Continuidad. Reconocimiento del tiempo de permanencia, en los contratos inmediatamente anteriores a la vigencia del nuevo CONTRATO con la misma Entidad que presta Servicios de Salud Prepagados (ESSP), con el mismo plan o programa de salud, con el objeto de dar cobertura a una enfermedad cuyo desarrollo y tratamiento médico se hubiera iniciado durante la vigencia del contrato anterior.
Continuidad. Las partes convienen que las obligaciones que se asumen en este instrumento serán asumidas de pleno derecho por los eventuales sucesores legales de las mismas.
Continuidad. Para el caso de producirse, por cualquier causa, la extinción de la concesión de la prestación de los servicios de aguas y cloaca otorgada a ASSA, podrá el Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe en su carácter de concedente, proseguir la continuación de la presente Orden de Compra, para lo cual el proveedor se obliga a arbitrar los medios necesarios para la inmediata transferencia de la Orden de Compra de modo de garantizar la continuidad del servicio.
Continuidad. En los supuestos de extinción anticipada del contrato por alguna de las causales descriptas en los artículos anteriores, el contratista estará obligado a continuar la prestación de los servicios, por el término de sesenta (60) días, en iguales condiciones de contratación.
Continuidad. EL PROVEEDOR DEL SERVICIO DEBERÁ MANTENER EN CADA INSTALACIÓN, EL PERSONAL COMPLETO Y EN FORMA CONTINUA EN LOS TURNOS SEÑALADOS; SIENDO SU RESPONSABILIDAD CUBRIR AUSENCIAS POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR O DE CARÁCTER RUTINARIO. EL PROVEEDOR DEL SERVICIO PROCURARÁ MANTENER ESTABLE AL PERSONAL DE LIMPIEZA ASIGNADO AL CIATEC, ELABORÁNDOSE TANTO POR LA EMPRESA COMO POR LA GERENCIA DE OBRA, MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES DEL CIATEC, LA PLANTILLA DE PERSONAL QUE PRESTARÁ EL SERVICIO DE MANERA FIJA EN CADA INSTALACIÓN. EL CIATEC NO CONTRAE RESPONSABILIDAD LABORAL ALGUNA CON EL PERSONAL DE LIMPIEZA QUE LA EMPRESA CONTRATE, CUALQUIER CONFLICTO QUE SE PRESENTE ENTRE ESTOS, SERÁ RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DE LA EMPRESA. ASÍ MISMO, EL PROVEEDOR DEL SERVICIO DEBERÁ GARANTIZAR QUE SU PERSONAL NO ALTERE EL ORDEN EN EL INTERIOR DE LAS INSTALACIONES; NO SE LES UBIQUE FUERA DEL LUGAR ASIGNADO DE TRABAJO SIN CAUSA JUSTIFICADA; NO ELEVE O REALICE PETICIONES A EMPLEADOS DEL CIATEC O QUE SE PRETENDA QUE ÉSTOS FUNJAN COMO INTERMEDIARIO PARA EL ARREGLO DE ASUNTOS AJENOS AL SERVICIO OBJETO DE ÉSTA LICITACIÓN. EL LICITANTE QUE RESULTE GANADOR DEBERÁ PROPORCIONAR AL PERSONAL QUE DESIGNE PARA EL SERVICIO DEL CIATEC UN CONTRATO LABORAL ENTRE DICHO LICITANTE GANADOR Y EL PERSONAL DEL CUAL DEBERÁ PROPORCIONAR UNA COPIA AL CIATEC DENTRO DE LOS SIGUIENTES DIEZ DÍAS HÁBILES POSTERIORES AL INICIO DEL SERVICIO.
Continuidad. La Empresa se compromete a prestar el servicio de acueducto con una continuidad de 12 horas al día con incrementos graduales en función de las inversiones y proyectos que se desarrollen de acuerdo con las metas de continuidad trazadas en los tiempos y términos programados. En casos de emergencia o de mantenimiento que afecten la continuidad y/o la calidad del servicio, La Empresa, tiene dispuesto como plan de contingencia:
Continuidad. Los derechos y obligaciones de cualquiera de las Partes que por su naturaleza continuarían más allá de la expiración o Resolución de este Contrato o del Formulario de Pedido continuarán después de la expiración o Resolución de este Contrato o del Formulario de Pedido, incluyendo sin limitación las obligaciones de pago, las renuncias de garantía, las indemnizaciones, las limitaciones de responsabilidad, las definiciones y las misceláneas. Definiciones. Los términos en mayúsculas que se utilizan en el presente Contrato, y que no se definan de otro modo, tienen el siguiente significado:
Continuidad. En los supuestos de extinción anticipada del contrato por alguna de las causales descriptas en los artículos anteriores, el adjudicatario estará obligado a continuar la prestación de los servicios, por el término de sesenta (60) días, en iguales condiciones de contratación.
Continuidad. Las disposiciones de estas GTCs que por su naturaleza deberían aplicarse más allá de sus términos seguirán en vigor después de cualquier terminación o vencimiento de este Contrato incluyendo, pero no limitado a, las siguientes disposiciones: Seguro, Cumplimiento de la Legislación, Información Confidencial, Resolución de Disputas y Continuidad. 35.
Continuidad. La rescisión o el vencimiento del Contrato, comoquiera que pudiera producirse, no (i) menoscabará ningún derecho u obligación de las Partes adquiridos con anterioridad a dicha rescisión ni (ii) afectará a ninguna disposición de las presentes Términos que, de forma expresa o implícita, esté destinada a entrar en vigor o a continuar en vigor tras dicha rescisión o vencimiento (incluidas las disposiciones relativas a las obligaciones de pago, confidencialidad, limitaciones de responsabilidad e indemnización).