SOLICITUD DE INFORMACIÓN ADICIONAL Cláusulas de Ejemplo

SOLICITUD DE INFORMACIÓN ADICIONAL. Cuando LA PREVISORA S.A. en desarrollo de la verificación financiera requiera constatar la información del proponente, podrá solicitar los documentos adicionales que considere necesarios para la aclaración de la información, tales como estados financieros dictaminados de años anteriores, anexos específicos o cualquier otro soporte requerido por LA PREVISORA S.A.. En caso de que EL PROPONENTE no presente las notas aclaratorias, fotocopia de las tarjetas profesionales y los certificados de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios, LA PREVISORA S.A. podrá solicitar, según el caso, la presentación de los mismos dentro del término establecido para este efecto, la no presentación será causal de rechazo de la propuesta.
SOLICITUD DE INFORMACIÓN ADICIONAL. En cualquier momento, la Autoridad de Aplicación y/o la Dirección podrán solicitar a la MiPyME que, dentro del plazo de TRES (3) días o el mayor plazo que fije, presente información y/o documentación adicional. Vencido dicho plazo sin que se hubiera dado completo cumplimiento al requerimiento, la Autoridad de Aplicación podrá desestimar la solicitud presentada sin importar el estado de avance del Proyecto y sin que ello dé lugar a reclamo alguno por parte de la MiPyME.
SOLICITUD DE INFORMACIÓN ADICIONAL. 10.1 El Oferente podrá solicitar información adicional a la Compañía en vinculación con el proceso de presentación de Ofertas, o los bienes y servicios objeto de la Oferta. Cualquiera de tales solicitudes deberá dirigirse al Representante de la Compañía mencionado en la Invitación a Ofertar, y la Compañía deberá recibirla como mínimo siete días antes de la Fecha de Presentación de Ofertas. En este caso, la Compañía podrá, a su exclusivo criterio, responder (o no) a la solicitud de información adicional.
SOLICITUD DE INFORMACIÓN ADICIONAL. Cualquier pregunta, comunicación o solicitud de información adicional referente a la presente convocatoria de licitación deberá hacerse únicamente por escrito y dirigirse a xxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx con copia a xxxxxxx.xxxxxx@xxxxx-xxxx.xxxxx dirección indicada en el numeral 1.2, y serán aceptadas hasta 14 días antes de la fecha de entrega de ofertas. Las respuestas a las consultas escritas serán enviadas a todos los postores en forma simultánea hasta 7 días antes de la fecha de entrega de ofertas.‌
SOLICITUD DE INFORMACIÓN ADICIONAL. 1. En caso de duda respecto a la validez o autenticidad de una licencia, un duplicado o una licencia de sustitución, las autoridades competentes podrán solicitar información suplementaria a la autoridad expedidora de las licencias.
SOLICITUD DE INFORMACIÓN ADICIONAL. (1) El Consejo puede solicitar a cualquier parte detalles adi- cionales sobre cualesquiera de sus escritos presentados a la CCE.
SOLICITUD DE INFORMACIÓN ADICIONAL. Si las informaciones o documentos que proporciona el peticionario no son suficientes para decidir, el funcionario competente, para dar trámite a lo solicitado requerirá al peticionario por una sola vez para que la efectúe en el término de un (1) mes, lapso durante el cual se suspenderá el término para decidir. Se entenderá que el peticionario ha desistido de su solicitud o de la actuación cuando no satisfaga el requerimiento, salvo que antes de vencer el plazo concedido solicite prórroga hasta por un término igual. Vencidos los términos establecidos en esta cláusula, se decretará el desistimiento y el archivo del expediente, mediante acto administrativo motivado, que se notificará personalmente, contra el cual únicamente procede recurso de reposición, sin perjuicio de que la respectiva solicitud pueda ser nuevamente presentada con el lleno de los requisitos legales. Lo anterior, en concordancia con el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011. Parágrafo. Los funcionarios no podrán exigir a los particulares constancias, certificaciones o documentos que reposen en los archivos del prestador. De igual forma, para el ejercicio de actividades, derechos o cumplimiento de obligaciones, únicamente podrán exigirse las autorizaciones, requisitos o permisos que estén previstos taxativamente en la ley o se encuentren autorizados expresamente por esta. En tales casos las autoridades públicas no podrán exigir certificaciones, conceptos o constancias.
SOLICITUD DE INFORMACIÓN ADICIONAL. Si las informaciones o documentos que proporciona el peticionario no son suficientes para decidir, el funcionario competente, para dar trámite a lo solicitado lo requerirá por una sola vez, mediante oficio Parágrafo. Los funcionarios no podrán exigir a los particulares constancias, certificaciones o documentos que reposen en los archivos del prestador. De igual forma, para el ejercicio de actividades, derechos o cumplimiento de obligaciones, únicamente podrán exigirse las autorizaciones, requisitos o permisos que estén previstos taxativamente en la ley o se encuentren autorizados expresamente por esta. En tales casos las autoridades públicas no podrán exigir certificaciones, conceptos o constancias.
SOLICITUD DE INFORMACIÓN ADICIONAL. 1. En caso de duda respecto a la validez o autenticidad de una licencia FLEGT, un duplicado o una licencia FLEGT de sustitución, las autoridades competentes podrán solicitar información adicional a la autoridad autoridad encargada de
SOLICITUD DE INFORMACIÓN ADICIONAL. Usted puede solicitar más explicaciones cuando Usted reciba una Denegación de Beneficios. Comuníquese con Nosotros cuando Usted: • No entienda el motivo de la denegación; • No entienda por qué el servicio de atención médica o tratamiento no fue cubierto en su totalidad; • No entienda por qué una solicitud de cobertura de un servicio de atención médica o tratamiento fue denegada; • No encuentra la cláusula aplicable en Su Evidencia de Xxxxxxxxx; • Quiera una copia (sin cargo) de las directrices, criterios o fundamentos clínicos que utilizamos para tomar Nuestra decisión; o • No esté de acuerdo con la denegación o la cantidad no cubierta y Usted quiera Apelar. Si Su reclamación hubiera sido denegada debido a información faltante o incompleta, Usted o Su Profesional de la Salud podrá volver a presentarnos la reclamación con la información necesaria para completar dicha reclamación. El proceso de apelación no prohíbe que la Persona Cubierta recurra a otros recursos apropiados, tal como una orden judicial, una sentencia declaratoria, o la exención prevista en la ley, si el requisito de agotar el proceso de apelación y revisión pone a la salud de la Persona Cubierta en grave riesgo. Para preguntas sobre los derechos de apelación y revisión externa, una Persona Cubierta puede llamar a Nuestro Departamento de Servicios al Miembro al número que aparece en su Tarjeta de Identificación de Miembro.