BENEFICIARIO DEL SEGURO Cláusulas de Ejemplo
BENEFICIARIO DEL SEGURO. El presente contrato de seguro atribuye el derecho a la indemnización directamente al tercero dañado, quien se considerará como Beneficiario, desde el momento del Siniestro.
BENEFICIARIO DEL SEGURO. 10.1 . ESTE SEGURO CUBRE AL ASEGURADO, QUE SE ENTIENDE COMO QUIEN RECLAMA LA INDEMNIZACIÓN YA SEA, PORQUE ES LA PERSONA A CUYO FAVOR SE SUSCRIBIÓ EL PRESENTE CONTRATO DE SEGURO, O PORQUE ES SU CESIONARIO.
10.2 . ESTE SEGURO NO SURTIRÁ EFECTO EN BENEFICIO DEL TRANSPORTADOR O DE CUALQUIER OTRA PERSONA QUE, EN EL CURSO DEL TRANSPORTE ASEGURADO, TENGA A CUALQUIER TÍTULO LA CUSTODIA DE LOS BIENES ASEGURADOS.
BENEFICIARIO DEL SEGURO. La persona física o jurídica designada por el ASEGURADO para el cobro de las indemnizaciones derivadas de un posible siniestro.
BENEFICIARIO DEL SEGURO. ESTE SEGURO CUBRE AL ASEGURADO, QUE SE ENTIENDE COMO QUIEN RECLAMA LA INDEMNIZACIÓN YA SEA, PORQUE ES LA PERSONA A CUYO FAVOR SE SUSCRIBIÓ CLÁUSULA DARÁN LUGAR A LA REDUCCIÓN O A LA PÉRDIDA DEL DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN, SEGÚN EL CASO, EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN LA LEY.
BENEFICIARIO DEL SEGURO. La presente sección de esta póliza atribuye el derecho a la indemnización directamente al tercero dañado, quien se considerará como su beneficiario, desde el momento del siniestro.
BENEFICIARIO DEL SEGURO. 30.1 Persona natural o jurídica que tiene derecho a la Indemnización en caso de siniestro, previa autorización de la Compañía.
30.2 El Beneficiario del seguro podrá cumplir las obligaciones de pago que por la presente Xxxxxx se establecen a cargo del Asegurado, con plenos efectos frente a la Compañía.
BENEFICIARIO DEL SEGURO. Se considera como Beneficiario del seguro al Tercero dañado por la eventualidad prevista en este Contrato de Seguro con fundamento en el artículo 147 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro. -“Precepto(s) legal(es) disponible(s) en xxx.xxx.xx”-.
BENEFICIARIO DEL SEGURO. La presente sección de esta Póliza atribuye el dere- cho a la indemnización directamente al tercero dañado, quien se considerará como su Beneficia- rio, desde el momento del Siniestro.
BENEFICIARIO DEL SEGURO. Los beneficiarios del seguro serán los derechohabientes del INFONAVIT que gocen de un crédito hipotecario contratado con el instituto, para la adquisición de una vivienda nueva o bien aquellas personas que tengan legalmente el derecho en los casos en que el derechohabiente no se encuentre con vida. El INFONAVIT será beneficiario preferente irrevocable para todos aquellos casos en que se determine no hacer ninguna restitución o reparación de la vivienda, debido a que el costo de la restitución o reparación de la vivienda, debido a que el costo de restitución o reparación resulta mayor al valor de reposición. Los términos y vigor de la cobertura no pueden ser modificados sin la autorización por escrito del beneficiario preferente irrevocable.
BENEFICIARIO DEL SEGURO. El Beneficiario de la presente póliza es la Entidad Financiera Comercializadora que otorga el crédito a EL ASEGURADO. Dado el interés asegurable, el Beneficiario de la presente póliza tiene carácter irrevocable, por lo que EL ASEGURADO no podrá realizar ningún cambio de Beneficiario.