Base para el Pago. Las cantidades de obra, medidas como se establece arriba, serán pagadas al precio de contrato por unidad de medida (M3). Dicho precio y pago constituirá la compensación total por el suministro y colocación de cualquier tipo de gavión, la roca, así como toda la mano de obra, equipo y herramientas necesario para completar la obra descrita en esta Sección. En el proceso de pago podrá aplicarse el Artículo Nº. 73 de la Ley de Contratación del Estado en cuyo caso quedará establecido en el documento contractual.
Base para el Pago. El pago se hará al precio unitario del contrato, por toda la obra ejecutada de acuerdo con estas especificaciones y aceptada por el ingeniero. El precio unitario deberá cubrir todos los costos por concepto de suministros, patentes, asesorías e instalación de la alcantarilla; el apuntalamiento de éstas cuando lo requieran; el revestimiento de la tubería que lo requiera, incluido el suministro del material, las conexiones a cabezales; la señalización preventiva de la vía y el ordenamiento del tráfico automotor durante el período de ejecución de las obras; el transporte y la adecuada disposición de los materiales sobrantes y, en general, todos los costos relacionados con la correcta ejecución de los trabajos especificados. El pago se hará según:
Base para el Pago. Las cantidades solicitadas de excavación, será pagado al precio unitario del contrato por metro cúbico de material medido en sitio. Incluye el costo de todo el equipo, materiales, señalización y mano de obra necesarios.
Base para el Pago. La sub-base afinada será pagada al precio unitario de contrato por metro cúbico de material colocado y compactado, pago que constituirá plena compensación por: extraer, triturar, remover, transportar, colocar, mezclar, humedecer y compactar los materiales y por toda la mano de obra, equipo, herramientas y demás imprevistos necesarios para completar este concepto, incluyendo señales y medidas de seguridad tal como se especifica en estos documentos y en los planos o como sea ordenado por la Supervisión. No se hará pago alguno por el material que el Contratista coloque por encima de los niveles especificados o para rellenar depresiones de la sub-rasante. No se efectuará pago adicional alguno cuando al material de bancos se le deban incorporar otros materiales a fin de que reúna las características especificadas. Se deberán incluir en el precio unitario de Contrato: Todos los gastos que pudieran surgir por el descapote y preparación de las zonas a explotar; los gastos por alquiler de los planteles para explotar las fuentes o bancos de materiales, así como también los costos de arreglo, construcción o derecho para transitar por las franjas de acceso a dichas fuentes o bancos y los costos de las instalaciones provisionales, así como los costos por la explotación de los materiales cuando las fuentes se encuentren dentro de terrenos municipalidades o privados. La Secretaría de Infraestructura a través de la Unidad de Gestión Ambiental asistirá al Contratista en la obtención de los permisos para explotar las fuentes de materiales localizados en terrenos nacionales o municipales, sin embargo, es el Contratista quien gestionará todos los permisos ante los entes gubernamentales o privados competentes.
Base para el Pago. Suministro y colocación de material granular para sub-base según CR-2010 M3 de sub-base xx xxxxxxxx triturado, graduación según CR-2010 El trabajo cubierto por esta sección consistirá en la colocación y compactación, en las secciones indicadas y en el espesor definido por la Unidad Técnica Municipal, de una capa de base granular triturada distribuido con equipo y maquinaria de acuerdo con el Artículo 301 del CR-2010. El contratista debe tomar en cuenta que exista una topografía y niveles adecuados al camino al colocar el material granular de base que conformara parte de una estructura de pavimento. Suministrar partículas duras y durables o fragmentos xx xxxxxx triturada, escoria o grava triturada y no contendrá partículas elongadas, raíces y restos vegetales; debe cumplir con los siguientes requisitos: Abrasión de los Ángeles, AASHTO T 96 (50 % máx.) Índice de durabilidad (agregado grueso), AASHTO T 210 (35 mín) Índice de durabilidad (agregado fino), AASHTO T 210 (35 mín) Caras fracturadas retenidas en malla No. 4, ASTM D 5821 (50 % mín) Índice plástico no mayor de 4. Límite líquido, ASSHTO T 89 (25 máx.). La granulometría de los agregados se obtendrá quebrando, tamizado y mezclando si es necesario. El agregado fino, material que pasa la malla 4,75 mm, consiste en arena natural o quebrada, y partículas minerales finas. Granulometría Graduación C a utilizar será la indicada en la tabla siguiente: CBR mayor o igual a 80 Compactación 95% de la prueba AASHTO T 180, método D Libre de materia orgánica, grumos o arcillas
Base para el Pago. 143 15.4.....TRABAJOS ADICIONALES. 143
Base para el Pago. El pago de una partida o sub-partida se hará sobre la base de la cantidad señalada en los presupuestos. El Contratista deberá recibir y aceptar la compensación dispuesta en el presupuesto como el pago total por suministrar todos los materiales y por ejecutar en forma completa y aceptable toda la obra convenida en el contrato. En caso de que el Contratista considere incorrecta alguna cantidad que esté especificada en el presupuesto, podrá hacer una solicitud escrita a la Supervisión para que ésta compruebe la cantidad dudosa. Esta solicitud deberá ir acompañada de alguna prueba que indique el motivo por el cual se cree errónea la cantidad especificada en el contrato. Si se considera que la cantidad en cuestión está equivocada, el pago se efectuará de acuerdo a la cantidad corregida. Todos los pagos precedentes, tanto los parciales como los finales, podrán estar sujetos a corrección en cualquier pago subsecuente siempre que esta corrección sea justificada. El contratista y/o proveedor deberá entregar en formato impreso y digital los planos de acuerdo a lo construido (as-built) de los trabajos realizados y deben ser recibidos conforme y por escrito por la supervisión como condición para que le sea realizado el último pago.
Base para el Pago. Las cantidades aceptadas de colocación de mezcla asfáltica en caliente serán pagadas al precio unitario del contrato por METRO CUADRADO DE CARPETA ASFALTICA COLOCADA EN 5CM DE ESPESOR COMPACTADO., cuyo precio y pago se considerará como compensación total por el equipo, materiales, señalamiento y mano de obra, necesarios para realizar el trabajo especificado anteriormente.
Base para el Pago. Las cantidades aceptadas de extracción, proceso, carga, acarreo, colocación y compactación de materiales para sub-base, será pagado al precio unitario del contrato por metro cúbico de material medido en el sitio de obra debidamente compactado, de acuerdo con las dimensiones teóricas de ancho, espesor y largo requeridas en el pedido, cuyo precio y pago se considerará como compensación total por el equipo, materiales, señalización, elementos de visualización y mano de obra necesarios para realizar el trabajo descrito.
Base para el Pago. Las cantidades solicitadas de material de relleno para otras estructuras, entre ellas alcantarillas, muros, obras de arte, entre otras, será pagado al precio unitario del contrato por metro cúbico de material medido, colocada y compactado adecuadamente según especificaciones, incluye el costo de todo el equipo, materiales, señalización y mano de obra necesarios. Línea DESCRIPCIÓN DEL RENGLON UNIDAD DE PAGO 14 Relleno para estructuras, alcantarillas y obras de arte M3 El contratista será el único responsable por la ejecución del contrato y por los recursos utilizados para este fin (humanos, equipo, maquinaria y materiales). En el mismo sentido, será responsable por toda pérdida, gasto y reclamo por pérdidas o daños y perjuicios sufridos por los bienes materiales, lesiones y muerte que se produzcan como consecuencia de sus propios actos u omisiones en la ejecución del contrato que se suscribiere. El contratista deberá disponer de todos los recursos necesarios para la correcta ejecución del contrato. El contratista será responsable por toda pérdida, gasto y reclamo por pérdidas o daños y perjuicios sufridos por los bienes materiales, lesiones y muerte que se produzcan como consecuencia de sus propios actos u omisiones en la ejecución del contrato que se suscribiere. Si el contratista cometiere imprecisiones o errores en la prestación de los servicios objeto de esta contratación, deberá corregir, rectificar, complementar o reponer la información y los trabajos que resultaran defectuosos, asumiendo todos los costos en que deba incurrir. El contrato que se genere, no crea relación laboral entre el personal del contratista y la Municipalidad de San Xxxxxx, de esa forma el contratista es el único responsable por el personal que contrata para desplegar los alcances del presente contrato. En este sentido, el contratista tendrá el deber ineludible de cumplir con todas las obligaciones laborales y de seguridad social del personal a su cargo, incluyendo el salario mínimo establecido en el Decreto de Salarios Mínimos. Con respecto al señalamiento vial, el contratista deberá cumplir con los siguientes documentos: