagos serán remitidos al CLIENTE con una anticipación no menor de siete (7) días al vencimiento de la siguiente cuota, a través de los siguientes medios de comunicación: (i) Comunicaciones escritas a la dirección domiciliaria del pago CLIENTE; (ii) comunicaciones a la dirección electrónica proporcionada por el CLIENTE; (iii) estados de siniestros con cuenta; (iv) comunicaciones telefónicas al domicilio del CLIENTE, o al teléfono móvil declarado por el objeto CLIENTE, que puedan ser acreditadas fehacientemente; y, (v) mensajes de abonarlas a su(s) obligación(es) en texto al teléfono móvil declarado por el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirCLIENTE.

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Samples: Contrato De Crédito Hipotecario

SEGUROS. EL(LOSDurante el término de este contrato El(Los) GARANTE(SLocatario(s) Y/O DEUDOR(ES)al tener la guarda material de los bienes, durante la vigencia de las obligaciones garantizadassu uso y goce, se obliga(n) a mantener asegurado el(los) bien(es) asegurado(s) contra todo riesgo EL BIEN objeto de acuerdo con las condiciones establecidas por La Entidad, con una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia por el valor comercial, con la modalidad de reposición o reemplazo y señalando como beneficiario en la póliza a La Entidad. La Entidad podrá rechazar la póliza individual ofrecida por El(Los) Locatario(s) invocando causales objetivas consagradas en la normativa. Adicionalmente El(Los) Locatario(s) se obliga(n) a asegurar el (los) bien(es) contra los perjuicios que éste(os) pueda(n) ocasionar a terceros (responsabilidad civil). Constituye una obligación a cargo de El(Los) Locatario(s) el pago de las primas de seguros correspondientes, y que podrán ser recaudadas por intermedio de La Entidad. Si El(Los) Locatario(s), no cumpliere con su obligación de contratar el seguro en los términos anteriores, éste autoriza expresamente a La Entidad, para que tome el indicado seguro con las coberturas exigidas, cargando el valor por concepto de la prima en la facturación de la obligación derivada del presente contrato. La contratación del seguro no releva a El(Los) Locatario(s) de responsabilidad frente a La Entidad por xxxxxxx, con cualquiera daños o pérdida de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática(los) bien(es) arrendado(s). PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a que La Entidad reciba una indemnización de la compañía aseguradora por realización del riesgo asegurado y El(Los) Locatario(s) se encuentre(n) al día y halla(n) reparado las averías o pérdida de seguros la modificación el (los) bien(es), La Entidad le(s) entregará el valor de la póliza indemnización hasta la concurrencia del valor de la reparación o reposición efectuadas. En caso de siniestro parcial, El(Los) Locatario(s) queda obligado a pagar el documento respectivo con deducible cuando haya lugar a ello, además el fin exceso que represente el costo de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior las reparaciones frente al valor comercial de EL BIENla indemnización, y lo mismo que el valor no cubierto por infraseguro. En caso de pérdida total se establezca la cláusula de renovación automáticadará por terminado el contrato, comprometiéndose(nCódigo: GJU-F-104 versión 06 si El(Los) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOSLocatario(s) GARANTE(Sno optare por sustituir el(los) Y/O DEUDOR(ESbien(es), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para en cuyo caso La Entidad imputará la indemnización recibida al saldo que en caso virtud de siniestroese contrato estuviese pendiente. Si efectuada esta operación El(Los) Locatario(s) quedare debiendo alguna suma de dinero a La Entidad, deberá pagársela dentro de los tres (03) días hábiles siguientes al informe de la aseguradora sobre el monto de la indemnización, de la misma forma procederá La Entidad si se presentare un excedente entre el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por y el artículo 1101 saldo del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOSConstituye una obligación adicional a cargo de El(Los) GARANTE(SLocatario(s) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) el pago de la facultad con la que cuenta(n) las primas de contratar directamente el seguro los seguros correspondientes. El beneficiario de EL BIEN con la aseguradora de su elecciónlos seguros será siempre La Entidad. Adicionalmente, y autoriza(npara los casos que aplique, El(Los) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ESLocatario(s) se obliga(n) a tomar y pagar yel seguro obligatorio de accidentes automovilísticos legalmente establecido, por tantodurante todo el tiempo de duración de la prestación de los servicios de arrendamiento financiero. PARÁGRAFO: El(Los) Locatario(s) en caso de incumplimiento en la presentación de los contratos de seguros o renovaciones, autoriza cargar a la(sLa Entidad, sin que esto implique obligación o responsabilidad para La Entidad, para que por cuenta de El(Los) obligación(esLocatario(s) garantizada(s) las sumas contrate los seguros o renovaciones con la compañía de dinero seguros que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario estime conveniente y/o compañía pague las respectivas primas de seguros respectivaseguros, con el fin de mantener vigentes las pólizas que amparen el(los) bien(es). Así mismoEn todo caso, EL(LOSsi El(Los) GARANTE(SLocatario(s) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que no efectuare el correspondiente pago, La Entidad queda facultada para cargar el valor del seguro, al valor de la xxxx en el pago presente obligación. El incumplimiento a cualquiera de las primas genera los efectos establecidos obligaciones asumidas en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO esta cláusula, será causal para que solicite y reciba de la aseguradora todas La Entidad pueda dar por terminado el presente contrato con las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) consecuencias previstas en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirsanciones por incumplimiento.

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Samples: static.iris.com.co

SEGUROS. EL(LOSEL (LOS) GARANTE(SDEUDOR(ES) Y/O DEUDOR(ES)se compromete(n) en forma expresa e irrevocable a asegurar el bien dado en prenda con una Compañía de Seguros (quien debe comprometerse a notificar a EL ACREEDOR, durante con 30 días de antelación, cualquier decisión relacionada con la vigencia cancelación o no renovación de las obligaciones garantizadas, se obliga(nla póliza) constituyendo como primer beneficiario en caso de siniestro a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto ACREEDOR. Esta acción deberá ejecutarla dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del presente contrato, con cualquiera de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efecto, designando al término del cual entregará directamente a EL ACREEDOR GARANTIZADO como el recibo de pago de la prima y el certificado expedido por la Compañía Aseguradora elegida sobre la cobertura, amparos y beneficiario del seguro respectivo, incluyendo cobertura para todo riesgo y en el caso de vehículos, a lo menos responsabilidad civil extracontractual, daños a bienes de terceros, muerte o lesiones a terceros y asistencia jurídica en proceso penal; al vehículo por daños, pérdida total, pérdida total o parcial por terremoto, índice variable del 10%; al vehículo por hurto o hurto calificado, pérdida parcial y total, índice variable del 10%. De no cumplir con ello, EL (LOS) DEUDOR(ES) expresamente autoriza(n) a EL ACREEDOR para poder contratar dicha póliza (sin que se constituya en una obligación de su parte) con la Compañía Aseguradora que a su libre criterio seleccione, constituyéndose en primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En en caso de existir seguro vigente sobre siniestro y cuyo costo será asumido por EL BIEN, EL(LOS(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(nen su integridad obligándose este último a reintegrar dicho valor en el término de dos (2) días contados a partir de la compañía fecha en que EL ACREEDOR efectúe el pago de seguros la modificación prima, término durante el cual EL ACREEDOR recibirá la tasa de interés máxima remuneratoria legal. EL (LOS) DEUDOR(ES) se obliga(n) expresamente a mantener en vigencia el anterior seguro que ampara el bien hasta la fecha en que se produzca la cancelación total y definitiva de las obligaciones que se garantizan con esta prenda. Si xxxxxx por cualquier circunstancia el amparo de la póliza antes citada y estuviere pendiente para entonces el pago total o el documento respectivo con el fin parcial de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestro, el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), EL (LOS) DEUDOR(ES) se comprometerá(n) a renovar el contrato de acuerdo con lo establecido por seguro o a tomar uno nuevo a satisfacción de EL ACREEDOR y a remitir a éste el artículo 1101 del Código original de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende la póliza dentro de los diez (10) días siguientes a la indemnización debida por las aseguradoras en caso fecha de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con su expedición. Si así no lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOShiciere EL (LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de ), EL BIEN con la aseguradora de ACREEDOR podrá, a su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza declarar de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de plazo vencido la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando que aquí se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(ngarantiza(n) y acepta(n) que la xxxx en exigir de inmediato el pago de las primas genera todo el capital y los efectos establecidos intereses o asegurar el bien por cuenta de EL (LOS) DEUDOR(ES) (sin que se constituya en una obligación de su parte), en cuyo caso este último se obliga a reintegrar dicho valor en el artículo 1068 del Código término de Comercio respecto dos (2) días contados a partir de la fecha en que EL ACREEDOR efectúe el pago de la prima, término durante el cual EL ACREEDOR recibirá la tasa de interés máxima remuneratoria legal. En cualquier caso xx xxxx y mientras ella subsista, EL (LOS) DEUDOR(ES) reconocerá(n) sobre las sumas debidas intereses xx xxxx a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de tasa más alta permitida por la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirley.

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Samples: Contrato De Prenda Sin Tenencia

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), durante 13.1 Seguro contra todo riesgo: Durante la vigencia de las obligaciones garantizadasdel crédito hipotecario, El(Los) Cliente(s) se obliga(n) a contratar y mantener asegurado vigente un seguro contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contrato, otorgado por una Compañía de Seguros de calificación de nivel no inferior a B y una póliza con cualquiera cobertura a satisfacción de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a la compañía de seguros la modificación de la póliza o el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismomiCasita hipotecaria, por una suma cantidad no inferior menor al valor comercial de EL BIEN, saldo contable deudor del crédito salvo que miCasita hipotecaria acepte un monto distinto; Los datos referidos a la cobertura y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexossumas aseguradas, así como todos los derechos referidos a los deducibles, exclusiones, cláusulas adicionales, prima y demás se encuentran establecidos en el certificado de EL(LOSseguro que formará parte del respectivo expediente de crédito. Un ejemplar del certificado será entregado a El(Los) GARANTE(SCliente(s). La información mencionada en el presente párrafo se encuentra establecida en la página web de miCasita hipotecaria. Si El(Los) Y/O DEUDOR(ES)Cliente(s) contrata(n) directamente con la aseguradora, los cuales se entienden transferidos deberá transferir mediante endoso a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para miCasita hipotecaria su derecho a la indemnización que debe pagar la aseguradora en caso de siniestro, para cuyo efecto le entregará la póliza o pólizas debidamente endosadas de manera que miCasita hipotecaria cobre el monto importe de la indemnización y lo aplique a la amortización de lo que se subrogue le adeudase. De igual manera la contratación del seguro podrá efectuarse a la(stravés de miCasita hipotecaria, para lo cual ésta sugerirá a El(Los) obligación(esCliente(s) garantizada(s)el servicio de determinada aseguradora; sin embargo, de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el El(Los) Cliente(s) es(son) El presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contratofue aprobado mediante Resolución SBS N° 1084-2017. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(nlibre(s) de contratar directamente con una aseguradora distinta siguiendo el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(nprocedimiento establecido en el párrafo que antecede. miCasita hipotecaria solicitará a El(Los) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para Cliente(s) que tome la póliza suscriba(n) el certificado de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no y le presente(nentregará un ejemplar del mismo. El(Los) Cliente(s) deberá(n) presentar la póliza y su respectivo recibo de pago antes renovación del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) seguro con el presente contrato, o con antelación de un 01 (1un) mes de anticipación a la fecha de vencimiento cuando se trate del referido seguro; de su renovaciónlo contrario, autorización esta miCasita hipotecaria podrá contratar la renovación del seguro con la aseguradora que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ellaésta determine, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer usosituación que será comunicada a El(Los) Cliente(s) mediante comunicación directa escrita, correos electrónicos o llamadas telefónicas. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a Si la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADOes efectuada por miCasita hipotecaria, así como sus intereses moratoriosle corresponderá a ésta renovarlo; caso contrario, aceptando para si El(Los) Cliente(s) contrata(n) el efecto como suficiente prueba seguro directamente, le(s) corresponderá a este(estos) la renovación del mismo. Las condiciones de la póliza del seguro contra todos los certificados emitidos riesgos de el(los) inmueble(s), cuyo único beneficiario será miCasita hipotecaria, con el detalle de la suma asegurada, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por cuenta de El(Los) Cliente(s) de una franquicia deducible en el intermediario y/evento de siniestro, constan en el documento que El(Los) Cliente(s) declara(n) conocer y aceptar y que forma parte integrante de su expediente de crédito, por lo que en caso de ocurrir un siniestro no amparado por la póliza contratada o de limitaciones o exclusiones impuestas por la Compañía de Seguros, miCasita hipotecaria no asume ninguna responsabilidad. La información correspondiente al seguro contra todo riesgo, prima, compañía de seguros y número de póliza se encuentra descrita en la Hoja de Resumen respectiva. Así mismoEn el caso de bienes futuros, EL(LOSla activación del seguro se produce en la fecha de entrega de la(s) GARANTE(Sunidad(es) Y/O DEUDOR(ESinmobiliaria(s) reconoce(n) y acepta(n) que indicada en la xxxx en el pago minuta de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existircompra venta respectiva.

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Samples: www.micasita.com.pe

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(SLOCATARIO(S) Y/O DEUDOR(ES), durante la vigencia de las obligaciones garantizadas, se obliga(n) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contrato, tomará con cualquiera de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a la una compañía de seguros la modificación legalmente establecida en Colombia y durante el término de la póliza o el documento respectivo éste contrato, los seguros necesarios con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO amparar EL(LOS) BIEN(ES) contra todos los riesgos de daño, destrucción total, pérdida, hurto o desaparecimiento físico por cualquier evento de acuerdo con la cobertura y condiciones ya establecidas con la Aseguradora, estableciendo como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar seguro a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de BANCO quedando para EL(LOS) GARANTE(SLOCATARIO(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para la opción de tomar un seguro de lucro cesante que garantice el pago del canon en caso de siniestro. En caso de siniestro parcial EL el costo de las reparaciones fr Asimismo, EL(LOS) LOCATARIO(S) deberá asegurar EL(LOS) BIEN(ES) contra responsabilidad civil, por los daños que su funcionamiento pueda ocasionar físicamente a terceros y a sus propiedades. Es entendido que EL(LOS) LOCATARIO(S) es y seguirá siendo el único responsable ante dichos terceros por los daños que EL(LOS) BIEN(ES) pueda causar. EL(LOS) LOCATARIO(S) se obliga a informar a EL BANCO sobre estos seguros, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de los contratos de seguros o renovaciones. Página 5 Sección 2 En caso de pérdida total se dará por terminado el contrato si EL(LOS) LOCATARIO(S) no optare por sustituir EL(LOS) BIEN(ES), en cuyo caso EL BANCO imputará la indemnización recibida al saldo que en virtud de este contrato estuviese pendiente. Si efectuada esta operación EL(LOS) LOCATARIO(S) quedare debiendo alguna suma de dinero a EL BANCO, deberá pagársela dentro de los tres (3) días siguientes al informe de la aseguradora sobre el monto de la indemnización, de la misma forma procederá EL BANCO si se presentare un excedente entre el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por y el artículo 1101 saldo del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: Constituye una obligación adicional a cargo de EL(LOS) GARANTE(SLOCATARIO(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la xxxx en el pago de las primas genera de seguros correspondientes. El beneficiario de los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguroseguros será siempre EL BANCO. PARÁGRAFO CUARTOPARAGRAFO: EL(LOS) GARANTE(SLOCATARIO(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) en caso de incumplimiento en la presentación de los contratos de seguros o renovaciones autoriza a EL ACREEDOR GARANTIZADO BANCO, sin que esto implique obligación o responsabilidad para EL BANCO, para que solicite y reciba por cuenta de EL(LOS) LOCATARIO(S) contrate los seguros o renovaciones con la compañía de seguros que estime conveniente y/o pague las respectivas primas de seguros, con el fin de mantener vigentes las pólizas que amparen EL(LOS) BIEN(ES), caso en el cual EL BANCO queda autorizado para cargarle a EL(LOS) LOCATARIO(S) el valor de dichas primas, junto con los cánones de la aseguradora todas respectiva obligación. En este evento, EL BANCO le facturará EL(LOS) LOCATARIO(S) en el extracto y tendrá plazo para pagar en el siguiente corte de la obligación el importe de dichas cuentas pagadas por su cuenta reconociendo intereses a la tasa máxima permitida por la ley. El incumplimiento a cualquiera de las sumas provenientes obligaciones asumidas en esta cláusula, será causal para que EL BANCO pueda dar por terminado el presente contrato con las consecuencias previstas en sanciones por incumplimiento. EL(LOS) LOCATARIO(S) debe comprobar a EL BANCO el pago de las primas de seguro mediante la remisión del Certificado de Renovación y la constancia del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de la prima. En ningún caso EL(LOS) GARANTE(SLOCATARIO(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirpodrá desmejorar las condiciones iniciales del seguro.

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Samples: Contrato De Leasing

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), durante Durante la vigencia de las obligaciones garantizadas, el(los) Garante(s) se obliga(n) a mantener asegurado el bien pignorado contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contratoriesgo, para lo cual deberá contratar con cualquiera una Compañía de las compañías de seguros autorizadas Seguros legalmente establecida en Colombia y autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia para Colombia, un seguro en el efectocual se amparen los daños que puedan derivarse de la responsabilidad civil extracontractual, designando así como también contra los riesgos de pérdida total por daños y pérdida total por hurto. El(los) Garante(s) asume(n) el compromiso de mantener dicho seguro vigente mientras el bien garantice alguna obligación a EL ACREEDOR GARANTIZADO favor del Acreedor. En el contrato de seguro que celebre(n), el(los) Garante(s) deberá(n) designar al Acreedor como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendoa título oneroso, sin excepción alguna, así como también deberá pactar una cláusula de renovación automáticaautomática y de no revocatoria. PARÁGRAFO PRIMERO: Parágrafo Primero.- Autorización Especial. Con la suscripción de este contrato el(los) Garante(s) otorga(n) autorización al Acreedor para que éste último contrate por cuenta y riesgo del (de los) Garante(s) el contrato de seguro de que trata la presente cláusula, cuandoquiera que el Acreedor detecte el incumplimiento de la obligación aquí pactada. En caso de existir seguro vigente sobre EL BIENtal evento, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a el Acreedor queda facultado para tomar la póliza con la compañía de seguros la modificación seguro que libremente determine, procediendo a cargar los costos de expedición, inspección y de la póliza o el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestro, el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto prima en el artículo 8 Estado de la Ley 1676 Cuenta del (de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOSlos) GARANTE(SGarante(s) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía deudor(es) garantizado(s). Parágrafo Segundo.- Pago de seguros respectivaIndemnizaciones. Así mismo, EL(LOSEl(los) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ESGarante(s) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO al Acreedor para que solicite reclame y reciba de la aseguradora Compañía Aseguradora todas las sumas provenientes del pago de indemnizaciones por siniestros con el objeto de abonarlas primeramente a su(slas obligaciones del (de los) obligación(esdeudor(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(sgarantizado(s), y colocar inmediatamente a disposición del (de EL(LOSlos) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ESGarante(s) cualquier remanente que llegare a existir. Parágrafo Tercero.- Gastos y Reembolsos. Todos los gastos que se ocasionen por la contratación de las pólizas de seguro, su renovación o la inspección del bien, serán de cuenta del (de los) Garante(s) y del (de los) deudor(es) garantizado(s). Cuando el Acreedor incurra en algún gasto o efectúe un pago por cuenta del (de los) Garante(s) o del (de los) deudor(es) garantizado(s), éstos quedarán obligados a reembolsar dichos valores cuando el Acreedor lo solicite, sin perjuicio de la posibilidad de cargar dichos valores al Estado de Cuenta.

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Samples: Contrato De Prenda Sin Tenencia (Garantía Mobiliaria

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) YEs obligación de EL CLIENTE mantener asegurados contra incendio y riesgos conexos las mercancías depositadas en él. Las mercancías deberán estar aseguradas en todo momento por el valor señalado en los certificados de depósito y/O DEUDOR(ES)o bonos de prenda que sobre ellas haya expedido ALMAVIVA. Las pólizas de seguro deben ser expedidas directamente a favor xx XXXXXXXX, durante la vigencia en calidad de asegurado y beneficiario. También se acepta que las obligaciones garantizadaspólizas sean cedidas o endosadas por EL CLIENTE en favor xx XXXXXXXX, se obliga(n) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contratoen calidad de depositario, con cualquiera de las compañías de seguros autorizadas en cuyo caso ALMAVIVA deberá ser reconocido expresamente por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a la compañía de seguros como asegurado y beneficiario. Deberá entregarse a ALMAVIVA el original de la modificación póliza, o el original del certificado en que conste la cesión o endoso, según sea el caso.  Renovación automática a su vencimiento, que asegure la vigencia de la póliza o hasta el documento respectivo con día en que expiren todos los títulos expedidos por ALMAVIVA sobre mercancía almacenada en el fin inmueble objeto de este contrato.  Prohibición a EL CLIENTE de revocar el seguro sin previa autorización xx  En caso de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestro, el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectiva. Así mismorevoque unilateralmente la póliza, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que o no la renueve, o la dé por terminada, incluyendo la terminación automática por xxxx en el pago de la prima, deberá constar el compromiso expreso por parte de la compañía de seguros de dar aviso escrito de tal hecho a ALMAVIVA con una antelación mínima de treinta (30) días calendario. Parágrafo 2: Es de cargo de EL CLIENTE el pago de las primas genera correspondientes, incluyendo las primas por renovación. Parágrafo 3: La indemnización por la pérdida de las mercancías deberá ser pagada exclusivamente a ALMAVIVA, en cuyo caso la indemnización reemplazará a los efectos establecidos bienes pignorados y servirá para garantizar el pago de los créditos y las sumas que se le deban a ALMAVIVA. Sobre esta indemnización, ALMAVIVA podrá ejercer el derecho de retención consagrado en el artículo 1068 1188 del Código de Comercio respecto y el artículo 176 del decreto 663 de 1993. Parágrafo 4: Si hay un deducible, este será a cargo de EL CLIENTE, el cual deberá pagarlo a ALMAVIVA en caso de siniestro. El monto de este deducible será la terminación automática del segurodiferencia entre la indemnización pagada a ALMAVIVA por la compañía de seguros y el valor de los bienes (según los títulos expedidos por ALMAVIVA). PARÁGRAFO CUARTOParágrafo 5: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a Si EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite CLIENTE no cumple con la obligación de asegurar el inmueble y reciba las mercancías en las condiciones aquí descritas, ALMAVIVA podrá asegurarlos directamente, en cuyo caso incrementará proporcionalmente la tarifa de almacenamiento, como lo indica el numeral 4.3 de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago Circular Básica Jurídica 07 de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s)1996, y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirproferida por la Superintendencia Bancaria.

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Samples: Contrato De Depósito Para Operación en Bodega Particular

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), durante 12.1 Seguro contra todo riesgos: Durante la vigencia de las obligaciones garantizadasdel crédito hipotecario, El(Los) Cliente(s) se obliga(n) a contratar y mantener asegurado vigente un seguro contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contratotodos los riesgos que corra El(Los) inmueble(s) , por lo menos contra incendio, terremoto, huelga y conmoción civil, daño malicioso, terrorismo, vandalismo, sismo, inundaciones, rayo, daño por agua y explosión y en general cualquier riesgo, otorgado por una Compañía de Seguros de calificación no inferior a B y una póliza con cualquiera cobertura a satisfacción de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a la compañía de seguros la modificación de la póliza o el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismomiCasita hipotecaria, por una suma cantidad no inferior menor al valor comercial de EL BIEN, saldo contable deudor del crédito salvo que miCasita hipotecaria acepte un monto distinto; y se establezca transferir a miCasita hipotecaria su derecho a la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO indemnización que debe pagar la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que aseguradora en caso de siniestro, para cuyo efecto le entregará la póliza o pólizas debidamente endosadas de manera que miCasita hipotecaria cobre el monto importe de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con y lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende aplique a la indemnización debida amortización de lo que se le adeudase. Las condiciones de la póliza del seguro contra todos los riesgos de El(Los) inmueble(s) , cuyo único beneficiario será miCasita hipotecaria, con el detalle de la suma asegurada, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por las aseguradoras cuenta de El(Los) Cliente(s) de una franquicia deducible en el evento de siniestro, constan en el documento que El(Los) Cliente(s) declara(n) conocer y aceptar, por lo que en caso de ocurrir un siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome no amparado por la póliza contratada o de seguro mencionada u ordene su contratación cuando limitaciones o exclusiones impuestas por la Compañía de Seguros, miCasita hipotecaria no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirasume ninguna responsabilidad.

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Samples: www.micasita.com.pe

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), durante la vigencia de las obligaciones garantizadas, El Deudor se obliga(n) obliga a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contrato, contratar con cualquiera de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a la una compañía de seguros la modificación de la póliza legalmente establecida en el país y aceptada por el Acreedor, un seguro que como mínimo debe tener coberturas contra riesgos del Bien dado en Garantía: pérdida parcial o el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismototal por hurto, pérdida parcial o total por daños, terremoto, temblor, erupción volcánica, por una suma no inferior al el 100% del valor comercial de EL BIENdel vehículo; cobertura por responsabilidad civil contra terceros; seguro que deberá permanecer vigente durante todo el término en que el bien esté gravado, y se establezca la debiendo tener una cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) en la cual El Acreedor deberá aparecer como primer beneficiario. Aun cuando la garantía extendida sobre el Bien dado en Garantía se encuentran cedida a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexosfavor del Acreedor, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestro, el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro El Deudor cede a favor del Acreedor el valor del monto de las indemnizaciones que llegare a pagar la compañía de seguros hasta la cantidad que fuere necesaria para cubrirle el saldo pendiente de la deuda y si llegare a quedar un saldo insoluto se obliga a su pago directamente. En caso de que el seguro mencionado en la presente cláusula no sea renovado por cualquier causa, El Acreedor está facultado para tomar por cuenta del Deudor las pólizas que garanticen los mismos riesgos mencionados en la presente cláusula, en la que sea beneficiario, quedando obligado El Deudor a reembolsar al tratarse también de un bien atribuible de conformidad Acreedor las cantidades que por dicho concepto haya pagado, con lo dispuesto sus intereses a la tasa máxima legal autorizada, intereses liquidados desde el día en que El Acreedor efectúe el pago y hasta cuando reciban el respectivo reembolso. Dicho reembolso debe hacerse a más tardar el día en el artículo 8 que haya de pagarse la Ley 1676 primera y/o única cuota de 2013 y lo acordado amortización con posterioridad a la fecha en que el presente contratoAcreedor hubiere pagado la prima de seguro. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con Prestará merito ejecutivo el presente contrato, o con antelación para la exigencia de un (1) mes a estas sumas. Esta facultad del Garantizado de tomar la fecha póliza por cuenta del Deudor cuando él no lo haga oportunamente no se podrá entender como una obligación del Acreedor. En señal de vencimiento cuando se trate aceptación y conocimiento de su renovacióncontenido, autorización esta que no implica responsabilidad firmamos el presente Contrato, a los días del mes de EL ACREEDOR GARANTIZADO de 20 _, en caso la ciudad de no hacer uso , República de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirColombia.

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Samples: www.santander.com.co

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(SPRESTATARIO(S) Y/O DEUDOR(ES)tiene derecho a elegir y contratar los seguros que le solicite COMPARTAMOS FINANCIERA, durante la vigencia en forma directa o a través de las obligaciones garantizadas, se obliga(n) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contrato, con cualquiera de las compañías un corredor de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a la compañía de seguros la modificación de la póliza o el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestro, el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) Compañía de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora Seguros de su elección, siempre que cumplan con las condiciones previamente informadas por COMPARTAMOS FINANCIERA y autoriza(n) discrecionalmente que se encuentran en su página web, quien a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza su vez, quedará constituida como única beneficiaria. Los seguros deben permanecer vigentes durante todo el plazo del contrato incluido el plazo de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, sus refinanciaciones; debiendo ser renovados por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(sPRESTATARIO(S) las sumas veces que sea necesario. COMPARTAMOS FINANCIERA, sin estar obligado a ello, se reserva el derecho de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADOcontratar, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario renovar y/o compañía mantener vigentes los seguros de seguros respectiva. Así mismodesgravamen e incendio multiriesgo en respaldo de la cancelación de EL PRÉSTAMO, intereses compensatorios, penalidades por incumplimiento y demás cargos contractuales, lo que acepta EL(LOS) GARANTE(SPRESTATARIO(S) Y/O DEUDOR(ESe igualmente que las primas que cobre la Compañía de Seguros respectiva, serán de su cargo. EL(LOS) reconoce(nPRESTATARIO(S) declara(n) conocer y acepta(n) que la xxxx aceptar las condiciones de estas pólizas con el detalle de los riesgos excluidos o no cubiertos, constando las mismas en el pago de las primas genera los efectos establecidos documento que también reconoce recibir en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto copia a la terminación automática suscripción del seguropresente CONTRATO XX XXXXXXXX. PARÁGRAFO CUARTO: La falta de contratación o renovación de los seguros por parte de COMPARTAMOS FINANCIERA, no le generará responsabilidad alguna. EL(LOS) GARANTE(SPRESTATARIO(S) Ypuede(n) solicitar a COMPARTAMOS FINANCIERA realice la gestión para la contratación y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) o renovación de los seguros requeridos a su cargo. En dicho caso, COMPARTAMOS FINANCIERA elegirá a la Compañía de Seguros con la cual se mantendrá la cobertura de EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba PRÉSTAMO. La falta de gestión de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago contratación y/o renovación de siniestros con el objeto los seguros por parte de abonarlas COMPARTAMOS FINANCIERA no generará responsabilidad alguna a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirPRESTATARIO(S).

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Samples: Contrato De Préstamo

SEGUROS. EL(LOSa) GARANTE(SGeneralidades El Adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente artículo y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio, excepto para el supuesto de la cobertura de daño ambiental, la cual se acreditará mediante presentación del original en la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Seguros (DGCyC). La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al Adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su actividad. El Adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) Yhoras a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de los trabajos encomendados conforme el contrato y/O DEUDOR(ES)o contratos celebrados, incluidas las posibles prórrogas. Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, el Adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXX vencimiento de las mismas. La no actualización de las pólizas dará lugar a las sanciones que por ello correspondan, de acuerdo a las convenciones contractuales. El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Xxxxxx, en las formas y con la vigencia estipulada, quedando el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera en este caso Queda entendido que, sin perjuicio de su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el Contratista asume el importe de las franquicias obligatorias impuesta por las Compañías Aseguradoras. Quedará a criterio del GCABA conforme los trabajos a efectuar objeto de la presente contratación la inclusión/incorporación/exclusión de cláusulas de cobertura, medida de la prestación y modificación de sumas aseguradas, durante la vigencia de las obligaciones garantizadas, se obliga(n) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contrato, con cualquiera de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a la compañía de seguros la modificación de la póliza o el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestro, el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido pólizas contratadas por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existiradjudicatario.

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Samples: documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar

SEGUROS. EL (LOS) GARANTE(S) se compromete a contratar con una Compañía de Seguros legalmente establecida en el país, un seguro contra todo riesgo hasta por el 100% de su valor comercial. En caso de existir seguros vigentes con esa misma clase de compañía, solicitará el endoso o cesión de las respectivas pólizas a favor del BANCO DE BOGOTA S.A. Las partes convienen en que EL BANCO O ACREEDOR GARANTIZADO queda autorizado de forma potestativa para renovar los seguros y pagar las primas, en caso de que EL (LOS) GARANTE(S) no lo haga, y para cargar en cualquier depósito que tenga o llegare a tener en EL BANCO O ACREEDOR GARANTIZADO los valores desembolsados por tal concepto con sus respectivos intereses, igualmente en caso de no ser posible dicho cargo, se obliga a reembolsar el dinero pagado por EL BANCO O ACREEDOR GARANTIZADO con intereses moratorios a la tasa máxima. Es entendido que esta facultad de mantenerse asegurados los bienes corre por cuenta EL (LOS) GARANTE(S), en caso de que éste no lo hiciere, no implica en ningún caso obligación o responsabilidad para EL BANCO O ACREEDOR GARANTIZADO, quien puede no hacer uso de la facultad o autorización atrás otorgada, en cuyo caso EL(LOS) GARANTE(S) asumirá los riesgos de destrucción, perdida o daño de los bienes dados en garantía. Igualmente, es entendido que las indemnizaciones a cargo de los aseguradores, en caso de ocurrir un siniestro, se subrogarán a los bienes gravados con la garantía que lo hubieren sufrido, como lo dispone el artículo 1101 del Código del Comercio. PARAGRAFO PRIMERO: La póliza de seguro se constituirá durante la vigencia de los créditos garantizados con la garantía, por un valor equivalente al valor de la tabla Fasecolda de los vehículos o del avalúo de la maquinaria tratándose de ésta, por una vigencia no inferior a un año calendario, enunciando al Banco de Bogotá S.A. como primer beneficiario en caso de siniestro. PARAGRAFO SEGUNDO: Si EL(LOS) GARANTE Y/O DEUDOR(ES) deja(n) de tener obligaciones con EL BANCO O ACREEDOR GARANTIZADO o se le adelanta ejecución de la garantía, la vigencia y pago de los seguros correrán por cuenta de EL(LOS) GARANTE Y/O DEUDOR(ES), durante la vigencia de las obligaciones garantizadas, se obliga(n) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contrato, con cualquiera de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMEROPARAGRAFO TERCERO: En caso que EL BANCO deba realizar la constitución y/o renovación de existir seguro vigente sobre EL BIENla póliza de seguro, EL(LOSel valor de la misma será cargado a El(LOS) GARANTE(S) Yy/O DEUDOR(ESo El(LOS) solicitará(n) a la compañía de seguros la modificación de la póliza o el documento respectivo con el fin de XXXXXX(ES)con sus intereses, siendo entendido que aparezca esta autorización no implica obligación ni responsabilidad para EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que BANCO en caso de siniestro, el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer haga uso de ella, por cuanto ya que se trata de una facultad discrecional de la cual puede EL BANCO bien puedo no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existir.

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Samples: Contrato De Garantia Mobiliaria Prenda Sin Tenencia Sobre Vehiculo – Motocicleta

SEGUROS. EL(LOSa) GARANTE(SCOINTRASUR deduce un seguro por cuenta del remitente que no excede el valor declarado. B) Y/O DEUDOR(ES)el seguro cubrirá únicamente los riesgos amparados en ella y bajo las condiciones allí establecidas. C) el costo de la prima del seguro a cargo del remitente será del 2% del valor declarado. ONCE. LITERALIDAD: este contrato debe interpretarse conforme a su contenido literal, durante la vigencia cualquier cambio, adición o reforma no se tendrá por válida mientras no esté escrita y expresa en el documento autentico. DOCE. MATERIALES QUE NO SERAN ACEPTADOS PARA TRANSPORTE POR COINTRASUR: los siguientes materiales: dinero efectivo, joyas, materiales preciosos, cualquiera que sea su forma, títulos valores, antigüedades, materiales obscenos o pornográficos, armas de las obligaciones garantizadasfuego, se obliga(n) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contratoexplosivos, con cualquiera de las compañías de seguros autorizadas carbones industriales , diamantes, plantas, animales vivos o muertos, materiales inflamables, combustibles, bienes cuyo tráfico y transporte estén prohibidos por la Superintendencia Financiera ley, estupefacientes o narcóticos, cualquier otro que, a juicio de la transportadora no sea transportable. TRECE. AMPLIACION. los términos de este contrato se ampliaran en beneficio de COINTRASUR, sus dependientes concesionarios, agentes y otros CATORCE. REGIMEN LEGAL DE ADUANA Y COMERCIO EXTERIOR: las mercancías que necesiten declaración aduanal en el país de origen incluida Colombia o permisos, licencias u otras expedidas por las autoridades e instituciones competentes de cualquier estado, no serán aceptadas por COINTRASUR para el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendosu transporte, sin excepción algunalleno de estos requisitos; la transportadora se reserva el derecho y no la obligación de verificar los documentos que prueben la legalidad del envió. En todo caso el remitente indemnizara a la transportadora por los perjuicios emergentes y consecuentes derivados de la ilegalidad de la mercancía, sin perjuicio de lo establecido en el literal D) inciso segundo (2) de la cláusula sexta de renovación automáticaeste documento. PARÁGRAFO PRIMEROQUINCE. CONTRATO DE SERVICIO CON PAGO A CREDITO: en el evento en que entre las partes existan un contrato de prestación de servicios con pagos a crédito o contra entrega, el contenido clausural de este documento; forma parte integrante de aquel y se aplicara de preferencia. PARAGRAFO: En este caso de existir seguro vigente sobre EL BIENque preexista contrato de prestación de servicios con pago a crédito, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) la aceptación de este contrato por COINTRASUR tiene efectos a partir del momento en que la compañía transportadora recibió la mercancía y el remitente suscribió la factura de seguros la modificación de la póliza o el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestro, el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con venta correspondiente. DIEZ Y SEIS. NATURALEZA DE ESTE DOCUMENTO PARA EFECTOS DE COBRO: Por lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 772 del código de comercio y los subsiguientes aplicables; las partes aceptan que este documento A) tiene todos los efectos de factura cambiaria de transporte B) Que el número de orden del título es el mismo de la Ley 1676 factura de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(nventa C) que ha(n) sido informado(s) el nombre, documento, teléfono y el domicilio del remitente son los que se consignan en la parte anterior de la facultad con factura de venta D) que las mercancías son las mismas descritas y denominadas en la parte anterior de esta factura de venta E) que cuenta(nel precio está incorporado en la parte anterior de esta factura de venta y se hace exigible treinta (30) días después de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento recibido el servicio F) que el contrato de transporte se considera ejecutado a satisfacción del remitente, si transcurridas 72 horas, después de que la mercancía fueron puestas por su transporte no se ha presentado ante COINTRASUR, o sus representantes reclamación alguna por no entrega o entrega anormal G) que este documento se asimila a una letra de cambio H) que cuando la firma el creador este sustituida por contraseña mecánica, su responsabilidad se trate presume y causa los mismas efectos de la firma original. DIEZ Y SIETE. DERECHOS PRENDARIOS: COINTRASUR, ejercerá derecho real de prenda sobre causados por hecho proveniente del remitente. Los costos de bodegaje empezaran a causarse 24 horas después de la última hora del día en que la mercancía fue presentada para su renovación, autorización esta entrega al destinatario. DIEZ Y OCHO. DERECHO DE RETENCION: COINTRASUR ejercerá el derecho de retención con forme a los artículos 1033-1034 del código de comercio de la República de Colombia PARAGRAFO: es discrecional de COINTRASUR optar por ejercer derecho de retención o de prenda. DIEZ Y NUEVE. COMPENSACION: Cuando el transporte se presenta con la modalidad de pago a crédito remitente no podrá efectuar compensación que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata provenga de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión decisión arbitral conforme a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/cláusula siguiente o compañía en su defecto de seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existiruna autoridad judicial.

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Samples: Contrato De Transporte De Encomiendas Y Documentos Cointrasur Ltda

SEGUROS. EL(LOSEl proveedor será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario. Toda vez que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial, que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que se deriven del (de los) GARANTE(Scontrato(s) Y/O DEUDOR(ESrelacionado(s) con esta(s) licitación(es). El(los) licitante(s) que sea(n) adjudicado(s) con dicho(s) contrato(s) que su pago se realice a través de Integrated Trade (ITS), durante la vigencia de las obligaciones garantizadas, se obliga(nquedará(n) obligado(s) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN lo siguiente: Entregar al área contratante de Pemex-Gas y Petroquímica Básica, antes de la firma del (de los) contrato(s) adjudicado(s), la información sobre el país de procedencia de los Bienes y Servicios que se utilicen para dar cumplimiento al objeto del presente contrato(de los) contrato(s) adjudicado(s), con cualquiera así como información sobre las personas físicas y/x xxxxxxx y/o extranjeras que le suministren, directa o indirectamente, dichos Bienes y Servicios. Esta información se deberá presentar en el formato establecido como Documento 15 denominado “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y Servicios” y se adjuntará al (a los) contrato(s) que corresponda(n) para formar parte integrante del (de los) mismo(s). Entregar a satisfacción de Pemex-Gas y Petroquímica Básica o a quién éste le indique, la Documentación Requerida por las compañías Fuentes de seguros autorizadas Financiamiento, atendiendo a los requerimientos establecidos en el Documento 14 denominado “Documentación Requerida por la Superintendencia Financiera las Fuentes de Colombia para el efectoFinanciamiento”. Presentarse, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario antes de dicho seguro cada evento de pago, en el(las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de Pemex-Gas y estableciendoPetroquímica Básica, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a la compañía de seguros la modificación de la póliza o el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismoproporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de siniestro, Financiamiento”) emitirá el monto “Comprobante de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), Seguimiento de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario Documentación” y/o compañía sello correspondiente, el cual formará parte de seguros respectivala documentación soporte que el Proveedor debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo del contrato adjudicado. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que Informar oportunamente a sus proveedores sobre los requisitos relacionados con la xxxx Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el pago numeral 2. Presentar la “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” siguiendo las primas genera los efectos instrucciones y formatos establecidos en el artículo 1068 del Código “Instructivo de Comercio respecto a Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba Entrega de la aseguradora todas Documentación Requerida por las sumas provenientes del pago Fuentes de siniestros con Financiamiento” (“el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(sInstructivo”), que le será proporcionado oportunamente por el área contratante de Pemex-Gas y colocar inmediatamente a disposición Petroquímica Básica, El Instructivo vigente se encuentra disponible en la página Internet de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirPemex: (xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxx).

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Samples: web.compranet.gob.mx:8000

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), durante la vigencia de las obligaciones garantizadas, se obliga(n) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contrato, con cualquiera de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a la compañía de seguros la modificación SEGURO OBLIGATORIO.- Antes de la póliza o el documento respectivo entrega del bien arrendado, EL LOCATARIO se obliga a contratar con el fin una Compañía de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario Seguros legalmente establecida en Colombia, a través de intermediario, ambos a satisfacción del mismoBANCO PICHINCHA, por una suma no inferior al valor comercial la Póliza de EL BIENSeguros de Daños Corporales (SOAT) causados a las personas en accidente de tránsito, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestro, mantenerla vigente durante el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 término del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectiva. Así mismo, EL(LOSEl(los) GARANTE(Sbien(es) Y/O DEUDOR(ESdurante la vigencia del contrato debe(n) reconoce(nestar debidamente asegurado(s). LOS LOCATARIOS se obligan a mantener asegurado(s) el(los) bien(es) contra todo riesgo con una compañía de seguros aceptada por el BANCO PICHINCHA siempre por una suma igual al valor comercial del(los) bien(es), estableciéndose como único beneficiario del seguro al BANCO PICHINCHA S.A. Los seguros deberán tomarse para que cubran todos los daños y perjuicios que pueda sufrir el(los) bien(es) y acepta(nterceros en sus bienes e integridad personal con ocasión del uso del(los) bien(es). LOS LOCATARIOS se obligan a pagar cumplidamente las primas de constitución de los seguros y de renovación de los mismos, debiendo acreditar su pago ante el BANCO PICHINCHA, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha en que la xxxx en éstos se debieron tomar o pagar. El BANCO PICHINCHA, sin que signifique obligación o responsabilidad alguna podrá, si LOS LOCATARIOS no acreditan el haber tomado los seguros o el pago de las primas genera respectivas, contratar los efectos establecidos seguros o pagar las respectivas primas, a fin de que el(los) bien(es) esté(n) asegurado(s). En este caso LOS LOCATARIOS se obligan a reembolsar al BANCO PICHINCHA lo que ésta pague dentro de los dos (2) días siguientes a la fecha en que el BANCO PICHINCHA haya tenido que efectuar el pago correspondiente. En caso que no se efectúe el pago dentro del término antes indicado LOS LOCTARIOS autorizan desde ahora de manera expresa e irrevocable, para que dichas sumas de dinero sean cargadas a la operación de leasing a su cargo y/o a cualquier otra operación de leasing y/o crédito que se encuentre vigente para ese momento, y/o sean debitadas de cualquier producto que LOS LOCATARIOS tengan en el artículo 1068 BANCO PICHINCHA. Si se presenta un siniestro LOS LOCATARIOS están obligados a evitar que éste se propague, a tomar las medidas necesarias en la defensa del(los) bien(es) y a avisar en forma inmediata y por escrito de la ocurrencia del Código de Comercio respecto siniestro al BANCO PICHINCHA y a la terminación automática compañía aseguradora. Además, quedan obligados LOS LOCATARIOS a realizar todos los trámites que sean necesarios para el reconocimiento y pago del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba Siniestro por parte de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago compañía de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirseguros.

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Samples: Contrato De Arrendamiento Financiero O Leasing

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), durante 11.1 Seguro contra todo riesgo: Durante la vigencia de las obligaciones garantizadasdel crédito hipotecario, El(Los) Cliente(s) se obliga(n) a contratar y mantener asegurado vigente un seguro contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contrato, otorgado por una Compañía de Seguros de calificación de nivel no inferior a B y una póliza con cualquiera cobertura a satisfacción de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a la compañía de seguros la modificación de la póliza o el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismomiCasita hipotecaria, por una suma cantidad no inferior menor al valor comercial de EL BIEN, saldo contable deudor del crédito salvo que miCasita hipotecaria acepte un monto distinto. Los datos referidos a la cobertura y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexossumas aseguradas, así como todos los derechos referidos a los deducibles, exclusiones, cláusulas adicionales, prima y demás se encuentran establecidos en el certificado de EL(LOSseguro que formará parte del respectivo expediente de crédito. Un ejemplar del certificado será entregado a El(Los) GARANTE(SCliente(s). La información mencionada en el presente párrafo se encuentra establecida en la página web de miCasita hipotecaria. Si El(Los) Y/O DEUDOR(ES)Cliente(s) contrata(n) directamente con la aseguradora, los cuales se entienden transferidos deberá(n) transferir mediante endoso a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para miCasita hipotecaria su derecho a la indemnización que debe pagar la aseguradora en caso de siniestro, para cuyo efecto le entregará la póliza o pólizas debidamente endosadas de manera que miCasita hipotecaria cobre el monto importe de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con y lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende aplique a la indemnización debida por las aseguradoras en caso amortización de siniestro y al tratarse también lo que se le adeudase. De igual manera la contratación del seguro podrá efectuarse a través de un bien atribuible miCasita hipotecaria, para lo cual ésta sugerirá a El(Los) Cliente(s) el servicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOSdeterminada aseguradora; sin embargo, El(Los) GARANTE(SCliente(s) Y/O DEUDOR(ESes(son) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(nlibre(s) de contratar directamente con una aseguradora distinta siguiendo el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(nprocedimiento establecido en el párrafo que antecede. miCasita hipotecaria solicitará a El(Los) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para Cliente(s) que tome la póliza suscriba(n) el certificado de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no y le presente(nentregará un ejemplar del mismo. El(Los) Cliente(s) deberá(n) presentar la póliza y su respectivo recibo de pago antes renovación del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) seguro con el presente contrato, o con antelación de un 01 (1un) mes de anticipación a la fecha de vencimiento cuando se trate del referido seguro; de lo contrario, miCasita hipotecaria podrá contratar la renovación del seguro con la aseguradora que ésta determine, situación que será comunicada a El(Los) Cliente(s) mediante comunicación directa escrita, correos electrónicos o llamadas telefónicas. Si la contratación del seguro es efectuada por miCasita hipotecaria, le corresponderá a ésta renovarlo; caso contrario, si El(Los) Cliente(s) contrata(n) el seguro directamente, le(s) corresponderá a este (estos) la renovación del mismo. Las condiciones de la póliza del seguro contra todos los riesgos de el(los) inmueble(s), cuyo único beneficiario será miCasita hipotecaria, con el detalle de la suma asegurada, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por cuenta de El(Los) Cliente(s) de una franquicia deducible en el evento de siniestro, constan en el documento que El(Los) Cliente(s) declara(n) conocer y aceptar y que forma parte integrante de su renovaciónexpediente de crédito, autorización esta por lo que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de ocurrir un siniestro no hacer uso amparado por la póliza contratada o de ellalimitaciones o exclusiones impuestas por la Compañía de Seguros, por cuanto miCasita hipotecaria no asume ninguna responsabilidad. La información correspondiente al seguro contra todo riesgo, prima, compañía de seguros y número de póliza se trata encuentra descrita en la Hoja de una facultad discrecional Resumen respectiva. 11.2 Seguro de Desgravamen: Durante la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOSvigencia del presente Contrato, El(Los) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ESCliente(s) se obliga(n) a contratar y mantener vigente un seguro de 9 desgravamen, siendo beneficiario de la póliza exclusivamente miCasita hipotecaria, quien en caso de fallecimiento de El(Los) Cliente(s) y/o de las personas aseguradas, cobrará directamente la indemnización que deba pagar la Compañía de Seguros para aplicarlo hasta donde alcance a la amortización y/o cancelación de lo adeudado. Los datos referidos a los riesgos cubiertos, por tantosumas asegurada, autoriza cargar así como los referidos a la(slos límites asegurados, vigencia, condiciones de afiliación y permanencia, forma de pago, prima y demás se encuentran establecidos en el certificado de seguro que formará parte del respectivo expediente de crédito. Un ejemplar del certificado será entregado a El(Los) obligación(esCliente(s). La información mencionada en el presente párrafo se encuentra establecida en la página web de miCasita hipotecaria. Si El(Los) garantizada(sCliente(s) las sumas contrata(n) directamente con la aseguradora, deberá transferir mediante endoso a miCasita hipotecaria su derecho a la indemnización que debe pagar la aseguradora en caso de dinero siniestro, para cuyo efecto le entregará la póliza o pólizas debidamente endosadas de manera que con ocasión miCasita hipotecaria cobre el importe de la indemnización y lo aplique a la amortización de lo que se le adeudase. De igual manera la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADOpodrá efectuarse a través de miCasita hipotecaria, así como para lo cual ésta sugerirá a El(Los) Cliente(s) el servicio de determinada aseguradora; sin embargo, El(Los) Cliente(s) es(son) libre(s) de contratar con una aseguradora distinta siguiendo el procedimiento establecido en el párrafo que antecede. miCasita hipotecaria solicitará a El(Los) Cliente(s) que suscriba(n) el certificado de seguro y le entregará un ejemplar del mismo. El(Los) Cliente(s) deberá(n) presentar la renovación del seguro con 01 (un) mes de anticipación a la fecha de vencimiento del referido seguro; de lo contrario, miCasita hipotecaria podrá contratar la renovación del seguro con la aseguradora que ésta determine, situación que será comunicada a El(Los) Cliente(s) mediante comunicación directa escrita, correos electrónicos o llamadas telefónicas. Si la contratación del seguro es efectuada por miCasita hipotecaria, le corresponderá a ésta renovarlo; caso contrario, si El(Los) Cliente(s) contrata(n) el seguro directamente, le(s) corresponderá a este(estos) la renovación del mismo. Las condiciones de la póliza del seguro de desgravamen, cuyo beneficiario será miCasita hipotecaria, con el detalle de los riesgos no cubiertos o excluidos, constan en el certificado proporcionado por la aseguradora y que El(Los) Cliente(s) declara(n) conocer y aceptar, documento que forma parte integrante de su expediente de crédito. La información correspondiente al seguro de desgravamen, prima, compañía de seguros y número de póliza se encuentra descrita en la Hoja de Resumen respectiva. El(Los) Cliente(s) declara(n) también que conoce y acepta que el seguro solamente pagará el saldo del capital de la deuda al día de su fallecimiento, siendo de cargo de sus intereses moratoriosherederos los intereses, aceptando para comisiones, capital y gastos del crédito en xxxx y que no se hayan cancelado hasta dicha fecha, con el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos límite de la masa hereditaria. La información referida en el presente párrafo deberá constará en la Hoja Resumen correspondiente. miCasita hipotecaria queda facultada, por el intermediario cuenta de El(Los) Cliente(s), a contratar, renovar y/o compañía mantener vigente las pólizas de los seguros respectiva. Así mismoreferidos, EL(LOSen caso de incumplimiento de El(Los) GARANTE(SCliente(s) Y/O DEUDOR(ESde la obligación que asume según los numerales 11.1 y 11.2, debiendo en este caso El(Los) reconoce(nCliente(s) y acepta(nreembolsarle de inmediato los pagos realizados; o en caso que miCasita hipotecaria aceptara financiarla, El(Los) que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ESCliente(s) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba miCasita hipotecaria, con su firma en el presente contrato, a incluir el costo total de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(sla(s) obligación(espóliza(s) tomada(s) en el orden convenido en las cuotas del crédito otorgado. Si El(Los) Cliente(s) delega(n) las facultades de contratación o renovación de la(s) póliza(s) de el(los) pagaré(s)seguro(s) a favor de miCasita hipotecaria, y colocar inmediatamente la responsabilidad recaerá en ésta última conforme a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirlo descrito previamente.

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SEGUROS. EL(LOSQueda expresamente convenido que mientras esté en vigencia el préstamo que por este contrato se otorga, EL (LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ESDEUDOR (DEUDORES), durante la vigencia de las obligaciones garantizadas, se obliga(ncompromete (n) y obliga (n) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contratosuscribir a su solo costo, una póliza de seguros sobre el vehículo otorgado en prenda, con cualquiera una compañía de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efectoreconocida solvencia moral y económica, designando a Vía EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendoBANCO, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) haciendo su elección a la compañía presentación de seguros la modificación mínimo tres (3) sociedades aseguradoras; comprometiéndose a cubrir el monto de la póliza o el documento respectivo conforme a la modalidad de pago que fuera acordada con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario Deudor y renovarla cuantas veces sea necesario, hasta la vigencia del mismo, por una suma no inferior al valor comercial en la cual se haga constar que la misma ha sido cedida a favor de EL BIENBANCO. La póliza estará vigente a partir de la fecha de su emisión definitiva, siempre y se establezca cuando EL (LOS) DEUDOR (DEUDORES) sea (n) aceptado (n) y asegurado por la cláusula compañía aseguradora y con aprobación de renovación automáticaEL BANCO. En ese mismo orden, comprometiéndose(nEL (LOS) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOSDEUDOR (DEUDORES) GARANTE(Sreconoce (n) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestroquiebra, el monto disolución o notificación de cancelación de la indemnización se subrogue a la(spóliza por compañía aseguradora EL BANCO queda debidamente autorizado por EL (LOS) obligación(es) garantizada(sDEUDOR (DEUDORES), de acuerdo con lo establecido a suscribir por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la cuenta una nueva póliza de seguro mencionada u ordene con otra compañía aseguradora, la cual deberá ser pagada en su contratación cuando no le presente(ntotalidad por EL (LOS) la póliza DEUDOR (DEUDORES) y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes endosada a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad favor de EL ACREEDOR GARANTIZADO BANCO. EL BANCO, se reserva el derecho de cambiar en caso cualquier momento de no hacer uso aseguradora, a los fines de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus preservar los respectivos intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirpartes.

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Samples: Contrato De Préstamo Con Garantía Prendaria

SEGUROS. EL (LOS) ARRENDATARIO(S) autoriza(n) a LEASING CORFICOLOMBIANA sin que esto signifique obligación o responsabilidad para ésta, para que por cuenta de EL(LOS) GARANTE(SARRENDATARIO(S) Y/O DEUDOR(ES), durante la vigencia contrate contra TODO RIESGO los seguros o renovaciones y pague las respectivas primas de las obligaciones garantizadas, se obliga(n) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contratoseguros, con cualquiera el fin de mantener vigentes las compañías pólizas que ampara(n) el (los) bien(es) dado en arrendamiento, incluyendo los daños y perjuicios que el funcionamiento de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para éste pueda ocasionar a terceros o a otras personas con las cuales EL (LOS) ARRENDATARIO(S) tenga(n) relación contractual o no, entendiéndose que EL (LOS) ARRENDATARIO(S) es (son) el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática(los) único(s) responsable(s) ante dichos terceros. PARÁGRAFO PRIMEROPARAGRAFO 1: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, siniestro EL(LOS) GARANTE(SARRENDATARIO(S) Y/O DEUDOR(ESdeberá(n) solicitará(n) avisar a LEASING CORFICOLOMBIANA y a la compañía respectiva Compañía Aseguradora la ocurrencia de seguros la modificación de la póliza o el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de cualquier siniestro, el monto dentro de la indemnización se subrogue las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectivaocurrencia. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(SARRENDATARIO(S) Y/O DEUDOR(ESdeberá(n) reconoce(n) y acepta(n) presentar la reclamación del siniestro a la respectiva Compañía Aseguradora dentro del término legal previsto. En caso de determinarse pérdida total por parte de la Compañía Aseguradora, se dará por terminado el contrato, una vez que la xxxx Compañía Aseguradora efectúe el desembolso, en cuyo caso LEASING CORFICOLOMBIANA, imputará la indemnización recibida al saldo que en virtud de este contrato estuviese pendiente. Si realizado el pago EL(LOS) ARRENDATARIO(S), quedare(n) debiendo alguna suma de dinero a LEASING CORFICOLOMBIANA, deberá pagársela a mas tardar dentro de los cinco (5) días siguientes, de la misma forma que lo hará LEASING CORFICOLOMBIANA, si sobrase alguna suma de dinero. No obstante si el siniestro se presenta con relación a uno o algunos bien(es) objeto del contrato, el mismo continúa vigente respecto a los demás bienes, en cuyo evento se determinará el canon correspondiente que EL(LOS) ARRENDATARIO(S) deberá pagar a XXXXXXX CORFICOLOMBIANA por el arrendamiento de los demás bienes no siniestrados. PARAGRAFO 2:. LEASING CORFICOLOMBIANA cargará el valor de los seguros al presente contrato a fin de cancelar por cuotas simultáneamente con los cánones. El retardo por parte de EL(LOS) ARRENDATARIO(S) en el pago del valor de los seguros contratados, sus extensiones, anexos, renovaciones, modificaciones y demás gastos originados en la cobertura de los riesgos, ya sea que estos sean cobrados por LEASING CORFICOLOMBIANA en su totalidad o dentro del valor de los cánones, hará que los valores insolutos causen intereses xx xxxx a cargo de EL(LOS) ARRENDATARIOS(S), liquidados a la tasa máxima xx xxxx permitida por la ley. Estas sumas y sus intereses xx xxxx podrán cobrarse ejecutivamente con copia de este contrato o con el pagaré en blanco con carta de instrucciones otorgado por EL(LOS) ARRENDATARIO(S). PARAGRAFO 3: Además del valor de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código será(n) de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición cargo de EL(LOS) GARANTE(SARRENDATARIO(S) Ylos deducibles, franquicias, descuentos por aplicación de infraseguro o demérito, sanciones por incumplimiento de garantías aplicados por las Compañías Aseguradoras en caso de siniestro y, en el evento que la aseguradora por cualquier circunstancia se abstenga de reconocer indemnización, será de cargo de EL(LOS) ARRENDATARIO(S) el valor total de los daños que sufra el(los) bien(es) dado(s) en arrendamiento y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare o de los daños a existirterceros por responsabilidad civil.

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Samples: www.leasingcorficolombiana.com

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), durante Durante la vigencia del presente contrato y en tanto existan obligaciones impagas derivadas de las obligaciones garantizadaséste, se obliga(nEL (LOS) a CLIENTE(S) deberá(n) contratar y mantener asegurado vigente una póliza de seguro de desgravamen (en adelante, “el seguro”) y cuando la obligación impaga recaiga sobre una garantía preferida, deberá(n) contratar y mantener vigente una póliza contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contrato, con cualquiera de las compañías riesgo; en una compañía de seguros autorizadas autorizada a operar en el país por la Superintendencia Financiera de Colombia Banca, Seguros y AFP, constituyendo dicho seguro una condición para contratar. El seguro a contratar por EL (LOS) CLIENTE(S) deberá cumplir con los requisitos establecidos por LA CAJA, y que se encuentran detallados en la página web xxx.xxxxxxxxx.xx EL (LOS) CLIENTE(S) puede optar entre: i) la contratación del seguro comercializado por LA CAJA o, ii) un seguro contratado directamente por él, siempre que cumpla con las condiciones establecidas por LA CAJA y sea endosado a favor de ésta hasta por el efectomonto del saldo adeudado. De elegir EL (LOS) CLIENTE(S) la contratación del seguro comercializado por LA CAJA, el pago de la prima del seguro contratado será adicionada al pago de las cuotas del(los) Crédito(s); LA CAJA será responsable de su contratación y/o renovación. La información respecto al tipo de seguro, nombre de la compañía de seguros, los riesgos objeto de cobertura, el número de la póliza y el monto de la prima se consignará en la Hoja Resumen que forma parte integrante del presente Contrato. Así mismo, si EL (LOS) CLIENTE(S), no cumpliese(n) con pagar las primas a la compañía aseguradora en las fechas pactadas, y/o no procede(n) a renovar el seguro en su oportunidad y/o no cumple(n) con entregar la póliza debidamente endosada a favor de LA CAJA, ésta queda autorizada por cuenta de EL (LOS) CLIENTE(S) a renovar el seguro y/o a contratar un nuevo seguro que comercializa LA CAJA, designando como único beneficiario a la propia CAJA, entregándole a EL ACREEDOR GARANTIZADO (LOS) CLIENTE(S) copia del Certificado de Seguro correspondiente; tal concepto será de cargo de EL (LOS) CLIENTE(S), adicionándosele a la(las) cuota(s) del(los) Crédito(s). Las condiciones de la póliza de seguro que comercializa LA CAJA y cuyo único beneficiario será LA CAJA, constan en el Certificado de Seguro que EL (LOS) CLIENTE(S) declara(n) conocer y aceptar, así como primer beneficiario en la página web de dicho seguro LA CAJA: xxx.xxxxxxxxx.xx pudiendo, además, EL (LOS) CLIENTE(S) obtener información en las oficinas de atención al público de LA CAJA y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula Red de renovación automáticaAgencias a nivel nacional. PARÁGRAFO PRIMERO: En LA CAJA no tendrá responsabilidad en caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS(LOS) GARANTE(SCLIENTE(S) Y/O DEUDOR(ESincurra(n) solicitará(n) a en las limitaciones o exclusiones establecidas por la compañía de seguros o no cumpla con levantar las garantías y/o observaciones establecidas por la modificación de la póliza o el documento respectivo con el fin de misma compañía, en tanto, que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n(LOS) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestro, el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ESCLIENTE(S) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) cumplir con las sumas de dinero que con ocasión a la contratación cláusulas del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como presente Contrato y sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existiranexos.

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Samples: Contrato De Clausulas Generales De Operaciones Activas

SEGUROS. EL (LOS) GARANTE(S) se compromete a contratar con una Compañía de Seguros legalmente establecida en el país, un seguro contra todo riesgo hasta por el 100% de su valor comercial. En caso de existir seguros vigentes con esa misma clase de compañía, solicitará el endoso o cesión de las respectivas pólizas a favor del BANCO DE BOGOTA S.A. Las partes convienen en que EL BANCO O ACREEDOR GARANTIZADO queda autorizado de forma potestativa para renovar los seguros y pagar las primas, en caso de que EL (LOS) GARANTE(S) no lo haga, y para cargar en cualquier depósito que tenga o llegare a tener en EL BANCO O ACREEDOR GARANTIZADO los valores desembolsados por tal concepto con sus respectivos intereses, igualmente en caso de no ser posible dicho cargo, se obliga a reembolsar el dinero pagado por EL BANCO O ACREEDOR GARANTIZADO con intereses moratorios a la tasa máxima. Es entendido que esta facultad de mantenerse asegurados los bienes corre por cuenta EL (LOS) GARANTE(S), en caso de que éste no lo hiciere, no implica en ningún caso obligación o responsabilidad para EL BANCO O ACREEDOR GARANTIZADO, quien puede no hacer uso de la facultad o autorización atrás otorgada, en cuyo caso EL(LOS) GARANTE(S) asumirá los riesgos de destrucción, perdida o daño de los bienes dados en garantía. Igualmente, es entendido que las indemnizaciones a cargo de los aseguradores, en caso de ocurrir un siniestro, se subrogarán a los bienes gravados con la garantía que lo hubieren sufrido, como lo dispone el artículo 1101 del Código del Comercio. PARAGRAFO PRIMERO: La póliza de seguro se constituirá durante la vigencia de los créditos garantizados con la garantía, por un valor equivalente al valor de la tabla Fasecolda de los vehículos o del avalúo de la maquinaria tratándose de ésta, por una vigencia no inferior a un año calendario, enunciando al Banco de Bogotá S.A. como primer beneficiario en caso de siniestro. PARAGRAFO SEGUNDO: Si EL(LOS) XXXXXXX Y/O DEUDOR(ES) deja(n) de tener obligaciones con EL BANCO O ACREEDOR GARANTIZADO o se le adelanta ejecución de la garantía, la vigencia y pago de los seguros correrán por cuenta de EL(LOS) GARANTE Y/O DEUDOR(ES), durante la vigencia de las obligaciones garantizadas, se obliga(n) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contrato, con cualquiera de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMEROPARAGRAFO TERCERO: En caso que EL BANCO deba realizar la constitución y/o renovación de existir seguro vigente sobre EL BIENla póliza de seguro, EL(LOSel valor de la misma será cargado a El(LOS) GARANTE(S) Yy/O DEUDOR(ESo El(LOS) solicitará(n) a la compañía de seguros la modificación de la póliza o el documento respectivo con el fin de DEUDOR(ES)con sus intereses, siendo entendido que aparezca esta autorización no implica obligación ni responsabilidad para EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que BANCO en caso de siniestro, el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer haga uso de ella, por cuanto ya que se trata de una facultad discrecional de la cual puede EL BANCO bien puedo no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existir.

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Samples: Contrato De Garantia Mobiliaria Prenda Sin Tenencia Sobre Vehiculo – Motocicleta

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES)CLAUSULA DECIMO NOVENA- El CONTRATADO deberá, durante la vigencia prestación de las obligaciones garantizadas, se obliga(n) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN los servicios objeto del presente contrato, con cualquiera mantener las siguientes coberturas de seguros: Parágrafo Primero- Para el seguro exigido en este artículo inciso b). (Responsabilidad Civil), en caso que el monto del mismo no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes correrán por parte del CONTRATADO. Parágrafo Segundo- Si durante la prestación del servicio, se produjera el vencimiento de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a la compañía de seguros la modificación de la póliza o el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestropólizas, el monto de CONTRATADO estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 finalización efectiva del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con una antelación de un no menor a cuarenta y ocho (148) mes horas a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que las mismas.- Parágrafo Tercero- La no implica responsabilidad actualización de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional dichas pólizas dará lugar a la interrupción de la cual puede prestación, pudiendo dicha situación provocar la resolución contractual por parte del CONTRATANTE, tal como se prevé en la cláusula vigésimo séptima de este contrato. Parágrafo Cuarto- En caso que las primas sean abonadas en cuotas, las respectivas pólizas no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar ydeberán contener cláusula restrictiva alguna, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la xxxx existir incumplimiento en el pago de las primas genera mismas.- Los requisitos exigidos para la constitución de los efectos establecidos seguros, deberán ser cumplimentados por el CONTRATADO con una antelación no menor de cuarenta y ocho (48) horas de la fecha fijada para la iniciación de la prestación del servicio.- Parágrafo Quinto- El incumplimiento dentro del plazo fijado para la presentación de las pólizas, motivará en todos los casos la postergación del comienzo de la prestación del servicio y la consiguiente aplicación de las sanciones a que se hará pasible. Parágrafo Sexto- Las pólizas exigidas, deberán ser presentadas al CONTRATANTE, dentro del plazo establecido en el artículo 1068 del Código párrafo anterior. Parágrafo Séptimo- El CONTRATANTE se reserva la facultad de Comercio respecto a verificar la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para constitución de los seguros, o formular las observaciones que solicite éstos le merezcan y reciba verificar la solvencia económica de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) aseguradoras, pudiendo en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existir.su caso requerir su reemplazo.-

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Samples: Contrato De Ejecución De Servicios De Corte De Cesped Y Limpieza De Las Calles Y Parques Del Parana Country De Obras

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), durante Durante la vigencia de este contrato, el CLIENTE se obliga a contratar y mantener vigente a satisfacción de la FINANCIERA, un seguro de desgravamen, siendo beneficiario del mismo exclusivamente la FINANCIERA, quien en caso de fallecimiento o invalidez total o parcial del CLIENTE y/o de las obligaciones garantizadaspersonas aseguradas, cobrará directamente la indemnización correspondiente a fin de aplicarla a la cancelación del saldo total pendiente de pago del crédito, hasta donde éste alcance. En la hoja resumen, se obliga(nespecificará en caso el seguro de desgravamen sea asumido por la FINANCIERA. EL CLIENTE podrá elegir entre: a) la contratación del(os) seguro(s) ofrecido(s) por la FINANCIERA; o b) seguro(s) contratado(s) directamente por él o a través de la designación de un corredor de seguros, siempre que cumpla a satisfacción de la FINANCIERA las condiciones establecidas por ésta, y que se encuentran detalladas en la página web de la FINANCIERA xxx.xxx.xxx.xx, en este caso el(os) seguro(s) debe(n) ser endosado(s) a favor de la FINANCIERA, previo al desembolso, hasta por el monto del saldo adeudado y así asegurar su pago en caso de ocurrir un siniestro, pudiendo pactar con el CLIENTE que el pago de la prima del seguro se adicione al pago de las cuotas periódicas previamente pactadas por el crédito o se debite de un producto pasivo. En caso de incumplimiento del CLIENTE de la obligación antes descrita en la presente cláusula, la FINANCIERA queda facultada, por cuenta y costo del CLIENTE, a contratar, renovar y/o mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente vigente -en tanto subsistan obligaciones de pago derivadas de este contrato, con cualquiera la compañía y en las condiciones que libremente determine, el Seguro de las compañías Desgravamen. La falta de seguros autorizadas contratación o renovación, por parte de la FINANCIERA, del Seguro(s) ante(s) mencionado(s), no genera para la FINANCIERA responsabilidad alguna; pues el CLIENTE declara conocer que la responsabilidad por ello le corresponde a él, salvo en el supuesto de que el CLIENTE haya contratado con el seguro ofrecido por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efectoFINANCIERA, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En en cuyo único caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a la compañía de seguros la modificación será responsabilidad de la póliza o FINANCIERA la renovación del seguro. Asimismo, el documento respectivo con el CLIENTE se compromete a brindar la información y documentación necesaria en forma completa y veraz, a fin de reunir las condiciones de los Seguros, las mismas que deberá mantener a fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario la cobertura sea efectiva. Las condiciones y restricciones del mismoseguro que contrata, por una la suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, asegurada y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexosriesgos cubiertos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Yla suspensión y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestro, el monto o rehabilitación de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADOcobertura, así como sus intereses moratoriosobligaciones y derechos, aceptando para se encuentran a disposición del CLIENTE en la página web antes referida, así como en los folletos informativos ubicados en las agencias y/u oficinas de la FINANCIERA. El CLIENTE acepta que el efecto como suficiente prueba seguro solo pagará los certificados emitidos conceptos expresamente incluidos en la suma asegurada, siendo cargo del CLIENTE o la masa hereditaria, las demás obligaciones derivadas de este Contrato. Los importes no cubiertos por los Seguros, son de cargo de la masa hereditaria del CLIENTE hasta la fecha de su total pago, sin perjuicio del límite previsto en la ley aplicable. El CLIENTE conoce y autoriza que los gastos derivados de los seguros establecidos en este contrato podrán ser financiados por la FINANCIERA a decisión exclusiva de esta última, incorporándose en tal caso al Crédito, lo que constará detallado en la Hoja Resumen y correspondiente cronograma de pagos. En ese caso, el intermediario CLIENTE autoriza a la FINANCIERA a efectuar el pago directo de los gastos por seguros a la(s) respectiva(s) compañía(s) de seguros. En todos los casos, el CLIENTE está obligado a reembolsar a la FINANCIERA, de forma inmediata, cualquier gasto incurrido por concepto de estos seguros. Si por cualquier causa o circunstancia, los seguros tomados a través de la FINANCIERA, fueren variados, modificados, o incluso suprimidos, la FINANCIERA deberá comunicar al CLIENTE, a través de los medios de comunicación directos señalados en la cláusula cuarta, en forma previa a la aplicación de los mismos (cuarenta y cinco (45) días antes), indicando la fecha o el momento a partir del cual dichas modificaciones entrarán en vigencia, a fin de que el CLIENTE tome debida nota de tales cambios y/o compañía supresiones y de seguros respectivatodas sus implicancias y consecuencias. Así mismoAdemás, EL(LOS) GARANTE(S) Ysi las variaciones consistieran en nuevos requerimientos a ser cumplidos o presentados por el CLIENTE, o nuevos riesgos excluidos u otros, el CLIENTE se obliga a satisfacerlos y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) o a cumplirlos, bajo su exclusiva decisión y acepta(n) que responsabilidad de quedar desprotegido del seguro correspondiente. En caso el CLIENTE decida contratar otro seguro, éste deberá cumplir con los requisitos indicados por la xxxx FINANCIERA, de acuerdo a lo señalado en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirpresente cláusula.

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Samples: Contrato Credito TFC Gas

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), durante Durante la vigencia de las obligaciones garantizadasdel crédito, EL CLIENTE se obliga(n) obliga a mantener asegurado asegurada su vida y/o el (los) vehículo(s) entregado(s) en garantía contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contratoriesgo, con cualquiera de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automáticadichos seguros al BANCO. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIENCLIENTE se obliga a pagar, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a la compañía de seguros la modificación de la póliza o en los términos y condiciones descritos en el documento respectivo con el fin denominado “INFORMACIÓN PREVIA - Condiciones de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismoAprobación Financiación”, por una suma no inferior las prima(s) correspondiente(s) al valor comercial seguro de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestro, el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro vida y al tratarse también seguro de un bien atribuible de conformidad vehículo, respectivamente, contratada(s) por EL BANCO por cuenta del CLIENTE, conforme con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el autorización que éste último otorga con la suscripción del presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) EL CLIENTE expresamente manifiesta(n) manifiesta que ha(n) ha sido informado(s) informado de la facultad con la que cuenta(n) cuenta de contratar directamente el seguro el(los) seguro(s) de EL BIEN vida y/o de (los) vehículo(s) con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) faculta discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO al BANCO para que tome la póliza la(s) póliza(s) de seguro mencionada seguro(s) antes mencionada(s) u ordene su contratación cuando no le presente(npresente la(s) la póliza póliza(s) y su respectivo recibo su(s) respectivo(s) recibo(s) de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, del crédito o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ESDe la misma forma y de ser solicitada por EL CLIENTE, éste se obliga a pagar al BANCO la suma mensual o periódica que por concepto de seguro de Desempleo o Incapacidad Total Temporal con Anexo de Enfermedades Graves (Seguro de Protección Financiera) se obliga(n) establezca en el documento denominado “INFORMACIÓN PREVIA - Condiciones de Aprobación Financiación”, constituyendo como primer beneficiario de dicho seguro al BANCO. PARÁGRAFO CUARTO: EL CLIENTE autoriza que se carguen a pagar la obligación y, por lo tanto, autoriza cargar se obliga a la(s) obligación(es) garantizada(s) pagar al BANCO la suma periódica que por concepto xx xxxxxx de cualquier otro seguro adicional a los anteriores solicite a su favor, incluyendo pero sin limitarse a: Auto Plus Finandina, Seguridad Total Finandina, Doble Vida, Auto Protección. PARÁGRAFO QUINTO: EL CLIENTE se obliga a pagar las sumas que por concepto de dinero que con ocasión a la contratación del seguro los seguros anteriormente mencionado mencionados acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADOBANCO, así como sus intereses moratorioshasta la cancelación total de la obligación, en el evento de haberse hecho exigible el crédito por el incumplimiento x xxxx del CLIENTE, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) EL CLIENTE reconoce y acepta(n) acepta que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTOSEXTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba Las condiciones de la aseguradora todas tasa de interés remuneratoria podrán ser modificadas por EL BANCO en beneficio del CLIENTE, cuando previamente al desembolso del crédito EL CLIENTE decida tomar por intermedio del BANCO el Seguro de Vehículo y el Seguro de Desempleo o Incapacidad Total Temporal con Anexo de Enfermedades Graves. Dichas condiciones solo se aplicarán mientras se encuentren vigentes los referidos seguros, por lo que su terminación o no renovación por cualquier causa imputable o no al CLIENTE, ocasionará que se apliquen las sumas provenientes del pago condiciones de siniestros con el objeto tasa de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirinterés remuneratoria pactada inicialmente.

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Samples: Contrato De Crédito De Vehículo Operación

SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) La Consultora deberá prever todos los seguros necesarios para la ejecución de la Consultoría: Póliza de accidentes personales con valor asegurado mínimo de USD 10.000,00 con coberturas (INDEPENDENCIA DE COBERTURAS, COBERTURA AUTOMATICA PARA NUEVAS INCORPORACIONES HASTA 30 DIAS, AVISO DE SINIESTRO HASTA 10 DIAS, COBERTURA PARA INFECCIONES MICROBIANAS, COBERTURA PARA MORDEDURA DE ANIMALES Y PICADURAS DE INSECTOS, CLAUSULA DE COBERTURA POR ATRACO, ASALTO Y/O DEUDOR(ES)AGRESIÓN Y SAQUEO) durante el tiempo que dure la consultoría y otros seguros que el Consultor vea por conveniente, de manera que se libere a la Empresa Nacional de Electricidad - ENDE de cualquier responsabilidad, contra cualquier lesión corporal, daño a la propiedad de terceros u otros reclamos asegurados que surjan durante la vigencia ejecución del servicio de las obligaciones garantizadasconsultoría. (Para Empresas, se obliga(nAsociaciones Accidentales u Organizaciones no Gubernamentales) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto CUCE: - - - - - A nombre de (Nombre del presente contrato, con cualquiera de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(nproponente) a la compañía cual represento, remito la presente propuesta, declarando expresamente mi conformidad y compromiso de seguros cumplimiento, conforme con los siguientes puntos: Declaro cumplir estrictamente la modificación normativa de la póliza o Ley N° 1178, de Administración y Control Gubernamentales, lo establecido en las NB-SABS y el documento respectivo con presente DBC. Declaro no tener conflicto de intereses para el fin presente proceso de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO contratación. Declaro que, como primer beneficiario del mismoproponente, por una suma no inferior al valor comercial me encuentro en las causales de EL BIENimpedimento, establecidas en el Artículo 43 de las NB-SABS, para participar en el proceso de contratación. Declaro y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexosgarantizo haber examinado el DBC, así como todos los derechos Formularios para la presentación de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES)la propuesta, aceptando sin reservas todas las estipulaciones en dichos documentos y la adhesión al texto del contrato. Declaro respetar el desempeño de los cuales se entienden transferidos servidores públicos asignados, por la entidad convocante, al proceso de contratación y no incurrir en relacionamiento que no sea a EL ACREEDOR GARANTIZADOtravés de medio escrito, salvo en los actos de carácter público y exceptuando las consultas efectuadas al encargado de atender consultas, de manera previa a la presentación de propuestas. Declaro la veracidad de toda la información proporcionada y autorizo mediante la presente, para que en caso de siniestroser adjudicado, el monto cualquier persona natural o jurídica, suministre a los representantes autorizados de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercioentidad convocante, toda vez la información que el presente contrato también se extiende a requieran para verificar la indemnización debida por las aseguradoras en documentación que presento. En caso de siniestro comprobarse falsedad en la misma, la entidad convocante tiene el derecho a descalificar la presente propuesta y al tratarse también ejecutar la Garantía de un bien atribuible Seriedad de conformidad con Propuesta si esta fuese presentada, sin perjuicio de lo dispuesto en normativa específica. Declaro la autenticidad de las garantías presentadas en el artículo 8 proceso de la Ley 1676 contratación, autorizando su verificación en las instancias correspondientes. Me comprometo a denunciar, posibles actos de 2013 y lo acordado corrupción en el presente contratoproceso de contratación, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 974 de Unidades de Transparencia. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) Acepto a sola firma de este documento que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la todos los Formularios presentados se tienen por suscritos, excepto los Formularios A-4 y A-5 que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos deberán ser suscritos por el intermediario y/o compañía de seguros respectivapersonal propuesto. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(nDeclaro que el Gerente y el Personal Clave propuesto se encuentra inscrito en los registros que prevé la normativa vigente (cuando corresponda) y acepta(n) que la xxxx éste no está considerado como Personal Clave en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirotras propuestas.

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Samples: Contrato Administrativo Para La Prestación De Servicios De Consultoría

SEGUROS. EL(LOSQueda expresamente convenido que mientras esté en vigencia el préstamo que por este contrato se otorga, EL (LA) GARANTE(SDEUDOR (A) Y/O DEUDOR(ES), durante la vigencia de las obligaciones garantizadasy EL (LA) GARANTE REAL, se obliga(ncompromete (n) y obliga (n) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contratosuscribir a su solo costo, las pólizas de Seguros que le sean requeridas, con cualquiera una compañía de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efectoreconocida solvencia moral y económica, designando a vía EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendoBANCO, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) haciendo su elección a la compañía presentación de seguros la modificación mínimo tres (3) sociedades aseguradoras; comprometiéndose a cubrir el monto de la póliza o el documento respectivo conforme a la modalidad de pago que fuera acordada con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario (LA) DEUDOR (A) y EL (LA) GARANTE REAL y renovarla cuantas veces sea necesario, hasta la vigencia del mismo, por una suma no inferior al valor comercial en la cual se haga constar que la misma ha sido cedida a favor de EL BIENBANCO. La póliza estará vigente a partir de la fecha de su emisión definitiva, siempre y se establezca cuando EL (LA) DEUDOR (A) y EL (LA) GARANTE REAL sea (n) aceptado (n) y asegurado por la cláusula compañía aseguradora y con aprobación de renovación automáticaEL BANCO. En ese mismo orden, comprometiéndose(nEL (LA) a entregar a DEUDOR (A) y EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS(LA) GARANTE(SGARANTE REAL reconoce (n) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestroquiebra, el monto disolución o notificación de cancelación de la indemnización se subrogue a la(spóliza por compañía aseguradora EL BANCO queda debidamente autorizado por EL (LA) obligación(es) garantizada(sDEUDOR (A), de acuerdo con lo establecido a suscribir por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la cuenta una nueva póliza de seguro mencionada u ordene con otra compañía aseguradora, la cual deberá ser pagada en su contratación cuando no le presente(ntotalidad por EL (LA) DEUDOR (A) y endosada a favor de EL BANCO. EL BANCO, se reserva el derecho de cambiar en cualquier momento de aseguradora, a los fines de preservar los respectivos intereses de las partes, teniendo EL (LA) DEUDOR (A) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contratofacultad, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso estar de ellaacuerdo con la elección de EL BANCO, por cuanto se trata de una facultad discrecional solicitar el cambio de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar yaseguradora, por tantoasumiendo el costo que implique dicho cambio, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el artículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirsi lo hubiere12.

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SEGUROS. EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES)El CLIENTE se obliga a contratar un seguro de desgravamen que cubra el saldo capital insoluto de la deuda en caso de muerte natural, durante muerte accidental, invalidez total y permanente por enfermedad o accidente u otro tipo de siniestro especificado por la vigencia de las obligaciones garantizadasCAJA, en el cual se deberá considerar a la CAJA como beneficiaria. Asimismo, se obliga(n) obliga a contratar y mantener asegurado vigente hasta la cancelación total del crédito, a satisfacción de la CAJA, un seguro contra todo riesgo EL BIEN objeto del presente contrato, con cualquiera de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para que cubra el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a la compañía de seguros la modificación de la póliza o el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismoINMUEBLE, por una suma cantidad no inferior menor al valor comercial monto de EL BIENla Hipoteca, y salvo que la CAJA acepte un monto distinto; y, se establezca obliga a transferir a la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) CAJA su derecho a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para indemnización que debe pagar la aseguradora en caso de siniestro, para cuyo efecto le entregará la(s) póliza(s) debidamente endosada(s) de manera que la CAJA cobre el monto importe de la indemnización y lo aplique a la amortización de lo que se subrogue le adeudase. La CAJA informará a la(sEL CLIENTE que tiene el derecho a elegir entre: a) obligación(esla contratación del seguro que comercialice la CAJA; o, b) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido un seguro contratado directamente por el artículo 1101 del Código CLIENTE, siempre que cumpla –a satisfacción de Comerciola CAJA- con las condiciones previamente informadas en la página Web de la CAJA, toda vez accediendo al link xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxx-x-xxxxxxxxx/. En caso de incumplimiento de la obligación que el presente contrato también se extiende CLIENTE asume según el párrafo anterior, la CAJA tendrá la facultad de contratar por cuenta del CLIENTE las pólizas de los seguros ofrecidas por la (s) compañía de seguro (s) cuyos productos la CAJA comercialice, o a gestionar sus renovaciones, debiendo en ese caso el CLIENTE reembolsar a la indemnización debida por las aseguradoras CAJA de inmediato los pagos realizados; o, en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad la CAJA acepte financiarlo, el CLIENTE autoriza a la CAJA, con lo dispuesto su firma en el artículo 8 Contrato, a incluir el costo total de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado póliza contratada en las cuotas xxx xxxxxxxx por vencer. Cuando el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) CLIENTE contrata los seguros obligatorios a través de la facultad CAJA, en estos casos la CAJA será responsable de su renovación. Cuando el CLIENTE haya contratado la póliza con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora una compañía de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO la falta de renovación de las pólizas de los seguros por parte de la CAJA, no genera para que tome la póliza ésta responsabilidad alguna, en tanto dicha responsabilidad es imputable únicamente al CLIENTE. En las pólizas del seguro individual o los certificados de seguro mencionada u ordene correspondientes a los seguros de desgravamen y contra todo riesgo, constarán los riesgos cubiertos, las sumas aseguradas, las exclusiones principales, y en general, los términos y condiciones que regulan su contratación cuando no le presente(n) relación contractual con la póliza empresa de seguros que El CLIENTE declara conocer y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contratoaceptar, o con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta por lo que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de ocurrir un siniestro no hacer uso amparado por la póliza contratada o de ella, limitaciones o exclusiones impuestas por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compañía de seguros, la CAJA no asume ninguna responsabilidad. Queda expresamente convenido que, en el supuesto que el CLIENTE contrate directamente los seguros respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) no se haya pactado que la xxxx en el pago de las primas genera los efectos establecidos se adicione en las cuotas periódicas pactadas por el crédito, o se debite de una cuenta de ahorros, el CLIENTE responderá frente a la CAJA sobre cualquier incumplimiento en el artículo 1068 pago, que podría poner en riesgo la vigencia de las pólizas, asumiendo el saldo deudor del Código crédito. La información respecto al nombre de Comercio respecto la compañía de seguros, el número de la póliza y el monto de la prima se consignará, en la Hoja Resumen. Recibida la indemnización del seguro, la CAJA deberá efectuar la liquidación a dicha fecha, imputando el importe de la indemnización al saldo deudor del crédito, y poniendo a disposición del CLIENTE o sus herederos, cualquier excedente en un plazo máximo de 30 días de recibida la indemnización. Ya sea en el supuesto en que el CLIENTE contrate directamente por su cuenta los seguros y endose las pólizas a la terminación automática CAJA, o en caso el CLIENTE tome los seguros comercializados por la CAJA, toda suma no cubierta por la compañía de seguros como consecuencia de la liquidación del siniestro será asumida por el CLIENTE o la masa hereditaria. Las disposiciones contenidas en la presente cláusula sobre la contratación del seguro contra todo riesgo, son aplicables obligatoriamente a los bienes futuros en tanto el INMUEBLE adquiera la condición de vivienda terminada, según lo indicado en el numeral 1.2 de la cláusula primera del presente contrato, las cuales forman parte de las condiciones previamente informadas y además difundidas en la página web de la CAJA, accediendo al link xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxx-x-xxxxxxxxx/. En caso el CLIENTE no contrate directamente dicho seguro, la CAJA queda facultada a incluir dentro de las cuotas xxx xxxxxxxx por vencer, el monto correspondiente a las primas del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) Como consecuencia de ello, se modificará el cronograma de pagos. La documentación referida a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba la contratación del seguro, el monto de la aseguradora todas las sumas provenientes prima a pagar, así como el nuevo cronograma de pagos serán remitidos al CLIENTE con una anticipación no menor de siete (7) días al vencimiento de la siguiente cuota, a través de los siguientes medios de comunicación: (i) Comunicaciones escritas a la dirección domiciliaria del pago CLIENTE; (ii) comunicaciones a la dirección electrónica proporcionada por el CLIENTE; (iii) estados de siniestros con cuenta; (iv) comunicaciones telefónicas al domicilio del CLIENTE, o al teléfono móvil declarado por el objeto CLIENTE, que puedan ser acreditadas fehacientemente; y, (v) mensajes de abonarlas a su(s) obligación(es) en texto al teléfono móvil declarado por el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a disposición de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existirCLIENTE.

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Samples: Contrato De Crédito Hipotecario