GARANTÍAS CONTRACTUALES Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍAS CONTRACTUALES a) CUMPLIMIENTO: por un valor asegurado del veinte por ciento (20%) del precio estimado del contrato, antes de IVA, vigente desde la fecha de suscripción del contrato, durante su plazo de ejecución y hasta su liquidación.
GARANTÍAS CONTRACTUALES. El Contratista deberá amparar los siguientes riesgos: De acuerdo con lo previsto en las “Políticas Financieras de Contratación” emitidas por la Vicepresidencia Financiera y Administrativa de ETB, en atención a la magnitud de los riesgos de ETB, se implementó un esquema de aseguramiento que le permite en su condición de tomador de las pólizas, garantizar su actividad contractual y la responsabilidad frente a terceros, originada en las actuaciones de sus contratistas. Resultado de lo anterior, la Vicepresidencia Financiera y Administrativa de ETB ha suscrito convenios en virtud del cual los contratistas que suscriban contratos con ETB a partir xx xxxxx de 2008, deben adherirse a las pólizas de Cumplimiento y Responsabilidad Civil Extracontractual contratadas por ETB. Conforme con lo anterior, para la obtención de los primeros certificados de seguro, el CONTRATISTA deberá, en virtud de las Alianzas suscritas por ETB con MAPFRE y LIBERTY SEGUROS, obtenerlos con alguna de dichas aseguradoras, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la entrega del contrato firmado, en la Unidad de Expedición del Asegurador y el Intermediario ubicada en la Xxxxxxx 0 Xx. 00-00 xxxx 0x, Xxxx xx Xxxxxxx y Seguros, para su vinculación como cliente y la asignación inicial de cupo de seguro, aportando los documentos relacionados en el literal A del “INSTRUCTIVO PARA LA EXPEDICIÓN DE GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO Y DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL”, que puede consultar en la página web xxx.xxx.xxx.xx, o consultar directamente con el Equipo de Seguros de la Vicepresidencia Financiera y Administrativa de ETB. Dentro de los 2 días hábiles siguientes a la comunicación al contratista de la asignación del cupo de seguro, deberá remitir los documentos señalados en el numeral C del mencionado Instructivo. Si ya tiene asignado el cupo, teniendo en cuenta que dicho trámite aplica para el primer contrato en el que se haya vinculado al proveedor, los posteriores certificados de seguro deberán solicitarse dentro de los 2 días hábiles siguientes a la entrega del contrato firmado, en la Unidad de Expedición del Asegurador y el Intermediario en ETB, y posteriormente, ETB informará en cualquiera de estos eventos al Contratista para que realice el pago de la prima respectiva. En el evento que el CONTRATISTA no pague la prima, la Unidad de Expedición de la Aseguradora y el Intermediario reportará el caso, con el fin que ETB pague la prima y a través del supervisor del contrato descuente su monto al...
GARANTÍAS CONTRACTUALES. El CONTRATISTA deberá amparar la garantía que ampare los siguientes riesgos:
GARANTÍAS CONTRACTUALES. En todo contrato deberá estipularse la obligación, a cargo del contratista, de constituir pólizas con una empresa de seguros legalmente constituida en Colombia, cuyo beneficiario sea la Universidad de La Salle, por el término y bajo las condiciones de cubrimiento y período que se indican a continuación:
GARANTÍAS CONTRACTUALES. 39.4.1 Salvo que el contrato establezca otra cosa, el periodo de la fianza de vicios ocultos tendrá vigencia de un año posterior a la fecha de la recepción definitiva de los trabajos de conformidad al Artículo 66 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
GARANTÍAS CONTRACTUALES. El Contratista deberá constituir a su xxxxx y a favor de la SECRETARÍA DISTRITAL DE SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA, identificada con NIT. No. 899.999.061-9, un contrato de seguro contenido en una póliza de conformidad con lo previsto en los términos señalados en el artículo 2.2.1.2.3.1.7 y siguientes del Decreto 1082 de 2015, para amparar el cumplimiento de las obligaciones surgidas en el contrato, la cual se mantendrá vigente durante el plazo de ejecución del contrato y liquidación del mismo, y se ajustará a los limites, existencia y extensión de los siguientes amparos:
GARANTÍAS CONTRACTUALES. La Garantía Única de cumplimiento ampara todas las obligaciones que surjan a cargo de los contratistas frente a la Empresa Social del Estado Hospital Departamental San Xxxxxxx xx Xxxx, por razón de la celebración, ejecución y liquidación de los contratos.
GARANTÍAS CONTRACTUALES. Para garantizar el total cumplimiento de las obligaciones contraídas en el contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la firma del presente contrato, el contratista se obliga a constituir a su xxxxx y por su cuenta en favor de CORFERIAS y a satisfacción de ésta, en una compañía de seguros legalmente establecida en el país, domiciliada en Bogotá D.C., las pólizas de seguros que se relacionan a continuación Tipo de póliza Valor Asegurado Vigencia Cumplimiento 30% del valor del contrato La del contrato y 3 meses más Responsabilidad civil extracontractual 30% del valor del contrato La del contrato y 3 meses más Salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones laborales 15% del valor del contrato La del contrato y 3 meses más Calidad del servicio 30% del valor del contrato La del contrato y 3 meses más Con respecto a las pólizas se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
GARANTÍAS CONTRACTUALES. Serán obligatorias en los contratos y en las ofertas cuyo valor sea superior 100 SMMLV, y deberán pactarse de acuerdo al objeto a contratar, según se requieran, para los siguientes riesgos: AMPARO PORCENTAJE VIGENCIA Cumplimiento Entre el Diez y el treinta por ciento (10 – 30%) del valor del contrato o aceptación de la oferta. Deberá estar vigente desde la firma del contrato y hasta la liquidación del mismo o hasta el recibo a satisfacción cuando se trate de contratos o Aceptaciones de Oferta que no requieren liquidación. Correcto manejo y Ciento por ciento (100%) Desde la suscripción del contrato u aceptación debida inversión del valor de éste. de oferta y hasta su amortización total o del anticipo liquidación del contrato o aceptación de la oferta, de ser el caso
GARANTÍAS CONTRACTUALES. Suficiencia de cumplimiento del contrato: Por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato garantizado y cuatro (4) meses más.