PAGO DE SERVICIOS Cláusulas de Ejemplo

PAGO DE SERVICIOS. Será por cuenta de “La Arrendataria” el pago de los gastos que se originen por concepto de electricidad y teléfono.
PAGO DE SERVICIOS. La facturación de los servicios solicitados se realizará de acuerdo con las tarifas vigentes en la Feria, que se recogen en la Tarifa de Servicios, a disposición de todos los expositores. Los importes correspondientes a los servicios prestados al expositor serán abonados a la presentación del os cargos, y siempre antes de la retirada xxx xxxxxxx de mercancías, bienes o instalaciones. La Dirección cuidará de la limpieza de calles, pasillos, espacios y servicios comunes, así como del vaciado de papeleras, y de la limpieza inicial antes de la inauguración de la Feria. La Dirección no se hace responsable de la limpieza interior de los espacios contratados, que deberá ser realizada por la firma expositora y en horario previo a la apertura al público, pudiendo ser también ésta contratada directamente con la empresa de limpieza oficial del Congreso. Los Expositores quedan obligados a soportar un Seguro de Responsabilidad Civil que cubre esa responsabilidad tanto durante el periodo de montaje, en los días del Congreso y en su desmontaje. Este será contratado por la Dirección y se cargará al expositor. El Expositor, todas las personas adscritas al stand, y las personas que intervengan en el montaje, decoración y desmontaje del mismo, deberán estar asegurados contra accidentes laborales, cumpliendo con lo preceptuado en la legislación sobre Seguridad e Higiene en el trabajo. En ningún momento existirá relación laboral alguna entre SABORFUSION y el personal que el Expositor y/o las empresas que intervengan en el montaje, decoración y desmontaje de su stand, en calidad de contratistas y/o subcontratistas, desplacen al Congreso para llevar a cabo cualesquiera de los trabajos que dan contenido a su contrato, ni directa ni subsidiariamente, siendo por cuenta del Expositor, sus contratistas y/o subcontratistas, la totalidad de sus salarios, sus cotizaciones a la Seguridad Social, retenciones y declaraciones, liquidaciones de impuestos y todas las obligaciones dimanantes del contrato de trabajo o de cualquier otro tipo de contrato, quedando facultada SABORFUSION para exigir la presentación de los documentos acreditativos de estar al corriente en el pago de las mismas. Asimismo, el Expositor se compromete a cumplir y a hacer cumplir a sus contratistas y/o subcontratistas la legislación vigente en materia de prevención de riesgos laborales que sea de aplicación a los trabajos por él desarrollados o en su caso, contratados o subcontratados. Las empresas que realicen trabajos ...
PAGO DE SERVICIOS. Los servicios de intereses y de amortización (los “Servicios”) se pagarán en pesos al Tipo de Cambio Aplicable, en las fechas que se establezcan en el Cuadro Teórico de Pago de Servicios adjunto a este Contrato Suplementario (las “Fechas de Pago de Servicios”) y/o se consignen en el Aviso de Resultado de la Colocación que contemple el VN Emitido, si se hubiera ampliado la emisión por sobre el VN Ampliable y hasta el VN Máximo. El pago de Servicios se considerará cumplido en el momento en que Caja de Valores S.A. reciba los importes correspondientes para su acreditación en las respectivas cuentas de los titulares de los VDF (los “Beneficiarios”) con derecho al cobro. Los pagos relativos a los VDF se efectuarán conforme las pautas establecidas en el artículo 3.9. Si la fecha fijada para el pago fuera un día inhábil, quedará pospuesta al siguiente Día Hábil, devengándose intereses sobre dicho pago por el o los días que se posponga el vencimiento. Se entenderá por “Día Hábil” cualquier día de lunes a viernes, salvo aquellos en los que los bancos están obligados a cerrar en la ciudad de Buenos Aires. El pago de Servicios se anunciará a los Beneficiarios mediante publicación de aviso en el boletín diario de la BCBA, en la AIF, y en los demás mercados habilitados en los que negocien los VDF con la antelación que indiquen las normas reglamentarias a la respectiva Fecha de Pago de Servicios (el “Aviso de Pago de Servicios”). El Fiduciario tendrá la obligación de realizar los pagos de Servicios en la medida que existan fondos disponibles en la Cuenta Fiduciaria al momento de publicación del Aviso de Pago de Servicios, siempre que no exista impedimento legal alguno con respecto a la realización del pago. La obligación del Fiduciario de realizar los pagos con respecto a los Valores de Deuda Fiduciaria se considerará cumplida y liberada en la medida en que ponga a disposición de Caja de Valores S.A. los fondos correspondientes.
PAGO DE SERVICIOS. Será por cuenta de "LA ARRENDATARIA" el pago de los gastos que se originen por concepto de los servicios de líneas telefónicas. Asimismo, “LA ARRENDATARIA” contratará ante la Comisión Federal de Electricidad, el servicio de energía eléctrica requerido y pagará los recibos correspondientes, con cargo a su presupuesto.
PAGO DE SERVICIOS. PUBLICOS.- Los servicios de energía eléctrica y agua potable y cualquier otro servicio, serán de exclusiva responsabilidad de los arrendatarios y por ellos serán cubiertos; y los comprobantes de pagos, deben ser presentados y dejar una copia en la Dirección Administrativa de forma mensual, así como en la Tesorería de APM, al momento de cancelar el canon de arrendamiento. Los servicios públicos deberán mantener titularidad a nombre del arrendatario, teniendo para tal regularización el plazo máximo de tres meses.
PAGO DE SERVICIOS. Será por cuenta de “El Instituto” el pago de los gastos originados por su operación normal, así como de los servicios consistentes en luz, agua y teléfono de la superficie arrendada. Se exceptúan aquellos de reparación y mantenimientos preventivos y correctivos del sistema contra incendios, planta de energía eléctrica, elevadores y equipo especial con el que cuente el inmueble, así como cualquier reparación mayor que sufra el inmueble, los cuales serán cubiertos por “El Arrendador” incluyendo el Impuesto Predial. “El Instituto” se compromete a pagar el mantenimiento del inmueble sobre los conceptos que no se señalen en el párrafo que antecede, tales como instalación hidrosanitaria, acabados interiores, limpieza general, así como instalación eléctrica e iluminación.
PAGO DE SERVICIOS. El Banco no asumirá ninguna responsabilidad por los daños y perjuicios que pueda sufrir el Cliente o sus Adicionales, a consecuencia de la falta de pago oportuno de cualquiera de los servicios por ellos contratados y cuyo pago hubiere sido instruido al Banco a través de los Canales y Terminales Electrónicos, inclusive si dicho pago, por cualquier circunstancia, no puede ser procesado a favor del prestador del servicio, el día de la orden de transferencia electrónica. En todo caso, los pagos a que se refiere la presente Xxxxxxxx también podrán ser ordenados a la cuenta de un tercero dentro del Banco o en otra Institución Financiera, sin embargo, en este último caso, la operación será ejecutada en los términos, condiciones y plazos que el Banco determine a tales fines, lo cual será informado al Cliente a través de los Canales o Terminales Electrónicos.
PAGO DE SERVICIOS. Será por cuenta de “LA ARRENDATARIA” el pago de los gastos que se originen por concepto de los servicios de líneas telefónicas, electricidad, servicios de agua mediante contrato establecido con la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada (C.E.S.P.E.).
PAGO DE SERVICIOS se entiende el servicio que el BANCO le proporciona al CLIENTE para el pago de facturas o recibos a través de diferentes medios, de manera enunciativa: sucursales, Cajeros Automáticos, Medios Electrónicos y Domiciliación.