PLAN DE PAGOS Cláusulas de Ejemplo

PLAN DE PAGOS. Los 22.000€ restantes a la reserva de matrícula pueden abonarse en un único pago o en hasta 24 pagos mensuales sin intereses que deben depositarse en su totalidad antes de las últimas 4 semanas del curso. Recibirás un documento con los detalles y métodos de pago antes de comenzar el curso. Política de reembolso Si el estudiante cancela este contrato por cualquier motivo, todo reembolso será realizado teniendo en cuenta lo expuesto a continuación:
PLAN DE PAGOS. Cuando el asociado presente su solicitud xx xxxxxxxx, podrá proponer un plan de pagos de esta obligación. El Fondo estudiará dicho plan de pagos y decidirá si puede ser aceptado. PARÁGRAFO 1: El plan de pagos propuesto debe ser económicamente equivalente al de cuotas mensuales iguales, con abonos extraordinarios si se pactan, con la tasa de interés mensual vigente, aplicada sobre saldos para la línea en consideración. PARÁGRAFO 2: Los abonos extraordinarios que se pacten no podrán superar el 40% del valor del crédito.
PLAN DE PAGOS. Se estima la realización de los pagos de la siguiente manera, de acuerdo con la oferta presentada:
PLAN DE PAGOS. Los pagos de honorarios de la Supervisión estarán sujetos a la presentación de su informe mensual tal cual se indica en el ítem 12.2, y se pagará a razón del monto contractual dividido entre los meses de ejecución de la consultoría. La supervisión deberá presentar previo a la orden de inicio el plan de pagos para aprobación por parte del Administrador de Contrato de conformidad a lo anterior. Para el pago La Supervisión presentará a la Tesorería de la Unidad Financiera Institucional, factura de consumidor final en duplicado cliente a nombre xxx XXXXXX/PROGRAMA INTEGRADO DE SALUD II (PRIDES II), Contrato xx Xxxxxxxx N°3608/OC-ES, adjuntando acta de recepción a satisfacción por parte de la Unidad solicitante. En la factura correspondiente, en el apartado de la descripción de los bienes/servicios, deberá hacer referencia al número y concepto del Contrato suscrito con el Ministerio de Salud, cifrado presupuestario, Categoría de Inversión, detalle del pago menos las retenciones correspondientes según la ley y líquido a pagar. El pago se hará mediante cheque o transferencia bancaria a la cuenta establecida por La Supervisión según la declaración jurada firmada por el mismo, adjunta el contrato. Los pagos en virtud del contrato serán efectuados en un período no mayor a 30 días posterior a la fecha determinada para cada pago. Los honorarios por Servicios de Supervisión incluyen todos los tributos, impuesto y/o cargos, comisiones, etc. y cualquier gravamen que pueda recaer sobre el Supervisor, incluido el IVA. En consecuencia, el Supervisor será el único responsable de los mismos.
PLAN DE PAGOS. Una vez inscritos, los estudiantes recibirán una confirmación con su número de estudiante (booking number). El plan de pagos se describe a continuación: – Inscripción: el pago de la inscripción se realiza al momento de la contratación del programa, USD 400 para cursos de hasta 8 semanas y de USD 550 para cursos de 9 semanas en adelante. La inscripción no es reembolsable en caso de cancelación. – Primer abono: el estudiante realizará el pago de USD 1000 dentro de los 30 días posteriores a la inscripción. – Segundo pago: 20% del precio del curso, pagadero 45 días después de la fecha de inscripción. –(50% del precio del curso al momento de iniciar el proceso de visa) – Tercer pago: el saldo restante, pagadero 60 días antes del inicio del programa. EF puede ofrecer un plan de pago personalizado previo acuerdo, en cuyo caso se aplicará ese plan de pago en lugar del anterior. Si el inicio del curso está estimado en menos de 60 días después de realizada la inscripción, Versión 24ILSU_EC_D1_03 Válido desde 06/07/2024 02 debe cancelarse el total del curso al momento de inscribirse. EF se reserva el derecho de quitar descuento, reprogramar fecha de inicio y/o alojamiento, incluso de cancelar la reserva de un curso, si no ha recibido el pago total del mismo en el plazo ya establecido. En el caso de no tener la totalidad del pago realizado antes de su fecha de viaje, el cliente no podrá solicitar la siguiente información: – Alojamiento – Documentos de migración e ingreso (check in) a la escuela. En caso de pagos atrasados, EF se reserva el derecho de cobrar una penalidad equivalente a USD 100. Cualquier oferta promocional confirmada al momento de la inscripción se mantendrá siempre y cuando el estudiante cumpla el plan de pago y no reduzca el tiempo de duración del curso seleccionado y viaje en el periodo establecido por el descuento.
PLAN DE PAGOS. Para reservar una plaza en el Programa se debe realizar un primer pago de 1,995€ antes de 10 días después de la fecha de aceptación en el Programa. Este pago se verá reflejado en el pago total del Programa. Xxxxx Unido — 15.08.2023 — Irlanda — 15.08.2023 — EE.UU. 01.01.2023 15.07.2023 01.01.2024 Se advierte y el solicitante acepta que estas son fechas provisionales y establecidas para efectos de las Condiciones Generales. Las fechas exactas de vuelos serán comunicadas a los estudiantes hasta una semana antes de su salida. El participante podrá desistir del contrato en el plazo de catorce días desde la celebración del mismo. Year Proof Insurance Form” y presentándola ante antes del 1 de noviembre de 2022, para las salidas de invierno 2023 o, en su caso, del 1 xx xxxxx de 2023, para las salidas xx xxxxxx 2023 y antes del 1 de noviembre de 2023 para las salidas de invierno 2024. Una cantidad correspondiente al valor de la cobertura se deducirá del coste total del Programa. Para los Participantes con la cobertura de seguro de viaje incluida automáticamente, no se requiere más documentación o prueba de cobertura de seguro. El seguro médico y de viaje no puede estar vinculado al contrato laboral de los padres o tutores del participante y debe ser un seguro suplementario de viaje y médico. EF no podrá admitir seguros que no cumplan con los requisitos mínimos. EF no aceptará ningún justificante de contratación de ninguna otra póliza de seguro superados los plazos antes indicados. Hasta que no se proceda a la presentación de un justificante de contratación de otra póliza de seguro, la póliza de Erika Insurance Ltd. se incluirá de forma automática en la factura del Participante. Si el Participante puede disponer de permiso de conducción en el país de destino será responsable de adquirir los seguros de conducción exigibles en el país. A los Participantes que asisten al Programa en el Xxxxx Unido se les puede requerir el pago de un coste adicional para el Servicio Nacional de Salud (NHS) de ese país. Ver cláusula “Viaje e información logística”.
PLAN DE PAGOS. CUOTA VALOR FECHA DE PAGO
PLAN DE PAGOS. DEPENDENCIA DE AFECTACION DE PAC POSICION DEL CATALOGO DE PAC FECHA DE PAGO ESTADO VALOR A PAGAR POSICION DEL CATALOGO DE PAGO IDENTIFICACION NOMBRE BENEFICIARIO BASE GRAVABLE TARIFA VALOR DEDUCCION SALDO DISPONIBLE PARA ORDENAR Ordenador del Gasto Coordinadora Grupo Gestión Financiera XXXXXXX VALENCIA XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX C.C. 25.281.578 C.C. 52.022.916
PLAN DE PAGOS. DEPOSITO #1 PAGAR: 2/16/2017 CANTIDAD: 200.00 POR PERSONA DEPOSITO #2 PAGAR: 5/11/2017 CANTIDAD: $300.00 POR PERSONA PAGO FINAL: 8/17/2017 CANTIDAD: SALDO TOTAL. Por favor vea la declaración del monto total. El precio del plan de seguro no rembolsable son los siguientes y debe de ser sometido con su primer depósito. El costo de la prima de seguro no rembolsable es basado sobre el costo total no rembolsable del viaje cual incluye hotel/suplementos para adultos. Si el costo del viaje sube, usted será responsable por la prima adicional del seguro.

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  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,34 euros mensuales.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuito de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción del vehículo asegurado, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • CAMBIOS El Comprador podrá de vez en cuando notificando al Vendedor hacer cambios en los dibujos, especificaciones, materiales, embalaje, prueba, cantidad, tiempo o método de entrega o envío u otros requisitos prescritos en el Contrato. Cualquier cambio de este tipo se considerará que no afectará el tiempo de cumplimiento o costo bajo el Contrato, a menos que el Vendedor notifique al Comprador por escrito dentro de los diez (10) días de recibir el aviso de cualquier cambio. Si el Vendedor así lo notifica al Comprador oportunamente y el Comprador determina que un ajuste es apropiado, el Comprador y el Vendedor negociarán un ajuste equitativo al tiempo de desempeño o costo después de la recepción por parte del Comprador de dicha documentación y en la forma y detalle, como el Comprador pueda requerir. El comprador necesitará el precio por pieza y los desgloses de herramientas para el precio acordado original y los desgloses para cualquier aumento propuesto o solicitado al precio acordado. La documentación adicional puede incluir desgloses de precios completos, facturas de materia prima basadas en el período de tiempo solicitado por el Comprador, facturas del sub-proveedor y / o cualquier otra documentación relacionada que muestre la varianza real del costo. El Comprador tiene el derecho de examinar cualquiera de los libros y registros pertinentes del Vendedor con el propósito de verificar la reclamación del Vendedor. Si el Comprador determina que ningún ajuste es apropiado, el Comprador lo notificará por escrito al Vendedor. Nada de lo dispuesto en esta Sección disculpará al Vendedor de proceder con el Contrato como cambiado, incluyendo el fracaso de las partes en acordar cualquier ajuste que se haga bajo esta Sección. El Vendedor no hará ningún cambio en el Contrato o en los Productos cubiertos por el Contrato sin la previa aprobación por escrito de un representante autorizado del Comprador, incluyendo, sin limitación, cualquier cambio en (a) Cualquier proveedor tercero al Vendedor de servicios, materias primas o bienes utilizados por el Vendedor en relación con su desempeño bajo el Contrato, (b) la instalación desde la cual el Vendedor o dicho proveedor opera, (c) la naturaleza, el tipo o la calidad de los servicios, materias primas o bienes utilizados por el Vendedor o sus proveedores en relación con el Contrato, o (d) el método de producción, o cualquier proceso utilizado en la producción o provisión de cualquier Producto bajo el Contrato.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en dos sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar, en el segundo la documentación relativa a criterios de adjudicación sujetos a valoración automática. Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia: Dirección del Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales. Contratación de las obras de realización de una esclusa en la sucursal xx Xxxxxxx. GCS 16/13046-ADS-0104. Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias compulsadas en el Registro General del Banco de España. Todos los documentos se presentaran en el orden establecido en esta cláusula. Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta. Caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial. En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2. A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con el Banco de España, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes. Estarán excusados de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por el Banco de España, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, el Banco de España podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, haciendo constar que están inscritas en el Registro local profesional correspondiente, así como que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga. No se exigirá este último informe de reciprocidad a las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal: Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 94, 28006 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx. Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al Banco de España. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal. En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación del Banco, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: