FORMA DE PAGO DE LOS SERVICIOS Cláusulas de Ejemplo

FORMA DE PAGO DE LOS SERVICIOS. Las políticas de pago que aplicará la API, para la facturación que se derive de la prestación de los SERVICIOS y el momento a partir del cual se hará exigible el pago serán las siguientes:
FORMA DE PAGO DE LOS SERVICIOS. En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, Banobras realizará el pago de los servicios objeto de la contratación por mes vencido y dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la presentación de la Factura y, en su caso, la Nota de Crédito correspondientes al mes de que se trate y a la entrega de la Constancia de Aceptación de los Servicios emitida por el Titular de la Gerencia de Servicios Generales, de haber recibido los servicios, a su entera satisfacción, en términos del contrato y sus anexos. La Factura y, en su caso la Nota de Crédito mencionadas en el párrafo anterior, deben estar en formato digital, debida y fiscalmente requisitadas conforme a la norma fiscal vigente. Con la facturación de los servicios, el Proveedor, por conducto de su Representante Legal, o bien, de quien éste designe por escrito al Titular de la Gerencia de Servicios Generales de Banobras, debe presentar conciliado y formalizado el Informe Mensual de los Servicios Prestados durante el mes objeto del pago, documento este último en el que, en su caso, también se establecerán expresamente las cantidades a penalizar con motivo del atraso en que incurra el Proveedor a los plazos, términos y condiciones pactados para la entrega de los servicios. El Proveedor debe conciliar el soporte de la facturación, previo a su presentación en forma electrónica y en formato MS-EXCEL 2013 o superior.
FORMA DE PAGO DE LOS SERVICIOS. El pago se realizará en dos (2) cuotas con cargo al presupuesto del año respectivo, de manera proporcional a los servicios y en pesos chilenos, de acuerdo al valor de la Unidad de Fomento publicada por el Banco Central de Chile, el día de emisión de la orden de compra correspondiente. El primer pago se realizará una vez certificada por la Contraparte Técnica la recepción conforme de las respectivas Pólizas de Seguros, y considerará la proporcionalidad desde la emisión de la orden de compra hasta el 31 de diciembre de 2021; el segundo pago corresponderá a los servicios prestados durante el año 2022. El proveedor adjudicado deberá emitir las facturas de cobro respectivo, de acuerdo a las condiciones solicitadas en el párrafo anterior, documento que será pagado por parte de la Subsecretaría de Transportes en el plazo de 30 días corridos contados desde la fecha de recepción de la factura. En el caso de las órdenes de compra asociadas al pago de los deducibles que pudieren ocasionarse, éstas se emitirán previo requerimiento de la Contraparte técnica, de conformidad a lo señalado en el punto 1.6.3 de las bases técnicas. El proveedor adjudicado deberá emitir las facturas de cobro de acuerdo a las condiciones declaradas en la orden de compra aceptada por aquel, documento que será pagado por parte de la Subsecretaría de Transportes en el plazo de 30 días corridos contados desde la fecha de recepción de la factura. Las facturas deberán ser extendidas a nombre de la Subsecretaría de Transportes, RUT 00.000.000-0, con domicilio en Xxxxxxxxxx X° 000, Xxxxxxxx, y deben ser enviadas al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx. Los pagos se efectuarán mediante transferencia electrónica de fondos, para lo cual se requerirá la información necesaria al prestador del servicio, una vez recibida conforme la respectiva factura. La Subsecretaría de Transportes pagará el precio de los servicios prestados por el contratista, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
FORMA DE PAGO DE LOS SERVICIOS. LA PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS A REVISIÓN A MES VENCIDO SERÁ EN LAS OFICINAS DE LA DIRECCIÓN DE SERVICIOS, UBICADA EN EL BASAMENTO DEL EDIFICIO “F” DOMICILIO ANTES MENCIONADO Y LOS PAGOS SE REALIZARÁN EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE FINANZAS DE LA X. XXXXXX DE DIPUTADOS, SITA EN EL TERCER PISO DEL EDIFICIO “E” DEL MISMO DOMICILIO, DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA FECHA DE QUE ÉSTA SE HAYA RECIBIDO DE CONFORMIDAD CON LA DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE, MISMA QUE ENTRE OTROS REQUISITOS DEBERÁ CONTAR CON LA FIRMA DE AUTORIZACIÓN DEL USUARIO DEL VEHÍCULO SIEMPRE Y CUANDO ESTE MISMO HAYA SIDO REPARADO A ENTERA SATISFACCIÓN DE DICHO USUARIO.
FORMA DE PAGO DE LOS SERVICIOS. Las políticas de pago que aplicará la API, para la facturación que se derive de la prestación de los SERVICIOS y el momento a partir del cual se hará exigible el pago serán las siguientes: La API pagará al PRESTADOR DE SERVICIOS la cantidad señalada en la cláusula DÉCIMA SEGUNDA, mediante pagos mensuales detallados a continuación: Pagos mensuales de $_________ (Importe con letras), más el impuesto al valor agregado, de conformidad con lo siguiente: Mensualmente se harán evaluaciones del SERVICIO. Cada evaluación deberá venir acompañada de los soportes documentales que la avalen, que son: Informe descriptivo de los SERVICIOS e informe fotográfico, firmados por el JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EQUIPO PORTUARIO y el PRESTADOR DE SERVICIOS, debiendo realizar los levantamientos de avance cada 30 días, para presentar la evaluación dentro de los 6 días siguientes al levantamiento. Cualquier trabajo no considerado en el Catalogo de Partidas, se tratará como partidas por trabajos extraordinarios, y sólo podrá ejecutarse previa autorización por escrito de la APIDBO. Para el pago de estos trabajos extraordinarios se analizarán conjuntamente los precios unitarios teniendo como base los análisis presentados en la propuesta de licitación. A efecto de tramitar cada pago, la API requerirá al PRESTADOR DE SERVICIOS una factura que cumpla con los requisitos fiscales.
FORMA DE PAGO DE LOS SERVICIOS. Los pagos se realizaran a mes vencido, a partir del ____ de _____ de 2016 y hasta el ____ de ________ de 2016. Las políticas de pago que aplicará la API, para la facturación que se derive de la prestación de los SERVICIOS y el momento a partir del cual se hará exigible el pago serán las siguientes:
FORMA DE PAGO DE LOS SERVICIOS. El costo total de la consultoría es de $2,500.00 (dos mil y quinientos dólares) incluidos todos los cargos que puedan relacionarse con la prestación de los servicios, incluyendo los de tasa de cambio o remesas, fiscales, de seguridad social o de naturaleza laboral, cuyo cobro correrá x xxxxx del contratado y bajo su exclusiva responsabilidad. El pago se realizará en dólares estadounidenses (o este monto en pesos argentinos, sujeto al cambio del proyecto), directamente en la cuenta del contratista, a la entrega de los productos preestablecidos en el contrato. El CONTRATANTE realizará el pago dentro de los 5 (cinco) días hábiles. Los productos de cada período deben adjuntarse a la emisión de la respectiva Factura, que además de la descripción de los servicios, informará los datos bancarios. Los pagos se realizarán de la siguiente manera: PRODUCTO % del total Valor ($ dólares) PREVISIÓN DE ENTREGA (días corridos desde la firma del contrato) P1 - PROPUESTA METODOLÓGICA 30% US$ 750.00 30 P2 - DOC. FINAL 70% US$ 1,750.00 90
FORMA DE PAGO DE LOS SERVICIOS. A LA FIRMA DE ESCRITURAS ANTE NOTARIO PÚBLICO QUE CONTENGA CUALQUIER MODALIDAD DE CONTRATO ENTRE LAS PARTES, O A LA FIRMA DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. EN CASO DE EXISTIR OPCIÓN DE COMPRA EN EL ARRENDAMIENTO, SE PAGARÁ LO CORRESPONDIENTE A LA COMPRAVENTA, CUANDO SE EJERZA DICHA OPCIÓN, RESTANDO LO CORRESPONDIENTE A LO YA PAGADO POR EL ARRENDAMIENTO.
FORMA DE PAGO DE LOS SERVICIOS. LAS FACTURAS SERÁN A NOMBRE DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DISTRITO FEDERAL, R.F.C. IEM000401MJ7, XX. XXXXXXXX XXX XXXXX 000, XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, C.P. 03020, ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX, CIUDAD DE MÉXICO. LOS PAGOS QUE SE GENEREN CON MOTIVO DE ESTE CONTRATO SE EFECTUARÁN POR SERVICIOS PRESTADOS A MES VENCIDO, MEDIANTE TRANSFERENCIA INTERBANCARIA, EN MONEDA NACIONAL A LOS 20 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA FECHA DE RECEPCIÓN DE CONFORMIDAD DE LAS FACTURAS, Y EN SU CASO NOTAS DE CRÉDITO, DEBIDAMENTE REQUISITADAS POR EL PROVEEDOR Y A LA FECHA DE REGISTRO DE LAS CUENTAS POR LIQUIDAR CERTIFICADAS (CLC). LOS COMPROBANTES FISCALES DIGITALES (CFDI) DEBERÁN CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. LAS FACTURAS DEBERÁN CONTENER LA DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS, EL PERÍODO DE PRESTACIÓN QUE CORRESPONDA, EL NÚMERO DE LA PRESENTE [PROCEDIMIENTO], NÚMERO DE CONTRATO, EL DOMICILIO FISCAL Y EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DEL PROVEEDOR. LAS FACTURAS ORIGINALES IMPRESAS, DEBERÁN CONTAR CON EL ACUSE DE RECIBO CON SELLO OFICIAL Y FIRMA DEL JEFE DE LA UNIDAD DEPARTAMENTAL DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS, DEBERÁN AGREGAR UNA IMPRESIÓN DEL ARCHIVO XML Y LA IMPRESIÓN DE LA VERIFICACIÓN DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET CORRESPONDIENTE, Y ENTREGARSE EN LA SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES, ABASTECIMIENTOS Y SERVICIOS. LA JEFATURA DE UNIDAD DEPARTAMENTAL DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS Y LA SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES, ABASTECIMIENTOS Y SERVICIOS, ESTÁN UBICADAS EN LA XXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXX #000 XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, CÓDIGO POSTAL 03020, ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX, CIUDAD DE MÉXICO. EDIFICIO OFICINAS CENTRALES, PISO 3. EL ENVÍO DEL COMPROBANTE FISCAL POR INTERNET (CFDI) EN LOS FORMATOS PORTABLE DOCUMENT FORMAT (PDF) Y EXTENSIBLE MARKUP LANGUAGE (XML) DEBERÁ SER AL CORREO ELECTRÓNICO xxxxxxxx@xxxx.xxx.xx CON COPIA A xxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx SI EL PROVEEDOR DE SERVICIOS SE HIZO ACREEDOR A PENAS CONVENCIONALES, ADICIONALMENTE SE LE ENTREGARÁ LA CONCILIACIÓN DE LAS PENAS CONVENCIONALES EMITIDA POR LA SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES, ABASTECIMIENTOS Y SERVICIOS, EL PROVEEDOR EMITIRÁ LA NOTA DE CRÉDITO POR EL IMPORTE DE LAS PENAS CONVENCIONALES INDICADAS, Y LA ENTREGARÁ A LA MISMA SUBDIRECCIÓN, Y ENVIARÁ LOS ARCHIVOS DEL CFDI CORRESPONDIENTE A LOS MISMOS CORREOS ELECTRÓNICOS ANTES INDICADOS. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” RECIBA PAGOS EN EXCESO, SE OBLIGA A REINTEGRAR A LA CONVOCANTE EL MONTO TOTAL DE...
FORMA DE PAGO DE LOS SERVICIOS. Las políticas de pago que aplicará la ASIPONA DOS BOCAS, para la facturación que se derive de la prestación de los SERVICIOS y el momento a partir del cual se hará exigible el pago serán las siguientes: