PERÍODO DE GARANTÍA Cláusulas de Ejemplo

PERÍODO DE GARANTÍA. Serán las que marquen las Especificaciones Técnicas requeridas que, en cualquier caso, no serán inferiores a 2 años. En todo caso, en el curso del periodo de garantía pesa sobre el contratista el deber de conservación y policía del suministro de acuerdo a las prescripciones técnicas del suministrador, con objeto de mantener plenamente vigente el alcance y duración de la garantía.
PERÍODO DE GARANTÍA. El período de garantía de correcta ejecución de los trabajos recibidos provisoriamente, se extenderá por término de doce (12) meses, contados a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisoria. Durante ese plazo el Contratista deberá realizar por su cuenta y cargo las reparaciones y sustituciones que se originen, con la mayor celeridad posible sin perjuicio de que la C.T.M. asuma su utilización. En caso que el Contratista deje de hacerlo, la C.T.M. podrá tomar, por cuenta del Contratista, aquellas medidas que sean razonables para remediar tales defectos a la brevedad. Todo el material provisto por la C.T.M. para reemplazar material defectuoso, deberá cumplir las exigencias del Contrato y será obtenido a precios razonables y, cuando ello sea razonablemente factible, bajo condiciones competitivas. El costo de la reparación será a cargo del Contratista. Si en el transcurso del Plazo de Garantía, una parte tuviera que ser reconstituida, modificada o sustituida, la C.T.M. podrá extender éste, para dicha parte, hasta un tiempo igual al transcurrido entre la Recepción Provisoria y la fecha en que se subsane la deficiencia.
PERÍODO DE GARANTÍA. El plazo de garantía será de DOS AÑOS, si durante este plazo se acreditare la existencia de vicios o defectos en el cumplimiento del contrato, la Fundación FASAD tendrá derecho a exigir de la empresa el correcto cumplimiento o, en su caso, la indemnización de los daños y perjuicios causados, o la rescisión del contrato por incumplimiento de las obligaciones de una de las partes contractuales.
PERÍODO DE GARANTÍA. 14.1. El Período de Garantía de los materiales y equipos se extiende durante el tiempo que se estipule en el Contrato, y en su defecto, durante dos (2) años a partir de la fecha del Documento de Recepción Provisional. Si no se suscribiera el Documento, el período empezará a contar desde la conformidad de ENEL a la entrega del material.
PERÍODO DE GARANTÍA. Producida la Recepción Provisoria, se extenderá por el término de doce (12) meses a partir de la fecha del acta respectiva, el plazo de garantía de los trabajos objeto del contrato. Durante el Período de Garantía, el Contratista estará obligado a efectuar las reparaciones que fueran necesarias por fallas imputables al mismo en los equipos instalados y trabajos ejecutados. Si transcurridos cinco (5) días de notificado el Contratista no hubiera procedido a la reparación, la C.T.M. contratará a terceros para la ejecución de esos trabajos y descontará de la Garantía de Cumplimiento de Contrato los montos necesarios para esas reparaciones.
PERÍODO DE GARANTÍA. 51.1.- El Contratista garantizará la obra por él ejecutada por un periodo de 1 año desde la fecha del Acta de Recepción de las obra, positiva sin reservas y en perfecto estado de uso, limpieza y funcionamiento.
PERÍODO DE GARANTÍA. 55.1.- El Contratista garantizará la obra por él ejecutada por un periodo de 12 meses desde la fecha del Acta de Recepción de las obra, positiva sin reservas, con entrega de las llaves y documentación necesaria y en perfecto estado de uso, limpieza y funcionamiento. Además, el Contratista responderá durante los plazos establecidos legalmente en el Código Civil (art. 1.591) para el caso de ruina de los edificios (10-15 años) y en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (1, 3 y 10 años) con el alcance establecido en dichas normas.
PERÍODO DE GARANTÍA. El Contratista garantizará la obra por él ejecutada por un periodo de 12 meses desde la fecha del Acta de Recepción de las obras, positiva sin reservas, con entrega de la documentación necesaria y en perfecto estado de uso, limpieza y funcionamiento.
PERÍODO DE GARANTÍA. El período de garantía es de un año contado a partir de la fecha de terminación y aceptación por parte del usuario de los servicios. Dicha garantía cubrirá los trabajos realizados, así como las partes, refacciones y accesorios utilizados incluso por vicios ocultos. En el caso de que los trabajos efectuados presenten fallas, o la mala calidad de los mismos producto del uso de materiales, accesorios, equipo de mala calidad empleados o mala calidad de la mano de obra en la realización de los trabajos dentro del período de garantía, el Prestador de Servicios se obliga a atender dichos desperfectos o fallas a más tardar el día siguiente hábil a su notificación por parte de la Convocante Para el caso de que el Prestador de Servicios no acudiere a atender el requerimiento efectuado, con motivo de una falla o desperfecto en los trabajos efectuados, dentro del término a que se refiere el párrafo anterior, la Convocante podrá hacer efectiva la garantía establecida en el punto 7. El incumplimiento de referencia se informará al Órgano Interno de Control para que proceda conforme a derecho.