CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL Cláusulas de Ejemplo

CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas o hechos propios o de terceros ajenos a la presente contratación, autorizará al PROVEEDOR a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del presente Pliego y del Contrato oportunamente suscripto, además de las establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y las xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, salvo que se tratare de eventos previstos como caso fortuito o fuerza mayor de conformidad con el artículo 1.730, sus siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por la Ley Nº 26.994 y fuese debidamente documentado y probado por el interesado y aceptado por el organismo licitante, de conformidad con lo establecido en los Artículos 127 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. La prestación objeto de la presente Licitación reviste el carácter de esencial, necesaria y continua para el normal desenvolvimiento de la función pública inherente al GCABA. En tal sentido no puede suspenderse, retardarse y/o discontinuarse.
CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. El adjudicatario deberá cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del contrato. En ningún caso la invocación de situaciones y circunstancias imprevistas autorizará al Adjudicatario a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del contrato, ni eximirá de las sanciones y penalidades que por incumplimiento se encuentren previstas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y el presente Pliego, la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario N° 74/GCABA/21.
CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas o hechos propios o de terceros ajenos a la presente licitación, autorizará al PROVEEDOR a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del presente Pliego y del Contrato oportunamente suscripto, salvo que se tratare de eventos previstos como caso fortuito o fuerza mayor de conformidad con el artículo 1730 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por la Ley N° 26.994 y fuese debidamente documentado y probado por el interesado y aceptado por el organismo licitante, de conformidad con lo establecido en los Artículos 136 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5666) y su reglamentación. La prestación objeto de la presente Licitación reviste el carácter de esencial, necesaria y continua para el normal desenvolvimiento de la función pública inherentes a la AGIP. En tal sentido no puede suspenderse, retardarse y/o discontinuarse.
CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas o casos fortuitos autorizará al Adjudicatario a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del presente Pliego de Cláusulas Particulares, de Especificaciones Técnicas, y del contrato suscripto. La operación logística, y todo lo que ella comprenda, objeto de la presente Licitación, reviste el carácter de esencial, necesario y continúo para el normal desenvolvimiento de la función pública inherente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En tal sentido no pueden suspenderse, retardarse y/o discontinuarse, debiendo el oferente presentar Planes de Contingencias a las situaciones de imprevisibilidad.
CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. La Provisión de los bienes o servicios objeto de la presente Licitación y/o contratación revisten de carácter necesario para la actividad y el normal desenvolvimiento de la función pública inherente al Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Deberán entregarse o proveerse en las condiciones de modo, tiempo y lugar de la que se establezcan en cada caso en la documentación licitatoria.
CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas o casos fortuitos autorizará al adjudicatario a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del presente Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Cláusulas particulares y xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas.
CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas autorizará al Adjudicatario a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del presente pliego y de la adjudicación efectuada, ni eximirá de las sanciones y penalidades que por incumplimiento tenga previstas este Pliego y/o la Ley Nº 2095 y su Decreto reglamentario.
CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas o hechPLosIEpGr-o2p0i2o0s-1o35d1e4t2e5r9c-eGrCoAs BajAe-nDoGsIaAlSaINF presente contratación, autorizará al PROVEEDOR a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del presente Pliego y del Contrato oportunamente suscripto, además de las establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y las xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, salvo que se tratare de eventos previstos como caso fortuito o fuerza mayor de conformidad con el artículo 1.730, sus siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por la Ley Nº 26.994 y fuese debidamente documentado y probado por el interesado y aceptado por el organismo contratante, de conformidad con lo establecido en los Artículos 136 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017), su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio Decreto 207/GCABA/19. La prestación objeto de la presente Contratación reviste el carácter de esencial, necesaria y continua para el normal desenvolvimiento de la función pública inherente al GCABA. En tal sentido no puede suspenderse, retardarse y/o discontinuarse.
CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. La prestación objeto del presente llamado reviste el carácter de esencial y necesaria para el normal desenvolvimiento de la función pública inherente al Gobierno de la Ciudad PLIEG-2018-28243544- -DGRGIEG Autónoma de Buenos Aires. En tal sentido no puede suspenderse, retardarse y/o discontinuarse. Deberán entregarse o proveerse en las condiciones de modo, tiempo y lugar de la que se establezcan en cada caso en la documentación licitatoria. En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas o casos fortuitos autorizará a quien resulte ADJUDICATARIO a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del procedimiento en cuestión, en virtud de la documentación contractual descripta en el presente Pliego. El cómputo de plazos se efectuará conforme lo estipulado en el Artículo 8 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. Las eventuales observaciones realizadas por los OFERENTES no generarán obligaciones de ningún tipo al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como ningún derecho a los OFERENTES que las realizaran. Se valorará positivamente a aquellas empresas que demuestren mayor compromiso ético y social.
CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas autorizará al Cocontratante a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes de los PLIEGOS y de la documentación contractual, ni eximirá de las sanciones y penalidades que por incumplimiento tenga previstas la referida documentación.