Créditos Cláusulas de Ejemplo

Créditos. El ejecutante podrá señalar los bienes que han de ser objeto del secuestro, sin sujetarse al orden establecido en este artículo, en los siguientes casos: El ejecutor, sin que para ello se necesite ulterior determinación del juez, deberá realizar con la mayor diligencia los actos complementarios del embargo, como dar posesión al depositario de bienes, aunque no estén en el lugar donde se practica la diligencia, si encuentran dentro de la jurisdicción; notificación a deudores o bancos, si se han embargado créditos; dar aviso preventivo al Registro Público, si se trata de bienes registrados; expedir copias certificadas de la diligencia y en general, para tomar todas las medidas y realizar los actos que tiendan a hacer más efectivo el aseguramiento. Cualquiera dificultad suscitada en el orden que deba seguirse, no impedirá el embargo. El ejecutor la allanará, prefiriendo lo que prudentemente crea más realizable, a reserva de lo que determine el juez. Tratándose de embargo de xxxxxxxxx, a petición de la parte actora, el juez requerirá que la demandada exhiba el o los contratos celebrados con anterioridad que impliquen la transmisión del uso o de la posesión de los mismos a terceros. Sólo se aceptarán contratos que cumplan con todos los requisitos legales y administrativos aplicables. Tratándose de embargo de bienes muebles, el mismo deberá realizarse en la Sección Única del Registro Único de Garantías Mobiliarias del Registro Público de Comercio. Una vez trabado el embargo, el ejecutado no puede alterar en forma alguna el bien embargado, ni celebrar contratos que impliquen el uso del mismo, sin previa autorización del juez, quien al decidir deberá recabar la opinión del ejecutante. Registrado que sea el embargo, toda transmisión de derechos respecto de los bienes sobre los que se haya trabado no altera de manera alguna la situación jurídica de los mismos en relación con el derecho que, en su caso, corresponda al embargante de obtener el pago de su crédito con el producto del remate de esos bienes, derecho que se surtirá en contra xx xxxxxxx con la misma amplitud y en los mismos términos que se surtiría en contra del embargado, si no hubiese operado la transmisión. Cometerá el delito de desobediencia el ejecutado que transmita el uso del bien embargado sin previa autorización judicial.
Créditos. 12.1 El GUIONISTA tendrán derecho a figurar en los créditos de la Obra Audiovisual de la siguiente manera: […]
Créditos. Será responsabilidad del Operador la obtención de los demás recursos necesarios para el cabal cumplimiento de sus obligaciones bajo este Contrato. Por lo mismo, podrá obtener tales recursos bien de capital o de crédito. Con el fin de facilitar la consecución de los recursos necesarios para el proyecto objeto del Contrato de Operación, el Operador con la entidad fiduciaria con la que éste haya constituido el Fideicomiso – Operador podrán desarrollar esquemas financieros, tales como titularización, emisión de bonos, sindicaciones, pignoración o cesión de los derechos derivados de las tarifas o de los derechos de recaudo de tarifas que puede cobrar el Operador a los suscriptores durante el término de duración del Contrato.
Créditos. Los paquetes de Créditos tienen vigencia de un (1) año, y que corre a partir de la fecha de activación, contando fines de semana, días festivos y años bisiestos.
Créditos. El nombre del AUTOR figurará en la página de los créditos de todos los ejemplares de la Obra que se publiquen, así como en la portada, incluyendo la mención internacional que reserva la Propiedad intelectual, seguida de su nombre y apellido y del año de la primera edición, además de la mención del Copyright de AGEA. El AUTOR autoriza formalmente a AGEA para perseguir judicial y/o extrajudicialmente a los responsables de editar y comercializar ediciones clandestinas o fraudulentas, y a esos efectos se compromete a otorgar todas las autorizaciones y suscribir los documentos que fueren necesarios y que AGEA le indique.
Créditos. Los paquetes de Créditos tienen vigencia de un (1) año, y que corre a partir de la fecha de activación, contando fines de semana, días festivos y años bisiestos. 13.3. Prórrogas. Tanto FOLIOS DIGITALES como el Cliente aceptan que el Contrato se prorrogará de forma tácita y automática por períodos iguales al período inicial, salvo notificación previa de cualquiera de las partes con treinta (30) días de antelación a la fecha de terminación del período inicial.
Créditos. Se crea un fondo de 89.485,84 euros, para el año 2008, y 92.796,82 euros, para el año 2009, para la concesión de créditos a sus trabajadores y trabajadoras para hacer frente a las necesidades familiares urgentes. El Comité Intercentros estará facultado a la vista de las solicitudes de crédito a fraccionar los mismos según las peticiones y necesidades. Los solicitantes deberán acreditar la situación económica de la unidad familiar. En caso de que solamente trabaje uno de los miembros deberá adjun- tar declaración jurada del resto de los miembros de la unidad familiar que en edad superior a 16 años no trabajen, así como copia de la declaración de la renta del año anterior e informe de los delegados de personal o del Comité de Centro. Las solicitudes deberán enviarse a la Dirección General de Recursos Humanos antes del 31 de julio de cada año, las cuales serán entregadas al Comité Intercentros de la empresa, que será quien efectúe la selección. Posteriormente serán aprobadas por la Dirección de la empresa. En caso de urgente necesidad, el Comité Intercentros podrá proponer a la Dirección de la empresa la anticipación de la concesión de algunos de los citados créditos. Una vez concedidos los préstamos se reintegrarán en un plazo máximo de 48 mensualidades. Definitivamente concedidos los créditos se entregarán al mes siguiente de su concesión. La falta de algún documento o requisito exigidos, supone la exclusión definitiva y por lo tanto la denegación de la solicitud.
Créditos. El Cliente podrá constituir depósitos en pesos o dólares estadounidenses, según la moneda de la Cuenta. Los depósitos de cheques u otros valores se encontrarán sujetos a la conformidad de COLUMBIA. 4.
Créditos. 7.1 - Modalidades de envío y recepción de mensajes SMS. Sin perjuicio del pago de las Contraprestaciones de conformidad con el artículo 4.3 anterior y sin perjuicio de lo establecido en el Formulario de Pedido y/o en el artículo 7.3 siguiente, para poder enviar mensajes SMS, es necesario que el Cliente adquiera por adelantado una "recarga" expresada en "créditos", en cantidades predefinidas y no divisibles, o, en el caso de recibir mensajes SMS, que el Cliente pague por adelantado las Contraprestaciones pertinentes y/o cualquier suma indicada en el Formulario de Pedido. Una vez agotados los créditos adquiridos anteriormente, no será posible enviar ese tipo específico de mensaje a menos que se adquiera un paquete de créditos adicional. Salvo que se especifique lo contrario en el Formulario de Pedido, los créditos adquiridos podrán utilizarse en los 12 meses siguientes a su compra, independientemente de cualquier renovación del Contrato y/o de la compra de nuevos paquetes de créditos. Transcurrido dicho plazo, de hecho, (i) los créditos restantes no utilizados serán cancelados y el importe correspondiente será retenido permanentemente por TeamSystem, sin que proceda ningún reembolso o devolución; al mismo tiempo (ii) todos los datos registrados dentro de la Plataforma MailUp® no utilizados para el envío de correos electrónicos, incluyendo (entre otros) números de teléfono, estadísticas de envío, mensajes y configuraciones, incluidas las palabras clave emitidas al Cliente para el envío de SMS a destinatarios en países con limitaciones normativas específicas (por ejemplo, EE.UU.), serán eliminados sin posibilidad de recuperación. Queda establecido que bajo ninguna circunstancia, incluida la expiración, rescisión o resolución del Contrato por cualquier motivo, se podrán reembolsar o transferir los créditos previamente adquiridos y que la eliminación de los datos en la Plataforma MailUp® conllevará en cualquier caso la eliminación simultánea, en la forma establecida en el artículo 2.7, de los créditos restantes no utilizados y de todos los datos relacionados con ellos, incluidas las palabras clave mencionadas anteriormente. En caso de compra de créditos en varios plazos, según el Formulario de Pedido firmado por las Partes, y si el Cliente no cumple con el plan de compra acordado y/o se retrasa con respecto a los pagos preestablecidos durante más de 30 (treinta) días naturales, TeamSystem se reserva el derecho de facturar en un solo pago el importe total de los ...