Causas de resolución contractual. Ambas partes podrán compelerse recíprocamente al cumplimiento del presente contrato o promover su resolución ante el incumplimiento de la parte contraria. El arrendador podrá resolver el contrato de arrendamiento en los siguientes casos:
Causas de resolución contractual. Procede: SI Además de las previstas en la cláusula 14, son causas de resolución del contrato las siguientes: -El abandono del servicio. -La falsedad o falsificación de las actividades realmente desarrolladas. -La vulneración del deber de guardar secreto respecto a los datos de carácter personal que se conozcan en razón de las actividades que se realicen, en materia muy grave. -Cualquier conducta constitutiva de delito. -Incumplir las directrices que se reserva la Administración en el cumplimiento del servicio, o impedir que ésta pueda desempeñar las funciones de fiscalización y control que le son propias. -Subcontratar la prestación de servicios, no contemplada en este pliego de condiciones. -El ocultamiento o falseamiento de información sobre asuntos relacionados con la prestación del servicio. -El incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales, y en especial el incumplimiento de los criterios de adjudicación, al considerarse igualmente obligación contractual esencial. -Disponer de personal sin estar contratado de conformidad con lo dispuesto en la legislación laboral vigente y en todo caso el incumplimiento de la normativa laboral y de seguridad social. - La manifiesta incapacidad o negligencia profesional. -Cuando la suma de las penalidades impuestas al contratista superen el 30 % del presupuesto anual del contrato. -De no respetarse la obligación prevista en el apartado i, se impondrá una penalidad cuyo importe se calculará aplicando al presupuesto del contrato el porcentaje en que haya minorado el salario/hora convenio del trabajador adscrito al contrato cuya reducción se haya operado en mayor medida hasta el límite del 10%. De superar la reducción salario/hora el 10%, o en el caso de que el contratista no facilitara la información requerida para acreditar el cumplimiento de la obligación establecida en esta cláusula, se considerará incumplida una obligación esencial del contrato incurriendo el contratista en causa de resolución. -El incumplimiento de la obligación de que el personal adscrito al contrato cumpla el requisito previsto en el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor. En los supuestos en que las causas de resolución anteriormente mencionadas, aparezcan también tipificadas como infracciones, el Ayuntamiento podrá optar entre aplicar la correspondiente penalidad o la resolución del contrato. El procedimiento de resolución del contrato será el determinado en el artículo 211 del Text...
Causas de resolución contractual. Además de las previstas en el resto de la documentación contractual y artículos 223 y 308 TRLCSP, son causas de resolución del contrato las siguientes: En los supuestos en que las causas de resolución anteriormente mencionadas, aparezcan también tipificadas como infracciones, el Ayuntamiento podrá optar entre aplicar la correspondiente penalidad o por acordar la resolución del contrato. El procedimiento de resolución del contrato será el determinado en el artículo 211 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, previa audicencia del interesado por espacio de 10 días naturales y acuerdo de la Junta de Gobierno Local. El responsable municipal del contrato supervisará de forma periódica el cumplimiento de las obligaciones que en materia social se hayan impuesto al adjudicatario directamente en el pliego o hayan sido ofertadas por éste, así como las que deriven de la legislación social y laboral vigentes. Cualquier interesado podrá formular una denuncia o reclamación sobre el incumplimiento por parte de un contratista de la normativa social aplicable, a cuyo efecto podrá consultar el correspondiente expediente de contratación. Estas denuncias serán objeto de una comprobación material y de un informe expreso por parte del responsable municipal del contrato. Con la factura final deberá aportar el contratista una declaración responsable de haber cumplido todas las obligaciones que en materia social le fueran exigibles legal o contractualmente, declaración a la que se acompañará un informe al respecto del responsable municipal del contrato o del director de obra si se trata de uno de otro tipo. No se acordará la prórroga del contrato si el adjudicatario hubiera incumplido de manera grave las condiciones especiales de ejecución de carácter social y sin perjuicio de las responsabilidades contractuales en las que hubiere incurrido.
Causas de resolución contractual. Constituyen causa de resolución del contrato los establecidos en el artículo 223 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Además procederá en los supuestos siguientes: 944 491 458
Causas de resolución contractual. La Municipalidad podrá disponer, del procedimiento de resolución contractual cuando se presenten en un mismo período presupuestario los siguientes casos: Cuando el contratista alcance los montos límites indicados en la Cláusula penal para cada una de las actividades en las que se establece la aplicación de multas por atraso allí indicadas. Sea declarado en quiebra o entra en proceso de liquidación por razones distintas de una reorganización o fusión. No mantuviere vigentes en monto y/o el plazo las garantías exigidas, así como todos los seguros indicados en este cartel. Cuando el adjudicatario por segunda vez no quiera mejorar la propuesta económica en razón de los estudios xx xxxxxxx realizados por la Administración. 6.1.5 Cuando el adjudicatario suspende el alquiler objeto de esta contratación, sin causa justificada y sin tener autorización de la unidad supervisora del contrato, por un máximo de tres (3) días naturales. Así como cuando retire el equipo sin autorización por escrito de la Municipalidad. De incurrirse en alguno de los incumplimientos antes citados, ello será causa suficiente para rescindir el contrato, ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto necesario para resarcir a la MUNICIPALIDAD por los daños y perjuicios imputables al contratista, teniéndose que de ser insuficiente el monto de la garantía, LA MUNICIPALIDAD podrá aplicar los saldos de pago pendientes, a dicha indemnización. Si quedare algún saldo al descubierto, LA MUNICIPALIDAD deberá reclamarlo por las vías legales pertinentes; todo conforme lo dispuesto en el Artículo 204 del RLCA, y proceso de sanción administrativa según los artículos 99 y 100 de la Ley de Contratación Administrativa. El contratista se compromete a responder de forma escrita, durante los 5 días hábiles después de recibida la comunicación, toda notificación de incumplimiento sobre los extremos del contrato. La falta de respuesta se interpretará como aceptación tácita de dicho incumplimiento. Prórrogas y Suspensiones del Plazo del Contrato En casos debidamente justificados y a solicitud de la contratista, la Administración podrá autorizar la prórroga del plazo cuando existan demoras ocasionadas por ella misma o causas ajenas al contratista, según lo estipulado en el artículo 198 RLCA. De igual forma, la Administración de oficio o a solicitud del contratista, podrá suspender el contrato, aplicando para ello lo establecido en el artículo 199 RLCA. Rescisión del Contrato La Administración de oficio por ...
Causas de resolución contractual a) Para el caso de que alguna de las partes no cumpliere sus obligaciones contractuales, la otra parte podrá optar por exigir el cumplimiento contractual o bien la resolución del contrato, con el resarcimiento en ambos casos, de los daños y perjuicios que se derivasen del citado incumplimiento.
Causas de resolución contractual. Además de las previstas en el resto de la documentación contractual y artículos 223 y 308 TRLCSP, son causas de resolución del contrato las siguientes: En los supuestos en que las causas de resolución anteriormente mencionadas, aparezcan también tipificadas como infracciones, el Ayuntamiento podrá optar entre aplicar la correspondiente penalidad o por acordar la resolución del contrato. El procedimiento de resolución del contrato será el determinado en el artículo 211 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, previa audicencia del interesado por espacio de 10 días naturales y acuerdo de la Junta de Gobierno Local.
Causas de resolución contractual. CLÁUSULA 18.- RÉXIME XURÍDICO DO CONTRATO
Causas de resolución contractual. La Asamblea Legislativa podrá disponer del procedimiento de resolución contractual en los siguientes casos:
Causas de resolución contractual. Serán causas de resolución del contrato: - La cesión, traspaso total o parcial o subarriendo de los servicios sin autorización expresa del Ayuntamiento. - Las contempladas en el Texto Refundido 3/2011 de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).