IRREVOCABILIDAD Cláusulas de Ejemplo

IRREVOCABILIDAD. A partir de la fecha en que inicie el Periodo de Disposición de la Garantía y durante el mismo, las obligaciones contraídas por el Garante con motivo de la celebración del presente Contrato serán irrevocables y, por lo tanto, el Garante no podrá revocar, reducir, cancelar o limitar en forma unilateral, las obligaciones a su cargo, conforme al presente Contrato.
IRREVOCABILIDAD. Esta póliza permanecerá vigente hasta el fallecimiento del contratante si no existieran beneficiarios o hasta la extinción del derecho a pensión del último de sus beneficiarios si los hubiera, con la excepción de lo establecido en la normativas sobre la materia.
IRREVOCABILIDAD. Sin perjuicio de lo dispuesto en el D.F.L. N° 251, de 1931, sobre cesión de carteras y demás medidas contempladas para la regularización de compañías de seguros, ninguna de las partes podrá poner término anticipado al presente contrato ni suspender su vigencia. Esta póliza permanecerá vigente hasta la muerte del asegurado o del último de sus beneficiarios con derecho a pensión de sobrevivencia, si los hubiere.
IRREVOCABILIDAD. La presente póliza no será revocable unilateralmente.
IRREVOCABILIDAD. A partir de la fecha en que inicie el Periodo de Disposición de la GPO y durante el mismo, las obligaciones contraídas por el Garante con motivo de la celebración del presente Contrato serán irrevocables y, por lo tanto, el Garante no podrá revocar, reducir, cancelar o limitar en forma unilateral, las obligaciones a su cargo, conforme al presente Contrato.
IRREVOCABILIDAD. Las partes integrantes del contrato de seguro no están autorizadas a revocar la presente póliza, dada la naturaleza de los riesgos amparados.
IRREVOCABILIDAD. El presente mandato es irrevocable.
IRREVOCABILIDAD. El Fideicomitente renuncia expresamente a su derecho de revocar el presente Fideicomiso en virtud de tratarse de un Fideicomiso irrevocable mientras existan cantidades adeduadas bajo el Crédito o a cualquier tercero conforme a este instrumento.
IRREVOCABILIDAD. Las operaciones ordenadas por el ADHERENTE y confirmada su recepción por el BANCO no podrán revocarse bajo ninguna forma o medio.
IRREVOCABILIDAD. La/s operación/es ordenada/s no podrán revocarse. La confirmación del Banco se traducirá en un mensaje de confirmación para cada operación en particular.