Bases de la póliza Cláusulas de Ejemplo

Bases de la póliza. Constituyen esta póliza y por ende son los únicos documentos válidos para fijar los derechos y obligaciones del Asegurado: la Oferta del Seguro y las Condiciones Generales.
Bases de la póliza. La presente póliza de seguro de vida y sus condiciones se conciertan en base a las declaraciones formuladas por el Tomador y por el Asegurado en la solicitud de seguro, así como en las declaraciones de salud y reconocimientos médicos requeridos en su caso, formando todo ello parte integrante del contrato. Dichas declaraciones han determinado la aceptación y valoración del riesgo por la Compañía aseguradora y, por tanto, el cálculo de la prima correspondiente. Si el Tomador y/o el Asegurado al formular estas declaraciones incurrieran en reserva, inexactitud o falta de veracidad respecto a las circunstancias por él conocidas que pudiesen influir en la aceptación y valoración del riesgo, se aplicarán las reglas siguientes:
Bases de la póliza. EL condicionado, conformado por las Condiciones Generales y Particulares del presente contrato de seguro, los anexos, la solicitud de seguro, el Cuadro y Recibo de Póliza y cualesquiera otros documentos suministrados por el Tomador y/o el Asegurado por requerimiento de El Asegurador para la aceptación del o los riesgos cubiertos, constituyen la base legal de esta Póliza contratada entre las partes.
Bases de la póliza. Esta póliza se basa en la solicitud de seguro, la declaración y/o cuestionario de seguro y en las declaraciones del tomador y del asegurado. El tomador y el asegurado no están obligados a declarar circunstancias no requeridas por la Compañía en el cuestionario de seguro o en documentos complementarios.
Bases de la póliza. La solicitud y el cuestionario cumplimentados por el Tomador del Seguro, así como la proposición de AXA, en su caso, en unión de esta póliza, constituyen un todo unitario, fundamento del seguro, que sólo alcanza, dentro de los límites pactados, a los bienes y riesgos especificados en la misma. Si el contenido de la póliza difiere de la proposición de seguro o de las cláusulas acordadas, el Tomador del Seguro podrá reclamar a AXA, en el plazo de un mes a contar desde la entrega de la póliza, para subsane la divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la reclamación, se estará a lo dispuesto en la póliza El presente contrato ha sido concertado sobre la base de las declaraciones formuladas por el Tomador del Seguro en el cuestionario que AXA le ha sometido, que han motivado la aceptación del riesgo por AXA, la xxxxxxxx por su parte de las obligaciones para él derivadas del contrato y la fijación de la prima. El Tomador del Seguro o el Asegurado deberán, durante el curso del contrato, comunicar a AXA, tan pronto como le sea posible, las circunstancias que agraven el riesgo, así como el acontecimiento de cualquier hecho, conocido por aquellos, que pueda agravarlo o variarlo, y sean de tal naturaleza que si hubieran sido conocidos por éste en el momento de la perfección del contrato no lo habría celebrado o lo habría concluido en condiciones más gravosas. El Tomador del seguro y/o el Asegurado quedarán exonerados de tal deber si AXA no le somete cuestionario o cuando, aun sometiéndoselo, se trate de circunstancias que puedan influir en la valoración del riesgo y que no estén comprendidas en él. El Tomador del Seguro o Asegurado quedan obligados, salvo pacto en contrario, a comunicar anticipadamente a AXA la existencia de otras pólizas, contratadas con distintos Aseguradores, cubriendo los efectos que un mismo riesgo puede producir sobre el mismo interés y durante idéntico tiempo. En caso de que durante la vigencia de la póliza le fuese comunicado a AXA una agravación del riesgo, éste puede proponer una modificación de las condiciones del contrato en un plazo de dos meses a contar desde el día en que la agravación le haya sido declarada. En tal caso, el Tomador del Seguro dispone de quince días, a contar desde la recepción de esta proposición, para aceptarla o rechazarla. En caso de rechazo, o de silencio, AXA puede, transcurrido dicho plazo, rescindir el contrato previa advertencia al Tomador del Seguro, dándole para que conteste, un nuevo plazo...
Bases de la póliza. EL condicionado, conformado por las Condiciones Generales y Particulares del contrato de seguro, las cláusulas adicionales, los anexos, la Solicitud de Seguro y Cuestionario de Declaración del Solicitante, el Cuadro y Recibo de póliza, el Cuadro de Coberturas y Beneficios y cualesquiera otros documentos suministrados por el Tomador por requerimiento de El Asegurador para la aceptación del o los riesgos cubiertos, constituyen la base legal de la póliza contratada entre las partes.
Bases de la póliza. EL condicionado de la Póliza, conformado por las Condiciones Generales y Particulares del presente contrato de seguro, los anexos, la solicitud de seguro junto con las informaciones suministradas por el Tomador y/o el Asegurado quien(es) garantiza(n) su veracidad; el Cuadro y Recibo de Póliza y cualesquiera otros documentos suministrados por el Tomador y/o Asegurado por requerimiento de El
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  • Bases de licitación Consulta y venta Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: http://compranet.gob.mx, o bien, en la Superintendencia de Recursos Materiales de la Gerencia de Perforación y Mantenimiento de Pozos, D.N., ubicada en edificio administrativo, interior del Campo Pemex, colonia Herradura, C.P. 93370, Poza Rica de Hidalgo, Veracruz, teléfono (01-782) 82-6-10-00, Exts. 3-25-30, 3-33-84, los días de lunes a viernes, con el siguiente horario: de 8:00 a 13:00 horas. Los interesados podrán revisarlas previamente a su pago. Costo convocante $1,648.00 M.N. IVA incluido. Costo compraNET $1,648.00 M.N. IVA incluido. Forma de pago En el domicilio de la convocante, en efectivo o mediante cheque certificado a nombre de Pemex Exploración y Producción. En compraNET, mediante los recibos que genera el sistema. Fecha límite para adquirirlas 2 de junio de 2009. Actos del procedimiento: No habrá visita a instalaciones 26 de mayo de 2009 a las 10:00 horas 8 de junio de 2009 a las 10:00 horas Ambos actos se realizarán en la sala de Juntas No. 3, ubicadas en la Gerencia de Perforación y Mantenimiento de Pozos, D.N., en edificio administrativo, interior del Campo Pemex, colonia Herradura, C.P. 93370, en Poza Rica de Hgo., Ver. Aspectos generales: Idioma(s) El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.

  • IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO QUE DEBE ABONAR EL ADJUDICATARIO El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta un importe máximo de 1.000 €.

  • BASES DEL CONTRATO El Tomador del seguro y, en su caso, el Asegurado, tienen la obligación de declarar a la Aseguradora, de acuerdo con el Cuestionario que ésta le presente en cualquiera de los formatos, todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo; quedará liberado de tal deber si la Aseguradora no le presenta cuestionario o cuando, aún presentándoselo, se trate de circunstancias que puedan influir en la valoración del riesgo y que no están comprendidas en él. Asimismo autoriza al centro de gestión de la Aseguradora, en lo que haga referencia a un accidente o enfermedad, a solicitar toda clase de información que consideren necesaria para la valoración del riesgo o para la tramitación de un siniestro.

  • GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA 23.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de la licitación en Boletines Oficiales y en un periódico de cada provincia por una sola vez (art. 67.2.g) RG), así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública. Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista, salvo que el mismo acredite el ingreso del coste de aquellos en la Tesorería General de la Comunidad Autónoma de Canarias. 23.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista, salvo el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser soportado por la Administración, que se indicará como partida independiente. (art. 145.5 TRLCSP) Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del contrato, incluidos los posibles desplazamientos.

  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 29/09/2017 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • Contratos eventuales por circunstancias de la producción La duración máxima de los contratos eventuales por circunstancias de la producción, acumulación de tareas o exceso de pedidos, podrá ser de hasta doce meses en un período de dieciocho meses.

  • PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.

  • Enmienda a los Documentos de Licitación 8.1 El Comprador podrá, en cualquier momento antes del vencimiento del plazo para presentación de ofertas, enmendar los Documentos de Licitación mediante la emisión de una enmienda. 8.2 Toda enmienda emitida formará parte integral de los Documentos de Licitación y deberá ser comunicada por escrito a todos los que hayan obtenido los documentos de Licitación directamente del Comprador. 8.3 El Comprador podrá, a su discreción, prorrogar el plazo de presentación de ofertas a fin de dar a los posibles Oferentes un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta las enmiendas en la preparación de sus ofertas, de conformidad con la Subcláusula 24.2 de las IAO.

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