Arras. La suma de que trata el numeral (i) de la Cláusula anterior la que declara el Promitente Vendedor haber recibido del Promitente Comprador a su entera satisfacción, se entenderá entregada por el Promitente Comprador en calidad xx Xxxxx de retracto. En consecuencia, en caso de incumplimiento de parte del Promitente Comprador, éste perderá las Arras y sí el incumplimiento es del Promitente Vendedor, éste devolverá al Promitente Comprador el doble del valor entregado como Arras por el Promitente Comprador, sin necesidad de requerimiento ni constitución en xxxx de la parte incumplida en cualquiera de los casos.
Arras. 1. La entrega por el comprador de una cantidad de dinero al vendedor se entiende hecha como arras confirmatorias, es decir, en señal de conclusión y a cuenta del precio de la compraventa.
Arras. En virtud del presente Contrato, el Promitente Comprador entrega al Promitente Vendedor el importe de USD 1,000.00 (un mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) en calidad xx xxxxx (las “Arras”), las mismas que no devengarán ningún tipo de interés a favor del Promitente Comprador. Las Partes acuerdan que al suscribir el Contrato de Compraventa (de ser el caso), dichas Arras serán imputadas al Precio de Compra. En caso que el Contrato de Compraventa no se llegara a suscribir dentro del plazo establecido en la cláusula segunda anterior por causas imputables al Promitente Comprador, las Arras serán mantenidas por el Promitente Vendedor sin que ello genere ningún tipo de responsabilidad frente al Promitente Comprador. Por el contrario, si en caso que el Contrato de Compraventa no se llegara a suscribir dentro del plazo establecido en la cláusula segunda anterior por causas imputables al Promitente Vendedor, las Arras serán devueltas dobladas por el Promitente Vendedor al Promitente Comprador. Sin perjuicio de lo anterior, si el Promitente Comprador opta por solicitar al banco sponsor del Proyecto Inmobiliario el otorgamiento de un préstamo hipotecario para pagar parte del Precio de Compra y dicha solicitud es denegada, las Arras serán devueltas por el Promitente Vendedor al Promitente Comprador. Para ello, el Promitente Comprador deberá presentar al Promitente Vendedor el documento bancario que acredite dicha desaprobación dentro del plazo señalado en el primer párrafo de la cláusula segunda anterior. En todos los casos antes señalados, las Partes acuerdan que el Promitente Vendedor no asumirá ningún gasto adicional (administrativo, legal, etc.) en el que haya podido incurrir el Promitente Comprador.
Arras. Las partes acuerdan como Arras del presente contrato una suma equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del precio pactado. (…)Tales arras se pactan con un doble efecto:
Arras. EL PROMITENTE VENDEDOR declara que ha recibido a plena satisfacción de EL PROMITENTE COMPRADOR, en la fecha de suscripción del presente contrato, la suma de OCHOCIENTOS MILLONES DE PESOS ($800.000.000) a título xx xxxxx confirmatorias penales (….) [El] Objeto valor, forma de pago, plazo y forma de entrega, el cual se desarrollaría con posterioridad al 25 de enero de 2002, dada la proximidad del fin de año cuando los contratos con peritos externos se encuentran en su fase de liquidación y la mayoría de funcionarios de planta disfrutarán de vacaciones. De ser aceptada esta propuesta, esperamos entonces los documentos que acrediten la representación legal de INVIMA con el fin de elaborar la respectiva minuta. Entre tanto y dentro de un plazo prudencial, conservaremos la documentación remitida. Inmediatamente se reciba el documento en la forma descrita, procederemos a designar el funcionario que realice el avalúo dentro de la mayor brevedad posible. No obstante, consideramos importante informarle que pese a nuestra voluntad de servicio, no es posible producir un resultado antes del 16 de enero como lo pide su carta, debido al tiempo que toman las investigaciones y demás gestiones propias del avalúo.
Arras. El COMPRADOR deberá garantizar el cumplimiento del presente contrato, mediante el pago del equivalente al 15% (quince por ciento) del VALOR TOTAL DEL CONTRATO, el cual se calculará con base en el mayor valor ofrecido por kilo en cada lote y multiplicado por la producción estimada en el período acordado, conforme a la producción generada por LA VENDEDORA durante los últimos tres meses. El plazo para el pago de esta garantía es de 3 (tres) días hábiles contados a partir de la fecha del cierre de la subasta.
Arras. En este acto D. entrega a D. Y Xx. de la cantidad de DOS MIL EUROS en concepto xx xxxxx. D. Y Xx. RTIN dan por recibida la cantidad entregada en concepto xx xxxxx otorgando carta de pago mediante este documento formal.
Arras. La atribución que una de las partes realice en favor de la otra en el momento de la celebración del contrato, será prueba de su conclusión y se imputará a la prestación debida. Sólo existirá la facultad de desistir del contrato, perdiendo aquella atribución quien la realizó o devolviéndola duplicada quien la recibió, si hubiere sido expresamente concedida. La pérdida de la atribución realizada o su restitución duplicada sólo constituirán liquidación convencional de daños cuando así resulte del título constitutivo de la obligación.
Arras. La cantidad de _____________________________ ($___________) moneda corriente, que el prometiente vendedor declara recibido del prometiente comprador a satisfacción, se entrega a título xx xxxxx confirmatorias del acuerdo prometido y serán abonadas al precio total al momento de perfeccionarse el objeto de esta promesa. (Es opcional y puede no pactarse en la negociación)
Arras. La cantidad de………………($………..) que el prometiente vendedor declaró haber recibido del prometiente comprador a satisfacción, se tendrá entregada como prenda de confirmación del acuerdo prometido y serán abonadas al precio total en el momento de otorgarse la escritura pública que perfeccione el objeto de esta promesa. Quinta.