Presupuesto base de licitación, valor estimado y existencia de crédito Cláusulas de Ejemplo

Presupuesto base de licitación, valor estimado y existencia de crédito a) El límite de gasto del contrato asciende a 592.876€ (IVA no incluido 10%) teniendo en cuenta el número de menús ordinarios, previsión de menús esporádicos, días lectivos y precios unitarios. Para el mismo se toma como referencia el calendario escolar previsto para el 2.014-2.015 (111 días lectivos, de enero a junio) y curso escolar 2015-2016 (179 días), IVA no incluido (por curso escolar), que se corresponden con los 376 comensales diarios (aproximadamente), a 4,9 € euros/día/comensal (Iva no incluido). Con opción de comensales esporádicos a 5,05€ (Iva no incluido) cada uno. El precio deberá referirse a la relación de menús por comensal y no debe superar, en ningún caso, las cifras unitarias previstas de 4,9 € por comensal y día; 5,05€ por menú esporádico/día. El precio del contrato mensual será el resultado de aplicar a los menús efectivamente suministrados los precios ofertados por el adjudicatario, que en ningún caso podrán exceder de los citados anteriormente. En este precio y, en su oferta económica se entenderán incluidos todo tipo de gastos que deba realizar para el cumplimiento del contrato, entre otros, transporte y desplazamiento, personal que precise a su cargo, vigilantes del comedor, seguros y toda clase de tributos que graven su actividad. El IVA deberá expresarse en partida independiente.
Presupuesto base de licitación, valor estimado y existencia de crédito. El presupuesto base de licitación anual es de 33.200,00 € más 6.972,00 € de I.V.A., lo que hace un total anual de 40.172,00 €. Por tanto, el presupuesto base de licitación y el valor estimado del contrato, teniendo en cuenta el periodo de dos años, sin prórrogas, sería el siguiente: PRECIO BASE 16.600,00 33.200,00 IVA 21% 3.486,00 6.972,00 El contratista facturará el servicio en una vez por cada temporada estival, mediante la presentación de la factura pertinente por importe del precio anual del contrato, entendiéndose incluidos los tributos de toda índole, especialmente el IVA. Si la piscina no pudiera abrirse al público en la fecha acordada y completar los 73 días previstos de apertura, se deducirá la parte proporcional de los servicios no prestados. Estas facturas deberán ser conformadas por este Ayuntamiento, previa comprobación de la perfecta ejecución de los trabajos realizados. El presupuesto base de licitación incluye todos los factores de valoración y gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente, son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole. Se considera adecuado a los precios xxx xxxxxxx el cálculo de los costes derivados de la ejecución material de los servicios, de acuerdo con las prestaciones previstas en los Pliegos. Concretamente, al ser una prestación periódica, para el cálculo del valor estimado, de conformidad con lo previsto en el artículo 101 LCSP, se han tenido en cuenta el valor real total del contrato similar adjudicado durante el ejercicio precedente, en el que se han actualizado, tanto el precio de las horas del personal necesario, conforme al SMI y al Convenio Colectivo aplicable, como el de los productos químicos desinfectantes. El precio no será revisable durante la duración del contrato. - Aplicación presupuestaria: 151.227.06.
Presupuesto base de licitación, valor estimado y existencia de crédito. El presupuesto máximo autorizado para el presente contrato asciende a la cuantía de 58.000 EUROS, al que se adicionará el Impuesto sobre el Valor Añadido (21%), lo que supone un total de 70.180 EUROS. El valor estimado del contrato asciende a la cuantía de 58.000 EUROS (IVA excluido). El Ayuntamiento xx Xxxxxxx (Jaén) no estará obligado a agotar la totalidad de la cuantía presupuestada, ni a adquirir un volumen de suministro determinado. Por consiguiente, el gasto real será el que resulte de los precios ofertados por el Adjudicatario y de las adquisiciones o entregas efectivas que se produzcan en función de las necesidades del Servicio a lo largo del periodo de duración del contrato. A todos los efectos, se entenderá que las Ofertas presentadas por los licitadores comprenden no sólo el precio del contrato, sino también los gastos de transporte, toda clase de tributos y demás gastos directos e indirectos que se produzcan hasta la entrega de los bienes en el Centro que la Administración designe. La cantidad correspondiente al I.V.A. figurará como partida independiente. El importe se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria del vigente Presupuesto Municipal; existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por el Ayuntamiento, quedando acreditada la plena disponibilidad aportaciones que permiten financiar el contrato.
Presupuesto base de licitación, valor estimado y existencia de crédito a) Precio base de licitación, sin IVA: 68000 €.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.