Pago de los Bienes Cláusulas de Ejemplo

Pago de los Bienes. La CFE Distribución pagará el precio convenido a los 30 treinta días naturales posteriores a la entrega y aceptación de los bienes y de la factura. Las facturas para trámite de pago serán recibidas, en la Empresa Productiva Subsidiaria CFE Distribución Depto. de Caja General de la CFE Distribución Norte, ubicada en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx No. 110, Parque Industrial Xxxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx, Dgo. C.P. 35070, de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 Hrs; conforme a lo establecido en el Anexo 2-E. En el caso de que la(s) factura(s) entregada(s) por el concursante adjudicado para trámite de pago, presente(n) errores o deficiencias. La CFE Distribución dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al concursante adjudicado las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de que se le indique las deficiencias y hasta que el concursante adjudicado presente la(s) factura(s) corregida(s), interrumpirá el plazo establecido para el pago. El concursante adjudicado, en caso de ser nacional debe remitir la factura de forma electrónica “CFDI’s (xml y pdf’s) a los correos electrónicos señalados en el Anexo 2-E, para su revisión y trámite de pago. Los pagos al concursante adjudicado se realizarán mediante transferencia electrónica, conforme a lo establecido en el Anexo 9.4 de este Pliego de Requisitos, el cual deberá presentarse junto con las facturas correspondientes para el trámite de pago. El concursante adjudicado podrá solicitar al administrador del contrato, la modificación de los datos proporcionados para recibir el pago de su(s) factura(s) a más tardar al momento de la entrega de la misma. La CFE Distribución, no asume ninguna responsabilidad por el tiempo que se tomen las instituciones bancarias en realizar la transferencia electrónica bancaria. En ningún caso La CFE Distribución realizará pagos en territorios de régimen fiscal preferente. Documentos que se deberá(n) anexar a la(s) factura(s):
Pago de los Bienes. CFE Generación III EPS, pagará el precio convenido a los 30 (Treinta) días naturales
Pago de los Bienes. El pago de los Bienes bajo el presente contrato será cargado al cifrado presupuestario de los fondos xxx xxxxxxxx . Componente . Categoría .
Pago de los Bienes. CFE Distribución, Subárea Contratante Distribución Xxxxx de México Sur, pagará el precio convenido a los 30 (treinta) días naturales posteriores a la entrega y aceptación de los bienes y de la factura. CFE Distribución, Subárea Contratante Distribución Xxxxx de México Sur, no asume ninguna responsabilidad por el tiempo que se tomen las instituciones bancarias en realizar la transferencia electrónica bancaria.
Pago de los Bienes. El importe único y total de “LOS BIENES” será cubierto por “LA UTSOE”, mediante transferencia bancaria a “EL PROVEEDOR” , en un sola exhibición una vez que sean entregados “LOS BIENES”; es requisito también, para el pago de “LOS BIENES”, presentar “EL PROVEEDOR” a “LA UTSOE”, la factura correspondiente debidamente requisitada; en el caso de que la factura entregada, presente errores o deficiencias, “LA UTSOE” dentro de los tres días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir, “EL PROVEEDOR” tendrá tres días hábiles para subsanar y entregar debidamente la factura a “LA UTSOE”. El pago de “LOS BIENES”, quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR”, deba efectuar por concepto xx xxxx convencional.
Pago de los Bienes. 14.1 LOS BIENES OBJETO DE ESTE PROCEDIMIENTO SE PAGARÁN INVARIABLEMENTE EN MONEDA NACIONAL, CONFORME A LAS CONDICIONES PACTADAS EN EL CONTRATO CORRESPONDIENTE.
Pago de los Bienes. La CFE pagará el precio convenido a los 10 días naturales a partir de la aceptación de la factura, por entrega realizada acompañado de los siguientes documentos: factura original, con el sello original de evidencia de entrega en el almacén, copia de aceptación de la garantía y los avisos de prueba de LAPEM. Las facturas para trámite de pago serán recibidas En las Oficinas del Departamento de Contabilidad de la División de Distribución Xxxxx de México Sur, ubicada en acceso principal primer piso Edificio Divisional con domicilio en Av. San Xxxxxxxx 218, Colonia la Otra Banda, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 04519, Ciudad de México, con un horario de lunes a viernes de 9:00 am a 1:30 pm (hora del centro), de acuerdo al Anexo 15 “Responsables de la Recepción de Facturas” El pago será en moneda nacional, el proveedor deberá presentar o enviar por medio de correo dirigido al Jefe de Oficina de Glosa de Egresos, al correo xxxx.xxxx@xxx.xxx.xx de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 hrs., los comprobantes fiscales digitales para su revisión y trámite de pago en el Departamento de Contabilidad ubicado en Xx. Xxx Xxxxxxxx Xx. 218, Colonia La Otra Banda, Del. Coyoacán, C.P. 04519, Ciudad de México.
Pago de los Bienes. La CFE pagará el precio convenido a los 30 días naturales a partir de la aceptación de la factura, por entrega realizada acompañado de los siguientes documentos: factura original, con el sello original de evidencia de entrega en el almacén, copia de aceptación de la garantía. Las facturas para trámite de pago serán recibidas en la Oficina de Compras de Zona Chilpancingo, ubicada en Xx. Xx xx Xxxxxxxx X/X Xxx. Xxxxxxxxxx X.X. 00000, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx, en un horario de lunes a viernes de 9:00 am a 15:00, presentando para tal efecto la siguiente documentación: • Copia de contrato y sus modificaciones, en su caso. • Factura en formato, en base al artículo 29 y 29 a del código fiscal de la federación. • Archivos digitales de los comprobantes fiscales digitales (cfdi) con extensiones .pdf y .xml a la dirección de correo electrónico xxxxxxx.xxxxxxx@xxx.xx y xxxxx.xxxxxx@xxx.xx • En factura o remisión evidencia de recepción por parte xxx xxxxxxx sello de 8x8, y (AFE-10). • Copia del oficio de aceptación de la garantía de cumplimiento aprobada por el área contratante de la EPS Distribución, en su caso. • Formato de solicitud de pago mediante transferencia electrónica, debidamente requisitado • Manifiesto bajo protesta de decir verdad que se encuentra al corriente de sus obligaciones patronales como son cuotas del IMSS, Infonavit, y demás obligaciones fiscales. • El método de pago para la facturación (CFDI) con complemento de pago se realizara de acuerdo a lo siguiente: PPD- Pago Diferido o Pago en Parcialidades en caso de realizar más de una entrega, deberá enviar el complemento de pago al correo electrónico xxxxxxx.xxxxxxx@xxx.xx y xxxxx.xxxxxx@xxx.xx
Pago de los Bienes. Efectuada la recepción de conformidad, el contratista tendrá derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos en el contrato, del material suministrado, puesto en destino y en condiciones de uso, entregado conforme a los plazos convenidos. Los pagos se efectuarán mediante el oportuno libramiento, previa presentación de la factura, de conformidad con el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Para el caso de que el suministro se preste mediante entregas sucesivas de bienes se autoriza la realización de pagos parciales de acuerdo con el apartado S) 19.1 del Anexo I, siempre y cuando los suministros se entreguen en los plazos previstos y de acuerdo con lo que establecen los arts. 292 y 293 del TRLCSP. De conformidad con lo establecido en la Disposición transitoria octava de la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, hasta el 31 de diciembre de 2010 el plazo en que las Administraciones tienen el deber de abonar el precio de las obligaciones será de cincuenta y cinco días, hasta el 31 de diciembre de 2011 será de cincuenta días, hasta el 31 de diciembre de 2012 será de cuarenta días y a partir del 1 de enero de 2013 será de treinta días. Siempre que la Administración no hiciera el pago del precio al contratista dentro de los plazos establecidos en el párrafo anterior, tras la expedición de los documentos acreditativos de la realización total o parcial del objeto del contrato, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dichos plazos, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
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