Revisiones periódicas. A las personas profesionales de oficio que, por estar en vías de promoción, tengan asignado un nivel de calificación inferior al del puesto que desempeñan, se les irá encuadrando progresivamente en el nivel que les corresponda en función de la formación y capacitación profesional que vayan adquiriendo y de las plazas vacantes que existan. Con este fin, el/la Jefe/a del Departamento correspondiente enviará semestralmente una propuesta a la/el responsable de Recursos Humanos en la que se indicará las personas trabajadoras promocionales, los niveles de calificación en los que se solicita encuadrarles y fecha de encuadramiento. El/la Responsable de Recursos Humanos notificará, con la debida antelación, dicha propuesta al Comité de Empresa y a la Dirección, la cual en base a las necesidades organizativas y aptitudes de las personas trabajadoras aprobará o denegará la propuesta.
Revisiones periódicas. Orden del Mº de Industria y Energía 31/03/81. BOE (20/04/81). Revisiones técnicas mínimas en elevadores. - Orden Mº Industria 11/10/88 BOE (21-10-88) Modificación de la Instrucción MIE-AEM1 - Normas EN 81.1 y EN 81.2 Normas de seguridad para la construcción y instalación de ascensores. - IEC 255-4 “. Pruebas de perturbaciones a alta frecuencia” - IEC 65 “. Pruebas de trenzas de impulsos”. - EN 115 Normas de seguridad para la construcción y instalación de escaleras mecánicas y andenes móviles . - Equipos de manutención: SEIS “Svenk Standard” ME-62 Normas y manuales del Instituto Xxxxxxx Xxxxxxx DIN “Deutsche Industrie Norm” FEM “Federation Europeene of Manutention” UNE LEGISLACIÓN AUTONÓMICA. - Orden de Consejería de Economía y Empleo 24/04/97. BOCM (07/05/97). Instalación de puertas en cabinas. - Orden 23.12.81 Dep. Industria y Energía DOGC 03.02.82 Aclaraciones de diferentes artículos del Reglamento de aparatos de elevación - Orden 30.11.84 Dep. Ind., Comercio y Turismo DOGC 12.12.84 Complemento de las condiciones técnicas que tienen que cumplir a los aparatos elevadores. - Orden 30.12.86 Dep. Industria DOGC 19.01.87 Normas de aplicación a Cataluña del Reglamento de aparatos de elevación y mantenimiento (EAM) y las ITC que lo despliegan. - Orden 14.05.87 Dep. Industria y Energía DOGC 15.06.87 Modificación Orden 30.12.86. - Orden 11.01.90 Dep. Industria y Energía DOGC 07.02.90 Modificación Art. 11.1 Orden 30.12.86, en lo referente a la colocación de puertas en las cabinas de los ascensores instalaciones a Cataluña. - Resolución 22.06.87 Decir. Gral. Seguridad y Calidad Industrial DOGC 20.07.87 Aplicación por entidades de inspección y control de condiciones técnicas de seguridad e inspección periódica. - Orden 09.04.84 DPTOP DOGC 30.05.84 - 04.02.87 - 07.02.90 Condiciones técnicas de seguridad a los ascensores. - Orden 31.05.99 DOGC 11.06.99 Aplicación del Real decreto 1314/1997 de disposiciones de aplicación de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores. Ascensores con marcaje CE APARATOS A PRESION LEGISLACION BASICA - R. D.1244/79 del Mº de Industria y Energía 04/04/79. BOE (29/05/79)- Corrección errores 28-JUN-79 y 24- ENE-9 Reglamento de aparatos a presión RAP - X. X. 000/0000 xxx Xx Industria y energía, Modificación de los Artículos 6 y 7 del Reglamento de aparatos a presión. - X. X. 0000/0000 Xx Xxxxxxxxx y energía- Corrección errores BOE (24/01/91) Modificación de los Artículos 6, 9, 19, 20 y 22 del Reglamento de aparat...
Revisiones periódicas. Comprobar trimestralmente el estado de conservación y limpieza de los sumideros y canalones de cubierta. .- Como mínimo una vez al año se realizará una revisión de las juntas de dilatación, de las cazoletas de desagüe y de los recubrimientos de protección de la cubierta. .- Cada 2 años revisión general de las azoteas transitables. Algunas tareas a realizar y sus condiciones de ejecución: .- Las reparaciones se realizarán con materiales análogos al original. .- Cada 3 meses limpiar los canalones. Revisiones Periódicas: .- Cada 3 meses se procederá a la revisión de las bocas de los canalones. .- Cada año, durante el otoño, se revisarán y limpiarán las limahoyas y los canalones. .- Cada 2 años, se revisarán los faldones, comprobando su estanqueidad, encuentro de los faldones con elementos singulares, la sujeción de canalones y limahoyas, y los ganchos de servicio. Se comprobará el agarre de las tejas o de las placas en su caso, y las piezas de caballete de limatesas y las piezas de formación de aleros.
Revisiones periódicas. Quién debe realizar la revisión de la instalación? ¿Cada cuánto tiempo ha de realizarse la revisión de la instalación?
Revisiones periódicas. La interventoría debe verificar el cumplimiento de las normas y especificaciones técnicas del proyecto. Para tal efecto realizará las correspondientes pruebas, ensayos de laboratorio, monitoreos, control de calidad, levantamientos topográficos y demás. Igualmente, debe reportar los daños que aparezcan en los trabajos ejecutados, señalando sus causas; ordenar la suspensión temporal de los trabajos que se estén ejecutando en forma similar, hasta tanto el contratista cumpla con las especificaciones estipuladas en el contrato. Si las fallas no son causadas por incumplimiento de lo especificado, deberá analizar y conceptuar sobre las alternativas de solución propuestas, a efecto de que sean aprobadas por el Gerente responsable del contrato.
Revisiones periódicas. Al margen de las garantías que sobre salud laboral contiene este Convenio, la Administración facilitará las siguientes revisiones periódicas:
a) Reconocimiento ginecológico, incluyendo citología, ecografía ginecológica y mamografía, a partir de los 45 años o antes si así se determinase en la revisión médica.
b) Revisiones prostáticas, a partir de los 45 años o antes si así se determinase en la revisión médica.
Revisiones periódicas. Las facultades generales de Inspección, Control y Seguimiento determinadas en el presente Pliego y en la normativa reguladora de la contratación administrativa, serán ejercidas por el Técnico Municipal (Inspector/Director del Servicio) designado para este fin por el Sr. Alcalde Presidente. El Técnico Municipal encargado del control y seguimiento de la correcta prestación del servicio, efectuará revisiones periódicas para comprobar el cumplimiento de lo establecido en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas y en el contrato. Cód. Validación: 5G2HGLTHG6TG75TSXAZW2AX9J | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 31 De observarse cualquier tipo de incumplimiento, se notificarán por escrito al interlocutor de la empresa adjudicataria las instrucciones precisas con el fin de que subsane las faltas o defectos observados en el plazo máximo de 24 horas. Si persiste el incumplimiento, se aplicará el régimen de penalizaciones establecido en el Pliego de Prescripciones Administrativas particulares.
Revisiones periódicas. 40 4.- CUADROS DE REVISIONES PERIÓDICAS 41
Revisiones periódicas. La Dirección Provincial xxx XXXX, podrá efectuar revisiones periódicas para comprobar el cumplimiento de lo establecido en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas, notificando al interlocutor de la empresa adjudicataria los defectos observados. Dichos defectos serán subsanados dentro del plazo máximo de 24 horas.