CONDICIONES MEDIOAMBIENTALES Cláusulas de Ejemplo

CONDICIONES MEDIOAMBIENTALES. El Proveedor se compromete al cumplimiento de cuantas obligaciones le correspondan por la aplicación de la legislación medioambiental en vigor, y sin perjuicio de cualquier modificación que se pudiera producir en el futuro en relación con esta materia. Especialmente el Proveedor deberá cumplir - con carácter ilustrativo, pero no limitativo- con la legislación medioambiental relativa a envasado, etiquetado y retornabilidad de envases de productos, así como el transporte de sustancias y preparados peligrosos.
CONDICIONES MEDIOAMBIENTALES. El Proveedor se compromete al cumplimiento de cuantas obligaciones le correspondan por la aplicación de la legislación medioambiental en vigor, y sin perjuicio de cualquier modificación que se pudiera producir en el futuro en relación con esta materia. Especialmente el Proveedor deberá cumplir - con carácter ilustrativo pero no limitativo- con la legislación medioambiental relativa a envasado, etiquetado y retornabilidad de envases de productos, así como el transporte de sustancias y preparados peligrosos. En la medida de lo posible, el Proveedor suministrará productos o materiales con etiqueta ecológica y reutilizará y reciclará los residuos generados por los productos o materiales suministrados Julio 2013
CONDICIONES MEDIOAMBIENTALES. Las actuaciones respetarán los límites sonoros establecidos en el art. 15 de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT). La autorización para superar los límites sonoros requerirá de informe del Área de Gobierno con competencias en materia de medio ambiente para el listado de ubicaciones recogidas en los Anexos I y III, en aplicación del art. 19.1 de la Ordenanza. En las áreas recogidas en los Anexos I y III, la función de la percusión solo podrá producirse en grupos musicales, únicamente, como base rítmica y de acompañamiento, con un solo percusionista por agrupación. Se permite percusión reciclada e instrumentos de bajo nivel sonoro, con interpretación solista. Igualmente, la amplificación se limitará al uso de medios que, disponiendo de certificación técnica válida en la Unión Europea, dispongan de una potencia total máxima de 20 W, no superen las dimensiones de 40 por 40 por 25 centímetros (ancho x altura x profundidad) y utilicen suministro eléctrico por pilas o batería interna. Esta certificación podrá ser requerida en cualquier momento de la actuación por la Policía municipal. El límite del nivel sonoro que se establezca en la autorización para cada zona se aplicará al conjunto del grupo que intervenga.
CONDICIONES MEDIOAMBIENTALES. De acuerdo con el artículo 126.4 de la Ley de Contratos del Sector Público el equipamiento objeto de este contrato no deberá afectar al medio ambiente y las empresas oferentes detallarán los criterios de sostenibilidad y protección ambiental en los que se fundan. POR LA ADMINISTRACIÓN, Orden ESS/249/2014, de 13 de febrero La Presidenta de la Junta de Contratación Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx EL ADJUDICATARIO,
CONDICIONES MEDIOAMBIENTALES. Es obligación del adjudicatario la separación, en la medida de lo posible, de residuos urbanos generados, prestando especial atención a la separación de papel, envases, vidrio. Es obligación del adjudicatario el cumplimiento de cuantas normas, reglamentos relativos a medioambiente sean de aplicación en el cumplimiento del servicio.
CONDICIONES MEDIOAMBIENTALES. Para que el desarrollo del servicio de limpieza sea lo más respetuoso posible con el medio ambiente se deberá, en general, cumplir las siguientes premisas: Reducción, en la medida de lo posible, de aquellos productos químicos que no contribuyan directamente a la limpieza, como son colorantes, perfumes, etc, y procurar su correcta aplicación con sistemas precisos y eficaces de dosificación. Y, en cuanto a su composición, estas premisas se centrarán en: - Baja toxicidad. - Alta biodegradabilidad. - Rendimiento equivalente, como mínimo, al de los productos convencionales. En todo caso, los productos que se empleen deberán cumplir, como norma general, y en la medida de lo posible con los requisitos que se indican a continuación: • Tener etiqueta ecológica concedida por organismo oficial. • Tener la denominación de “producto ecológico” o “no dañino para el medio ambiente”. • Ser reciclable o disponer de un envase reciclable. • Tener el menor número posible de símbolos que indiquen riesgo para el medio ambiente o para las personas (corrosivo, inflamable, tóxico, etc). • Carecer, en la medida de lo posible, de fosfatos o tensioactivos. • No se utilizarán aerosoles; en su lugar, se emplearán envases con pulverizadores de pistola. • Se utilizarán productos concentrados que indiquen una dosis mínima de producto por cantidad de agua. • Todos los productos de limpieza peligrosos deben aportar la hoja de seguridad de datos, y disponer de una copia de la misma en todos los centros donde se vayan a utilizar. • Los productos peligrosos que puedan generarse por la actividad del servicio, no se podrán depositar en los contenedores del Parque Nacional, sino que deberán entregarse al proveedor (en el caso de que se disponga de un servicio de envases retornables), o a un gestor autorizado. • Los equipos de limpieza no generarán ruidos mayores de 70 dB(A). Asimismo, podrán establecerse otras limitaciones diferentes a las señaladas, que pueden venir aconsejadas por las características técnicas de los sistemas de depuración de cada uno de los centros, en relación con el empleo de lejías o aguafuertes, o las condiciones en las que únicamente deben emplearse éstos.
CONDICIONES MEDIOAMBIENTALES. El adjudicatario declara conocer las obligaciones legislativas en materia medioambiental que pudieran resultar de aplicación de las actividades por él desarrolladas al amparo del presente contrato y se compromete a cumplir con todos los requisitos y exigencias legales que en materia de medio ambiente le sea de aplicación. Asimismo, el adjudicatario será responsable de mantener acopiados, ordenados y correctamente almacenados los materiales y los equipos mecánicos y herramientas empleados durante la ejecución de las unidades de obra contratadas, cuidando que no se produzcan derrames, lixiviados, arrastres por el viento o cualquier otro tipo de contaminación sobre el suelo, las aguas o la atmósfera. Los residuos generados en sus actividades serán entregados a Gestor Autorizado y el adjudicatario aportará a Tragsa al inicio de la obra los "Certificados de Destino" para los residuos no peligrosos y/o los "Documentos de Aceptación" (indicando el código de identificación del residuo según el RD 833/1998), en el caso de los residuos peligrosos, siendo por cuenta del adjudicatario los gastos de su recogida, transporte y gestión. Será responsabilidad del adjudicatario la correcta segregación de los residuos, y su adecuado almacenaje hasta su retirada, cuidando especialmente de: - Cumplir las exigencias de segregación del RD 105/2008 por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición - Cumplir las prescripciones del Plan de Gestión de Residuos de la obra - Cumplir las instrucciones que el Jefe de Obra de Tragsa o persona en quien delegue, en cuanto a prácticas ambientales establecidas en los procedimientos internos - Disponer los contenedores necesarios y específicos para cada tipo de residuo - Evitar poner en contacto residuos peligrosos con no peligrosos - Separar adecuadamente y no mezclar los residuos peligrosos entre sí Terminada la ejecución de las obras o trabajos de que se trate, el adjudicatario procederá a su inmediato desalojo, tanto de personal, maquinaria y equipos como de los sobrantes de material y residuos que se hubieran producido, aportando a Tragsa certificado/s del Gestor/es donde se acredite/n las cantidades de residuos que se han entregado, clasificados por sus códigos L.E.R. según Orden MAM/304/2002, e indicando la obra de procedencia. Del mismo modo, para maquinaria y vehículos, el adjudicatario no alterará los elementos de regulación de la combustión o explosión de los motores de modo que se modifiquen ...

Related to CONDICIONES MEDIOAMBIENTALES

  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.