Cláusula general Cláusulas de Ejemplo

Cláusula general. Será causa de terminación anticipada del presente contrato, sin responsabilidad para la Compañía, si el asegurado fuere condenado mediante sentencia por un juez por delitos contra la salud (narcotráfico), encubrimiento y/o operaciones con recursos de procedencia ilícita, terrorismo y/o delincuencia organizada en territorio nacional o en cualquier país del mundo, con el que México tenga firmado tratados internacionales referentes a lo establecido en el presente párrafo o bien es mencionado en la Lista OFAC (Office Foreign Assets Control) o cualquier otra lista de naturaleza similar. En caso que el asegurado obtenga sentencia absolutoria definitiva o deje de encontrarse en las listas mencionadas anteriormente, cuando así lo solicite el asegurado y/o el contratante y la póliza se encuentre dentro del periodo de vigencia, la aseguradora rehabilitará el contrato, con efectos retroactivos por el periodo que quedó el asegurado al descubierto, debiendo el asegurado cubrir las primas que haya dejado de pagar, restableciéndose de nueva cuenta los derechos, obligaciones y antigüedad del contrato de seguro que se esta rehabilitando. Así mismo se incluye la siguiente exclusión en el apartado correspondiente.
Cláusula general. 1. Las medidas destinadas a facilitar la expedición de visados contempladas en el presente Acuerdo se aplican a los ciudadanos de la Federación de Rusia y de la Unión Europea únicamente en la medida en que estos no estén exentos de la obligación de visado en virtud de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de la Federación de Rusia, de la Comunidad o sus Estados miembros, del presente Acuerdo o de otros acuerdos internacionales.
Cláusula general. 1. Las medidas destinadas a facilitar la expedición de visados contempladas en el presente Acuerdo se aplicarán a los ciuda­ danos de Cabo Verde y de la Unión únicamente en la medida en que estos no estén exentos de la obligación de visado en virtud de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de la Unión, de sus Estados miembros, o de Cabo Verde, del presente Acuerdo o de otros acuerdos internacionales.
Cláusula general. Estas son las normas básicas de funcionamiento de los turnos de trabajo, si bien todos los supuestos o incidencias que se produzcan por cualquier causa fuera de lo indicado, se cubrirán procurando seguir, en lo posible, los criterios señalados pero garantizando siempre la continuidad en el trabajo y la producción. La recepción de materias primas, ensacado y expedición de producto terminado en planta, forma parte a los efectos de la disponibilidad del personal de la misma. En caso de parada técnica y avería en la planta, existe la posibilidad de que el personal de la misma colabore con el mantenimiento o en otras necesidades de parada. Cuadro nº 1 5+1 persona por puesto - operador/a panel Para conocer el contenido del cuadro número 1, se remite al original del texto del Convenio colectivo de la empresa Transformadora de Etileno, dada la dificultad de transcribirla. Claves cuadro 1 M = 06.00h a 14.00h T = 14.00h a 22.00h N = 22.00h a 06.00h Turno de X: Da descansos, cubre bajas, cursillos y módulos, y disfrute propio de vacaciones (10 días al año y cuando no coincidan más de dos personas en el puesto) y da apoyo según la siguiente distribución:
Cláusula general. 1. Las medidas destinadas a facilitar la expedición de visados contempladas en el presente Acuerdo se aplicarán a los ciudada- nos de la República xx Xxxxxxxxxx únicamente en la medida en que estos no estén exentos de la obligación de visado en virtud de las disposiciones legales y reglamentarias de la Comunidad o sus Estados miembros, del presente Acuerdo o de otros acuerdos internacionales.
Cláusula general. El arbitraje es un proceso en el que las partes con una disputa renuncian a sus derechos de hacer que un tribunal x xxxxxx decida el resultado de dicha disputa y en su lugar aceptan presentar tal disputa ante una tercera parte neutral (un “árbitro”) para recibir un fallo. Al concluir el arbitraje, el árbitro emite una decisión final y obligatoria con la que se resuelve la disputa, la cual podrá ser ejecutada como una resolución o fallo judicial. El derecho de apelar y el derecho de reunir pruebas antes del arbitraje están más limitados en un arbitraje que en un tribunal. Es posible que otros derechos de los que usted gozaría si nos presentáramos ante un tribunal no estén disponibles en un arbitraje, ya que los arbitrajes son privados y menos formales que los procedimientos de los tribunales y los juicios.
Cláusula general. CIE: BOPT-I-2014-05535 Estas son las normas básicas de funcionamiento de los turnos de trabajo, si bien todos los supuestos o incidencias que se produzcan por cualquier causa fuera de lo indicado, se cubrirán procurando seguir, en lo posible, los criterios señalados pero garantizando siempre la continuidad en el trabajo y la producción. La recepción de materias primas, ensacado y expedición de producto terminado en planta, forma parte a los efectos de la disponibilidad del personal de la misma. En caso de parada técnica y avería en la planta, existe la posibilidad de que el personal de la misma colabore con el mantenimiento o en otras necesidades de parada. Cuadro nº 1 - 5 personas por puesto EQUIPO A D D T T T T T T T D M M M M M M M D D D D Tv Tv Tv Tv D D D N N N N N N N EQUIPO B T T D M M M M M M M D D D D Tv Tv Tv Tv D D D N N N N N N N D D T T T T T EQUIPO C M M M D D D D Tv Tv Tv Tv D D D N N N N N N N D D T T T T T T T D M M M M EQUIPO D Tv Tv Tv Tv D D D N N N N N N N D D T T T T T T T D M M M M M M M D D D D EQUIPO E N N N N N N N D D T T T T T T T D M M M M M M M D D D D Tv Tv Tv Tv D D D L M Mi J V S D L M Mi J V S D L M Mi J V S D L M Mi J V S D L M Mi J V S D Claves cuadro M = 6 a 14 T = 14 a 22 N = 22 a 6 Tv = Vacaciones Cuadro Nº 2 - Operador/a panel EQUIPO A D D M M T T T N N D D M M M T T N N D D D Tv Tv Tv Tv D D D M M T T N N N EQUIPO B N N D D M M M T T N N D D D Tv Tv Tv Tv D D D M M T T N N N D D M M T T T EQUIPO C T T N N D D D Tv Tv Tv Tv D D D M M T T N N N D D M M T T T N N D D M M M EQUIPO D Tv Tv Tv Tv D D D M M T T N N N D D M M T T T N N D D M M M T T N N D D D EQUIPO E M M T T N N N D D M M T T T N N D D M M M T T N N D D D Tv Tv Tv Tv D D D L M Mi J V S D L M Mi J V S D L M Mi J V S D L M Mi J V S D L M Mi J V S D Claves cuadro 2 Turno de M: Apoyo, da descansos, cubre bajas, cursillos y módulos, y se regula su jornada: M = 6 a 14 Turno de T: Apoyo, da descansos, cubre bajas, cursillos y módulos, y se regula su jornada: T = 14 a 22 Turno de TV: Cursillos, cubre bajas, apoyo, disfrute propio de vacaciones. NOTA: Si por necesidad de la producción se tuviera que cubrir los sábados, domingos y festivos se compensarán con un día de descanso de lunes a viernes. Desarrollos profesionales de operarios/as de fabricación
Cláusula general. 1. Las medidas destinadas a facilitar la expedición de visados contempladas en el presente acuerdo se aplicarán a los ciudada- nos de Bosnia y Herzegovina únicamente en la medida en que estos no estén exentos de la obligación de visado en virtud de las disposiciones legales y reglamentarias de la Comunidad o sus Estados miembros, del presente acuerdo o de otros acuerdos internacionales.
Cláusula general. En lo que respecta a las condiciones específcas de este Servicio, incluyendo, entre otras, y según proceda, la instalación y activación de la línea, solicitud de portabilidad, cobertura y calidad, servicio de roaming, desconexión del servicio, interrupción definitiva del servicio, el Cliente se somete a las condiciones de AHÍ MÁS, las cuales se acompañan al presente documento, y que reconoce que se le han facilitado, y afirma haber leído y aceptado. La suscripción del contrato correspondiente para la prestación del Servicio de Internet Móvil implica la aceptación de las presentes Condiciones Generales, que han sido elaboradas de conformidad con la normativa vigente y que, sin perjuicio de cualesquiera otras Condiciones Generales o Particulares, son las únicas aplicables a la prestación de estos servicios de AHÍ MÁS a sus Clientes, conforme a los acuerdos alcanzados con terceros AHÍ MÁS.
Cláusula general. En lo que respecta a las condiciones específicas de este S servicio, será de aplicación, en la medida que corresponda, la cláusula general del apartado B.I anterior. En aquellas cláusulas en las que pudiera haber contradicción con las anteriores, serán de aplicación éstas con preferencia a las de AHÍ MÁS.