COMPROMISOS DEL BENEFICIARIO Cláusulas de Ejemplo

COMPROMISOS DEL BENEFICIARIO. Para el debido cumplimiento y ejecución del presente Contrato de Subsidio Económico, EL BENEFICIARIO se compromete a lo siguiente: 1. Utilizar los fondos otorgados por la SENACYT única y exclusivamente para la adquisición de los bienes, obras y servicios necesarios para la ejecución del Proyecto, según lo establecido en el Plan de Trabajo. Cualquier reasignación de fondos debe ser previamente consultada y autorizada por la SENACYT por medios escritos. 2. Proporcionar toda la información que la SENACYT solicite sobre la situación financiera y técnica del Proyecto. 3. Entregar a la SENACYT, informes periódicos (técnicos y financieros) sobre la realización de las actividades financiadas con los fondos, así como el informe final de la actividad. 4. Entregar el informe financiero amparado con la presentación de las facturas originales de los pagos y adquisiciones obtenidas con los fondos del Proyecto, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Convocatoria. 5. Adoptar los criterios de eficiencia y economía en los contratos para la compra de bienes o contratación de obras y servicios. 6. Operar y mantener el Proyecto de acuerdo con las normas técnicas presentadas en su Plan de Trabajo, así como contar con el personal y material necesarios para su efectivo funcionamiento. 7. Proveer los recursos (en especie o efectivo) necesarios para el co- financiamiento del Proyecto, en el caso que aplique. 8. Aceptar que el monto total asignado por la SENACYT en el presente Contrato de Subsidio Económico no sufrirá aumento. Sin embargo, EL BENEFICIARIO podrá solicitar a la SENACYT la modificación del monto y los plazos de los desembolsos, sin alterar el monto total adjudicado. La SENACYT podrá aprobar o rechazar estas solicitudes siempre que las circunstancias lo ameriten. 9. Informar a la SENACYT sobre el otorgamiento de fondos adicionales provenientes de otras fuentes que apoyen al Proyecto, en cuyo caso la SENACYT podrá ajustar financieramente los términos del presente Contrato de Subsidio Económico, con el propósito de no duplicar apoyos económicos para un mismo proyecto. 10. Devolver a la SENACYT los fondos desembolsados, pero no utilizados al terminar la ejecución del presente Contrato de Subsidio Económico. 11. Entregar copias (en formato digital o papel), o muestras de los productos, procesos o servicios generados, que requiera la SENACYT como evidencia del cumplimiento del Proyecto. 12. Resaltar y distinguir la ayuda recibida de la SENACYT, en aquellos medios...
COMPROMISOS DEL BENEFICIARIO. EL BENEFICIARIO” se compromete a: a) Cumplir con las disposiciones establecidas en las “REGLAS DE OPERACIÓN”, en el manual de operación de la componente y en el presente instrumento; así como responsabilizarse del ejercicio de los recursos y la ejecución de la obra o acciones autorizadas por el . ORGANISMO XX XXXXXX O DIRECCIÓN LOCAL. b) Una vez autorizado el apoyo: [ELEGIR EN SU CASO LA VIÑETA QUE APLICA ACORDE AL TIPO DE APOYO Y EN SINGULAR O PLURAL SEGÚN CORRESPONDA] ✓ Contratar a la(s) empresa(s) constructora(s) para la ejecución de las obras o a la(s) empresa(s) proveedora(s) de los bienes. ✓ Contratar a la(s) empresa(s) /institución(es) proveedora(s) de servicios para la supervisión de la ejecución de las obras, a fin de asegurar la correcta ejecución de los trabajos. En todos los casos, deberá atender el procedimiento y criterios de contratación y realización de las acciones señaladas en el manual de operación. c) Aplicar las sanciones correspondientes a la contratista en caso de incumplimiento a las condiciones contractuales. d) Aperturar una cuenta bancaria productiva y exclusiva para esta componente, a fin de facilitar su manejo e identificar los productos financieros que se generen, en su caso, por los depósitos que se realicen en tanto se ejerzan los recursos. e) Aportar con recursos propios, la parte que le corresponde en el proyecto de inversión autorizado por el , ORGANISMO XX XXXXXX O DIRECCIÓN LOCAL de conformidad con el presupuesto base de dicha inversión, recursos que deberán depositarse en la cuenta bancaria a que se refiere el inciso anterior o conforme se indique en el manual de operación. [DEJAR LA VIÑETA SOLO CUANDO EL BENEFICIARIO APORTE RECURSOS]
COMPROMISOS DEL BENEFICIARIO. Para el debido cumplimiento y ejecución del presente Contrato, EL/LA BENEFICIARIO (A) se compromete a lo siguiente: 1. Obtener en el DIPLOMADO, el índice académico final mínimo necesario para obtener el Certificado de Aprobación del DIPLOMADO, el cual será dictado por la Pontificia Universidad Católica de Chile. 2. Cumplir con todas las asignaciones y actividades del DIPLOMADO, el cual incluye ocho (8) clases presenciales en Guatemala y cinco (5) clases presenciales en Chile, así como dieciocho (18) clases sincrónicas (online), entre otras que se exijan, tal y como lo establece el DIPLOMADO. 3. Culminar de forma completa y satisfactoria el DIPLOMADO en la forma y el tiempo estipulado. 4. Presentar un informe técnico sobre su participación en el DIPLOMADO, el cual debe incluir una copia del Certificado o Diploma de culminación satisfactoria, así como de los créditos y otros documentos recibidos por parte de la Universidad. 5. Devolver a la SENACYT los fondos subsidiados, en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Contrato. 6. Sufragar los gastos de transporte para la primera clase presencial del
COMPROMISOS DEL BENEFICIARIO. Para el debido cumplimiento y ejecución del presente Contrato, EL BENEFICIARIO se compromete a lo siguiente: Obtener en el Taller, un índice académico final mínimo de setenta (70) para recibir el Certificado de Aprobación del TALLER. Cumplir con todo el TALLER, el cual incluye tres (3) talleres, en sus modalidades presencial y virtual, asignaciones, entre otras que se exijan, tal y como lo establece el Plan de Estudio. Utilizar adecuadamente los recursos asignados durante el TALLER. Culminar de forma completa y satisfactoria el TALLER, en la forma y el tiempo estipulado. Devolver a la SENACYT los fondos subsidiados, en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Contrato.
COMPROMISOS DEL BENEFICIARIO. El “BENEFICIARIO” se compromete a: a) Respetar el contenido del Programa de Vivienda Social, por lo que acepta obligarse conforme al mismo y estarse a lo dispuesto en el presente Convenio y las Reglas de Operación del Programa de Vivienda Social aplicables a la “CONAVI”, de los que emana, manifestando su plena conformidad. b) Cubrir los requisitos que defina la “CONAVI” para ser parte integrante del programa de dicha Institución. c) Habitar la vivienda afecta a este programa, después de recibir el subsidio por lo menos cinco años, así como a abstenerse de gravarlo, hipotecarlo, permutarlo, traspasarlo, enajenarlo, cederlo y arrendarlo, durante el mismo tiempo. d) Al recibir el subsidio de este programa queda entendido que no podrá solicitar otro subsidio de cualquier otro programa con que cuente la “CONAVI”. e) Otorga a través de este instrumento a la “CONAVI” una encomienda y mandato para que, únicamente, con los recursos del subsidio que le fue otorgado, aquella pague por cuenta y orden de él, en su caso, los bienes y servicios así como los honorarios de los Asistentes Técnicos con quienes haya contratado el “BENEFICIARIO” tales servicios, de conformidad en lo dispuesto por los artículos 2546, 2548, 2550, 2551 fracción II, 2560 y demás relativos aplicables del Código Civil Federal. En consecuencia autoriza y mandata a la “CONAVI” para que en su nombre y representación disponga de todos los recursos económicos que la primera le proporcione por concepto de subsidio, para ser aplicados en la intervención de su vivienda, inclusive sin necesidad de ratificación, girar de manera directa las instrucciones que correspondan, a la institución bancaria donde sean depositados los fondos de subsidio, para realizar los pagos por los conceptos de servicios y cualquier otro que se derive de los trabajos de reparación relacionados en este convenio.

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  • COMPROMISOS DE LAS PARTES Para hacer efectiva la realización del objeto citado en la cláusula anterior, a) Dar conocimiento de la actividad desarrollada por la Asociación Proyecto Escan que se realice en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y que afecte a las víctimas de la violencia de género. b) Divulgar información de los programas desarrollados por Asociación Proyecto Escan en el ámbito de la prevención y protección de las mujeres víctimas de violencia de género. En particular dicha divulgación podrá llevarse a cabo, entre otros medios, difundiendo cartelería de la Asociación para su publicación en la Red Regional de Centros de Atención Especializada para Víctimas de Violencia de Género (Red CAVI). c) Nombrar a una persona o personas responsables de esta Dirección General de Mujer y Diversidad de Genero para la ejecución de los compromisos contenidos en este Convenio de Colaboración. a) Divulgar la información que, en el ámbito temático de este convenio, le sea suministrada desde La Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social proporcionando a las víctimas de la violencia de género información específica sobre la Red Regional de Recursos de Violencia de Género de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, especialmente en lo referido a la Red Regional CAVI, en cuanto a su funcionamiento y cartera de servicios. b) Xxxxxxxxx, cuando así se le requiera por la Consejería, en actividades informativas y de divulgación. c) Asistir a las reuniones de coordinación y de seguimiento a las que se le convoque desde la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social. d) Nombrar a una persona o personas responsables de esta Dirección General de Mujer y Diversidad de Genero para la ejecución de los compromisos contenidos en este Convenio de Colaboración. e) En caso necesario, hacerse responsable del cuidado de los perros de las mujeres que ingresen en los recursos de acogida de la CARM, durante el tiempo en que las usuarias permanezcan en ellos.

  • IMPUESTOS Y DERECHOS Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, serán pagados por "EL PROVEEDOR", mismos que no serán repercutidos a "EL CENACE".

  • Derechos y Obligaciones del Adjudicatario El adjudicatario del contrato otorgado en virtud del presente Xxxxxx ostentará los derechos de uso del local arrendado y de las instalaciones en él existentes. El contrato se desarrollará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en los pliegos por los que se rige el presente contrato, así como las instrucciones que, en su caso, se den por PTG, S.A. En todo caso, el adjudicatario deberá cumplir las siguientes obligaciones:  Ingresar mensualmente a PTG, S.A. el importe de la renta que hubiese ofertado, en la forma dispuesta en el presente Pliego.  Solicitar cuantas licencias y autorizaciones le sean necesarias para la puesta en marcha de la actividad.  Desarrollar la actividad por el plazo de duración del contrato en los términos establecidos en el presente Pliego, destinando el local arrendado al uso indicado en el Anexo IV presentado, no pudiendo ser utilizado para el desarrollo de actividades distintas o de aquellas otras que no estén expresamente autorizadas, por escrito, por el arrendador.  Indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por si o por personal o medios dependientes de éste, a terceros o como consecuencia de la actividad desarrollada por el arrendatario en el inmueble arrendado. Para tales efectos, deberá tener suscrita una póliza de responsabilidad civil que cubra dichos daños.  Contratar, previamente a la adjudicación del contrato, una póliza que cubra los posibles daños que puedan producirse en el inmueble arrendado (por robo, incendio, etc), en las condiciones que se indican en la cláusula 23.  Respetar las normas de higiene y preventivas que el arrendador pueda establecer. En particular, se obliga el arrendatario a no introducir ni depositar en el local arrendado materiales nocivos, insalubres o peligrosos o cualquier otro que, por su naturaleza o manipulación, puedan producir molestias o malos olores.  No compartir el local con empresas participadas, asociada o vinculadas ni con ninguna otra razón social no reflejada en el contrato de arrendamiento.  No realizar obras en el local arrendado, sin autorización previa, expresa y por escrito, del arrendador, ninguna clase de obras de reparación, conservación o mejora. Sin perjuicio del derecho de resolución del contrato que asiste al arrendador en caso de incumplimiento de esta obligación, el arrendatario deberá demoler las obras realizadas sin autorización, restituyendo el local arrendado al mismo estado en que lo recibió o, en su defecto, para el caso de que el arrendatario se negara a hacerla, si la demolición la efectuara el propio arrendador, sufragará su coste con la consiguiente restitución al arrendador. En todo caso, al término del contrato, el arrendatario entregará el local arrendado diáfano, limpio y pintado (paredes y techos).  En el caso de obras autorizadas en el inmueble arrendado, éstas quedarán en poder del arrendador a su criterio, sin que el arrendatario tenga derecho a percibir cantidad alguna por ningún concepto como consecuencia de la ejecución de las citadas obras, sean del tipo que fueren.  Conservar en perfecto estado de funcionamiento y seguridad, tanto los locales arrendados como su equipamiento e instalaciones fijas de electricidad, climatización, red de datos y telefonía.  No ceder el contrato, subarrendar ni traspasar, de forma total o parcial a terceros, el local arrendado, con renuncia expresa a la facultad que contempla el artículo 32 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, y con renuncia expresa al derecho de adquisición preferente regulado en el artículo 31 en relación con el 25, ambos del mismo cuerpo legal. Asimismo la parte arrendataria renuncia expresamente a lo establecido por el artículo 34 de la XXX, por lo que la extinción del contrato por el transcurso del término convenido, no dará derecho al arrendatario a indemnización alguna a cargo del arrendador.  No se reputará traspaso, cesión o subarriendo el cambio en la persona jurídica de la Parte Arrendataria como consecuencia de la fusión, transformación o escisión de la Parte Arrendataria, aunque la Parte arrendadora tendrá derecho a una elevación de la renta del veinte por ciento (20 %).  El retraso en la entrega del Local en la fecha y condiciones pactadas devengará diariamente una indemnización, no sustitutiva de daños y perjuicios, equivalente al doble de 1/30 de la renta mensual hasta la fecha en la que se produzca el desalojo en las condiciones pactadas. El pago de esta cantidad no dará derecho al Arrendatario a seguir utilizando el Local, ni impedirá en modo alguno que el Arrendador ejercite las acciones que considere para lograr el desalojo del mismo.

  • CLAUSULA COMPROMISORIA Cualquier diferencia, conflicto o incumplimiento que surja entre las partes con ocasión de la suscripción, ejecución, terminación o liquidación del presente contrato, que no haya podido resolverse mediante los mecanismos de solución de controversias extrajudiciales a que se hizo referencia en la cláusula anterior, será sometido a la decisión de un Tribunal de Arbitramento, que se sujetará a las normas vigentes sobre la materia y se regirá especialmente, por las siguientes reglas: a) El Tribunal estará integrado por tres árbitros nombrados así: cada una de las partes nombrará un (1) árbitro, el árbitro restante será nombrado de común acuerdo entre las partes y si esto no es posible se delega su nombramiento al Director del Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades – Sede Bogotá, para que lo designe conforme al reglamento del Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades – Sede Bogotá. b) Los árbitros deberán ser abogados colombianos, inscritos en las listas de árbitros del Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades – Sede Bogotá. c) La organización interna del Tribunal se sujetará a las reglas previstas para el efecto por el Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades – Sede Bogotá, en lo no regulado en la presente cláusula. d) El Tribunal funcionará en la ciudad de Bogotá, en el Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades. e) El Tribunal decidirá en derecho y su fallo tendrá efectos de cosa juzgada material de última instancia y, en consecuencia, será final y obligatorio para las partes.

  • DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES SIN PERJUICIO DE LOS QUE PUEDAN ESTABLECERSE EN EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL ANEXO V. O bligaciones del contratista. 1/ Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. El contratista será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se originen durante la ejecución del contrato, tanto para la Administración como para terceros, por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya incurrido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 305 del TRLCSP. Si el contrato se ejecutara de forma compartida con más de un profesional, todos responderán solidariamente de las responsabilidades a que se refiere esta cláusula. 2/ El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario. 3/ El contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información. 4/ Del resto de obligaciones derivadas del presente pliego o de la legislación aplicable.

  • Iniciación del procedimiento Para someter la controversia al procedimiento de arbitraje, la parte reclamante dirigirá a la otra una comunicación escrita exponiendo la naturaleza del reclamo, la satisfacción o reparación que persigue y el nombre del árbitro que designa. La parte que hubiere recibido dicha comunicación deberá, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días, comunicar a la parte contraria el nombre de la persona que designe como árbitro. Si dentro del plazo de treinta (30) días, contado desde la entrega de la comunicación referida al reclamante, las partes no se hubieren puesto de acuerdo en cuanto a la persona del Dirimente, cualquiera de ellas podrá recurrir ante el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos para que éste proceda a la designación.

  • Tramitación y procedimiento a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto.

  • DERECHOS SOBRE EL SALVAMENTO El ASEGURADO participará proporcionalmente en el valor de la venta del salvamento neto, teniendo en cuenta el deducible y el infraseguro, cuando hubiere lugar a éste último. Se entiende por salvamento neto el valor resultante de descontar del valor de venta del mismo los gastos realizados por la COMPAÑÍA, tales como los necesarios para la recuperación y comercialización de dicho salvamento.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • PRESENTACIÓN Y COMPROMISO Datos generales del oferente.