SARLAFT Cláusulas de Ejemplo

SARLAFT. EL CONTRATISTA manifiesta que la información aportada verbalmente y por escrito, relacionada con el Sistema para la Administración del Riesgo xxx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo -SARLAFT es veraz y verificable, y se obliga de acuerdo con las Circulares Externas No 22 y 061 de 2007 de la Superintendencia Financiera de Colombia a:
SARLAFT. EL CLIENTE conoce, entiende y acepta de manera voluntaria e inequívoca que CELUPLATA, en cumplimiento de su obligación legal de prevenir y controlar el lavado de activos y la financiación del terrorismo, siguiendo la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre la materia, y por constituir una causal objetiva, podrá terminar, unilateralmente y sin previo aviso, el MOVII cuándo su nombre haya sido incluido en listas internacionales tales como ONU, FINCEN y/o OFAC (O-ce of Foreign Assets Control), ésta última comúnmente llamada lista Xxxxxxx. Así mismo, podrá darlo por terminado cuando EL CLIENTE, persona natural o jurídica: (i), registre en sus productos como autorizado o apoderado a una persona incluida en cualquiera de estas listas; (ii)-las autoridades competentes le inicien una investigación o lo hayan condenado por conductas relacionadas con actividades ilícitas y/o relacionadas con el lavado de activos, la financiación del terrorismo y/o cualquiera de los delitos conexos de los que tratan el Código Penal Colombiano y/o las normas que lo modifiquen, 10 GC-EP-F01 V1 adicionen o complementen; (iii)- se detecten transacciones y/o una relación comercial entre EL CLIENTE y una persona incluida en las mencionadas listas y/o vinculadas con las actividades ilícitas descritas en la presente cláusula. PARAGRAFO PRIMERO. Sin perjuicio de lo anterior, cuando EL CLIENTE sea una persona jurídica, MOVII S.A. podrá terminar unilateralmente el contrato si cualquiera de sus vinculados, entre otros, sus representantes legales, socios, contadores, revisores fiscales, y/o administradores es vinculado por las autoridades nacionales y/o internacionales con las conductas anteriormente descritas y/o incluido en cualquiera de las listas mencionadas en esta cláusula. Se entenderá por administrador el representante legal, el liquidador, el factor, los miembros de juntas o consejos directivos y quienes de acuerdo con los estatutos ejerzan o detenten esas funciones. PARAGRAFO SEGUNDO: Cuando la terminación unilateral del contrato corresponda a las circunstancias descritas en la presente cláusula, MOVII S.A. procederá a comunicar al CLIENTE la cancelación inmediata del MOVII, mediante un mensaje de texto al dispositivo móvil asociado a MOVII o por cualquier otro medio idóneo para el efecto, sin que opere el previo aviso de 5 días hábiles señalado en el presente contrato.
SARLAFT. En materia de SARLAFT, LA FIDUCIARIA y/o CONTRATANTE cumplirá las obligaciones que le impone la Ley y procederá de conformidad con su Manual SARLAFT.
SARLAFT. Las partes se obligan a realizar todas las actividades encaminadas a asegurar que todo su personal a cargo, empleados, socios, accionistas, administradores, clientes, proveedores, etc., y los recursos de estos, no se encuentren relacionados o provengan, de actividades ilícitas; particularmente, xx xxxxxx de activos o financiación del terrorismo. En todo caso, si durante el plazo de vigencia del contrato se encontraren en alguna de las partes, dudas razonables sobre sus operaciones, así como el origen de sus activos y/o que alguna de ellas, llegare a resultar inmiscuido en una investigación de cualquier tipo (penal, administrativa, etc.) relacionada con actividades ilícitas, lavado de dinero o financiamiento del terrorismo, o fuese incluida en las listas internacionales vinculantes para Colombia, de conformidad con el derecho internacional (listas de naciones unidas- ONU), en listas de la OFAC x Xxxxxxx, etc., El BANCO FINANDINA S.A BIC, tendrá derecho de terminar unilateralmente el convenio sin que por este hecho, esté obligado a indemnizar ningún tipo de perjuicio a la parte que lo generó.
SARLAFT. EL CLIENTE conoce, entiende y acepta, de manera voluntaria e inequívoca, que EL BANCO en cumplimiento de su obligación legal de prevenir y controlar el lavado de activos y la financiación del terrorismo, siguiendo la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre la materia, y por constituir una causal objetiva, podrá terminar unilateralmente y sin previo aviso, el presente contrato, cuando su nombre haya sido incluido en las listas internaciones tales como ONU, FINCEN y/u OFAC (Office of Foreign Assets Control), o en cualquier otra, de igual o similar naturaleza, de carácter nacional o internacional. Así mismo, podrá darlo por terminado cuando EL CLIENTE, registre en sus productos como autorizado o apoderado a una persona incluida en cualquiera de estas listas; las autoridades competentes le inicien una investigación o lo hayan condenado por conductas relacionadas con actividades ilícitas, y/o relacionadas con el lavado de activos, la financiación del terrorismo y/o cualquiera de los delitos conexos de los que trata el Código Penal Colombiano y/o las normas que lo modifiquen, adicionen o complementen; se detecten transacciones y/o una relación comercial entre EL CLIENTE y una persona incluida en las mencionadas listas y/o vinculadas con las actividades ilícitas descritas en la presente Cláusula. Cuando la terminación unilateral del contrato corresponda a las circunstancias descritas en la presente cláusula, EL BANCO procederá a comunicar a EL CLIENTE la cancelación inmediata, sin que opere previo aviso alguno.
SARLAFT. EL CLIENTE conoce, entiende y acepta de manera voluntaria e inequívoca, que DAVIVIENDA, en cumplimiento de su obligación legal de prevenir y controlar el lavado de activos y la financiación del terrorismo, siguiendo la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre la materia, y por constituir una causal objetiva, podrá terminar, unilateralmente y sin previo aviso, el presente contrato, cuando su nombre haya sido incluido en listas internacionales tales como ONU, FINCEN y/o OFAC (Office of Foreign Control), esta última comúnmente llamada lista Xxxxxxx. Así mismo, podrá darlo por terminado cuando EL CLIENTE, persona natural o jurídica: PARÁGRAFO PRIMERO: Sin perjuicio de lo anterior, cuando EL CLIENTE sea una persona jurídica, DAVIVIENDA podrá terminar unilateralmente el contrato si cualquiera de sus vinculados, sus representantes legales, socios, contadores, Revisores Fiscales, y/o administradores son vinculados por las autoridades Nacionales y/o Internacionales con las conductas anteriormente descritas y/o incluido en cualquiera de las listas mencionadas en esta cláusula. Se entenderá por administrador el representante legal, el liquidador, el factor, los miembros de juntas o consejos directivos y quienes de acuerdo con los estatutos ejerzan o detenten esas funciones. PARÁGRAFO SEGUNDO: Cuando la terminación unilateral del contrato corresponda a las circunstancias descritas en la presente cláusula no operará el previo aviso de 15 días hábiles
SARLAFT. LAS PARTES declaran
SARLAFT. EL CLIENTE (Amparador PARÁGRAFO SEGUNDO: Cuando la terminación unilate- ral del contrato corresponda a las circunstancias descritas en la presente cláusula, no operará el previo aviso de
SARLAFT. EL CLIENTE conoce,
SARLAFT. EL CONTRATISTA manifiesta que la información aportada verbalmente y por escrito, relacionada con el Sistema para la Administración del Riesgo xxx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo -SARLAFT es veraz y verificable, y se obliga de acuerdo con las Circulares Externas No 22 y 061 de 2007 de la Superintendencia Financiera de Colombia a: PARÁGRAFO. El incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de lo establecido en esta cláusula, dará lugar a la terminación anticipada del presente contrato.