Entrega y aceptación Cláusulas de Ejemplo

Entrega y aceptación. El tiempo es esencial en el desempeño de esta OC, y cualquier retraso en la entrega es un incumplimiento material. Las transferencias de título a MDT serán al momento de la entrega de los Productos a MDT. A menos que se acuerde de forma diferente, el envío de los Productos se realizará mediante flete por cobrar a través de la modalidad y el transportista designados por MDT. Si el Proveedor no cumple con lo anterior, el envío será destino de la FCA y el Proveedor asumirá el riesgo de pérdida y el costo de la entrega, por lo que MDT no asumirá ninguna responsabilidad por las pérdidas o daños que se produzcan antes de la recepción de MDT. MDT tiene derecho a inspeccionar los Productos y/o Servicios (incluyendo la realización de pruebas) antes o después de recibirlos y rechazarlos por no cumplir con esta OC, independientemente de si MDT ha realizado algún pago, si la no conformidad afecta
Entrega y aceptación. Las entregas de cada etapa o actividad del servicio se realizarán de acuerdo con el plan que se establezca en la primera reunión del Comité de Seguimiento. Una vez finalizadas por parte del adjudicatario todas las etapas y actividades para el desarrollo del servicio y entregados los productos desarrollados y la documentación correspondiente, el Banco de España otorgará la aceptación final por escrito o manifestará, asimismo por escrito, las razones en que fundamenta la no aceptación. Transcurridos 30 días desde la entrega final sin que el Banco haya manifestado, por escrito, razón alguna de disconformidad, se entenderán aceptados tácitamente los servicios realizados.
Entrega y aceptación. 5.1 Todas las entregas se realizarán bajo reserva de propiedad como se establece en el artículo 7 de este documento. La distribución se debe entender como dejar los bienes bajo control de la otra parte. 5.2 El riesgo de los bienes se traslada a la otra parte en el momento en que son recibidos por tal. Lo mismo se aplica para el momento en que la otra parte fracasa en realizar las tareas para colaborar en la entrega y descarga. La otra parte deberá asumir la culpa si fracasa durante el proceso de la entrega y descarga de los bienes en la dirección de envío inmediatamente después de la fecha y la plaza de entrega acordadas. La otra parte deberá proveer suficiente equipamiento y mano de obra necesarios para asegurar una delicada y rápida descarga de los bienes. Los costes extra debido a la negligencia de la otra parte, entre los cuales los costes de almacenamiento de bienes no descargados serán a riesgo y cuenta del Cliente. En todos los acuerdos y bajo todas las circunstancias, incluyendo entrega gratuita a domicilio, nuestros almacenes, o en caso de entrega de suministro de terceras partes, los almacenes o fábricas de tales terceras partes deberán considerarse lugar de entrega. La fecha de entrega deberá ser la fecha indicada en el boletín de envío en el que la expedición, sea por nosotros o terceras partes como referido anteriormente, tiene lugar, con la excepción de los bienes que son recogidos en nuestros almacenes, en cuyo caso la fecha de entrega será la fecha en la que la otra parte realice la recogida. 5.3 Tendremos la libertad de escoger el transportista, a menos que se acuerde lo contrario. Tendremos el derecho de cobrar a la otra parte los materiales extra de embalaje, los cuales se indicarán en la factura. En el caso de que proporcionemos a la otra parte 5.4 Los bienes no recogidos y los bienes de la otra parte, que por cualquier razón permanecen en nuestro almacén durante un mes, serán añadidos a nuestro stock al finalizar el mes, sin que la otra parte tenga derecho a ejercer ningún derecho en contra de nosotros con respecto a dichos bienes. 5.5 Inmediatamente después de la entrega, la otra parte deberá inspeccionar los bienes y Productos respecto a la cantidad, calidad, especificación y cualquier otra deviación de lo acordado. 5.6 Los plazos de entrega serán solo aproximados. Superar el plazo de entrega no dará derecho a la otra parte a rescindir del acuerdo, negarse a pagar o no cumplir con las obligaciones acordadas. Superar dicho plazo tampo...
Entrega y aceptación. Si la Empresa de financiación requiere que el Cliente firme un certificado de entrega y aceptación u otro documento similar que confirme que los Productos financiados se entregaron e instalaron, y están en funcionamiento, (“Certificado D & A”), el Cliente deberá firmar tal Certificado D & A antes de transcurridos tres (3) días después de la Finalización de la instalación de cada fase.
Entrega y aceptación. Una vez finalizadas por parte del adjudicatario todas las etapas y actividades para el desarrollo del servicio, según su Propuesta Técnica, y entregados los productos desarrollados y la documentación correspondiente, el Banco de España otorgará la aceptación final por escrito o manifestará, asimismo por escrito, las razones en que fundamenta la no aceptación. Transcurridos 30 días desde la entrega final sin que el Banco haya manifestado, por escrito, razón alguna de disconformidad, se entenderán aceptados tácitamente los servicios realizados. Con la aceptación final del servicio se considerará éste concluido procediéndose a la facturación y pago del importe correspondiente a la última factura, en la forma establecida en la cláusula decimoquinta.
Entrega y aceptación. Las entregas de cada etapa o actividad del servicio de mantenimiento y soporte, se realizarán de acuerdo con el plan que se establezca en la primera reunión del Comité de Seguimiento. - Fase de asimilación: Durante cualquier momento de la fase de asimilación, si no se realiza satisfactoriamente, el Banco de España se reserva el derecho de interrumpir su desarrollo y dar por concluido el contrato. En este caso la empresa tendrá derecho a facturar la parte proporcional del importe de la fase de asimilación correspondiente a la relación entre el tiempo transcurrido y la duración de esta fase prevista por el adjudicatario en su oferta. La facturación no podrá superar, en ningún caso, el precio de la fase de asimilación calculado en base a la duración prevista por el adjudicatario en su oferta, y aceptado por el Banco de España. Finalizada la fase de asimilación el Banco de España deberá dejar constancia escrita de la aceptación y superación de la misma. - Fase de pleno funcionamiento: Al finalizar cada período de duración de la fase de pleno funcionamiento (siempre anual excepto durante el primer año en que puede existir una fase de asimilación), el Comité de Seguimiento determinará el cumplimiento de los niveles de servicio establecidos en la oferta de la empresa adjudicataria que deberá contar, en todo caso, con el visto bueno y la aceptación expresa por parte del Banco de España, cuya opinión prevalecerá en caso de conflicto. Alcanzado el acuerdo sobre el nivel de cumplimiento, se procederá a facturar hasta el 20% del coste del Servicio de soporte estipulado para la fase de pleno funcionamiento, según se establece en la cláusula “Facturación y forma de pago” y en la cláusula “Acuerdo de Nivel de Servicio”. Una vez finalizada por parte del adjudicatario la fase de pleno funcionamiento, y entregada, en su caso, la documentación correspondiente, el Banco de España otorgará la aceptación por escrito o manifestará, asimismo por escrito, las razones en que se fundamente la no aceptación.
Entrega y aceptación. 5.1 Salvo que se estipule lo contrario en el Pedido confirmado, todas las entregas de Productos serán CIP (Transporte y seguro pagado) el lugar de destino. El término "CIP" tendrá el significado definido en la última versión de los INCOTERMS publicada por la Cámara Internacional de Comercio con sede en Xxxxx, Xxxxxxx, en el momento del Pedido confirmado. 5.2 Salvo que se estipule lo contrario en el Pedido confirmado, los horarios o las fechas de entrega por parte de DSM son estimados y no son esenciales. DSM tiene derecho a entregar los Productos según se indica en el Pedido confirmado en partes y a facturar por separado. En ningún caso DSM será responsable de los daños o costos a causa del retraso en la entrega. El retraso en la entrega de cualquier Producto no relevará al Cliente de su obligación de aceptar la se haya subsanado totalmente el defecto.
Entrega y aceptación. 2.1.- Los productos se entregarán en la dirección de entrega mencionada en el pedido a cuenta y riesgo del proveedor y exentos de gastos de seguro, transporte y embalaje. Los productos suministrados en una dirección errónea se devolverán o se transportarán a la dirección correcta con cargo al proveedor. Estos gastos se pagarán por medio de compensación con el importe de la factura que corresponda con los productos entregados incorrectamente.
Entrega y aceptación. La puntualidad es un aspecto fundamental para respetar la correcta entrega de los servicios y productos. Cuando Xxxxxx vaya a adquirir productos del Proveedor, este último será responsable de todos los costes de transporte adicionales (incluidos entre otros los envíos aéreos) en los que se pudiese incurrir como resultado de un envío negligente y, asimismo, el Proveedor manifiesta que está de acuerdo que, en caso de que Xxxxxx incurra en costes de transporte adicionales, estos se reduzcan de cualquier cantidad pagadera al Proveedor. La titularidad y el riesgo de pérdida de los productos se trasladará x Xxxxxx cuando estos se entreguen de conformidad con el presente Contrato, con excepción de cualquier pérdida o daño de productos derivada del embalaje inadecuado, inapropiado o defectuoso realizado por parte del Proveedor. La aceptación de todos los productos y servicios quedará relegada a la aprobación expresa por escrito por parte xx Xxxxxx.
Entrega y aceptación. La entrega de los productos deberá efectuarse en la fecha, lugar y condiciones acordados con AICOX SOLUCIONES, S.A. Será reconocida como válida únicamente la cantidad de material controlada a la entrega. En caso de excedente de material a la entrega, los gastos de la devolución correrán por cuenta y cargo del Proveedor. La entrega al personal encargado de la recepción de la mercancía no implica la aceptación de la misma, la cuál será siempre recibida pero a falta de verificación posterior. Si de esta verificación resultara el material no conforme, será devuelto al Proveedor, siendo por su cuenta los correspondientes gastos. El embalaje de los productos será el apropiado para su transporte, conservación y almacenamiento. Los daños que se originen por defectos del embalaje serán a cargo del Proveedor.