CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Cláusulas de Ejemplo

CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. El contrato se adjudicará a la oferta que resulte más favorable económicamente.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. 12.1.- De conformidad con Io dispuesto en eI artícuIo 160 LCSP, Ios criterios que serán objeto de negociación para Ia adjudicación deI contrato serán Ios siguientes aspectos económicos y técnicos:
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. El contrato se adjudicará a la oferta que resulte más favorable, atendiendo a los siguientes criterios: - Oferta económica: Puntos: 60 - Calidad del servicio propuesto: Puntos: 25 - Mejoras al Pliego Puntos: 10 - Plan y Certificaciones en Calidad, Gestión Medioambiental y Prevención de Riesgos Laborales Puntos: 5 Se valorará la metodología de limpieza propuesta, la programación de tareas, la organización del servicio, los medios técnicos propuestos y la experiencia de la empresa en servicios similares. Se valorarán las propuestas de mejora sobre las características básicas indicadas en este Pliego y el de Prescripciones Técnicas. Estas mejoras no supondrán incremento de coste para MERCAOLID. Las mejoras tendrán que ser valoradas económicamente por las empresa licitadoras y explicadas de forma clara y concisa. Dichas mejoras deberán ser de demostrada utilidad debiendo ser aceptadas por MERCAOLID, al igual que su valoración económica. Se valorará las certificaciones y acreditaciones que sobre la materia pudieran presentar las empresas licitadoras. Criterios evaluables mediante fórmulas – Oferta económica (hasta 60 puntos) Según la siguiente fórmula: donde Pi= Z (1-K(1-(Om/Oi))) Pi= puntuación obtenida por el licitador. Oi= Importe de la oferta que se evalúa. Om= Importe de la oferta económica más barata. Z= puntuación máxima del criterio económico: 60. K= índice corrector: 0,8 El órgano de contratación podrá adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, sin atender necesariamente a su valor económico o declarar desierto el concurso, motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. El suministro se adjudicará exclusivamente en función del precio, adjudicándose por subasta electrónica a quien realice la oferta más económica. La justificación de la elección del precio como único criterio reside en que el producto está definido, normalizado y no puede variarse en su entrega y realización, por lo que resulta el precio como único factor determinante.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. Se establecen varios criterios de adjudicación.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. Se establece un ÚNICO CRITERIO DE ADJUDICACIÓN, EL PRECIO. La fórmula para puntuar el mismo se concreta en la cláusula 16 ª en el modelo de presentación de la proposición económica. Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Y si no se recoge podrá ser destruida por la Administración. Se señala la preferencia en la adjudicación de los contratos para las proposiciones presentadas por aquellas empresas públicas o privadas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. Aquellas empresas que quieran que se tenga en cuenta esta preferencia en la adjudicación deberán aportar junto con la documentación general (sobre 1) aquellos certificados o documentos probatorios de esta circunstancia. Si con la aplicación del criterio señalado anteriormente, además del de adjudicación, no se solucionara el empate se resolverá por sorteo público.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. 10.1 La adjudicación recaerá en el licitador que haga la oferta económicamente más ventajosa, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma, sino teniendo en cuenta una pluralidad de criterios, y sin perjuicio del derecho de Mutua Universal a declarar desierta la licitación, cuando no exista alguna oferta que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el Pliego. Si el oferente no presenta la documentación que permita ponderar alguno o algunos de los criterios de adjudicación o aquélla es claramente insuficiente, no se atribuirá al licitador puntuación al calificar dicho criterio.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. 9.1.- Se establece como único criterio de adjudicación de este contrato el propuesto en apartado 6 del CCC.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. Criterios de adjudicación: ✓ Menor precio ofertado. ✓ Calidad del producto. ✓ Calidad medioambiental de la oferta. Las ofertas presentadas y admitidas al Concurso se valorarán aplicando a los criterios precedentes los porcentajes respectivamente de 60 %, 30 % y 10 % que se calcularán de la siguiente manera: En la que P es la puntuación obtenida, O min es la oferta mínima o más baja y Of es la oferta correspondiente al licitador que se valora. Se valorará la resistencia, apariencia, seguridad y en general todo aquello que mejore el producto a adquirir, dentro del cumplimiento de las características técnicas fijadas. La calidad ambiental de las ofertas que se presenten será valorada hasta un máximo de 10 puntos. Los licitadores deberán presentar cuanta documentación estimen necesaria en relación con los siguientes criterios ambientales: Por su parte, los licitadores podrán proponer y documentar cualquier otro criterio de eficiencia energética y/o de buenas prácticas ambientales distintos de los enumerados, que consideren relevante. El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx podrá valorarlo positivamente si así lo estima oportuno. Para ello el licitador aportará:
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. El contrato se adjudicará a la oferta económicamente más ventajosa. Serán objeto de criterio los siguientes aspectos económicos y técnicos: LOS DESCRITOS EN EL ANEXO V DEL PCAP. En el supuesto de paridad de ofertas la adjudicación se definirá mediante la aplicación de la disposición adicional cuarta del TRLCSP, en los términos señalados en la misma, y en el siguiente orden de preferencia: • Las empresas con personas trabajadoras con discapacidad que hayan presentado la correspondiente documentación acreditativa. • En su defecto, o caso de persistir el empate, las empresas que tengan el distintivo empresarial “Igualdad en la Empresa”. • En su defecto, o caso de persistir el empate, las empresas de inserción que hayan presentado la correspondiente documentación acreditativa. Cuando la citada disposición adicional no haya resultado eficaz para determinar la adjudicación, se decidirá ésta mediante la aplicación, con la prioridad que se indica, de los siguientes criterios: