Supuestos generales. En los términos que se establecen para cada tipo de contrato en los artículos siguientes, los contratos que celebren las Administraciones Públicas podrán adjudicarse mediante procedimiento negociado en los siguientes casos:
a) Cuando las proposiciones u ofertas económicas en los procedimientos abiertos, restringidos o de diálogo competitivo seguidos previamente sean irregulares o inaceptables por haberse presentado por empresarios carentes de aptitud, por incumplimiento en las ofertas de las obligaciones legales relativas a la fiscalidad, protección del medio ambiente y condiciones de trabajo a que se refiere el artículo 119, por infringir las condiciones para la presentación de variantes o mejoras, o por incluir valores anormales o desproporcionados, siempre que no se modifiquen sustancialmente las condiciones originales del contrato.
Supuestos generales. Para realizar el cálculo del CAT, las Entidades deberán aplicar, en todo caso, los supuestos generales siguientes:
a) El Cliente cumple con sus obligaciones oportunamente. Por lo anterior, no se considerará cualquier cargo por concepto de pago anticipado, pago tardío o incumplimiento del Cliente, salvo en el caso señalado en el inciso iv) del numeral 5.4.3.3 de las presentes Disposiciones;
b) Respecto de los elementos que se utilizan para determinar los valores de Aj y Bk que estén referidos a tasas de interés variables, unidades de cuenta o índices variables, se deberá tomar el valor de la variable de referencia que esté vigente al día en que se haga el cálculo y se considerará que dicho valor no cambia durante la vigencia del Crédito;
c) Las Entidades, al momento de calcular el CAT, deberán estimar los valores que no se conozcan de aquellos conceptos que utilicen para determinar los montos de Aj y Bk y guardar la evidencia de los elementos xx xxxxxxx utilizados para realizar dicha estimación;
d) Los cargos y Comisiones cuyas fechas de pago no estén establecidas en el Contrato o se realicen antes de la firma de éste, se considerarán efectuados al momento de la firma. Las disposiciones que puedan realizarse sin que se haya establecido una fecha determinada para ello, se supondrán efectuadas por el Cliente al inicio de la vigencia del Crédito;
e) Cuando en los Contratos se pacte que los elementos que se utilizan para determinar Aj y Bk tendrán variación durante la vigencia del Crédito y sus valores se conozcan desde la firma del Contrato, se considerará que las modificaciones ocurrirán en la fecha pactada, y
Supuestos generales. Para realizar el cálculo del CAT, las Entidades deberán aplicar, en todo caso, los supuestos generales siguientes:
a) El Cliente cumple con sus obligaciones oportunamente. Por lo anterior, no se considerará cualquier cargo por concepto de pago anticipado, pago tardío o incumplimiento del Cliente, salvo en el caso señalado en el inciso iv) del numeral 5.4.3.3 de las presentes Disposiciones;
b) Respecto de los elementos que se utilizan para determinar los valores de Aj y Bk que estén referidos a tasas de interés variables, unidades de cuenta o índices variables, se deberá tomar el valor de la variable de referencia que esté vigente al día en que se haga el cálculo y se considerará que dicho valor no cambia durante la vigencia del Crédito;
c) Las Entidades, al momento de calcular el CAT, deberán estimar los valores que no se conozcan de aquellos conceptos que utilicen para determinar los montos de Aj y Bk y guardar la evidencia de los elementos xx xxxxxxx utilizados para realizar dicha estimación;
Supuestos generales. En los términos que se establecen para cada tipo de contrato en los artículos siguientes, los contratos que celebren las Administraciones Públicas podrán adjudicarse mediante procedimiento negociado en los siguientes casos:
Supuestos generales. En los términos que se establecen para cada tipo de contrato en los artículos siguientes, los contratos que celebre la Asociación para el Desarrollo Rural de la Comarca de la Xxxxxx xx Xxxxxxx, podrán adjudicarse mediante procedimiento negociado en los siguientes casos:
a) Cuando las proposiciones u ofertas económicas en los procedimientos abiertos seguidos previamente sean irregulares o inaceptables por haberse presentado por empresarios carentes de aptitud, por infringir las condiciones para la presentación de variantes o mejoras, o por incluir valores anormales o desproporcionados, siempre que no se modifiquen sustancialmente las condiciones originales del contrato.
Supuestos generales. En los términos que se establecen para cada tipo de contrato en los artículos siguientes, los contratos que celebren las Administraciones Públicas podrán adjudicarse mediante procedimiento negociado en los siguientes casos:
a) Cuando las proposiciones u ofertas económicas en los procedimientos abiertos, restringidos o de diálogo competitivo seguidos previamente sean irregulares o inaceptables por haberse presentado por empresarios carentes de aptitud, por incumplimiento en las ofertas de las obligaciones legales relativas a la fiscalidad, protección del medio ambiente y condiciones de trabajo a que se refiere el artículo 103, por infringir las
Supuestos generales. En los términos que se establecen para cada tipo de contrato en los artículos siguientes, los contratos que celebre la Asociación LEADER Illa de Menorca, podrán adjudicarse mediante procedimiento negociado sin publicidad en los siguientes casos:
a) Cuando las proposiciones u ofertas económicas en los procedimientos abiertos seguidos previamente sean irregulares o inaceptables por haberse presentado por empresarios carentes de aptitud, por infringir las condiciones para la presentación de variantes o mejoras, o por incluir valores anormales o desproporcionados, siempre que no se modifiquen sustancialmente las condiciones originales del contrato.
Supuestos generales. En los términos que se establecen para cada tipo de contrato en los artículos siguientes, los contratos que celebre la Fundación Parque Histórico xxx Xxxxx, podrán adjudicarse mediante procedimiento negociado en los siguientes casos:
a. Cuando las proposiciones u ofertas económicas en los procedimientos abiertos seguidos previamente sean irregulares o inaceptables por haberse presentado por empresarios carentes de aptitud, por infringir las condiciones para la presentación de variantes o mejoras, o por incluir valores anormales o desproporcionados, siempre que no se modifiquen sustancialmente las condiciones originales del contrato.
Supuestos generales. En los términos que se establecen para cada tipo de contrato en los artículos siguientes, los contratos que celebre la Asociación “GALPEMUR”, podrán adjudicarse mediante procedimiento negociado en los siguientes casos:
a) Cuando las proposiciones u ofertas económicas en los procedimientos abiertos seguidos previamente sean irregulares o inaceptables por haberse presentado por empresarios carentes de aptitud, por infringir las condiciones para la presentación de variantes o mejoras, o por incluir valores anormales o desproporcionados, siempre que no se modifiquen sustancialmente las condiciones originales del contrato.
Supuestos generales a) Cuando, por razones técnicas o artísticas o por motivos relacionados con la protección de derechos de exclusiva el contrato solo pueda encomendarse a una empresa determinada.
b) Cuando una imperiosa urgencia, resultante de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación y no imputables al mismo, demande una pronta ejecución del contrato que no pueda lograrse mediante la aplicación de la tramitación de urgencia regulada en el artículo 112 del TRLCSP. En estos casos se estará a lo dispuesto por el artículo 113 del mismo texto legal.
c) Cuando el contrato en cuestión sea la consecuencia de un concurso y, con arreglo a las normas aplicables, deba adjudicarse a la empresa ganadora. En el caso de que existan varias empresas ganadoras se deberá invitar a todas ellas a participar en las negociaciones.