RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) de la LCSP. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en todos los documentos de carácter contractual. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Y, en cuanto no se oponga a lo establecido en la señalada Ley de Contratos del Sector Público, aplica lo indicado en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP).
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Samples: Service Agreement, Service Agreement, Contract for Messaging Services
RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) de la LCSPadministrativo. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en todos los documentos su correspondiente de carácter contractualprescripciones técnicas particulares. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Y2014 (LCSP), y en cuanto no se oponga a lo establecido en la señalada Ley de Contratos del Sector PúblicoLCSP, aplica lo indicado en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP). Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.
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Samples: Contrato Administrativo Del Servicio Del Aula Medioambiental, Contrato De Suministro, Contrato De Suministro
RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) de la LCSPadministrativo. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en todos los documentos su correspondiente de carácter contractualprescripciones técnicas particulares. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, texto refundido aprobado por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UEReal Decreto Legislativo 3/2011, de 26 14 de febrero de 2014. Ynoviembre (TRLCSP), y en cuanto no se oponga a lo establecido en la señalada Ley de Contratos del Sector Públicoel TRLCSP, aplica lo indicado en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre Octubre (RGLCAP). Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.
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Samples: Contrato De Servicios, Contrato De Suministro, Contrato De Suministro
RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) de la LCSPadministrativo. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en todos los documentos su correspondiente de carácter contractualprescripciones técnicas. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, texto refundido aprobado por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UEReal Decreto Legislativo 3/2011, de 26 14 de febrero de 2014. Ynoviembre (TRLCSP), y en cuanto no se oponga a lo establecido en la señalada Ley de Contratos del Sector Públicoel TRLCSP, aplica lo indicado en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como Público y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre Octubre (RGLCAP). Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.
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RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) de la LCSP. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en todos los documentos de carácter contractual. Para lo no previsto en los pliegoseste Pliego, será de aplicación el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017RD Legislativo 3/2011, de 8 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Y, en cuanto no se oponga a lo establecido en la señalada Ley de Contratos del Sector Público, aplica lo indicado en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, noviembre por el que se desarrolla parcialmente aprueba el Texto Refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como los efectos directos a partir del 00 xx xxxxx xx 2016 de las Directivas Europeas 2014/23 y 2014/24 que le sean de aplicación, siguiendo la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa y criterios de los Tribunales Contractuales, el RD 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones PúblicasPúblicas en lo que se oponga, aprobado las condiciones Particulares contenidas en los respectivos Pliegos de Condiciones Administrativas y Técnicas aprobadas por Real Decreto 1098/2001la Administración, y por la Ley 7/85, Reguladora de 12 las Bases de octubre (RGLCAP)Régimen Local.
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Samples: Contract for Sports Activities Services, Service Agreement
RÉGIMEN JURÍDICO. Cláusula 1. Régimen jurídico. El presente contrato NO tiene carácter privado administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) 25 de la LCSP. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en todos los documentos de carácter contractual. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 20142014 (en adelante LCSP). Y, en cuanto no se oponga Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en la señalada Ley este pliego y en su correspondiente de Contratos del Sector Públicoprescripciones técnicas particulares. Ambos pliegos tienen carácter contractual, aplica por lo indicado que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el Real Decreto 817/2009mismo acto de formalización del contrato. Así mismo tiene carácter contractual la oferta presentada por el adjudicatario, de 8 xx xxxxque se anexará al contrato. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la LCSP, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP), en todo lo que no se oponga a la anterior. Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.
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Samples: Contract for Supply of Cleaning Products, Contract for Supply of Hardware Products
RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) de la LCSP. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en todos los documentos de carácter contractual. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Y, en cuanto no se oponga a lo establecido en la señalada Ley de Contratos del Sector Público, aplica lo indicado en el rige Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP).
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RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) de la LCSP. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en todos los documentos de carácter contractual. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Y, en cuanto no se oponga a lo establecido en la señalada Ley de Contratos del Sector Público, aplica lo indicado en rige el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como Público y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP).
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RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) de la LCSP. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en todos los documentos de carácter contractual. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las as Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Y2014.Y, en cuanto no se oponga a lo establecido en la señalada señala Ley de Contratos del Sector Público, aplica lo indicado en rige el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubrexx xxxxxxx, de Contratos del Sector Público, así como xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx; el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP).
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Samples: Pliego De Cláusulas Reguladoras De La Contratación Del Servicio De Ingeniería
RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) de la LCSPadministrativo. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en todos su correspondiente de prescripciones técnicas particulares. Asimismo, este contrato se encuentra sometido a la normativa reguladora del régimen jurídico del servicio objeto del mismo, en la que se regulan los documentos aspectos de carácter contractualjurídico, económico y administrativo relativos a la prestación del servicio, y que se determina en el pliego. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: públicos Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Y2014 (LCSP), y en cuanto no se oponga a lo establecido en la señalada Ley de Contratos del Sector PúblicoLCSP, aplica lo indicado en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Supletoriamente, así como el Reglamento General se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de la Ley derecho administrativo y, en su defecto, las de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP)derecho privado.
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Samples: Contrato De Concesión Del Servicio Público Educativo
RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato tiene carácter privado privado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) art. 26 de la LCSP. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en todos los documentos de carácter contractual. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Y, en cuanto no se oponga Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en su correspondiente de prescripciones técnicas particulares, teniendo ambos pliegos carácter contractual1. Ambos pliegos tienen carácter m ismo acto de formalización del contrato. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la señalada Ley de Contratos del Sector PúblicoLCSP, aplica lo indicado en por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como el Reglamento General Público (RD 817/2009); en todo lo que no se oponga a la anterior. La aplicación de estas normas se llevará a cabo en relación con todo lo que no haya resultado afectado por la disposición derogatoria de la Ley LCSP. En todo caso, las normas legales y reglamentarias citadas anteriormente serán de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP)aplicación en todo lo que no se oponga a la LCSP.
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Samples: Contrato De Suministro
RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) de la LCSP. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en todos los documentos de carácter contractual. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Y, en cuanto no se oponga a lo establecido en la señalada Ley de Contratos del Sector Público, aplica lo indicado y en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP).
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Samples: Service Agreement
RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) de la LCSPadministrativo. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en todos los documentos su correspondiente de carácter contractualprescripciones técnicas particulares. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Y2014 (LCSP), y en cuanto no se oponga a lo establecido en la señalada Ley de Contratos del Sector PúblicoLCSP, aplica lo indicado en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP)) y por el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Estudios y Servicios Técnicos, aprobado por Orden de 8 xx xxxxx de 1972. Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.
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Samples: Contrato De Suministro
RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) de la LCSPadministrativo. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en todos los documentos su correspondiente de carácter contractualprescripciones técnicas particulares. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Y2014 (LCSP), y en cuanto no se oponga a lo establecido en la señalada Ley de Contratos del Sector PúblicoLCSP, aplica lo indicado en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP), por el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Estudios y Servicios Técnicos, aprobado por Orden de 8 xx xxxxx de 1972. Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.
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Samples: Contrato De Servicios
RÉGIMEN JURÍDICO. El La presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) de la LCSP. Las partes quedan sometidas expresamente a contratación se regirá por lo establecido en este pliego Pliego, y en todos los documentos de carácter contractual. Para para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por él será de aplicación la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Y00 xx xxxxxxx xx 0000 (XXXX), en cuanto no se oponga a lo establecido en la señalada Ley de Contratos del Sector Público, aplica lo indicado en el Real xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como y por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre Públicas (en adelante RGLCAP). Asimismo se regirá por las demás normas de Derecho Administrativo o Privado que le sean de aplicación.
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Samples: Contratación De Un Servicio
RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) de la LCSP. Las partes quedan sometidas expresamente De acuerdo a lo establecido en este pliego los artículos 16 y en todos los documentos 26 de carácter contractual. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Y(En adelante LCSP), en cuanto no se oponga a trata de un contrato de suministros de carácter privado. La contratación de los suministros, se regirá por lo establecido en este pliego, y para lo que no esté previsto en él, será de aplicación la señalada Ley de Contratos del Sector PúblicoLCSP, aplica lo indicado en el Real Decreto 817/20091098/2001, de 8 xx xxxx12 de octubre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado Públicas y por el Real Decreto 1098/2001817/2009 de 8 xx xxxx por el que se desarrolla la Ley 30/2007 de 00 xx xxxx xx contratos del Sector Público. El contrato se adjudicará por procedimiento abierto, con un único criterio de 12 de octubre (RGLCAP)adjudicación, precio más bajo previsto y regulado en los artículos 156 a 158 LCSP.
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Samples: Suministro De Combustible
RÉGIMEN JURÍDICO. El La presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) de la LCSP. Las partes quedan sometidas expresamente a contratación se regirá por lo establecido en este pliego Pliego, y en todos los documentos de carácter contractual. Para para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por él será de aplicación la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Y2014 (LCSP), en cuanto no se oponga a lo establecido en la señalada Ley 12/2018, de Contratos del Sector Público26 de diciembre, aplica lo indicado en de Contratación Pública Socialmente Responsable de Extremadura, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como y por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre Públicas (en adelante RGLCAP). Asimismo se regirá por las demás normas de Derecho Administrativo o Privado que le sean de aplicación.
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Samples: Contract for Services
RÉGIMEN JURÍDICO. El 1.1. La contratación que regula el presente contrato Xxxxxx tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) naturaleza privada (art. 26.1, b y 2 de la LCSP. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego ) y en todos los documentos de carácter contractual. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por las cláusulas contenidas en el mismo.
1.2. Al ser un contrato privado, y habida cuenta que la legislación básica del Estado FGUPM a los solos efectos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, aun siendo una entidad de Derecho privado, tiene la consideración de Fundación Pública (art. 3.1,e), con naturaleza de Poder Adjudicador (3.3,b), el mismo se regirá en materia de contratos públicos: cuanto a su preparación y adjudicación por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Y2014 (B.O.E. del 9 de noviembre), (en cuanto no se oponga a lo establecido en la señalada Ley de Contratos del Sector Públicosucesivo LCSP), aplica lo indicado en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos y dentro del Sector Público, así como marco y con las limitaciones a que se refiere el Reglamento General art. 26.2 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP)LCSP.
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Samples: Catering Service Agreement
RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) de la LCSP. Las partes quedan sometidas expresamente De acuerdo a lo establecido en este pliego los artículos 17 y en todos los documentos 26 de carácter contractual. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Y(En adelante LCSP), en cuanto no se oponga a trata de un contrato de servicios de carácter privado. La contratación de los servicios, se regirá por lo establecido en este pliego, y para lo que no esté previsto en él, será de aplicación la señalada Ley de Contratos del Sector PúblicoLCSP, aplica lo indicado en el Real Decreto 817/20091098/2001, de 8 xx xxxx12 de octubre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado Públicas y por el Real Decreto 1098/2001817/2009 de 8 xx xxxx por el que se desarrolla la Ley 30/2007 de 00 xx xxxx xx contratos del Sector Público. El contrato se adjudicará por procedimiento abierto, con un único criterio de 12 de octubre (RGLCAP)adjudicación, precio más bajo, previsto y regulado en los artículos 156 a 158 LCSP.
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Samples: Contract for Services
RÉGIMEN JURÍDICO. El presente Este contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto se rige por el documento en el artículo 26.1.b) que se formalice, por el pliego de la LCSP. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este cláusulas administrativas particulares, por el pliego y en todos los documentos de carácter contractual. Para lo no previsto en los pliegosprescripciones técnicas, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos contratos del Sector Público, sector público por la que se transponen trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Y2014 (LCSP), y en cuanto lo que no se oponga a lo establecido en la señalada Ley de Contratos del Sector Públicoanterior, aplica lo indicado en por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector PúblicoPúblico y, así como en cuanto no se encuentre derogado por esta, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones PúblicasPúblicas (RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP).octubre. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES E IGUALDAD
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RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) de la LCSPadministrativo. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en todos los documentos su correspondiente de carácter contractualprescripciones técnicas particulares. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 9/201730/2007, de 8 30 de noviembreoctubre, de Contratos del Sector PúblicoPúblico (LCSP), por el Reglamento General de la que se transponen al ordenamiento jurídico español Ley de Contratos de las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UEAdministraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 26 12 de febrero de 2014. Y, Octubre (RGLCAP) en cuanto no se oponga a lo establecido en la señalada Ley de Contratos del Sector PúblicoLCSP y no haya sido expresamente derogado, aplica lo indicado en y, por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Supletoriamente, así como el Reglamento General se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de la Ley derecho administrativo y, en su defecto, las de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP)derecho privado.
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Samples: Contract for Services