COMPROMISO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR Cláusulas de Ejemplo

COMPROMISO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR. La DNDA brindará al contratista el apoyo necesario para el desarrollo del contrato, para lo cual entregará toda la información necesaria y facilitará el ambiente para la realización de gestión y las reuniones de trabajo y ejecución de labores entre el contratista, el supervisor del contrato y demás funcionarios que sea necesario para cumplir con el objeto contractual.
COMPROMISO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR a. La DNDA brindará al contratista el apoyo necesario para el desarrollo del contrato, para lo cual entregará toda la información necesaria, y facilitará el ambiente para la realización de la auditoría de seguimiento No. 1 a la certificación entregada en febrero de 2013 al Sistema de Gestión de Calidad en la norma ISO 9001:2008 y NTCGP 1000:2009, y las demás reuniones de trabajo y ejecución de labores entre el contratista y los respectivos Jefes de Proceso de la entidad. b. Efectuar los pagos que se generen acorde con las condiciones estipuladas en el contrato en cumplimiento del objeto. c. Permitir el acceso del equipo auditor a todos los sitios e información correspondiente al Sistema de Gestión y designar un responsable para la coordinación de las actividades con el equipo auditor d. El cliente debe estar disponible para recibir la auditoría en las fechas previamente acordadas con el equipo auditor e. Para permitirle al equipo auditor cumplir con la legislación que aplica a la salud y seguridad, la DNDA debe suministrarle toda la información disponible en relación con peligros conocidos o potenciales que el personal auditor pueda encontrar durante su visita. f. Informar al equipo auditor de los reglamentos de salud y seguridad de la DNDA para que tomé todas las medidas razonables que aseguren que mientras esté en las instalaciones de la DNDA, su personal cumple con todo lo establecido en ellos. g. Permitir la realización de Auditorías de Seguimiento, auditorías especiales/complementarias para cierre de No Conformidades, levantamiento de suspensión, ampliación o reducción del alcance y otros tipos de auditorías necesarias para la verificación del cumplimiento con la norma pertinente y los procedimientos del cliente. h. Asegurarse del cumplimiento de las normas aplicables asociadas con sus productos o servicios y Sistemas de Gestión, requerimientos del sector específico (sí aplica). i. Cerrar las no conformidades identificadas de la auditoría en el tiempo establecido y enviar los soportes correspondientes de correcciones, análisis de causas y acciones correctivas a la firma certificadora (en un plazo no mayor a 90 días calendario a partir de la reunión de cierre de la auditoría de seguimiento). j. Modificar toda la publicidad en caso de reducción del alcance de la Certificación. k. Suministrar acceso a los registros de las comunicaciones de terceros, externos a la DNDA, como también, datos específicos u otra documentación relacionada con el cumplimiento l...
COMPROMISO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR. 1. Entregar la información necesaria para que el contratista desarrolle el objeto contractual, como lo es la dirección de control y acceso al portal actual, así como cualquier otra que sea necesaria para la ejecución del contrato. 2. Verificar que los bienes y/o servicios recibidos por el contratista se ajusten a las condiciones técnicas exigidas. 3. Pagar el valor del contrato en los términos estipulados. 4. Adelantar las acciones necesarias para la eficiente ejecución del contrato. 5. Señalar en forma clara y expresa las pautas que debe seguir el contratista en sus actuaciones y los objetivos que debe perseguir. 6. Dar respuesta oportuna a las solicitudes del contratista, definir las situaciones necesarias para la ejecución y adelantar los trámites a que haya lugar por su parte para garantizar la debida ejecución. 7. Tramitar los pagos de oficio en los términos que se acuerden en la propuesta y el contrato, con base en certificaciones de prestación efectiva del servicio. 8. Cumplir con las demás obligaciones previstas en la Ley aplicables a este tipo de contratos.
COMPROMISO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR. T:\2015\E-4 Grupo de Compras\E-4.4 Contratación Directa\E-4.4.1 Prestación de servicios\E-4.4.1.2 Apoyo a la gestión\5 Xxxxx Xxxxxx Xxx 24-15\1 EP Xxxxx Xxxxxx Xxx 24- 15.docx La DNDA brindará al contratista el apoyo necesario para el desarrollo del contrato, para lo cual entregará toda la información necesaria y facilitará el ambiente para la realización de gestión y las reuniones de trabajo y ejecución de labores entre el contratista, el supervisor del contrato y demás funcionarios que sea necesario para cumplir con el objeto contractual.
COMPROMISO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR. La DNDA brindará al contratista el apoyo necesario para el desarrollo del contrato, así:  Entregará toda la información que sea necesaria y facilitará el ambiente para la realización de gestión y las reuniones de trabajo y ejecución de labores entre el contratista, el supervisor del contrato y demás funcionarios que sea necesario para cumplir con el objeto contractual.  La DNDA se compromete a otorgarle una autorización al contratista, a través de la correspondiente licencia, para la transformación de los contenidos entregados por ésta, de acuerdo con las necesidades del contrato y para efectos de compatibilidad o cualquier otro que sea necesario e indispensable para el desarrollo del objeto contractual.  Así mismo, dentro del contrato, se le otorgará una licencia al contratista, que lo autorizará para la puesta a disposición del público y la reproducción de los contenidos de los Cursos Virtuales que serán T:\2015\E-4 Grupo de Compras\E-4.2 Selección Abreviada\E-4.2.1 Menor Cuantía mayor al 10%\E-4.2.1.2 Servicios\E-4.2.1.2.6 Datos y Tecnología\1 INV Campus virtual 2015\3 PREPLIEGO XXXXXX Xxxxx 00-00\0 Última Vs EP Campus CRR Abr 16-2015 (3).doc entregados por la DNDA con el fin de cumplir con el objeto contractual. El texto de la Licencia es el siguiente:  El contratista debe guardar total confidencialidad respecto de los contenidos a él entregados, en virtud del presente contrato, y no debe revelar el contenido de los mismos.  Cualquier utilización de los contenidos entregados al contratista, deberá ceñirse a los términos otorgados por la presente licencia.  Por contenidos del Curso Virtual de Derecho de Autor y Derechos se entenderá lo entregado por parte de la DNDA para la ejecución del presente contrato y se refiere a los siguientes: - Curso Básico de Derecho de Autor. - Curso de la Industria Audiovisual. - Curso de la Industria Editorial. - Curso de la Industria Musical. - Curso de la Industria del Software. - Curso de Conciliación y Arbitraje. - Curso de Observancia”.
COMPROMISO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR. La DNDA brindará al contratista el apoyo necesario para el desarrollo del contrato, así, entregará toda la información que sea necesaria y facilitará el ambiente para la realización de gestión y las reuniones de trabajo y ejecución de labores entre el contratista, el supervisor del contrato y demás funcionarios que sea necesario para cumplir con el objeto contractual. T:\2012\E-4 Compras\E-4.4 Contratación Directa\E-4.4.1 Prest servicios\E-4.4.1.1 Profesionales\INV Serv. Profesion diseñador Prensa Feb 12-12\Estudios Previos DiseñadorNARIASPFEB 24 DE 2012 EMA (1).doc

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  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES EL PROVEEDOR" no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de "EL CENACE" deslindando a ésta de toda responsabilidad.

  • PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN CASO DE SINIESTRO INDEMNIZABLE POR EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS En caso de siniestro, el asegurado, tomador, beneficiario, o sus respectivos representantes legales, directamente o a través de la entidad aseguradora o del mediador de seguros, deberá comunicar, dentro del plazo de siete días de haberlo conocido, la ocurrencia del siniestro, en la delegación regional del Consorcio que corresponda, según el lugar donde se produjo el siniestro. La comunicación se formulará en el modelo establecido al efecto, que está disponible en la página web del Consorcio (xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx), o en las oficinas de éste o de la entidad aseguradora, al que deberá adjuntarse la documentación que, según la naturaleza de los daños, se requiera. Asimismo, se deberán conservar restos y vestigios del siniestro para la actuación pericial y, en caso de imposibilidad absoluta, presentar documentación probatoria de los daños, tales como fotografías, actas notariales, vídeos o certificados oficiales. Igualmente, se conservarán las facturas correspondientes a los bienes siniestrados cuya destrucción no pudiera demorarse. Se deberán adoptar cuantas medidas sean necesarias para aminorar los daños. La valoración de las pérdidas derivadas de los acontecimientos extraordinarios se realizará por el Consorcio de Compensación de Seguros, sin que éste quede vinculado por las valoraciones que, en su caso, hubiese realizado la entidad aseguradora que cubriese los riesgos ordinarios. Para aclarar cualquier duda que pudiera surgir sobre el procedimiento a seguir, el Consorcio de Compensación de Xxxxxxx dispone del siguiente teléfono de atención al asegurado: 902 222 665.

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO QUE DEBE ABONAR EL ADJUDICATARIO El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta un importe máximo de 1.000 €.

  • CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES Los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, no podrán ser cedidos, enajenados, gravados o traspasados por parte de “EL PROVEEDOR” a terceros por ningún motivo y bajo ninguna circunstancia, salvo los derechos de cobro a que se refiere el último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

  • CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS EL INDICADO EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA LA INDICADA EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO.

  • Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.

  • EXONERACIÓN A LA ENTIDAD DE RESPONSABILIDADES POR DAÑO A TERCEROS El CONSULTOR se obliga a tomar todas las previsiones que pudiesen surgir por daño a terceros, se exonera de estas obligaciones a la ENTIDAD.