Riesgo de liquidez riesgo que conlleva no poder deshacer la inversión hasta su vencimiento, o que si se realizara la desinversión antes de vencimiento esta anticipación impacte negativamente en el precio de venta.
Riesgo de liquidez. Riesgo ligado a la falta de demanda de un valor y como consecuencia a su dificultad de venta, una posible disminución en su precio o imposibilidad de deshacer la posición. Riesgo de emisor: posibilidad de que el prestatario o emisor no tenga los recursos suficientes para hacer frente a los compromisos financieros contraídos en los términos pactados. Riesgo de tipo de cambio: es el riesgo que se origina por la variación en los tipos de cambio de las divisas cuando la inversión ha sido realizada en una moneda diferente a la de la cuenta de origen.
Riesgo de liquidez riesgo ligado a la falta de demanda de un valor y como consecuencia a su dificultad de venta, una posible disminución en su precio o imposibilidad de deshacer la posición. Riesgo de emisor: posibilidad de que el prestatario o emisor no tenga los recursos suficientes para hacer frente a los compromisos financieros contraídos en los términos pactados. Riesgo de tipo de cambio: es el riesgo que se origina por la variación en los tipos de cambio de las divisas cuando la inversión ha sido realizada en una moneda diferente a la de la cuenta de origen. Los clientes que abran/cierren posiciones en instrumentos financieros denominados en divisas diferentes al euro, están sometidos al riesgo de divisa y por tanto al riesgo de sufrir pérdidas en los cambios de divisa (euro>divisa y divisa>euro) necesarios para liquidar las operaciones. Riesgo de contraparte: riesgo de que la contraparte no entregue el valor o el título correspondiente a la transacción, en la fecha de vencimiento
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Riesgo de liquidez: Se refieren a la posibilidad de que los valores que conforman el portafolio pueden experimentar dificultades a la hora de negociarse y transformarlos en efectivo, ya sea porque no existen suficientes compradores interesados en ellos, porque la emisión es muy pequeña y en general, por cualquier factor que impida su negociación periódica.
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Riesgo de liquidez. Consiste en la posibilidad de que, a causa de un desfase entre los plazos de vencimiento de activos y pasivos, el Grupo se encontrara en una eventual incapacidad para atender sus compromisos de pago a un coste razonable o que no pudiera dotarse de una estructura de financiación estable capaz de soportar los planes de negocio a futuro. La liquidez bancaria materializada en activos líquidos de elevada calidad (denominados high quality liquid assets – HQLAS) para el cálculo de la ratio LCR y añadiendo el saldo disponible no formado por los activos líquidos de la póliza de crédito con el Banco Central Europeo, ascendía a 50.408 y 62.705 millones de euros a 31 de diciembre de 2016 y 2015, respectivamente. La variación en el 2016 está impactada por la evolución del gap comercial, los vencimientos no renovados de emisiones institucionales y la gestión de colaterales en póliza. Desde el 1 de enero de 2016 se cumple con el 70% de la ratio LCR, entrada en vigor el 1 de octubre de 2015, y que supone mantener un nivel de activos disponibles de elevada calidad para hacer frente a las necesidades de liquidez en un horizonte de 30 días, bajo un escenario de estrés que considera una crisis combinada del sistema financiero y de nombre. El límite regulatorio establecido es del 70% a partir del 1 de enero de 2016, del 80% a partir del 1 de enero de 2017 y del 100% a part ir del 1 de enero de 2018. Los datos de esta ratio para el Grupo CAIXABANK son: Dentro de esta perspectiva de gestión del riesgo de liquidez y con un sentido de anticipación a posibles necesidades de fondos prestables, CaixaBank dispone de varios mecanismos que le permiten habilitar y acortar los plazos de acceso al mercado. La financiación obtenida del Banco Central Europeo, a través de los distintos instrumentos de política monetaria, es de 26.819 millones de euros a 31 de diciembre de 2016 frente a los 18.319 millones de euros a 31 de diciembre de 2015. El importe correspondiente a 31 de diciembre de 2016 se corresponde con las subastas extraordinarias de liquidez denominadas TLTRO II con vencimiento en de 2020 (un saldo de 24.319 MM € en junio y 2.500 MM € en diciembre) mientras que el saldo dispuesto a 31 de diciembre de 2015 se correspondía con las subastas extraordinarias de liquidez denominada TLTRO (vencimiento hasta septiembre de 2018). Durante el ejercicio 2016 se ha sustituido la financiación TLTRO por TLTRO II con un vencimiento mayor y unas mejores condiciones financieras y se ha incrementado l...
Riesgo de liquidez. Es aquel proveniente de la incapacidad de realizar los activos financieros de inmediato a su valor corriente de cierre. Ello debido a: (i) no tener los fondos necesarios para cumplir con las transacciones con instrumentos derivados. (ii) que el mercado de instrumentos derivados carezca de volumen y no pueda salirse de la posición.
Riesgo de liquidez. Es el riesgo asociado a la posibilidad de extender el período de liquidación de los Proyectos más allá de lo esperado. Contempla la contingencia de incurrir en pérdidas adicionales por no poder liquidar los Proyectos al precio estimado y aquellas situaciones en las que no se pueda cumplir de forma oportuna con las obligaciones de pago en las fechas El impacto del riesgo sobre el Fondo es [moderado]. Para mitigar este riesgo, la Sociedad Administradora analizará los parámetros de endeudamiento del Fondo, para efectos de mitigar el riesgo de liquidez. correspondientes debido a la insuficiencia de recursos líquidos. Como resultado de la posibilidad del Fondo de tomar crédito o cualquier tipo de financiación, existe la probabilidad de obtener pérdidas derivadas del no cumplimiento de las obligaciones de dicho crédito o financiación, entre otras, por la iliquidez del Fondo apalancado, que lleven a la ejecución o pérdida de los activos entregados en garantía u objeto de dicha financiación. En todo caso, para el manejo del riesgo de liquidez, se dará cumplimiento a lo dispuesto en el Capítulo VI de la Circular Básica Contable y Financiera de la Superintendencia Financiera. Riesgo de tasa de interés Es el riesgo asociado a las variaciones que presenta la tasa de interés. El impacto del riesgo sobre el Fondo es [medio]. Para mitigar este riesgo, el Gerente analizará constantemente los niveles de endeudamiento, los cuales buscará que se mantengan moderados. No obstante, siempre existirán diferencias entre los tiempos de los ajustes de los ingresos de los activos y los ajustes de las tasas de interés correspondientes.
Riesgo de liquidez. Es el riesgo de que los inversores no encuentren contrapartida en el mercado secundario para operar con los valores. Puede ocurrir que la distribución de determinadas emisiones no sea muy amplia y que, aunque estén listadas o coticen en un mercado, no exista una negociación activa.
Riesgo de liquidez. Es el riesgo de que los inversores no encuentren contrapartida en el mercado secundario para operar con los valores. Puede ocurrir que la distribución de determinadas emisiones no sea muy amplia y que, aunque estén listadas o coticen en un mercado, no exista una negociación activa. Riesgo de prelación de los inversores ante situaciones concursales: En caso de situaciones concursales del emisor, los inversores en bonos y obligaciones simples se sitúan, en orden de prelación, por detrás de los acreedores privilegiados y por delante de los acreedores subordinados, todo ello de conformidad con lo establecido en la correspondiente normativa concursal que le sea de aplicación.
Riesgo de liquidez. Es el riesgo de que los operadores xxx xxxxxxx, no encuentren contrapartida para los valores. Aunque la Entidad Emisora tiene previsto solicitar la admisión a negociación de todos los valores que se emitan al amparo del presente Programa en el Mercado AIAF xx Xxxxx Fija (mercado secundario organizado xx xxxxx fija de la Asociación de Intermediarios de Activos Financieros) no es posible asegurar que vaya a producirse una negociación activa en dicho mercado. Por otro lado, se ha establecido un mecanismo de liquidez para los suscriptores de los pagarés emitidos al amparo del presente Programa, mediante la firma de un contrato de liquidez de fecha 24 de octubre de 2012 con la entidad Banco Español de Crédito, S.A. que actuará como Entidad de Liquidez de dicho Programa. Dicha liquidez solo se hará extensiva a los pagarés hasta un importe máximo equivalente del 10% del saldo vivo nominal emitido.
Riesgo de liquidez. Es el riesgo en que se incurre por la posible insuficiencia de recursos para cumplir con las obligaciones contraídas en una fecha determinada, la cual puede estar ocasionada por causas exógenas o internas.