HOMOLOGACION Cláusulas de Ejemplo

HOMOLOGACION. Las Partes se comprometen a presentar el presente acuerdo por ante la autoridad de aplicación para su homologación. Si el presente acuerdo no se homologa por motivos ajenos a las partes antes del 30.06.2008, la Empresa se compromete a liquidar y abonar lo acordado en el presente. En prueba de buena fe y de conformidad, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
HOMOLOGACION. Las partes acuerdan remitir la presente Acta al Ministerio de Trabajo a los fines de su homologación.
HOMOLOGACION. Ambas Representaciones, en muestra de su plena conformidad, suscriben el presente previa lectura y ratificación en 5 (cinco) ejemplares de un mismo tenor y a un único efecto, con el objeto de ser presentado ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL de la NACIÓN, expresar formalmente su expresa ratificación y solicitar el dictado de la resolución que disponga la HOMOLOGACION del presente CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA LA ACTIVIDAD DE
HOMOLOGACION. Ambas Representaciones, en muestra de su plena conformidad, suscriben el presente previa lectura y ratificación en 5 (cinco) ejemplares de un mismo tenor y a un único efecto, con el objeto de ser presentado ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL de la NACIÓN, expresar formalmente su expresa ratificación y solicitar el dictado de la resolución que disponga la HOMOLOGACION del presente CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA LA ACTIVIDAD DE HOTELES ALOJAMIENTOS POR HORAS de la República Argentina, a todos sus efectos y con todos sus alcances, conforme lo previsto en la normativa de aplicación vigente.
HOMOLOGACION. Las partes solicitan al Señor Director Nacional de Relaciones del Trabajo tenga a bien resolver en forma urgente la homologación del presente Convenio Colectivo de Trabajo de aplicación en el ámbito de la EMPRESA AGUAS DEL COLORADO SOCIEDAD ANONIMA con PARTICIPACION MAYORITARIA ESTATAL-AdC SAPEM. ‐ GRUPOS LABORALES ‐ CARRERAS PROFESIONALES ‐ MECANISMOS DE DESARROLLO
HOMOLOGACION. Los oferentes internacionales y nacionales, personas jurídicas y personas naturales, interesados en presentar oferta deberán estar homologados de conformidad con los requisitos establecidos en la Política Financiera de Contratación, la cual se encuentra publicada en la página web de ETB xxx.xxx.xxx.xx. La homologación debe estar actualizada con los estados financieros de la última vigencia fiscal y es un requisito adicional al registro en la base de datos de proveedores. Este proceso es administrado por la Gerencia de Abastecimiento de ETB.
HOMOLOGACION. Atento a que las partes han optado por el procedimiento de negociación directa, y habiéndose alcanzado el acuerdo precedente, solicitan la homologación del mismo al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, de conformidad con las normas legales vigentes.
HOMOLOGACION. Las partes establecen que las obligaciones del presente acuerdo rigen y deben cumplirse desde el 01 xx xxxx de 2022 y, solicitan la homologación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. Asimismo, para el caso de estar pendiente la homologación de este Acuerdo y se produzcan vencimientos de plazos pactados para el pago de los incrementos en la forma escalonada prevista, los empleadores comprendidos abonaran las sumas devengadas con la mención de "anticipo a cuenta de Acuerdo Colectivo 2022/2023", los que quedaran compensados, una vez homologado el Acuerdo. Número: RE-2022-52026946-APN-DGD#MT Referencia: Otra documentación que sea pertinentes al trámite solicitado
HOMOLOGACION. Ambas partes solicitan la homologación del presente acuerdo, ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
HOMOLOGACION. Ambas partes quedan autorizadas recíprocamente a solicitar la homologación del presente Convenio ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. En prueba de conformidad se firman cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha citado al comienzo. Expediente Nº 286.742/11 Buenos Aires, 28 de septiembre de 2011 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1263/11 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1/2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1363/11. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor- dinación - D.N.R.T. Bs. As., 26/9/2011 VISTO el Expediente Nº 286.742/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que a fojas 1/2 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, por la parte sin- dical y la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANONIMA (DISTROCUYO S.A.), por la parte empresarial, que fuera ratificado por el Vicepresidente de la entidad sindical a fojas 39, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004). Que a través del presente, se establece una recomposición salarial y el otorgamiento de una suma fija por única vez de carácter no remunerativo, en los términos y condiciones estipulados. Que el texto convencional celebrado resultará de aplicación para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 889/07 “E”, cuyas partes signatarias coinciden con las celebrantes de marras. Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas insertas en el texto traído a estudio, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos. Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre la repre- sentatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial. Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les compete, en los términos de lo prescripto por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004). Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente. Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relacion...