EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN. Las ofertas se valorarán atendiendo a los criterios de adjudicación establecidos en el apartado (13) de la Hoja-Resumen. La Mesa de Contratación, previa exclusión, en su caso, de las ofertas que no cumplan los requerimientos xxx xxxxxx, evaluará y clasificará las ofertas presentadas por orden decreciente.Cuando solo se utilice un criterio de adjudicación, éste deberá estar relacionado con los costes, pudiendo ser el precio o un criterio basado en la rentabilidad. Una vez valoradas las ofertas, la mesa de contratación, remitirá al órgano de contratación la correspondiente valoración y propuesta de adjudicación, en la que figurarán ordenadas las ofertas de forma decreciente incluyendo la puntuación otorgada a cada una de ellas e identificando la económicamente más ventajosa. Cuando no se hayan previsto en el apartado (13) de la Hoja-Resumen criterios de desempate, o cuando previstos y aplicados, el empate entre dos o más licitadores persistiera, éste se resolverá según lo previsto en el apartado 2 de la cláusula 147 de la LCSP. En el apartado (13) de la Hoja-Resumen se establecen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149 de la LCSP, los parámetros para determinar el carácter anormal de las ofertas. Cuando se presuma que la oferta del licitador que haya obtenido la mayor puntuación se encuentra incursa en presunción de anormalidad, la Mesa de Contratación le solicitará que justifique la valoración de su oferta, en los términos dispuestos en el artículo 149 de la LCSP, si bien el plazo máximo para que justifique su oferta no podrá superar los 5 días hábiles desde el envío de la correspondiente comunicación. Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por la empresa licitadora y los informes técnicos solicitados al servicio correspondiente, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la mejor oferta, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas. Una vez aceptada la propuesta por el órgano de contratación, se requerirá mediante comunicación electrónica al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo de siete días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa.
1. Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad de obrar del empresario:
a) Certificado de inscripción en el Registro...
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN. 9.1- La adjudicación se efectuará al oferente que presente la oferta de menor precio y que cumpla con la totalidad de los requisitos mínimos exigidos, ajustándose en un todo al pliego particular (artículo 68 del T.O.C.A.F.).
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN. La adjudicación se podrá realizar de forma parcial o total, a la oferta de menor precio que cumpla con los requisitos mínimos exigidos.
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN. 9.1- La adjudicación se efectuará al oferente que presente la oferta de menor precio y que cumpla con la totalidad de los requisitos mínimos exigidos, ajustándose en un todo al pliego particular. (Art. 68 del Tocaf):
a) Antigüedad mínima en el ramo objeto de la contratación de 3 años, avalada mediante la presentación de documentos que acrediten el registro de la empresa ante la Dirección General Impositiva, por ejemplo formulario DGI 6906.
b) No contar con más de 2 incumplimientos de cualquier naturaleza registrados en el XXXX (Hechos relevantes) por el mismo objeto del presente llamado en los últimos doce meses o un incumplimiento que hubiera motivado la rescisión del contrato. LA ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO SE RESERVA EL DERECHO DE ADJUDICAR TOTAL O PARCIALMENTE EL LLAMADO O DEJAR SIN EFECTO EL MISMO EN CUALQUIER ETAPA DEL PROCEDIMIENTO SEGÚN SE ESTIME CONVENIENTE A LOS INTERESES DE ESTA ADMINISTRACIÓN.
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN. 9.1- La adjudicación se efectuará al oferente que presente la oferta de menor precio y que cumpla con la totalidad de los requisitos mínimos exigidos y compatibilidad con el equipo existente en la Unidad, ajustándose en un todo al pliego particular (artículo 68 del T.O.C.A.F.). De no presentar lo solicitado como requisitos mínimos en las condiciones establecidas, determinará que la oferta no sea valorada por la Administración (artículo 63 del TOCAF).
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN. La Corporación evaluará únicamente las Ofertas de los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes (ANEXO PROPUESTA ECONOMICA) con información propia del HUN en los siguientes campos: INFORMACIÓN DE LA CORPORACIÓN: • Ítem • Descripción de requerimientos • Cant INFORMACIÓN A SER DILIGENCIADA POR EL PROPONENTE: • VR UNT • DCTO COMERCIAL % • VR UNT CON DCTO • IVA • VR UNT IVA INCLUIDO • VR NETO COMPRA O CONTRATACIÓN • OBSERVACIONES DEL PROVEEDOR El proponente deberá llenar los espacios correspondientes y el formato no podrá ser modificado ni alterado en cuanto a sus casillas o detalle de los equipos y mobiliario allí descritos. El oferente deberá entregar su propuesta económica basándose en ANEXO PROPUESTA ECONOMICA, ofertando los equipos biomédicos o mobiliario hospitalario bajo las características presentadas en cada una de las hojas del Excel:
1. BIOIMPEDANCIOMETRIA OCTOPOLAR
2. CAMAS HOSPITALARIAS
3. COLCHONES
4. CRIOSTATO
5. ECOCARDIOGRAFO
6. ECOGRAFO RADIOLOGIA
7. ELECTROCARDIOGRAFO
8. EQUIPO PARA BAROMETRIA
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN. De conformidad con lo establecido en el art. 22 del Régimen de Contrataciones del CGPBB, el Área de Compras elaborará un cuadro comparativo de ofertas y elevará las ofertas a la autoridad competente a fin de aprobar el procedimiento y adjudicar la contratación al proveedor que estime más conveniente. La adjudicación recaerá sobre la oferta que, a juicio del ente convocante y conforme las exigencias previstas en el Pliego de Especificaciones Técnicas, se presente como la más conveniente. La adjudicación será dispuesta por la autoridad competente conforme Anexo II de la Res. 15- CGPBB/2019, a la oferta que resulte a su criterio la oferta más conveniente, mediante el dictado de una Resolución fundada, la cual será notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes. En caso de que la adjudicación no recaiga sobre la oferta de menor valor deberán exteriorizarse en el acto de adjudicación los fundamentos que justifiquen la selección realizada.
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN. La adjudicación se realizará por parte de personal técnico que analizará las ofertas se - leccionando la que mejor se ajuste a las necesidades del servicio.
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN. La adjudicación se efectuará al oferente que presente la oferta de menor precio, luego de aplicados los factores de conversión declarados por el oferente en la cláusula 2.1 de la forma de cotizar, y que cumpla con la totalidad de los requisitos mínimos exigidos, ajustándose en un todo al pliego particular. (Art. 68 del Tocaf):
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN. 19 23- MEJORAS DE OFERTAS Y NEGOCIACIONES 22 24- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO 23 25- DE LOS DEPÓSITOS DE GARANTÍA 23 26- PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS 25 27- DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 25 28- CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE 27 29- INSTRUCCIONES PARA LAS OBRAS 28 30- LETREROS EN LAS OBRAS 28 31- DE LOS MATERIALES 28 32- VICIOS DE CONSTRUCCIÓN 28 33- CERTIFICADOS PAGOS 29 34- EVALUACIÓN DEL ADJUDICATARIO 31 35- EXCUSACIÓN – ARTICULO 72 TOCAF 31 36- COMUNICACIONES 31 37- ACEPTACIÓN 32