FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho al abono del precio convenido, que se efectuará, con la periodicidad establecida en el ANEXO XIV del presente Xxxxxx. De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 33ª del TRLCSP, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma. En la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, que es la Intervención de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Departamento destinatario de la factura: - Número y título del expediente de contratación. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albarán, en su caso. Si como consecuencia de los retrasos en el pago del precio por parte de la Administración procediera el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación de las facturas y el cumplimiento de los plazos para su devengo establecido en el artículo 216 del TRLCSP. En cuanto a los costes de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Para La Contratación De Servicios Profesionales, Pliego De Cláusulas Administrativas Para La Contratación De Servicios Profesionales De Sala Fitness Y Actividades Dirigidas en La Ciudad Deportiva ¨las Olivas¨ Del Ilmo, Pliego De Cláusulas Administrativas Para La Contratación De Servicios Profesionales
FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho al abono Serán a cuenta del precio convenido, docente todos los gastos y tributos que se efectuará, con deriven de la periodicidad establecida en actividad que constituye el ANEXO XIV objeto del presente Xxxxxx. De conformidad contrato, declarando cumplir con lo establecido en la Disposición Adicional 33ª del TRLCSPsus obligaciones fiscales, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013laborales, de 22 privacidad y protección de febrerodatos, el contratista tendrá la obligación administrativas de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos a efectos toda índole y de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación seguridad social y prevención de la misma. En la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, que es la Intervención de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Departamento destinatario de la factura: - Número riesgos penales y título del expediente de contratación. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albaránlaborales, en su caso, exonerando al Colegio Profesional de Trabajo Social xx Xxxxxxx de cualquier responsabilidad en supuesto de incumplimiento. Si como consecuencia Para la formación online y semipresencial, se establece que la retribución económica será del 70% de cada de una de las matrículas para el personal docente y el 30% restante para el Colegio Profesional de Trabajo Social xx Xxxxxxx en concepto de gestión, organización, publicidad de los retrasos cursos y emisión de certificados. Excepcionalmente, se podrá establecer una retribución distinta que deberá especificarse en el pago del precio por parte de la Administración procediera el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación de las facturas y el cumplimiento de los plazos para su devengo establecido en el artículo 216 del TRLCSPeste contrato. En cuanto a la formación presencial, el precio establecido por el Colegio sobre los costes honorarios de cobro se estará a lo dispuesto los/las docentes será de 35,00 €/hora (15% de IRPF incluidos). Se podrá fijar en este contrato una retribución distinta, siempre que sea rentable para el Colegio y quede detallada en el artículo 8.1 mismo. Los precios establecidos para el curso serán: Colegiados/as en desempleo: Colegiados/as en activo: No colegiados/as: El pago del curso se abonará una vez finalizado el mismo y tras recibir el Informe Académico, previa comprobación del número de alumnos e incidencias, a D./Dña. como único responsable y docente titular del curso, independientemente de cómo se organice el mismo, puesto que la gestión, responsabilidades legales de todo orden y pago no competen al Colegio. Para realizar el pago, el docente deberá enviar la factura y facilitar sus datos bancarios en un plazo máximo de 30 días desde la finalización del curso para proceder al pago de la Ley 3/2004cuantía correspondiente, que será abonado en un plazo máximo de 29 30 días desde su recepción por transferencia bancaria, una vez comprobada la factura y encontrada conforme. El coste total del curso para el Colegio por partidas será el siguiente: Docencia: € Brutos (15% de diciembreIRPF incluido) Kilometraje: € [0,19 €/kilometro ( no se abonará peaje de autopista) o transporte público ( billetes ida y vuelta en avión, autobús, tren, etc…)] Dietas: € (media dieta máximo de 18 €) y dieta completa (máximo 40 €). Alojamiento: € (hasta un máximo de 78 € en habitación individual/doble) Material: € (0,03€/copia en blanco y negro a doble cara, hasta un máximo de 30 copias por módulo para cada alumno/a) Sólo se abonarán los gastos de locomoción, dietas, alojamiento y material que estén debidamente justificados. Al finalizar el curso, a todas aquellas personas que hayan sido calificadas como APTAS y hayan cumplimentado el cuestionario de evaluación del mismo, se les enviará por e‐mail un certificado emitido por el Colegio que justifique la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleoformación realizada.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios, Contrato De Prestación De Servicios
FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho al abono del precio convenido, En el caso de bienes: (Nota: en caso de tratarse de una adquisición en la que se efectuaráhayan previsto recepciones parciales o con una fecha de recepción provisoria y otra definitiva, con esta Cláusula debe contemplar la periodicidad establecida forma de facturación y los plazos para los pagos correspondientes según se haya determinado). El pago del monto del contrato será realizado en el ANEXO XIV del presente Xxxxxx. De conformidad con lo establecido moneda de curso legal en la Disposición Adicional 33ª República Argentina de la siguiente manera: El pago se realizará por el cien por ciento (100%) del TRLCSPmonto del contrato u orden de compra será realizado mediante transferencia bancaria por PAGO DIRECTO A PROVEEDORES en PESOS ARGENTINOS. En el supuesto de que la Orden de Compra se firme en moneda extranjera, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido por deberá confeccionarse en moneda de curso legal en la República Argentina. Sin perjuicio de la/las moneda/s utilizadas en la oferta, la facturación deberá realizarse en moneda de curso legal de la República Argentina y a los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos a efectos de su remisión la confección de la mencionada factura, en aquellos casos en que la cotización se hiciere en moneda extranjera, se establece que el tipo de cambio que se deberá aplicar será el de cierre vendedor del Banco de la Nación Argentina correspondiente al órgano administrativo o unidad a quien corresponda día hábil anterior al de la tramitación fecha emisión de la misma. En ningún caso se aceptará un tipo de cambio ni una fecha distinta a los aquí establecidos. Si se tratara de un contribuyente excluido del régimen de retenciones de los impuestos a las Ganancias e IVA (Resoluciones Generales AFIP 830-2000 y 18-1997 respectivamente y sus modificaciones) deberá adjuntar el correspondiente certificado, el que deberá estar vigente a la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo con competencias en materia fecha de contabilidad pública, que es la Intervención de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Departamento destinatario pago de la factura: - Número y título . Los importes consignados son finales. Los precios cotizados por el Oferente no estarán sujetos a ajuste durante la ejecución del expediente de contratación. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albarán, en su caso. Si como consecuencia de los retrasos en el pago del precio por parte de la Administración procediera el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación de las facturas y el cumplimiento de los plazos para su devengo establecido en el artículo 216 del TRLCSP. En cuanto a los costes de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.Contrato
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Samples: www.unrn.edu.ar
FACTURACIÓN Y PAGO. Todos los conceptos facturables en virtud de la prestación del servicio se facturarán a mes vencido, con carácter mensual y se incorporaránen la factura correspondiente a la prestación por MOVISTAR del Servicio MOVISTAR+. El contratista tendrá derecho pago correspondiente al abono servicio será exigible desde el momento que se presente al cobro de la factura correspondiente al Servicio MOVISTAR+ y se realizará a través de la cuenta del precio convenidomismo en la Entidad Bancaria o Caja de Ahorros que para tal efecto señale o en su defecto, en lugar habilitando por MOVISTAR, a su presentación al cobro, que se efectuará, con la periodicidad establecida constara expresamente en el ANEXO XIV del presente Xxxxxx. De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 33ª del TRLCSP, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013, aviso de 22 de febrero, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos a efectos de su remisión pago enviado al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la mismaCLIENTE. En la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo con competencias se identificará el periodo en materia que se podrá realizar el pago. El cliente autoriza, expresamente, a Telefónica de contabilidad públicaEspaña S.A.U. a cobrar las facturas correspondientes al Servicio Movistar+ contratado, incluido el caso de que es la Intervención disponga de Fondos del Ilmoprestación de suministro de TV vía satélite. Ayuntamiento Asimismo, aquellos conceptos correspondientes a contenidos de Aranjuez. - El Departamento destinatario de la factura: - Número y título del expediente de contratación. - Periodo de facturación al TV suministrados vía Satélite que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albarán, en su caso. Si como consecuencia excedan de los retrasos incluidos será facturables por DTS al CLIENTE en factura independiente según lo dispuesto en el pago del precio por parte de la Administración procediera contrato celebrado entre el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación de las facturas CLIENTE y DTS para el cumplimiento disfrute de los plazos para su devengo establecido en el artículo 216 del TRLCSPmismos. En cuanto a los costes de cobro se estará la primera factura emitida conforme a lo dispuesto en la presente cláusula se incluirán, en aquellos casos que corresponda, el artículo 8.1 importe correspondiente a la cuota de alta, instalación y cableado del descodificador, junto con todos los servicios de instalación opcionales. La primera cuota será prorrateada en función de la Ley 3/2004fecha de entrada en vigor del SERVICIO. La contratación del Servicio MOVISTAR+ conlleva la aceptación por parte del CLIENTE de recibir la correspondiente factura en formato electrónico, no obstante tiene su derecho a optar por la factura en papel en la contratación. Esta aceptación implica extender la facturación en formato electrónico a todos los productos de 29 MOVISTAR que el CLIENTE haya contratado o contrate con posterioridad con Telefónica de diciembreEspaña S.A.U. En caso de retraso del pago, MOVISTAR podrá suspender la prestación del Servicio, tras haber requerido el pago al CLIENTE, éste no hubiera hecho efectivo en un plazo de siete (7) días desde dicho requerimiento. Transcurrido dicho plazo, MOVISTAR requeriría de nuevo al CLIENTE, concediéndole de nuevo un plazo xx xxxx (10) días, pasado el plazo, MOVISTAR podrá proceder a la interrupción definitiva del servicio, dándolo de baja. MOVISTAR reestablecerá los servicio suspendidos dentro del día siguiente laborable aquel que tenga constancia de que el importe adecuado ha sido satisfecho, pasando al cobro al CLIENTE, en concepto de rehabilitación de los servicios, la cantidad de 25 euros (30,25 con IVA). Si el SERVICIO MOVISTAR+ se hubiera adquirido como parte integrante de un paquete de servicios, por la ejemplo aquellas modalidades de FUSIÓN que se establecen medidas de lucha contra la morosidad lo incluyan en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010su oferta, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de deberá considerarse lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor las condiciones relativas a la facturación y de estímulo del crecimiento y cobro de la creación de empleomodalidad FUSIÓN o servicio principal contratado.
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Samples: www.movistar.es
FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho Las facturas que le entregará Cabletica al abono del precio convenidoCliente, que se efectuará, con la periodicidad establecida en el ANEXO XIV correspondientes al cobro de los servicios objeto del presente Xxxxxx. De conformidad con contrato, podrán ser desglosadas o no desglosadas a elección del Cliente y contendrán-en lo establecido en la Disposición Adicional 33ª del TRLCSP, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma. En la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, que es la Intervención de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Departamento destinatario de la factura: - Número y título del expediente de contratación. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albarán, en su caso. Si como consecuencia de los retrasos en el pago del precio por parte de la Administración procediera el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación de las facturas y el cumplimiento de los plazos para su devengo aplique- lo establecido en el artículo 216 31 del TRLCSPReglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final. Cabletica tendrá disponible la factura correspondiente a los cargos y consumos por los servicios suministrados a la fecha xx xxxxx en su sucursal virtual. Adicionalmente, el Cliente podrá recibir dicha factura mediante su correo electrónico indicado en la carátula. En cuanto cualquier caso, la factura será puesta a disposición del Cliente con al menos con seis (6) días naturales de anticipación a la fecha de su vencimiento (fecha límite de pago), caso contrario, la fecha de vencimiento se correrá en la misma proporción a los costes días de cobro se estará entrega tardía. El Cliente deberá cancelar los montos facturados a lo dispuesto más tardar en la fecha de vencimiento establecida por Cabletica, que es el artículo 8.1 día veinte (20) de cada mes. Los montos facturados serán prorrateados dependiendo de la Ley 3/2004fecha de activación del servicio. La validez del pago estará sujeta a que Cabletica pueda hacerlo efectivo. Si el Cliente desea realizar pagos parciales o arreglos de pago deberá presentarse en las oficinas centrales de Cabletica, de 29 de diciembreubicadas en Xxx Xxxx, por la Mata Redonda, Sabana Oeste, frente al Estadio Nacional, para tramitarlos. Los montos que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales le cobrarán al Cliente son los siguientes: 1) Instalación y en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo activación del crecimiento y de la creación de empleoservicio.
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FACTURACIÓN Y PAGO. Vóltico Energía S.L. facturará al Cliente mediante la modalidad de Facturación Electrónica, modalidad que el Cliente acepta con este contrato. El contratista tendrá derecho Cliente recibirá una notificación por correo electrónico que le avisará de la disponibilidad de facturas de los suministros contratados en el Area de Cliente de la web de Vóltico Energía S.L. En dicha Area de Cliente, podrá visualizar la factura y su detalle, permitiendo además la posibilidad de descargarla e imprimirla. La no recepción por parte del Cliente del aviso al abono que se refiere el párrafo anterior, bien por error en la dirección de correo electrónico facilitada a Vóltico Energía S.L., bien por cualquier otro motivo, no implicará que deje de utilizarse la Facturación Electrónica. En cualquier caso, será responsabilidad del precio convenidoCliente comunicar a Vóltico Energía S.L. cualquier cambio en la dirección de correo electrónico en la que desee recibir los avisos. La factura estará en formato digital (PDF) usándose una firma electrónica, emitida por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre u otra entidad reconocida legalmente, que permite garantizar la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido, en los términos que se efectuará, con la periodicidad establecida en el ANEXO XIV del presente Xxxxxx. De conformidad con lo establecido contemplan en la Disposición Adicional 33ª del TRLCSP, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013Orden EHA/962/2007, de 22 de febrero, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma. En la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, que es la Intervención de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Departamento destinatario de la factura: - Número y título del expediente de contratación. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albarán, en su caso. Si como consecuencia de los retrasos en el pago del precio por parte de la Administración procediera el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación de las facturas y el cumplimiento de los plazos para su devengo establecido en el artículo 216 del TRLCSP. En cuanto a los costes de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre10 xx xxxxx, por la que se establecen medidas desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación electrónica de lucha contra facturas, contenidas en el RD 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Vóltico Energía S.L. facturará con periodicidad mensual o bimestral la morosidad cantidad a abonar por el Cliente derivada del presente Contrato de Suministro, que engloba tanto el concepto de adquisición de energía como el de acceso a la Red de Distribución, en función de la forma y/o temporalidad de las lecturas realizadas por las entidades encargadas de ello. A los anteriores efectos, se autoriza a Vóltico Energía S.L. la domiciliación bancaria del pago en la cuenta designada en las operaciones comerciales y Condiciones Particulares. La fecha en la Ley 15/2010que se debe realizar el pago será la de recepción por la entidad bancaria en la que se ha realizado la domiciliación, de 5 la comunicación con el importe a abonar. Para la facturación de juliolos consumos de energía eléctrica efectuados, se utilizarán las lecturas realizadas por las entidades encargadas de modificación ello, conforme a la normativa reguladora aplicable, y, en ausencia de lectura, se facturará un consumo estimado de acuerdo a lo establecido por la Ley 3/2004, Dirección General de 29 de diciembrePolítica Energética y Minas, por la que se establecen medidas establece el procedimiento de lucha contra la morosidad facturación con estimación del consumo de energía eléctrica y su regularización con lecturas reales. Las facturas no abonadas en su totalidad en las operaciones comercialesfechas previstas por causas no imputables Vóltico Energía S.L. tendrán la consideración de deuda vencida, además pudiendo ser susceptible de ejecución inmediata. Igualmente, el impago de cualquier factura devengará intereses de demora según lo establecido para ello, y sin perjuicio de lo dispuesto establecido en el Real Decreto-Ley 4/2013, resto de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y Condiciones Generales. Vóltico Energía S.L. podrá exigirle en el momento de la creación contratación y en todo caso antes del inicio del suministro, la entrega de empleouna fianza o Depósito de Garantía por el importe que considere necesario y que constaría en anexo a este contrato. El Cliente autoriza expresamente a Vóltico Energía S.L. a aplicar la parte correspondiente del mencionado depósito al saldo de las cantidades pendientes de pago en el momento de la resolución contractual. Esta garantía es independiente de la que pudiese exigir la Distribuidora para contratar el acceso a las redes y sus otros servicios. Los recibos domiciliados y devueltos por parte del Cliente serán penalizados con un 1,5% del importe total devuelto en concepto de costes derivados de dicha devolución.
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Samples: www.voltico.com
FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho al abono 5.2.1. Las facturas serán emitidas a nombre del precio convenido, que se efectuará, con la periodicidad establecida FIDEICOMISO y entregadas en el ANEXO XIV domicilio de la TRANSPORTISTA - Xx. Xxxxx Xxxxx 000 0° Xxxx. Xxx facturas serán emitidas a mes vencido, entre el día 5 al 15 del presente Xxxxxxmes siguiente y canceladas por el FIDEICOMISO antes de transcurridos TREINTA días desde su recepción. De conformidad con En virtud de lo establecido en el art. 12 de la Disposición Adicional 33ª Ley 15.336, tales facturas no deberán estar incididas con percepciones de impuesto sobre los ingresos brutos, ni otras percepciones de índole provincial o municipal existentes o a crearse a futuro. Los pagos de las facturas expresadas en dólares estadounidenses se realizarán en pesos equivalentes, calculados a la cotización del TRLCSPdía hábil inmediato anterior, introducida conforme a la cotización xxx xxxxx estadounidense divisa tipo vendedor del Banco de la Nación Argentina. Cuando el CONTRATISTA presente facturas en pesos equivalentes a dólares deberá presentar la nota de débito o crédito por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013, diferencia entre la tasa de 22 de febrero, el contratista tendrá la obligación de presentar cambio adoptada en la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos a efectos y la de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación fecha de pago de la misma. En Las notas de débito y crédito que serán liquidadas en el plazo de 30 días hábiles. Queda entendido que el pago de los importes indicados como remuneración a los CONTRATISTA es la única contraprestación que corresponde al CONTRATISTA por los servicios objeto del CONTRATO, renunciando éste expresamente a efectuar reclamos posteriores por mayores costos y/o de cualquier otra índole. Sin perjuicio de ello, se aplicará la redeterminación de precios de acuerdo al detalle establecido en el punto 5.2.6 del presente. El contratista solo podrá emitir la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo a la redeterminación una vez que la Comisión haya aprobado la misma, requiriendo para ello un plazo aproximado de 60 días. En los importes cotizados, el CONTRATISTA manifiesta haber considerado e incluido todos los tributos, impuestos, sellos, tasas, contribuciones, derechos y gravámenes y servicios nacionales, provinciales o municipales que resulten de aplicación con competencias en materia de contabilidad pública, que es la Intervención de Fondos motivo del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Departamento destinatario de la factura: - Número CONTRATO y título del expediente de contratación. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albarán, en su caso. Si como consecuencia de los retrasos en el pago del precio por parte de la Administración procediera el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando vigentes a la fecha de aprobación la presentación de la OFERTA y sus modificaciones, como asimismo los gastos y costos aduaneros necesarios para la ejecución de la AMPLIACIÓN, encontrándose comprendidas las exportaciones temporarias y/o definitivas, gestiones aduaneras y todo otro gasto emergente por este concepto para los trabajos. Cualquier eventual demora en que se incurriese con relación a los pagos al CONTRATISTA, no significará de manera alguna el relevamiento de las facturas y responsabilidades asumidas por éste en el cumplimiento CONTRATO, en particular aquéllas que presuponen la presencia del CONTRATISTA, por sí o a través del fabricante de los plazos para su devengo establecido equipos, en el artículo 216 del TRLCSP. En cuanto los emplazamientos donde se efectúa la CONSTRUCCIÓN, previa o posterior a los costes la HABILITACIÓN COMERCIAL DEFINITIVA, ante la necesidad de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 reparaciones o reemplazos de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleoelementos defectuosos.
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Samples: Contrato De Construcción
FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho al abono del precio convenido, En el caso de bienes: (Nota: en caso de tratarse de una adquisición en la que se efectuaráhayan previsto recepciones parciales o con una fecha de recepción provisoria y otra definitiva, con esta Cláusula debe contemplar la periodicidad establecida forma de facturación y los plazos para los pagos correspondientes según se haya determinado). El pago del monto del contrato será realizado en el ANEXO XIV del presente Xxxxxx. De conformidad con lo establecido moneda de curso legal en la Disposición Adicional 33ª República Argentina de la siguiente manera: El pago se realizará por el cien por ciento (100%) del TRLCSPmonto del contrato u orden de compra será realizado mediante transferencia bancaria por PAGO DIRECTO A PROVEEDORES en PESOS ARGENTINOS. En el supuesto de que la Orden de Compra se firme en moneda extranjera, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido por deberá confeccionarse en moneda de curso legal en la República Argentina. Sin perjuicio de la/las moneda/s utilizadas en la oferta, la facturación deberá realizarse en moneda de curso legal de la República Argentina y a los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos a efectos de su remisión la confección de la mencionada factura, en aquellos casos en que la cotización se hiciere en moneda extranjera, se establece que el tipo de cambio que se deberá aplicar será el de cierre vendedor del Banco de la Nación Argentina correspondiente al órgano administrativo o unidad a quien corresponda día hábil anterior al de la tramitación fecha emisión de la misma. En ningún caso se aceptará un tipo de cambio ni una fecha distinta a los aquí establecidos. Si se tratara de un contribuyente excluido del régimen de retenciones de los impuestos a las Ganancias e IVA (Resoluciones Generales AFIP 830-2000 y 18- 1997 respectivamente y sus modificaciones) deberá adjuntar el correspondiente certificado, el que deberá estar vigente a la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo con competencias en materia fecha de contabilidad pública, que es la Intervención de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Departamento destinatario pago de la factura: - Número y título . Los importes consignados son finales. Los precios cotizados por el Oferente no estarán sujetos a ajuste durante la ejecución del expediente de contratación. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albarán, en su caso. Si como consecuencia de los retrasos en el pago del precio por parte de la Administración procediera el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación de las facturas y el cumplimiento de los plazos para su devengo establecido en el artículo 216 del TRLCSP. En cuanto a los costes de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleoContrato.
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Samples: www.unrn.edu.ar
FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho al abono del precio convenidoLa facturación y liquidación, que se efectuarállevará a cabo, con la periodicidad establecida en el ANEXO XIV del presente Xxxxxx. De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 33ª del TRLCSP, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013entidad adjudicataria, de 22 de febrero, el contratista tendrá mediante factura MENSUAL a la obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante adjuntará necesariamente el correspondiente registro administrativos a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la mismaalbarán validado. En la factura formalizada se deberá indicar necesariamente los siguientes parámetros: • Detalle del servicio prestado: tipo de mantenimiento prestado, equipo sobre el que se realiza el mantenimiento, hospital o centro asistencial e importe facturado. • Número de expediente, en este caso Expediente 201/2018. Si la factura no especifica con suficiente claridad dichos parámetros, procederá su devolución. Junto a la factura se entregará el correspondiente albarán en el que se identifique claramente el tipo y características del servicio prestado y el precio total. El albarán deberá hacer constarser sellado y firmado por el responsable de la Sede Central de Unión de Mutuas o persona en quien delegue expresamente. Por su parte, el albarán, deberá estar firmado por ambas partes y recoger al menos los siguientes datos: - Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, que es la Intervención de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de AranjuezServicio realizado. - El Departamento destinatario Fecha de la factura: - Número y título realización del expediente de contrataciónservicio. - Periodo de facturación al que hace referenciaAcciones realizadas. - Identificación Declaración de buen funcionamiento del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número equipo o de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albaránposibles defectos, en su caso. Si como consecuencia - Nivel de los retrasos en mantenimiento al que corresponde el pago equipo. - Nombre del precio por parte técnico que ha realizado el mantenimiento. Las facturas se podrán remitir bien mediante formato de factura electrónica a través del Punto General de Entrada de Facturas de la Administración procediera General de Estado (FACe), con el identificador de UNIÓN DE MUTUAS DIR3 (unidad tramitadora, órgano gestor, oficina contable) Nº GE0000530, o a su elección, mediante factura en formato papel dirigida al Centro de Referencia Contable de UNIÓN DE MUTUAS sito en Xxxxxxx Xxxxx xx 69, 12004 xx Xxxxxxxxx, también podrá remitirse vía correo electrónia a la siguiente dirección: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx, en el plazo máximo de TREINTA DÍAS NATURALES desde la prestación de los suministros, o realización de las prestaciones objeto de contrato. Recibida la factura, UNIÓN DE MUTUAS comprobará la efectiva y correcta recepción del suministro, emitiendo a tal efecto su conformidad con la misma en el plazo máximo de TREINTA DÍAS NATURALES desde la recepción de la factura. Desde este momento UNIÓN DE MUTUAS procederá al abono de intereses la factura, sin que el plazo indicado al efecto pueda exceder de demora, los mismos se calcularán considerando SESENTA DÍAS NATURALES desde la fecha de aprobación de conformidad. No obstante lo anterior, en el supuesto que las facturas y el cumplimiento resultantes de la entrega de los plazos para su devengo establecido productos, supongan un importe superior a los CINCO MIL EUROS (5.000,00 €), conforme lo previsto en el artículo 216 del TRLCSPart. En cuanto a los costes de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 4 de la Ley 3/200425/2013 de 27 de Diciembre, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación impulso de la Ley 3/2004factura electrónica y creación del registro contable de facturas del sector público, en estos casos, la remisión de 29 la factura ÚNICAMENTE PODRÁ LLEVARSE A CABO mediante remisión en formato de diciembrefactura electrónica a través del Punto General de Entrada de Facturas de la Administración General del Estado (FACe). En caso de remitirse la factura con posterioridad al plazo de TREINTA DÍAS NATURALES a la entrega del suministro objeto del presente contrato, por UNIÓN DE MUTUAS procederá a la que se establecen medidas emisión de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesconformidad y pago, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, plazo máximo de 22 TREINTA DÍAS NATURALES desde la fecha de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y presentación de la creación factura en el Registro o Centro de empleoReferencia Contable correspondiente.
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Samples: mnhlicitaciones.com
FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho 3.1. Las facturas serán emitidas a nombre de TRANSENER S.A. y entregadas en Xx. Xxxxx Xxxxx 000 0° Xxxx. Xxx facturas serán emitidas a mes vencido, luego del día 10 del mes siguiente y canceladas por CAMMESA antes de transcurridos TREINTA días. Los pagos de las facturas expresadas en dólares estadounidenses se podrán realizar en pesos equivalentes, calculados a la cotización del día hábil inmediato anterior, conforme a la cotización xxx xxxxx estadounidense tipo vendedor del Banco de la Nación Argentina. Queda entendido que el pago de los importes indicados, IMPORTE EN MONEDA LOCAL, o el IMPORTE EN MONEDA EXTRANJERA, es la única contraprestación que corresponde al abono del precio convenido, que se efectuará, con la periodicidad establecida en el ANEXO XIV del presente Xxxxxx. De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 33ª del TRLCSP, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido CONTRATISTA por los servicios prestados ante objeto del CONTRATO, renunciando éste expresamente a efectuar reclamos posteriores por mayores costos y / o de cualquier otra índole, excepto con relación a la aplicación del Decreto 634/2003 conforme se estipula en el correspondiente registro administrativos PLIEGO y Circulares. En los importes cotizados, el CONTRATISTA manifiesta haber considerado e incluido todos los tributos, impuestos, tasas, contribuciones, derechos y gravámenes y servicios nacionales, provinciales o municipales que resulten de aplicación con motivo del CONTRATO y vigentes a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación fecha de la misma. En la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, que es la Intervención de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Departamento destinatario presentación de la factura: - Número Oferta y título sus modificaciones, como asimismo los gastos y costos aduaneros necesarios para la ejecución de la AMPLIACIÓN, encontrándose comprendidas las exportaciones temporarias y/o definitivas, gestiones aduaneras y todo otro gasto emergente por este concepto para los trabajos. Cualquier eventual demora en que incurriese TRANSENER con relación a los pagos al CONTRATISTA, no significará de manera alguna el relevamiento de las responsabilidades asumidas por éste en el CONTRATO, en particular aquéllas que presuponen la presencia del expediente CONTRATISTA, por sí o a través del fabricante de contrataciónlos equipos, en los emplazamientos donde se efectúa la CONSTRUCCIÓN, previa o posterior a la HABILITACIÓN COMERCIAL DEFINITIVA, ante la necesidad de reparaciones o reemplazos de elementos defectuosos. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albaránCAMMESA, en su caso. Si como consecuencia carácter de administradora y mandataria de los retrasos en el pago del precio por parte beneficiarios de la Administración procediera AMPLIACIÓN, es el abono único y exclusivo responsable por el efectivo pago al CONTRATISTA, no siendo exigible dicho pago al COMITENTE. Asimismo el COMITENTE queda eximido de intereses toda responsabilidad ante eventuales demoras en los pagos no imputables a incumplimientos de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación de las facturas y el cumplimiento de los plazos para su devengo establecido en el artículo 216 éstos o del TRLCSP. En cuanto a los costes de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleopropio COMITENTE.
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Samples: Contrato De Provisión Y Construcción
FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho al abono del precio convenidoLa facturación y liquidación, que se efectuarállevará a cabo, con la periodicidad establecida en el ANEXO XIV del presente Xxxxxx. De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 33ª del TRLCSP, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013entidad adjudicataria, de 22 de febrero, el contratista tendrá mediante factura MENSUAL a la obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante adjuntará necesariamente el correspondiente registro administrativos a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la mismaalbarán validado. En la factura correspondiente formalizada se deberá hacer constarindicar necesariamente los siguientes parámetros: - Órgano administrativo • Detalle del servicio prestado: tipo de mantenimiento prestado, equipo sobre el que se realiza el mantenimiento, hospital o centro asistencial e importe facturado. • Número de expediente, en este caso Expediente 201/2018. Las facturas se podrán remitir bien mediante formato de factura electrónica a través del Punto General de Entrada de Facturas de la Administración General de Estado (FACe), con competencias el identificador de UNIÓN DE MUTUAS DIR3 (unidad tramitadora, órgano gestor, oficina contable) Nº GE0000530, o a su elección, mediante factura en materia formato papel dirigida al Centro de contabilidad públicaReferencia Contable de UNIÓN DE MUTUAS sito en Xxxxxxx Xxxxx xx 69, que es 12004 xx Xxxxxxxxx, en el plazo máximo de TREINTA DÍAS NATURALES desde la Intervención prestación de Fondos los suministros, o realización de las prestaciones objeto de contrato. Recibida la factura, UNIÓN DE MUTUAS comprobará la efectiva y correcta recepción del Ilmo. Ayuntamiento suministro, emitiendo a tal efecto su conformidad con la misma en el plazo máximo de Aranjuez. - El Departamento destinatario TREINTA DÍAS NATURALES desde la recepción de la factura: . Desde este momento UNIÓN DE MUTUAS procederá al abono de la factura, sin que el plazo indicado al efecto pueda exceder de SESENTA DÍAS NATURALES desde la fecha de conformidad. Avda. Xxxxx xx 00 - Número y título del expediente de contratación00000 Xxxxxxxxx xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx Telf. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albarán000 000 000 No obstante lo anterior, en su caso. Si como consecuencia el supuesto que las facturas resultantes de la entrega de los retrasos productos, supongan un importe superior a los CINCO MIL EUROS (5.000,00 €), conforme lo previsto en el pago art. 4 de la Ley 25/2013 de 27 de Diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del precio por parte registro contable de facturas del sector público, en estos casos, la remisión de la factura ÚNICAMENTE PODRÁ LLEVARSE A CABO mediante remisión en formato de factura electrónica a través del Punto General de Entrada de Facturas de la Administración procediera General del Estado (FACe). En caso de remitirse la factura con posterioridad al plazo de TREINTA DÍAS NATURALES a la entrega del suministro objeto del presente contrato, UNIÓN DE MUTUAS procederá a la emisión de conformidad y pago, en el abono plazo máximo de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando TREINTA DÍAS NATURALES desde la fecha de aprobación presentación de las facturas y el cumplimiento de los plazos para su devengo establecido la factura en el artículo 216 del TRLCSP. En cuanto a los costes Registro o Centro de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleoReferencia Contable correspondiente.
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Samples: contrataciondelestado.es
FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho al abono 15.MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE. ………………………...…………………....……… DECLARA: Que en virtud del precio convenidoartículo 60 del TRLCSP la citada mercantil, que así como el firmante, sus administradores y representantes legales, no se efectuará, hallan entre ninguno de los supuestos de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la periodicidad establecida en el ANEXO XIV Administración Pública. Y para que conste a los efectos legales oportunos, Fdo.- ………………………...…………………....……… DECLARA: Que la citada mercantil se encuentra al corriente con sus obligaciones tributarias de la Hacienda estatal y autonómica, así como de estar al corriente con sus obligaciones con la Seguridad Social. Y para que conste a los efectos legales oportunos, Fdo.- ………………………...…………………....……… DECLARA: Que, de resultar adjudicatario del presente Xxxxxx. De conformidad contrato y durante la vigencia del mismo, asume la obligación de cumplir con lo establecido en la Disposición Adicional 33ª Cuarta del TRLCSP. Y para que conste a los efectos legales oportunos, introducida por Fdo.- Los licitadores se comprometen a dedicar o adscribir a la Disposición Final 6ª ejecución del Real Decreto-Ley 4/2013contrato en virtud del artículo 64.2 del TRLCSP los siguientes medios: La empresa adjudicataria deberá aportar: - Medios materiales para el desarrollo de los cursos. El adjudicatario, deberá aportar los medios materiales necesarios para el desarrollo de 22 los cursos (material didáctico). Así mismo, deberán proporcionar al Ayuntamiento, conforme marca la normativa del programa subvencionado, los carteles identificativos según modelo recogido en el Anexo XIII de febrerola Orden de 30 xx xxxxxx de 2017. - Diploma acreditativo. Con la finalización del contrato objeto de la licitación, el contratista tendrá adjudicatario deberá expedir al alumno de la obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante formación el correspondiente registro administrativos a efectos documento acreditativo de su remisión los contenidos impartidos referentes al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación programa señalado según Decreto de la mismaORDEN reguladora para estos programas y objeto de este contrato con la calificación correspondiente. En El documento deberá ser remitido de igual forma al Tutor de Inserción, responsable para el Ayuntamiento de la factura correspondiente ejecución y gestión de este programa subvencionado. - Plan del curso. El adjudicatario elaborará un PLAN DEL CURSO que deberá hacer constarincluir: Cronograma detallado. Calendario. Módulos. - Órgano administrativo Materiales y equipamientos asociados. Con anterioridad a la adjudicación y con competencias en materia el requerimiento de contabilidad públicala documentación administrativa al licitador con la oferta económicamente más ventajosa, que es se deberá entregar al encargado de la Intervención gestión del curso (Tutor de Fondos Inserción) por parte del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez el plan del curso indicado anteriormente. - Memoria. El adjudicatario estará obligado a aportar una memoria con la documentación pertinente justificativa de los gastos de formación al Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. La memoria deberá contener los documentos acreditativos del servicio de formación prestado y del coste correspondiente de los conceptos contratados. La memoria deberá ser entregada en el plazo de 10 días hábiles desde la finalización del proceso formativo. Si el contratista no aportase la memoria con la documentación requerida, esta Administración podrá incautarle la garantía definitiva. - Otra documentación. El Departamento destinatario contratista se compromete en todo momento a facilitar a las personas designadas por el Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez, la información y documentación que soliciten para disponer del conocimiento adecuado de cómo se está desarrollando el programa formativo, y así contribuir, a una mejor calidad y condiciones en la ejecución del servicio. Fdo.- ………………………...…………………....……… DECLARA: Que, de resultar adjudicatario del presente contrato y durante la vigencia del mismo, asume la obligación de constituir seguro de responsabilidad civil que cubra todos los daños y perjuicios ocasionados a terceros durante la prestación del servicio por un importe de 40.000,00 euros. Y para que conste a los efectos legales oportunos, Fdo.- Don / Doña a con DNI nº.........................., en nombre (propio o de la factura: - Número y título del expediente de contratación. - Periodo de facturación al empresa que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación socialrepresenta)........................................................................................................................ ..........., domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - con Código o Número de pedido Identificación (CIF, NIF, ...) .............. y albarándomicilio fiscal en , calle/plaza............................................................................................ Nº , enterado del anuncio publicado en el (BOE-BOCM, DOUE o Perfil del Contratante) de fecha y de las condiciones, requisitos y obligaciones sobre protección y condiciones de trabajo que se exigen para la ejecución del contrato objeto de la presente licitación, se compromete a su ejecución con estricta sujeción a los Pliego de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas que han de regir la adjudicación y ejecución del mismo, en su casolas siguientes condiciones: _ _ . Si como consecuencia de los retrasos en _ _ _ , _ _ EUROS Las ofertas que sean consideradas desproporcionadas o anormales podrán ser excluidas. Se entenderá que el pago del precio por parte de la Administración procediera el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación de las facturas y el cumplimiento de los plazos para su devengo establecido en el artículo 216 del TRLCSP. En cuanto a los costes de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.licitador ha presentado una oferta anormal o desproporcionada:
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Para La Contratación De Servicios Profesionales
FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho al abono del precio convenido, que La facturación y la forma de pago se efectuará, con la periodicidad establecida en el ANEXO XIV del presente Xxxxxx. De conformidad con realizarán de acuerdo a lo establecido en el Artículo 23, Capítulo III del Decreto 59/2019. PLIEG-2022-21170939-GDEBA-UCPDV El pago del cien por ciento (100%) del monto del contrato u orden de compra será realizado en pesos argentinos, mediante pago electrónico a través de interdepósitos o transferencias bancarias. Cuando en la Disposición Adicional 33ª contratación se haya previsto la cotización en moneda extranjera, a los efectos del TRLCSPpago, introducida por se convertirá en base al tipo de cambio vendedor, vigente en el Banco de la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013, Nación Argentina al día anterior a la emisión de 22 la orden de febrero, pago. El Proveedor requerirá el contratista tendrá pago al Comprador mediante la obligación de presentar documentación indicada en la cláusula 21. El Comprador abonará la factura que haya expedido por dentro de los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos treinta (30) días a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación partir de la misma. En de la presentación de la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo con competencias en materia y documentación requerida. El término se interrumpe hasta la subsanación del vicio si existen observaciones sobre la documentación presentada u otros trámites a cumplir imputables al acreedor. El cronograma de contabilidad públicapagos, que es la Intervención de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Departamento destinatario de la factura: - Número y título del expediente de contratación. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albarán, en su caso. Si como consecuencia de los retrasos en el pago del precio por parte de la Administración procediera el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación de las facturas y el cumplimiento de los plazos para su devengo ajustará a lo establecido en el artículo 216 punto 9, Porcentajes y Forma de Pagos, del TRLCSPAnexo III del presente documento. En El pago de todos los impuestos, derechos de licencia, etc. que graven los bienes objeto de la Orden de Compra hasta el momento de la entrega será a cargo del Proveedor. PLIEG-2022-21170939-GDEBA-UCPDV PLIEG-2022-21170939-GDEBA-UCPDV N° de Ítem o renglón Descripción de los Bienes y/o servicios Cantidad Unidad Física Lugar de destino convenido Fecha entrega 1 Relevamiento y Diagnóstico de la situación de DVBA en cuanto a auscultación de estado superficial de los costes pavimentos e inventario vial 1 Unidad UCP-DVBA Xx. 000 X° 000 (1900) La Plata Según Art. 9, del Anexo III Especificaciones Técnicas 2 Sistema de cobro se estará a lo dispuesto almacenamiento de la información 1 Unidad UCP-DVBA Xx. 000 X° 000 (1900) La Plata Según Art. 9, del Anexo III Especificaciones Técnicas 3 Terminales de trabajo personal 5 Unidad UCP-DVBA Xx. 000 X° 000 (1900) La Plata Según Art. 9, del Anexo III Especificaciones Técnicas * El Comprador incluirá esta lista en el artículo 8.1 documento de Invitación a Cotizar Precios del concurso. * La lista deberá indicar como mínimo los artículos necesarios, las cantidades respectivas, y las fechas de entrega (si corresponde indicar entregas parciales). Servicio Descripción del Servicio Cantidad Unidad Física Lugar donde los servicios serán prestados Fecha final de ejecución de los Servicios 1 Capacitación y entrenamiento 1 Unidad UCP-DVBA Av. 122 Nro.825 (1900) La Plata Según Art. 4 f), del Anexo III Especificaciones Técnicas • Precisar los Servicios Conexos requeridos (tales como instalación, refacciones, capacitación, puesta en marcha, manuales, mantenimiento, etc., si los hubiera). Xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx ha solicitado un Convenio xx Xxxxxxxx Específico y ha obtenido del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el Préstamo BID 4416 OC/AR, Conectividad y Seguridad en Corredores Viales en la Ley 3/2004, de 29 de diciembrePBA, por la que suma de USD 200 millones para respaldar el “Programa de Ampliación de Capacidad y Seguridad en Corredores Viales de la Provincia de Buenos Aires”, el cual tiene un monto total de USD 280 millones. El monto total xx Xxxxxxxx está destinado a mejorar la confiabilidad de la infraestructura del sector vial provincial y la eficiencia de su gestión como una manera de respaldar el sector productivo, la competitividad y el crecimiento económico del país. Dicho Préstamo se establecen medidas desarrolla a través del Programa de lucha contra Ampliación de Capacidad y Seguridad en Corredores Viales de la morosidad Provincia de Buenos Aires en el ámbito de la Unidad Coordinadora de Programas (UCP) de la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires (DVBA) dependiente del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos. Los componentes del programa se desarrollan en las operaciones comerciales siguientes áreas: i) Recopilación e informatización de antecedentes, ii) Relevamiento de estado de pavimentos, iii) Inventario vial, iv) Fortalecimiento de personal de relevamiento y Equipo Multifunción, v) Relevamiento de tránsito, y vi) Sistema de Gestión. En el marco de recuperar y mantener la red provincial central se prevé: • Fortalecer el proceso de planificación a fin de respaldar la preparación y ejecución de programas viales integrales multianuales; • Introducir el uso de contratos basados en el desempeño como un paso primordial hacia la Ley 15/2010, implementación de 5 una estrategia de julio, gestión vial sustentable y eficaz en función de modificación los costos y • Generar las capacidades necesarias dentro de la Ley 3/2004Dirección de Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx para poder afrontar la introducción de nuevas estrategias de gestión, de 29 de diciembre, por la que apoyando gradualmente su transformación en organizaciones orientadas hacia los resultados. PLIEG-2022-21170939-GDEBA-UCPDV La presente Contratación se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto enmarca en el Real Decreto-Ley 4/2013Componente de Fortalecimiento para el cual se ha desarrollado el Plan de Fortalecimiento Institucional, en base al diagnóstico de 22 necesidades, identificándose el requerimiento de febrero, desarrollar la Auscultación del Estado Superficial de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y los Pavimentos de la creación Red Vial Provincial y ejecución del Inventario Vial dentro de empleola implementación de un Sistema de Gestión de Carreteras (SGC) para la provincia de Buenos Aires. El Organismo Ejecutor será la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires (DVBA).
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Samples: www.vialidad.gba.gov.ar
FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá 8.1.- Facturación: Salvo en las modalidades de Autoconsumo Con Excedentes Acogido a Compensación Simplificada, ya sea individual o colectivo, NZWEI ENERGÍA facturará al CLIENTE de acuerdo con la lectura del consumo correspondiente, realizada por la Empresa Distribuidora conforme a la normativa vigente. No obstante, se reserva la posibilidad de facturar con datos de consumo estimado, proporcionados por la Empresa Distribuidora, en el caso de no existir lecturas, siempre de acuerdo con criterios de proporcionalidad respecto del consumo en el mismo periodo del año anterior y, de no haberlo, en las mensualidades anteriores que tuvieran consumos leídos. De no disponer de consumos en las mensualidades anteriores, los consumos se estimarán con criterios de proporcionalidad con respecto a clientes con las mismas características. A estos efectos NZWEI ENERGÍA podrá realizar facturaciones complementarias una vez conocidos los consumos reales, de acuerdo con la normativa vigente. La periodicidad de la facturación será mensual y dependerá, en todo caso, de la periodicidad con que la Empresa Distribuidora aporte las lecturas de los consumos. No obstante, en caso de fuerza mayor, NZWEI ENERGÍA se reserva el derecho de emitir facturas con frecuencia semanal. Las facturas detallarán los consumos, indicando su carácter estimado o real y los precios pasados, así como el resto de los conceptos de facturación. En la factura se detallarán los impuestos y recargos incluidos en el precio, al abono del precio convenido, que se efectuaráincorporarán, con en su caso, todos aquellos otros que pudieran ser aprobados por la periodicidad establecida en el ANEXO XIV Administración durante la vigencia del presente XxxxxxContrato. De conformidad con La facturación de energía reactiva, cuando proceda, se realizará según lo establecido en la Disposición Adicional 33ª normativa aplicable. En caso de que el CLIENTE desee recibir la facturación por correo ordinario, deberá de solicitarlo a NZWEI ENERGÍA de forma expresa vía e-mail a la cuenta de info@nzwei- xxxxxxx.xxx. En función de la calidad crediticia del TRLCSPCLIENTE, introducida NZWEI ENERGÍA podrá aplicar en la factura del CLIENTE anticipar la previsión de consumo para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de pago del CLIENTE, en concepto de prepago, siendo este consumo regularizado en el siguiente periodo de facturación. En caso de que el CLIENTE haya elegido una modalidad de Autoconsumo Con Excedentes Acogido a Compensación Simplificada, ya sea individual o colectivo, el importe máximo a compensar por la Disposición Final 6ª energía excedentaria en cada factura no podrá superar el importe del Real Decreto-Ley 4/2013término de Energía Consumida, compensación que se realizará de 22 de febrero, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma. En la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo conformidad con competencias en materia de contabilidad pública, que es la Intervención de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Departamento destinatario de la factura: - Número y título del expediente de contratación. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albarán, en su caso. Si como consecuencia de los retrasos en el pago del precio las curvas horarias recibidas por parte de la Administración procediera Distribuidora. En ningún caso el abono resultado de intereses la compensación podrá ser negativo, ni tampoco podrá compensar con el término de demorapotencia. El término pactado en las Condiciones Particulares para la Energía excedentaria se aplicará sobre las cantidades a facturar antes de impuestos. En todo caso, la compensación se realizará dentro del periodo mensual de facturación. De forma excepcional, para los mismos contratos de autoconsumo cuyos puntos frontera estén calificados como tipo 4 o 5 y los equipos de medida no se calcularán considerando encuentren integrados en el sistema de tele gestión de la fecha Empresa Distribuidora, la lectura y facturación se realizará con una periodicidad bimestral, no siendo de aprobación de las facturas y aplicación lo previsto para el cumplimiento resto de los plazos para su devengo establecido en el artículo 216 del TRLCSP. En cuanto a los costes de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleoconsumidores.
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Samples: prosolenergia.es
FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho al abono La facturación de cada SOLICITUD DE PROVISION debe realizarse a la CUIT de la JURISDICCION SOLICITANTE, consignada en el encabezado del precio convenidopresente pliego y deberá ser remitidas de forma electrónica a la dirección de correo a las Direcciones de Administración, que se efectuaráServicios Administrativos Financieros o quienes hagan sus veces de las Jurisdicciones Solicitantes, juntamente con la periodicidad establecida Orden de Compra sellada y constancia de la recepción definitiva de los bienes o servicios, según los plazos de normativa vigente. Dicha factura deberá reunir los requisitos legales que rigen su emisión; lo que dará comienzo al plazo para el pago que será de TREINTA Y CINCO (35) DÍAS; sin perjuicio de ello, los pagos se atenderán considerando la programación y disponibilidad financiera que establezca la Tesorería General de la Provincia. déjese expresa constancia que en oportunidad de hacerse efectivo el pago por la provisión, al adjudicatario se le practicará la retención impositiva que le correspondiere pordicho importe, según las leyes impositivas vigentes. ------- INCUMPLIMIENTO: El incumplimiento de las obligaciones contraídas por los oferentes o adjudicatarios, dará lugar a la aplicación de las penalidades y sanciones previstas en el ANEXO XIV del presente Xxxxxx. De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 33ª del TRLCSP, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma. En la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, que es la Intervención de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Departamento destinatario de la factura: - Número y título del expediente de contratación. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albarán, en su caso. Si como consecuencia de los retrasos en el pago Título IV – Capítulo I y II del precio por parte de la Administración procediera el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación de las facturas y el cumplimiento de los plazos para su devengo establecido en el artículo 216 del TRLCSP. En cuanto a los costes de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 Anexo I -Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 3/20044938– Decreto Acuerdo Nº 1127y sus modificatorios, de 29 de diciembreartículos 110 a 123, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010sus modificatorios. --------------- ---- ITEM DESCRIPCIÓN CANTIDAD 1 BANDEJA P/TRANSP. DE ALIMENTO; CAPACIDAD: 700 GR, de MATERIAL: ALUMINIO, TIPO: SIN VALOR, MEDIDAS: 14 X 10 X 4,5 Cm, INTERIOR: SIN VALOR, EXTERIOR: SIN VALOR, DIMENSION: 14 X 10 X 4,5 Cm, ACABADO: SIN VALOR 18000 2 BANDEJA P/TRANSP. DE ALIMENTO; DIMENSION: 18 X 14 X 4 Cm, TIPO: C/TAPA, MATERIAL: ALUMINIO APTO MICROONDAS, CAPACIDAD: 750 CM3 5000 3 COMPOTERAS; MATERIAL: POLICARBONATO, CAPACIDAD: 250 mL 18000 4 CUCHARAS; TIPO: XX XXXX, MATERIAL: PLASTICO 12000 5 de julioCUCHARAS; TIPO: TE, de modificación de la Ley 3/2004MATERIAL: PLASTICO 12000 6 CUCHILLOS; TIPO: XX XXXX, de 29 de diciembreMATERIAL: PLASTICO 12000 7 TENEDORES; TIPO: XX XXXX, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comercialesMATERIAL: PLASTICO 12000 8 BANDEJAS XX XXXX; MATERIAL: PLASTICO, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013DIMENSION: 16,5 X 12 X 5,5 Cm, de 22 de febreroFORMA: RECTANGULAR 1500 9 BOLSAS DE POLIETILENO; TAMAÑO: 15 X 25 Cm, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.ESPESOR: 17 Mn, PRESENTACION: ROLLO X 200 UN 50
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Samples: cgp-catamarca.gob.ar
FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho al abono del precio convenidoLa Dirección de Articulación y Contenidos Audiovisuales, que se efectuará, con la periodicidad establecida en el ANEXO XIV del presente Xxxxxx. De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 33ª del TRLCSP, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación beneficiario de la misma. En la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo con competencias contratación, expedirá el certificado de aceptación en materia un plazo no mayor de contabilidad pública, que es la Intervención quince (15) días hábiles a partir de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Departamento destinatario de la factura: - Número y título del expediente de contratación. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albarán, en su caso. Si como consecuencia de los retrasos en el pago del precio por parte de la Administración procediera el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación la entrega. En el caso de que el la Dirección de Articulación y Contenidos Audiovisuales constate le entrega de bienes deficientes, el Proveedor deberá reemplazar los mismos en un plazo menor a los quince (15) días contados a partir de la notificación que el Comprador le haga. Si la factura del Proveedor no fuese observada o rechazada en el plazo xx xxxx (10) días corridos desde su recepción, se considerará implícitamente aceptada. Las facturas deberán emitirse con los siguientes datos: PROGRAMA DE INNOVACION FEDERAL CUIT: 30-71734336-7 Dirección: Xxxxx Xxxx 0000 Xxxx 0. Localidad: Ciudad Autónoma de Buenos Aires. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO: EXENTO. IMPUESTO A LAS GANANCIAS: EXENTO. A los efectos de agilizar el proceso de pago se solicita que los proveedores envíen, junto con su factura, detalle de las facturas y el cumplimiento alícuotas del Impuesto al Valor Agregado correspondiente a cada uno de los plazos para su devengo establecido en el artículo 216 del TRLCSP. En cuanto a los costes de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 3/2004productos facturados, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010caso de corresponder, deberá acompañar el certificado de 5 no retención y/o exclusión de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleolos impuestos nacionales.
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FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho al abono del precio convenidoLa facturación y liquidación se llevará a cabo, por servicios ya realizados sin perjuicio de los requerimientos que la Mutua efectúe, en orden a otros parámetros, debiendo el adjudicatario formalizar factura, a la que adjuntará necesariamente el correspondiente albarán validado, en el que se indicará los servicios realizados, que se efectuarápodrá remitir, bien mediante formato de factura electrónica a través del Punto General de Entrada de Facturas de la Administración General del Estado (FACe), con la periodicidad establecida el identificador de UNIÓN DE MUTUAS DIR3 (unidad tramitadora, órgano gestor, oficina contable ) Nº GE0000530, o a su elección, mediante factura en formato papel, dirigida al Centro de Referencia Contable de UNIÓN DE MUTUAS sito en Avenida Xxxxx nº 69, 12004 xx Xxxxxxxxx, en el ANEXO XIV plazo máximo de TREINTA DÍAS NATURALES desde la prestación de los servicios, o realización de las prestaciones o actividades objeto del presente Xxxxxxcontrato. De Recibida la citada factura, UNIÓN DE MUTUAS comprobará la efectiva y correcta recepción de los mismos, emitiendo a tal efecto su conformidad con lo establecido la misma en el plazo máximo de TREINTA DÍAS NATURALES desde la Disposición Adicional 33ª del TRLCSP, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma. En la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, que es la Intervención de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Departamento destinatario recepción de la factura: - Número y título del expediente . Desde este momento UNIÓN DE MUTUAS procederá al abono de contrataciónla factura, sin que el plazo al efecto pueda exceder de SESENTA DÍAS NATURALES desde la fecha de conformidad. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albaránNo obstante lo anterior, en su caso. Si como consecuencia el supuesto que las facturas resultantes de la entrega de los retrasos productos, supongan un importe superior a los CINCO MIL EUROS (5.000,00 €), conforme lo previsto en el pago art. 4 de la Ley 25/2013 de 27 de Diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del precio por parte registro contable de facturas del sector público, en estos casos, la remisión de la factura ÚNICAMENTE PODRÁ LLEVARSE A CABO mediante remisión en formato de factura electrónica a través del Punto General de Entrada de Facturas de la Administración procediera General del Estado (FACe). Caso que la factura sea remitida con posterioridad al plazo de TREINTA DÍAS NATURALES a la prestación del servicio objeto del presente contrato, UNIÓN DE MUTUAS procederá a la emisión de conformidad y pago, en el abono plazo máximo de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando TREINTA DÍAS NATURALES desde la fecha de aprobación presentación de las facturas y el cumplimiento de los plazos para su devengo establecido la factura en el artículo 216 del TRLCSP. En cuanto a los costes Registro o Centro de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleoReferencia Contable correspondiente.
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FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho al abono del precio convenidoInstituto Antártico Argentino, que se efectuará, con la periodicidad establecida en el ANEXO XIV del presente Xxxxxx. De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 33ª del TRLCSP, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación beneficiario de la misma. En la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo con competencias contratación, expedirá el certificado de aceptación en materia un plazo no mayor de contabilidad pública, que es la Intervención quince (15) días hábiles a partir de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Departamento destinatario de la factura: - Número y título del expediente de contratación. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albarán, en su caso. Si como consecuencia de los retrasos en el pago del precio por parte de la Administración procediera el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación la entrega. En el caso de que el Instituto Antártico Argentino constate entregas deficientes, el Proveedor deberá reemplazar los mismos en un plazo menor a los quince (15) días contados a partir de la notificación que el Comprador le haga. Si la factura del Proveedor no fuese observada o rechazada en el plazo xx xxxx (10) días corridos desde su recepción, se considerará implícitamente aceptada. Las facturas deberán emitirse con los siguientes datos: PROGRAMA DE INNOVACION FEDERAL CUIT: 30-71734336-7 Dirección: Xxxxx Xxxx 0000 Xxxx 0. Localidad: Ciudad Autónoma de Buenos Aires. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO: EXENTO. IMPUESTO A LAS GANANCIAS: EXENTO. A los efectos de agilizar el proceso de pago se solicita que los proveedores envíen, junto con su factura, detalle de las facturas y el cumplimiento alícuotas del Impuesto al Valor Agregado correspondiente a cada uno de los plazos para su devengo establecido en el artículo 216 del TRLCSP. En cuanto a los costes de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 3/2004productos facturados, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010caso de corresponder, deberá acompañar el certificado de 5 no retención y/o exclusión de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleolos impuestos nacionales.
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FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho al abono del precio convenido8.1. Todos Ios servicios objeto de este contrato se facturarán mensuaImente de forma conjunta y con Ia periodicidad de facturación determinada por Ia Empresa Distribuidora, con método de envío de facturación onIine. 8.2.Para Ios servicios facturados mensuaImente, COMERCIALIZADORA remitirá aI CLIENTE Ia factura correspondiente a Ios suministros eIéctricos IIevados a cabo durante eI mes precedente, así como Ios demás importes por otros conceptos adeudados por eI CLIENTE correspondientes a dicho mes. 0.0.Xx energía sujeta a facturación bajo eI presente Contrato comprende eI totaI de Ia energía suministrada, que será Ia registrada en Ios equipos de medida. En aqueIIos casos en que por avería o cuaIquier otro motivo no se efectuarápudiera disponer de toda Ia información necesaria para Iiquidar adecuadamente eI Contrato, se utiIizarán Ios mejores vaIores aIternativos disponibIes, todo eIIo con la periodicidad establecida sujeción a Io dispuesto en el ANEXO XIV del presente XxxxxxeI artícuIo 13 deI RD 385/2002. De conformidad COMERCIALIZADORA se reserva eI derecho de emitir una factura compIementaria una vez conocidos Ios consumos reaIes. 8.4.Asi mismo, cuando un funcionamiento incorrecto de Ios equipos o por cuaIquier motivo ajeno a COMERCIALIZADORA haya provocado una facturación errónea, COMERCIALIZADORA se reserva eI derecho a emitir Ia consiguiente factura con lo establecido en la Disposición Adicional 33ª del TRLCSP, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013, eI fin de 22 de febrero, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la corregir Ia misma. En la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo con competencias Se utiIizarán en materia todo Io posibIe Ias normas y procedimientos que eI Operador deI Mercado disponga para este tipo de contabilidad públicasituaciones. 0.0.Xx demora en eI pago, que es la Intervención de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Departamento destinatario de la factura: - Número y título del expediente de contratación. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación socialtotaI o parciaI, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albarán, en su caso. Si como consecuencia de los retrasos en el pago del precio por parte deI CLIENTE, devengará, sin necesidad de la Administración procediera el abono requerimiento previo, una penaIización de intereses 28€ más un interés de demora, los mismos se calcularán considerando la demora mensuaI deI 8% contado desde eI séptimo día de Ia fecha de aprobación emisión de las facturas y el cumplimiento Ia factura, independientemente deI término de los plazos para su devengo establecido pago pactado en el artículo 216 del TRLCSP. En cuanto a los costes de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleoIas Condiciones ParticuIares.
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FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho al abono EL HOSPITAL SÓLO ATENDERÁ EL PAGO DE LOS RESIDUOS PATOGENICOS EFECTIVAMENTE RETIRADOS, RECOLECTADOS, TRANSPORTADOS, TRATATADOS Y SU RESPECTIVA DISPOSICIÓN FINAL DE LOS MISMOS. ESTE ESTABLECIMIENTO NO SE HARÁ RESPONSABLE POR GASTOS ADICIONALES. A los fines de su cancelación conforme lo establece el Reglamento de Contrataciones, las facturas deberán ser presentadas por mesa de entradas ante la Dirección de Administración y Operaciones del precio convenidoHDRF, que se efectuaráacompañadas de los remitos y/o actas de recepción correspondientes, conforme el siguiente detalle a saber: Original y copia, deberá ser tipo “B” o “C” emitida de acuerdo con la periodicidad establecida Orden de Compra y de conformidad a la normativa vigente de la AFIP. La factura deberá indicar Nº de la contratación en el ANEXO XIV del presente Xxxxxxcuestión y Nº de la Orden de Compra correspondiente. De conformidad con Original debidamente conformado, emitido de acuerdo en la Orden de Compra y conforme lo establecido en la Disposición Adicional 33ª del TRLCSP, introducida legislación vigente por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013AFIP, en el que conste la siguiente información de 22 de febrerolos insumos: marca, el contratista tendrá Nº de Producto y la obligación identificación del lote o serie de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos a efectos fabricación en caso de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación corresponder. O certificación del servicio prestado con conformidad del Intendente del Hospital Una copia de la mismaorden de compra recibida por el oferente. Copia Inscripción en la AFIP. En la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, que es la Intervención de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Departamento destinatario de la factura: - Número y título del expediente de contratación. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albarán, en su caso. Si como consecuencia de los retrasos en el pago del precio por parte de la Administración procediera el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación cada una de las facturas y el cumplimiento de los plazos para su devengo establecido en el artículo 216 del TRLCSP. En cuanto a los costes de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas presenten se deberán adjuntar, en caso de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.corresponder:
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Samples: hospitalfavaloro.org
FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho al abono del precio convenido, que se efectuará, con la periodicidad establecida en el ANEXO XIV del presente Xxxxxx. De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 33ª del TRLCSP, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma. En la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, que es la Intervención de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Órgano de Contratación que se indica en el apartado 1.3 del presente Xxxxxx. - El Departamento destinatario de la factura: - Número y título del expediente de contratación. - Código de retención de crédito. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albarán, en su caso. Si como consecuencia de los retrasos en el pago del precio por parte de la Administración procediera el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación de las facturas y el cumplimiento de los plazos para su devengo establecido en el artículo 216 del TRLCSP. En cuanto a los costes de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Para La Contratación Del Servicio De Higiene Urbana
FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho 3.1. Las facturas serán emitidas a nombre de TRANSENER S.A. y entregadas en Xx. Xxxxx Xxxxx 000 0° Xxxx. Xxx facturas serán emitidas a mes vencido, luego del día 10 del mes siguiente y canceladas por CAMMESA antes de transcurridos TREINTA días. Los pagos de las facturas expresadas en dólares estadounidenses se podrán realizar en pesos equivalentes, calculados a la cotización del día hábil inmediato anterior, conforme a la cotización xxx xxxxx estadounidense tipo vendedor del Banco de la Nación Argentina. Queda entendido que el pago de los importes indicados como remuneración a los CONTRATISTAS en moneda local y extranjera es la única contraprestación que corresponde al abono del precio convenido, que se efectuará, con la periodicidad establecida en el ANEXO XIV del presente Xxxxxx. De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 33ª del TRLCSP, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido CONTRATISTA por los servicios prestados ante objeto del CONTRATO, renunciando éste expresamente a efectuar reclamos posteriores por mayores costos y / o de cualquier otra índole, excepto con relación a la aplicación del Decreto 634/2003 conforme se estipula en el correspondiente registro administrativos PLIEGO y Circulares. En los importes cotizados, el CONTRATISTA manifiesta haber considerado e incluido todos los tributos, impuestos, tasas, contribuciones, derechos y gravámenes y servicios nacionales, provinciales o municipales que resulten de aplicación con motivo del CONTRATO y vigentes a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación fecha de la misma. En la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, que es la Intervención de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Departamento destinatario presentación de la factura: - Número Oferta y título sus modificaciones, como asimismo los gastos y costos aduaneros necesarios para la ejecución de la AMPLIACIÓN, encontrándose comprendidas las exportaciones temporarias y/o definitivas, gestiones aduaneras y todo otro gasto emergente por este concepto para los trabajos. Cualquier eventual demora en que incurriese TRANSENER con relación a los pagos al CONTRATISTA, no significará de manera alguna el relevamiento de las responsabilidades asumidas por éste en el CONTRATO, en particular aquéllas que presuponen la presencia del expediente CONTRATISTA, por sí o a través del fabricante de contrataciónlos equipos, en los emplazamientos donde se efectúa la CONSTRUCCIÓN, previa o posterior a la HABILITACIÓN COMERCIAL DEFINITIVA, ante la necesidad de reparaciones o reemplazos de elementos defectuosos. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albaránCAMMESA, en su caso. Si como consecuencia carácter de administradora y mandataria de los retrasos en el pago del precio por parte beneficiarios de la Administración procediera AMPLIACIÓN, es el abono único y exclusivo responsable por el efectivo pago al CONTRATISTA, no siendo exigible dicho pago al COMITENTE. Asimismo el COMITENTE queda eximido de intereses toda responsabilidad ante eventuales demoras en los pagos no imputable a incumplimientos de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación de las facturas y el cumplimiento de los plazos para su devengo establecido en el artículo 216 éstos o del TRLCSP. En cuanto a los costes de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.propio COMITENTE
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Samples: Contrato De Provisión Y Construcción
FACTURACIÓN Y PAGO. El contratista tendrá derecho al abono del precio convenido, En el caso de bienes: (Nota: en caso de tratarse de una adquisición en la que se efectuaráhayan previsto recepciones parciales o con una fecha de recepción provisoria y otra definitiva, con esta Cláusula debe contemplar la periodicidad establecida forma de facturación y los plazos para los pagos correspondientes según se haya determinado). El pago del monto del contrato será realizado en el ANEXO XIV del presente Xxxxxx. De conformidad con lo establecido moneda de curso legal en la Disposición Adicional 33ª República Argentina de la siguiente manera: El pago se realizará por el cien por ciento (100%) del TRLCSPmonto del contrato u orden de compra será realizado mediante transferencia bancaria por PAGO DIRECTO A PROVEEDORES en PESOS ARGENTINOS. En el supuesto de que la Orden de Compra se firme en moneda extranjera, introducida por la Disposición Final 6ª del Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido por deberá confeccionarse en moneda de curso legal en la República Argentina. Sin perjuicio de la/las moneda/s utilizadas en la oferta, la facturación deberá realizarse en moneda de curso legal de la República Argentina y a los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativos a efectos de su remisión la confección de la mencionada factura, en aquellos casos en que la cotización se hiciere en moneda extranjera, se establece que el tipo de cambio que se deberá aplicar será el de cierre vendedor del Banco de la Nación Argentina correspondiente al órgano administrativo o unidad a quien corresponda día hábil anterior al de la tramitación fecha emisión de la misma. En ningún caso se aceptará un tipo de cambio ni una fecha distinta a los aquí establecidos. Si se tratara de un contribuyente excluido del régimen de retenciones de los impuestos a las Ganancias e IVA (Resoluciones Generales AFIP 830-2000 y 18- 1997 respectivamente y sus modificaciones) deberá adjuntar el correspondiente certificado, el que deberá estar vigente a la factura correspondiente deberá hacer constar: - Órgano administrativo con competencias en materia fecha de contabilidad pública, que es la Intervención de Fondos del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. - El Departamento destinatario pago de la factura: - Número y título . Los importes consignados son finales. Los precios cotizados por el Oferente no estarán sujetos a ajuste durante la ejecución del expediente de contratación. - Periodo de facturación al que hace referencia. - Identificación del expedidor y destinatario (denominación social, domicilio y número de identificación fiscal). - Sello y firma del expedidor. - Número de pedido y albarán, en su caso. Si como consecuencia de los retrasos en el pago del precio por parte de la Administración procediera el abono de intereses de demora, los mismos se calcularán considerando la fecha de aprobación de las facturas y el cumplimiento de los plazos para su devengo establecido en el artículo 216 del TRLCSP. En cuanto a los costes de cobro se estará a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.Contrato
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Samples: www.unrn.edu.ar