Cuentas inactivas. Si su cuenta PayPal estáinactiva durante al menos 12 meses consecutivos, es posible que le cobremos una tarifa de inactividad anual. La inactividad implica que no ha iniciado sesión en su cuenta PayPal ni la ha utilizado para enviar, recibir o retirar dinero.
Cuentas inactivas. Si no inicia sesión en su cuenta PayPal durante dos o más años, es posible que PayPal cierre la cuenta, y los fondos no utilizados en su cuenta estarán sujetos a las leyes aplicables sobre importes no reclamados.
Cuentas inactivas. La Cooperativa clasificará como inactivas las cuentas en las que por el periodo de un (1) año no se efectúen transacciones. Todas las cuentas que por un periodo de cinco años o más no tuvieren transacciones, se considerarán cantidades no reclamadas y serán dispuestas de acuerdo con el Reglamento de la Cooperativa.
Cuentas inactivas. 29.1 Toda Cuenta que por un periodo continuo de seis (6) meses para cuenta de cheque y doce (12) meses para cuenta de ahorro, no tenga actividad de transacciones realizadas por el cliente quedará automáticamente inmóvil y no se aceptarán transacciones en la misma a menos que sea autorizado de antemano por un oficial del Banco. El Banco podrá cobrar un cargo que se aplicará mensualmente a la Cuenta hasta que la Cuenta se active o al momento de su liquidación.
29.2 Toda Cuenta que por un periodo continuo de cuatro (4) años, no tenga actividad de retiros o de pago de fondos ni de depósitos, o en el caso de cuentas de ahorro que durante dicho periodo no se haya presentado la libreta de ahorro para actualizar en la misma el pago de intereses, quedará automáticamente inactiva y no se aceptarán transacciones en la misma a menos que sea autorizado de antemano por un oficial del Banco.
29.3 Toda Cuenta que por un periodo continuo de cinco (5) años al cierre del 30 xx xxxxx del año en curso, no tenga actividad de depósitos, retiros o pagos y en caso de cuentas de ahorro sujetas a libreta, que durante dicho periodo no se haya presentado la libreta para actualización del pago de intereses, está sujeta a las disposiciones de la Ley de Bancos, la cual requiere que cuentas en estas condiciones se informen a la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras, sean publicadas en dos (2) ocasiones en un periódico de circulación general en Puerto Rico y en la página de Internet y posteriormente remesadas a la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras. No se aceptarán transacciones en estas Cuentas a menos que sea autorizado de antemano por un oficial del Banco. El costo de estas publicaciones será rebajado del balance de cada Cuenta publicada, en proporción a su balance o podrá ser pagado directamente por la persona con derecho a reclamar dichos fondos.
Cuentas inactivas. Las Partes reconocen y aceptan que el principal y los intereses de instrumentos de captación que no tengan fecha de vencimiento o que se renueven automáticamente, las transferencias y las inversiones vencidas y no reclamadas que en el término de 3 (tres) años no hayan tenido movimientos por depósitos o retiros y, previo aviso por escrito dirigido al domicilio del Cliente con 90 (noventa) días de antelación, deberán ser abonados en una cuenta global que llevará el Banco. Los derechos derivados por los depósitos e inversiones y sus intereses, sin movimiento en el transcurso de 3 (tres) años contados a partir de que se depositen en la cuenta global mencionada, cuyo importe no exceda por cuenta, al equivalente a 300 (trescientos) xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal (hoy Ciudad de México), prescribirán en favor del patrimonio de la beneficencia pública.
Cuentas inactivas. Si el PATRONO y/o el EMPLEADO AFILIADO suspende el pago de sus aportes ordinarios total o parcialmente durante seis (6) meses consecutivos la cuenta del EMPLEADO AFILIADO pasa a estado inactivo. Una cuenta inactiva conservará sus derechos sobre el Fondo acumulado en su CUENTA DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL, este Fondo seguirá siendo administrado por la ADMINISTRADORA, quien podrá cargar a la CUENTA DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL una comisión siempre y cuando dicho valor no sobrepase la comisión ordinaria recibida normalmente, en cuyo caso únicamente se podrá descontar como máximo este último valor.
Cuentas inactivas. Queda convenido que el BANCO considerará inactivas todas las cuentas que no presenten movimiento por parte del CLIENTE durante seis (6) meses consecutivos Para estos efectos el BANCO hará un recargo mensual a la cuenta del CLIENTE (siempre que ello no sea prohibido por la ley o por los reglamentos aplicables) durante todo el tiempo en que la misma se encuentre en estas condiciones, hasta tanto el CLIENTE la reactive o la cancele. EL CLIENTE acepta que el BANCO deberá comunicar a la Superintendencia de Bancos sobre cualesquiera fondos en su poder que permanezcan inactivos por cinco (5) años y pertenezcan a personas cuyo paradero ignore. La Superintendencia, después de comprobar este hecho, usualmente ordenará que su valor líquido sea traspasado al Tesoro Nacional.
Cuentas inactivas. Si durante 12 (doce) meses consecutivos la cuenta no ha tenido ningún movimiento, ésta será trasladada automáticamente a INACTIVA y podrá únicamente recibir depósitos, hasta tanto EL CLIENTE no se presente al Banco para reactivarla.
Cuentas inactivas. Para toda Cuenta inactiva, el Proveedor podrá enviar una notificación de inactividad por correo electrónico, seguida de un recordatorio un mes más tarde. La Cuenta de pago del Titular se considerará como inactiva cuando al término de un plazo de doce (12) meses no haya sido objeto de ninguna operación (a excepción de las deducciones en concepto de gastos de gestión) por iniciativa del Titular (o de algún mandatario) y que no se haya manifestado ante el Proveedor de ninguna forma. De no responder o no utilizar el saldo acreedor de la Cuenta en ese plazo, el Proveedor podrá cerrar la Cuenta y conservarla con la única finalidad de llevar a cabo la transferencia de las sumas adeudadas a la cuenta que el Titular designe. En caso de fallecimiento, el saldo solo podrá ser reembolsado a los derechohabientes del Titular. La Cuenta ya no permitirá la ejecución de ninguna Operación de pago.
Cuentas inactivas. Se considera Inactiva la Cuenta que no registre movimientos durante el término de seis (6) meses consecutivos contados a partir de la fecha del último movimiento registrado. Se entenderá por movimiento cualquier operación de depósito, retiro, transferencia o en general cualquier débito o crédito ordenado por el titular que afecte la Cuenta. El primer movimiento que desee hacerse una vez transcurrido el plazo mencionado podrá realizarlo El Cliente directamente o por intermedio de un tercero, previa autorización del funcionario delegado para ello al interior de Bancoomeva. Parágrafo Primero: Los saldos de las Cuentas Corriente que hayan permanecido inactivas por un período mayor de un año y que no superen el valor establecido en la ley, serán transferidos a título de mutuo a la Nación por conducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Dirección General xxx Xxxxxx Nacional. Parágrafo Segundo: Los saldos de las Cuentas Corriente que hayan permanecido inactivas por un período mayor de tres (3) años y que superen el valor establecido por la ley, serán transferidos a título de mutuo al fondo constituido y reglamentado por el Icetex para este fin. Parágrafo Tercero: Una vez la Cuenta cambie su estado a “inactiva”, solamente el Cuentahabiente podrá solicitar su reactivación, diligenciando para tal efecto los formularios que Bancoomeva le proporcione. Parágrafo Cuarto: Durante el tiempo en que una Cuenta permanezca inactiva, Bancoomeva no cobrará la cuota de manejo de la tarjeta asociada a la misma, así como tampoco causará ningún tipo de gasto administrativo derivado de su uso y manejo.