PERÍODO DE GARANTÍA Cláusulas de Ejemplo

PERÍODO DE GARANTÍA. El Proveedor garantiza a Enagás que su material: a) Está libre de defectos de mano de obra, materiales o fabricacion. b) Está conforme a las especificaciones, planos, muestras u otras descripciones establecidas que le sean aplicables. c) Es adecuado para el fin a que se destina. d) Son nuevos y de primera calidad. e) Está libre de gravámenes y cargas en favor de terceras partes no declaradas o conocidas por Enagás. En todo caso garantiza que el material de su diseño esta libre de defectos xx xxxxxxxxxx, materiales y ejecucion por el período de doce (12) meses de funcionamiento continuo y cómo máximo de dieciocho (18) meses desde su recepción conformada en el punto de entrega. Un nuevo plazo de garantía equivalente al anterior será aplicable a aquellos materiales que hayan sido objeto de reparación o sustitución como consecuencia de lo previsto en esta Condición General. En caso de que, existiendo defectos o estando el material suministrado fuera de especificaciones, el Proveedor no cumpliese su obligacion de reparar o sustituir tales materiales como se establece en las presentes Condiciones Generales de Enagás podrá reparar o sustituir tales materiales por su cuenta, repercutiéndole al Proveedor los gastos en que hubiera incurrido. En caso de existencia de gravámenes y cargas a favor de terceros, se retendrán los pagos de las cantidades pendientes, que se pagarán en el momento en que por sentencia firme se declare la plena propiedad y posesión a favor de Xxxxxx, sin perjuicio de la facultad de Enagás de compensarse de los gastos, daños y perjuicios que ello le hubiere ocasionado, y de ejecutar, en su caso, el aval de fiel cumplimiento establecido en la Condición Xxxxxxx 00.
PERÍODO DE GARANTÍA. Serán las que marquen las Especificaciones Técnicas requeridas que, en cualquier caso, no serán inferiores a 2 años. En todo caso, en el curso del periodo de garantía pesa sobre el contratista el deber de conservación y policía del suministro de acuerdo a las prescripciones técnicas del suministrador, con objeto de mantener plenamente vigente el alcance y duración de la garantía.
PERÍODO DE GARANTÍA. El período de garantía de correcta ejecución de los trabajos recibidos provisoriamente, se extenderá por término de doce (12) meses, contados a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisoria. Durante ese plazo el Contratista deberá realizar por su cuenta y cargo las reparaciones y sustituciones que se originen, con la mayor celeridad posible sin perjuicio de que la C.T.M. asuma su utilización. En caso que el Contratista deje de hacerlo, la C.T.M. podrá tomar, por cuenta del Contratista, aquellas medidas que sean razonables para remediar tales defectos a la brevedad. Todo el material provisto por la C.T.M. para reemplazar material defectuoso, deberá cumplir las exigencias del Contrato y será obtenido a precios razonables y, cuando ello sea razonablemente factible, bajo condiciones competitivas. El costo de la reparación será a cargo del Contratista. Si en el transcurso del Plazo de Garantía, una parte tuviera que ser reconstituida, modificada o sustituida, la C.T.M. podrá extender éste, para dicha parte, hasta un tiempo igual al transcurrido entre la Recepción Provisoria y la fecha en que se subsane la deficiencia.
PERÍODO DE GARANTÍA. 14.1. El Período de Garantía de los materiales y equipos se extiende durante el tiempo que se estipule en el Contrato, y en su defecto, durante dos (2) años a partir de la fecha del Documento de Recepción Provisional. Si no se suscribiera el Documento, el período empezará a contar desde la conformidad de ENEL a la entrega del material. 14.2. Si al vencer el Período de Garantía no hubieren transcurrido seis (6) meses al menos desde la entrada en servicio de la instalación principal de ENEL a que se destine o de la que forme parte el objeto del Contrato, el Período de Garantía quedará automáticamente prorrogado hasta transcurridos dichos seis (6) meses, salvo que los materiales o equipos aportados por el Proveedor hayan sufrido una reparación o sustitución, en cuyo caso, serán garantizados por tiempo igual al Período de Garantía inicial. En ningún caso implicará mayores costes para ENEL. 14.3. Vencido el Período de Garantía y efectuada la Recepción Definitiva, ENEL podrá proceder, para su exclusivo provecho, directamente por sí o por medio de terceros, a modificar o alterar libremente los materiales y equipos objeto del Contrato o las construcciones realizadas o instalaciones montadas, incluso cuando estén amparadas por licencias, patentes u otras formas de propiedad industrial a favor del Proveedor, preservando en todo caso la confidencialidad debida en razón de éstas.
PERÍODO DE GARANTÍA. 51.1.- El Contratista garantizará la obra por él ejecutada por un periodo de 1 año desde la fecha del Acta de Recepción de las obra, positiva sin reservas y en perfecto estado de uso, limpieza y funcionamiento. 51.2.- Hasta tanto no se subsanen las deficiencias observadas y/o reclamadas en los plazos de garantía, las garantías constituidas no serán objeto de devolución, paralizando, en cada caso, el transcurso del plazo de garantía establecido. 51.3.- Aquellas unidades de la obra e instalaciones que durante los plazos de garantía resultasen defectuosas y precisasen reparación del Contratista estarán sujetas nuevamente al periodo de garantía inicialmente establecido, desde la nueva fecha de recepción. 51.4.- Sin perjuicio de todo lo anterior, quedarán a salvo, en todos los casos, las acciones que pueda ejercitar la JUNTA al amparo de los artículos 1.101, 1.124, 1.591,1.902 y demás de la pertinente aplicación del Código Civil.
PERÍODO DE GARANTÍA. Deberá ser durante la vigencia del contrato. 4.4.1.- Los términos y condiciones establecidos en los puntos 4.3 y 4.4 deberán estar asentados en la propuesta técnica (ANEXO B) debiendo coincidir con lo solicitado. También se acepta asentar en su propuesta “según Bases” o “el periodo requerido en Bases”. No cumplir con lo anterior será causa de descalificación.
PERÍODO DE GARANTÍA. El plazo de garantía será de DOS AÑOS, si durante este plazo se acreditare la existencia de vicios o defectos en el cumplimiento del contrato, la Fundación FASAD tendrá derecho a exigir de la empresa el correcto cumplimiento o, en su caso, la indemnización de los daños y perjuicios causados, o la rescisión del contrato por incumplimiento de las obligaciones de una de las partes contractuales.
PERÍODO DE GARANTÍA. Deberá ser durante la vigencia del contrato. 4.4.1.- Los términos y condiciones establecidos en los puntos 4.3 y 4.4 deberán estar asentados en la propuesta técnica (ANEXO A) debiendo coincidir con lo solicitado. También se acepta asentar en su propuesta “según Convocatoria” o “el periodo requerido en Convocatoria”. No cumplir con lo anterior será causa de desechamiento de la propuesta, toda vez que son elementos esenciales para llevar a cabo la evaluación de la propuesta.
PERÍODO DE GARANTÍA. El período de garantía para las garantías establecidas en la presente Sección 15.1 será el más extenso entre: (a) un periodo de cinco (5) años, (b) el plazo previsto por la legislación aplicable, o (c) el plazo de garantía que el Comprador otorgue a sus clientes por los bienes que incluyen los Productos. Todas las garantías del Proveedor, expresas o tácitas, y todos los recursos del Comprador, en la presente Sección o en otra, subsistirán indefinidamente después de cualquier entrega, inspección, prueba, aceptación, pago o procesamiento.
PERÍODO DE GARANTÍA. Producida la Recepción Provisoria, se extenderá por el término de doce (12) meses a partir de la fecha del acta respectiva, el plazo de garantía de los trabajos objeto del contrato. Durante el Período de Garantía, el Contratista estará obligado a efectuar las reparaciones que fueran necesarias por fallas imputables al mismo en los equipos instalados y trabajos ejecutados. Si transcurridos cinco (5) días de notificado el Contratista no hubiera procedido a la reparación, la C.T.M. contratará a terceros para la ejecución de esos trabajos y descontará de la Garantía de Cumplimiento de Contrato los montos necesarios para esas reparaciones.