Common use of OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Clause in Contracts

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIA. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.

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Samples: Contract for Services, Contract for Internet Access Services, Contract for Technical Support Services

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA el contratista se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA la SBS personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar Evaluación de los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIAla Superintendencia. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-068- MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.

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Samples: Adjudication Simplified Agreement, Contract for Services, Consultancy Agreement

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA el contratista se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA la SBS personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar Evaluación de los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIAla Superintendencia. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-068- MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.Eléctricas

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Samples: Contract for Insurance Services, Suministro De Combustible, Contract for Services

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA el contratista se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA la SBS personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar Evaluación de los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIAla Superintendencia. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-068- MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.

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Samples: Contract for the Rental of Equipment, Contract for General Services

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA el contratista se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA la SBS personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar Evaluación de los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIAla Superintendencia. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-068- MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción. La relación de normas nacionales descritas anteriormente, es solo referencial y no exime al contratista del cumplimiento de toda la normatividad que le sea aplicable en materia de seguridad y salud, así como todas aquellas normas y lineamientos internos que la Superintendencia ponga en su conocimiento. 2.8. Conocer y difundir a su personal, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia, así como todas las medidas para el cuidado de la seguridad y salud en el trabajo dispuestas por esta. 2.9. Contar con los implementos de seguridad adecuados para el tipo de trabajo que se va a realizar. 2.10. Proporcionar a su personal, los equipos de protección y la ropa de trabajo que sea la adecuada para resguardarlo de los potenciales daños por efectos mecánicos, contaminantes, químicos y biológicos, ambientales y/o meteorológicos. De igual forma, deberá controlar el correcto uso de estos elementos así como su calidad. 2.11. Suministrar todos los equipos y herramientas que su personal requiera para el desarrollo y ejecución adecuada de los trabajos o actividades contratados, los mismos que deberán ser de óptima calidad, de características adecuadas para su uso y encontrarse en buen estado. Cualquier situación que afecte el funcionamiento y la calidad de estos, deberá ser reemplazado y debe ser puesto en conocimiento inmediato del personal de la Superintendencia.

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Samples: Contract for Services, Contract for Services

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA el contratista se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA la SBS personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar Evaluación de los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIAla Superintendencia. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción. La relación de normas nacionales descritas anteriormente, es solo referencial y no exime al contratista del cumplimiento de toda la normatividad que le sea aplicable en materia de seguridad y salud, así como todas aquellas normas y lineamientos internos que la Superintendencia ponga en su conocimiento. 2.8. Conocer y difundir a su personal, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia, así como todas las medidas para el cuidado de la seguridad y salud en el trabajo dispuestas por esta. 2.9. Contar con los implementos de seguridad adecuados para el tipo de trabajo que se va a realizar.

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Samples: Contract for Public Bidding, Public Procurement Agreement

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIA. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.

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Samples: Adjudication of Simplified Contract, Public Procurement Contract

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA el contratista se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA la SBS personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar Evaluación de los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIAla Superintendencia. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción. La relación de normas nacionales descritas anteriormente, es solo referencial y no exime al contratista del cumplimiento de toda la normatividad que le sea aplicable en materia de seguridad y salud, así como todas aquellas normas y lineamientos internos que la Superintendencia ponga en su conocimiento. 2.8. Conocer y difundir a su personal, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia, así como todas las medidas para el cuidado de la seguridad y salud en el trabajo dispuestas por esta.

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Samples: Contract for the Provision of Insurance Services, Contract for the Provision of Insurance Services

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA el contratista se obliga a lo siguiente: 2.15.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA la SBS personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.25.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.35.3. Evaluar Evaluación de los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.45.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.55.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.65.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIAla Superintendencia. 2.75.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-068- MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.

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Samples: Contract for Services, Contract for Services

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIA. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.

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Samples: Contract for Services, Adjudicación Simplificada

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA se obliga a lo siguienteA) Obligaciones Generales: 2.11. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades Cumplir con el objeto, obligaciones y productos contractuales, de conformidad con lo establecido en los conocimientos suficientesestudios, adquiridos a través de los programas de capacitación documentos previos y la propia experiencia acumulada a través de los añosoferta presentada dentro del proceso. 2.22. Capacitar adecuadamente Constituir la garantía a su personal respecto favor del FIDEICOMISO en los términos establecidos en este documento y mantenerla vigente durante el término de ejecución del contrato y hasta la liquidación (cuando aplique), por los riesgos valores y con los amparos previstos en el mismo y presentarla dentro los tres (3) días hábiles siguientes a los que está expuesto en función a las características la firma de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.63. Estar al día con las obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral (salud, riesgos laborales, pensiones) y aportes parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA) de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, adicionado por el artículo 1 de la Ley 828 de 2003. 4. Cumplir con las reglas lo establecido en el XXX-A01.2014-001 “Gestión de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIA. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud especialmente lo dispuesto en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR Anexo 1 sobre Normas y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento Requerimientos de Seguridad y Salud en el Trabajo para Contratistas, de acuerdo al objeto del contrato. 5. Cumplir con las Actividades Eléctricas - NTP 400.034disposiciones relacionadas con Gestión Ambiental, Andamiosde conformidad con la normatividad vigente, comprometiéndose al uso racional de los recursos que utilice para el desarrollo del objeto contractual. 6. RequisitosCumplir con las políticas y lineamientos del Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información del INSTITUTO. 7. - Xxxxx X.050, Seguridad Responder ante terceros por los daños que se ocasionen y que provengan de causas que le sean imputables. 8. Atender los lineamientos que durante la Construcciónel desarrollo del contrato emita EL INSTITUTO. 9. Cumplir con las demás actividades que se deriven del objeto del contrato.

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Samples: Fideicomiso

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio III.2.1.- Entrega e instalación del presente, EL CONTRATISTA se obliga a lo siguiente:suministro 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades III.2.2.- Obligaciones laborales y los conocimientos suficientes, adquiridos a través sociales III.2.3.- Cumplimiento de los programas de capacitación plazos y la propia experiencia acumulada a través de los añospenalidades por xxxx. 2.2III.2.4.- Indemnización de daños y perjuicios.- III.2.5.- Subcontratación. Capacitar adecuadamente - Comunicación del subcontrato a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características celebrar, suscrita por el contratista y el subcontratista, con indicación de las labores prestaciones o actividades que desarrolla partes del contrato a subcontratar y el cargo que ocupa. 2.3su importe. Evaluar los riesgos - Declaración responsable del subcontratista, formulada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias no encontrarse inhabilitado para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 60 del TRLCSP. - Declaración del contratista de que las prestaciones a subcontratar, conjuntamente con otros subcontratos precedentes, si los hubiere, no exceden del 60 - Compromiso del contratista de cumplimiento de lo previsto en el artículo 227 del TRLCSP. - Las modificaciones que se produzcan en las prestaciones objeto del subcontrato a lo largo de su ejecución, deberán ser notificadas por escrito al órgano de contratación, en un plazo no superior a quince días de producirse la normativa vigentemisma, según sea con indicación de las modificaciones producidas. - Será requisito indispensable para el trabajo abono de las correspondientes certificaciones o actividad a realizarfacturas al contratista, que el director o supervisor de la ejecución del contrato emita informe haciendo constar el porcentaje subcontratado hasta la fecha por el contratista para la ejecución del contrato principal. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación III.2.6.- Condiciones especiales de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contratoejecución. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIAIII.2.7.- Penalidades. 2.7a) Por cumplimiento defectuoso. Dar cumplimiento Podrán imponerse al contratista penalidades por incumplimiento defectuoso de la prestación (artículo 212.1 TRLCSP). Se impondrán cuando, al tiempo de la recepción, se constatara por el técnico director del contrato que, por causas imputables al contratista, el suministro no se encuentra en estado de ser recibido ( artículo 292 TRLCSP), con independencia de la obligación que legalmente incumbe al contratista en cuanto a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud la reparación de tales defectos. Como regla general, su cuantía será un 1% del precio del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el trabajoincumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad. FIRMADO POR: b) Por incumplimiento de criterios de adjudicación. Por cada criterio de adjudicación, se impondrán penalidades cuando se constate por el técnico director del contrato que, por causas imputables al contratista, no se esté cumpliendo alguno de los compromisos asumidos en su oferta. Como regla general, su cuantía será un 1% del precio del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatoriasel incumplimiento es grave o muy grave, Ley de Seguridad y Salud en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el Trabajoincumplimiento o la concurrencia de varios criterios incumplidos podrá tenerse en cuenta para la valorar la gravedad. c) El incumplimiento de las obligaciones establecidas en materia de subcontratación podrá dar lugar a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50% del importe del subcontrato de acuerdo con el artículo 227.3 TRLCSP. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatoriasEl importe de las penalidades se deducirá de las certificaciones o liquidación o, Reglamento en su caso de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construccióngarantía definitiva.

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Samples: Contract for Supply and Maintenance Services

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIA. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.

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Samples: Adjudicación Simplificada

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA para el cabal cumplimiento del objeto contractual, adquiere las siguientes obligaciones: 1. EL CONTRATISTA, en atención a lo normado por el Decreto 1273 de 2018 Por medio el cual se modifica el artículo 2.2.1.1.1.7, se adiciona el Título 7 a la Parte 2 del presenteLibro 3 del Decreto 780 de 2016, Único reglamentario del Sector Salud y Protección Social, retención de aportes al Sistema de Seguridad Integral y Parafiscales de los Trabajadores Independientes y modifica los artículos 2.2.4.2.2.13 y 2.2.4.2.2.15 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, los Trabajadores Independientes vinculados mediante Contrato de Prestación de Servicios, deben cancelar los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, mes vencido. 2. EL CONTRATISTA debe cumplir con las normas del Sistema General de Riesgos Laborales, en especial, las siguientes: a. Procurar el cuidado integral de su salud. b. El pago de los aportes al sistema de riesgos laborales se realizará de acuerdo a la clase de actividad establecida en el objeto y obligaciones de (el) la contratista en los términos establecidos en el Decreto 1607 de 2002. (Ley 1562 de 2012 y Decreto 1530 de 1996), Se ha determinado el presente acuerdo de partes clasificado en el nivel de riesgo XX (X). c. Exámenes médicos pre ocupacionales. EL CONTRATISTA deberá hacer entrega del examen médico pre ocupacional a LA EMPRESA de acuerdo con el profesiograma y el objeto a desarrollar y dentro de los plazos establecidos legalmente. (Decreto 723 de 2013 art. 18) d. EL CONTRATISTA se obliga compromete a lo siguiente: 2.1. Asignar cumplir a cabalidad con las normas, reglamentos y la política de seguridad y salud en el trabajo establecida por la entidad al igual que suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud e informar oportunamente a LA SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través EMPRESA acerca de los programas peligros y riesgos latentes en la ejecución contractual. (Decreto 1443 de capacitación 2014 arts. 5 y la propia experiencia acumulada a través de los años10). 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIA. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIA. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-DGSP- V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción. La relación de normas nacionales descritas anteriormente, es solo referencial y no exime al contratista del cumplimiento de toda la normatividad que le sea aplicable en materia de seguridad y salud, así como todas aquellas normas y lineamientos internos que LA SUPERINTENDENCIA ponga en su conocimiento. 2.8. Conocer y difundir a su personal, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de LA SUPERINTENDENCIA, así como todas las medidas para el cuidado de la seguridad y salud en el trabajo dispuestas por esta. 2.9. Contar con los implementos de seguridad adecuados para el tipo de trabajo que se va a realizar. 2.10. Proporcionar a su personal, los equipos de protección y la ropa de trabajo que sea la adecuada para resguardarlo de los potenciales daños por efectos mecánicos, contaminantes, químicos y biológicos, ambientales y/o meteorológicos. De igual forma, deberá controlar el correcto uso de estos elementos así como su calidad. 2.11. Suministrar todos los equipos y herramientas que su personal requiera para el desarrollo y ejecución adecuada de los trabajos o actividades contratados, los que deberán ser de óptima calidad, de características adecuadas para su uso y encontrarse en buen estado. Cualquier situación que afecte el funcionamiento y la calidad de estos, deberá ser reemplazado y debe ser puesto en conocimiento inmediato del personal de la SUPERINTENDENCIA.

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Samples: Contratación De Servicios

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presenteAdemás de las obligaciones esenciales de la naturaleza contractual y las dispuestas en los códigos de comercio y civil, así como las normas que los modifiquen, reemplacen o sustituyan tales normas y de las obligaciones específicas derivadas de la oferta y aquellas contenidas en los demás documentos, EL CONTRATISTA se obliga a lo siguientedeberá cumplir con las siguientes: 2.11. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA Seleccionar, capacitar y coordinar el personal que posea las habilidades requerido para el funcionamiento, y los conocimientos suficientes, adquiridos a través adquisición de los programas implementos y equipos de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años.trabajo; 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.42. Contar con las licencias y/la tripulación necesaria para la operación que estará compuesta al menos por los siguientes: (1) Patrón de bahía (Capitan Clase C) o las certificaciones nacionales y/(1) Piloto fluvial. (1) Marinero maquinista o extranjeras que sean requeridas y/(1) Maquinista fluvial. (2) Marinero de Cubierta o necesarias (2) Ayudantes fluvial. Los anteriores oficios se definen de acuerdo a la habilitación de transporte de la empresa oferente (Marítimo o fluvial). 3. Acreditar la vinculación de la tripulación al Sistema de Seguridad Social Integral y Aportes Parafiscales. 4. Proveer la dotación necesaria para la correcta operación de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo aplicable y la manipulación entre ellos deberá contener los elementos de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta protección y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIAcomo mínimo: chalecos, uniformes, botas de seguridad y guantes. Cada cuatro meses para el total de tripulación. 2.75. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en Realizar el trabajo, que a modo servicio de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento limpieza diaria de la Ley N° 29783embarcación, garantizando la buena disposición de los residuos. 6. - Ley N° 28048. Ley Contar con una tripulación mínima de protección atraque para pernocta de la mujer gestanteembarcación en Muelle cuando se encuentre fuera de operación. - Ley N° 27626Esta tripulación estará compuesta al menos por los siguientes: (1) Marinero maquinista o (1) Maquinista fluvial. (1) Marinero de Cubierta o (1) Ayudante fluvial. 7. Administrar la información técnica del activo, De de acuerdo al plan de mantenimiento entregado por el fabricante, junto al seguimiento de un equipo técnico y operativo idóneo para garantizar la conservación del activo. El mantenimiento se encuentra supeditado al plan de mantenimiento y las empresas especiales coberturas que sean ofrecidas por el fabricante durante el periodo de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento garantía de la Ley N° 28048embarcación. 8. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección Realizar los mantenimientos básicos que incluyan como mínimo: Mantenimiento del Casco (Xxxxxx xxx xxxxx de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda embarcación y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construccióndefensas).

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Samples: Contrato De Operación Integral

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA el contratista se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA la SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIAla Superintendencia. 2.7. Dar cumplimiento a las la normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-068- MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción. La relación de normas nacionales descritas anteriormente, es solo referencial y no exime al contratista del cumplimiento de toda la normatividad que le sea aplicable en materia de seguridad y salud, así como todas aquellas normas y lineamientos internos que la Superintendencia ponga en su conocimiento. 2.8. Conocer y difundir a su personal, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia, así como todas las medidas para el cuidado de la seguridad y salud en el trabajo dispuestas por ésta. 2.9. Contar con los implementos de seguridad adecuados para el tipo de trabajo que se va a realizar. 2.10. Proporcionar a su personal, los equipos de protección y la ropa de trabajo que sea la adecuada para resguardarlo de los potenciales daños por efectos mecánicos, contaminantes, químicos y biológicos, ambientales y/o meteorológicos. De igual forma, deberá controlar el correcto uso de estos elementos así como su calidad. 2.11. Suministrar todos los equipos y herramientas que su personal requiera para el desarrollo y ejecución adecuada de los trabajos o actividades contratadas, los mismos que deberán ser de óptima calidad, de características adecuadas para su uso y deben encontrarse en buen estado. Cualquier situación que afecte el funcionamiento y la calidad de éstos, deberá ser reemplazado y debe ser puesto en conocimiento inmediato del personal de la Superintendencia.

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Samples: Consulting Agreement

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA el contratista se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA la SBS personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar Evaluación de los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIAla Superintendencia. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626226, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-009 2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-068- MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.

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Samples: Contratación Para La Contratación Del Servicio De Soporte Técnico De La Plataforma De Optimización Wan

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIAla Superintendencia. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-068- MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas Eléctricas. - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.

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Samples: Public Procurement Agreement

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIA. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-DGSP- V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.

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Samples: Contratación Del Servicio De Soporte Técnico Y Actualización Del Software De Cómputo Forense

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente3.1. Cumplir con diligencia y oportunidad el servicio que se le confía, ciñéndose a las obligaciones señaladas en el Contrato. En caso de incumplimiento de las obligaciones por parte de EL CONTRATISTA, éste será penalizado de acuerdo al Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de PETROPERÚ S.A. 3.2. El CONTRATISTA se obliga a lo siguiente: 2.1cumplir las normativas siguientes: D.S. N° 026-94-EM Reglamento de Seguridad para el Transporte de Hidrocarburos D.S. N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social, referido al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, para con sus trabajadores. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades D.S. N° 030-98-EM y los conocimientos suficientes, adquiridos a través 045- 2001-EM Referidos al Reglamento para la Comercialización y Transporte de Combustibles líquidos derivados de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2Hidrocarburos. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los Decreto Legislativo Nº 1147 del 11.12.2012 Decreto Legislativo que está expuesto en función a las características Regula el Fortalecimiento de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados Fuerzas Armadas en las actividades que son materia Competencias de la Autoridad Marítima Nacional – Dirección General de Capitanías y Guardacostas. D.S. Nº 015-2014-DE del presente contrato. 2.628.11.2014. Cumplir con las reglas Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1147. R.D. N° 0562-2003/DCG: Código de conducta Seguridad de Equipos para Naves y Artefactos Navales, Marítimos, Fluviales y Lacustres. Ley N° 29783 Ley de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIA. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley Trabajo D.S. 29783 y sus modificatorias, 005-2012-TR Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de Ley Nº 30222 Modifica la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley Nº 29783 Decreto Legislativo Nº 1126 Decreto Legislativo que Establece Medidas de protección Control en los Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, Maquinarias y Equipos Utilizados para la Elaboración de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios Drogas Ilícitas; así como normas conexas y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcciónmodificatorias.

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Samples: Service Agreement

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIA. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-DGSP- V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.

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Samples: Adjudication of Simplified Procurement

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio 6.2.1. Será responsabilidad del presenteproveedor de servicios de Internet la obtención de licencias, EL CONTRATISTA se obliga a lo siguiente:permisos, habilitaciones y autorizaciones necesarios para prestar el servicio contratado. 2.16.2.2. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA El personal de la firma contratista debe ser altamente calificado para realizar las actividades que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través conlleven al optimo funcionamiento de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los añosservicios contratados. 2.26.2.3. Capacitar adecuadamente a su El personal respecto de deberá llevar los riesgos a los documentos que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla le acrediten como empleado del contratista, y presentarlos ante la DNDA, para el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar los riesgos ejercicio de las actividades que efectuará su personalimpliquen la prestación de los servicios contratados. 6.2.4. El contratista será responsable de la supervisión directa de sus funcionarios, adoptando quienes al ingresar a la DNDA acatarán las normas internas. 6.2.5. El contratista deberá atender en debida forma los reclamos que presente la DNDA en relación con la prestación del servicio y adoptará las medidas necesarias correctivas de manera inmediata. 6.2.6. El contratista se compromete a mantener vigente durante la ejecución del contrato los precios ofertados en la propuesta. 6.2.7. mantener informada a la DNDA sobre eventualidades en la prestación del servicio. 6.2.8. Disponer del recurso humano y tecnológico necesario para garantizar el debido soporte técnico en el desarrollo de proyectos, implementación y mantenimiento de sus redes. 6.2.9. La conexión debe estar monitoreada por un equipo técnico altamente calificado las 24 horas del día los 7 días a la semana, a través de una atención local y remta, manteniendo siempre una gestión de control antes permanente sobre todos y cada uno de los equipos involucrados en la conexión. T:\2010\E-4 Compras\E-4.2 Selección Abreviada\E-4.2.3 Menor cuantía inf 10%\MenC inf 10 Subasta Inv\E-4.2.3.2 Servicios\E-4.2.3.2.2 Arrendamientos muebles\Hosting, GLORIA T, ene 13-2010\1 Estudio previo Hosting Ene 15-2010.doc 6.2.10. El servicio debe permanecer monitoreado ofreciendo un tiempo de respuesta de 2 horas sujetos a la evaluación del inicio de las actividadescaso presentado para su solución y escalamiento. 2.46.2.11. Contar Ofrecer el servicio con un call center disponible 7x24 para atender solicitudes por correo electrónico y teléfono. 6.2.12. Prestar el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos y redes involucrados dentro del servicio ofrecido sin costo adicional. 6.2.13. Prestar el servicio relacionado con los procesos de mantenimiento preventivo y actualizaciones, previo acuerdo con el supervisor del contrato y programados en horas de poco tráfico y anunciados con por lo menos 48 horas de anticipación. 6.2.14. Utilizar herramientas de monitoreo de bases de datos para presentar estadísticas gráficas y de texto y hacer constantemente muestreos de uso del canal asegurando tener datos actualizados. 6.2.15. Garantizar una disponibilidad del servicio mínima de enlaces del 99,6%. 6.2.16. Cumplir las licencias y/o instrucciones impartidas por el funcionario encargado del control y vigilancia del contrato y las certificaciones nacionales y/o extranjeras demás que sean requeridas y/o necesarias inherentes al objeto de la presente contratación. 6.2.17. Ejecutar el objeto del contrato dentro del término y en el sitio señalado a partir de lo estipulado en el contrato que se suscriba. 6.2.18. Garantizar a la DNDA que durante la vigencia del contrato se encuentra al día sobre pagos de seguridad social y aportes parafiscales. Certificación expedida por el Revisor Fiscal, cuando exista, de acuerdo con los requerimiento de la normativa vigenteLey, según sea o por el trabajo o actividad Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes de sus empleados y a realizar.los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. (Ley 789/02 en concordancia con la Ley 828/03 y Ley 1150/07). T:\2010\E-4 Compras\E-4.2 Selección Abreviada\E-4.2.3 Menor cuantía inf 10%\MenC inf 10 Subasta Inv\E-4.2.3.2 Servicios\E-4.2.3.2.2 Arrendamientos muebles\Hosting, GLORIA T, ene 13-2010\1 Estudio previo Hosting Ene 15-2010.doc 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.66.2.19. Cumplir con las reglas cada uno de conducta y de seguridad interna los ofrecimientos hechos en su oferta, en todo aquello que disponga LA SUPERINTENDENCIAno contraríe lo aquí estipulado, lo cual hace parte del contrato que se suscriba. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.

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Samples: Arrendamiento Servicio De Hosting

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 3.1.- Será obligación del adjudicatario realizar en los dos primeros meses contados a partir de la fecha de adjudicación, un informe de cada instalación objeto de la conservación, de las relacionadas en el ANEXO I, en el que se especifique si la instalación cumple o no las Instrucciones Técnicas, según lo dispuesto entre otros en:  Real Decreto 1027/2007, de 20 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.  Orden de 30 de julio de 2.014, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se desarrolla el procedimiento para llevar a cabo las inspecciones de eficiencia energética de determinadas instalaciones térmicas de los edificios y se aprueban los modelos de informe  Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Técnico de Distribución y Utilización de Combustibles Gaseosos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ICG 01 a 11.  Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.  Real Decreto 795/2010, de 16 xx xxxxx, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan.  Real Decreto 842/2002, de 2 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión y sus instrucciones técnicas complementarias (ITC) BT 01 a BT 51.  Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas.  Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre, por el que se aprueba la instrucción técnica complementaria MI-IP 03.  Real Decreto 365/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se aprueba la Instrucción técnica complementaria MI-IP05 «Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos».  Real Decreto 1416/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MI-IP 06 «Procedimiento para dejar fuera de servicio los tanques de almacenamiento de productos petrolíferos líquidos». así como en sus modificaciones, adaptaciones, disposiciones de adaptación y correcciones de errores. Por medio otro lado, el adjudicatario presentará un Programa de Trabajo que identifique todas las actuaciones que tenga previsto llevar a cabo durante la ejecución del presentemismo, EL CONTRATISTA incluyendo los trabajos de mantenimiento preventivo en sus modalidades de conductivo, programado tanto técnico–legal con la frecuencia prevista para cada actuación. Contendrá así mismo la previsión de inspecciones periódicas reglamentarias obligatorias a realizar en los elementos e instalaciones integradas en los equipamientos objeto del contrato por las entidades de control legalmente habilitadas. 3.2.- En el caso de incumplimiento de algunas de dichas Instrucciones Técnicas el informe deberá reflejar:  Definición y explicación de la instrucción incumplida.  Reforma o adaptación que es necesario realizar para su cumplimiento.  Plazo de que se obliga dispone para realizar los trabajos de adaptación o reforma.  Valoración desglosada e importe total de los trabajos necesarios que sea preciso realizar. 3.3.- El informe no solo se referirá al incumplimiento estricto de las Instrucciones I.T. por las instalaciones propiamente dichas, sino que abarcará también lo referente al cuarto xx xxxxxxxx, instalación de suministro de combustible, chimeneas de humos, instalación eléctrica, etc, es decir, a todos los aspectos recogidos en la legislación vigente que sean susceptibles de obtener autorización de uso por Organismos Oficiales para el funcionamiento completo de las instalaciones. 3.4.- Se considerarán incluidas en el presente pliego la detección y reparación de averías en las salas de máquinas, equipos de producción de calor y frío, elementos de regulación y control, tuberías-valvulería y accesorios, chimeneas y conductos de humo, instalaciones de almacenamiento-acometida y trasiego de combustible líquido y gaseoso, instalación eléctrica, conductos de aire, salidas de humos, , elementos de aislamiento térmico y elementos terminales (radiadores - aerotermos) con sus soportes, de tal forma que todas las operaciones de mantenimiento que se enumeran en la I.T.-3 se entenderán extendidas a la instalación de almacenamiento o acometida y trasiego de combustible, especialmente en lo que se refiere a los prensa estopas de las bombas, vigilancia de los circuitos a presión, filtros del combustible, válvulas reguladoras de presión, manómetros, caudalímetros, etc. Igualmente, el adjudicatario realizará las operaciones de mantenimiento preventivo a las unidades enfriadoras ALR-215.2 ST, según el siguiente programa:  CONTROLES  Actuación correcta de los interruptores de flujo.  Comprobación general de continuidad en la serie externa y enclavamiento.  Medida de la perdida de carga en evaporador y condensador (si hay manómetros instalados).  Inspección termostato ventiladores torre de refrigeración (según tipo de unidad).  VERIFICACIÓN Y ACTUACIÓN DE:  Presostato de alta.  Presostato de baja.  Presostato diferencial de aceite (según tipo de unidad).  Termostato antihielo.  Temporizador de arrancadas (según tipo de unidad).  Protección interna del motor.  Secuenciador electrónico (según tipo de unidad).  Termostato de regulación de temperatura de agua fría o caliente.  Termostato ambiente (condensación por aire).  Inspección de los cables de fuerza y medida del aislamiento de los mismos (arrancador- motor)  Inspección de los contactores y demás automatismos del arrancador.  Verificación del tiempo de conmutación.  Verificación y ajuste de los relés de sobre intensidad.  Revisión y apriete de los tornillos y conexiones del arrancador.  EN UNIDADES DE CONDENSACIÓN POR AIRE  Inspección cables alimentación motores de ventiladores.  Inspección de los contactores motores de ventiladores.  Verificación y ajuste de los relés térmicos de sobreintensidad motores de ventiladores.  Alineación de poleas y verificación tensión xx xxxxxxx (según tipo de unidad).  Medida aislamiento motores ventiladores.  Medida del consumo en amperios.  Engrase de cojinetes.  CIRCUITO DE ACEITE  Verificación de la resistencia calefactora y de los cables de alimentación.  Comprobación del nivel de aceite y adición o cambio si procede (según tipo de unidad)  Extracción y análisis de aceite.  CIRCUITO DE REFRIGERANTE  Medida aislamiento motor compresor.  Comprobación de fugas de refrigerante.  Verificación de la carga de refrigerante y adición si procede.  Puesta en marcha.  Verificación temperatura y presión de evaporación.  Verificar temperatura y presión de condensación.  Verificar presión real de bomba de aceite (según tipo de unidad).  Comprobar funcionamiento válvulas de expansión termostáticas.  Verificar que el subenfriamiento y recalentamiento son correctos, en caso negativo ajustar debidamente.  Comprobar temperatura de entrada y salida de agua en el evaporador.  Comprobar temperatura de entrada y salida de agua/aire en el condensador.  Medida del voltaje de línea y comparación con el indicado en placa de la unidad.  Medida del consumo en amperios.  Comprobación del correcto funcionamiento de las solenoides para control de capacidad en función de la temperatura de agua fría (según tipo de unidad).  Comprobación del funcionamiento general de la unidad.  Cumplimentación de hoja de datos en funcionamiento. 3.5.- Las instalaciones que en el cuarto xx xxxxxxxx no dispongan del preceptivo esquema de la instalación, se realizará por el adjudicatario y se entregará en papel y archivo electrónico en formato “*.dwg” la totalidad de las instalaciones así como cualquier modificación que produzca en esta. En él los aparatos figurarán fácil e inequívocamente identificados, acompañándose de un Manual de Instrucciones que describa ordenadamente las operaciones a realizar para una correcta parada y puesta en marcha de la instalación. 3.6.- En caso de no existir un “Manual de Uso y Mantenimiento” de la instalación térmica, será realizado por el adjudicatario considerándose incluido en el presente pliego y se depositará en la misma. Todas las operaciones de mantenimiento y reparación de las instalaciones de calefacción y climatización propiamente dichas, se ajustarán rigurosamente en cuanto al número, tipo y frecuencia de las mismas a lo siguiente:dispuesto en la I.T.-3.3. 2.13.7.- El adjudicatario realizará un informe mensual que recoja todas las incidencias habidas durante el mes en las instalaciones objeto del presente contrato. Asignar Igualmente con carácter anual se emitirá certificado del análisis de combustión de las calderas, y con carácter cuatrienal certificado acreditativo de la revisión efectuada según lo descrito en el REAL DECRETO 919/2006 (Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias XXX 00 a LA SUPERINTENDENCIA personal 11.). 3.8.- Dichos documentos se remitirán al Responsable Municipal del Contrato que posea las habilidades los conservará en la Delegación de Sostenibilidad, Obras Públicas, Mantenimiento Urbano y los conocimientos suficientesEdificios Públicos, adquiridos a través en lo sucesivo DSOPMUEP. 3.9.- Además de los programas trabajos de capacitación limpieza y control que se describen en la Versión Consolidada del RITE en el apartado I.T.-3.3, se considerarán incluidos los trabajos de reparación de la instalación de suministro-acometida y trasiego de combustible, y de todos los elementos de la instalación, interiores o exteriores del edificio incluso elementos eléctricos que estén ubicados dentro xxx xxxxxxx del cuarto xx xxxxxxxx y vestíbulos estancos previos. 3.10.- En caso de avería de uno o varios elementos imprescindibles para el funcionamiento de la instalación y que no sea posible su reparación "in situ", el adjudicatario estará obligado al desmontaje de dicho elemento, su transporte y reparación en taller y a sustituir provisionalmente, durante el tiempo que dure la reparación, dicho elemento por otro de similares características que garantice la continuidad del servicio sin cargo adicional alguno para el Ayuntamiento. Únicamente se exceptúa de esta reposición provisional la caldera y el quemador. 3.11.- El adjudicatario dotará a los operarios que realicen el servicio con el equipo necesario para satisfacer las exigencias especificadas en el presente Pliego, en lo que respecta a los pequeños materiales, a las herramientas que deba manejar su personal, al vehículo del que se les dote, así como de aquello que haya que utilizar como consecuencia de la dinámica funcional y operativa de la prestación del servicio (andamios, grúas, etc) durante la vigencia del contrato. 3.12.- El adjudicatario realizará o prestará sin cargo adicional cuantos informes o asistencia técnica le sea requerida por el Responsable Municipal del Contrato o por la DSOPMUEP. 3.13.- Así mismo, a instancia del Responsable Municipal del Contrato acompañará, prestará el apoyo técnico necesario, supervisará e informará a cualquier otra empresa que pudiese resultar adjudicataria de algún tipo de trabajo o reforma de las instalaciones objeto del contrato. Igualmente estará obligada a notificar al responsable del contrato de cuantas irregularidades observase en la realización de estos trabajos. 3.14.- Semanalmente, se entregarán al Responsable Municipal del Contrato los informes con los asientos mencionados en el soporte informático que se le indique y/o mediante el acceso en tiempo real al programa informático del adjudicatario que contenga los datos indicados. 3.15.- El adjudicatario confeccionará y actualizará los libros, registros y la propia experiencia acumulada documentación en general, relativa a través los materiales, equipos e instalaciones, según resulte exigible por la normativa de los añosaplicación. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los 3.16.- El adjudicatario custodiará la documentación técnica que está expuesto se determine en función a las características la normativa aplicable. 3.17.- Paralizará o limitará la utilización o el funcionamiento de las labores instalaciones o actividades que desarrolla y el cargo que ocupaelementos de cualquier índole, cuando se den las situaciones previstas en la normativa aplicable. 2.3. Evaluar los riesgos 3.18.- Permitirá la continuidad de las actividades que efectuará su personalen el equipamiento en las zonas colindantes con los trabajos propios del mantenimiento, adoptando las medidas necesarias evitando en lo posible la existencia de control antes del inicio olores, polvo, ruidos, etc. y se adaptará si fuera necesario a los horarios de los servicios para la realización de las actividadestareas que no permitan interferir en la actividad del centro. 2.4. Contar 3.19.- Instruirá al personal municipal que se designe en los equipamientos en el manejo de las instalaciones, su puesta en marcha, parada, regulación básica, rearme y actuación en caso de emergencia, así mismo planificará con los gestores de los edificios las licencias y/o paradas en verano y las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizarpuesta en marcha en invierno. 2.5. Prevenir 3.20.- Se considerarán incluidas en el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y presente pliego la manipulación presencia de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados personal de la contrata en las actividades inspecciones periódicas que son materia realice personal autorizado de la compañía suministradora de gas, debiendo entregar al Responsable Municipal del Contrato documento acreditativo de la misma. 3.21.- Igualmente, se considerarán incluidas en el presente pliego la presencia de personal de la contrata en eventos especiales tales como actos institucionales, procesos electorales, plenos, … sin coste alguno para el Ayuntamiento de Fuenlabrada. 3.22.- Será obligación del adjudicatario gestionar, reclamar y tramitar con los fabricantes de equipos e instaladores las garantías de los equipos y los componentes de los diferentes sistemas objeto del contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIA3.23.- Los licitadores presentarán la oferta desglosando los importes unitarios del mantenimiento individualmente por cada centro. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.

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Samples: Mantenimiento Y Conservación De Instalaciones

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA el contratista se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA la SBS personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar Evaluación de los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIAla Superintendencia. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción. La relación de normas nacionales descritas anteriormente, es solo referencial y no exime al contratista del cumplimiento de toda la normatividad que le sea aplicable en materia de seguridad y salud, así como todas aquellas normas y lineamientos internos que la Superintendencia ponga en su conocimiento.

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Samples: Public Procurement Agreement

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA se obliga a lo siguienteA) Obligaciones Generales: 2.1. Asignar 1) Cumplir con el objeto, obligaciones y productos contractuales, de conformidad con lo establecido en los estudios, documentos previos y la oferta presentada dentro del proceso. 2) Constituir la garantía a LA SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades favor del FIDEICOMISO en los términos establecidos en este documento y mantenerla vigente durante el término de ejecución del contrato y hasta la liquidación (cuando aplique), por los conocimientos suficientes, adquiridos a través valores y con los amparos previstos en el mismo y presentarla dentro de los programas tres (3) días hábiles siguientes a la firma de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los añoscontrato. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto 3) Estar al día con las obligaciones frente al Sistema de los Seguridad Social Integral (salud, riesgos a los que está expuesto laborales, pensiones) y aportes parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA) de conformidad con lo establecido en función a las características el artículo 50 de las labores o actividades que desarrolla y la Ley 789 de 2002, adicionado por el cargo que ocupaartículo 1 de la Ley 828 de 2003. 2.3. Evaluar los riesgos 4) Cargar la certificación de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias pago y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo factura con la normativa vigentelos soportes correspondientes en el SECOP II, una vez radicada cada cuenta en el INSTITUTO y según sea periodicidad exigida en el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. 5) Cumplir con las reglas lo establecido en el XXX-A01.2014-001 “Gestión de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIA. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 especialmente lo dispuesto en el Anexo 1 sobre Normas y sus modificatorias, Ley Requerimientos de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR Trabajo para Contratistas, de acuerdo al objeto del contrato. 6) Cumplir con las disposiciones relacionadas con Gestión Ambiental, de conformidad con la normatividad vigente, comprometiéndose al uso racional de los recursos que utilice para el desarrollo del objeto contractual. 7) Cumplir con las políticas y sus modificatorias, Reglamento lineamientos del Sistema de Gestión de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección Seguridad de la mujer gestanteInformación del INSTITUTO. 8) Reportar de manera inmediata cualquier novedad o anomalía sobre la ejecución del contrato al Supervisor del mismo. 9) Responder ante terceros por los daños que se ocasionen y que provengan de causas que le sean imputables. - Ley N° 27626, De las empresas especiales Instituto Nacional de servicios y cooperativas Salud CONTRATO DE COMPRAVENTA No. PAFEI–125 CELEBRADO ENTRE EL PATRIMONIO AUTÓNOMO – FONDO ESPECIAL PARA INVESTIGACIONES – FEI Y SUMINISTROS CLINICOS ISLA S.A.S. 10) No acceder a peticiones o amenazas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento quienes actúen por fuera de la Ley N° 28048ley con el fin de obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TRCuando se presenten tales peticiones o amenazas, De protección deberá informar inmediatamente de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, su ocurrencia al INSTITUTO y a las demás autoridades competentes para que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica ellas adopten las medidas y correctivos que fuesen necesarios 11) Atender los lineamientos que durante el desarrollo del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos contrato emita EL INSTITUTO. 12) Cargar la(s) factura(s) con los soportes correspondientes en el ambiente SECOP II, una vez radicadas en el Instituto y según periodicidad exigida en el contrato 13) Cumplir con las demás actividades que se deriven del objeto del contrato. PARÁGRAFO: SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO En cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1072 de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA2015, Reglamento sanitario para el Contratista deberá dar observancia a las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda Normas y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento Requerimientos de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcciónacuerdo al tipo de actividad que desarrolle.

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Samples: Contrato De Compraventa

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presenteI. OBLIGACIONES GENERALES: a) El proponente deberá presentar con su oferta a la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, EL CONTRATISTA se obliga un Plan de Saneamiento Integral de acuerdo a lo siguiente: 2.1estipulado en la Resolución 2674 del 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social, el cual debe adoptar y ejecutar durante el desarrollo del contrato. Asignar Para lo cual debe presentar un documento que comprenda los siguientes programas: - Programa de limpieza y desinfección de instalaciones, equipos y utensilios. - Programa de manejo de desechos sólidos y líquidos. - Programa y cronograma de control plagas y roedores. - Programa y cronograma de pruebas microbiológicas. - Programa de capacitación, mínimo de 10 horas anuales. - Programa de selección y evaluación del proveedor, que cumplan en lo establecido en la Resolución 5109 de 2005, Resolución 333 de 2011 y con las disposiciones establecidos en la Resolución 2674 de 2013. Los dos últimos programas se solicitarán dentro de la ejecución del contrato. b) Contemplar los controles disciplinarios. 4) Certificado de antecedentes de responsabilidad fiscal 5) Afiliación a LA SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades un régimen o sistema de salud (EPS), Fondo de Pensiones y los conocimientos suficientesen unas administradoras de riesgos Laborales (ARL), adquiridos a través de los programas trabajadores a contratar; estos documentos se entregarán para la suscripción del contrato al Supervisor (Director de capacitación y Bienestar Universitario o de quien haga sus veces). d). Presentar al momento de la propia experiencia acumulada a través liquidación del contrato las certificaciones en que conste que se encuentra x XXX Y SALVO en el pago de los años. 2.2aportes de las obligaciones al sistema de salud (EPS), Fondo de Pensiones y Administradora de Riesgos laborales (ARL) e). Capacitar adecuadamente Presentar mensualmente al Supervisor del Contrato la relación de pagos por aportes parafiscales, afiliaciones y aportes a su personal respecto la seguridad social regulados por la Ley 100 de 1993, así como la relación del respectivo pago de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y salarios del personal contratado para el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes desarrollo del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia objeto del presente contrato. 2.6. f). Cuando a juicio de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia y por necesidades del servicio se requiera reforzar los servicios en los restaurantes de la Sede Central Tunja, el número de servicios podrá ser aumentado mediante comunicación dirigida al Representante Legal de la empresa por parte de la Universidad y previa disponibilidad presupuestal. g). Capacitar a todos los funcionarios que van a prestar dicho servicio, en materia de relaciones interpersonales, calidad de vida laboral, SIG UPTC, prácticas higiénicas y otros afines en procura de optimizar la prestación del mismo. h). Cumplir con todas las reglas obligaciones que la ley señale en materia laboral; además de conducta lo anterior, deberán informar sobre las irregularidades que se presenten en las instalaciones, al Supervisor del contrato. i). Prevenir accidentes, incendios, y demás siniestros que se puedan presentar en las edificaciones, tomando las medidas pertinentes, y acatando las instrucciones que para tal fin emanen del área de salud ocupacional. j). Suministrar la dotación xx xxx a cada uno de los trabajadores contratados y de los elementos de seguridad interna industrial, para el caso. k). Cumplir con la cancelación de los salarios al personal contratado, en los primeros cinco días de cada mes para que disponga LA SUPERINTENDENCIA. 2.7no se altere la prestación 3 del servicio. Dar cumplimiento l). Cumplir con la vacunación del personal contratado y que se encuentre capacitado en las labores a desempeñar, como, por ejemplo: en aspectos de exigencias en seguridad ambiental e industrial y salud ocupacional. Además, el personal debe cumplir con los Resultados bacteriológicos negativos para los exámenes de secreciones nasofaríngeas en cuanto a estafilococos áureus, estafilococos beta hemolítico y difteria. Coprocultivo negativo para salmonela y shigela Sp. Certificado general de salud, expedido por un médico legalmente registrado. E Coli que busca detectar la contaminación alimentaria causada por la Escherichia coli, según las normatividad vigente sobre disposiciones de la Resolución 2674 del 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social y aplicación de vacuna covid-19. m). Implementar el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo 1072 de 2015 Capitulo 6 Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajotrabajo Planificación del SG-SST en su totalidad. Nota: Para la matriz de Identificación de peligros, que evaluación de riesgos y determinación de controles, se recomienda utilizar la Guía Técnica Colombiana GTC 45 versión 2012, en la cual establece realizar mediciones higiénicas las cuales se deben dar a modo conocer a la Coordinación del SIG. n). Realizar controles necesarios para la potabilidad del agua en los servicios de referencia alimentación (un (01) análisis de aguas durante la ejecución del contrato, de acuerdo al Decreto 1575 de 2007 y la Resolución 2115 de 2007, así mismo, se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatoriasdebe realizar un (01) análisis de vertimientos durante este periodo, Ley de Seguridad y Salud teniendo en cuenta los parámetros generales estipulados en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR capítulo VII artículo 15 y sus modificatorias, Reglamento capítulo VIII artículo 16 de la Ley N° 29783Resolución 0631 de 2015. - Ley N° 28048Estos análisis deben ser realizados únicamente por laboratorios acreditados por IDEAM e ISO IEC/NTC 17025:2005, los resultados deben ser presentados a la coordinación del Sistema Integrado de Gestión para que tome las acciones técnicas respectivas. Ley o). Retirar y disponer los residuos sólidos del área de protección preparación de los alimentos con el fin de eliminar malos olores, refugio y alimento para animales y plagas; que no contribuyan de otra forma al deterioro ambiental. Esta disposición no debe hacerse en los contenedores de la mujer gestanteUniversidad, ya que el contratista es el encargado de realizar y certificar esta disposición. - Ley N° 27626p). Disponer de recipientes, De locales e instalaciones para la recolección y almacenamiento de los residuos sólidos, conforme a lo estipulado en las empresas especiales normas sanitarias vigentes. q). Disponer de servicios recipientes de material sanitario para el almacenamiento de desperdicios orgánicos debidamente tapados, alejados del lugar donde se preparan los alimentos, los cuales deben ser retirados y cooperativas de trabajadoreslavados frecuentemente. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento r). Las demás que le sean asignadas por parte de la Ley NUniversidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia. s). Realizar la disposición final de grasas y aceites comestibles usados de origen vegetal o animal de acuerdo a los criterios establecidos en el Artículo 8° 28048. - Resolución Ministerial Ny Artículo 13° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento Resolución 0316 de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba 2018 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible" mediante la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario cual se establecen disposiciones relacionadas con la gestión de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.los aceites

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Samples: Contract for the Supply of Food Services

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIA. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-DGSP- V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.

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Samples: Contract for Services

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA el contratista se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA la SBS personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIAla Superintendencia. 2.7. Dar cumplimiento a las la normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-068- MINSA/DGSP-V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.

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Samples: Contratación Del Servicio De Internet Móvil

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Por medio del presente, EL CONTRATISTA se obliga a lo siguiente: 2.1. Asignar a LA SUPERINTENDENCIA personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años. 2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa. 2.3. Evaluar los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades. 2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar. 2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato. 2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga LA SUPERINTENDENCIA. 2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes: - Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783. - Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante. - Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores. - Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048. - Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante. - Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial. - Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068-MINSA/DGSP-DGSP- V.1. - Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. - Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. - Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental. - Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones. - Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc. - Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad. - Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas - NTP 400.034, Andamios. Requisitos. - Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.

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Samples: Adjudicación Simplificada