Sorteo Cláusulas de Ejemplo

Sorteo. En caso de que el número de posibles oferentes sea superior a 10, la entidad podrá hacer sorteo, para seleccionar máximo diez interesados con quienes continuará el Proceso de Contratación. En los pliegos de condiciones se determinará si hay lugar a sorteo y la forma en la que se hará. Si el número de oferentes interesados es inferior a 10 se adelantará el proceso con todos los interesados. El plazo para presentar propuestas empieza a contar a partir del día siguiente a la fecha en la cual la entidad informe a los interesados el resultado del sorteo. De conformidad con el cronograma establecido en el Pliego de Condiciones Comité Asesor y Evaluador Líder gestor de la necesidad.
Sorteo. La adjudicación por sorteo en cada asamblea se hará únicamente entre los suscriptores que estén al día en el pago de sus cuotas brutas mensuales y que no tengan la calidad de adjudicados.
Sorteo. En caso de que el número de posibles oferentes sea superior a 10, la entidad podrá hacer sorteo, para seleccionar máximo diez interesados con quienes continuará el Proceso de Contratación. Se realizará por el sistema de balotas de la siguiente manera:
Sorteo. En las Adjudicaciones por Sorteo se utilizan tantos bolos numerados como número de Asociados conforman el grupo; es decir, ciento ochenta (180). Los bolos son introducidos en el ánfora, la que se hace girar y cuando se detiene, utilizando un mecanismo externo al ánfora, se extraen diez (10) bolos al azar. Con estos 10 bolos extraídos, se elegirán, en un solo acto, los contratos adjudicados por sorteo de todos los grupos del programa que participan en dicha asamblea, mediante el siguiente procedimiento: • El número de Asociado consignado en el 10º bolo, será el Asociado ganador del sorteo para todos los grupos. Dado que por la dinámica de los grupos, no todos los grupos tienen al número de Asociado consignado en el 10º bolo como elegible (ya sea porque esté adjudicado, resuelto, moroso, o vacante no cubierta), se deberá seguir el siguiente procedimiento de manera secuencial hasta que en todos los grupos se haya designado a un adjudicado por sorteo: • Se tomará el número de Asociado consignado en el 9º bolo, luego el 8º y así sucesivamente en orden descendente hasta el 1º bolo. En caso aún no hayan Asociados adjudicados, se procederá de la siguiente manera: • Al número de Asociado consignado en el 10º bolo, se le sumará uno (01) y se obtendrá el Asociado adjudicado. • En caso no hayan Asociados adjudicados, se procederá de la misma manera con los bolos restantes en orden descendente del 9º al 1º. En caso aún no hayan Asociados adjudicados, se continuará de la siguiente manera: • Al número consignado en el 10º bolo, se le restará uno (01) y se obtendrá el Asociado adjudicado. • En caso no hayan Asociados adjudicados, se procederá de la misma manera con los bolos restantes en orden descendente del 9º al 1º. En caso aún no haya Asociados adjudicados, se continuará de la siguiente manera: • Al número consignado en el 10º bolo, se le sumará dos (02) y se obtendrá el Asociado adjudicado. • En caso no hayan Asociados adjudicados, se procederá de la misma manera con los bolos restantes en orden descendente del 9º al 1º. En caso aún no haya Asociados adjudicados, se continuará de la siguiente manera: • Al número consignado en el 10º bolo, se le restará dos (02) y se obtendrá el Asociado adjudicado. • En caso no hayan Asociados adjudicados, se procederá de la misma manera con los bolos restantes en orden descendente del 9º al 1º. Esta secuencia continuará de manera similar sumando y restando una unidad adicional a los números de Asociado de los bolos extraídos del ánf...
Sorteo. El sorteo público será realizado ante Notario, en el lugar que se informará en el momento oportuno, cuando a la vista de las solicitudes presentadas sea claro que alguno de los solicitantes no va a resultar concesionario. Fuera de este supuesto, el sorteo se realizará ante la Secretaria del Ayuntamiento. El sorteo del total de las plazas será realizado en primer lugar, entre los/las solicitantes incluidos en la lista 1 ( Residentes y/o trabajadores de la zona de influencia). Inicialmente serán sorteadas las plazas destinadas a personas con discapacitación entre los solicitantes del grupo 1 (los poseedores de tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad). Una vez adjudicadas para su uso todas las parcelas destinadas a este grupo o agotadas las solicitudes incluídas en el mismo, se procederá al sorteo del resto de las parcelas entre los/las solicitantes del grupo 2 (resto), hasta agotar la totalidad de las plazas destinadas a este grupo o hasta agotar los solicitantes del grupo 2. Del resultado del sorteo, a cada adjudicatario se le asignará una parcela numerada. Si una vez adjudicada provisionalmente la concesión de las parcelas a todas las solicitudes integrantes en la lista 1 quedaran parcelas pendientes de adjudicación, las mismas serán adjudicadas a las solicitudes incluidas en la lista 2 ( residentes y/o trabajadores de todo el municipio), mediante el mismo procedimiento habilitado para la lista 1. En cualquier caso, el Ayuntamiento de Galdakao se compromete, mientras existan plazas libres, a continuar acordando la concesión demanial de las parcelas vacantes a aquellos interesados/as que cumplan los requisitos establecidos anteriormente. Una vez completadas la totalidad de concesiones demaniales, únicamente se admitirán solicitudes a efectos de expectativa de plaza y con el solo fin de cubrir las vacantes que, por cualquier motivo, se fuesen produciendo
Sorteo. El sorteo se realizará en presencia de un Notario Público en las fechas que se indicarán posteriormente, utilizando la función de “random” (sistema de Excel que permite buscar ganadores de manera aleatoria). Con el sistema antes descrito, en el sorteo participarán todas las personas que hayan cumplido con lo indicado en el presente reglamento. Se escogerá un ganador y dos suplentes que serán convocados en el mismo orden en que fueron elegidos. El Notario procederá a levantar un acta notarial indicando, el nombre e identificación de cada ganador y de cada suplente, así como el premio al cual se hace acreedor el ganador o el suplente en caso de que el ganador no logre ser contactado. En caso que tanto el ganador como los suplentes no reúnan las condiciones, el premio quedará desierto, liberando a Scotiabank de aplicar el pago de ese premio a algún participante. Para la comunicación al ganador (a) del premio, SCOTIABANK realizará TRES intentos de contacto por llamada o correo electrónico, tomando la información de la base de datos que el cliente mantiene con SCOTIABANK y si por cualquier motivo no se puede localizar a la persona que resultó favorecida porque sus datos no están actualizados, o porque no es posible contactarla, ello no generará responsabilidad de ningún tipo para la entidad patrocinadora, y el ganador perderá el derecho a reclamo o indemnización alguna, y el premio se entregará al suplente correspondiente. En caso de no haber más suplentes, el premio pasa a ser propiedad de SCOTIABANK La persona que resultare favorecida en ésta promoción autoriza a que su nombre, número de identificación personal e imágenes, aparezcan en diferentes medios publicitarios o material de divulgación de las actividades realizadas después de la promoción, como lo son la entrega y recibo del premio, asimismo se compromete a facilitar fotografías disfrutando del premio sin que por ello se pueda pretender obtener cualquier tipo de remuneración adicional, así como reclamos por derechos de imagen. Lo anterior para efectos de darle publicidad al resultado de la presente promoción. Es requisito indispensable que el favorecido firme el documento de aceptación y recibido conforme del premio, aceptando todas las limitaciones y condiciones que el premio represente y de tal forma liberará a SCOTIABANK de toda responsabilidad. El ganador tendrá un plazo máximo de siete días naturales contados a partir de la notificación por parte de SCOTIABANK para reclamar su premio. Xxxxxx esa f...
Sorteo. De acuerdo a lo establecido en el artículo 51 de la LOSNCP y el artículo 59 de su Reglamento General, de entre los proveedores calificados, que previamente hayan manifestado su aceptación expresa del presupuesto económico determinado por la entidad contratante, la misma herramienta informática del procedimiento a través del Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, realiza el sorteo del proveedor, el que será adjudicado por la entidad contratante.
Sorteo. En caso que las personas inscriptas superen el número de 500, se realizará su ordenamiento mediante sorteo ante funcionario habilitado. De acuerdo con dicho orden, se convocará a los primeros 500 para que presenten la documentación que avale el cumplimiento de los requisitos. En caso que no sea necesaria la realización del sorteo, se requerirá la documentación a todos los inscriptos.
Sorteo. Los oferentes que hayan aceptado el presupuesto referencial, y cuya oferta hubiere cumplido íntegramente los requerimientos establecidos por la entidad serán habilitados por ésta a fin de que participen en un sorteo público que se realizará a través del Portal Institucional del SERCOP, conforme establece el artículo 51 de la LOSNCP, y mediante el cual se escogerá al adjudicatario.
Sorteo. La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo.