Modificación y resolución Cláusulas de Ejemplo

Modificación y resolución. El presente Convenio de Colaboración podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento. Serán causa de resolución del Convenio el mutuo acuerdo de las partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, así como el acuerdo motivado de una de ellas debido al incumplimiento grave o reiterado de alguna de sus cláusulas, debiendo ser comunicado el incumplimiento mediante preaviso, al menos, con un mes de antelación a la fecha propuesta de resolución.
Modificación y resolución. Previa notificación por escrito dirigida al Participante en el Mercado con una antelación mínima de 60 días, OMIClear S.E. podrá modificar el presente Contrato (en todo o en parte) y cualquier documento o proceso operativo y de procedimiento en relación con el presente Contrato para adaptarse a cualquier cambio o requisito normativo, u operativo, si bien dicha modificación surtirá efecto únicamente si no media el rechazo por el Participante en el Mercado mediante notificación escrita. En caso de que el Participante en el Mercado rechazara una modificación mediante notificación escrita durante un plazo de 60 días desde la recepción de la correspondiente notificación por OMIClear S.E., el presente Contrato quedará resuelto en un plazo efectivo de 60 días después de la notificación por escrito de OMIClear S.E., sin que surta efecto dicha modificación. En caso de que el Participante en el Mercado no rechazara una modificación mediante notificación escrita dentro de los 60 días siguientes a recibir la notificación escrita de OMIClear S.E., se entenderá que ha aceptado dicha modificación del presente Contrato. OMIClear S.E. podrá, mediante notificación previa por escrito con una antelación mínima de 90 días dirigida al Participante en el Mercado, modificar las Tarifas previstas en el presente Contrato. Dicha modificación surtirá efecto únicamente si no se rechaza por el Participante en el Mercado mediante notificación escrita. En caso de que el Participante en el Mercado rechazara la modificación mediante notificación escrita durante un plazo de 60 días desde la recepción de la correspondiente notificación por OMIClear S.E., el presente Contrato quedará resuelto en un plazo efectivo de 90 días después de la notificación escrita de OMIClear S.E., sin que surta efecto dicha modificación. En caso de que el Participante en el Mercado no rechazara la modificación mediante notificación escrita dentro de los 60 días siguientes a recibir la notificación escrita de OMIClear S.E., se entenderá que ha aceptado dicha modificación del presente Contrato. Aquellas disposiciones cuya subsistencia se prevea expresamente, o aquellas que por su naturaleza, subsistan al vencimiento, como por ejemplo, entre otras, la Cláusula de Confidencialidad x xx Xxx y Jurisdicción de Aplicación, seguirán vigentes a la finalización del presente Contrato. La pérdida de la condición de agente xxx xxxxxxx por parte del Participante en el Mercado conllevará la inmediata resolución del presente Contr...
Modificación y resolución. Cualquier modificación del convenio deberá ser acordada por las partes y recogida mediante adenda al convenio. Por circunstancias de salud pública u otras causas de fuerza mayor, que impidan realizar las actividades de la forma prevista inicialmente, éstas podrían ser objeto de modificación para adecuar el cronograma, la metodología o cualquier otro aspecto procedimental relativo a su ejecución y que resulte más acorde con la nueva circunstancia sobrevenida, previo acuerdo de la Comisión de Seguimiento Son causas de resolución del convenio: a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga de este. b) El acuerdo unánime de todos los firmantes, manifestado por escrito. c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. • En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de dos meses con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión de seguimiento. • Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio. e) Por cese de actividades de la Universidad o de las Administraciones colaboradoras.
Modificación y resolución. Previa notificación por escrito dirigida al Participante en el Mercado con una antelación mínima de 60 días, MIBGAS podrá modificar el presente Contrato (en todo o en parte) y cualquier documento o proceso operativo y de procedimiento en relación con el presente Contrato para adaptarse a cualquier cambio o requisito normativo, u operativo, si bien dicha modificación surtirá efecto únicamente si no media el rechazo por el Participante xx Xxxxxxx mediante notificación escrita. En caso de que el Participante en el Mercado rechazara una modificación mediante notificación escrita durante un plazo de 60 días desde la recepción de la correspondiente notificación por MIBGAS, el presente Contrato quedará resuelto en un plazo efectivo de 60 días después de la disclosing party. Any such data or information and any intellectual property rights contained therein shall remain the property of the disclosing party such that the receiving Party shall have no other rights in and to such data or information as set out in this Agreement. Other than as expressly provided for in this Agreement, any data or information provided by one Party to the other shall be kept strictly confidential and the receiving Party shall protect such data and information from unauthorised disclosure to third parties.
Modificación y resolución. Previa notificación por escrito dirigida al Participante en el Mercado con una antelación mínima de 60 días, MIBGAS Derivatives podrá modificar el presente Contrato (en todo o en parte) y cualquier documento o proceso operativo y de procedimiento en relación con el presente Contrato para adaptarse a cualquier cambio o requisito normativo, u operativo, si bien dicha modificación surtirá efecto únicamente si no media el rechazo por el Participante xx Xxxxxxx mediante notificación escrita. En caso de que el Participante en el Mercado rechazara una modificación mediante notificación escrita durante un plazo de 60 días desde la recepción de la correspondiente notificación por MIBGAS Derivatives, el presente Contrato quedará resuelto en un plazo efectivo de 60 días después de la notificación por escrito de MIBGAS Derivatives, sin que surta efecto dicha modificación. such data and information from unauthorised disclosure to third parties.
Modificación y resolución. Conforme el artículo 49.g) de la LRJSP, para la modificación de cualquier cláusula de este convenio será necesaria la unanimidad de los sujetos firmantes del mismo, a propuesta de la comisión de seguimiento. El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 51.1 de la LRJSP. De conformidad con lo establecido en el artículo 51.2 de la LRJSP, son causas de resolución del convenio, las siguientes: a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado expresamente su prórroga. b) El acuerdo unánime de todos los firmantes. cve: BOE-A-2022-21130 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso la otra parte notificará a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte notificará a la otra parte firmante la concurrencia de causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. d) La decisión judicial declaratoria de nulidad del convenio. e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes. Asimismo, será causa de resolución del convenio la denuncia expresa de cualquiera de las partes, y precisará de la reunión de la comisión de seguimiento para la decisión sobre la continuación del mismo.
Modificación y resolución. Previa notificación por escrito dirigida al Participante en el Mercado con una antelación mínima de 60 días, MIBGAS Derivatives podrá modificar el presente Contrato (en todo o en parte) y cualquier documento o proceso operativo y de procedimiento en relación con el presente Contrato para adaptarse a cualquier cambio o requisito normativo, u operativo, si bien dicha modificación surtirá efecto únicamente si no media el rechazo por el Participante en el Mercado mediante notificación escrita. En caso de que el Participante en el Mercado rechazara una modificación mediante notificación escrita durante un plazo de 60 días desde la recepción de la correspondiente notificación por MIBGAS Derivatives, el presente Contrato quedará resuelto en un plazo efectivo de 60 días después de la notificación por escrito de MIBGAS Derivatives, sin que surta efecto dicha modificación. En caso de que el Participante en el Mercado no rechazara una modificación mediante notificación escrita dentro de los 60 días siguientes a recibir la notificación escrita de such data and information from unauthorised disclosure to third parties.
Modificación y resolución. XVI.1. Modificación.- El Ayuntamiento de Castalla podrá modificar por razones de interés público las características del servicio contratado justificando debidamente su necesidad en el expediente. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato. No tendrán la consideración de modificaciones del contrato las ampliaciones de su objeto que no puedan integrarse en el proyecto inicial mediante una corrección del mismo o que consistan en la realización de una prestación susceptible de utilización o aprovechamiento independiente o dirigida a satisfacer finalidades nuevas no contempladas en la documentación preparatoria del contrato, que deberán ser contratadas de forma separada, pudiendo aplicarse, en su caso, el régimen previsto para la contratación de prestaciones complementarias si concurren las circunstancias previstas en los artículos 155 b) y 158 b). Las modificaciones del contrato deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 140.
Modificación y resolución. Cualquier modificación de las condiciones de colaboración recogidas en este Convenio deberá ser propuesta por la Comisión de Seguimiento, y formalizadas a través de las correspondientes adendas al mismo. Las causas de resolución son las reguladas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Cualquiera de las partes podrá denunciar este Convenio comunicándolo por escrito a la otra parte con seis meses de antelación. Si alguna de las partes omitiera subsanar cualquier incumplimiento de sus obligaciones en un periodo de treinta días a partir de notificación escrita por la otra parte de tal incumplimiento, las otras partes podrán resolver unilateralmente la participación de la Entidad incumplidora en el presente Convenio. La resolución del Convenio por esta causa de incumplimiento de una de las partes, podrá conllevar la indemnización por la parte incumplidora de los perjuicios causados a las partes que hayan instado la resolución, dicha indemnización quedará limitado al Identificador del documento: 6237250 Código de verificación: Seni2/O1
Modificación y resolución. Previa notificación por escrito dirigida al Participante en el Mercado con una antelación mínima de 60 días, MIBGAS Derivatives podrá modificar el presente Contrato (en todo o en parte) y cualquier documento o proceso operativo y de procedimiento en relación con el presente Contrato para adaptarse a cualquier cambio o requisito normativo, u operativo, si bien dicha modificación surtirá efecto únicamente si no media el rechazo por el Participante en el Mercado mediante notificación escrita. En caso de que el Participante en el Mercado rechazara una modificación mediante notificación escrita durante un plazo de 60 días desde la recepción de la correspondiente notificación por MIBGAS Derivatives, el presente Contrato quedará resuelto en un plazo efectivo de 60 días después de la notificación por escrito de MIBGAS Derivatives, sin que surta efecto dicha modificación. En caso de que el Participante en el Mercado no rechazara una modificación mediante notificación escrita dentro de los 60 días siguientes a recibir la notificación escrita de MIBGAS Derivatives, se entenderá que ha aceptado dicha modificación del presente Contrato. MIBGAS Derivatives podrá, mediante notificación previa por escrito con una antelación mínima de 90 días dirigida al Participante en el Mercado, modificar las Tarifas previstas en el presente contrato. Dicha modificación surtirá efecto únicamente si no se rechaza por el Participante en el Mercado mediante notificación escrita. En caso de que el Participante en el Mercado rechazara la modificación mediante notificación escrita durante un plazo de 60 días desde la recepción de la correspondiente notificación por MIBGAS Derivatives, el presente contrato quedará resuelto en un plazo efectivo de 90 días después de la notificación escrita de MIBGAS Derivatives may, by not less than 60 days prior written notice to the Market Participant, amend (in whole or part) this Agreement and any operational and procedural documents or processes in respect of this Agreement to accommodate any change in regulation or operational requirement but any such amendment will only be effective if not rejected by the Market Participant by written notice. In the event that the Market Participant should reject an amendment by written notice within 60 days from receipt of the relevant notice by MIBGAS Derivatives, this Agreement will terminate with effective date 60 days after MIBGAS Derivatives’s written notice without such amendment taking effect. In the event that t...